El primer Convenio de Ginebra de 1864 estableció las bases para la protección de los soldados heridos y enfermos que están fuera de combate durante los conflictos armados. Algunas de sus disposiciones clave incluyen que los soldados heridos deben ser tratados con humanidad y no deben ser asesinados o sometidos a experimentación, deben ser recogidos y atendidos aunque puedan ser prisioneros de guerra, y que los países en conflicto deben registrar la identidad de los muertos y heridos. También permitió que la Cruz Roja Intern
El Derecho Internacional Humanitario. Conmemoración del Dia Internacional de ...planificupmich
Más información en:
https://www.universidadpopularc3c.es/index.php/actividades/conferencias/details/3254
Ponentes: Mercedes Tejeiro y Andrés de la Fuente Blanco, Educación para el Desarrollo - Cruz Roja de Tres Cantos
Tema: Historia del desarrollo del Derecho Internacional Humanitario
Fecha: 19 de diciembre 2018
Lugar: Universidad Popular Carmen de Michelena Tres Cantos
Descripción:
La conferencia versará sobre los puntos siguientes:
Que es el derecho Internacional Humanitario
Su desarrollo.
Principios Fundamentales.
Las restricciones de medios y métodos militares.
Ámbito de aplicación personal.
El sistema de eficacia en su aplicación
Medios preventivos
Medios represivos
Casos a analizar.
Los Refugiados.
Los "niños soldado"
Curso sobre Derecho Internacional Público: Concepto del derecho internacional público, sus fuentes. Sujetos del derecho internacional. Derecho interno. Tratados internacionales. Solución pacifica de los conflictos internacionales. Competencia espacial de los estados.
ENJ-200 Curso Derechos Colectivos y Difusos (Julio-Septiembre 2019).
Organizador:
Escuela Nacional de la Judicatura (ENJ).
Encuentros:
Primer: 30 de agosto ;
Segundo: 6 de septiembre ;
Tercer: 13 de septiembre;
Cuarto: 20 de septiembre ;
Quinto: 27 de septiembre del 2019.
Docentes:
*Claudio Aníbal Medrano Mejía;
*Manuel Ramírez Suzaña;
*Hermógenes Acosta;
*Mayra Zuleica Cabral Brea;
*Amaury Reyes Torres ;
*Frinette Padilla.
El Derecho Internacional Humanitario. Conmemoración del Dia Internacional de ...planificupmich
Más información en:
https://www.universidadpopularc3c.es/index.php/actividades/conferencias/details/3254
Ponentes: Mercedes Tejeiro y Andrés de la Fuente Blanco, Educación para el Desarrollo - Cruz Roja de Tres Cantos
Tema: Historia del desarrollo del Derecho Internacional Humanitario
Fecha: 19 de diciembre 2018
Lugar: Universidad Popular Carmen de Michelena Tres Cantos
Descripción:
La conferencia versará sobre los puntos siguientes:
Que es el derecho Internacional Humanitario
Su desarrollo.
Principios Fundamentales.
Las restricciones de medios y métodos militares.
Ámbito de aplicación personal.
El sistema de eficacia en su aplicación
Medios preventivos
Medios represivos
Casos a analizar.
Los Refugiados.
Los "niños soldado"
Curso sobre Derecho Internacional Público: Concepto del derecho internacional público, sus fuentes. Sujetos del derecho internacional. Derecho interno. Tratados internacionales. Solución pacifica de los conflictos internacionales. Competencia espacial de los estados.
ENJ-200 Curso Derechos Colectivos y Difusos (Julio-Septiembre 2019).
Organizador:
Escuela Nacional de la Judicatura (ENJ).
Encuentros:
Primer: 30 de agosto ;
Segundo: 6 de septiembre ;
Tercer: 13 de septiembre;
Cuarto: 20 de septiembre ;
Quinto: 27 de septiembre del 2019.
Docentes:
*Claudio Aníbal Medrano Mejía;
*Manuel Ramírez Suzaña;
*Hermógenes Acosta;
*Mayra Zuleica Cabral Brea;
*Amaury Reyes Torres ;
*Frinette Padilla.
este trabajo se realizo con el fin de que el publico pueda tener un conocimiento mas detallado sobre el derecho internacional publico, en lo referente a conflicto arma, asilos diplomaticos, derecho de la guerra entre otros
Aportes del Tercer Sector al sistema escolar y la construcción de la política...Grupo FARO
Presentación de Gonzalo Muñoz de Fundación Chile, respecto a la situación de la educación chilena y los aportes de la sociedad civil organizada en el fortalecimiento de las políticas públicas educativas
Satcen pone la tecnología ArcGIS al servicio de la geointeligencia de la Unió...Esri
El Centro de Satélites de la Unión Europea ha conseguido gestionar una ingente cantidad de información y aumentar su capacidad para dar nuevos servicios.
Mesa Redonda: “Sistema Nacional de Servicios Bibliotecarios al servicio de la sociedad informada”
Foro Nacional de Armonización Legislativa Bibliotecaria
Ponencia de: Guadalupe Carrión Rodríguez
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Se refieren al estatuto y al trato que debe darse a las personas protegidas, y distinguen entre la situación de los
extranjeros en el territorio de una de las partes en conflicto y la de los civiles en territorios ocupados.
2. INTEGRNTES
DANIELA DIAZ ROJAS
JEISSON MIGUEL MOTTA DUSSAN
LAURA ALEJANDRA SANCHEZ GUTIERREZ
GRADO:1101
PRESENTADO A:
CLARA MILENA GOMEZ
PROFESORA EN EL AREA DE CIENCIAS SOCIALES
INSTITUCION EDUCATIVA ESCUELA NORMAL SUPERIOR DE NEIVA
2015
3. PRIMER CONVENIO DE
GINEBRA
(1864)
Para Aliviar la Suerte de la
Condición de los Heridos de los
Ejércitos en Campaña, es uno de
los cuatro tratados internaciones
de los Convenios de Ginebra.
Define "la base sobre la que
descansan las normas del derecho
internacional para la protección de
las víctimas durante los conflictos
armados".1 Fue adoptada por
primera vez en 1864, pero se ha
actualizado de manera significativa
en 1906, 1929 y 1949. Está
inextricablemente ligado al Comité
Internacional de la Cruz Roja, que
es a la vez el instigador de la
creación y de hacer cumplir los
artículos de esas convenciones.
6. RESUMEN DE LAS DISPOSICIONES
Los diez artículos originales del tratado de 1864 se han ampliado a los actuales 64
artículos. Este largo tratado protege a los soldados que están fuera de combate (fuera de
la batalla, debido a una enfermedad o lesión), así como del personal sanitario y religioso y
de los civiles en la zona de batalla. Entre sus principales disposiciones:
Artículo 12; Establece que los soldados heridos y los enfermos que están fuera de la
batalla debe ser tratados con humanidad y, en particular, no deben ser muertos, heridos,
torturados o sometidos a la experimentación biológica. Este artículo es la piedra angular
del tratado, y define los principios de la mayoría del resto que derivan del tratado,9
incluyendo la obligación de respetar las unidades médicas y sus establecimientos (capítulo
III), al personal encargado de la atención de los heridos (capítulo IV), a los edificios y a
el material (capítulo V), a los medios de transporte sanitarios (Capítulo VI), y al signo de
protección (Capítulo VII).
Artículo 15; Establece que los soldados heridos y los enfermos deben ser recogidos,
atendidos y protegidos, aunque también pueden llegar a ser prisioneros de guerra.
Artículo 16; Exige que las partes en conflicto deben registrar la identidad de los muertos
y heridos, y transmitir esta información a la parte contraria.
Artículo 9: permite a la Cruz Roja Internacional, "o a otro organismo humanitario
imparcial" proporcionar protección y socorro a los soldados heridos y enfermos, así como
al personal sanitario y religioso.