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Unión Civil No Matrimonial entre
personas del mismo sexo
Proyecto de Ley N° 02647-2013
del congresista Carlos Bruce
Unión Civil “No Matrimonial”
es en realidad una unión “matrimonial”
• El nombre es fraudulento [Fraude es Engaño],
porque todo el contenido del Proyecto de Ley
es la repetición de los artículos del
“matrimonio civil” contenidos en el Código
Civil del Perú.
• Se trata, entonces, de intentar instalar el
“matrimonio” para personas del mismo sexo:
para los homosexuales y las lesbianas,
disfrazando su nombre.
Significado de la palabra “matrimonio”
El Diccionario de la Lengua Española (22ava Edición,
2001; con enmienda de avance para la 23ava edición), señala
que matrimonio proviene del latín “matrimonĭum”
[“matrem” – madre, “monium” – al cuidado de]. Y,
significa:
1. [m.] Unión de hombre y mujer concertada mediante
determinados ritos o formalidades legales.
2. [m.] En el catolicismo, sacramento por el cual el
hombre y la mujer se ligan perpetuamente con arreglo a
las prescripciones de la Iglesia.
3. [m. coloq.] Marido y mujer: En este cuarto vive un
matrimonio.
Finalidad del matrimonio
• El matrimonio tiene íntima relación con la procreación, que implica
el “acto matrimonial” que tiene dos significados: unitivo y
procreativo.
• El matrimonio es unitivo [une al marido con la mujer, haciendo de
ellos una pareja con estabilidad].
• El matrimonio da origen a la familia, ámbito natural para la
procreación de las personas. Las personas son seres racionales, que
deben superar su indigencia, que los hace inermes e incapaces para
asegurar su existencia y satisfacer sus necesidades (materiales,
intelectuales y morales), desde que nacen y por un tiempo largo.
Indigente = Falto de medios para subsistir.
Inerme = Sin defensa, física o moral.
Incapaz = Que no puede desarrollar una actividad por falta de
conocimiento o de preparación.
Por lo tanto, por sus fines y sus
significados
No existe el matrimonio entre
personas del mismo sexo.
El matrimonio en la ley peruana
Código Civil del Perú, artículo 234:
“Definición.- El matrimonio es la unión
legalmente concertada entre un varón y una
mujer legalmente aptos para ella y formalizada
con sujeción a las disposiciones de este Código,
a fin de hacer vida en común.”
Comparación del Proyecto Unión Civil entre personas
del mismo sexo con el Matrimonio Civil (1)
Proyecto de Unión Civil
entre personas del mismo
sexo:
• Se inscribe en el Registro
Civil, y con dos testigos
[arts. 2° y 3°].
• Tienen derecho a formar
Sociedad de Gananciales
o Separación de
Patrimonios [art. 4-a].
Matrimonio Civil (artículos
del Código Civil):
• Se inscribe en el Registro
Civil, se celebra ante la
Municipalidad y con dos
testigos [arts. 269°, 248° y
259°].
• Los cónyuges pueden
optar libremente por la
Sociedad de Gananciales
o la Separación de
Patrimonios [art. 295].
Comparación del Proyecto Unión Civil entre personas
del mismo sexo con el Matrimonio Civil (2)
• Los “compañeros civiles
–del mismo sexo – son
parientes de primer
grado [arts. 1° y 4-b].
• Tienen derecho a
realizar visita íntima a
su compañero civil en
centros penitenciarios
[art. 4-b-3].
• En la doctrina civil los
cónyuges son parientes
del mismo grado [arts.
236 y 237].
• Es un “beneficio
penitenciario” la visita
íntima” [Código de
Ejecución Penal, art. 42-
5 y 58°]
Código de Ejecución Penal
Art. 58 Visita Íntima
“La visita íntima tiene por objeto el
mantenimiento de la relación del interno con su
cónyuge o concubino acreditado, bajo las
recomendaciones de higiene y planificación
familiar y profilaxia médica. Es concedido por el
Director del Establecimiento Penitenciario,
conforme al Reglamento, bajo responsabilidad.”
[Ver: Reglamento, arts. 197° y 198°]
Comparación del Proyecto Unión Civil entre personas
del mismo sexo con el Matrimonio Civil (3)
• “Recibir alimentos del
otro integrante de la
Unión Civil, de acuerdo
a lo establecidos por los
artículos 472 y
siguientes del Código
Civil [art. 4-b-4].
• Alimentos es lo
indispensable para el
sustento, habitación,
vestido y asistencia
médica (art. 472°). Se
deben alimentos
recíprocamente: 1. Los
cónyuges. 2. Los
ascendientes y
descendientes. 3. Los
hermanos. (art. 474°).
Comparación del Proyecto Unión Civil entre personas
del mismo sexo con el Matrimonio Civil (4)
• Derecho de habitación,
vitalicio y gratuito, sobre la
casa en que existió el hogar
doméstico, aplicándose los
artículos 731° y 732° del
Código Civil [art. 4-b-5]
• Derecho a la nacionalidad
peruana [art. 4-b-6]
• Art. 731: Derecho de
habitación vitalicia del
cónyuge supérstite.
• Art. 732: Derecho de
usufructo, o arrendar el
inmueble para sostener sus
gastos.
• Constitución del Perú: La
Nacionalidad es por nacer en
el territorio, los menores de
edad inscritos por tener padre
o madre peruanos, siendo
residente por naturalización o
por opción (art. 52°)
Beneficios que se reconocen al “compañero
doméstico” de la Unión Civil [art. 4-b-7)
• Atención de la salud en ESSALUD y en las EPS.
• Cobertura de seguros.
• Pensión de invalidez de ESSALUD.
• Pensión de sobrevivencia en AFP.
• Régimen mancomunado de jubilación en ONP.
• Pensión de “viudez” en ONP (Of. De
Normalización Previsional)
Por lo tanto, lo dicho al inicio:
Unión Civil No Matrimonial es unión “matrimonial”
• El nombre es fraudulento [Fraude es Engaño],
porque todo el contenido del Proyecto de Ley
es la repetición de los artículos del
“matrimonio civil” contenidos en el Código
Civil del Perú.
• Se trata, entonces, de intentar instalar el
“matrimonio” para personas del mismo sexo:
para los homosexuales y las lesbianas,
disfrazando su nombre.

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  • 1. Unión Civil No Matrimonial entre personas del mismo sexo Proyecto de Ley N° 02647-2013 del congresista Carlos Bruce
  • 2. Unión Civil “No Matrimonial” es en realidad una unión “matrimonial” • El nombre es fraudulento [Fraude es Engaño], porque todo el contenido del Proyecto de Ley es la repetición de los artículos del “matrimonio civil” contenidos en el Código Civil del Perú. • Se trata, entonces, de intentar instalar el “matrimonio” para personas del mismo sexo: para los homosexuales y las lesbianas, disfrazando su nombre.
  • 3. Significado de la palabra “matrimonio” El Diccionario de la Lengua Española (22ava Edición, 2001; con enmienda de avance para la 23ava edición), señala que matrimonio proviene del latín “matrimonĭum” [“matrem” – madre, “monium” – al cuidado de]. Y, significa: 1. [m.] Unión de hombre y mujer concertada mediante determinados ritos o formalidades legales. 2. [m.] En el catolicismo, sacramento por el cual el hombre y la mujer se ligan perpetuamente con arreglo a las prescripciones de la Iglesia. 3. [m. coloq.] Marido y mujer: En este cuarto vive un matrimonio.
  • 4. Finalidad del matrimonio • El matrimonio tiene íntima relación con la procreación, que implica el “acto matrimonial” que tiene dos significados: unitivo y procreativo. • El matrimonio es unitivo [une al marido con la mujer, haciendo de ellos una pareja con estabilidad]. • El matrimonio da origen a la familia, ámbito natural para la procreación de las personas. Las personas son seres racionales, que deben superar su indigencia, que los hace inermes e incapaces para asegurar su existencia y satisfacer sus necesidades (materiales, intelectuales y morales), desde que nacen y por un tiempo largo. Indigente = Falto de medios para subsistir. Inerme = Sin defensa, física o moral. Incapaz = Que no puede desarrollar una actividad por falta de conocimiento o de preparación.
  • 5. Por lo tanto, por sus fines y sus significados No existe el matrimonio entre personas del mismo sexo.
  • 6. El matrimonio en la ley peruana Código Civil del Perú, artículo 234: “Definición.- El matrimonio es la unión legalmente concertada entre un varón y una mujer legalmente aptos para ella y formalizada con sujeción a las disposiciones de este Código, a fin de hacer vida en común.”
  • 7. Comparación del Proyecto Unión Civil entre personas del mismo sexo con el Matrimonio Civil (1) Proyecto de Unión Civil entre personas del mismo sexo: • Se inscribe en el Registro Civil, y con dos testigos [arts. 2° y 3°]. • Tienen derecho a formar Sociedad de Gananciales o Separación de Patrimonios [art. 4-a]. Matrimonio Civil (artículos del Código Civil): • Se inscribe en el Registro Civil, se celebra ante la Municipalidad y con dos testigos [arts. 269°, 248° y 259°]. • Los cónyuges pueden optar libremente por la Sociedad de Gananciales o la Separación de Patrimonios [art. 295].
  • 8. Comparación del Proyecto Unión Civil entre personas del mismo sexo con el Matrimonio Civil (2) • Los “compañeros civiles –del mismo sexo – son parientes de primer grado [arts. 1° y 4-b]. • Tienen derecho a realizar visita íntima a su compañero civil en centros penitenciarios [art. 4-b-3]. • En la doctrina civil los cónyuges son parientes del mismo grado [arts. 236 y 237]. • Es un “beneficio penitenciario” la visita íntima” [Código de Ejecución Penal, art. 42- 5 y 58°]
  • 9. Código de Ejecución Penal Art. 58 Visita Íntima “La visita íntima tiene por objeto el mantenimiento de la relación del interno con su cónyuge o concubino acreditado, bajo las recomendaciones de higiene y planificación familiar y profilaxia médica. Es concedido por el Director del Establecimiento Penitenciario, conforme al Reglamento, bajo responsabilidad.” [Ver: Reglamento, arts. 197° y 198°]
  • 10. Comparación del Proyecto Unión Civil entre personas del mismo sexo con el Matrimonio Civil (3) • “Recibir alimentos del otro integrante de la Unión Civil, de acuerdo a lo establecidos por los artículos 472 y siguientes del Código Civil [art. 4-b-4]. • Alimentos es lo indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica (art. 472°). Se deben alimentos recíprocamente: 1. Los cónyuges. 2. Los ascendientes y descendientes. 3. Los hermanos. (art. 474°).
  • 11. Comparación del Proyecto Unión Civil entre personas del mismo sexo con el Matrimonio Civil (4) • Derecho de habitación, vitalicio y gratuito, sobre la casa en que existió el hogar doméstico, aplicándose los artículos 731° y 732° del Código Civil [art. 4-b-5] • Derecho a la nacionalidad peruana [art. 4-b-6] • Art. 731: Derecho de habitación vitalicia del cónyuge supérstite. • Art. 732: Derecho de usufructo, o arrendar el inmueble para sostener sus gastos. • Constitución del Perú: La Nacionalidad es por nacer en el territorio, los menores de edad inscritos por tener padre o madre peruanos, siendo residente por naturalización o por opción (art. 52°)
  • 12. Beneficios que se reconocen al “compañero doméstico” de la Unión Civil [art. 4-b-7) • Atención de la salud en ESSALUD y en las EPS. • Cobertura de seguros. • Pensión de invalidez de ESSALUD. • Pensión de sobrevivencia en AFP. • Régimen mancomunado de jubilación en ONP. • Pensión de “viudez” en ONP (Of. De Normalización Previsional)
  • 13. Por lo tanto, lo dicho al inicio: Unión Civil No Matrimonial es unión “matrimonial” • El nombre es fraudulento [Fraude es Engaño], porque todo el contenido del Proyecto de Ley es la repetición de los artículos del “matrimonio civil” contenidos en el Código Civil del Perú. • Se trata, entonces, de intentar instalar el “matrimonio” para personas del mismo sexo: para los homosexuales y las lesbianas, disfrazando su nombre.