El documento habla sobre los derechos de los trabajadores a licencias por enfermedad y juntas médicas. Existen dos tipos de licencias por enfermedad de corta y larga duración de hasta 45 días y 2 años respectivamente. Una vez agotada la licencia de larga duración, se debe realizar una junta médica que evalúe la capacidad laboral del trabajador y pueda determinar si continúa con licencia, vuelve a sus funciones habituales, cambia de tareas de forma temporal o permanente, o se jubila por incapacidad.