El documento explica la diferencia entre contratación electrónica y contratación informática, señalando que la contratación informática se refiere a bienes o servicios informáticos mientras que la electrónica se refiere al medio utilizado sin importar el objeto. También define los contratos de adhesión como aquellos sin negociación donde una parte tiene mayor poder, y explica que estos son comunes en la contratación electrónica. Finalmente, menciona ejemplos posibles de cláusulas abusivas y vicios del consentimiento en la telecontratación