El documento define conceptos procesales básicos como la acción, jurisdicción, proceso, derecho de contradicción, pretensión y oposición. La acción es un derecho subjetivo público que permite postular la actividad jurisdiccional. La jurisdicción es la actividad del Estado a través de autoridades imparciales que producen normas jurídicas irrevisables. El proceso es el conjunto de actos relacionados que permiten desarrollar la actividad jurisdiccional. El derecho de contradicción permite ser oído en los estrados judicial