Las Convenciones de Ginebra constituyen una serie de normas internacionales para humanizar la guerra, incluyendo la Primera Convención de 1864 sobre el tratamiento de militares heridos, la Segunda de 1906 sobre militares heridos en el mar, la Tercera de 1929 sobre heridos y prisioneros de guerra, y la Cuarta de 1949 para proteger a víctimas de la guerra. Estas convenciones normalizan el derecho internacional humanitario y se aplican en tiempos de conflicto armado entre gobiernos que las han ratificado.
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Se refieren al estatuto y al trato que debe darse a las personas protegidas, y distinguen entre la situación de los
extranjeros en el territorio de una de las partes en conflicto y la de los civiles en territorios ocupados.
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Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
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2. Los Convenios de Ginebra constituyen una serie de normas internacionales para humanizar la guerra. El conjunto de los distintos Convenios dan como resultado la normalización del Derecho Internacional Humanitario.
3. Las Convenciones de Ginebra han sido: La Primera Convención de Ginebra, de 1864, que comprende el Convenio de Ginebra para el mejoramiento de la suerte que corren los militares heridos en los ejércitos en campaña de 1864. La Segunda Convención de Ginebra, de 1906, que comprende el Convenio de Ginebra para el mejoramiento de la suerte de los militares heridos, enfermos o náufragos en las fuerzas armadas en el mar de 1906.
4. La Tercera Convención de Ginebra, de 1929, que comprende: Convenio de Ginebra para mejorar la suerte de los heridos y enfermos de los ejércitos en campaña y el Convenio de Ginebra relativo al trato de los prisioneros de guerra del 27 de julio de 1929 La Cuarta Convención de Ginebra, de 1949, que comprende 4 convenios aprobados por la Conferencia Diplomática destinada a Elaborar Convenios Internacionales a proteger a las víctimas de la guerra en 1949.
5. Aplicación La Convención de Ginebra se aplica en tiempos de guerra o conflicto armado entre aquellos gobiernos que han ratificado sus términos. Los detalles de aplicabilidad se exponen en los Artículos Comunes 2 y 3.
6. Bibliografía Wikipedia www.icrc.org http://www.parlamento.gub.uy http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_internacional_humanitario