CONCEPTOS LEGALES
Contrato de crédito.- Documento en el cual el Acreditantes
obliga a poner a disposición del Acreditado una suma de
dinero, o a contraer por cuenta de éste una obligación,
para que el mismo haga uso del crédito concedido,
conforme lo convengan ambas partes.
Acreditado.- Persona que recibe un préstamo o una
apertura de crédito.
Obligado Solidario.- Persona que interviene como garante
en un préstamo y que asume las responsabilidades de
pago en caso de que el prestatario no haga frente a la
deuda.
Aval.- Figura jurídica que presta su consentimiento
voluntario como garantía para intervenir en caso que el
prestatario no cumpla con su obligación, cuya aplicación es
exclusiva a los títulos de crédito.
Acta constitutiva: Documento o constancia notarial en la
que se registran los datos referentes a la formación de una
sociedad o agrupación.
Actas de asamblea.- Documento que certifica los acuerdos
tomados por los socios o accionistas en una reunión.
Representante legal.- Persona que actúa en nombre e
intereses de otra persona, dentro del ámbito jurídico,
causando su actuación los mismos efectos que si actuara
directamente la persona representada.
Consejo de administración.- Grupo directivo de una
sociedad empresarial integrado por personas elegidas por la
asamblea general de accionistas. Su función es de dirección
y vigilancia de la sociedad.
Poder notarial: Autorización otorgada ante notario a favor
de un tercero para que éste pueda llevar a cabo un trámite
determinado.
Poder para pleitos y cobranzas.- Para representar al
otorgante en juicios y efectuar cobros.
Poder para actos de administración.- Poder para que el
apoderado administre bienes e intereses del otorgante.
Poder para actos de dominio.- Poder para comprar,
hipotecar, donar o vender bienes del otorgante.
Poder cambiario.- Poder que señala que un apoderado está
facultado para emitir o endosar títulos de crédito.
Régimen de bienes separados: Los cónyuges conservarán la
propiedad y administración de los bienes que
respectivamente les pertenezcan y, por consiguiente, todos
los frutos y accesiones de dichos bienes no serán comunes.
Régimen de bienes mancomunados/ sociedad conyugal:
Este régimen significa que todo lo que se adquiera durante
el matrimonio será de ambas partes.
Garante hipotecario.- Persona natural o jurídica que
constituye hipoteca sobre un bien inmueble de su
propiedad, para garantizar las obligaciones de un tercero.
Garante prendario.- Persona física o jurídica que por
designación resulta obligada a hacer efectiva una prenda
sobre las obligaciones de un tercero.
Depositario.- Persona que guarda o tiene a su cargo un bien
o un objeto de valor, por el que debe responder.
Certificado de Libertad de gravamen.- Documento legal que
hace constar la situación en la que se encuentra
determinada propiedad o derecho, según las inscripciones y
documentos existentes en los archivos del registro público
de la propiedad y comercio.
Registro electrónico de garantías inmobiliarias (RUG).- Es
una sección del Registro Público de la Propiedad y del
Comercio, en la cual las personas podrán inscribir todo tipo
de Garantías Mobiliarias, privilegios especiales y derechos
de retención sobre bienes muebles para garantizar cualquier
crédito que otorgan.
Pagaré.- Documento que contiene la promesa incondicional
de una persona (denominada suscriptora), de que pagará a
una segunda persona (llamada beneficiaria o tenedora), una
suma determinada de dinero en un determinado plazo de
tiempo.
Recibo de disposición de Efectivo.- Documento que hace
contar que una persona recibió una suma determinada, en
una fecha determinada.
Registro Público de la Propiedad y del Comercio RPPC.- Es
la institución donde se inscriben los actos o contratos para
que tengan efectos declarativos y en consecuencia
produzcan efectos en perjuicios de terceros.
Gravamen.- Es una carga, una obligación, impuesto o tributo
que se aplica a un inmueble, a un caudal o a un bien y al uso
que se hace de estos.
Embargo.- Retención de bienes por orden de una autoridad
judicial o administrativa, con el fin de responder de una deuda o
de la responsabilidad de un delito.
Patrimonio Familiar.- es el conjunto de bienes constituido por
resolución judicial y en forma única que aseguran y garantizan la
subsistencia y bienestar de la familia.
Crédito Simple.- El acreditante (el banco) se obliga a poner una
suma de dinero a disposición del acreditado (la empresa), para
que se haga uso del crédito en la forma y en los términos y
condiciones convenidos, quedando obligado el acreditado a
restituir al acreditante las sumas de que disponga y en todo caso a
pagarle los intereses, prestaciones, gastos y comisiones que se
estipulen.
Crédito Revolvente.- Es aquel que se puede utilizar
repetidamente y retirar fondos hasta un límite pre-
aprobado. La cantidad de crédito disponible disminuye cada
vez que pedimos prestado y aumenta cuando lo pagamos.
Crédito Hipotecario.- Un crédito hipotecario es un préstamo
que se hace a largo plazo, el cual está respaldado en la
hipoteca de la casa que se compra. Si tiene la intención de
solicitar un crédito hipotecario, es necesario que antes
analice si está en condiciones de tener uno.
Crédito Prendario.- Es aquel que se otorga a cambio de la
prenda de un bien mueble registrable, en donde el deudor,
por lo general, suele dar en garantía.
Número de Inscripción en el Registro Público de la
Propiedad.- Número que se le da al proyecto para tener el
control de los expedientes.
Convenio judicial.- Los convenios judiciales son contratos
que ofrece instituciones y es una forma de renegociar el
crédito. Este tipo de contratos se ofrecen, normalmente,
cuando hay una demanda en proceso.

Conceptos legales

  • 1.
  • 2.
    Contrato de crédito.-Documento en el cual el Acreditantes obliga a poner a disposición del Acreditado una suma de dinero, o a contraer por cuenta de éste una obligación, para que el mismo haga uso del crédito concedido, conforme lo convengan ambas partes. Acreditado.- Persona que recibe un préstamo o una apertura de crédito. Obligado Solidario.- Persona que interviene como garante en un préstamo y que asume las responsabilidades de pago en caso de que el prestatario no haga frente a la deuda.
  • 3.
    Aval.- Figura jurídicaque presta su consentimiento voluntario como garantía para intervenir en caso que el prestatario no cumpla con su obligación, cuya aplicación es exclusiva a los títulos de crédito. Acta constitutiva: Documento o constancia notarial en la que se registran los datos referentes a la formación de una sociedad o agrupación. Actas de asamblea.- Documento que certifica los acuerdos tomados por los socios o accionistas en una reunión.
  • 4.
    Representante legal.- Personaque actúa en nombre e intereses de otra persona, dentro del ámbito jurídico, causando su actuación los mismos efectos que si actuara directamente la persona representada. Consejo de administración.- Grupo directivo de una sociedad empresarial integrado por personas elegidas por la asamblea general de accionistas. Su función es de dirección y vigilancia de la sociedad. Poder notarial: Autorización otorgada ante notario a favor de un tercero para que éste pueda llevar a cabo un trámite determinado.
  • 5.
    Poder para pleitosy cobranzas.- Para representar al otorgante en juicios y efectuar cobros. Poder para actos de administración.- Poder para que el apoderado administre bienes e intereses del otorgante. Poder para actos de dominio.- Poder para comprar, hipotecar, donar o vender bienes del otorgante. Poder cambiario.- Poder que señala que un apoderado está facultado para emitir o endosar títulos de crédito.
  • 6.
    Régimen de bienesseparados: Los cónyuges conservarán la propiedad y administración de los bienes que respectivamente les pertenezcan y, por consiguiente, todos los frutos y accesiones de dichos bienes no serán comunes. Régimen de bienes mancomunados/ sociedad conyugal: Este régimen significa que todo lo que se adquiera durante el matrimonio será de ambas partes. Garante hipotecario.- Persona natural o jurídica que constituye hipoteca sobre un bien inmueble de su propiedad, para garantizar las obligaciones de un tercero.
  • 7.
    Garante prendario.- Personafísica o jurídica que por designación resulta obligada a hacer efectiva una prenda sobre las obligaciones de un tercero. Depositario.- Persona que guarda o tiene a su cargo un bien o un objeto de valor, por el que debe responder. Certificado de Libertad de gravamen.- Documento legal que hace constar la situación en la que se encuentra determinada propiedad o derecho, según las inscripciones y documentos existentes en los archivos del registro público de la propiedad y comercio.
  • 8.
    Registro electrónico degarantías inmobiliarias (RUG).- Es una sección del Registro Público de la Propiedad y del Comercio, en la cual las personas podrán inscribir todo tipo de Garantías Mobiliarias, privilegios especiales y derechos de retención sobre bienes muebles para garantizar cualquier crédito que otorgan. Pagaré.- Documento que contiene la promesa incondicional de una persona (denominada suscriptora), de que pagará a una segunda persona (llamada beneficiaria o tenedora), una suma determinada de dinero en un determinado plazo de tiempo.
  • 9.
    Recibo de disposiciónde Efectivo.- Documento que hace contar que una persona recibió una suma determinada, en una fecha determinada. Registro Público de la Propiedad y del Comercio RPPC.- Es la institución donde se inscriben los actos o contratos para que tengan efectos declarativos y en consecuencia produzcan efectos en perjuicios de terceros. Gravamen.- Es una carga, una obligación, impuesto o tributo que se aplica a un inmueble, a un caudal o a un bien y al uso que se hace de estos.
  • 10.
    Embargo.- Retención debienes por orden de una autoridad judicial o administrativa, con el fin de responder de una deuda o de la responsabilidad de un delito. Patrimonio Familiar.- es el conjunto de bienes constituido por resolución judicial y en forma única que aseguran y garantizan la subsistencia y bienestar de la familia. Crédito Simple.- El acreditante (el banco) se obliga a poner una suma de dinero a disposición del acreditado (la empresa), para que se haga uso del crédito en la forma y en los términos y condiciones convenidos, quedando obligado el acreditado a restituir al acreditante las sumas de que disponga y en todo caso a pagarle los intereses, prestaciones, gastos y comisiones que se estipulen.
  • 11.
    Crédito Revolvente.- Esaquel que se puede utilizar repetidamente y retirar fondos hasta un límite pre- aprobado. La cantidad de crédito disponible disminuye cada vez que pedimos prestado y aumenta cuando lo pagamos. Crédito Hipotecario.- Un crédito hipotecario es un préstamo que se hace a largo plazo, el cual está respaldado en la hipoteca de la casa que se compra. Si tiene la intención de solicitar un crédito hipotecario, es necesario que antes analice si está en condiciones de tener uno. Crédito Prendario.- Es aquel que se otorga a cambio de la prenda de un bien mueble registrable, en donde el deudor, por lo general, suele dar en garantía.
  • 12.
    Número de Inscripciónen el Registro Público de la Propiedad.- Número que se le da al proyecto para tener el control de los expedientes. Convenio judicial.- Los convenios judiciales son contratos que ofrece instituciones y es una forma de renegociar el crédito. Este tipo de contratos se ofrecen, normalmente, cuando hay una demanda en proceso.