Este documento explica la diferencia entre contratación electrónica y contratación informática, señalando que la contratación electrónica se refiere a cualquier contrato realizado a través de medios electrónicos, mientras que la contratación informática se refiere específicamente a contratos relacionados con bienes o servicios informáticos. También discute los contratos de adhesión y cláusulas abusivas en la telecontratación, así como los vicios de consentimiento y el uso de tercerización en la contratación informática.