1. TEMARIO OPOSICIONES AYUNTAMIENTO DE
CÓRDOBA 2015
Organización Municipal
Manuela Mª Reyes.
Fuente: BOP y Web del Exmo Ayto de Córdoba
Agosto/2016
2. CORPORACIÓN MUNICIPAL 2015
En las Elecciones Municipales de 24 de mayo de 2015, la Corporación Municipal del
Ayuntamiento de Córdoba quedó constituida por los siguientes grupos políticos:
JUNTA DE GOBIERNO LOCAL
Alcaldesa -Presidenta Dña. Isabel Ambrosio Palos
Primer Teniente de Alcalde D. Pedro García Jiménez
Segundo Teniente de Alcalde D. David Luque Peso
Tercero Teniente de Alcalde D. Emilio Aumente Rodríguez
Cuarta Teniente de Alcalde Dña. Alba María Doblas Miran
Quinta Teniente de Alcalde Dña. María del Mar Téllez Gu
Concejala-Secretaria Dña. Alba María Doblas Miran
Concejal-Secretario Suplente D. Emilio Aumente Rodríguez
ÁREAS DE GOBIERNO
Estructura Orgánica de las Áreas de Gobierno y adscripción de organismos públicos municipales.
·0 Área de Presidencia y Gobierno Interior
Quedan adscritas a este Área las Sociedades Mercados Centrales de Abastecimiento de
Córdoba, MERCACÓRDOBA. S.A.; Cementerios y Servicios Funerarios de Córdoba,
S.A. (CECOSAM) y la Empresa Municipal de Aguas de Córdoba (EMACSA).
·1 Área de Gestión, Hacienda y Admin. Pública
·2 Área de Urbanismo, Infraestructuras y M. Ambiente
Se adscriben la Gerencia Municipal de Urbanismo (GMU); Viviendas Municipales de
Córdoba, S.A. (VIMCORSA); Saneamientos de Córdoba (SADECO); Autobuses de Córdoba,
S.A. (AUCORSA) y el Instituto Municipal de Gestión Medio Ambiental (IMGEMA) "Real Jardín
3. Botánico de Córdoba".
·3 Área Social
Se adscribe el Instituto Municipal de Deportes de Córdoba (IMDECO).
·4 Área de Desarrollo
Se adscribe el Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo de Córdoba (IMDEEC),
la Fundación Agrópolis, el Instituto Municipal de Artes Escénicas (IMAE) "Gran Teatro de
Córdoba", el Consorcio Orquesta de Córdoba y el Consorcio de Turismo de Córdoba.
Con fecha 15 de junio de 2015, se ha dictado por esta Alcaldía el Decreto número 7558
del tenor literal siguiente: “Decreto De conformidad con lo previsto en el Reglamento Orgánico
General, el Ayuntamiento de Córdoba se organiza en Áreas de Gobierno cuya definición
corresponde a la Alcaldía siendo diez el número máximo previsto en el artículo 173.2 del citado
Reglamento. Dichas Áreas de Gobierno constituyen los niveles esenciales de la organización,
siendo su finalidad dar cumplimiento a los principios de transparencia, celeridad y eficacia en
la actuación municipal
Dentro de cada Área de Gobierno es necesario definir las Delegaciones que
constituyen el ámbito de competencias de gobierno de naturaleza homogénea, o con
relaciones de coordinación, que posibilitarán el cumplimiento de las funciones atribuidas por la
legislación, sin perjuicio de preservar la unidad de gobierno y administración para toda la
ciudad. Es por ello, que en el ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 124 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, he resuelto:
PRIMERO. Áreas de Gobierno.
Estructura Orgánica de las Áreas de Gobierno y adscripción de organismos públicos
municipales. La Administración del Ayuntamiento de Córdoba se estructura en cinco Áreas de
Gobierno:
- Área de Presidencia y Gobierno Interior.
- Área de Gestión, Hacienda y Administración Pública.
- Área de Urbanismo, Infraestructuras y Medio Ambiente.
- Área Social.
- Área de Desarrollo.
Las Áreas de Gobierno se organizan para el ejercicio de las competencias atribuidas
por la legislación general y sectorial de la siguiente forma.
ÁREA DE PRESIDENCIA Y GOBIERNO INTERIOR
Quedan adscritas a este Área las Sociedades Mercados Centrales de Abastecimiento
de Córdoba, MERCACÓRDOBA SA; Cementerios y Servicios Funerarios de Córdoba SA
(CECOSAM) y la Empresa Municipal de Aguas de Córdoba (EMACSA).
DELEGACIÓN DE PRESIDENCIA Y POLÍTICAS TRANSVERSALES
Dentro de esta Delegación se integran los Archivos Municipales, los Gabinetes de
Estudios y Documentación Jurídica y los demás servicios y unidades establecidas en el
4. correspondiente organigrama. Igualmente, se adscribe el Órgano Especial de Administración
de Medios de Comunicación.
Desempeña las funciones de gestión y administración directa, bajo la superior Dirección
de Alcaldía, de la Asesoría Jurídica y los servicios adscritos a Alcaldía, tales como Protocolo,
Prensa y Registro de Parejas de Hecho.
Desempeña las funciones ordinarias de representación institucional atribuidas por la
Alcaldía-Presidencia, incluidas las relaciones institucionales con las Cofradías. Dicha
delegación ejercerá también las facultades de coordinación y dirección de todos los servicios y
delegaciones implicados en la organización y gestión del Festival de los Patios, en la ejecución
de proyectos europeos y todos aquellos que por su carácter transversal, afectando a diversas
Áreas de Gobierno, deben ser objeto de una coordinación y unidad de planificación y dirección
política.
Por último se incluyen los programas dirigidos a la realización de visitas en el
Ayuntamiento para el conocimiento del desarrollo de la vida democrática de la ciudad, al
amparo del artículo 69.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen
Local.
DELEGACIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA Y VÍA PÚBLICA
-. SEGURIDAD CIUDADANA
En la misma se integran todas las actividades y facultades relacionadas con la
Seguridad, (reservándose la Alcaldía la Jefatura de la Policía Municipal dado su carácter
indelegable de conformidad con lo previsto en el artículo 124.4.j) de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, reguladora de las Bases de Régimen Local), Prevención y Extinción de Incendios y
Protección Civil establecidas en el artí- culo 25.2.f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora
de las Bases de Régimen Local y en el artículo 9.14 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de
Autonomía Local de Andalucía (LAULA). Vía Pública incluye la concesión de autorizaciones,
licencias y controles sobre el uso de la vía pública.
.Servicios administrativos:
Recepción, tramitación y remisión de todo tipo de documentos.
Especial volumen de trabajo referente a relaciones con los juzgados, citaciones judiciales,
sentencias, cumplimiento de órdenes y similares, así como relaciones con los ciudadanos y
comunicación de anomalías en la vía pública a otros organismos.
Tramitación final vehículos abandonados.
.Objetos perdidos.
Oficina dedicada a recepción, clasificación y entrega de objetos hallados en la vía pública.
Los objetos entregados que lleven identificación de su propietario se les entrega en su
domicilio a través de la policía de barrio.
.Centro de Mando y Control:
Recibe todas las llamadas externas del ciudadano y otros servicios oficiales por la línea de
emergencia 092.
Córdoba tiene el honor de contar con una Policía Local profesional y comprometida que
día a día se ha ganado el respeto y la confianza de la ciudadanía por su empeño y buen hacer,
por su tenacidad para velar por la seguridad de las personas, para garantizar la convivencia
5. pacífica y posibilitar que cada uno de los rincones de la ciudad pueda ser un lugar de
encuentro y de diálogo.
Avda. de los Custodios, s/n
.Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento (S.E.I.S)
Este servicio se encarga de:
·5 Extinción de incendios.
·6 Salvamento: rescate de heridos de coches, siniestros en el río, atrapados en
ascensores, etc.
·7 Prevención de ruinas en vía pública.
·8 Asesoramiento a técnicos sobre medidas preventivas.
·9 Campañas divulgativas y educativas.
El S.E.I.S. realiza sus servicios todos los días y durante 24 horas.
Avda. de los Custodios, s/n
.Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil de Córdoba
Es un servicio público municipal encuadrado dentro del Área de Seguridad.
Está formada por ciudadanos/as, vecino/as de Córdoba, mayores de 18 años, que de una
forma altruista, colaboran con el resto de los servicios municipales y muy especialmente con el
S.E.I.S. y la Policía Local, en casos de grave riesgo, emergencia o calamidad pública, así
como en servicios y actuaciones que le son propios por razón de su cometido. Las
instalaciones se ubican en el Parque de Bomberos y tienen un horario de disponibilidad
permanente.
“Dirección General de Protección Civil y Emergencias”
Avda de los Custodios, s/n
.- VÍA PÚBLICA:
Vía Pública incluye la concesión de autorizaciones, licencias y controles sobre el uso de la
vía pública.
Dirección: Avda. de los Custodios, s/n
DELEGACIÓN DE FOMENTO COMERCIAL
Se incluye el fomento del desarrollo estratégico del sector comercial en el marco de la
planificación autonómica y la definición y gestión de la política de mercados, comercio
ambulante, ferias comerciales y lonjas, además de las recogidas en el artículo 9.21, 9.23 y
9.24 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía (LAULA).
Se adscribe MERCACORDOBA así como cualquier otra actividad, servicio o unidad
establecida en el correspondiente organigrama. Dirección: Capitulares, 1
DELEGACIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Se integran todas las actividades y servicios relacionados con la Participación
Ciudadana incluido el ejercicio de las competencias establecidas en el artículo 70 bis de la Ley
6. 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, Consejos de Distrito,
Equipamientos de Distrito, Juntas Municipales de Distrito, Asociaciones de Vecinos y los
servicios y demás unidades establecidas en el correspondiente organigrama.
Dirección: C/ José Ramón García Fernández, s/n (Estadio Municipal “El Arcángel”)
Página web: participacionciudadana.cordoba.es
PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD
Por su carácter transversal y por la incidencia que las políticas de igualdad tienen en el
desarrollo del programa de gobierno, la Alcaldía se reserva el ejercicio de las competencias
que en materia de promoción de la igualdad pueda desarrollar este Ayuntamiento, bien por
delegación de la Junta de Andalucía o bien en el marco de su ejercicio como competencias
distintas de las propias y de las atribuidas por delegación, al amparo de lo dispuesto en el
artículo 7.4 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local o de
alguno de los supuestos contemplados en el artículo 2 del Decreto Ley 7/2014, de 20 de mayo.
Correo electrónico: secretaria.mujereigualdad@ayuncordoba.es
DELEGACION DE GESTIÓN DEL CICLO INTEGRAL DEL AGUA
Por la especial trascendencia que la gestión del ciclo integral del agua tiene en la
ciudad de Córdoba, la Alcaldía se reserva el ejercicio de las competencias relativas a
abastecimiento de agua potable, evacuación y tratamiento de aguas residuales contempladas
en el artículo 25.2.C) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen
Local y 9.4 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía (LAULA) y que
se ejerce a través de la sociedad de capital íntegramente municipal EMACSA.
Dirección: C/ De los Plateros, 1 - 14006 Córdoba
DELEGACIÓN DE CEMENTERIOS
Ejerce las competencias establecidas en los artículos 25.2.k de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y 9.19 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de
Autonomía Local de Andalucía. Se adscribe CECOSAM.
ÁREA DE GESTIÓN, HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DELEGACIÓN DE GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Comprende las actividades y servicios relativos a Servicios Informáticos, Información y
Atención Ciudadana, Contratación, Patrimonio y Equipamiento, Responsabilidad Patrimonial,
Sanciones y todos los servicios y unidades establecidas en el correspondiente organigrama.
.- Gestión
.- Compras Contratación
http://perfildelcontratante.cordoba.es
.- Oficina Atención Ciudadana
.- Registro General de Documentos
7. .- Servicio de Informática
Dirección: Avda. Gran Capitán, 6
.- Estadística
.- Consejo de Reclamaciones Económico Administrativas (CREA)
Dirección: C/ José Ramón García Fernández, s/n (Estadio Municipal "El Arcángel")
DELEGACIÓN DE HACIENDA
Comprende las actividades y servicios relativos a la gestión económica local,
incluyendo Intervención General, Consejo de Reclamaciones Económico Administrativas,
Planificación Económica y Presupuestaria, Gestión Económico Financiera, Gestión Tributaria y
todos los servicios y unidades establecidas en el correspondiente organigrama. .
- Gabinete Estudios Económicos
Estudio de operaciones financieras.
Informes técnicos.
Organización del Área de Hacienda.
Ordenación Legal.
.- Gestión de Ingresos/Liquidaciones
Práctica de toda clase de liquidaciones por conceptos fiscales y no fiscales, excepto
sanciones.
.- Recursos
Propuestas de resolución sobre reclamaciones tributarias y referidas a precios públicos.
.- Matriculas
Gestión de recursos, tributos o no, de vencimiento periódico y notificación colectiva.
.- Autoliquidaciones
Gestión de recursos cuya liquidación corre a cargo del propio obligado al pago.
.- Intervención
Fiscalizar todos los expedientes de los que se deriven derechos y obligaciones de
contenido económico, cualquiera que sea el Área Municipal donde se originen.
.- Presupuestos y Contabilidad
Presupuestos
Elaboración y seguimiento del Presupuesto Municipal.
.- Contabilidad
Reflejo contable de las operaciones presupuestarias y extrapresupuestarias.
.- Gestión Económica
Gestión avales y Fianzas.
Inversiones.
.- Tesorería y Recaudación
8. -Recaudación
Voluntaria
- Cobro recursos en periodo voluntario.
- Notificación en voluntaria.
- Domiciliaciones Bancarias.
Ejecutiva
- Cobro recursos en vía Ejecutiva.
- Actuaciones de apremio sobre el patrimonio de deudores a la Hacienda Municipal.
- Notificaciones en Ejecutiva.
-Pagos: Pagos de toda clase de obligaciones de la Hacienda Municipal.
-Administración Tesorería
Colocación de excedentes.
Control de bancos.
Resolución recursos contra providencia de apremio.
DELEGACIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y SALUD LABORAL
Recursos Humanos comprende las actividades y servicios relativos a Seguridad y
Salud Laboral, Selección y Formación y Dirección, Gestión y Administración de Personal y
todos los servicios y unidades establecidas en el correspondiente organigrama.
ÁREA DE URBANISMO, INFRAESTRUCTURAS Y MEDIO AMBIENTE
Se adscriben la Gerencia Municipal de Urbanismo; Viviendas Municipales de Córdoba
SA (VIMCORSA); Saneamientos de Córdoba (SADECO); Autobuses de Córdoba SA
(AUCORSA) y el Instituto Municipal de Gestión Medio Ambiental (IMGEMA) “Real Jardín
Botánico de Córdoba”. Comprende las siguientes Delegaciones:
DELEGACIÓN DE URBANISMO
Se integran todas las actividades y facultades relacionadas con la planificación, y el
planeamiento urbanístico, gestión y disciplina urbanística, inspecciones y licencias, incluidas
las de espectáculos públicos y actividades recreativas, los servicios generales y servicios
técnicos de la Gerencia Municipal de Urbanismo, conforme el artículo 25.2.a) de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y artículo 9.1 y 9.11 de la Ley 5/2010,
de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía (LAULA).
Dirección: Avda. Medina Azahara, s/n
DELEGACIÓN DE VIVIENDA
Comprende las competencias que en materia de vivienda, conservación y rehabilitación
de la edificación atribuye el artículo 25.2.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las
9. Bases de Régimen Local y el artículo 9.2 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local
de Andalucía (LAULA). Se adscribe VIMCORSA.
DELEGACIÓN DE MEDIO AMBIENTE
Se integran las actuaciones de ordenación, planificación, programación y ejecución de
actuaciones en materia de protección del medio ambiente (9.12 de la Ley 5/2010, de 11 de
junio, de Autonomía Local de Andalucía -LAULA), vías pecuarias (artículo 9.9 de la Ley 5/2010,
de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía), calidad del aire y del suelo, control animal
así como las actividades y programas dirigidos a la información y educación ambiental para la
sostenibilidad, IMGEMA, Zoológico, Ciudad de los Niños y las Niñas, así como los servicios y
unidades establecidas en el correspondiente organigrama.
DELEGACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS
Se integran todas las actividades y servicios relacionados con el Mantenimiento de la
Vía Pública incluida la colocación de toldos, mantenimiento de edificios, alumbrado público,
Parques y Jardines, Parque Móvil, Proyectos de obras y todos los servicios y unidades
relacionadas con las competencias establecidas en el artículo 9.5 de la Ley 5/2010, de 11 de
junio, de Autonomía Local de Andalucía (LAULA), establecidas en el correspondiente
organigrama.
Dirección: Avda. Mediterráneo, (esquina con Isla Gomera)
DELEGACIÓN DE MOVILIDAD
Se integran todas las actividades y facultades relacionadas con la movilidad,
accesibilidad y el transporte que se describen en el artículo 25.2.g de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y artículo 9.8, 9.10 y 9.13.e) de la Ley 5/2010,
de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía (LAULA). Se adscribe AUCORSA.
.- Movilidad:
Gestión del tráfico rodado (señalización, semáforos, cortes de tráfico, reordenaciones,
planes especiales, reservas específicas de estacionamiento, zona azul); Autorizaciones de
acceso al Casco Histórico (A.CI.RE); Planificación de la movilidad urbana de forma
sostenible; Promoción del uso de la bicicleta; Fortalecimiento de la Seguridad Vial
.- Accesibilidad:
Funciones técnica, estratégica, de gestión y coordinación administrativa necesarias para el
desarrollo del “Plan Municipal de Actuación Integral con Personas con Discapacidad”
.- Transportes:
Explotación de la empresa municipal AUCORSA; Funciones técnico-administrativas de
gestión asociadas a las licencias de taxis, coches de caballos, transporte escolar y otros
DELEGACIÓN DE GESTIÓN DE RESIDUOS Y LIMPIEZA VIARIA
Se integran todas las actividades y facultades relacionadas con las competencias
relacionadas con la recogida y tratamiento de residuos y limpieza viaria recogidas en los
artículos 25 y 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Se adscribe SADECO.
10. ÁREA SOCIAL
Se adscribe el Instituto Municipal de Deportes de Córdoba (IMDECO).
DELEGACIÓN DE SERVICIOS SOCIALES
Se integran las actividades y servicios sociales comunitarios y especializados, incluidos
los Centros de Participación Activa de Mayores, que ejerce el Ayuntamiento de Córdoba, así
como los de atención inmediata a personas en riesgo de exclusión social, incluida la Oficina en
Defensa de la Vivienda y demás servicios y unidades establecidas en el correspondiente
organigrama. También incluye el desarrollo programas especialmente dirigidos a Mayores e
Inmigración, todo ello al amparo de lo dispuesto en el artículo 9.3 y 9.28 de la Ley 5/2010, de
11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía (LAULA) o por aplicación de lo dispuesto en el
artículo 7.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, o de
alguno de los supuestos contemplados en el artículo 2 de Decreto Ley 7/2014, de 20 de mayo.
Dirección: C/ José Ramón García Fernández, s/n (Estadio Municipal “El Arcángel”)
DELEGACIÓN DE EDUCACIÓN E INFANCIA
Se integran las actividades y servicios relativos a las competencias que en materia de
educación establece los artículos 25.2.n) y Disposición Adicional 15ª de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y 9.20 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de
Autonomía Local de Andalucía (LAULA), a excepción del mantenimiento de los colegios
públicos que corresponde a la Delegación de Infraestructuras.
También se incluyen los programas y actividades dirigidos a la infancia que el
Ayuntamiento de Córdoba pueda desarrollar bien por Delegación de la Junta de Andalucía o
bien en el marco de su ejercicio como competencias distintas de las propias y de las atribuidas
por delegación al amparo de lo dispuesto en el artículo 7.4 de la Ley 7/85, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local o de alguno de los supuestos contemplados en el
artículo 2 del Decreto Ley 7/2014, de 20 de mayo.
Dirección: C/ José Ramón García Fernández, s/n (Estadio Municipal “El Arcángel”)
DELEGACIÓN DE JUVENTUD
También se incluyen los programas, equipamientos y actividades dirigidos a la Juventud
que el Ayuntamiento de Córdoba pueda desarrollar bien por Delegación de la Junta de
Andalucía o bien en el marco de su ejercicio como competencias distintas de las propias y de
las atribuidas por delegación al amparo de lo dispuesto en el artículo 7.4 de la Ley 7/85, de 2
de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local o de alguno de los supuestos
contemplados en el artículo 2 del Decreto Ley 7/2014, de 20 de mayo.
DELEGACIÓN DE DEPORTES
Con el objeto de desarrollar las competencias establecidas en los artículos 25.2.l de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y 9.18 de la Ley 5/2010,
de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía (LAULA) se adscriben los servicios y
unidades establecidas en el correspondiente organigrama y el IMDECO.
Dirección: C/ José ramón García Fernández, s/n (Estadio Municipal “El Arcángel” ala Oeste 5ª
11. planta
DELEGACIÓN DE SALUD Y CONSUMO
Comprende todas las actividades y facultades relacionadas con el ejercicio de las
competencias establecidas en los artículos 25.2.j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora
de las Bases de Régimen Local y 9.13 y 9.15 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía
Local de Andalucía (LAULA).
DELEGACIÓN DE COOPERACIÓN Y SOLIDARIDAD
Comprende la ejecución de aquellos programas de fomento de la cooperación
internacional en el exterior así como de programas de apoyo a organizaciones no
gubernamentales de cooperación y solidaridad, siempre en el marco de lo dispuesto en la
normativa sobre acción exterior del Estado y Cooperación Internacional al Desarrollo y previo
cumplimiento de los trámites previstos en el artículo 7.4 de la Ley 7/85, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local.
ÁREA DE DESARROLLO
Se adscribe el Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo de Córdoba
(IMDEEC); la Fundación Agrópolis; el Instituto Municipal de Artes Escénicas (IMAE) “Gran
Teatro de Córdoba”; el Consorcio Orquesta de Córdoba y el Consorcio de Turismo de Córdoba.
DELEGACIÓN DE FOMENTO DEL DESARROLLO ECONÓMICO
Se integran las actividades relacionadas con el Desarrollo Económico y Social en el
marco de la planificación autonómica y todos los servicios y unidades establecidas en el
correspondiente organigrama, a la que se adscribe el IMDEEC y la Fundación Agrópolis.
DELEGACIÓN DE TURISMO
Se integran los servicios y unidades establecidas en el correspondiente organigrama, al
que se adscribe el Consorcio de Turismo, al objeto del desarrollo de las competencias
establecidas en los artículos 25.2.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases
de Régimen Local y 9.16 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía
(LAULA).
Dirección: C/ Capitulares s/n. planta
DELEGACIÓN DE CULTURA Y PATRIMONIO HISTÓRICO
Se adscriben los Servicios Generales, Planificación y Programación y Gestión Cultural,
Publicaciones, Museos y Biblioteca, Equipamientos Culturales y de Carácter Histórico Artístico,
el Alcázar, el IMAE Gran Teatro, el Consorcio Orquesta de Córdoba, así como cualquier otra
actividad, servicio o unidad establecida en el correspondiente organigrama, con el objeto de
ejercitar las competencias establecidas en los artículos 25.2.m de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local y 9.17 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de
Autonomía Local de Andalucía (LAULA).
12. Dirección: Plaza de Orive, 2
DELEGACIÓN DE PROMOCIÓN DE LA CIUDAD
Se integran todas las actividades relacionadas con las tradiciones populares, Fiestas
Populares, festejos, las relaciones con las Peñas, el ocio y el tiempo libre y todos los servicios
y unidades establecidas en el correspondiente organigrama.
SEGUNDO. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 126.2 de la Ley 7/85, de 2
de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, he resuelto el nombramiento como
Miembros de la Junta de Gobierno Local de los Concejales y Concejalas que a continuación se
relacionan:
- D. Pedro García Jiménez.
- D. David Luque Peso.
- D. Emilio Aumente Rodríguez.
- Dª Alba María Doblas Miranda.
- Dª María del Mar Téllez Guerrero.
Actuará como Concejala-Secretaria de la Junta de Gobierno Local, Dª Alba Mª Doblas Miranda
y como Concejal-Secretario Suplente, D. Emilio Aumente Rodríguez, quienes contarán en el
desempeño de sus funciones con el asesoramiento del Titular del Órgano de Apoyo a la Junta
de Gobierno Local, al amparo de lo dispuesto en el artículo 126.4 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
TERCERO. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 125 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, he resuelto proceder al nombramiento de
los siguientes Concejales y por el orden descrito como Tenientes de Alcalde, a los efectos de
sustituir al titular de la Alcaldía en caso de vacante, ausencia o enfermedad, a quienes
corresponderá el tratamiento de Ilustrísima.
- Primero. D. Pedro García Jiménez.
- Segundo. D. David Luque Peso.
- Tercero. D. Emilio Aumente Rodríguez.
- Cuarto. Dª Alba María Doblas Miranda.
- Quinto. Dª María del Mar Téllez Guerrero.
CUARTO. Establecer a favor de los Tenientes de Alcalde y Concejales que a
continuación se relacionan, la siguiente asignación de la coordinación política de las áreas de
gobierno, lo que supone la facultad de dirigir, gestionar e impulsar los asuntos de las distintas
Delegaciones adscritas a su área que les ha sido encomendada y/o de los distintos servicios
integrados en las mismas, así como preparar y presentar a la Junta de Gobierno Local y al
Pleno, en función de la competencia que alcance, las Propuestas y Proyectos de las distintas
Delegaciones adscritas a su área, mediante la rúbrica de las propuestas formuladas por cada
Delegación.
- Área de Presidencia y Gobierno Interior: Don David Luque Peso.
- Área de Gestión, Hacienda y Administración Pública: Don Emilio Aumente Rodríguez.
13. - Área de Social: Don Rafael del Castillo Gomáriz.
- Área de Desarrollo: Doña Carmen González Escalante.
- Área de Urbanismo, Infraestructuras y Medio Ambiente: Don Pedro García Jiménez.
QUINTO. Efectuar a favor de los Concejales y Concejalas que a continuación se
relacionan, las siguientes delegaciones de atribuciones:
Concejal/a y Nombre Delegación/es asignada/s.
Pedro García Jiménez Urbanismo Gestión de Residuos y Limpieza Viaria
Turismo
David Luque Peso Presidencia y Políticas Transversales Fomento Comercial
Emilio Aumente Rodríguez Seguridad Ciudadana y Vía Pública Gestión
Alba Mª Doblas Miranda Participación Ciudadana Hacienda, Salud y Consumo
Vivienda
María del Mar Téllez Guerrero Cultura y Patrimonio Cementerios
Carmen González Escalante Fomento del Desarrollo Económico Promoción de la Ciudad
Antonio Rojas Hidalgo Deportes, Educación e Infancia Juventud
María José Moros Molina Recursos Humanos y Salud Laboral Movilidad
Rafael del Castillo Gomariz Servicios Sociales, Cooperación y Solidaridad
Amparo Pernichi López Medio Ambiente, Infraestructura
SEXTO. Las Delegaciones Genéricas contempladas en el apartado quinto conllevarán
la facultad de dirigir los servicios correspondientes así como la de gestionarlos, en general,
incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
Asimismo, el Concejal que ostente una delegación genérica tendrá la facultad de supervisar la
actuación de los Concejales u Órganos Directivos con delegaciones especiales para cometidos
específicos incluidos en su materia de tal manera que quede garantizada la unidad de
gobierno y gestión del Municipio. Las Delegaciones Genéricas incluyen las facultades que a
continuación se relacionan, sin perjuicio de las correspondientes delegaciones especiales que
pudieran efectuarse: -Otorgar autorizaciones y licencias, atribuidas a la Alcaldía por la
legislación sectorial. -Resolver mediante Decreto los asuntos propios de la Delegación
incluidas las cuestiones que afecten a terceros. -Firmar el visto bueno de las certificaciones
emitidas en relación a los asuntos propios de la Delegación. -Autorizar y disponer gastos en
las materias competencia de la Alcaldía-Presidencia, con cargo a los créditos comprendidos en
la Delegación así como la aprobación del acto administrativo del que traiga su causa el gasto.
-Suscribir los anuncios y edictos necesarios para la publicación de los Decretos, Resoluciones
y Acuerdos que sea preciso publicar en los diferentes diarios oficiales y Tablón de Edictos,
siempre que versen sobre las materias encomendadas, así como las comunicaciones dirigidas
a autoridades u organismos. -Resolver sobre las peticiones de acceso a la información
formuladas por los miembros de la Corporación de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 77 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y 17 y
ss. del Reglamento Orgánico General de la Corporación. -Solicitar subvenciones y aceptar las
que se concedieren a este Ayuntamiento, en materias propias de la Delegación, siempre que
dicha competencia no fuese atribuida expresamente al Pleno de la Corporación, a la Junta de
Gobierno Local o a la Presidencia con carácter indelegable. -Ejercer la potestad sancionadora
que corresponda a la Alcaldía.
14. SÉPTIMO. Las atribuciones delegadas se ejercerán en los términos y dentro de los
límites de esta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas por sus titulares.
OCTAVO. En las resoluciones que se adopten en ejercicio de las delegaciones
otorgadas, se hará constar expresamente esta circunstancia, así como la fecha del Decreto de
Delegación". Notifíquese a los interesados, recabando su aceptación, que se entenderá
tácitamente otorgada si en el plazo de tres días no hicieran manifestación contraria.
NOVENO. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Portal de la
Transparencia del Ayuntamiento de Córdoba y dese cuenta a la Junta de Gobierno Local y al
Pleno Corporativo, en la primera sesión que celebren dichos Órganos. Córdoba, a 15 de junio
de 2015. La Alcaldesa, M. Isabel Ambrosio Palos. Córdoba, a 17 de junio de 2015. La
Alcaldesa, Fdo. M. Isabel Ambrosio Palos.
Área de Presidencia y Gobierno Interior
Delegación de Seguridad Ciudadana y Vía Pública
SEGURIDAD
Servicios administrativos:
Objetos perdidos.
Centro de Mando y Control:
Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento (S.E.I.S)
Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil de Córdoba
Vía Pública:
Delegación de Fomento Comercial MERCACORDOBA
Delegación de Participación Ciudadana
Delegación Promoción de la Igualdad
Delegación de Gestión del Ciclo Integral del Agua EMACSA
Delegación de Cementerios CECOSAM
Área de Gestión, Hacienda y Admin. Pública
Delegación de Gestión y Administración Pública
GESTION:Compras Contratación
Oficina Atención Ciudadana
Registro General de Documentos
Servicio de Informática
Estadística
Consejo de Reclamaciones Económico Administrativas (CREA)
Dirección: C/ José Ramón García Fernández, s/n (Estadio Municipal "El Arcángel")
Delegación de Hacienda
15. Gabinete Estudios Económicos: Estudio de operaciones financieras. Informes técnicos. Organización
del Área de Hacienda. Ordenación Legal.
Gestión de Ingresos: Liquidaciones.
Recursos: Propuestas de resolución sobre reclamaciones tributarias y precios públicos.
Matriculas: Gestión de recursos, tributos o no, de vencimiento periódico y notificación colectiva.
Autoliquidaciones: Gestión de recursos cuya liquidación corre a cargo del propio obligado
Intervención: Fiscalizar todos los expedientes de contenido económico
Presupuestos y Contabilidad: Presupuestos, Elaboración y seguimiento del Presupuesto Municipal.
Contabilidad: Reflejo contable de las operaciones presupuestarias y extrapresupuestarias.
Gestión Económica: Gestión avales y Fianzas. Inversiones.
Tesorería y Recaudación: Cobro recursos en periodos voluntario. Cobro recursos en vía Ejecutiva.
Actuaciones de apremio sobre el patrimonio de deudores a la Hacienda Municipal.
Pagos: Pagos de toda clase de obligaciones de la Hacienda Municipal.
Administración Tesorería
Colocación de excedentes.
Control de bancos.
Resolución recursos contra providencia de apremio.
Delegación de Recursos Humanos y Salud Laboral
Área de Urbanismo, Infraestructuras y M. Ambiente
Se adscriben la Gerencia Municipal de Urbanismo (GMU); Viviendas Municipales de Córdoba, S.A.
(VIMCORSA); Saneamientos de Córdoba (SADECO); Autobuses de Córdoba, S.A. (AUCORSA) y el Instituto Municipal de
Gestión Medio Ambiental (IMGEMA) "Real Jardín Botánico de Córdoba".
Delegación de Gestión de Residuos Urbanos y Limpieza Viaria: SADECO
Delegación de Movilidad
Movilidad: Gestión del tráfico rodado (A.CI.RE); Planificación de la movilidad urbana de forma
sostenible; Promoción del uso de la bicicleta; Fortalecimiento de la Seguridad Vial
Accesibilidad: “Plan Municipal de Actuación Integral con Personas con Discapacidad”
Transportes: empresa municipal AUCORSA; licencias de taxis, coches de caballos, transporte escolar…
Delegación de Infraestructuras
Mantenimiento de la Vía Pública incluida la colocación de toldos, mantenimiento de edificios, alumbrado público,
Parques y Jardines, Parque Móvil, Proyectos de obra
Delegación de Medio Ambiente: IMGEMA, Zoológico, Ciudad de los Niños
Delegación de Vivienda VIMCORSA
Delegación de Urbanismo Gerencia Municipal de Urbanismo
Área Social
Se adscribe el Instituto Municipal de Deportes de Córdoba (IMDECO).
Delegación de Cooperación y Solidaridad
Delegación de Salud y Consumo
16. Delegación de Deportes IMDECO
Delegación de Juventud
Delegación de Educación e Infancia
Delegación de Servicios Sociales
Centros de Participación Activa de Mayores y atención inmediata a personas en riesgo de exclusión social, , Oficina
en Defensa de la Vivienda
Área de Desarrollo
Se adscribe el Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo de Córdoba (IMDEEC), la Fundación Agrópolis,
el Instituto Municipal de Artes Escénicas (IMAE) "Gran Teatro de Córdoba", el Consorcio Orquesta de Córdoba y
el Consorcio de Turismo de Córdoba.
Delegación de Fomento del Desarrollo Económico IMDEEC y la Fundación Agrópolis.
Delegación de Turismo Consorcio de Turismo
Delegación de Cultura y Patrimonio Histórico Alcázar, el IMAE Gran Teatro, el Consorcio Orquesta de Córdoba
Delegación de Promoción de la Ciudad Tradiciones Populares, Fiestas Populares y Festejos y las Peñas
Organismos Autónomos y Empresas Municipales
·10 AUCORSA - Autobuses de Córdoba, S.A.
Autobuses de Córdoba, S.A.M. se constituyó por tiempo indefinido el 3 de enero de 1953.
En la actualidad, el Excelentísimo Ayuntamiento de Córdoba es el accionista único de la
Sociedad. Al ser una Sociedad Anónima Municipal los estatutos sociales de AUCORSA están
adaptados, en los casos necesarios, a lo dispuesto en el Reglamento de Funcionamiento de
las Corporaciones Locales.
Su objeto social es la organización y prestación del servicio público de transporte urbano
dentro del término municipal de Córdoba, con derechos exclusivos de explotación, y su
coordinación con otros sistemas de transporte cualquiera que sea su clase y que puedan
servir a las necesidades de la ciudad.
·11 CECOSAM - Cementerios y Servicios Funerarios Municipales, S.A.
Cementerios y Servicios Funerarios Municipales de Córdoba, S.A., Capital Social: 100 % Ayuntamiento
de Córdoba. facilitar los mejores servicios funerarios a los ciudadanos de Córdoba, satisfaciendo las
necesidades y expectativas de los distintos usuarios con la máxima calidad y todo ello con el menor
costo posible.
·12 EMACSA – Empresa Municipal de Aguas, S.A.
Empresa Municipal de Aguas de Córdoba S. A. (EMACSA)
Empresa Privada Municipal, en forma de Sociedad Anónima, a través de la cual el Excmo.
Ayuntamiento de Córdoba prestará, por el procedimiento de gestión directa, los servicios públicos
17. locales que constituyen su objeto social.
Se rige por las normas legales reguladoras del régimen local, las de carácter mercantil aplicables a la
forma social adoptada y en cuanto en ellas no esté previsto con carácter imperativo, por lo
establecido en los Estatutos.
·13 GMU - Gerencia Municipal de Urbanismo
Organismo Autónomo Local de carácter administrativo del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, en
materia de urbanismo en todo el término municipal de Córdoba
·14 IMAE - Instituto Municipal de Artes Escénicas “Gran Teatro de Córdoba: Gran Teatro,
Teatro de la Axerquía, y Teatro Góngora. Programación y distribución de espectáculos
teatrales y de carácter cultural.
·15 IMDECO - Instituto Municipal de Deportes de Córdoba:
Organismo Autónomo Local de carácter administrativo encomendándosele, en régimen de
descentralización funcional la realización de todas las actividades y competencias que corresponden
al Excmo,. Ayuntamiento de Córdoba en materia de actividades o instalaciones deportivas.
·16 IMDEEC - Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo
Organismo Autónomo Local, constituido por el Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, en régimen de
descentralización funcional, tiene personalidad jurídica propia, de derecho público, plena capacidad
jurídica y de obrar, patrimonio separado y autonomía de gestión, y se regirá por la normativa de
Régimen Local
·17 IMGEMA - Instituto Municipal de Gestión Medio Ambiental “Jardín Botánico de
Córdoba”
Organismo Autónomo Local, constituido por el Excmo. Ayuntamiento de Córdoba en régimen de
descentralización funcional, ente instrumental, tendrá personalidad jurídica propia de derecho
público, plena capacidad jurídica y de obrar, patrimonio separado y autonomía de gestión, y se regirá
por la normativa de Régimen Local,
·18 MERCACORDOBA – Mercados de Abastecimiento de Córdoba
Los accionistas de Mercados Centrales de Abastecimiento de Córdoba, Mercacórdoba S.A., con sus
respectivas participaciones, son los siguientes:
·19 51,1 % Excelentísimo Ayuntamiento de Córdoba
·20 48,9 % Mercados Centrales de Abastecimiento, S.A. (dependiente de la Sociedad Estatal de
Participaciones Industriales (SEPI) y del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación)
Mercacórdoba S.A. está adscrita al Área de Presidencia y Gobierno Interior del Excmo.
Ayuntamiento de Córdoba y pertenece a su vez a la red Mercasa que, integrada por 23 unidades
alimentarias o mercas, cubre toda la geografía española.
·21 O.E.A. MEDIOS DE COMUNICACIÓN
·22 ORQUESTA DE CÓRDOBA – Consorcio Orquesta de Córdoba
·23 SADECO – Saneamientos de Córdoba, S.A.
La Empresa Municipal SANEAMIENTOS DE CORDOBA, SOCIEDAD ANONIMA, fue constituida, según
acuerdo adoptado por el Excmo. Ayuntamiento de Córdoba en pleno celebrado el día 24 de
septiembre de 1.986, para la prestación, en régimen de gestión directa, de servicios de prestación
18. municipal obligatoria. La mencionada empresa se regirá por los presentes Estatutos, la Ley de
Sociedades Anónimas, el Código de Comercio, con las salvedades que por su naturaleza de
instrumento al servicio de un ente público fueran de aplicación en virtud de la normativa de Régimen
Local y las demás disposiciones legales aplicables con carácter coactivo o supletorio. La presente
Sociedad tiene la consideración de medio propio instrumental y servicio técnico del Excmo.
Ayuntamiento de Córdoba.
·24 Consorcio de Turismo de Córdoba
El Consorcio de Turismo de Córdoba es un organismo de derecho público y de ámbito
municipal formado por el Ayuntamiento de Córdoba (junto a la Confederación de Empresarios de
Córdoba (CECO) y la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Córdoba.) junto con la Cámara de
Comercio, Confederación de Empresarios de Córdoba y Córdoba Convention Bureau, de acuerdo con
sus estatutos y la normativa legal citada que les es de aplicación, el «Consorcio de Turismo Córdoba»,
en adelante Turismo de Córdoba. Las entidades consorciadas reconocen al Consejo Local de Turismo
del Ayuntamiento de Córdoba como organismo asesor en materia turística, y se comprometen a
comunicarle los acuerdos tomados en los órganos colegiados de gobierno del Consorcio.
El Consorcio de Turismo de Córdoba, es un organismo de Derecho público que goza de personalidad
jurí- dica propia y, en consecuencia, poseerá patrimonio propio, afecto a sus fines específicos, y
capacidad para adquirir y poseer toda clase de bienes y derechos, ejercitar acciones y recursos
ordinarios y extraordinarios ante autoridades, juzgados y tribunales, aceptar legados y donaciones,
tomar dinero a préstamo y, en general, realizar cuantos actos y contratos sean necesarios para su
correcto funcionamiento, todo ello dentro de los límites y con sujeción a los presentes Estatutos y al
ordenamiento jurídico vigente. Artículo 3. Las entidades consorciadas aportarán como cuota
fundacional las siguientes cantidades:…. Las citadas aportaciones constituyen el patrimonio
fundacional inicial del Consorcio, y no se consideran títulos transmisibles. Artículo 4. Constituye
función esencial de «Turismo de Córdoba» asegurar con la mayor amplitud posible el cumplimiento
de los objetivos de promoción y fomento del turismo en la ciudad de Córdoba
·25 VIMCORSA – Viviendas Municipales de Córdoba, S.A.
·26 FUNDACIÓN AGRÓPOLIS DE CÓRDOBA
El principal objetivo de esta Fundación es poner en valor y potenciar todos los recursos que están
disponibles en Córdoba, relacionados con el sector agroalimentario basándonos en la innovación y el
conocimiento. Patronos: Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente Consejería de
Agricultura de la Junta de Andalucía Ayuntamiento de Córdoba Diputación de Córdoba Universidad
de Córdoba Fepamic etc…..