Los Acuerdos para la Promoción y la Protección Recíproca de las Inversiones (APPIs), así como los capítulos relativos a la inversión extranjera, incorporados en los Tratados de Libre Comercio (TLCs) negociados por Chile, otorgan al inversionista extranjero el derecho de someter, al conocimiento de un tribunal arbitral internacional (CIADI - UNCITRAL), una diferencia producto de la violación de las normas sustantivas allí establecidas. A diferencia de los APPIs, que no profundizan mayormente en el procedimiento arbitral aplicable, los capítulos “Inversión” en los TLCs regulan de manera comprensiva la solución de diferencias entre un inversionista y el Estado receptor de esa inversión y contienen una sección dedicada exclusivamente a la substanciación del procedimiento arbitral aplicable a ellas. Esta es una presentación preparada para capacitar al grupo encargado de la solución de controversias del Gobierno del Paraguay.