1. EL PAPADOS
Ya durante el Bajo Imperio romano asistimos a la popularización de las
tendencias monoteístas, e incluso, en filosofía, de la mano de los neoplatónicos
Plotino y Porfirio, de monismo: Así, "el Uno , Dios
transcendente, se manifiesta y actúa a través del Demiurgo para crear y
gobernar el mundo [...]". Lo mismo que hay un único Dios a la cabeza del
Universo, (fuera Júpiter, el Sol Invicto o el Dios cristiano), así en la tierra, el
emperador es cabeza suprema: el emperador, «investido de la imagen de la
monarquía celeste, levanta su mirada hacia lo alto y gobierna regulando los
asuntos del mundo (imitando) la soberanía del soberano celeste. Al rey único
sobre la tierra, corresponde el Dios único en el Cielo".
Dado que Dios le había dado el poder, era Dios quien actuaba a través del
emperador, por lo cual, el origen de las actuaciones del emperador estaba en
Dios, de manera que el emperador podía incluso intervenir en el gobierno de la
Iglesia. El emperador era el vicario de Dios, mediador entre Dios y los hombres,
según la doctrina imperial.
Sin embargo, la Iglesia había sido fundada, no por la voluntad humana, sino
por la divina. Si la Iglesia era un cuerpo corporativo y con personalidad jurídica
que debía ser orientado y gobernado, se precisaba entonces de una cabeza:
¿Cuál sería esa cabeza?; Según el Evangelio de San Mateo (16, 18 -19), Cristo
le dice a Pedro, "Y yo te digo a ti que tú eres Pedro, y sobre esta piedra
edificaré yo mi Iglesia" y "Yo te daré las llaves del reino de los cielos, y cuanto
atares en la tierra será atado en los cielos, y cuanto desatares en la tierra será
desatado en los cielos". Pedro, así, habría recibido poderes directamente de
Cristo, convirtiéndose en pastor y cabeza de la Iglesia (Pedro, apacienta a mis
ovejas, San Juan, 21, 17-18). Según la Carta a los Corintios escrita por
Clemente I (91 - 101) , éste habría recibido, en Roma, del propio Pedro, la
consagración como papa18. Siguiendo el principio romano de sucesión
universal, todo papa recibe del anterior la potestas ordinis, - que comprende el
cargo eclesiástico -, pero los poderes, las funciones gubernamentales,
la potestas jurisdictionis, la reciben directamente de San Pedro, de manera que
el Papa es unvices Christi.
En su función de pontífice y en virtud del principio jurídico romano del derecho
de sucesión, el Papa se equipara a Pedro al tener la consortium potentiae, es
decir, al existir una asociación de poder entre Cristo y Pedro-papa: Es Cristo
quien ha dado a Pedro, y a sus sucesores, el poder de atar y desatar en el
Cielo y la Tierra, por lo cual es él el auténtico pontífice, el intermediario entre
Dios y los hombres. Dios distribuye el poder, dándoselo a Pedro que es piedra
sobre la que se apoya la Iglesia, de manera que la comunidad de creyentes no
es la que da el poder al Papa, sino que el Papa la recibe de Dios, siendo la
comunidad la que depende de él.
Por su parte, durante el pontificado del Papa Alejandro I (109 - 116), San
Ignacio de Antioquia dirigió una epístola a la Sede apostólica en la que se
señala que Eoma "está puesta a la cabeza de la caridad", de lo que se dedujo
que a la sede romana le correspondía ser cabeza de la Iglesia, si bien, será en
2. tiempos de San Víctor I (189 - 198), cuando quede sentado el principio de que,
en cuestión de fe y de costumbres, es a Roma a la que corresponde resolver
las cuestiones, llegando a excomulgar a las iglesias de Asia Menor por seguir
celebrando la Pascua de Resurrección el 14 de Nissam, ignorando lo prescrito
por el papa Aniceto (155-166), respecto a las fechas de celebración de la
misma. Inocencio I (401 - 440), reivindicará para el obispo de Roma el papel de
árbitro en las disputas entre obispos, papel preeminente que León Magno (440
- 492) logrará consolidar, especialmente, tras disuadir a Atila de saquear Roma.
Tenemos, en definitiva, que a lo largo de la Antigüedad tardía, la posición del
Papado se ha ido reforzando, tanto desde el punto de vista eclesial, como
político.
Relaciones entre el Papado y el poder civil
Ya desde los primeros tiempos, la literatura cristiana contemplaba la existencia
de dos poderes distintos, uno terreno, el emperador, y otro supraterreno, el de
Dios. Así, en una oración por el poder civil del año 96, atribuida al Papa
Clemente I, se afirma que es Dios el que ha dado a los emperadores la
potestad del gobierno, que es el Señor quien otorga la «dignidad, gloria y virtud
sobre todas las cosas de la tierra» y ruega dé a los cristianos «docilidad para
obedecer en tu Nombre, que es Santo y Todopoderoso, a nuestros
gobernantes y jefes sobre la tierra» Efectivamente, los autores cristianos,
basándose en la respuesta que da Jesucristo a Pilatos, «no tendrías ningún
poder sobre mí si no te hubiera sido dado de lo alto», van a concluir que el
poder es concedido por Dios; al fin y al cabo, si Dios es el máximo poder, la
Omnipotencia, resulta lógico pensar que el poder que tiene el emperador no lo
ha conseguido por sus exclusivos méritos, sino por la voluntad de Dios, pues
«no hay autoridad sino bajo Dios; y las que hay, por Dios han sido
establecidas»(Rom. XIII, 1-7), por eso, «adoro solamente al Dios verdadero y
real, sabiendo que el emperador ha sido constituido por Él»(Teófilo de
Antioquía, Ad Autolycum, II, 11)
Dado que es Dios el que concede el poder, cualquier resistencia al mismo es,
en realidad, resistencia a la voluntad de Dios y por eso, «todos han de estar
sometidos a las autoridades superiores» (Rom. XIII, 17) y aunque, «adoramos
sólo a Dios», «os servimos a vosotros alegres en todo lo demás, reconociendo
que sois reyes y príncipes de los hombres y rogando al mismo tiempo que,
juntamente con el poder regio, recibáis inteligencia prudente» (Justino, Primera
Apología, XVII). Ahora bien, los magistrados, los emperadores, son ministros
de Dios para el bien, de manera que «el emperador no es Dios, sino un hombre
constituido por Dios en su lugar» (Teófilo de Antioquía, Ad Autolycum, II, 11)
no para ser reverenciado, sino para que «ejerza juicio justo»,« para que el
Poder que de Ti les vino lo ejerzan en paz y con mansedumbre y penetrados
de tu santo temor» (Clemente Romano a los Corintios, 60, 4; 61, 1-3). Por
tanto, la dignidad imperial es un oficio, un ministerio que se ejerce al servicio de
la justicia de Dios: Por eso, San Ambrosio, obispo de Milán, excomulgará en
390 al propio emperador Teodosio, en lo que constituye una de las más
notorias y tempranas tensiones político-religiosas entre poder pontificio y poder
laico, de tantas como menudearán a lo largo de la Edad Media, especialmente
3. con los titulares del Sacro Imperio Romano-Germánico.
La Teoría de los Dos Poderes o de las Dos Espadas
Un rey o un emperador cristiano ejerce, como hemos mencionado, un oficio, un
ministerio, y por ello, la Iglesia, y más aún el Papa, como auténtico vicario de
Cristo en la tierra, tiene derecho a intervenir, en caso de que el mismo no
cumpla con dicho ministerio.
Ahora bien, Gelasio I (492 - 496) distingue entre potestas - que ostentan los
emperadores - y la auctoritas - que pertenece a los papas -: El poder laico tiene
poder para hacer, pero los papas tienen autoridad moral para censurar las
actuaciones de los poderes laicos. Surge así la teoría de los dos poderes o las
dos espadas, por la cual, si bien la Iglesia y el Papado obedecen las leyes
promulgadas por el Emperador, éste ha de respetar la autoridad del Papado en
lo tocante a cuestiones de orden religioso y moral - como por ejemplo, el
nombramiento de los obispos por parte del Papa, origen de la conocida como
Querella de las Investiduras -.
Así lo pone de manifiesto en su carta al emperador Anastasio: «Hay dos
poderes que gobiernan el mundo: la autoridad sagrada de los pontífices y la
potestad regia. [..] Tú sabes, mi muy clemente hijo, que si gobiernas al género
humano por tu dignidad, inclinas sin embargo la cabeza ante los prelados en
las cosas divinas [...], (has de) estar sometido al orden religioso más que
dirigirlo, [...] y si en todo lo que concierne al orden público los prelados
reconocen la autoridad del imperio, - que, (no obstante), ha sido conferido por
una disposición sobrenatural, (es decir, por Dios) -, y han de obedecer sus
leyes [...], con más razón debe(s) obedecer al prelado de esta sede (Roma)
que la divinidad suprema ha querido poner a la cabeza de todos los padres» .
Los Estados Pontificios
Ahora bien, mantener la independencia del Papa respecto a los poderes laicos,
exigía también autonomía material y jurídica: El Papa no podía ser súbdito de
ningún monarca, dado que era padre y árbitro de todos. Surge así,
supuestamente a finales del S. V, la "Leyenda de San Silvestre" y la Donación
de Constantino: En un contexto en el que la doctrina gelasiana ganaba fuerza,
nace esta leyenda que relata la conversión de un Constantino que, arrepentido
de sus pecados, se arroja a los pies del papa y se despoja de los emblemas
imperiales, entregando al pontífice lo que después será conocido como
Estados Pontificios.
A fin de asegurar las bases materiales de los Estados Pontificios, y con ello, la
autonomía respecto a los poderes laicos, el Papado, especialmente desde
Gregorio I Magno, preocupará dotarse de tierras, especialmente a partir de
donaciones voluntarias de los fieles.