Los vigilantes de seguridad pueden prestar servicios de vigilancia del edificio que alberga el centro de internamiento de menores y controlar la identidad de las personas que acceden al centro para impedir el acceso no autorizado. Sin embargo, la custodia directa de los menores corresponde al personal del centro. Los vigilantes pueden apoyar al personal en situaciones de riesgo. El traslado de menores a otros centros no puede ser realizado por vigilantes de seguridad según la ley de seguridad privada.