El documento aborda la jornada laboral de los docentes según la directiva n° 16 de 2013, aclarando que se mantiene la asignación académica establecida en el decreto 1850 de 2002, que prevé 22 horas efectivas de clase a la semana. Se destaca que la jornada debe incluir actividades complementarias que totalizan 30 horas semanales de permanencia, incluyendo períodos de descanso. Además, se menciona que el recreo se considera parte de las seis horas de permanencia mínima requeridas en la institución educativa.