Este documento presenta el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano del Concejo Municipal de Sora para el periodo 2016-2019. El plan contiene seis componentes principales: 1) identificación de riesgos de corrupción y medidas para controlarlos, 2) medidas contra trámites innecesarios, 3) rendición de cuentas, 4) mecanismos para mejorar la atención al ciudadano, 5) mapa de riesgos de corrupción y 6) componentes del plan. El objetivo general es implementar el plan de acuerdo con la
El sistema solar el gran descubrimiento del sistema solar .pptx
Plan anticorrupción Concejo Municipal Sora
1. PLAN ANTICORRUPCION Y
DE ATENCION AL
CIUDADANO.
Contenido
INTRODUCCIÓN ……………………………..2
IDENTIFICACIÓN DE LA ENTIDAD………..2
ALCANCE Y OBJETIVOS DEL PLAN
........................................................... ……….4
MARCO NORMATIVO...................... ………5
DIAGNOSTICO................................. ………6
COMPONENTES DEL PLAN .......... ……...7
ATENCIÓN DE PETICIONES, QUEJAS,
SUGERENCIAS Y RECLAMOS …………. 17
CONCEJO MUNICIPAL DE
SORA
Dirección: Calle 3 # 2—35
Telefono: 7340300
Correo electronico:
concejo@sora-boyaca.gov.co
PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL
Alex Giovanni Cetina Muñoz
CONCEJALES MUNICIPALES
Jorge Gilberto Castellanos Capacho
Miler Fernando Largo López
Fredy Alberto La Rotta Espitia
Jhon Wilson Rivera López
Jose Vicente Rojas Roberto
Edison Eduardo Suarez Rivera
SECRETARIA
Nidia Duran
ELABORACION
Dra. Erika Juliana Sanabria Hernández
2. Es una corporación pública de carácter municipal, constituida por siete miembros elegidos a través
del voto popular y en quienes recae la responsabilidad de ejercer el control político de la administra-
ción municipal y el estudio de los proyectos de acuerdo. El Concejo dicta las normas necesarias pa-
ra el control, la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural del municipio, elige al Per-
sonero, reglamenta los usos del suelo, determina la estructura de la administración municipal, aprue-
ba el presupuesto de rentas y gastos, autoriza al alcalde a celebrar contratos y aprueba los planes y
programas de desarrollo económico, social y de obras públicas.
LA HONESTIDAD ES EL PRIMER CAPÍTULO EN EL LIBRO
DE LA SABIDURÍA.
-Thomas Jefferson.
INTRODUCCIÓN.
1. IDENTIFICACIÓN DE LA ENTIDAD.
El plan anticorrupción y atención al ciudadano es un instrumento preventivo y de control de gestión,
diseñado por la legislación colombiana como herramienta obligatoria para todas las entidades públi-
cas con fin de luchar contra el fenómeno de la corrupción y de esta forma garantizar un espacio a los
ciudadanos en el que tengan conocimiento de las actividades desarrolladas por cada entidad y de
esta forma puedan ejercer plenamente sus derechos, exigiendo la efectiva protección de los mismos.
De esta forma el Concejo Municipal de Sora 2016 -2019 dando cumplimiento a lo estipulado en la
Ley 1474 de 2011 se ha trazado una serie de objetivos mediante los cuales busca incorporar estrate-
gias que le permitan a esta corporación fomentar la participación ciudadana, priorizar la transparen-
cia y efectividad de los recursos financieros, físicos y de talento humano, así como hacer visible la
actividad desarrollada por la entidad.
Teniendo como base que es el Concejo Municipal la entidad encargada de aprobar importantes deci-
siones al interior de la entidad territorial, el Plan anticorrupción formulado a continuación pretende
satisfacer los intereses tanto de la administración municipal como de los ciudadanos generando con-
fianza y credibilidad en este órgano colegiado que fue elegido por el pueblo para su servicio.
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1. 1 CONCEJO MUNICIPAL DE SORA.
1. 2 MISION.
Como corporación administrativa, el Concejo Municipal de Sora estudia, dirige, coordina y planea
proyectos mediante procesos administrativos ejerciendo control político, el cual permite medir la efi-
ciencia, eficacia, igualdad, celeridad de las actuaciones públicas municipales que garanticen el desa-
rrollo integral del municipio.
3. 3
1. 3 VISION.
1.4 POLITICA DE CALIDAD .
Al final del periodo 2016 – 2019 el Concejo Municipal abra cumplido sa-
tisfactoriamente con las funciones consagradas legal y constitucional-
mente, garantizando a la ciudadanía y a la administración municipal un
ejercicio de la función pública trasparente, y en pro del bienestar de la
comunidad sorana.
Posibilitar la participación ciudadana, ejercer control político y contribuir a
la solución y satisfacción de las necesidades básicas de la comunidad, a
partir de procesos eficientes, eficaces y efectivos ajustados al marco le-
gal, bien general y mejoramiento continuo de los procesos.
4. 2.ALCANCEYOBJETIVOSDELPLANANTICORRUPCIÓNYATEN-
CIÓNALCIUDADANO.
2.1 ALCANCE.
Implementar al interior del Concejo Municipal de Sora 2016 – 2019
el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano en concordancia
con lo establecido en la Ley 1474 de 2011, como herramienta que
refleje la transparencia y calidad de los procedimientos y tramites
desarrollados por esta entidad.
El Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano elaborado por el
Concejo Municipal 2016 – 2019 será implementado en cada uno de los
tramites y procedimientos que se lleven a cabo dentro de esta corpora-
ción. Este cuerpo colegiado estará en la obligación de ejecutar de ma-
nera instantánea las estrategias aquí plasmadas a fin de garantizar a la
comunidad y a la administración municipal transparencia, calidad y se-
guridad jurídica respecto de cada una de las actuaciones que el Conce-
jo Municipal realice en cumplimiento de sus funciones constitucionales y
legales.
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2.2 OBJETIVOS.
Identificar los posibles riesgos de corrupción que existen dentro de
la corporación pública.
Incentivar la implementación de acciones que contrarresten los
efectos de la corrupción y fortalezcan la institucionalidad del Conce-
jo Municipal.
Diseñar estrategias con las cuales se brinde un apoyo a la función
de control interno disciplinario y control interno de gestión del Con-
cejo Municipal.
Convocar a los ciudadanos del Municipio de Sora para que partici-
pen de manera activa en la veeduría de las actividades, procedi-
mientos y trámites que lleve a cabo el Concejo Municipal.
Hacer uso de las herramientas tecnológicas y de divulgación de
información para que sean de conocimiento público cada una de las
actuaciones realizadas por la Corporacion publica.
2.2.1 OBJETIVO GENERAL .
2.2.2 OBJETIVOS ESPECIFICOS.
5. ARTICULO 209: Dispone que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y
se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeri-
dad, imparcialidad y publicidad mediante la descentralización, la delegación y desconcentración.
Lo anterior en concordancia con los artículos: 23, 90, 122, 123, 124, 125, 126, 127, 128, 129, 183 y
270 de la Constitución Política de Colombia.
- Ley 42 de 1993: Organización del sistema de control fiscal financiero y organismos que lo ejercen.
- Ley 80 de 1993: Estatuto general de contratación de la administración pública.
- Ley 87 de 1993: Ejercicio del control interno en las entidades y organismos del estado.
- Ley 136 de 1994: Organización y funcionamiento de los municipios.
- Ley 190 de 1995: Moralidad en la Administración Pública y disposiciones para erradicar la corrupción
administrativa.
- Ley 599 de 2000: Código Penal.
- Ley 678 de 2001: Responsabilidad patrimonial de los agentes del Estado a través del ejercicio de la
acción de repetición.-
- Ley 734 de 2002: Código Disciplinario Único.
- Ley 909 de 2004: Empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública.
- Ley 1437 de 2011: Código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo.
- Ley 1474 de 2011: Mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la
efectividad del control de la gestión pública.
- Decreto ley 0019 de 2012: Suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios
existentes en la Administración Pública.
- Ley 1551 de 2012: Modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios.
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3. MARCO NORMATIVO.
3.2 MARCO LEGAL.
3. 1 MARCO CONSTITUCIONAL.
6. LA HONESTIDAD ES LA MEJOR POLÍTICA.-
Benjamín Franklin.
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4. DIAGNOSTICO GENERAL PARA LA FORMULACIÓN
DEL PLAN.
4.1 DEBILIDADES.
No se cuenta con sistemas de información actualizados.
No existe un espacio para la atención a los ciudadanos.
El control interno presenta algunas falencias.
Algunos de los miembros del concejo municipal no tienen educación superior.
Modificaciones permanentes en la legislación pública.
Falta de recursos de carácter económico para adecuar diferentes aspectos del Concejo Mu-
nicipal.
Presiones e intrigas políticas y administrativas derivadas de las distintas corrientes ideolo-
gías presentes al interior del Concejo Municipal.
Carencia de conocimientos respecto de las normas y el reglamento interno para el segui-
4.2 FORTALEZAS
Se cuenta con personal competente para realizar los procesos de contratación.
Existe el espacio dentro de la página web de la Alcaldía del Municipio.
Periódicamente se realizan capacitaciones en diversas áreas de la administración pública
tanto para los Concejales como para la Secretaria.
Cada uno de los concejales tiene un gran sentido de pertenencia para con la entidad así
como con las comunidades que representan.
Se publica de manera anual la gaceta del Concejo Municipal donde se evidencia el trabajo
realizado en dicho periodo.
Nueva legislación respecto de temas de corrupción estatal.
Credibilidad y confianza de la ciudadanía en los concejales elegidos como sus representan-
tes.
Representación de cada uno de los sectores del municipio. (Veredas)
7. 7
5.1 PRIMER COMPONENTE: “MAPA DE RIESGOS DE CORRUP-
CION Y LAS MEDIDAS PARA CONTROLARLOS”.
5.1.1 Identificación de riesgos de corrupción.
Este componente establece los parámetros bajo los cuales se realizara la identificación y prevención
de los riesgos de corrupción dentro de la corporación pública denominada “Concejo Municipal de So-
ra” , permitiendo que de esta forma se tracen los mecanismos tendientes a evitar y prevenir el riesgo
de corrupción.
I. Riesgos de Corrupción:
Para lograr dar entendimiento a este acápite se hace necesario señalar a que nos referimos exactamen-
te cuándo se señala el término “Riesgo de Corrupción”. Se entiende como la posibilidad de que por
acción u omisión, mediante el uso indebido del poder, de los recursos o de la información, se lesionen
los intereses de una entidad y en consecuencia del Estado, para la obtención de un beneficio particular.
Una vez aclarado dicho termino, señalar de manera breve y concisa los riesgos identificados al interior
del Concejo Municipal de Sora:
Los Concejales desconocen los temas que se desarrollan en el trámite de proyectos de acuerdo y
las normas que lo regulan en materias como el presupuesto, impuestos, ordenamiento territorial,
contratación, vivienda, etc.
Los Concejales aprueban iniciativas sin motivar su decisión ni verificar la legalidad, oportunidad y
conveniencia de las mismas.
Los concejales que son testigos de actos de corrupción no denuncien los hechos ante los organis-
mos de control correspondientes.
5. COMPONENTES DEL PLAN ANTICORRUPCIÓN Y DE
ATENCION AL CIUDADANO.
Para lograr la realización de este Plan Anticorrupción y de Atención al ciudadano se desarrollaran cua-
tros componentes a través de los cuales se logran identificar las problemáticas a solucionar, así como
establecer los métodos más adecuados para su satisfactoria y pronta consecución. Estos componentes
son:
Mapa de Riesgos de Corrupción y las medidas para controlarlos.
Medidas anti trámites del Concejo.
Rendición de cuentas.
Mecanismos para mejorar la atención al ciudadano.
8. Que se favorezcan empresas o entidades con la adjudicación de contratos el Concejo por in-
tereses personales.
Carencia de los procedimientos y mecanismos institucionales que garanticen la transparencia
en el ejercicio de sus funciones.
Desconocimiento de las normas legales que tipifican y sancionan la corrupción administrativa
pública.
II. Causas de los Riesgos:
El alto desconocimiento de la normatividad que rige la función pública y de las normas que
tipifican y sancionan las distintas conductas consideradas como corruptas.
El estricto y exagerado régimen de incompatibilidades y prohibiciones para que familiares de
concejales se vinculen con la administración pública.
Las prebendas ofrecidas por contratistas para que se les beneficie con la adjudicación de un
contrato que se ejecute con presupuesto del Concejo.
La escasa asesoría jurídica que reciben los Concejales y la inexistencia o inoperancia de la
Oficina de Control Interno.
Que se use la investidura como un medio para traficar influencias y obtener prebendas perso-
nales.
Que los Concejales no se interesen por realizar sesiones de control político a los funcionarios
de la administración para verificar el cumplimiento de las funciones y el tratamiento a determi-
nados asuntos de interés municipal.
III. Descripción específica del riesgo.
Con el fin de hacer una descripción clara de los posibles riesgos y sin que su redacción dé lugar a
ambigüedades o confusiones se presenta una clasificación según las materias de que se tratan:
A. Mesa Directiva del Concejo.
- Concentración de Autoridad o Exceso de Poder.
- Extralimitación de Funciones.
- Ausencia de Canales de Comunicación.
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9. B. Financieros (Presupuesto)
- Inclusión de gastos no autorizados
- Archivos contables con vacíos de información.
- Destinación de recursos para otros fines distintos a los inicialmente presupuestados.
C. De Contratación.
- Estudios previos o de factibilidad superficiales y poco motivados.
- Pliegos de condiciones hechos a la medida de una firma en particular.
- Urgencia manifiesta inexistente.
- Designar supervisores que no cuentan con conocimientos suficientes para desempeñar la función.
- No publicar los procesos de contratación en el portal www.contratos.gov.co.
- Impedir la veeduría ciudadana a los contratos.
D. De información y documentación.
- Concentración de información de determinadas actividades o procesos en una persona.
- Sistemas de información susceptibles de manipulación o adulteración.
- Deficiencias en el manejo documental y de archivo.
E. De trámites y/o servicios internos y externos.
- Falta de información sobre el estado del proceso del trámite al interior de la entidad.
F. Gestión Normativa.
- No motivar sus decisiones y votaciones
- Aprobar un proyecto sin conocer realmente el tema o materias de que se trata.
- No acatar las decisiones de la Bancada o no actuar en bancadas.
G. Control Político.
- No censurar un funcionario a cambio de puestos y beneficios de cualquier tipo.
- Omitir denunciar a los organismos de control fiscal y disciplinario de situaciones que conoce de co-
rrupción.
H. Atención al Ciudadano.
- Inoperatividad de los sistemas y canales de información y participación ciudadana.
- Inexistencia de Pagina Web del Concejo
- Inexistencia de Buzón de Quejas, Sugerencias y Reclamos.
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10. I. Participación Ciudadana
- Desinterés en la realización de Cabildos Abiertos
- Miedo a la Rendición de Cuentas a la Ciudadanía
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5.1.2 Acciones y Estrategias contra los Riesgos de Corrupción.
Con el propósito de mitigar los riesgos en materia de corrupción, el Concejo Municipal implementara las
siguientes estrategias:
Contar con un mapa de riesgos por procesos, donde los identifique, describa sus causas, los clasifi-
que, los analice y efectúe una valoración de éstos, señalando los responsables del monitorio de
tales riesgos y establece sus indicadores.
El Concejo cuenta con los siguientes medios externos informativos, donde se divulgan los distintos
actos administrativos y actividades que se adelantan:
a) Página de Internet del la administración municipal.
b) Buzón de Sugerencias, Quejas y Reclamos
c) Cartelera General del Concejo
Remitir a los organismos de control cualquier situación o conducta de servidores públicos que com-
prometan la transparencia del concejo y se consideren actos de corrupción.
Audiencias Públicas de rendición de cuentas a la ciudadanía tanto por los Concejales como por la
Mesa Directiva del Concejo mínimo dos veces al año.
Permitir a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias poner en conocimiento de
la Mesa Directiva las anomalías presentadas en la debida prestación del servicio por parte de algún
funcionario del Concejo.
Responder las peticiones y las tutelas interpuestas por los ciudadanos en el tiempo reglamentario.
Promocionar la cultura de la legalidad tanto al interior como al exterior de la entidad.
Propiciar la coordinación interinstitucional en la lucha contra la corrupción.
Solicitar a entidades públicas del orden nacional y departamental la remisión de cartillas, guías y
publicaciones de interés para el Concejo con el fin de articular una biblioteca de conocimiento para
los Concejales y la ciudadanía en general.
Realizar las audiencias de adjudicación de contratos de manera pública y objetiva.
11. Divulgar al interior de la Corporación el presente Plan Anticorrupción, los Acuerdos, compromisos y
protocolos éticos.
Firmar con todos los servidores públicos del Concejo el compromiso de cumplimiento del principio
de Buen Gobierno.
Publicar en el sitio web o en la cartelera u otro medio de información el documento que contiene el
Plan de Acción del Concejo para la vigencia fiscal 2016.
Se garantizara que todos los procesos contractuales regulados por la ley 80 1993 y sus normas
reglamentarias y complementarias se publiquen oportunamente en el Portal Único de Contratación
–SECOP
La contratación que realice el Honorable Concejo Municipal debe estar ajustada a lo que establece
para el efecto la Ley 80/93, los decretos que la reglamentan y la actual Ley 1474/11; primando en
todas y cada una de las actividades de tipo contractual, administrativo y financiero, los principios de
obligatoriedad, igualdad, transparencia, economía y responsabilidad, reglas de oro para la contrata-
ción pública.
Promocionar la realización de Cabildos Abiertos ante la Comunidad, facilitar el proceso de convo-
catoria y realizar audiencias públicas con la ciudadanía.
Mejoramiento de los procesos internos de comunicación con el fin de hacer más eficiente la aten-
ción de los ciudadanos.
Cronograma de citaciones e invitaciones a funcionarios públicos para realizarles control político en
cada periodo de sesiones del Concejo.
Servicios de Unidad de Apoyo Normativo que absuelva consultas jurídicas y capacitación a los
Concejales.
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LA HONRADEZ, TARDE O TEMPRANO ALCANZA SU RECOMPENSA,Y CON FRECUENCIA SE LOGRA CUANDO EN
ELLA NO SE PIENSA.
-Charles Perrault
Las acciones estarán bajo la dirección y responsabilidad de la Presidencia del Concejo y
la Secretaría General de la Corporación quienes presentarán al finalizar la vigencia un
12. 5.2.SEGUNDOCOMPONENTE:“ESTRATEGIASANTITRÁMITE” La política anti trámites busca facilitar el acceso a los servi-
cios que brinda la administración pública, para ello el Con-
cejo Municipal se propone simplificar, , eliminar, optimizar
los trámites existentes, mediante la modernización la efi-
ciencia de sus procedimientos. Precisamente dichos trámi-
tes, procedimientos innecesarios son los que generan afec-
tación en la Administración Pública y aumentan las posibili-
dades de que se presenten hechos de corrupción.
Para los trámites y procedimientos que se adelantan ante
el Concejo se desarrollaran las siguientes estrategias:
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5.2.1 Estrategia: Actualizacion de reglamen-
tos ,manuales y procesos.
que deberán estar en
línea a través de la página web de la entidad.
ciales y facilitar su uso para la realización de peticiones,
5.2.2 Estrategia: Democratizacion de la adiministra-
cion publica.
pal que permita detallar los procedimientos administrativos
haciéndolos más eficientes al interior del oncejo y menos
demorados para la ciudadanía.
empleos del Concejo Municipal, especialmente el de la Se-
cretaria General de la Corporación para mejorar la presta-
5.2.3 Estrategia: Aplicacion de normas antitramites
de nivel nacional.
de 2012 “Por el cual se dictan normas para suprimir o re-
formar regulaciones, procedimientos y trámites innecesa-
rios existentes en la Administración Pública”
13. Capacitación para servidores y funcionarios públicos y contratistas del Concejo
Municipal sobre procedimientos administrativos, racionalización de trámites y
atención al ciudadano.
retención documental, atención y servicios al ciudadano, términos de trámites y pro-
cedimientos, etc.
.
suministro de archivos digitales y documentos que se generan al interior del
Concejo o que se radican en la Secretaría General.
Ponencia, Proyectos de Acuerdo, Conceptos Jurídicos, Jurisprudencia, etc.,
que pueda ser suministrada por correo electrónico tanto a los Concejales
como a los ciudadanos que soliciten esos documentos.
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5.2.4 Estrategia: Formacion y capacitacion.
5.2 .5 Estrategia: Disminucion de costos de tramites.
5.2 .6 Estrategia: Colaboracion armonica entre autoridades
ciplinarias, judiciales, penales y fiscales, con el fin de suministrar la información reque-
rida de forma eficiente y oportuna.
tración Municipal para colaborar armónicamente en la expedición de
documentos necesarios para resolver inquietudes o dar continuidad y
celeridad a los trámites que se adelante.
5.2 .7 Estrategia: Fortalecimiento y y simplificacion de otros tramites.
solicitud de licencias temporales no remuneradas y su otorgamiento.
cumplimiento a los fallos sancionatorios emitidos por los Organismos de Con-
trol.
14. trámite a las solicitudes de permisos, licencias y vacaciones del Personal Admi-
nistrativo del Concejo y el Personero Municipal.
trámite en primer y segundo debate a los proyectos de acuerdo radicados en
la corporación.
los ciudadanos puedan solicitar la realización de un cabildo abierto y disponer
las herramientas para dicho fin.
trámite y respuesta a los derechos de petición presentados ante el Concejo Mu-
nicipal.
en el Concejo Municipal y pueden ser conocidos por los ciudadanos.
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LA CALIDAD NUNCA ES UN ACCIDENTE; SIEMPRE ES EL RESULTADO DE UN ESFUERZO DE LA INTELIGEN-
CIA .
- John Ruskin
5.3 TERCER COMPONENTE : “RENDICION DE
CUENTAS “
Debe entenderse la rendición de cuentas es una expresión de control social,
que comprende acciones de petición de información, evaluación de la gestión,
y que tiene como fin la transparencia de la gestión de la administración pública
para lograr la adopción de los principios de Buen Gobierno. A su vez la rendi-
ción de cuentas a la ciudadanía por parte de los Concejales y la mesa Directi-
va debe ser un ejercicio orientado a afianzar la relación Estado – Ciudadano.
La rendición de cuentas se convierte en un instrumento que implica la obliga-
ción de informar y el derecho de ser informado, “Es un proceso permanente y
una relación de doble vía entre el gobierno, los ciudadanos y los actores in-
teresados en los resultados y en la gestión pública”.
15. 15
Para llevar a cabo dicho proceso a cabo es necesario dar desarrollo a las siguientes acciones y estrategias:
5.3.1 Acciones y estrategias para la Rendición de Cuentas al Ciudadanía.
- Los Concejales rendirán cuentas a la ciudadanía dos veces al año. A más tardar el 30 de junio y el 31 de diciem-
bre publicara los informes correspondientes que quedarán a disposición del público de manera permanente en la
página de Internet de la Corporación y en la Secretaría General de la misma.
- La rendición de cuentas consistirá en la presentación de un informe de las actividades que haya realizado el Con-
cejal en cumplimiento de sus funciones. El informe contendrá la presentación y explicación de las proposiciones pre-
sentadas, los debates adelantados, las ponencias rendidas, los proyectos de Acuerdo presentados y el trámite que
hayan recibido, y los votos emitidos, así como la labor externa, social y política del Concejal y su bancada partidista.
- La página de Internet del Concejo contendrá de manera permanente y con un diseño claro que facilite su consulta,
toda la información relacionada con el ejercicio de las funciones y las actividades públicas de los Concejales. Como
mínimo se publicará lo siguiente:
La declaración juramentada del monto de sus bienes y rentas con sus actualizaciones, establecida por el artícu-
lo 122 de la Constitución.
El registro de los intereses privados con sus actualizaciones.
El registro de su presencia en las sesiones.
Las excusas por inasistencia.
El sentido de los votos emitidos.
- La página de Internet del Concejo contendrá de manera permanente a disposición del público toda la información
pública sobre la misma. Como mínimo se publicará lo siguiente:
Los proyectos de Acuerdo.
Los Contratos celebrados por el Concejo
Las ponencias sobre los proyectos de Acuerdo.
Las Actas de las sesiones.
Las resoluciones de reconocimiento y pago de honorarios.
- El audio y/o el video de las sesiones de la plenaria y de las comisiones permanentes del Concejo se grabarán en
medios digitales para garantizar que puedan ser consultados de manera permanente por la comunidad y las autori-
dades y se publicarán a través de la página de internet de la Corporación.
5.3.2 Rendición de Cuentas de la Mesa Directiva del Concejo.
- La Mesa Directiva del Concejo rendirá un informe anual a la Plenaria de la corporación en donde se relacione lo
correspondiente a la ejecución presupuestal, la contratación, las acciones de representación política, declaraciones
públicas, nomina, etc.
- La Mesa Directiva del Concejo presentará los informes de ley ante las autoridades que los exijan.
16. 16
5.4 CUARTO COMPONENTE: “MECANISMOS PARA MEJORAR
LA ATENCION AL CIUDADANO”.
Este componente tiene como propósito para la corporación mejorar la calidad y accesibilidad de los trámites y servi-
cios de la administración pública y satisfacer las necesidades de la ciudadanía.
5.4.1 Desarrollo institucional para el servicio al ciudadano.
- Definir y difundir el portafolio de servicios del Concejo al ciudadano.
- Implementar y optimizar los procedimientos internos que soportan la entrega de trámites y servicios al ciudadano y
los procedimientos de atención de peticiones, quejas, sugerencias, reclamos y denuncias de acuerdo con la normativi-
dad.
- Habilitar el uso del Buzón de Sugerencias, Quejas y Reclamos el cual estará disponible en la Secretaría General del
Concejo y en el recinto de sesiones.
- Habilitar y mantener actualizada la página Web del Concejo Municipal
- Establecer como correo oficial del Concejo el siguiente: concejo@sora-boyaca.gov.co
- Identificar necesidades, expectativas e intereses del ciudadano para gestionar la atención adecuada y oportuna.
- Poner a disposición de la ciudadanía en un lugar visible información actualizada sobre:
Derechos de los usuarios y medios para garantizarlos.
Descripción de los procedimientos, trámites y servicios de la entidad.
Tiempos de entrega de cada trámite o servicio.
Requisitos e indicaciones necesarios para que los ciudadanos puedan cumplir con sus obligaciones o ejercer sus
derechos.
Horarios y puntos de atención.
Dependencia, nombre y cargo del servidor a quien debe dirigirse en caso de una queja o un reclamo.
- Establecer procedimientos, diseñar espacios físicos y disponer de facilidades estructurales para la atención prioritaria
a personas en situación de discapacidad, niños, niñas, mujeres gestantes y adultos mayores.
5.4.2 Afianzar la cultura de servicio al ciudadano en la Secretaria General del Concejo y
los Concejales.
- Desarrollar las competencias y habilidades para el servicio al ciudadano en los servidores públicos, mediante progra-
mas de capacitación y sensibilización.
- Generar incentivos a los servidores públicos de las áreas de atención al ciudadano.
5,4,3 Fortalecimiento de los canales de atención.
Establecer canales de atención que permitan la participación ciudadana en las sesiones del Concejo.
17. 17
Implementar protocolos de atención al ciudadano en el Reglamento Interno del Concejo Municipal.
Adecuar los espacios físicos de acuerdo con la normativa vigente en materia de accesibilidad y señalización.
Integrar canales de atención e información para asegurar la consistencia y homogeneidad de la información que
se entregue al ciudadano por cualquier medio.
Recibir y dar trámite a los derechos de petición y solicitudes que lleguen por correo electrónico dentro de los
términos de la Ley 1437 de 2011.
6. ATENCIÓN DE PETICIONES, QUEJAS SUGERENCIAS Y RECLAMOS.
De acuerdo a lo establecido en la Ley 1474 de 2011 en su articulo 76 deberán desarrollarse procesos que permitan
recibir, tramitar y resolver las quejas, sugerencias y reclamos que los ciudadanos formulen y que se relacionen con
el cumplimiento de la misión de la entidad publica a quienes van dirigidos . Por lo anterior y para el conocimiento de
los ciudadanos se dará explicación de cada uno de los asuntos que pueden llegar a conocimiento del Concejo Muni-
cipal.
6.1 DEFINICIONES:
Los ciudadanos y los servidores públicos que laboran en el Concejo deberán tener en cuenta las siguientes defini-
ciones:
Petición: es el derecho fundamental que tiene toda persona a presentar solicitudes respetuosas a las autorida-
des por motivos de interés general o particular y a obtener su pronta resolución.
Queja: es la manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en rela-
ción con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos en desarrollo de sus funcio-
nes.
Reclamo: es el derecho que tiene toda persona de exigir, reivindicar o demandar una solución, ya sea por moti-
vo general o particular, referente a la prestación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud.
Sugerencia: es la manifestación de una idea o propuesta para mejorar el servicio o la gestión de la entidad.
Denuncia: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregu-
lar, para que se adelante la correspondiente investigación penal, disciplinaria, fiscal, administrativa - sancionato-
ria o ético profesional.
Es necesario que se indiquen las circunstancias de tiempo modo y lugar, con el objeto de que se establezcan res-
ponsabilidades.
Es deber de toda persona denunciar a la autoridad competente las conductas punibles de que tenga conocimiento.
Para los servidores públicos tiene connotación constitutiva de infracción de conformidad con los el artículo 6 de la
Constitución Política.
18. PROCEDER CON HONESTIDAD EN ARAS DE LA DIGNIDAD DEL HOMBRE ES EL COMPROMISO MÁS TRASCENDENTE EN NUESTRO
CORTO PASO POR ESTE MUNDO.
- René Gerónimo Favaloro
6.2 GESTIO´N DE SOLICITUDES.
Recepción: Las solicitudes, quejas, sugerencias, reclamos y denuncias podrán ser remitidas y
radicadas por cualquiera de los siguientes medios de comunicación:
Correo Electrónico: concejo@sora-boyaca.gov.co
Correo Certificado: Calle 3 # 2 –35 Casa Municipal.
Verbalmente en la oficina de la Secretaría del Concejo.
Por escrito en las oficina de la Secretaría del Concejo.
Buzón ubicado en la secretaría General y el recinto de sesiones del Concejo.
Oficina Competente: Dentro de la estructura organizacional del Concejo serán las siguientes
dependencias:
La Secretaría General del Concejo será la dependencia encargada de recibir y tramitar las que-
jas, sugerencias y reclamos que los ciudadanos formulen en relación con el cumplimiento de la
misión del Concejo.
La Presidencia de la Corporación será la encargada de resolver las solicitudes, quejas y recla-
mos e sean radicadas por los ciudadanos.
La Plenaria del Concejo discutirá las quejas que presenten los ciudadanos relacionadas con con-
ductas desplegadas por la Mesa Directiva de la Corporación o alguno de los miembros.
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Consideraciones Generales: Toda actuación que inicie cualquier persona ante las autorida-
des implica el ejercicio del derecho de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución
Política, sin que sea necesario invocarlo. Mediante este, entre otras actuaciones, se podrá
solicitar el reconocimiento de un derecho o que se resuelva una situación jurídica, que se le
preste un servicio, que se le entregue información, se le permita consultar, examinar y requerir
copias de documentos, formular consultas, quejas, denuncias y reclamos e interponer recur-
sos. Conforme al artículo 14 de la Ley 1437 de 2011, los términos para resolver son:
- Para cualquier petición: 15 días siguientes a la recepción.
- Para la petición de documentos: 10 días siguientes a la recepción.
- Consultas de materias a su cargo: 30 días siguientes a la recepción.
- Peticiones entre autoridades: 10 días siguientes a la recepción.
19. 19
6.3 SEGUIMIENTO.
Dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 594 de 2000 – Título V Gestión
de Documentos, implementando un Programa de Gestión Documental que
permita hacer seguimiento a la oportuna respuesta de los requerimientos
de los ciudadanos y a la trazabilidad del documento al interior de la enti-
dad.
Crear dentro del reglamento interno mecanismos de seguimiento a la res-
puesta oportuna de las solicitudes presentadas por los ciudadanos.
Disponer de un registro público sobre los derechos de petición de acuerdo
con Circular Externa N° 001 del 2011 del Consejo Asesor del Gobierno
Nacional en materia de Control Interno de las Entidades del orden nacional
y territorial.
Elaborar semestralmente informes sobre las quejas y reclamos, con el fin
de mejorar el servicio que presta el Concejo y racionalizar el uso de los
recursos.
6.4 VEEDURIAS CIUDADANAS.
Incentivar la organización de veedurías ciudadanas.
Facilitar y permitir a las veedurías ciudadanas el acceso a la información para
la vigilancia de su gestión y que no constituyan materia de reserva judicial o
legal.
6.5 DOTACION DE EQUIPOS.
Adquirir herramientas y equipos tecnológicos como computadores, cámaras,
grabadoras de voz, scanner, impresora, etc., que permitan una mejor gestión
y prestación de servicios.
23. 23
El presente Plan fue elaborado, autorizado y pu-
blicado a los veintinueve (29) días del mes de
Enero de 2016.
Alex Giovanni Cetina Munoz
PRESIDENTE
Jorge Gilberto Castellanos Capacho
VICEPRESIDENTE
Miller Fernando Largo Lopez
SEGUNDO VICEPRESIDENTE
NIDIA DURAN
SECRETARIA