El Concilio de Calcedonia (451) resolvió la cuestión de la unidad de Cristo afirmando que Él es una persona en dos naturalezas, divina y humana, unidas sin confusión. Aceptó la enseñanza del Papa León I sobre las dos naturalezas unidas en una sola persona. El Concilio de Constantinopla II (553) confirmó las definiciones de Calcedonia y condenó las herejías de aquellos que negaban la naturaleza humana de Cristo o consideraban a María solo la madre de su naturaleza human
1. SEMINARIO MAYOR SAGRADOS CORAZONES
PRIMERO DE TEOLOGÍA
CRISTOLOGÍA
P. AMAURY MESTRA
FELIX USAMAG – GERLANDO HERNANDEZ
CONCILIO DE CALCEDONIA
El contexto en que se sitúa el concilio de Calcedonia es la mala interpretación
sobre la unidad hipostática, es decir “una sola naturaleza” “unión según la
hipostasis”. Hay cierta ambigüedad sobre esto a lo cual nace una interpretación
Monofisita.
Con Teodoreto, obispo de Ciro es quien escribe atacando a los monofisitas,
afirmando la integridad las dos naturalezas en Cristo. Junto a este Obispo está
la postura del papa León I, quien se pone a favor de Flaviano, patriarca de
Constantinopla, contra Eutiques. León afirma la doctrina de la “doble
consubstancialidad, además subraya la integridad de las dos naturalezas en
Cristo. Propone la enseñanza de la communicatio idiomatum.
CONCILIO DE CALCEDONIA. (451)
Convocado en Nicea y después trasladado a Calcedonia para facilitar la
presencia del emperador Marciano. Este concilio es el cuarto Ecuménico.
Calcedonia resolvió substancialmente el problema planteado en Éfeso, es
decir, la aclaración de la unidad de Cristo. Luego de cinco sesiones el concilio
para dar solución al problema contrapone dos pensamientos: el de Dioscoro
quien acepta que Cristo es de dos naturalezas, pero no acepta que sea en dos
naturalezas; contraponiendo a esto proponen el planteamiento de el papa León
I, quien dice que en Cristo hay dos naturalezas unidas sin confusión, sin
cambio, sin división en un solo Hijo Unigénito nuestro. Frente a estas dos
posturas todos acogen la enseñanza del papa León I.
Los padres consideran que esta nueva formula esta en continuidad perfecta
con Nicea, Constantinopla y Éfeso. Se considera como una explicación
autentica de la fe ortodoxa, en respuesta a las interpretaciones erróneas
surgidas desde entonces.
CONTENIDO TEOLÓGICO
La definición de Calcedonia pretende dar una respuesta nueva y responsable,
capaz de aclarar el problema en cuestión: la explicación y la expresión de la
unidad de Cristo en la totalidad de su condición divina y humana.
2. se afirma con equilibrio la unidad y la dualidad en Cristo.
Una persona hipostasis en dos naturalezas y sin confusión y sin división.
Se ha llegado por fin en cristología a un uso distinto al que se había
dado hasta entonces de los conceptos de Physis, hipostasis y prosopon.
Los padres afirma explícitamente que tienen conciencia de la
continuidad y de la coherencia que hay entre pronunciamientos
conciliares, kerigma bíblico y tradición eclesial.
CONCILIO CONSTANTINOPLA II (553)
Va desde el 5 de mayo hasta el 2 de junio del año 553. Tuvo ocho sesiones,
participaron 178 obispos reunidos en la gran sala se Santa Sofía de
Constantinopla. Estuvieron presentes los patriarcas Eutiquio de
Constantinopla, Apolinar de Alejandría, Domnus de Antioquia, Eustoquio de
Jerusalén.
MOTIVO DE ESTE CONCILIO
La condena de los tres capítulos: Mesclada con una breve crónica de
los hechos de una profesión de fe.
Los Anatemas: Ofrece 14 anatemas, los diez primeros son de
contenido teológico y los cuatro últimos son de condena.
PRINCIPALES HEREJES
Teodoro de Mopsuesquia
Teodoreto de Ciro
Ibas de Edesa
Se niega que Dios Verbo encarnado de María se haya hecho hombre; niega así
mismo, que María sea la madre de Dios, solo es madre del Hombre;
CONTENIDO DOCTRINAL
Habla de una afirmación de la unidad del Logos: afirma la unidad en
Jesucristo, que es uno solo y el mismo, con las perfecciones de su
divinidad y de su humanidad. Así mismo la fundamentación de la unidad
del Logos con la carne.
La interpretación de la formula calcedonense en dos naturalezas: se
quiere significar la diferencia de las naturalezas, de las cuales sin
confusión ha salido de la unidad, sin que el verso se convierta en la
naturaleza de la carne y viceversa. Por tanto en conclusión
Constantinopla II, hace una interpretación del Concilio de Calcedonia de
su formula Defisita. La insistencia en las dos naturalezas no indica que
3. sean iguales, sino la irreductibilidad y la distinción de la naturaleza
humana y divina.