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Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo
REGLAMENTO INTERNO DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
CONSTRUCTORA DE VIVIENDAS
DELTA-COVID S.A.C.
Fecha de aprobación: 10/10/2020
Aprobado por:
Aprobado por:
Gerente General: Abner
Chavez Leandro
Miembro Titular de
Comité de SST:
Cristóbal Corpancho
Espinoza
Miembro Titular de
Comité de SST: Juceida
Carrasco Abal
Miembro Titular de
Comité de SST: Carlos
Cahuata Del Castillo
Miembro Titular de
Comité de SST:
Manuel Castro
Córdova
Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo
INDICE:
INTRODUCCIÓN....................................................................................................................1
CAPITULO I...........................................................................................................................1
RESUMEN EJECUTIVO DE LA ACTIVIDAD DE LAEMPRESA........................................1
CAPITULO II. OBJETIVOS Y ALCANCE.............................................................................1
2.1 OBJETIVOS............................................................................................................. 1
2.2 ALCANCE................................................................................................................ 2
CAPITULO III. LIDERAZGO, COMPROMISO Y POLÍTICADE SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO...................................................................................................................3
3.1 IDERAZGO Y COMPROMISOS .................................................................................. 3
3.2 POLITICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ..........................................3
CAPITULO IV. ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES..........................................................4
4.1 FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES................................................................ 4
4.1.1 DEL EMPLEADOR........................................................................................... 4
4.1.2 DE LOS TRABAJADORES.............................................................................. 5
4.1.3 DE LAS JEFATURAS/ENCARGADOS/SUPERVISORES EN GENERAL: ....6
4.2 ORGANIZACIÓN INTERNA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.........7
4.2.1 FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO ............................................................................................... 7
4.2.2 ORGANIGRAMA DEL COMITÉ:.................................................................... 10
4.2.3 PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO........................ 10
4.2.4 MAPA DE RIESGOS...................................................................................... 11
4.2.5 IMPLEMENTACIÓN DE REGISTROS Y DOCUMENTACIÓN DEL SISTEMA
DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ..................................... 11
4.3 FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LAS EMPRESAS QUE BRINDAN
SERVICIOS ...................................................................................................................... 11
4.4 . DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO: ....................... 12
CAPITULO V: ESTANDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OPERACIONES....12
5.1 SEGURIDAD EN LA OFICINA: ............................................................................. 12
5.2 ORDEN Y LIMPIEZA EN OFICINAS .................................................................... 14
5.3 EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL Y DE SEGURIDAD.......................... 14
5.4 HIGIENE DE LOS LOCALES: CONDICIONES AMBIENTALES: ........................ 14
5.5 CONSERVACIÓN DE LOS LOCALES DE TRABAJO ......................................... 15
5.6 RECOMENDACIONES GENERALES Y CONSTANTES: ................................... 15
CAPITULO VI: ESTANDARES DE SEGURIDAD EN LOS SERVICIOS Y
OPERACIONES CONEXAS................................................................................................16
Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo
6.1 CONDICIONES GENERALES .............................................................................. 16
6.2 CONDICIONES DE SEGURIDAD EN LOS TRABAJOS DE CONTRATISTAS .. 17
6.3 BLOQUEO Y ROTULADO: ................................................................................... 19
6.4 ESCALERAS PORTATILES: ................................................................................ 20
6.5 TRABAJOS EN ALTURA: ..................................................................................... 22
6.6 PUNTO DE ANCLAJE, CONECTOR DE ANCLAJE Y LINEA DE VIDA ............. 22
6.7 ANDAMIOS Y PLATAFORMAS ELEVADAS:....................................................... 23
6.8 MONTACARGAS................................................................................................... 23
6.9 HERRAMIENTAS ELÉCTRICAS. ......................................................................... 24
6.10 MATERIALES PELIGROS (MATPEL): ................................................................. 25
6.11 REPARACIONES EN EXTERIORES DE EDIFICIOS Y ESTRUCTURAS .......... 26
CAPITULO VII: SUSTANCIAS PELIGROSAS Y OFENSIVAS .........................................26
CAPITULO VIII: AVISOS Y SEÑALES DE SEGURIDAD..................................................27
8.1 GENERALIDADES................................................................................................ 27
8.2 DE LA SEÑALIZACIÓN......................................................................................... 27
CAPITULO IX: CONDICIONES ESPECÍFICAS DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS.. 28
9.1 GENERALIDADES................................................................................................ 28
9.2 RED DE DISTRIBUCION PRIMARIA Y SECUNDARIA....................................... 28
9.3 MEDIDAS DE SEGURIDAD.................................................................................. 29
CAPITULO X: PREPARACIÓN Y RESPUESTA A EMERGENCIAS................................30
10.1 GENERALIDADES................................................................................................ 30
10.2 PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS .................................... 30
10.2.1 GENERALIDADES......................................................................................... 30
10.3 EXTINTORES PORTATILES ................................................................................ 31
10.4 SISTEMAS DE ALARMA Y SIMULACROS DE INCENDIO................................. 31
10.5 ALMACENAJE DE SUSTANCIAS INFLAMABLES .............................................. 31
10.6 PRIMEROS AUXILIOS.......................................................................................... 32
10.6.1 GENERALIDADES......................................................................................... 32
10.7 MEDIDAS DE SEGURIDAD.................................................................................. 32
10.8 SERVICIO MEDICO DE EMERGENCIA .............................................................. 32
CAPITULO XI: ACCIDENTES E INCIDENTES DE TRABAJO .........................................32
11.1 GENERALIDADES................................................................................................ 32
CAPITULO XII: SEGREGACIÓN Y DISPOSICIÓN DE RESIDUOS SOLIDOS................33
CAPITULO XIII: REGIMEN DISCIPLINARIO .....................................................................33
DISPOSICIONES FINALES ................................................................................................37
Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo
1Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C.
INTRODUCCIÓN
Es política de Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C., evitar los accidentes de
trabajo como consecuencia de los riesgos involucrados en los diferentes procesos y
en el manejo de los diferentes tipos de maquinarias y equipos existentes.
Esto se convierte en razones fundamentales para que dentro de sus procedimientos
de trabajo se apliquen las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo en salvaguarda
de su personal, así como la protección integral de sus bienes capitales.
En tal razón Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C., en adelante la empresa,
ha preparado el presente Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo, el
cual contiene las recomendaciones y normas necesarias a favor de la Seguridad
Integral de toda la compañía.
Por lo tanto, nuestro deber es acatar las Normas que de él se deriven, y mediante una
evaluación de aptitudes nos permita contar con el personal más idóneo para ejecutar
todos los Procedimientos involucrados en el servicio de Construcción de Edificios
Completos, sin riesgos de accidentes, ni enfermedades ocupacionales.
CAPITULO I.
RESUMEN EJECUTIVO DE LA ACTIVIDAD DE LA EMPRESA
Nuestra empresa Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C., es una empresa del
sector privado dedicada a brindar servicios de Construcción de Edificios Completos,
se encuentra ubicada en la región Lima Metropolitana, en el distrito de Ate en la
Avenida Nicolás Ayllon 2480.
La empresa está integrada por personas comprometidas en brindar un servicio de
calidad, a través del entendimiento y satisfacción de exigencias y expectativas de
nuestros clientes, manteniendo un ambiente de trabajo que motive y vele por la
seguridad de nuestros trabajadores.
CAPITULO II. OBJETIVOS Y ALCANCE
2.1OBJETIVOS
Art. 1 : Este reglamento tiene como objetivos:
a. Garantizar las condiciones de seguridad y salvaguardar la vida, la integridad física
y el bienestar de los trabajadores, mediante la prevención de los accidentes de
trabajo y las enfermedades ocupacionales.
Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo
2Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C.
b. Promover una cultura de prevención de riesgos laborales en todos los
trabajadores, incluyendo al personal sujeto a los regímenes de intermediación y
tercerización, modalidades formativas laborales y los que prestan servicios de
manera independiente, siempre que éstos desarrollen sus actividades total o
parcialmente en las instalaciones de la empresa, entidad pública o privada, con el
fin de garantizar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
c. Propiciar el mejoramiento continuo de las condiciones de seguridad, salud y
medio ambiente de trabajo, a fin de evitar y prevenir daños a la salud, a las
instalaciones o a los procesos en las diferentes actividades ejecutadas, facilitando
la identificación de los riesgos existentes, su evaluación, control y corrección.
d. Proteger las instalaciones y bienes de la empresa, entidad pública o privada, con
el objetivo de garantizar la fuente de trabajo y mejorar la productividad.
e. Estimular y fomentar un mayor desarrollo de la conciencia de prevención entre los
trabajadores, incluyendo regímenes de intermediación y tercerización, modalidad
formativa e incluso entre los que presten servicios de manera esporádica en las
instalaciones del empleador, con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en
el Trabajo.
2.2 ALCANCE
Art. 2 El alcance del presente Reglamento comprende a todas las actividades,
servicios y procesos que desarrolla el empleador en todas sus
sucursales/filiales/dependencias a nivel nacional. Por otra parte, establece las
funciones y responsabilidades que con relación a la seguridad y salud en el
trabajo deben cumplir obligatoriamente todos los trabajadores, incluyendo al
personal sujeto a los regímenes de intermediación y tercerización, modalidades
formativas laborales y los que prestan servicios de manera independiente,
siempre que éstos desarrollen sus actividades totales o parcialmente en las
instalaciones de la empresa, entidad pública o privada.
Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo
3Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C.
CAPITULO III. LIDERAZGO, COMPROMISO Y POLÍTICA DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
3.1 LIDERAZGO Y COMPROMISOS
Art. 3 El personal directivo o la Alta Dirección se compromete a:
- Liderar y brindar los recursos para el desarrollo de todas las actividades en
la organización y para la implementación del Sistema de Gestión de
Seguridad y Salud en el Trabajo a fin de lograr su éxito en la prevención de
accidentes y enfermedades ocupacionales.
- Asumir la responsabilidad de la prevención de accidentes de trabajo y las
enfermedades ocupacionales, fomentando el compromiso de cada
trabajador mediante el estricto cumplimiento de disposiciones que contiene
el presente reglamento.
- Proveer los recursos necesarios para mantener un ambiente de trabajo
seguro y saludable.
- Establecer programas de seguridad y salud en el trabajo, definidos y medir
el desempeño en la seguridad y salud llevando a cabo las mejoras que se
justifiquen.
- Operar en concordancia con las prácticas aceptables de la empresa,
entidad pública o privada, y con pleno cumplimiento de las leyes y
reglamentos de seguridad y salud en el trabajo.
- Investigar las causas de accidentes de trabajo, enfermedades
ocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes; así como
desarrollar acciones preventivas en forma efectiva.
- Fomentar una cultura de prevención de los riesgos laborales para lo cual se
inducirá, entrenará, capacitará y formará a los trabajadores en el
desempeño seguro y productivo de sus labores.
- Mantener un alto nivel de alistamiento para actuar en casos de emergencia,
promoviendo su integración con el Sistema Nacional de Defensa Civil.
- Exigir que los proveedores y contratistas cumplan con todas las normas
aplicables de seguridad y salud en el trabajo.
- Respetar y cumplir las normas vigentes sobre la materia.
3.2 POLITICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Art. 4 Nuestra organización tiene como Política:
Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. es una empresa dedicada a
brindar servicios de Construcción, remodelación y ampliación de obras civiles.
La empresa tiene como objetivo alcanzar un elevado nivel de Seguridad, Salud
en el Trabajo y Medio Ambiente para todo su personal, contratistas y visitantes.
Para alcanzar estos objetivos, Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. se
compromete a:
Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo
4Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C.
 Prevenir las lesiones y enfermedades ocupacionales del personal de la
empresa, contratistas y visitantes que tengan acceso a nuestras operaciones y
actividades administrativas.
 Prevenir la alteración del medio ambiente, controlando los aspectos
ambientales significativos que puedan derivarse de nuestras operaciones,
eliminando y/o minimizando sus impactos y riesgos ambientales.
 Respetar nuestro entorno y proteger nuestro ambiente, realizando una
adecuada gestión de residuos sólidos.
 Cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento de Seguridad y Salud
en el Trabajo, normas legales nacionales, normas internas y otros requisitos
vigentes y aplicables a la Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo y Medio
Ambiente.
 Capacitar y entrenar a nuestro personal en Seguridad y Salud en el Trabajo y
Medio Ambiente al ingreso y durante el desempeño de sus labores.
 Mantener un proceso de mejora continua del desempeño de nuestro Sistema
de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo y Medio Ambiente, con la
participación y consulta de todo su personal, representantes y contratistas.
CAPITULO IV. ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES
4.1FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
4.1.1 DEL EMPLEADOR
Art. 5 La empresa asume su responsabilidad en la organización del Sistema de
Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo; y, garantiza el cumplimiento de
todas las obligaciones que sobre el particular establece la Ley de Seguridad y
Salud en el Trabajo y su Reglamento, para lo cual:
a. El empleador será responsable de la prevención y conservación del lugar de
trabajo asegurando que esté construido, equipado y dirigido de manera que
suministre una adecuada protección a los trabajadores, contra accidentes que
afecten su vida, salud e integridad física.
b. El empleador instruirá a sus trabajadores, incluyendo al personal sujeto a los
regímenes de intermediación y tercerización, modalidades formativas laborales
y los que prestan servicios de manera independiente, siempre que éstos
desarrollen sus actividades total o parcialmente en las instalaciones de la
empresa, entidad pública o privada, respecto a los riesgos a que se encuentren
expuestos en las labores que realizan y particularmente aquellos relacionados
con el puesto o función (a efectos de que el trabajador conozca de manera
fehaciente los riesgos a los que está expuesto y las medidas de prevención y
protección que debe adoptar o exigir al empleador), adoptando las medidas
necesarias para evitar accidentes o enfermedades ocupacionales.
c. El empleador desarrollará acciones de sensibilización, capacitación y
entrenamiento destinados a promover el cumplimiento por los trabajadores de
Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo
5Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C.
las normas de seguridad y salud en el trabajo. Las capacitaciones se realizarán
dentro de la jornada de trabajo, sin implicar costo alguno para el trabajador.
d. El empleador proporcionará a sus trabajadores los equipos de protección
personal de acuerdo con la actividad que realicen y dotará a la maquinaria de
resguardos y dispositivos de control necesarios para evitar accidentes.
e. El empleador promoverá en todos los niveles una cultura de prevención de los
riesgos en el trabajo.
4.1.2 DE LOS TRABAJADORES
Art. 6 En aplicación del principio de prevención, todo trabajador está obligado a
cumplir las normas contenidas en este Reglamento y otras disposiciones
complementarias, incluyendo al personal sujeto a los regímenes de
intermediación y tercerización, modalidades formativas laborales y los que
prestan servicios de manera independiente, siempre que éstos desarrollen
sus actividades total o parcialmente en las instalaciones de la empresa,
entidad pública o privada en lo que les resulte aplicable. En ese sentido, los
trabajadores:
a) Harán uso adecuado de todos los resguardos, dispositivos de seguridad y
demás medios suministrados de acuerdo con lo dispuesto en el presente
Reglamento, para su protección o la de terceros. Asimismo, cumplirán todas
las instrucciones de seguridad procedentes o aprobadas por la autoridad
competente, relacionadas con el trabajo.
b) Deberán informar a su jefe inmediato, y estos a su vez a la Instancia
Superior, de los accidentes e incidentes ocurridos por menores que estos
sean.
c) Se abstendrán de intervenir, modificar, desplazar, dañar o destruir los
dispositivos de seguridad o aparatos destinados para su protección y la de
terceros; asimismo, no modificarán los métodos o procedimientos adoptados
por la empresa, entidad pública o privada.
d) Mantendrán condiciones de orden y limpieza en todos los lugares y
actividades.
e) Se someterán a los exámenes médicos a que estén obligados por norma
expresa, siempre y cuando se garantice la confidencialidad del acto médico.
f) Estarán prohibidos de efectuar bromas que pongan en riesgo la vida de otro
trabajador y de terceros, los juegos bruscos y, en ninguna circunstancia,
trabajar bajo el efecto de alcohol o estupefacientes.
g) Estarán obligados a cooperar en el cumplimiento del presente Reglamento
de Seguridad y Salud en el Trabajo, y respetar todas las normas
establecidas o complementarias que se deriven de éste.
h) En materia de prevención de riesgos laborales, los trabajadores se
encontrarán obligados a:
 Cumplir con las normas, reglamentos e instrucciones de los
programas de seguridad y salud en el trabajo que se apliquen
en el lugar de trabajo y con las instrucciones que le imparta el
área o servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo y sus
superiores jerárquicos directos.
 Usar adecuadamente los instrumentos y materiales de trabajo,
así como los equipos de protección personal y colectiva.
 No operar o manipular equipos, maquinarias, herramientas u
otros elementos para los cuales no hayan sido capacitados.
Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo
6Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C.
 Cooperar y participar en el proceso de investigación de los
accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales cuando
la autoridad competente lo requiera o cuando a su parecer los
datos que conocen ayuden al esclarecimiento de las causas que
los originaron.
 Velar por el cuidado integral de su salud física y mental, así
como por el de los demás trabajadores que dependan de ellos
durante el desarrollo de sus labores.
 Participar en los organismos paritarios, en los programas de
capacitación, charlas, charlas. de 5 minutos y otras actividades
destinadas a prevenir los riesgos laborales que organice su
empleador a través de su área o servicio de Seguridad y Salud
en el Trabajo o la Autoridad Competente
 Comunicar al empleador, área o servicio de Seguridad y Salud
en el Trabajo todo evento o situación que ponga o pueda poner
en riesgo su seguridad y salud y/o las instalaciones físicas;
debiendo adoptar inmediatamente, de ser posible, las medidas
correctivas del caso
 Reportar al área o servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo y
a los representantes o delegados de seguridad, de forma
inmediata, la ocurrencia de cualquier incidente o accidente de
trabajo.
 Concurrencia obligatoria a la capacitación y entrenamiento sobre
Seguridad y Salud en el Trabajo.
 En caso de peligro inminente que constituya un riesgo alto o
extremo (no aceptable) para la Seguridad y Salud de los
trabajadores, en coordinación con su Supervisor/encargado, área
o servicio de SST pueden interrumpir sus actividades, e incluso, si
fuera necesario, abandonar la zona de trabajo. No pudiendo
reanudar las actividades mientras el riesgo no se haya reducido o
controlado.
4.1.3 DE LAS JEFATURAS/ENCARGADOS/SUPERVISORES EN
GENERAL:
Art. 7 Siendo la Seguridad y Salud en el Trabajo Política de la Empresa, es de
obligación de todas las jefaturas/encargados/supervisores los siguientes:
a) Acatar y promover sin excepción, todas las medidas necesarias para dar
cumplimiento al presente Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el
Trabajo, así como, aceptar las recomendaciones y sugerencias hechas por
el área o servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo; apoyar y facilitar el
cumplimiento de sus medidas preventivas y correctivas, además de no
obstaculizar, ni dilatar en el tiempo, lo que en el momento mismo fuere de
alto riesgo.
b) Poner en práctica el uso de sus equipos de protección personal en todas las
labores de supervisión u otras realizadas en plantas, a medida de ejemplo
para sus dirigidos.
c) Colaborar con el área o servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, en
dar cumplimiento a todo lo relacionado, a la limpieza e higiene, orden, uso
obligatorio de equipos de seguridad personal, uso correcto de máquinas,
herramientas, equipos, y todo lo que involucrare un trabajo seguro y sin
riesgos.
Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo
7Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C.
d) Difundir, participar y cumplir y hacer cumplir los procedimientos, estándares,
reglamentos, políticas, normas y otros documentos que la organización
suscriba en materia y cumplimiento de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
e) Los jefes directos de grupos y áreas de trabajo, antes de comenzar los
trabajos inmediata, deberán planificar la misma e instruir a sus dirigidos,
haciéndoles ver los posibles riesgos, en forma muy especial si se trata de
personal reciente o de personal que desconociere la función a realizar.
(Charlas de 5 minutos, Permisos de Trabajo, ATS, check list, entre otros)
f) Los jefes directos de grupos y áreas de trabajo deberán velar por el buen
funcionamiento de los equipos, máquinas, herramientas, instalaciones y todo
cuanto pudiere ser ocasión de riesgos potenciales de accidentes,
denunciando de forma inmediata y/o quitando oportunamente toda máquina,
equipo, materiales, residuos peligrosos y todo lo que pueda ser de riesgo
inmediato, como también lo que requiera un mantenimiento o reparación.
.
4.2 ORGANIZACIÓN INTERNA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
4.2.1 FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Y/O SUPERVISOR DE
SEGURIDAD
Art. 8 Toda reunión, acuerdo o evento del Comité de Seguridad y Salud en el
Trabajo, debe ser asentado en un Libro de Actas, exclusivamente destinado
para estos fines.
El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo tendrá las siguientes funciones:
a. Conocer los documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo
que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los
procedentes de la actividad del servicio de seguridad y salud en el trabajo.
b. Aprobar el Reglamento Interno de Seguridad y Salud del empleador.
c. Aprobar el Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo.
d. Conocer y aprobar la Programación Anual del Servicio de Seguridad y
Salud en el Trabajo.
e. Participar en la elaboración, aprobación, puesta en práctica y evaluación de
las políticas, planes y programas de promoción de la seguridad y salud en
el trabajo, de la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales.
f. Aprobar el Plan Anual de Capacitación de los trabajadores sobre seguridad
y salud en el trabajo.
g. Promover que todos los nuevos trabajadores reciban una adecuada
formación, instrucción y orientación sobre prevención de riesgos.
h. Vigilar el cumplimiento de la legislación, las normas internas y las
especificaciones técnicas del trabajo relacionadas con la seguridad y salud
en el lugar de trabajo; así como, el Reglamento Interno de Seguridad y
Salud en el Trabajo.
i. Asegurar que los trabajadores conozcan los reglamentos, instrucciones,
especificaciones técnicas de trabajo, avisos y demás materiales escritos o
gráficos relativos a la prevención de los riesgos en el lugar de trabajo.
j. Promover el compromiso, la colaboración y la participación activa de todos
los trabajadores en la prevención de los riesgos del trabajo, mediante la
comunicación eficaz, la participación de los trabajadores en la solución de
Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo
8Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C.
los problemas de seguridad, la inducción, la capacitación, el entrenamiento,
concursos, simulacros, entre otros.
k. Realizar inspecciones periódicas en las áreas administrativas, áreas
operativas, instalaciones, maquinaria y equipos, a fin de reforzar la gestión
preventiva.
l. Considerar las circunstancias e investigar las causas de todos los
incidentes, accidentes y de las enfermedades ocupacionales que ocurran
en el lugar de trabajo, emitiendo las recomendaciones respectivas para
evitar la repetición de éstos.
m. Verificar el cumplimiento y eficacia de sus recomendaciones para evitar la
repetición de los accidentes y la ocurrencia de enfermedades
profesionales.
n. Hacer recomendaciones apropiadas para el mejoramiento de las
condiciones y el medio ambiente de trabajo, velar porque se lleven a cabo
las medidas adoptadas y examinar su eficiencia.
o. Analizar y emitir informes de las estadísticas de los incidentes, accidentes y
enfermedades ocupacionales ocurridas en el lugar de trabajo, cuyo registro
y evaluación deben ser constantemente actualizados por la unidad
orgánica de seguridad y salud en el trabajo del empleador.
p. Colaborar con los servicios médicos y de primeros auxilios.
q. Supervisar los servicios de seguridad y salud en el trabajo y la asistencia y
asesoramiento al empleador y al trabajador.
r. Reportar a la máxima autoridad del empleador la siguiente información:
r.1) El accidente mortal o el incidente peligroso, de manera inmediata.
r.2) La investigación de cada accidente mortal y medidas correctivas
adoptadas dentro de los diez (10) días de ocurrido.
r.3) Las estadísticas trimestrales de accidentes, incidentes y enfermedades
ocupacionales.
r.4) Las actividades trimestrales del Comité de Seguridad y Salud en el
Trabajo.
s. Llevar en el Libro de Actas el control del cumplimiento de los acuerdos.
t. Reunirse mensualmente en forma ordinaria para analizar y evaluar el
avance de los objetivos establecidos en el Programa Anual, y en forma
extraordinaria para analizar accidentes que revistan gravedad o cuando las
circunstancias lo exijan.
El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo (o Supervisor de Seguridad y
Salud en el Trabajo de ser el caso) tendrá las siguientes responsabilidades:
a) Debe desarrollar sus funciones con sujeción a lo señalado en la Ley
de Seguridad y Salud en el Trabajo y su Reglamento, no estando
facultado a realizar actividades con fines distintos a la prevención y
protección de la seguridad y salud.
b) Coordina y apoya las actividades de los Subcomités o del Supervisor
de Seguridad y Salud en el Trabajo, de ser el caso.
c) Realiza sus actividades en coordinación con el Servicio de Seguridad
y Salud en el Trabajo.
d) Anualmente redacta un informe resumen de las labores realizadas.
Para ser integrante del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o
Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo se requiere:
Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo
9Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C.
a) Ser trabajador del empleador.
b) Tener dieciocho (18) años como mínimo.
c) De preferencia, tener capacitación en temas de seguridad y salud en el
trabajo o laborar en puestos que permitan tener conocimiento o
información sobre riesgos laborales.
Para la conformación del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo se
tendrá en cuenta lo siguiente:
 El número de personas que componen el Comité de SST es definido por
acuerdo de pares no pudiendo ser menor de cuatro (4) ni mayor de doce
(12) miembros. Entre otros criterios, se podrá considerar el nivel de
riesgo y el número de trabajadores.
 De conformidad con el Art 64 del Reglamento de Ley 29783, el mandato
de los representantes de los trabajadores o del Supervisor de Seguridad
y Salud en el Trabajo durará (2) años.
 El acto de constitución e instalación, así como toda reunión acuerdo o
evento del Comité SST debe de ser asentado en un Libro de Actas,
exclusivamente destinado para estos fines.
 El empleador conforme lo establezca su estructura organizacional y
jerárquica designa a sus representantes, titulares y suplentes ante el
Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, entre el personal de
dirección y confianza.
 Los trabajadores eligen a sus representantes, titulares y suplentes, ante
el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, con excepción del
personal de dirección y de confianza. Dicha elección se realiza mediante
votación secreta y directa. Este proceso electoral está a cargo de la
organización sindical; Cuando no exista organización sindical, el
empleador debe convocar a la elección de los representantes de los
trabajadores ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o del
Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo, la cual debe ser
democrática, mediante votación secreta y directa, entre los candidatos
presentados por los trabajadores.
 En ambos casos los designados o elegidos recibirán la capacitación y
entrenamiento necesario y se le delegará la autoridad para ejercer su
función por el periodo que la empresa ha establecido en el presente
Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo.
El cargo de miembro del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o del
Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo vaca por alguna de las
siguientes causales:
 Vencimiento del plazo establecido para el ejercicio del cargo, en el caso
de los representantes de los trabajadores y del Supervisor de Seguridad
y Salud en el Trabajo.
Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo
10Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C.
 Inasistencia injustificada a tres (3) sesiones consecutivas del Comité de
Seguridad y Salud en el Trabajo o a cuatro (4) alternadas, en el lapso de
su vigencia.
 Enfermedad física o mental que inhabilita para el ejercicio del cargo.
 Por cualquier otra causa que extinga el vínculo laboral.
 Los cargos vacantes son suplidos por el representante alterno
correspondiente, hasta la conclusión del mandato.
4.2.2 ORGANIGRAMA DEL COMITÉ:
Art. 9 El presente organigrama es la representación gráfica de la estructura orgánica
del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de Constructora de Viviendas
Delta-Covid S.A.C., adoptará el siguiente organigrama funcional para el
Comité:
4.2.3 PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Art. 10 El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo aprobará el Programa Anual de
Seguridad y Salud en el Trabajo, que es el conjunto de actividades de
prevención en seguridad y salud en el trabajo que establece la empresa, para
ejecutar a lo largo de un año. Este programa deberá ser elaborado por quienes
tienen a su cargo la seguridad y salud en el trabajo en la Empresa y forma
parte de la documentación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en
el Trabajo que debe exhibir la empresa. Este programa deberá estar en
relación con los objetivos contenidos en el presente Reglamento y a los otros
elementos que garanticen un trabajo en forma preventiva y sistemática contra
los riesgos existentes en los centros de trabajo. Los objetivos deben ser
medibles y trazables. Luego de haber analizado y seleccionado los objetivos,
contenidos, acciones, recursos y otros elementos, el Comité de Seguridad y
Salud en el Trabajo aprobará el mencionado programa; asimismo, participa en
la puesta en práctica y evaluación de este. Constructora de Viviendas Delta-
Covid S.A.C., asume el liderazgo del Sistema de Gestión de la Seguridad y
Salud en el Trabajo.
PRESIDENTE
SECRETARIO
MIEMBRO 2MIEMBRO 1
Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo
11Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C.
4.2.4 MAPA DE RIESGOS
Art. 11 El Mapa de Riesgos es un plano de las condiciones de trabajo, que puede
emplear diversas técnicas para identificar y localizar los problemas y las
acciones de promoción y protección de la salud de los trabajadores en la
organización del empleador y los servicios que presta. Es una herramienta
participativa y necesaria para llevar a cabo las actividades de localizar,
controlar, dar seguimiento y representar en forma gráfica, los agentes
generadores de riesgos que ocasionan accidentes, incidentes peligrosos, otros
incidentes y enfermedades ocupacionales en el trabajo.
4.2.5 IMPLEMENTACIÓN DE REGISTROS Y DOCUMENTACIÓN DEL
SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Art. 12 Para la evaluación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo,
el empleador deberá tener los siguientes registros:
a) Registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes
peligrosos y otros incidentes, en el que deben constar la investigación y las
medidas correctivas.
b) Registro de exámenes médicos ocupacionales.
c)Registro del monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales
y factores de riesgo disergonómicos.
d) Registro de inspecciones internas de seguridad y salud en el trabajo.
e) Registro de estadísticas de seguridad y salud.
f) Registro de equipos de seguridad o emergencia.
g) Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de
emergencia.
h) Registro de auditorías.
4.3FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LAS EMPRESAS QUE BRINDAN
SERVICIOS
Art. 13 Las empresas contratistas, subcontratistas, empresas especiales de servicios y
cooperativas de trabajadores deberán garantizar:
La seguridad y salud de los trabajadores que se encuentren en el lugar
donde fueron destacados.
La contratación de los seguros de acuerdo con las normas vigentes
durante la ejecución del trabajo.
El cumplimiento de la normatividad en materia de seguridad y salud en el
trabajo.
El informe en caso de accidente o incidente peligroso al Ministerio de
Trabajo y Promoción del Empleo de conformidad a la normativa vigente.
Las empresas que presten servicios deben asignar a su personal todos
los implementos de seguridad necesarios de acuerdo con la naturaleza
del trabajo a realizar.
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4.4. DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO:
Art. 14 Todo empleador organiza un servicio de seguridad y salud en el trabajo propio o
común a varios empleadores, cuya finalidad es esencialmente preventiva.
Los servicios de salud en el trabajo aseguran que las funciones siguientes sean
adecuadas y apropiadas para los riesgos de la empresa para la salud en el
trabajo:
a) Identificación y evaluación de los riesgos que puedan afectar a la salud en el
lugar de trabajo.
b) Vigilancia de los factores del medio ambiente de trabajo y de las prácticas de
trabajo que puedan afectar a la salud de los trabajadores, incluidas las
instalaciones sanitarias, comedores y alojamientos, cuando estas facilidades
sean proporcionadas por el empleador.
c) Asesoramiento sobre la planificación y la organización del trabajo, incluido el
diseño de los lugares de trabajo, sobre la selección, el mantenimiento y el
estado de la maquinaria y de los equipos y sobre las substancias utilizadas en
el trabajo.
d) Participación en el desarrollo de programas para el mejoramiento de las
prácticas de trabajo, así como en las pruebas y la evaluación de nuevos
equipos, en relación con la salud.
e) Asesoramiento en materia de salud, de seguridad e higiene en el trabajo y de
ergonomía, así como en materia de equipos de protección individual y
colectiva.
f) Vigilancia de la salud de los trabajadores en relación con el trabajo.
g) Fomento de la adaptación del trabajo a los trabajadores.
h) Asistencia en pro de la adopción de medidas de rehabilitación profesional.
i) Colaboración en la difusión de informaciones, en la formación y educación en
materia de salud e higiene en el trabajo y de ergonomía.
j) Organización de los primeros auxilios y de la atención de urgencia.
k) Participación en el análisis de los accidentes del trabajo y de las enfermedades
profesionales.
l) Mantener y velar para que el registro de enfermedades ocupacionales deba
conservarse por un período de veinte (20) años; los registros de accidentes de
trabajo e incidentes peligrosos por un periodo de diez (10) años posteriores al
suceso; y los demás registros por un periodo de cinco (5) años posteriores al
suceso. Los registros relativos a enfermedades ocupacionales se conservan
por un periodo de veinte (20) años.
CAPITULO V: ESTANDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OPERACIONES
5.1SEGURIDAD EN LA OFICINA:
Art. 15 Todo trabajador que desempeña sus funciones en oficinas tiene el deber de cumplir
con las siguientes disposiciones referentes a la seguridad dentro de oficinas, las cuales
se especifican a continuación
a) Camine, no corra en pasillos ni menos en escaleras, use las barandas, pues está
prohibido correr dentro de las instalaciones de la empresa.
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b) Está prohibido fumar o prender fuego en los interiores de ambientes
administrativos de la empresa.
c) La empresa no se hace responsable de joyas, alhajas, dinero, artefactos
eléctricos y otros de propiedad particular. Salvo caso, deberán ser registrados en
vigilancia a la hora de su ingreso.
d) Está prohibido tratar de reparar máquinas o artefactos de uso administrativo
deteriorados o con fallas eléctricas o mecánicas, deje esta labor a los
profesionales en ello. En este caso se solicitará su reparación al área de
Mantenimiento.
e) Toda persona en la oficina conocerá las zonas de seguridad, las rutas de escape
y usará adecuadamente los servicios del local.
f) Respetar los carteles de Seguridad y Salud en el trabajo.
g) Prohibido cruzar en plena maniobra del puente grúa, montacargas.
h) Prohibido dejar los equipos de cómputos prendidos al retirarse de la jornada
laboral.
i) El trabajador debe de comunicar cualquier condición insegura, falta de
iluminación, exposición a ruido, mobiliario deteriorado o roto, conexiones
eléctricas defectuosas sobrecarga de puntos eléctricos, etc.
j) Todo trabajador debe aplicar el derecho a decir “NO” cuando realiza trabajos en
condiciones inseguras.
k) No apile folder, files o cajas de documentos o materiales sobre los estantes,
anaqueles con riesgo de caídas. Los artículos pesados deben colocarse en los
estantes bajos.
l) Durante la operación y uso de útiles de escritorio con partes cortantes o filosos,
tome la precaución en el uso y realícelo con mucha atención.
m) No mantenga objetos cortantes ni punzantes en los cajones de su escritorio si no
están protegidos por un envoltorio o guardados en un estuche especial.
n) Evite colocar las manos en partes giratorias, móviles, calientes de los equipos
eléctricos: impresoras, calentadores, ventiladores, anilladoras, etc.
o) Mantenga puertas de armarios, cajones de los escritorios y archivos cerrados
cuando no lo esté usando. Además, para abrir o cerrar las puertas realícelos de
uno a uno.
p) Cuando se necesite tomar algo que se encuentre en un estante alto evitar subir a
una silla, cajón u objeto similar.
q) No lea correspondencia, no hable por teléfono móvil, ni otros mientras camina,
mejor regrese y hágalo en su escritorio o deténgase a hacerlo en un lugar
confiable.
r) Tenga mucho cuidado con las sillas con ruedas, no se deje caer en ellas sin antes
probar gradualmente su peso.
s) Cuidado con los cables del teléfono u otras máquinas de oficina, como también
con los basureros y todo lo que le pueda causar peligro de tropiezo.
t) Revise regularmente los muebles y equipos de trabajo de oficina, para detectar
los posibles riesgos como: Pernos y ruedas sueltas en las sillas, cables eléctricos,
enchufes y tomas de corrientes deterioradas.
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u) Ponga mucho cuidado si ingiere refrigerios líquidos en su escritorio, si se vuelcan
pueden derramarse en el teclado de su PC y producir un corte eléctrico que
destruya su máquina o recibir Ud. un fuerte golpe de eléctrico.
v) En caso se tenga que ir a las áreas operativas, es necesario solicitar la
autorización correspondiente del jefe del área Operativa y usar los implementos
de seguridad correspondiente, sujétese a los reglamentos de seguridad, recuerde
que son para todos y que pueden ser amonestados.
5.2 ORDEN Y LIMPIEZA EN OFICINAS
Art. 16 Todo trabajador administrativo tiene la obligación de mantener su ambiente de trabajo
en condiciones de orden y limpieza a fin de evitar riesgos de accidentes. En tanto se
debe seguir las siguientes recomendaciones:
a) Los muebles y enseres serán dispuestos y distribuidos de modo que permitan
mantener pasillos amplios orientados hacia la salida.
b) Los armarios y estantes estarán asegurados a fin de evitar su caída en caso de
sismos.
c) En ningún momento el personal deberá obstruir equipos de emergencia.
d) Realizar una segregación selectiva y disposición final adecuada de los residuos
sólidos,
e) Imprimir solo lo necesario, para todo lo demás use papel reciclado.
5.3. EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL Y DE SEGURIDAD
Art. 17 Teniendo en cuenta los riesgos a los cuales los trabajadores de la empresa podrían
estar expuestos en cualquiera de los procesos estándares, los elementos de
protección que reducirán la exposición a los riesgos de aquellos son los siguientes:
EPPS BASICOS EN LA ÁREAS OPERATIVAS:
- Casco de seguridad (ANSI Z89.1)
- Zapatos de seguridad con puntera de acero y/o reforzadas.
- Tapones de oídos (uso exclusivo para ambientes de planta y/o donde haya
fuentes generadoras de ruidos molestos).
5.4HIGIENE DE LOS LOCALES: CONDICIONES AMBIENTALES:
Art. 18 La empresa es consciente de su responsabilidad en la conservación del medio
ambiente, se compromete a:
a) PREVENIR la contaminación generada por los mantenimientos a los equipos.
b) VELAR por el cumplimiento de las leyes y reglamentos ambientales aplicables
c) DESARROLLAR un sistema de Gestión Ambiental estructurado y documentado,
que permita alcanzar los objetivos y las metas ambientales.
d) REVISAR periódicamente el Sistema de Gestión Ambiental, la política, los
objetivos y metas – bajo el compromiso de mejora continua en el desempeño
ambiental.
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e) COMUNICAR la política ambiental a los empleados y ponerla a disposición del
personal y público general.
Así también, nuestra empresa establece como condiciones ambientales adecuadas a la
seguridad y salud de sus trabajadores, las siguientes:
- El personal debe mantener el área de trabajo limpia y ordenada.
- No debe arrojar los residuos al suelo, depositarlos en los recipientes adecuados.
5.5CONSERVACIÓN DE LOS LOCALES DE TRABAJO
Art. 19 Al ser la Seguridad y Salud un accionar de cada uno de los integrantes de nuestra
empresa, incluyendo a nuestros trabajadores, la empresa ordena, a cada uno de sus
trabajadores, el seguir las medidas de conservación de nuestro local de trabajo:
Las condiciones de seguridad en nuestras instalaciones son con carácter general:
a. Orden y Limpieza.
b. Extintores en cada área.
c. Buena Iluminación.
d. Ingresos y salidas libres.
e. Existencia de Sirena de alarma y altoparlante.
f. Disponer de botiquín para primeros auxilios.
g. Señalización en las áreas correspondientes.
h. Contar con equipos de protección personal.
i. Contenedores de residuos sólidos.
5.6 RECOMENDACIONES GENERALES Y CONSTANTES:
Art. 20 Con respecto a ergonomía la empresa, declara su obligación en emplear muebles de
escritorio que beneficien la buena postura del personal de oficina, para así evitar
problemas de columna.
Art. 21 LA EMPRESA se compromete a la colocación de bases que permitan que, los
monitores de las computadoras se encuentren situados al nivel de los ojos de los
trabajadores y personal, para así impedir que éstos tiendan a curvarse para llegar
hacia las pantallas.
Art. 22 LA EMPRESA, consciente del gran número de computadoras y artefactos eléctricos
con que cuenta cada oficina y nuestras plantas, procurará la adquisición y ubicación de
una mayor cantidad de extintores, o, caso contrario, de extintores de mayor capacidad.
Art. 23 LA EMPRESA procurará disponer de muebles ergonómicos que faciliten el desempeño
de la labor y cuiden la integridad física del trabajador.
Art. 24 LA EMPRESA se obliga a efectuar inspecciones internas (revisiones simples) de
extintores, para así evitar pérdida del contenido de estos, controlar su vigencia, buen
estado de la manguera y sello de seguridad.
Art. 25 Así también, LA EMPRESA proveerá:
1. Colocar el número de válvulas de anti-retorno que fueren suficientes, a equipos
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de oxicorte.
2. Instalar los manómetros correspondientes, a compresores.
3. Efectuar mantenimiento preventivo a las instalaciones eléctricas, máquinas y
herramientas, el número de veces que estime pertinente.
4. Contar con un stock permanente de equipos de seguridad, en especial en
cantidades moderadas zapatos con punta de acero, dado el ingreso
permanente de personal nuevo y/o cambios y reposiciones.
5. Adquirir e instalar mayor número de receptáculos para basura.
6. Las instalaciones sanitarias deberán ser conservadas en perfecto estado de
limpieza, evitándose el amontonamiento de papeles y residuos.
7. Los pisos de aquellas deberán permanecer secos y limpios; y, por último, los
recintos de baños, duchas y casilleros del personal, bien iluminados y
ventilados.
8. De igual manera, los comedores del personal deberán conservarse siempre
limpios, tanto al momento de ser utilizados, como después de ello. EL
PERSONAL NO DEBERÁ INGERIR ALIMENTOS EN PLANTAS DE
PRODUCCION, EN HORARIOS QUE NO CORRESPONDAN. Esto por motivo
de higiene y salud, el hacerlo podría configurar una sanción.
CAPITULO VI: ESTANDARES DE SEGURIDAD EN LOS SERVICIOS Y
OPERACIONES CONEXAS
6.1CONDICIONES GENERALES
Art. 26 Estándares generales
1. Es responsabilidad de la empresa y contratista, dotar a su personal de los
equipos de protección personal necesarios para las labores que desempeñan.
2. Es obligatorio que las personas asignadas a trabajos de mantenimiento y
reparación utilicen los equipos de protección personal básicos EPP y según la
naturaleza del trabajo EPP Específicos adecuada a la naturaleza del trabajo
que realicen; así como contar con los permisos correspondientes y haber
adoptado todas las medidas de control del Área de SST.
3. Las empresas contratistas que realicen trabajos de mantenimiento de las
instalaciones u otras actividades, deben cumplir con las normas de seguridad y
salud en el trabajo, debiendo cualquier trabajador de LA EMPRESA reportar al
supervisor, personal SSO inmediatamente cualquier incumplimiento o
infracción que se cometa.
4. Todos los edificios, estructuras, máquinas, instalaciones eléctricas, mecánicas
y demás, así como las herramientas y equipos, se deben conservar siempre en
buenas condiciones de seguridad.
5. Se tomarán las medidas de seguridad al momento de emplear materiales de
principalmente los materiales peligrosos, limpieza y desinfectantes.
6. Todos los envases y recipientes de principalmente los materiales peligrosos,
productos de limpieza y desinfección serán debidamente rotulados.
7. Deberá cuidar, especialmente que el piso no esté con residuos, encharcado y
se mantenga limpio, evitando que exista viruta de metal, desmonte, aceite,
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grasa u otros cuerpos que lo hagan resbaladizo y hagan difícil el transito
normal.
6.2CONDICIONES DE SEGURIDAD EN LOS TRABAJOS DE CONTRATISTAS
Art. 27 Mantenimiento de maquinarias, equipos e instalaciones:
- Cuando se realice el mantenimiento de cualquier equipo de LA EMPRESA,
se deberá de realizar la coordinación previa con el área responsable del
equipo y el área de SST y realizar el llenado de la documentación de
seguridad correspondiente.
- Para las obras de mantenimiento o reparación de oficinas o estructuras que
no puedan efectuarse con seguridad desde una escalera portátil o
plataforma, se utilizará cuando sea necesario andamiaje, plataformas de
trabajo entablado, escalerillas provisionales, adecuadas y seguras
- El área para la cual se vayan a realizar los trabajos deberá exigir a la
empresa contratista, tomar las medidas de seguridad necesarias para
proteger a su personal en trabajos de reparación o conservación de las
instalaciones, de equipos o sistemas eléctricos, cerca de la cual trabajen
dentro del local de LA EMPRESA.
- Todos los equipos e instalaciones eléctricas serán de una construcción,
instalados y conservados de manera que prevenga el peligro de contacto
con los elementos a tensión y el riesgo de incendio.
- Se evitará en lo posible efectuar instalaciones eléctricas provisionales, las
que en todo caso se instalarán en forma definitiva en la brevedad posible.
- Antes de realizar los trabajos de Pruebas eléctricas y funcionales se deberá
instalar la puesta a tierra temporal en el equipo, subestación, sala eléctrica
y/o otros a probar.
Art. 28 Pozos a tierra, protección de los elementos a tensión:
- La empresa deberá de definir el área responsable de coordinar el
mantenimiento a los pozos a tierra de acuerdo al programa mantenimiento.
- Los instrumentos utilizados para realizar las mediciones de resistencia de
los pozos a tierra deben estar calibrados.
- Todos los elementos a tensión tales como cables, tableros, enchufes,
deben contar con las medidas de seguridad y protección de tal manera que
eviten el contacto directo del personal.
- Las zonas donde exista riesgo de electrocución tales como tableros
eléctricos, subestaciones, deben contar con los elementos de protección
necesarios y estar debidamente señalizados con dicho riesgo.
- Los pozos a tierra deberán de contar con la certificación respectiva y
vigente.
Art. 29 Trabajos en estructuras metálicas, antenas y/o otros servicios.
- Todo trabajo en estructuras metálicas, antenas y/o otros, se efectuará con
dos personas como mínimo y será supervisado permanentemente por otra
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persona desde tierra en la zona de trabajo. Todo el personal que realice
trabajos estará asegurado a la estructura con arnés de seguridad o
cinturón de seguridad (de acuerdo con el trabajo a realizar) en forma
permanente mientras dure la labor en lo alto de la estructura.
- La realización de trabajos en lo alto de las estructuras metálicas, antenas,
requiere que el trabajador esté en buen estado físico y anímico; y, provisto
de óptimos implementos de seguridad y equipos de protección.
- El trabajador que no cuente con su certificado de torrero para laborar en las
antenas será retirado del grupo de trabajo.
Art. 30 Control de plagas, Para contrarrestar la presencia de plagas que puedan afectar las
instalaciones, La empresa cuenta con un programa el cual incluye la actividad de
fumigación, control de roedores y desinfección de tanques y/o cisternas de agua. El
servicio es realizado según el programa, o de manera imprevista cuando es solicitada
por algún área infestada de manera fortuita, o es requerido según los resultados
obtenidos en el servicio realizado, Al realizar las fumigaciones y desratizaciones se
debe tener en cuenta lo siguiente
- El personal del área de servicios y/o responsable del área debe verificar
que el personal a cargo de la fumigación utilice los implementos de
seguridad necesarios para su actividad.
- No debe haber personal trabajando en las áreas donde se realicen las
fumigaciones por nebulización.
- Las oficinas y almacenes no deben dejar expuestos alimentos o prendas de
vestir durante la fumigación.
- En el comedor se debe retirar todos los productos comestibles, cubrir los
caños de los dispensadores de agua y equipos sensibles.
- En los SSHH no deben quedar expuestas prendas de vestir ni artículos de
uso o aseo personal.
- Ventilar el área después de realizar la fumigación, por lo menos por un
espacio de 2 horas.
- La empresa prestadora de servicios recogerá los restos cebos, insectos o
roedores según sea el caso y los dispondrá según la legislación vigente y
sus procedimientos internos.
- Los cebaderos utilizados para la desratización deben contar con aviso de
precaución (Peligro: Veneno no tocar).
- No se deben colocar cebaderos en ambientes donde se preparen
alimentos. De ser necesario colocar mecanismos de atrapamiento.
- Las sedes que tengan cisternas y tanques elevados deben programar
servicios de desinfección de estos, de forma semestral.
Art. 31 Servicio de Seguridad Patrimonial, El personal que presta Servicio de Seguridad
Patrimonial deberá cumplir con lo siguiente:
- Utilizar el uniforme del servicio y su EPP de reglamento.
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- Contar con la respectiva licencia en caso de portar armas de fuego emitida
por el DICSAMEC.
- El personal que presta servicio de vigilancia deberá cumplir con lo siguiente
en relación con los trabajadores y personas visitantes que ingresen a la
empresa siguiendo lo establecido es su Procedimiento de Seguridad
Patrimonial:
 Toda persona que ingrese o salga de las instalaciones de La empresa
deberá identificarse con su documento de Identidad vigente (DNI,
Pasaporte o Carnet de extranjería)
 Todo vehículo de la empresa o de particulares que ingrese o salga de
las instalaciones, será inspeccionado por el personal de vigilancia.
 Dará estricto cumplimento a las disposiciones derivadas del contrato
vigente y de aquellas que sean impartidas para beneficio de la
seguridad de la empresa.
- El personal de Seguridad Patrimonial se regirá a su procedimiento de
Seguridad durante el turno de labores
6.3BLOQUEO Y ROTULADO: Cuando se requiera realizar trabajos de mantenimiento o
inspección en o cerca de vehículos, equipos, maquinarias o sistemas donde exista
el riesgo de lesión en caso se produzca su movimiento inesperado o liberación
inesperada de energía.
Art. 32 Desenergizar todas las fuentes de energía o alimentación de los vehículos, equipos,
maquinarias o sistemas antes de iniciar el trabajo de mantenimiento o inspección.
Art. 33 Proporcionar a todos los trabajadores que lo requieran una Tarjeta Personal de
Bloqueo, Tarjeta de señalización y/o un Candado Personal (de ser necesario el
accesorio y/o dispositivo de bloqueo dependiendo del tipo de bloqueo a realizar).
Art. 34 Cada trabajador es responsable de colocar y retirar de su Tarjeta Personal de Bloqueo,
tarjeta de señalización y/o Candado Personal, nadie puede hacerlo en su lugar.
Art. 35 Para asegurar esto debe existir una sola copia de la llave y ésta debe permanecer
siempre en poder del trabajador al cual pertenece el candado personal.
Art. 36 Los pasos por seguir para el aislamiento de energía son:
b. El supervisor y los trabajadores realizarán las coordinaciones previas
para la identificación de los puntos a bloquear, permisos entre otros.
c. El trabajador debe de colocar su Tarjeta Personal de Bloqueo Tarjeta
de Señalización y/o Candado Personal en los puntos en los que la fuente
de energía del vehículo, equipo, maquinaria, sistema o fuente a ser
aislada. De ser un bloqueo grupal todos los Trabajadores deben colocar
cada uno su Tarjeta Personal y candado Personal en todos los puntos de
aislamiento anteriores.
d. El Supervisor y/o trabajador responsable luego de realizar el
aislamiento proceder a purgar o aliviar todas las energías residuales
que pudieran quedar.
e. Verificar que el vehículo, equipo, maquinaria o sistema no funciona,
operando los controles de arranque o encendido.
f. Para el caso de trabajos en tableros y líneas eléctricas utilizar un
revelador de tensión, el cual será previamente verificado en una línea
energizada para asegurar su adecuado funcionamiento.
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g. Los Trabajadores concluido el trabajo, mantenimiento o inspección,
proceder al retiro de sus herramientas, equipos y materiales empleados
y comunicar al supervisor o encargado del trabajo el fin de la actividad.
h. Al término del trabajo Retirar su Tarjeta de señalización y/o un Candado
Personal (de ser necesario el accesorio y/o dispositivo de bloqueo
dependiendo del tipo de bloqueo a realizar).
i. El Supervisor debe verificar que el área esté libre de personal o equipos
que puedan ser afectados por la liberación de la energía.
j. Coordinar, comunicar el proceso de energización con los responsables.
Art. 37 Para casos excepcionales en los que la naturaleza del trabajo no permita ninguna
forma de desenergización, coordinar con el área de Seguridad y Salud en Trabajo para
realizar los registros de Análisis de Trabajo Seguro y Permiso de trabajo.
Art. 38 Evaluar los casos especiales de bloqueo que no estén considerados, con su jefatura y,
con el área de Seguridad y Salud en el trabajo.
6.4 ESCALERAS PORTATILES:
Art. 39 No está permitido el uso de escaleras hechizas, en caso se requiera fabricar una
escalera especial, el supervisor debe presentar el diseño para su aprobación a la
jefatura y área SST (plano de diseño, procedimiento de fabricación, etc.).
Art. 40 No pintar las escaleras pues esto evita que se puedan detectar las condiciones
subestándares al momento de inspeccionarlas.
Art. 41 Las escaleras deben estar equipadas con peldaños y puntos de apoyo con material
antideslizante.
Art. 42 No subir o bajar de las escaleras con objetos (equipos, herramientas, materiales, etc),
en las manos.
Art. 43 Al utilizar la escalera como plataforma de trabajo el trabajador debe cumplir con las
siguientes recomendaciones:
a. Apoyar ambos pies en un mismo peldaño.
b. Cambiar de posición la escalera cuantas veces sea necesario a fin de evitar
que el trabajador se estire más de 30º de la línea vertical y quede en una
posición inestable.
c. Sólo está permitido un trabajador por escalera.
d. Nunca utilizar los peldaños para colocar herramientas o materiales.
e. Asegurar la escalera por su extremo superior a una estructura sólida o estar
sostenida en el extremo inferior por otro trabajador.
Art. 44 Las escaleras deben estar posicionadas sobre una superficie plana y horizontal. No
debe utilizarse cajas u otros materiales para obtener más altura.
Art. 45 En caso la escalera sea ubicada en un acceso, debe señalizarse la zona con cinta de
seguridad de color amarillo como advertencia.
Art. 46 Las escaleras utilizadas para trabajos con electricidad deben ser dieléctricas.
Art. 47 Las escaleras metálicas no deben utilizarse cerca de conductores eléctricos. En el
lugar de almacenamiento de las escaleras metálicas se debe instalar un letrero con la
leyenda PROHIBIDO USAR CERCA DE CONDUCTORES ELECTRICOS.
Art. 48 Almacenar las escaleras colgadas en forma horizontal o vertical y protegidas de la
intemperie.
Art. 49 Para el caso de Escaleras Lineales debe cumplir los siguientes criterios:
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a. Las escaleras lineales de un sólo tramo no deben tener longitudes mayores
a 6 m y las extensibles no deben tener más de 11 m. en su extensión
máxima.
b. Las escaleras deben colocarse de manera tal que su punto de apoyo en la
base debe alejarse de la superficie de apoyo una distancia máxima de ¼ de
su longitud útil.
c. Cuando se use como acceso a una superficie superior debe sobresalir por lo
menos un 1 metro por encima de dicha superficie.
d. Si una escalera es extensible debe verificarse, luego de extender un tramo,
que los pestillos o retenes de seguridad estén enganchados y que la soga de
extensión esté amarrada a un escalón en el larguero de la base de la
escalera.
e. Las escaleras extensibles deben tener un mínimo de tres escalones de
traslape.
f. No debe desarmarse una escalera extensible para utilizar sus tramos por
separado.
g. No deben acoplarse escaleras individuales para obtener tramos más largos
o para crear una escalera extensible.
Art. 50 Para el caso de Escaleras de Tijeras debe cumplir los siguientes criterios:
a. Las escaleras deben estar completamente abiertas y con el brazo de unión
completamente extendido.
b. No usar una escalera de tijera como escalera lineal.
c. No posicionarse en el último o penúltimo escalón.
d. Son 2 personas por escalera, una que esta sobre la escalera y la otra
sujetando la misma.
e. Nunca debe posicionarse sobre ambos lados de la escalera al mismo
tiempo.
f. Debe de subir y bajar de la escalera siempre mirando a la misma.
g. Al subir o bajar son 03 puntos de apoyo (dos pies y una mano o dos manos y
un pie).
Art. 51 Para trabajos con escaleras es obligatorio el uso de barbiquejo, y dependiendo de la
altura de trabajo de ser mayor a 1.8 metros se deberá de contar con equipos de
detención de caídas (arnés de seguridad, línea de anclaje, línea de vida, etc).
Art. 52 Toda escalera portátil debe ser inspeccionada visualmente antes de usarla a fin de
detectar cualquier condición subestándar (fisuras, astillamiento, limpieza, impactos,
corrosión) en los peldaños, largueros, elementos metálicos y brazos de unión en el
caso de las escaleras de tijera.
Art. 53 Las escaleras portátiles que presenten condiciones subestándares deben ser rotuladas
con una tarjeta de Fuera de Servicio y retiradas inmediatamente del área de trabajo,
para ser enviados al proveedor para su reparación. Si la escalera no puede ser
reparada debe ser destruida para evitar su uso.
Art. 54 Las escaleras fijas que presenten condiciones subestándares deben ser rotuladas con
una tarjeta Fuera de Servicio y se señalizaran con cinta de seguridad de color rojo en
los accesos para evitar su uso.
Art. 55 Las escaleras portátiles y fijas deben estar codificadas para facilitar su identificación.
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6.5 TRABAJOS EN ALTURA:
Art. 56 Usar obligatoriamente para todo trabajo por encima de 1.80 m. de altura sobre el nivel
del piso el equipo de protección anterior, sin embargo, dependiendo del análisis
puntual de los riesgos del trabajo puede ser necesario utilizar equipo de protección
para trabajos a alturas menores de 1.80 m.
Art. 57 Se debe de contar con un vigía o responsable de vigilar el desarrollo de los trabajos, y
pueda comunicar en caso de anomalías o situación de emergencia.
Art. 58 Se debe de revisar e inspeccionar los equipos que serán usado como plataforma de
trabajo (escaleras, andamios, plataformas, etc.).
Art. 59 No usar quipos de protección personal (arnés de cuerpo entero y línea de anclaje) así
como los accesorios (línea de vida, conector de anclaje) en mal estado.
Art. 60 No permitir el uso de pasos (sogas) para el escalamiento de postes. Para este tipo de
trabajo se debe usar escaleras.
Art. 61 No colgar o asegurar herramientas u otros objetos al equipo de protección para
trabajos en altura. Las herramientas u objetos deben ser izados o portados en
cinturones portaherramientas.
Art. 62 Las herramientas u otros objetos deben mantenerse asegurados para evitar su caída.
Art. 63 El trabajador debe inspeccionar visualmente todo equipo de protección personal (arnés
de cuerpo entero y línea de anclaje) así como los accesorios (línea de vida, conector
de anclaje) a fin de detectar cualquier condición subestándar (rasgaduras, cortes o
desmembramientos, impactos, corrosión, los ganchos, anillos y hebillas metálicas sin
rajaduras o deformación).
Art. 64 El equipo de protección personal para trabajos en altura debe ser limpiado tan
frecuentemente como sea necesario.
Art. 65 Realizar el mantenimiento básico del equipo de protección personal de acuerdo con lo
siguiente:
Art. 66 Limpiar la suciedad de la superficie por medio de una esponja humedecida en una
solución de agua y jabón, sin utilizar detergentes.
Art. 67 Secar con un trapo limpio y colgar el equipo de protección personal para que termine
de secar.
Art. 68 No utilizar un equipo de protección personal que esté sucio pues podría no detectarse
las fallas del material.
Art. 69 Almacenar los equipos de protección personal y los accesorios en lugares secos y
libres de humedad especialmente designados, evitar el contacto con objetos
contundentes, cortantes o corrosivos. De preferencia deben estar colgados en ganchos
para evitar la acumulación de humedad.
Art. 70 Todos los equipos, materiales y/ herramientas deben ser limpiados y dejados en el
almacén de herramientas o lugar designado para tal fin.
6.6 PUNTO DE ANCLAJE, CONECTOR DE ANCLAJE Y LINEADE VIDA.
Art. 71 Asegurar que los puntos de anclaje y líneas de vida tengan una resistencia de 2270
Kg. (5000 lb.) por cada trabajador conectado.
Art. 72 El conector de anclaje es de uso personal y debe tener una resistencia para 2270 Kg.
(5000 lb.)
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Art. 73 Para trabajos con riesgo de caída a diferente nivel el punto de anclaje debe ubicarse
por encima del nivel de la cabeza del trabajador de manera que la distancia de caída
sea lo más corta posible.
Art. 74 No se debe utilizar como punto de anclaje tuberías de fluidos, vigas de madera u otra
estructura que no asegure la resistencia de 2270 Kg. (5000 lb.) por cada trabajador
conectado.
Art. 75 No se debe utilizar como punto de anclaje instalaciones eléctricas.
Art. 76 Los conectores de anclaje pueden ser: fajas, platinas o mosquetones de acero forjado
especialmente diseñados.
Art. 77 Para trabajos en altura donde se requiera desplazamiento continuo de los trabajadores
debe instalar una línea de vida o en caso contrario los trabajadores deben usar una
línea de anclaje de doble vía o dos líneas de anclaje.
6.7 ANDAMIOS Y PLATAFORMAS ELEVADAS:
Art. 78 Todo trabajo en andamios y plataformas elevadas se considera como trabajo en altura,
por lo que debe cumplir con el procedimiento de Trabajos en Altura y contar con el
Permiso Escrito para Trabajos y se debe de realizar la inspección o check list de
Andamios o Plataformas Elevadas.
Art. 79 Todo montaje, modificación y uso de un andamio debe realizarse previa coordinación
con el supervisor.
Art. 80 Si el trabajo en andamios y plataformas implica trabajos en caliente, espacios
confinados o existe la necesidad de aplicar bloqueo y rotulado, se debe dar
cumplimiento a los procedimientos respectivos Trabajos en Caliente, Espacios
Confinados o Bloqueo y Rotulado.
Art. 81 El equipo de protección personal de uso obligatorio para trabajos en andamios y
plataformas elevadas es el siguiente:
Art. 82 Trabajos con riesgo de caída a diferente nivel: Arnés de cuerpo entero, línea de anclaje
con absorbedor de impacto o tambor retráctil y barbiquejo.
Art. 83 El arnés de cuerpo entero debe estar unido por medio de la línea de anclaje con
absorbedor de impacto a una estructura fija o a una línea de vida, nunca directamente
al andamio, salvo consideraciones indicadas en el manual del fabricante del andamio.
Art. 84 Durante el ascenso y descenso del andamio, mantener siempre tres puntos de apoyo,
para esto los materiales y herramientas deben ser izados o utilizar un cinturón o bolsa
porta herramientas a fin de evitar que el trabajador utilice sus manos para
transportarlas
6.8 MONTACARGAS.
Art. 85 Para descender por pendientes con el montacargas debe comunicar al
Supervisor/Encargado para determinar la forma segura de transporte de la carga.
Art. 86 No está permitido levantar ni bajar la carga cuando el equipo esté en movimiento,
excepto para ajustes pequeños.
Art. 87 Está prohibido el transporte de personal dentro del montacargas. El transporte de
personal sólo se permitirá en vehículos especialmente destinados a este fin.
Art. 88 Nunca permita otros pasajeros, a menos que el montacargas se haya diseñado para
ello.
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Art. 89 Está prohibido subirse sobre las uñas del montacargas o colocarse debajo de estas.
Art. 90 Las cargas que no cuenten con una base apropiada para trasladarse deben ser
aseguradas previamente
Art. 91 Se debe reportar cualquier falla que presenten los montacargas al encargado o jefe de
área.
Art. 92 El operador debe de realizar una inspección y/o verificación del montacargas antes de
usarlo “Check List” y/o verificar la realización antes de usarlo.
Art. 93 No se debe usar los montacargas cuando se detecta fallas mecánicas, hidráulicas y
eléctricas.
Art. 94 No levantar materiales, herramientas o cargas que tengan pesos mayores de la
capacidad del montacargas.
Art. 95 No se debe conducir a velocidad superior de 10 Km/h, a la velocidad de una persona
caminando.
Art. 96 Está terminantemente prohibido trasladar a personal en las uñas de los montacargas o
sobre parihuelas.
Art. 97 El operador solo debe de subir al montacargas por el lado izquierdo y usar el cinturón
de seguridad en todo momento cuando opere el equipo.
Art. 98 Es obligatorio tocar claxon antes de llegar a una esquina ciega, asimismo reducir la
velocidad al mínimo. Mire siempre en la dirección del desplazamiento y mantenga una
visión clara de la ruta de desplazamiento. Desplácese en reversa solo si la carga
bloquea el campo de visión de la ruta a seguir.
Art. 99 Coloque las horquillas debajo de la carga y bien separadas para balancear la carga.
Art. 100 Coloque el mástil ligeramente hacia atrás para estabilizar la carga y levantarla.
Art. 101 En caso se traslade equipos, materiales que tenga dimensiones que dificulten su
visibilidad, debe entonces contar con el apoyo de un Rigger.
Art. 102 Se debe mantener la concentración en todo momento cuando se está operando un
montacargas.
Art. 103 No realizar maniobras peligrosas con el montacargas en donde ponga en riesgo la
integridad física de su persona y compañeros.
Art. 104 En caso de maniobras debe de considerar la señalización obligatoria del área.
6.9 HERRAMIENTAS ELÉCTRICAS.
Art. 105 Las herramientas eléctricas deben estar conectadas a tierra o doblemente aisladas.
Art. 106 Cuando la herramienta esté diseñada para varias tensiones, se debe distinguir
fácilmente y de forma clara la tensión para la cual está ajustada
Art. 107 Las herramientas dotadas de enchufe de tres espigas se deben enchufar en
tomacorrientes de tres orificios. No se debe cortar una espiga para que concuerde con
el tomacorriente.
Art. 108 Los cables, enchufes y tomacorrientes deben estar en adecuadas condiciones y ser de
tipo industrial.
Art. 109 Los cables deben ser de un solo tramo. No están permitidas las extensiones unidas
con cinta aislante o vulcanizada.
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Art. 110 Al extenderse los cables se debe verificar que no impliquen riesgo de tropiezo y que
estén protegidos en caso exista tránsito de vehículos.
Art. 111 Los interruptores y botones deben estar en buenas condiciones.
Art. 112 Las herramientas no deben ser desconectadas jalándolas del cordón sino del enchufe.
Art. 113 Antes de ajustar, limpiar o cambiar un accesorio se debe desconectar la herramienta.
Art. 114 Si una herramienta va a dejar de usarse, se debe desconectar el enchufe.
Art. 115 Antes de conectar una herramienta, se debe verificar que el interruptor esté en la
posición de apagado.
Art. 116 No está permitido el uso de herramientas eléctricas bajo condiciones climáticas de
lluvia a menos que se cuente con protección adecuada.
Art. 117 Las herramientas rotativas en marcha no se deben soltar de las manos sin haberse
detenido previamente.
Art. 118 No está permitido el uso de bufandas, joyas, brazaletes o elementos que impliquen el
riesgo de atrapamiento por la rotación de la herramienta.
Art. 119 Los discos de esmeril deben estar libres de grietas u otros signos que afecten su
resistencia.
Art. 120 El RPM de los discos de esmeril debe igual o mayor al RPM del esmeril.
Art. 121 Los esmeriles deben tener guardas instaladas de manera que la exposición angular
máxima de la periferia y costados no excederá los 180°.
Art. 122 Los esmeriles, de acuerdo a su diseño, deben contar con un mango lateral que permita
sujetarlas permanentemente con las dos manos de manera que éstas se mantengan
alejadas de las partes rotativas de la herramienta.
6.10 MATERIALES PELIGROS (MATPEL):
Art. 123 No se debe adquirir, almacenar, usar o transportar dentro o fuera de las instalaciones
ningún MATPEL nuevo o registrado sin contar con la respectiva Hoja de Seguridad
(MSDS).
Art. 124 Las hojas MSDS del fabricante deben de estar en español, la cual debe contener la
siguiente información:
a. Identificación del material peligroso
b. Nombre, dirección y teléfonos de emergencias del fabricante.
c. Componentes peligrosos; identificación química con número de CAS.
d. Primeros auxilios y tratamiento debido a intoxicación y datos de peligros a la
Salud.
e. Medidas en caso de incendio y derrames.
f. Almacenamiento y uso seguro.
g. Propiedades físicas y químicas.
h. Datos de Estabilidad y Reactividad.
i. Información toxicológica y ecológica.
j. Requerimientos de transporte, normas aplicables e información adicional.
Art. 125 Para MATPEL con Riesgo Alto se debe analizar el uso de un producto alternativo, para
lo cual coordinar con el área usuaria.
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Art. 126 En primera instancia consultar con el usuario la posibilidad de usar otro producto
químico menos peligroso, en caso contrario, comprometer al usuario en la aplicación
de controles que sean necesarios para evitar la exposición del trabajador.
Art. 127 Se prohíbe el uso de envases no rotulados (envases de bebidas comerciales, envases
con nombres de otros productos y/o contenido), para el trasvase de productos
químicos.
Art. 128 El trabajador debe de solicitar en almacén los envases correspondientes para el
trasvase de los productos químicos a usar. El rotulo debe contemplar:
 Nombre del producto y nombre comercial
 Descripción de los niveles de peligrosidad según rombo de seguridad
NFPA 704.
6.11 REPARACIONES EN EXTERIORES DE EDIFICIOS Y ESTRUCTURAS
Art. 129 Cuando se tenga que realizar operaciones de limpieza o mantenimiento, en techos,
ventanas, paredes a gran altura, postes, torres, antenas, etc. se deberá contar con
andamios, escaleras o plataformas e implementos de seguridad; adecuados para
salvaguardar la seguridad de los trabajadores.
CAPITULO VII: SUSTANCIAS PELIGROSAS Y OFENSIVAS
Art. 130 Se instalará siempre que sea factible un dispositivo destinado a advertir a los
trabajadores en el caso de que se desprendan cantidades peligrosa de dichas
sustancias.
Art. 131 Los trabajadores expuestos a sustancias infecciosas, irritantes o tóxicas estarán
provistos de ropa de trabajo adecuada y cubierta para la cabeza, cuando sea
necesario, las cuales:
a) Se quitarán antes de ingerir alimentos o abandonar las instalaciones y
se dispondrán en lugares asignados para ellas.
b) No se extraerán de la fábrica, los implementos de limpieza, bajo ningún
concepto.
c) Se conservarán en buenas condiciones, se esterilizarán cuando sea
necesario y se lavarán, limpiarán y cambiarán por otras limpias, con
mayor frecuencia cuando sea necesario.
Art. 132 Está prohibido la presencia de alimentos, bebidas y tabaco en las zonas de trabajo
Art. 133 Los trabajadores expuestos a sustancias cuya ingestión produzca envenenamiento,
quedan obligados a lavarse perfectamente cara y manos antes de que ingieran
alimentos o bebidas o abandonen los locales.
Art. 134 Los trabajadores expuestos a sustancias infecciosas, irritantes o tóxicas están
obligados a notificar inmediatamente cualquier indisposición física. Si la manipulación
de una sustancia puede ocasionar una infección, los trabajadores notificarán cualquier
lesión, por insignificante que parezca.
Art. 135 Toda operación o procedimiento en la manipulación y uso de sustancias irritantes o
tóxicas se efectuará con los dispositivos de seguridad necesarios; de tal manera que
los trabajadores estén protegidos contra contactos con dichas sustancias.
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CAPITULO VIII: AVISOS Y SEÑALES DE SEGURIDAD
8.1 GENERALIDADES
Art. 136 La señalización de Seguridad tiene por finalidad llamar la atención de forma rápida e
inteligible sobre los objetivos y las situaciones que puedan provocar determinados
peligros.
Art. 137 Es de carácter obligatorio el respetar las señales de seguridad que se encuentren
colocadas en las distintas áreas de la empresa.
Art. 138 La señalización no reemplaza en ningún caso las medidas de protección requeridas.
Art. 139 La señalización no deberá ser utilizada más que para dar indicaciones que se refieran
a la seguridad.
Art. 140 La eficacia de la señalización de seguridad depende en particular de la información
completa constante y renovada ofrecida a todas las personas involucradas.
Art. 141 Informe a su jefe cuando las señales de seguridad se encuentren dañadas y solicite su
reemplazo o reparación.
Art. 142 Las formas geométricas y colores establecidos para las señales de seguridad facilitan
a las personas poder identificar con rapidez el tipo de señal.
Art. 143 Los códigos de señales y los colores de acuerdo con la NTP 399.010-1 se describen a
continuación:
1. Señales de Advertencia: tienen la forma de triángulo, son de color
amarillo, con bordes negros y el pictograma también de color negro. p.e.
riesgo de shock eléctrico.
2. Señales de Prohibición: tiene forma circular, son de color blanco con
bordes rojos y el pictograma es de color negro. p.e. prohibido fumar.
3. Señales de Obligatoriedad: tienen forma circular, son de color azul y el
pictograma que llevan es de color blanco. p.e. uso obligatorio de gafas de
seguridad.
4. Señales de emergencia / evacuación: tienen forma rectangular son de
color verde con el pictograma de color blanco. p.e. señal de salida.
5. Señales de protección contra incendio: tienen forma rectangular, son de
color rojo con la figura de color blanco. p.e. señal de extintor.
6. Señales de información general: es la señal que proporciona información
sobre cualquier tema que no se refiere a seguridad.
Art. 144 Las dimensiones de las señales de seguridad serán: para distancias menores a 5 m la
señal será de 125 cm2, para distancias entre 5 y 50 m la relación entre el área (A) y la
distancia máxima (L) deberá cumplir con la siguiente fórmula A  (L2 / 2000), y para
distancias mayores a 50 m el área mínima será de 12500 cm2.
8.2 DE LA SEÑALIZACIÓN
Art. 145 Se encuentra terminantemente prohibido retirar un letrero o una tarjeta de aviso sin
autorización del Supervisor o Jefe del área, quien deberá informar al área de
Seguridad y Salud en el Trabajo para brindar El letrero o tarjeta respectiva.
Art. 146 Todos los trabajos que presentan un gran riesgo deberán ser avisados con letreros y
señales de peligro.
Art. 147 Todas las tuberías que transporten fluidos (líquidos o gases) deberán ser pintados de
acuerdo con el código establecido por INDECOPI. en la NTP 399.012:1974.
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CAPITULO IX: CONDICIONES ESPECÍFICAS DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS
9.1GENERALIDADES
Art. 148 Se debe tener presente que la electricidad puede constituir riesgo y puede causar
lesiones personales y/o daños materiales tales como:
a) Cuando una persona pasa a formar parte de un circuito eléctrico, el
resultado es una descarga o shock eléctrico.
b) Cuando se produce un arco, chispa eléctrica o fogonazos por corto circuito,
éstos pueden causar quemaduras, afección en los ojos, shock eléctrico e
incendios.
c) Los circuitos eléctricos desprotegidos, viejos, en mal estado de
conservación, mal empalmados, falsos contactos, etc., ocasionan
sobrecargas y en consecuencia recalentamientos, originándose incendios
al alcanzar su temperatura de ignición los materiales de aislamiento o
adyacentes a la superficie calentada.
9.2RED DE DISTRIBUCION PRIMARIAY SECUNDARIA
Art. 149 Las Redes de Distribución están a cargo de la empresa proveedora del Suministro
eléctrico “LUZ DEL SUR”, la cual brindará un suministro eléctrico bajo condiciones
estándar de seguridad y servicio.
Art. 150 La Baja Tensión contratada es en 220 VAC Trifásica con una caída de tensión máxima
permisible del 15.4 MAC según NTCSE.
Art. 151 Acometidas (Red de Distribución Secundaria): En la acometida, LUZ DEL SUR conecta
un Cable al medidor de entrada de baja tensión de establecimiento de trabajo. Los
cables de acometida llegan en forma subterránea hacia el medidor.
Art. 152 Medidor de energía, cajas de toma, tablero primario, cajas de conexión y de derivación:
a) Medidor de energía: Es suministrado por LUZ DEL SUR, quien es la
encargada de brindar el mantenimiento respectivo.
b)Cajas de toma: Son utilizados normalmente para las conexiones de red
subterránea, y sirve para poder desconectar el medidor de energía
cuando se requiera realizar en mantenimiento o inspección. La
Instalación de esta Caja de toma, es de responsabilidad de LUZ DEL
SUR.
c) Tablero Primario: Se dispondrá de un Tablero Principal en la entrada de
energía. Este tablero deberá tener las siguientes características:
 De material no combustible.
 Con una Llave termo magnética de fuerza en la entrada.
 Con Llaves termo magnéticas en cada una de las salidas de uso.
d) Cajas de Conexión y de derivación: Para la realización de empalmes de
la instalación o eléctricas se utilizará cajas de derivación o de conexión.
Toman de una línea; una o varias derivaciones que alimentan distintas
partes de la instalación eléctrica.
Para que la conexión o empalme sea correcta, se deben utilizar bomeras
o regletas de conexión.
Art. 153 Puesta a tierra y protección de elementos a tensión:
a) La red interna deberá contar con pozo a tierra.
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b) El Pozo a tierra protegerá al trabajador de cualquier falla en el suministro
eléctrico o en el equipo.
c) Las características del pozo a tierra deberán ser correspondientes con
normas técnicas de la especialidad.
d) Se realizará inspecciones periódicas de la resistividad del pozo a fin de
garantizar la efectividad de la protección eléctrica del mismo.
e) Se deberá observar que las instalaciones deberán contar con tomas
eléctricas con línea a tierra conectada al pozo a tierra.
f) Para la realización de labores de reparación o mantenimiento de
elementos a tensión, se dispondrá de conmutadores para
desconectarlos de la energía eléctrica.
9.3MEDIDAS DE SEGURIDAD
Art. 154 Nadie, salvo personal autorizado de Mantenimiento, podrá ejecutar trabajos de
instalaciones, reparaciones o inspecciones en circuitos o tableros eléctricos.
Art. 155 Todos los circuitos deberán considerarse “vivos” (energizados) hasta que sean
revisados con un voltímetro y encontrados “muertos” (sin corriente) por el electricista
competente.
Art. 156 Cuando sea necesario reemplazar un fusible, deberá hacerse con otro del mismo tipo.
Un fusible de mayor capacidad puede dejar el circuito sin protección y los resultados
pueden ser de lamentar, al originar sobrecalentamiento en las líneas eléctricas.
Art. 157 Avise al Jefe inmediato cuando encuentre alguna anormalidad en las instalaciones,
cables salidos, cables recalentados, aisladores doblados, ruidos por falsos contactos,
etc.
Art. 158 Cuando sea necesario cortes o conexiones de energía que afecta un área de trabajo,
previamente deberá consultarse con el supervisor o responsable del área; de esta
manera se evitará poner en peligro la seguridad del personal y de las instalaciones.
Art. 159 El personal autorizado de mantenimiento deberá realizar las mediciones periódicas de
la resistencia de los pozos a tierra, de tal forma que asegure su operatividad.
Art. 160 Todos los equipos eléctricos, motores y herramientas portátiles eléctricas deberán
contar con conexiones a tierra.
Art. 161 Al realizar reparaciones en equipos o tableros eléctricos deberán tomarse todas las
medidas de seguridad, ya sea retirando los fusibles y empleado el sistema de
etiquetado y bloqueo al acceso (“lock out / tag out”), a fin de evitar que otras personas
puedan ponerlo en funcionamiento mientras el personal se encuentra trabajando.
Art. 162 Emplee siempre un protector aislante en cualquier trabajo con electricidad, plataforma
con aisladores, guantes para alta tensión, herramientas aisladas, etc., verificando
primero el estado en que se encuentran y si son apropiadas para el servicio a
ejecutarse.
Art. 163 Nunca emplee cables de extensión o conductores sueltos a manera de instalaciones
permanentes.
Art. 164 Nunca deberá tenderse conductores sueltos por entre los muros, por encima del cielo
raso o en otros lugares ocultos sin el recubrimiento de protección en toda su extensión.
Art. 165 Los tableros y cajas eléctricas deberán estar señalizadas, indicando señal de peligro
eléctrico y voltaje.
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CAPITULO X: PREPARACIÓN Y RESPUESTA A EMERGENCIAS
10.1 GENERALIDADES
Art. 166 La empresa cuenta con un Plan de Contingencia para hacer frente a emergencias
potenciales tales como sismos, incendios y accidentes graves.
Art. 167 El Plan de Contingencias ha sido desarrollado para asegurar que los ocupantes de las
instalaciones de la empresa se encuentren adecuadamente familiarizados con las
instalaciones y procedimientos adecuados de evacuación.
Art. 168 Cada área contará con un Monitor de Emergencia que será el encargado de su área
previo, durante y posterior a la emergencia, realizando las funciones establecidas en el
Plan.
10.2 PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS
10.2.1 GENERALIDADES
Art. 169 El fuego es una oxidación rápida de un material combustible, que produce
desprendimiento de luz y calor; pudiendo iniciarse por la interacción de tres elementos;
oxígeno, combustible y calor. La ausencia de uno de los elementos mencionados
evitará que se inicie el fuego. Los incendios se clasifican de acuerdo con el tipo de
material combustible que arde en:
- Incendio clase “A”: son fuegos que se produce en materiales
combustibles sólidos, tales como madera, papel, cartón, tela, etc.
- Incendio clase “B”: son fuegos producidos por líquidos inflamables
tales como gasolina, aceite, pintura, solventes, etc.
- Incendio Clase “C”: son fuegos producidos en equipos eléctricos
tales como motores, interruptores, etc.
- Incendio Clase “D”: son fuegos producidos por metales combustibles
como el Aluminio, Magnesio, etc.
- Incendio Clase “K”: son fuegos que se producen por aceites y grasas
animales y vegetales
Art. 170 Cualquier trabajador de la Empresa que detecte un amago de incendio, procederá de
la forma siguiente:
- Dar la voz de alarma
- La Brigada Contra Incendio debe acudir al amago con sus respectivos
extintores.
- Se debe proceder al corte de energía del equipo.
- Se debe comunicar al jefe inmediato o al área de SST.
Art. 171 Comunicar inmediatamente a Vigilancia
Art. 172 Al apagar un amago de incendio es necesario detener rápidamente la causa que
origina el fuego, bajo los siguientes parámetros:
- Enfriamiento.
- Sofocamiento.
- Extracción de combustible.
Art. 173 Consideraciones generales importantes:
- La mejor forma de combatir incendios es evitando que estos se produzcan
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- Mantenga su área de trabajo limpia, ordenada y en lo posible libre de
materiales combustibles y líquidos inflamables
- No obstruya las puertas, vías de acceso o pasadizos, con materiales que
puedan dificultar la libre circulación de las personas
- Informe a su superior sobre cualquier equipo eléctrico defectuoso
- Familiarícese con la ubicación y tipo de extintor de su área de trabajo
10.3 EXTINTORES PORTATILES
Art. 174 La empresa está equipada con extintores portátiles para combatir incendios, adecuado
al tipo de incendio que se va a combatir. Para esto se ha evaluado la naturaleza de los
procesos y operaciones de la empresa.
Art. 175 Los aparatos extintores serán inspeccionados por lo menos una vez por mes la cual
será realizada por los jefes de área.
Art. 176 Los extintores deben ser recargados inmediatamente después de que sean usados,
además cuando de la inspección se observe que la presión interior del mismo se
encuentre por debajo de lo indicado como presión de “carga normal” y/o de acuerdo a
las recomendaciones del fabricante.
Art. 177 Se deberá instruir al personal a través de charlas de capacitación y entrenamiento
sobre el correcto uso de los extintores. De ser posible antes de la recarga de los
mismos (anual), en coordinación con la Gerencia de Planta.
10.4 SISTEMAS DE ALARMA Y SIMULACROS DE INCENDIO
Art. 178 En los pasadizos y corredores se han instalado avisos alusivos a la seguridad y
evacuación del personal a zonas seguras. La planta está dotada de un sistema de
puertas que permiten, en caso de emergencia, el escape del personal. Los
trabajadores de cada área deberán usar las puertas designadas de su respectiva área
para evacuar la planta.
Art. 179 Los trabajadores de La empresa están debidamente familiarizados con los sistemas de
alarmas, para evacuar en casos de emergencia.
Art. 180 Se realizarán dos (02) simulacros por año. Todos los trabajadores participarán en
estos simulacros.
10.5 ALMACENAJE DE SUSTANCIAS INFLAMABLES
Art. 181 Se encuentra terminantemente prohibido el transporte de líquidos inflamables en
recipientes descubiertos, debiendo estos almacenarse y transportarse en recipientes
herméticamente cerrados y rotulados.
Art. 182 Se encuentra prohibido el uso de líquidos inflamables tales como bencina, thinner,
otros, para fines de limpieza en general, excepto en aquellos casos en que las
condiciones técnicas de trabajo así lo exijan y se tomen todas las medidas de
prevención.
Art. 183 Los envases de thinner, pinturas y otros líquidos inflamables serán guardados en un
armario especial, con todas las condiciones para su manejo y control.
Art. 184 Está prohibido fumar o hacer fuego abierto a una distancia de 50 m. de aproximación a
áreas de almacenamiento, disposición, uso, manipuleo y transporte de materiales y
líquidos inflamables.
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10.6 PRIMEROS AUXILIOS
10.6.1 GENERALIDADES
Art. 185 Son las primeras atenciones que recibe una persona lesionada o enferma
repentinamente, para aliviar el dolor u otras complicaciones, a consecuencia de una
lesión o malestar físico hasta contar con las atenciones de un médico.
Art. 186 En presencia de un accidente se deberá:
 Avisar en forma inmediata al Jefe de área
 Mantener la calma
 Alejar a las personas que no prestan auxilio
 No hacer maniobras intempestivas, inútiles o peligrosas
 Si el estado del accidentado es grave y su transporte presenta riesgo se
llamará de inmediato a un médico o a una ambulancia
10.7 MEDIDAS DE SEGURIDAD
Art. 187 La empresa. cuenta con una Brigada de Primeros Auxilios cuyos miembros han sido
debidamente seleccionados, capacitados y entrenados para la aplicación de los
primeros auxilios, tales como: heridas, fracturas, hemorragias, transporte de heridos,
respiración cardio pulmonar, quemaduras.
Art. 188 La empresa cuenta con botiquines de primeros auxilios en diferentes zonas de la
empresa, atendido por el personal de la empresa, entrenado en estas actividades.
10.8 SERVICIO MEDICO DE EMERGENCIA
Art. 189 La empresa utilizará los servicios de la Clínica Ricardo Palma, para casos de atención
de emergencias, por accidentes de trabajo.
CAPITULO XI: ACCIDENTES E INCIDENTES DE TRABAJO
11.1 GENERALIDADES
Art. 190 Todo incidente / accidente de trabajo aun cuando no haya producido ninguna lesión
deberá reportarse al jefe inmediato superior en los formatos establecidos para tal
eventualidad.
Art. 191 Todo accidente que haya producido lesión será investigado, en caso de que el
accidente sólo haya producido daño material dependerá de la gravedad de este y/o de
su potencial de daño.
Art. 192 Todo accidente de trabajo deberá ser reportado de acuerdo a ley:
a) Accidentes mortales dentro de las 24 horas de ocurrido el hecho al
MTPE
b) Otros accidentes de trabajo al Centro Médico Asistencial donde el
trabajador haya sido atendido.
c) Incidentes peligrosos que ponga en riesgo la salud e integridad física de
los trabajadores al MTPE dentro de las 24 horas.
d) Otros incidentes laborales no comprendidos en los casos anteriores
serán notificados al MTPE dentro de los 10 días naturales del mes
siguiente.
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Art. 193 En el caso de que se produzca un incidente (cuasi-accidente) este será investigado
dependiendo de su potencialidad de daño.
Art. 194 Cualquier accidente sea cual fuera la naturaleza de este y todo incidente con alta
probabilidad de pérdida será investigado para determinar la causa real del mismo y se
establecerán los controles respectivos. Dependiendo de la gravedad del mismo será
investigado por el supervisor del área respectiva y si el caso lo amerita por las más
altas autoridades de la empresa.
CAPITULO XII: SEGREGACIÓN Y DISPOSICIÓN DE RESIDUOS SOLIDOS
Art. 195 En la empresa. se han instalado tachos en distintos
lugares, con la finalidad de que allí se depositen
temporalmente los diferentes tipos de residuos, para
posteriormente transportarlos al lugar destinado fuera de
la empresa
Art. 196 Colores de contenedores (tachos), según los tipos de
residuos:
Color del
contenedor
Tipo de residuos Características de los residuos
ROJO
PELIGROSOS:
Contaminados con
sustancias químicas o
hidrocarburos
Material contaminante, trapos con grasa o
aceite, envases de aerosoles, solventes,
ácidos, etc.
BLANCO
INORGÁNICOS:
Recuperable no
contaminado
Papel, cartón, latas, plásticos, frascos vacíos
de plásticos y vidrios, lapiceros, jebes,
maderas, etc.
Deben estar libres de contaminantes.
MARRÓN ORGÁNICOS
Comidas, malezas, cáscaras de frutas,
servilletas, filtros de infusiones, etc.
NEGRO
RESIDUOS GENERALES
Contaminados con
hidrocarburos, aceites o
grasas
Inservibles, no posibles de reutilizar
CAPITULO XIII: REGIMEN DISCIPLINARIO
Art. 197 Es función y responsabilidad de la empresa y de los Trabajadores velar por la
disciplina como condición necesaria e indispensable para el Cumplimiento de las
Normas de Seguridad y Salud en el Trabajo. La empresa es titular de las facultades
disciplinarias dentro de los límites establecidos por la legislación vigente.
Art. 198 Las faltas en Seguridad y Salud en el Trabajo están constituidas por aquellas acciones
u omisiones, por parte del Trabajador, que supongan infracción de las normas de
Seguridad y Salud en el Trabajo contenidas en disposiciones legales de carácter
general o en el presente Reglamento y/o en cualquier otra disposición o documento
emitido por la empresa, que implican la violación de sus obligaciones, en perjuicio de
su integridad física, de sus compañeros y de la empresa o, que atentan contra la
disciplina y armonía que debe existir en el centro de trabajo, incluidas todas aquellas
conductas tipificadas en la ley como causales de despido.
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  • 1. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CONSTRUCTORA DE VIVIENDAS DELTA-COVID S.A.C. Fecha de aprobación: 10/10/2020 Aprobado por: Aprobado por: Gerente General: Abner Chavez Leandro Miembro Titular de Comité de SST: Cristóbal Corpancho Espinoza Miembro Titular de Comité de SST: Juceida Carrasco Abal Miembro Titular de Comité de SST: Carlos Cahuata Del Castillo Miembro Titular de Comité de SST: Manuel Castro Córdova
  • 2. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo INDICE: INTRODUCCIÓN....................................................................................................................1 CAPITULO I...........................................................................................................................1 RESUMEN EJECUTIVO DE LA ACTIVIDAD DE LAEMPRESA........................................1 CAPITULO II. OBJETIVOS Y ALCANCE.............................................................................1 2.1 OBJETIVOS............................................................................................................. 1 2.2 ALCANCE................................................................................................................ 2 CAPITULO III. LIDERAZGO, COMPROMISO Y POLÍTICADE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO...................................................................................................................3 3.1 IDERAZGO Y COMPROMISOS .................................................................................. 3 3.2 POLITICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ..........................................3 CAPITULO IV. ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES..........................................................4 4.1 FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES................................................................ 4 4.1.1 DEL EMPLEADOR........................................................................................... 4 4.1.2 DE LOS TRABAJADORES.............................................................................. 5 4.1.3 DE LAS JEFATURAS/ENCARGADOS/SUPERVISORES EN GENERAL: ....6 4.2 ORGANIZACIÓN INTERNA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.........7 4.2.1 FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ............................................................................................... 7 4.2.2 ORGANIGRAMA DEL COMITÉ:.................................................................... 10 4.2.3 PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO........................ 10 4.2.4 MAPA DE RIESGOS...................................................................................... 11 4.2.5 IMPLEMENTACIÓN DE REGISTROS Y DOCUMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ..................................... 11 4.3 FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LAS EMPRESAS QUE BRINDAN SERVICIOS ...................................................................................................................... 11 4.4 . DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO: ....................... 12 CAPITULO V: ESTANDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OPERACIONES....12 5.1 SEGURIDAD EN LA OFICINA: ............................................................................. 12 5.2 ORDEN Y LIMPIEZA EN OFICINAS .................................................................... 14 5.3 EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL Y DE SEGURIDAD.......................... 14 5.4 HIGIENE DE LOS LOCALES: CONDICIONES AMBIENTALES: ........................ 14 5.5 CONSERVACIÓN DE LOS LOCALES DE TRABAJO ......................................... 15 5.6 RECOMENDACIONES GENERALES Y CONSTANTES: ................................... 15 CAPITULO VI: ESTANDARES DE SEGURIDAD EN LOS SERVICIOS Y OPERACIONES CONEXAS................................................................................................16
  • 3. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 6.1 CONDICIONES GENERALES .............................................................................. 16 6.2 CONDICIONES DE SEGURIDAD EN LOS TRABAJOS DE CONTRATISTAS .. 17 6.3 BLOQUEO Y ROTULADO: ................................................................................... 19 6.4 ESCALERAS PORTATILES: ................................................................................ 20 6.5 TRABAJOS EN ALTURA: ..................................................................................... 22 6.6 PUNTO DE ANCLAJE, CONECTOR DE ANCLAJE Y LINEA DE VIDA ............. 22 6.7 ANDAMIOS Y PLATAFORMAS ELEVADAS:....................................................... 23 6.8 MONTACARGAS................................................................................................... 23 6.9 HERRAMIENTAS ELÉCTRICAS. ......................................................................... 24 6.10 MATERIALES PELIGROS (MATPEL): ................................................................. 25 6.11 REPARACIONES EN EXTERIORES DE EDIFICIOS Y ESTRUCTURAS .......... 26 CAPITULO VII: SUSTANCIAS PELIGROSAS Y OFENSIVAS .........................................26 CAPITULO VIII: AVISOS Y SEÑALES DE SEGURIDAD..................................................27 8.1 GENERALIDADES................................................................................................ 27 8.2 DE LA SEÑALIZACIÓN......................................................................................... 27 CAPITULO IX: CONDICIONES ESPECÍFICAS DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS.. 28 9.1 GENERALIDADES................................................................................................ 28 9.2 RED DE DISTRIBUCION PRIMARIA Y SECUNDARIA....................................... 28 9.3 MEDIDAS DE SEGURIDAD.................................................................................. 29 CAPITULO X: PREPARACIÓN Y RESPUESTA A EMERGENCIAS................................30 10.1 GENERALIDADES................................................................................................ 30 10.2 PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS .................................... 30 10.2.1 GENERALIDADES......................................................................................... 30 10.3 EXTINTORES PORTATILES ................................................................................ 31 10.4 SISTEMAS DE ALARMA Y SIMULACROS DE INCENDIO................................. 31 10.5 ALMACENAJE DE SUSTANCIAS INFLAMABLES .............................................. 31 10.6 PRIMEROS AUXILIOS.......................................................................................... 32 10.6.1 GENERALIDADES......................................................................................... 32 10.7 MEDIDAS DE SEGURIDAD.................................................................................. 32 10.8 SERVICIO MEDICO DE EMERGENCIA .............................................................. 32 CAPITULO XI: ACCIDENTES E INCIDENTES DE TRABAJO .........................................32 11.1 GENERALIDADES................................................................................................ 32 CAPITULO XII: SEGREGACIÓN Y DISPOSICIÓN DE RESIDUOS SOLIDOS................33 CAPITULO XIII: REGIMEN DISCIPLINARIO .....................................................................33 DISPOSICIONES FINALES ................................................................................................37
  • 4. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 1Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. INTRODUCCIÓN Es política de Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C., evitar los accidentes de trabajo como consecuencia de los riesgos involucrados en los diferentes procesos y en el manejo de los diferentes tipos de maquinarias y equipos existentes. Esto se convierte en razones fundamentales para que dentro de sus procedimientos de trabajo se apliquen las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo en salvaguarda de su personal, así como la protección integral de sus bienes capitales. En tal razón Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C., en adelante la empresa, ha preparado el presente Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo, el cual contiene las recomendaciones y normas necesarias a favor de la Seguridad Integral de toda la compañía. Por lo tanto, nuestro deber es acatar las Normas que de él se deriven, y mediante una evaluación de aptitudes nos permita contar con el personal más idóneo para ejecutar todos los Procedimientos involucrados en el servicio de Construcción de Edificios Completos, sin riesgos de accidentes, ni enfermedades ocupacionales. CAPITULO I. RESUMEN EJECUTIVO DE LA ACTIVIDAD DE LA EMPRESA Nuestra empresa Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C., es una empresa del sector privado dedicada a brindar servicios de Construcción de Edificios Completos, se encuentra ubicada en la región Lima Metropolitana, en el distrito de Ate en la Avenida Nicolás Ayllon 2480. La empresa está integrada por personas comprometidas en brindar un servicio de calidad, a través del entendimiento y satisfacción de exigencias y expectativas de nuestros clientes, manteniendo un ambiente de trabajo que motive y vele por la seguridad de nuestros trabajadores. CAPITULO II. OBJETIVOS Y ALCANCE 2.1OBJETIVOS Art. 1 : Este reglamento tiene como objetivos: a. Garantizar las condiciones de seguridad y salvaguardar la vida, la integridad física y el bienestar de los trabajadores, mediante la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales.
  • 5. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 2Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. b. Promover una cultura de prevención de riesgos laborales en todos los trabajadores, incluyendo al personal sujeto a los regímenes de intermediación y tercerización, modalidades formativas laborales y los que prestan servicios de manera independiente, siempre que éstos desarrollen sus actividades total o parcialmente en las instalaciones de la empresa, entidad pública o privada, con el fin de garantizar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo. c. Propiciar el mejoramiento continuo de las condiciones de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, a fin de evitar y prevenir daños a la salud, a las instalaciones o a los procesos en las diferentes actividades ejecutadas, facilitando la identificación de los riesgos existentes, su evaluación, control y corrección. d. Proteger las instalaciones y bienes de la empresa, entidad pública o privada, con el objetivo de garantizar la fuente de trabajo y mejorar la productividad. e. Estimular y fomentar un mayor desarrollo de la conciencia de prevención entre los trabajadores, incluyendo regímenes de intermediación y tercerización, modalidad formativa e incluso entre los que presten servicios de manera esporádica en las instalaciones del empleador, con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. 2.2 ALCANCE Art. 2 El alcance del presente Reglamento comprende a todas las actividades, servicios y procesos que desarrolla el empleador en todas sus sucursales/filiales/dependencias a nivel nacional. Por otra parte, establece las funciones y responsabilidades que con relación a la seguridad y salud en el trabajo deben cumplir obligatoriamente todos los trabajadores, incluyendo al personal sujeto a los regímenes de intermediación y tercerización, modalidades formativas laborales y los que prestan servicios de manera independiente, siempre que éstos desarrollen sus actividades totales o parcialmente en las instalaciones de la empresa, entidad pública o privada.
  • 6. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 3Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. CAPITULO III. LIDERAZGO, COMPROMISO Y POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 3.1 LIDERAZGO Y COMPROMISOS Art. 3 El personal directivo o la Alta Dirección se compromete a: - Liderar y brindar los recursos para el desarrollo de todas las actividades en la organización y para la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo a fin de lograr su éxito en la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales. - Asumir la responsabilidad de la prevención de accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales, fomentando el compromiso de cada trabajador mediante el estricto cumplimiento de disposiciones que contiene el presente reglamento. - Proveer los recursos necesarios para mantener un ambiente de trabajo seguro y saludable. - Establecer programas de seguridad y salud en el trabajo, definidos y medir el desempeño en la seguridad y salud llevando a cabo las mejoras que se justifiquen. - Operar en concordancia con las prácticas aceptables de la empresa, entidad pública o privada, y con pleno cumplimiento de las leyes y reglamentos de seguridad y salud en el trabajo. - Investigar las causas de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes; así como desarrollar acciones preventivas en forma efectiva. - Fomentar una cultura de prevención de los riesgos laborales para lo cual se inducirá, entrenará, capacitará y formará a los trabajadores en el desempeño seguro y productivo de sus labores. - Mantener un alto nivel de alistamiento para actuar en casos de emergencia, promoviendo su integración con el Sistema Nacional de Defensa Civil. - Exigir que los proveedores y contratistas cumplan con todas las normas aplicables de seguridad y salud en el trabajo. - Respetar y cumplir las normas vigentes sobre la materia. 3.2 POLITICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Art. 4 Nuestra organización tiene como Política: Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. es una empresa dedicada a brindar servicios de Construcción, remodelación y ampliación de obras civiles. La empresa tiene como objetivo alcanzar un elevado nivel de Seguridad, Salud en el Trabajo y Medio Ambiente para todo su personal, contratistas y visitantes. Para alcanzar estos objetivos, Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. se compromete a:
  • 7. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 4Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C.  Prevenir las lesiones y enfermedades ocupacionales del personal de la empresa, contratistas y visitantes que tengan acceso a nuestras operaciones y actividades administrativas.  Prevenir la alteración del medio ambiente, controlando los aspectos ambientales significativos que puedan derivarse de nuestras operaciones, eliminando y/o minimizando sus impactos y riesgos ambientales.  Respetar nuestro entorno y proteger nuestro ambiente, realizando una adecuada gestión de residuos sólidos.  Cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, normas legales nacionales, normas internas y otros requisitos vigentes y aplicables a la Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo y Medio Ambiente.  Capacitar y entrenar a nuestro personal en Seguridad y Salud en el Trabajo y Medio Ambiente al ingreso y durante el desempeño de sus labores.  Mantener un proceso de mejora continua del desempeño de nuestro Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo y Medio Ambiente, con la participación y consulta de todo su personal, representantes y contratistas. CAPITULO IV. ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES 4.1FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES 4.1.1 DEL EMPLEADOR Art. 5 La empresa asume su responsabilidad en la organización del Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo; y, garantiza el cumplimiento de todas las obligaciones que sobre el particular establece la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su Reglamento, para lo cual: a. El empleador será responsable de la prevención y conservación del lugar de trabajo asegurando que esté construido, equipado y dirigido de manera que suministre una adecuada protección a los trabajadores, contra accidentes que afecten su vida, salud e integridad física. b. El empleador instruirá a sus trabajadores, incluyendo al personal sujeto a los regímenes de intermediación y tercerización, modalidades formativas laborales y los que prestan servicios de manera independiente, siempre que éstos desarrollen sus actividades total o parcialmente en las instalaciones de la empresa, entidad pública o privada, respecto a los riesgos a que se encuentren expuestos en las labores que realizan y particularmente aquellos relacionados con el puesto o función (a efectos de que el trabajador conozca de manera fehaciente los riesgos a los que está expuesto y las medidas de prevención y protección que debe adoptar o exigir al empleador), adoptando las medidas necesarias para evitar accidentes o enfermedades ocupacionales. c. El empleador desarrollará acciones de sensibilización, capacitación y entrenamiento destinados a promover el cumplimiento por los trabajadores de
  • 8. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 5Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. las normas de seguridad y salud en el trabajo. Las capacitaciones se realizarán dentro de la jornada de trabajo, sin implicar costo alguno para el trabajador. d. El empleador proporcionará a sus trabajadores los equipos de protección personal de acuerdo con la actividad que realicen y dotará a la maquinaria de resguardos y dispositivos de control necesarios para evitar accidentes. e. El empleador promoverá en todos los niveles una cultura de prevención de los riesgos en el trabajo. 4.1.2 DE LOS TRABAJADORES Art. 6 En aplicación del principio de prevención, todo trabajador está obligado a cumplir las normas contenidas en este Reglamento y otras disposiciones complementarias, incluyendo al personal sujeto a los regímenes de intermediación y tercerización, modalidades formativas laborales y los que prestan servicios de manera independiente, siempre que éstos desarrollen sus actividades total o parcialmente en las instalaciones de la empresa, entidad pública o privada en lo que les resulte aplicable. En ese sentido, los trabajadores: a) Harán uso adecuado de todos los resguardos, dispositivos de seguridad y demás medios suministrados de acuerdo con lo dispuesto en el presente Reglamento, para su protección o la de terceros. Asimismo, cumplirán todas las instrucciones de seguridad procedentes o aprobadas por la autoridad competente, relacionadas con el trabajo. b) Deberán informar a su jefe inmediato, y estos a su vez a la Instancia Superior, de los accidentes e incidentes ocurridos por menores que estos sean. c) Se abstendrán de intervenir, modificar, desplazar, dañar o destruir los dispositivos de seguridad o aparatos destinados para su protección y la de terceros; asimismo, no modificarán los métodos o procedimientos adoptados por la empresa, entidad pública o privada. d) Mantendrán condiciones de orden y limpieza en todos los lugares y actividades. e) Se someterán a los exámenes médicos a que estén obligados por norma expresa, siempre y cuando se garantice la confidencialidad del acto médico. f) Estarán prohibidos de efectuar bromas que pongan en riesgo la vida de otro trabajador y de terceros, los juegos bruscos y, en ninguna circunstancia, trabajar bajo el efecto de alcohol o estupefacientes. g) Estarán obligados a cooperar en el cumplimiento del presente Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, y respetar todas las normas establecidas o complementarias que se deriven de éste. h) En materia de prevención de riesgos laborales, los trabajadores se encontrarán obligados a:  Cumplir con las normas, reglamentos e instrucciones de los programas de seguridad y salud en el trabajo que se apliquen en el lugar de trabajo y con las instrucciones que le imparta el área o servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo y sus superiores jerárquicos directos.  Usar adecuadamente los instrumentos y materiales de trabajo, así como los equipos de protección personal y colectiva.  No operar o manipular equipos, maquinarias, herramientas u otros elementos para los cuales no hayan sido capacitados.
  • 9. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 6Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C.  Cooperar y participar en el proceso de investigación de los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales cuando la autoridad competente lo requiera o cuando a su parecer los datos que conocen ayuden al esclarecimiento de las causas que los originaron.  Velar por el cuidado integral de su salud física y mental, así como por el de los demás trabajadores que dependan de ellos durante el desarrollo de sus labores.  Participar en los organismos paritarios, en los programas de capacitación, charlas, charlas. de 5 minutos y otras actividades destinadas a prevenir los riesgos laborales que organice su empleador a través de su área o servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo o la Autoridad Competente  Comunicar al empleador, área o servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo todo evento o situación que ponga o pueda poner en riesgo su seguridad y salud y/o las instalaciones físicas; debiendo adoptar inmediatamente, de ser posible, las medidas correctivas del caso  Reportar al área o servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo y a los representantes o delegados de seguridad, de forma inmediata, la ocurrencia de cualquier incidente o accidente de trabajo.  Concurrencia obligatoria a la capacitación y entrenamiento sobre Seguridad y Salud en el Trabajo.  En caso de peligro inminente que constituya un riesgo alto o extremo (no aceptable) para la Seguridad y Salud de los trabajadores, en coordinación con su Supervisor/encargado, área o servicio de SST pueden interrumpir sus actividades, e incluso, si fuera necesario, abandonar la zona de trabajo. No pudiendo reanudar las actividades mientras el riesgo no se haya reducido o controlado. 4.1.3 DE LAS JEFATURAS/ENCARGADOS/SUPERVISORES EN GENERAL: Art. 7 Siendo la Seguridad y Salud en el Trabajo Política de la Empresa, es de obligación de todas las jefaturas/encargados/supervisores los siguientes: a) Acatar y promover sin excepción, todas las medidas necesarias para dar cumplimiento al presente Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como, aceptar las recomendaciones y sugerencias hechas por el área o servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo; apoyar y facilitar el cumplimiento de sus medidas preventivas y correctivas, además de no obstaculizar, ni dilatar en el tiempo, lo que en el momento mismo fuere de alto riesgo. b) Poner en práctica el uso de sus equipos de protección personal en todas las labores de supervisión u otras realizadas en plantas, a medida de ejemplo para sus dirigidos. c) Colaborar con el área o servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, en dar cumplimiento a todo lo relacionado, a la limpieza e higiene, orden, uso obligatorio de equipos de seguridad personal, uso correcto de máquinas, herramientas, equipos, y todo lo que involucrare un trabajo seguro y sin riesgos.
  • 10. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 7Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. d) Difundir, participar y cumplir y hacer cumplir los procedimientos, estándares, reglamentos, políticas, normas y otros documentos que la organización suscriba en materia y cumplimiento de la Seguridad y Salud en el Trabajo. e) Los jefes directos de grupos y áreas de trabajo, antes de comenzar los trabajos inmediata, deberán planificar la misma e instruir a sus dirigidos, haciéndoles ver los posibles riesgos, en forma muy especial si se trata de personal reciente o de personal que desconociere la función a realizar. (Charlas de 5 minutos, Permisos de Trabajo, ATS, check list, entre otros) f) Los jefes directos de grupos y áreas de trabajo deberán velar por el buen funcionamiento de los equipos, máquinas, herramientas, instalaciones y todo cuanto pudiere ser ocasión de riesgos potenciales de accidentes, denunciando de forma inmediata y/o quitando oportunamente toda máquina, equipo, materiales, residuos peligrosos y todo lo que pueda ser de riesgo inmediato, como también lo que requiera un mantenimiento o reparación. . 4.2 ORGANIZACIÓN INTERNA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 4.2.1 FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Y/O SUPERVISOR DE SEGURIDAD Art. 8 Toda reunión, acuerdo o evento del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, debe ser asentado en un Libro de Actas, exclusivamente destinado para estos fines. El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo tendrá las siguientes funciones: a. Conocer los documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de la actividad del servicio de seguridad y salud en el trabajo. b. Aprobar el Reglamento Interno de Seguridad y Salud del empleador. c. Aprobar el Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo. d. Conocer y aprobar la Programación Anual del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo. e. Participar en la elaboración, aprobación, puesta en práctica y evaluación de las políticas, planes y programas de promoción de la seguridad y salud en el trabajo, de la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales. f. Aprobar el Plan Anual de Capacitación de los trabajadores sobre seguridad y salud en el trabajo. g. Promover que todos los nuevos trabajadores reciban una adecuada formación, instrucción y orientación sobre prevención de riesgos. h. Vigilar el cumplimiento de la legislación, las normas internas y las especificaciones técnicas del trabajo relacionadas con la seguridad y salud en el lugar de trabajo; así como, el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo. i. Asegurar que los trabajadores conozcan los reglamentos, instrucciones, especificaciones técnicas de trabajo, avisos y demás materiales escritos o gráficos relativos a la prevención de los riesgos en el lugar de trabajo. j. Promover el compromiso, la colaboración y la participación activa de todos los trabajadores en la prevención de los riesgos del trabajo, mediante la comunicación eficaz, la participación de los trabajadores en la solución de
  • 11. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 8Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. los problemas de seguridad, la inducción, la capacitación, el entrenamiento, concursos, simulacros, entre otros. k. Realizar inspecciones periódicas en las áreas administrativas, áreas operativas, instalaciones, maquinaria y equipos, a fin de reforzar la gestión preventiva. l. Considerar las circunstancias e investigar las causas de todos los incidentes, accidentes y de las enfermedades ocupacionales que ocurran en el lugar de trabajo, emitiendo las recomendaciones respectivas para evitar la repetición de éstos. m. Verificar el cumplimiento y eficacia de sus recomendaciones para evitar la repetición de los accidentes y la ocurrencia de enfermedades profesionales. n. Hacer recomendaciones apropiadas para el mejoramiento de las condiciones y el medio ambiente de trabajo, velar porque se lleven a cabo las medidas adoptadas y examinar su eficiencia. o. Analizar y emitir informes de las estadísticas de los incidentes, accidentes y enfermedades ocupacionales ocurridas en el lugar de trabajo, cuyo registro y evaluación deben ser constantemente actualizados por la unidad orgánica de seguridad y salud en el trabajo del empleador. p. Colaborar con los servicios médicos y de primeros auxilios. q. Supervisar los servicios de seguridad y salud en el trabajo y la asistencia y asesoramiento al empleador y al trabajador. r. Reportar a la máxima autoridad del empleador la siguiente información: r.1) El accidente mortal o el incidente peligroso, de manera inmediata. r.2) La investigación de cada accidente mortal y medidas correctivas adoptadas dentro de los diez (10) días de ocurrido. r.3) Las estadísticas trimestrales de accidentes, incidentes y enfermedades ocupacionales. r.4) Las actividades trimestrales del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo. s. Llevar en el Libro de Actas el control del cumplimiento de los acuerdos. t. Reunirse mensualmente en forma ordinaria para analizar y evaluar el avance de los objetivos establecidos en el Programa Anual, y en forma extraordinaria para analizar accidentes que revistan gravedad o cuando las circunstancias lo exijan. El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo (o Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo de ser el caso) tendrá las siguientes responsabilidades: a) Debe desarrollar sus funciones con sujeción a lo señalado en la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su Reglamento, no estando facultado a realizar actividades con fines distintos a la prevención y protección de la seguridad y salud. b) Coordina y apoya las actividades de los Subcomités o del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo, de ser el caso. c) Realiza sus actividades en coordinación con el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo. d) Anualmente redacta un informe resumen de las labores realizadas. Para ser integrante del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo se requiere:
  • 12. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 9Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. a) Ser trabajador del empleador. b) Tener dieciocho (18) años como mínimo. c) De preferencia, tener capacitación en temas de seguridad y salud en el trabajo o laborar en puestos que permitan tener conocimiento o información sobre riesgos laborales. Para la conformación del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo se tendrá en cuenta lo siguiente:  El número de personas que componen el Comité de SST es definido por acuerdo de pares no pudiendo ser menor de cuatro (4) ni mayor de doce (12) miembros. Entre otros criterios, se podrá considerar el nivel de riesgo y el número de trabajadores.  De conformidad con el Art 64 del Reglamento de Ley 29783, el mandato de los representantes de los trabajadores o del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo durará (2) años.  El acto de constitución e instalación, así como toda reunión acuerdo o evento del Comité SST debe de ser asentado en un Libro de Actas, exclusivamente destinado para estos fines.  El empleador conforme lo establezca su estructura organizacional y jerárquica designa a sus representantes, titulares y suplentes ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, entre el personal de dirección y confianza.  Los trabajadores eligen a sus representantes, titulares y suplentes, ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, con excepción del personal de dirección y de confianza. Dicha elección se realiza mediante votación secreta y directa. Este proceso electoral está a cargo de la organización sindical; Cuando no exista organización sindical, el empleador debe convocar a la elección de los representantes de los trabajadores ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo, la cual debe ser democrática, mediante votación secreta y directa, entre los candidatos presentados por los trabajadores.  En ambos casos los designados o elegidos recibirán la capacitación y entrenamiento necesario y se le delegará la autoridad para ejercer su función por el periodo que la empresa ha establecido en el presente Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo. El cargo de miembro del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo vaca por alguna de las siguientes causales:  Vencimiento del plazo establecido para el ejercicio del cargo, en el caso de los representantes de los trabajadores y del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • 13. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 10Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C.  Inasistencia injustificada a tres (3) sesiones consecutivas del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o a cuatro (4) alternadas, en el lapso de su vigencia.  Enfermedad física o mental que inhabilita para el ejercicio del cargo.  Por cualquier otra causa que extinga el vínculo laboral.  Los cargos vacantes son suplidos por el representante alterno correspondiente, hasta la conclusión del mandato. 4.2.2 ORGANIGRAMA DEL COMITÉ: Art. 9 El presente organigrama es la representación gráfica de la estructura orgánica del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C., adoptará el siguiente organigrama funcional para el Comité: 4.2.3 PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Art. 10 El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo aprobará el Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo, que es el conjunto de actividades de prevención en seguridad y salud en el trabajo que establece la empresa, para ejecutar a lo largo de un año. Este programa deberá ser elaborado por quienes tienen a su cargo la seguridad y salud en el trabajo en la Empresa y forma parte de la documentación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo que debe exhibir la empresa. Este programa deberá estar en relación con los objetivos contenidos en el presente Reglamento y a los otros elementos que garanticen un trabajo en forma preventiva y sistemática contra los riesgos existentes en los centros de trabajo. Los objetivos deben ser medibles y trazables. Luego de haber analizado y seleccionado los objetivos, contenidos, acciones, recursos y otros elementos, el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo aprobará el mencionado programa; asimismo, participa en la puesta en práctica y evaluación de este. Constructora de Viviendas Delta- Covid S.A.C., asume el liderazgo del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. PRESIDENTE SECRETARIO MIEMBRO 2MIEMBRO 1
  • 14. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 11Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. 4.2.4 MAPA DE RIESGOS Art. 11 El Mapa de Riesgos es un plano de las condiciones de trabajo, que puede emplear diversas técnicas para identificar y localizar los problemas y las acciones de promoción y protección de la salud de los trabajadores en la organización del empleador y los servicios que presta. Es una herramienta participativa y necesaria para llevar a cabo las actividades de localizar, controlar, dar seguimiento y representar en forma gráfica, los agentes generadores de riesgos que ocasionan accidentes, incidentes peligrosos, otros incidentes y enfermedades ocupacionales en el trabajo. 4.2.5 IMPLEMENTACIÓN DE REGISTROS Y DOCUMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Art. 12 Para la evaluación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, el empleador deberá tener los siguientes registros: a) Registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes, en el que deben constar la investigación y las medidas correctivas. b) Registro de exámenes médicos ocupacionales. c)Registro del monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales y factores de riesgo disergonómicos. d) Registro de inspecciones internas de seguridad y salud en el trabajo. e) Registro de estadísticas de seguridad y salud. f) Registro de equipos de seguridad o emergencia. g) Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de emergencia. h) Registro de auditorías. 4.3FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LAS EMPRESAS QUE BRINDAN SERVICIOS Art. 13 Las empresas contratistas, subcontratistas, empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores deberán garantizar: La seguridad y salud de los trabajadores que se encuentren en el lugar donde fueron destacados. La contratación de los seguros de acuerdo con las normas vigentes durante la ejecución del trabajo. El cumplimiento de la normatividad en materia de seguridad y salud en el trabajo. El informe en caso de accidente o incidente peligroso al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo de conformidad a la normativa vigente. Las empresas que presten servicios deben asignar a su personal todos los implementos de seguridad necesarios de acuerdo con la naturaleza del trabajo a realizar.
  • 15. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 12Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. 4.4. DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO: Art. 14 Todo empleador organiza un servicio de seguridad y salud en el trabajo propio o común a varios empleadores, cuya finalidad es esencialmente preventiva. Los servicios de salud en el trabajo aseguran que las funciones siguientes sean adecuadas y apropiadas para los riesgos de la empresa para la salud en el trabajo: a) Identificación y evaluación de los riesgos que puedan afectar a la salud en el lugar de trabajo. b) Vigilancia de los factores del medio ambiente de trabajo y de las prácticas de trabajo que puedan afectar a la salud de los trabajadores, incluidas las instalaciones sanitarias, comedores y alojamientos, cuando estas facilidades sean proporcionadas por el empleador. c) Asesoramiento sobre la planificación y la organización del trabajo, incluido el diseño de los lugares de trabajo, sobre la selección, el mantenimiento y el estado de la maquinaria y de los equipos y sobre las substancias utilizadas en el trabajo. d) Participación en el desarrollo de programas para el mejoramiento de las prácticas de trabajo, así como en las pruebas y la evaluación de nuevos equipos, en relación con la salud. e) Asesoramiento en materia de salud, de seguridad e higiene en el trabajo y de ergonomía, así como en materia de equipos de protección individual y colectiva. f) Vigilancia de la salud de los trabajadores en relación con el trabajo. g) Fomento de la adaptación del trabajo a los trabajadores. h) Asistencia en pro de la adopción de medidas de rehabilitación profesional. i) Colaboración en la difusión de informaciones, en la formación y educación en materia de salud e higiene en el trabajo y de ergonomía. j) Organización de los primeros auxilios y de la atención de urgencia. k) Participación en el análisis de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales. l) Mantener y velar para que el registro de enfermedades ocupacionales deba conservarse por un período de veinte (20) años; los registros de accidentes de trabajo e incidentes peligrosos por un periodo de diez (10) años posteriores al suceso; y los demás registros por un periodo de cinco (5) años posteriores al suceso. Los registros relativos a enfermedades ocupacionales se conservan por un periodo de veinte (20) años. CAPITULO V: ESTANDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OPERACIONES 5.1SEGURIDAD EN LA OFICINA: Art. 15 Todo trabajador que desempeña sus funciones en oficinas tiene el deber de cumplir con las siguientes disposiciones referentes a la seguridad dentro de oficinas, las cuales se especifican a continuación a) Camine, no corra en pasillos ni menos en escaleras, use las barandas, pues está prohibido correr dentro de las instalaciones de la empresa.
  • 16. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 13Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. b) Está prohibido fumar o prender fuego en los interiores de ambientes administrativos de la empresa. c) La empresa no se hace responsable de joyas, alhajas, dinero, artefactos eléctricos y otros de propiedad particular. Salvo caso, deberán ser registrados en vigilancia a la hora de su ingreso. d) Está prohibido tratar de reparar máquinas o artefactos de uso administrativo deteriorados o con fallas eléctricas o mecánicas, deje esta labor a los profesionales en ello. En este caso se solicitará su reparación al área de Mantenimiento. e) Toda persona en la oficina conocerá las zonas de seguridad, las rutas de escape y usará adecuadamente los servicios del local. f) Respetar los carteles de Seguridad y Salud en el trabajo. g) Prohibido cruzar en plena maniobra del puente grúa, montacargas. h) Prohibido dejar los equipos de cómputos prendidos al retirarse de la jornada laboral. i) El trabajador debe de comunicar cualquier condición insegura, falta de iluminación, exposición a ruido, mobiliario deteriorado o roto, conexiones eléctricas defectuosas sobrecarga de puntos eléctricos, etc. j) Todo trabajador debe aplicar el derecho a decir “NO” cuando realiza trabajos en condiciones inseguras. k) No apile folder, files o cajas de documentos o materiales sobre los estantes, anaqueles con riesgo de caídas. Los artículos pesados deben colocarse en los estantes bajos. l) Durante la operación y uso de útiles de escritorio con partes cortantes o filosos, tome la precaución en el uso y realícelo con mucha atención. m) No mantenga objetos cortantes ni punzantes en los cajones de su escritorio si no están protegidos por un envoltorio o guardados en un estuche especial. n) Evite colocar las manos en partes giratorias, móviles, calientes de los equipos eléctricos: impresoras, calentadores, ventiladores, anilladoras, etc. o) Mantenga puertas de armarios, cajones de los escritorios y archivos cerrados cuando no lo esté usando. Además, para abrir o cerrar las puertas realícelos de uno a uno. p) Cuando se necesite tomar algo que se encuentre en un estante alto evitar subir a una silla, cajón u objeto similar. q) No lea correspondencia, no hable por teléfono móvil, ni otros mientras camina, mejor regrese y hágalo en su escritorio o deténgase a hacerlo en un lugar confiable. r) Tenga mucho cuidado con las sillas con ruedas, no se deje caer en ellas sin antes probar gradualmente su peso. s) Cuidado con los cables del teléfono u otras máquinas de oficina, como también con los basureros y todo lo que le pueda causar peligro de tropiezo. t) Revise regularmente los muebles y equipos de trabajo de oficina, para detectar los posibles riesgos como: Pernos y ruedas sueltas en las sillas, cables eléctricos, enchufes y tomas de corrientes deterioradas.
  • 17. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 14Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. u) Ponga mucho cuidado si ingiere refrigerios líquidos en su escritorio, si se vuelcan pueden derramarse en el teclado de su PC y producir un corte eléctrico que destruya su máquina o recibir Ud. un fuerte golpe de eléctrico. v) En caso se tenga que ir a las áreas operativas, es necesario solicitar la autorización correspondiente del jefe del área Operativa y usar los implementos de seguridad correspondiente, sujétese a los reglamentos de seguridad, recuerde que son para todos y que pueden ser amonestados. 5.2 ORDEN Y LIMPIEZA EN OFICINAS Art. 16 Todo trabajador administrativo tiene la obligación de mantener su ambiente de trabajo en condiciones de orden y limpieza a fin de evitar riesgos de accidentes. En tanto se debe seguir las siguientes recomendaciones: a) Los muebles y enseres serán dispuestos y distribuidos de modo que permitan mantener pasillos amplios orientados hacia la salida. b) Los armarios y estantes estarán asegurados a fin de evitar su caída en caso de sismos. c) En ningún momento el personal deberá obstruir equipos de emergencia. d) Realizar una segregación selectiva y disposición final adecuada de los residuos sólidos, e) Imprimir solo lo necesario, para todo lo demás use papel reciclado. 5.3. EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL Y DE SEGURIDAD Art. 17 Teniendo en cuenta los riesgos a los cuales los trabajadores de la empresa podrían estar expuestos en cualquiera de los procesos estándares, los elementos de protección que reducirán la exposición a los riesgos de aquellos son los siguientes: EPPS BASICOS EN LA ÁREAS OPERATIVAS: - Casco de seguridad (ANSI Z89.1) - Zapatos de seguridad con puntera de acero y/o reforzadas. - Tapones de oídos (uso exclusivo para ambientes de planta y/o donde haya fuentes generadoras de ruidos molestos). 5.4HIGIENE DE LOS LOCALES: CONDICIONES AMBIENTALES: Art. 18 La empresa es consciente de su responsabilidad en la conservación del medio ambiente, se compromete a: a) PREVENIR la contaminación generada por los mantenimientos a los equipos. b) VELAR por el cumplimiento de las leyes y reglamentos ambientales aplicables c) DESARROLLAR un sistema de Gestión Ambiental estructurado y documentado, que permita alcanzar los objetivos y las metas ambientales. d) REVISAR periódicamente el Sistema de Gestión Ambiental, la política, los objetivos y metas – bajo el compromiso de mejora continua en el desempeño ambiental.
  • 18. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 15Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. e) COMUNICAR la política ambiental a los empleados y ponerla a disposición del personal y público general. Así también, nuestra empresa establece como condiciones ambientales adecuadas a la seguridad y salud de sus trabajadores, las siguientes: - El personal debe mantener el área de trabajo limpia y ordenada. - No debe arrojar los residuos al suelo, depositarlos en los recipientes adecuados. 5.5CONSERVACIÓN DE LOS LOCALES DE TRABAJO Art. 19 Al ser la Seguridad y Salud un accionar de cada uno de los integrantes de nuestra empresa, incluyendo a nuestros trabajadores, la empresa ordena, a cada uno de sus trabajadores, el seguir las medidas de conservación de nuestro local de trabajo: Las condiciones de seguridad en nuestras instalaciones son con carácter general: a. Orden y Limpieza. b. Extintores en cada área. c. Buena Iluminación. d. Ingresos y salidas libres. e. Existencia de Sirena de alarma y altoparlante. f. Disponer de botiquín para primeros auxilios. g. Señalización en las áreas correspondientes. h. Contar con equipos de protección personal. i. Contenedores de residuos sólidos. 5.6 RECOMENDACIONES GENERALES Y CONSTANTES: Art. 20 Con respecto a ergonomía la empresa, declara su obligación en emplear muebles de escritorio que beneficien la buena postura del personal de oficina, para así evitar problemas de columna. Art. 21 LA EMPRESA se compromete a la colocación de bases que permitan que, los monitores de las computadoras se encuentren situados al nivel de los ojos de los trabajadores y personal, para así impedir que éstos tiendan a curvarse para llegar hacia las pantallas. Art. 22 LA EMPRESA, consciente del gran número de computadoras y artefactos eléctricos con que cuenta cada oficina y nuestras plantas, procurará la adquisición y ubicación de una mayor cantidad de extintores, o, caso contrario, de extintores de mayor capacidad. Art. 23 LA EMPRESA procurará disponer de muebles ergonómicos que faciliten el desempeño de la labor y cuiden la integridad física del trabajador. Art. 24 LA EMPRESA se obliga a efectuar inspecciones internas (revisiones simples) de extintores, para así evitar pérdida del contenido de estos, controlar su vigencia, buen estado de la manguera y sello de seguridad. Art. 25 Así también, LA EMPRESA proveerá: 1. Colocar el número de válvulas de anti-retorno que fueren suficientes, a equipos
  • 19. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 16Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. de oxicorte. 2. Instalar los manómetros correspondientes, a compresores. 3. Efectuar mantenimiento preventivo a las instalaciones eléctricas, máquinas y herramientas, el número de veces que estime pertinente. 4. Contar con un stock permanente de equipos de seguridad, en especial en cantidades moderadas zapatos con punta de acero, dado el ingreso permanente de personal nuevo y/o cambios y reposiciones. 5. Adquirir e instalar mayor número de receptáculos para basura. 6. Las instalaciones sanitarias deberán ser conservadas en perfecto estado de limpieza, evitándose el amontonamiento de papeles y residuos. 7. Los pisos de aquellas deberán permanecer secos y limpios; y, por último, los recintos de baños, duchas y casilleros del personal, bien iluminados y ventilados. 8. De igual manera, los comedores del personal deberán conservarse siempre limpios, tanto al momento de ser utilizados, como después de ello. EL PERSONAL NO DEBERÁ INGERIR ALIMENTOS EN PLANTAS DE PRODUCCION, EN HORARIOS QUE NO CORRESPONDAN. Esto por motivo de higiene y salud, el hacerlo podría configurar una sanción. CAPITULO VI: ESTANDARES DE SEGURIDAD EN LOS SERVICIOS Y OPERACIONES CONEXAS 6.1CONDICIONES GENERALES Art. 26 Estándares generales 1. Es responsabilidad de la empresa y contratista, dotar a su personal de los equipos de protección personal necesarios para las labores que desempeñan. 2. Es obligatorio que las personas asignadas a trabajos de mantenimiento y reparación utilicen los equipos de protección personal básicos EPP y según la naturaleza del trabajo EPP Específicos adecuada a la naturaleza del trabajo que realicen; así como contar con los permisos correspondientes y haber adoptado todas las medidas de control del Área de SST. 3. Las empresas contratistas que realicen trabajos de mantenimiento de las instalaciones u otras actividades, deben cumplir con las normas de seguridad y salud en el trabajo, debiendo cualquier trabajador de LA EMPRESA reportar al supervisor, personal SSO inmediatamente cualquier incumplimiento o infracción que se cometa. 4. Todos los edificios, estructuras, máquinas, instalaciones eléctricas, mecánicas y demás, así como las herramientas y equipos, se deben conservar siempre en buenas condiciones de seguridad. 5. Se tomarán las medidas de seguridad al momento de emplear materiales de principalmente los materiales peligrosos, limpieza y desinfectantes. 6. Todos los envases y recipientes de principalmente los materiales peligrosos, productos de limpieza y desinfección serán debidamente rotulados. 7. Deberá cuidar, especialmente que el piso no esté con residuos, encharcado y se mantenga limpio, evitando que exista viruta de metal, desmonte, aceite,
  • 20. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 17Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. grasa u otros cuerpos que lo hagan resbaladizo y hagan difícil el transito normal. 6.2CONDICIONES DE SEGURIDAD EN LOS TRABAJOS DE CONTRATISTAS Art. 27 Mantenimiento de maquinarias, equipos e instalaciones: - Cuando se realice el mantenimiento de cualquier equipo de LA EMPRESA, se deberá de realizar la coordinación previa con el área responsable del equipo y el área de SST y realizar el llenado de la documentación de seguridad correspondiente. - Para las obras de mantenimiento o reparación de oficinas o estructuras que no puedan efectuarse con seguridad desde una escalera portátil o plataforma, se utilizará cuando sea necesario andamiaje, plataformas de trabajo entablado, escalerillas provisionales, adecuadas y seguras - El área para la cual se vayan a realizar los trabajos deberá exigir a la empresa contratista, tomar las medidas de seguridad necesarias para proteger a su personal en trabajos de reparación o conservación de las instalaciones, de equipos o sistemas eléctricos, cerca de la cual trabajen dentro del local de LA EMPRESA. - Todos los equipos e instalaciones eléctricas serán de una construcción, instalados y conservados de manera que prevenga el peligro de contacto con los elementos a tensión y el riesgo de incendio. - Se evitará en lo posible efectuar instalaciones eléctricas provisionales, las que en todo caso se instalarán en forma definitiva en la brevedad posible. - Antes de realizar los trabajos de Pruebas eléctricas y funcionales se deberá instalar la puesta a tierra temporal en el equipo, subestación, sala eléctrica y/o otros a probar. Art. 28 Pozos a tierra, protección de los elementos a tensión: - La empresa deberá de definir el área responsable de coordinar el mantenimiento a los pozos a tierra de acuerdo al programa mantenimiento. - Los instrumentos utilizados para realizar las mediciones de resistencia de los pozos a tierra deben estar calibrados. - Todos los elementos a tensión tales como cables, tableros, enchufes, deben contar con las medidas de seguridad y protección de tal manera que eviten el contacto directo del personal. - Las zonas donde exista riesgo de electrocución tales como tableros eléctricos, subestaciones, deben contar con los elementos de protección necesarios y estar debidamente señalizados con dicho riesgo. - Los pozos a tierra deberán de contar con la certificación respectiva y vigente. Art. 29 Trabajos en estructuras metálicas, antenas y/o otros servicios. - Todo trabajo en estructuras metálicas, antenas y/o otros, se efectuará con dos personas como mínimo y será supervisado permanentemente por otra
  • 21. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 18Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. persona desde tierra en la zona de trabajo. Todo el personal que realice trabajos estará asegurado a la estructura con arnés de seguridad o cinturón de seguridad (de acuerdo con el trabajo a realizar) en forma permanente mientras dure la labor en lo alto de la estructura. - La realización de trabajos en lo alto de las estructuras metálicas, antenas, requiere que el trabajador esté en buen estado físico y anímico; y, provisto de óptimos implementos de seguridad y equipos de protección. - El trabajador que no cuente con su certificado de torrero para laborar en las antenas será retirado del grupo de trabajo. Art. 30 Control de plagas, Para contrarrestar la presencia de plagas que puedan afectar las instalaciones, La empresa cuenta con un programa el cual incluye la actividad de fumigación, control de roedores y desinfección de tanques y/o cisternas de agua. El servicio es realizado según el programa, o de manera imprevista cuando es solicitada por algún área infestada de manera fortuita, o es requerido según los resultados obtenidos en el servicio realizado, Al realizar las fumigaciones y desratizaciones se debe tener en cuenta lo siguiente - El personal del área de servicios y/o responsable del área debe verificar que el personal a cargo de la fumigación utilice los implementos de seguridad necesarios para su actividad. - No debe haber personal trabajando en las áreas donde se realicen las fumigaciones por nebulización. - Las oficinas y almacenes no deben dejar expuestos alimentos o prendas de vestir durante la fumigación. - En el comedor se debe retirar todos los productos comestibles, cubrir los caños de los dispensadores de agua y equipos sensibles. - En los SSHH no deben quedar expuestas prendas de vestir ni artículos de uso o aseo personal. - Ventilar el área después de realizar la fumigación, por lo menos por un espacio de 2 horas. - La empresa prestadora de servicios recogerá los restos cebos, insectos o roedores según sea el caso y los dispondrá según la legislación vigente y sus procedimientos internos. - Los cebaderos utilizados para la desratización deben contar con aviso de precaución (Peligro: Veneno no tocar). - No se deben colocar cebaderos en ambientes donde se preparen alimentos. De ser necesario colocar mecanismos de atrapamiento. - Las sedes que tengan cisternas y tanques elevados deben programar servicios de desinfección de estos, de forma semestral. Art. 31 Servicio de Seguridad Patrimonial, El personal que presta Servicio de Seguridad Patrimonial deberá cumplir con lo siguiente: - Utilizar el uniforme del servicio y su EPP de reglamento.
  • 22. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 19Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. - Contar con la respectiva licencia en caso de portar armas de fuego emitida por el DICSAMEC. - El personal que presta servicio de vigilancia deberá cumplir con lo siguiente en relación con los trabajadores y personas visitantes que ingresen a la empresa siguiendo lo establecido es su Procedimiento de Seguridad Patrimonial:  Toda persona que ingrese o salga de las instalaciones de La empresa deberá identificarse con su documento de Identidad vigente (DNI, Pasaporte o Carnet de extranjería)  Todo vehículo de la empresa o de particulares que ingrese o salga de las instalaciones, será inspeccionado por el personal de vigilancia.  Dará estricto cumplimento a las disposiciones derivadas del contrato vigente y de aquellas que sean impartidas para beneficio de la seguridad de la empresa. - El personal de Seguridad Patrimonial se regirá a su procedimiento de Seguridad durante el turno de labores 6.3BLOQUEO Y ROTULADO: Cuando se requiera realizar trabajos de mantenimiento o inspección en o cerca de vehículos, equipos, maquinarias o sistemas donde exista el riesgo de lesión en caso se produzca su movimiento inesperado o liberación inesperada de energía. Art. 32 Desenergizar todas las fuentes de energía o alimentación de los vehículos, equipos, maquinarias o sistemas antes de iniciar el trabajo de mantenimiento o inspección. Art. 33 Proporcionar a todos los trabajadores que lo requieran una Tarjeta Personal de Bloqueo, Tarjeta de señalización y/o un Candado Personal (de ser necesario el accesorio y/o dispositivo de bloqueo dependiendo del tipo de bloqueo a realizar). Art. 34 Cada trabajador es responsable de colocar y retirar de su Tarjeta Personal de Bloqueo, tarjeta de señalización y/o Candado Personal, nadie puede hacerlo en su lugar. Art. 35 Para asegurar esto debe existir una sola copia de la llave y ésta debe permanecer siempre en poder del trabajador al cual pertenece el candado personal. Art. 36 Los pasos por seguir para el aislamiento de energía son: b. El supervisor y los trabajadores realizarán las coordinaciones previas para la identificación de los puntos a bloquear, permisos entre otros. c. El trabajador debe de colocar su Tarjeta Personal de Bloqueo Tarjeta de Señalización y/o Candado Personal en los puntos en los que la fuente de energía del vehículo, equipo, maquinaria, sistema o fuente a ser aislada. De ser un bloqueo grupal todos los Trabajadores deben colocar cada uno su Tarjeta Personal y candado Personal en todos los puntos de aislamiento anteriores. d. El Supervisor y/o trabajador responsable luego de realizar el aislamiento proceder a purgar o aliviar todas las energías residuales que pudieran quedar. e. Verificar que el vehículo, equipo, maquinaria o sistema no funciona, operando los controles de arranque o encendido. f. Para el caso de trabajos en tableros y líneas eléctricas utilizar un revelador de tensión, el cual será previamente verificado en una línea energizada para asegurar su adecuado funcionamiento.
  • 23. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 20Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. g. Los Trabajadores concluido el trabajo, mantenimiento o inspección, proceder al retiro de sus herramientas, equipos y materiales empleados y comunicar al supervisor o encargado del trabajo el fin de la actividad. h. Al término del trabajo Retirar su Tarjeta de señalización y/o un Candado Personal (de ser necesario el accesorio y/o dispositivo de bloqueo dependiendo del tipo de bloqueo a realizar). i. El Supervisor debe verificar que el área esté libre de personal o equipos que puedan ser afectados por la liberación de la energía. j. Coordinar, comunicar el proceso de energización con los responsables. Art. 37 Para casos excepcionales en los que la naturaleza del trabajo no permita ninguna forma de desenergización, coordinar con el área de Seguridad y Salud en Trabajo para realizar los registros de Análisis de Trabajo Seguro y Permiso de trabajo. Art. 38 Evaluar los casos especiales de bloqueo que no estén considerados, con su jefatura y, con el área de Seguridad y Salud en el trabajo. 6.4 ESCALERAS PORTATILES: Art. 39 No está permitido el uso de escaleras hechizas, en caso se requiera fabricar una escalera especial, el supervisor debe presentar el diseño para su aprobación a la jefatura y área SST (plano de diseño, procedimiento de fabricación, etc.). Art. 40 No pintar las escaleras pues esto evita que se puedan detectar las condiciones subestándares al momento de inspeccionarlas. Art. 41 Las escaleras deben estar equipadas con peldaños y puntos de apoyo con material antideslizante. Art. 42 No subir o bajar de las escaleras con objetos (equipos, herramientas, materiales, etc), en las manos. Art. 43 Al utilizar la escalera como plataforma de trabajo el trabajador debe cumplir con las siguientes recomendaciones: a. Apoyar ambos pies en un mismo peldaño. b. Cambiar de posición la escalera cuantas veces sea necesario a fin de evitar que el trabajador se estire más de 30º de la línea vertical y quede en una posición inestable. c. Sólo está permitido un trabajador por escalera. d. Nunca utilizar los peldaños para colocar herramientas o materiales. e. Asegurar la escalera por su extremo superior a una estructura sólida o estar sostenida en el extremo inferior por otro trabajador. Art. 44 Las escaleras deben estar posicionadas sobre una superficie plana y horizontal. No debe utilizarse cajas u otros materiales para obtener más altura. Art. 45 En caso la escalera sea ubicada en un acceso, debe señalizarse la zona con cinta de seguridad de color amarillo como advertencia. Art. 46 Las escaleras utilizadas para trabajos con electricidad deben ser dieléctricas. Art. 47 Las escaleras metálicas no deben utilizarse cerca de conductores eléctricos. En el lugar de almacenamiento de las escaleras metálicas se debe instalar un letrero con la leyenda PROHIBIDO USAR CERCA DE CONDUCTORES ELECTRICOS. Art. 48 Almacenar las escaleras colgadas en forma horizontal o vertical y protegidas de la intemperie. Art. 49 Para el caso de Escaleras Lineales debe cumplir los siguientes criterios:
  • 24. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 21Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. a. Las escaleras lineales de un sólo tramo no deben tener longitudes mayores a 6 m y las extensibles no deben tener más de 11 m. en su extensión máxima. b. Las escaleras deben colocarse de manera tal que su punto de apoyo en la base debe alejarse de la superficie de apoyo una distancia máxima de ¼ de su longitud útil. c. Cuando se use como acceso a una superficie superior debe sobresalir por lo menos un 1 metro por encima de dicha superficie. d. Si una escalera es extensible debe verificarse, luego de extender un tramo, que los pestillos o retenes de seguridad estén enganchados y que la soga de extensión esté amarrada a un escalón en el larguero de la base de la escalera. e. Las escaleras extensibles deben tener un mínimo de tres escalones de traslape. f. No debe desarmarse una escalera extensible para utilizar sus tramos por separado. g. No deben acoplarse escaleras individuales para obtener tramos más largos o para crear una escalera extensible. Art. 50 Para el caso de Escaleras de Tijeras debe cumplir los siguientes criterios: a. Las escaleras deben estar completamente abiertas y con el brazo de unión completamente extendido. b. No usar una escalera de tijera como escalera lineal. c. No posicionarse en el último o penúltimo escalón. d. Son 2 personas por escalera, una que esta sobre la escalera y la otra sujetando la misma. e. Nunca debe posicionarse sobre ambos lados de la escalera al mismo tiempo. f. Debe de subir y bajar de la escalera siempre mirando a la misma. g. Al subir o bajar son 03 puntos de apoyo (dos pies y una mano o dos manos y un pie). Art. 51 Para trabajos con escaleras es obligatorio el uso de barbiquejo, y dependiendo de la altura de trabajo de ser mayor a 1.8 metros se deberá de contar con equipos de detención de caídas (arnés de seguridad, línea de anclaje, línea de vida, etc). Art. 52 Toda escalera portátil debe ser inspeccionada visualmente antes de usarla a fin de detectar cualquier condición subestándar (fisuras, astillamiento, limpieza, impactos, corrosión) en los peldaños, largueros, elementos metálicos y brazos de unión en el caso de las escaleras de tijera. Art. 53 Las escaleras portátiles que presenten condiciones subestándares deben ser rotuladas con una tarjeta de Fuera de Servicio y retiradas inmediatamente del área de trabajo, para ser enviados al proveedor para su reparación. Si la escalera no puede ser reparada debe ser destruida para evitar su uso. Art. 54 Las escaleras fijas que presenten condiciones subestándares deben ser rotuladas con una tarjeta Fuera de Servicio y se señalizaran con cinta de seguridad de color rojo en los accesos para evitar su uso. Art. 55 Las escaleras portátiles y fijas deben estar codificadas para facilitar su identificación.
  • 25. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 22Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. 6.5 TRABAJOS EN ALTURA: Art. 56 Usar obligatoriamente para todo trabajo por encima de 1.80 m. de altura sobre el nivel del piso el equipo de protección anterior, sin embargo, dependiendo del análisis puntual de los riesgos del trabajo puede ser necesario utilizar equipo de protección para trabajos a alturas menores de 1.80 m. Art. 57 Se debe de contar con un vigía o responsable de vigilar el desarrollo de los trabajos, y pueda comunicar en caso de anomalías o situación de emergencia. Art. 58 Se debe de revisar e inspeccionar los equipos que serán usado como plataforma de trabajo (escaleras, andamios, plataformas, etc.). Art. 59 No usar quipos de protección personal (arnés de cuerpo entero y línea de anclaje) así como los accesorios (línea de vida, conector de anclaje) en mal estado. Art. 60 No permitir el uso de pasos (sogas) para el escalamiento de postes. Para este tipo de trabajo se debe usar escaleras. Art. 61 No colgar o asegurar herramientas u otros objetos al equipo de protección para trabajos en altura. Las herramientas u objetos deben ser izados o portados en cinturones portaherramientas. Art. 62 Las herramientas u otros objetos deben mantenerse asegurados para evitar su caída. Art. 63 El trabajador debe inspeccionar visualmente todo equipo de protección personal (arnés de cuerpo entero y línea de anclaje) así como los accesorios (línea de vida, conector de anclaje) a fin de detectar cualquier condición subestándar (rasgaduras, cortes o desmembramientos, impactos, corrosión, los ganchos, anillos y hebillas metálicas sin rajaduras o deformación). Art. 64 El equipo de protección personal para trabajos en altura debe ser limpiado tan frecuentemente como sea necesario. Art. 65 Realizar el mantenimiento básico del equipo de protección personal de acuerdo con lo siguiente: Art. 66 Limpiar la suciedad de la superficie por medio de una esponja humedecida en una solución de agua y jabón, sin utilizar detergentes. Art. 67 Secar con un trapo limpio y colgar el equipo de protección personal para que termine de secar. Art. 68 No utilizar un equipo de protección personal que esté sucio pues podría no detectarse las fallas del material. Art. 69 Almacenar los equipos de protección personal y los accesorios en lugares secos y libres de humedad especialmente designados, evitar el contacto con objetos contundentes, cortantes o corrosivos. De preferencia deben estar colgados en ganchos para evitar la acumulación de humedad. Art. 70 Todos los equipos, materiales y/ herramientas deben ser limpiados y dejados en el almacén de herramientas o lugar designado para tal fin. 6.6 PUNTO DE ANCLAJE, CONECTOR DE ANCLAJE Y LINEADE VIDA. Art. 71 Asegurar que los puntos de anclaje y líneas de vida tengan una resistencia de 2270 Kg. (5000 lb.) por cada trabajador conectado. Art. 72 El conector de anclaje es de uso personal y debe tener una resistencia para 2270 Kg. (5000 lb.)
  • 26. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 23Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. Art. 73 Para trabajos con riesgo de caída a diferente nivel el punto de anclaje debe ubicarse por encima del nivel de la cabeza del trabajador de manera que la distancia de caída sea lo más corta posible. Art. 74 No se debe utilizar como punto de anclaje tuberías de fluidos, vigas de madera u otra estructura que no asegure la resistencia de 2270 Kg. (5000 lb.) por cada trabajador conectado. Art. 75 No se debe utilizar como punto de anclaje instalaciones eléctricas. Art. 76 Los conectores de anclaje pueden ser: fajas, platinas o mosquetones de acero forjado especialmente diseñados. Art. 77 Para trabajos en altura donde se requiera desplazamiento continuo de los trabajadores debe instalar una línea de vida o en caso contrario los trabajadores deben usar una línea de anclaje de doble vía o dos líneas de anclaje. 6.7 ANDAMIOS Y PLATAFORMAS ELEVADAS: Art. 78 Todo trabajo en andamios y plataformas elevadas se considera como trabajo en altura, por lo que debe cumplir con el procedimiento de Trabajos en Altura y contar con el Permiso Escrito para Trabajos y se debe de realizar la inspección o check list de Andamios o Plataformas Elevadas. Art. 79 Todo montaje, modificación y uso de un andamio debe realizarse previa coordinación con el supervisor. Art. 80 Si el trabajo en andamios y plataformas implica trabajos en caliente, espacios confinados o existe la necesidad de aplicar bloqueo y rotulado, se debe dar cumplimiento a los procedimientos respectivos Trabajos en Caliente, Espacios Confinados o Bloqueo y Rotulado. Art. 81 El equipo de protección personal de uso obligatorio para trabajos en andamios y plataformas elevadas es el siguiente: Art. 82 Trabajos con riesgo de caída a diferente nivel: Arnés de cuerpo entero, línea de anclaje con absorbedor de impacto o tambor retráctil y barbiquejo. Art. 83 El arnés de cuerpo entero debe estar unido por medio de la línea de anclaje con absorbedor de impacto a una estructura fija o a una línea de vida, nunca directamente al andamio, salvo consideraciones indicadas en el manual del fabricante del andamio. Art. 84 Durante el ascenso y descenso del andamio, mantener siempre tres puntos de apoyo, para esto los materiales y herramientas deben ser izados o utilizar un cinturón o bolsa porta herramientas a fin de evitar que el trabajador utilice sus manos para transportarlas 6.8 MONTACARGAS. Art. 85 Para descender por pendientes con el montacargas debe comunicar al Supervisor/Encargado para determinar la forma segura de transporte de la carga. Art. 86 No está permitido levantar ni bajar la carga cuando el equipo esté en movimiento, excepto para ajustes pequeños. Art. 87 Está prohibido el transporte de personal dentro del montacargas. El transporte de personal sólo se permitirá en vehículos especialmente destinados a este fin. Art. 88 Nunca permita otros pasajeros, a menos que el montacargas se haya diseñado para ello.
  • 27. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 24Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. Art. 89 Está prohibido subirse sobre las uñas del montacargas o colocarse debajo de estas. Art. 90 Las cargas que no cuenten con una base apropiada para trasladarse deben ser aseguradas previamente Art. 91 Se debe reportar cualquier falla que presenten los montacargas al encargado o jefe de área. Art. 92 El operador debe de realizar una inspección y/o verificación del montacargas antes de usarlo “Check List” y/o verificar la realización antes de usarlo. Art. 93 No se debe usar los montacargas cuando se detecta fallas mecánicas, hidráulicas y eléctricas. Art. 94 No levantar materiales, herramientas o cargas que tengan pesos mayores de la capacidad del montacargas. Art. 95 No se debe conducir a velocidad superior de 10 Km/h, a la velocidad de una persona caminando. Art. 96 Está terminantemente prohibido trasladar a personal en las uñas de los montacargas o sobre parihuelas. Art. 97 El operador solo debe de subir al montacargas por el lado izquierdo y usar el cinturón de seguridad en todo momento cuando opere el equipo. Art. 98 Es obligatorio tocar claxon antes de llegar a una esquina ciega, asimismo reducir la velocidad al mínimo. Mire siempre en la dirección del desplazamiento y mantenga una visión clara de la ruta de desplazamiento. Desplácese en reversa solo si la carga bloquea el campo de visión de la ruta a seguir. Art. 99 Coloque las horquillas debajo de la carga y bien separadas para balancear la carga. Art. 100 Coloque el mástil ligeramente hacia atrás para estabilizar la carga y levantarla. Art. 101 En caso se traslade equipos, materiales que tenga dimensiones que dificulten su visibilidad, debe entonces contar con el apoyo de un Rigger. Art. 102 Se debe mantener la concentración en todo momento cuando se está operando un montacargas. Art. 103 No realizar maniobras peligrosas con el montacargas en donde ponga en riesgo la integridad física de su persona y compañeros. Art. 104 En caso de maniobras debe de considerar la señalización obligatoria del área. 6.9 HERRAMIENTAS ELÉCTRICAS. Art. 105 Las herramientas eléctricas deben estar conectadas a tierra o doblemente aisladas. Art. 106 Cuando la herramienta esté diseñada para varias tensiones, se debe distinguir fácilmente y de forma clara la tensión para la cual está ajustada Art. 107 Las herramientas dotadas de enchufe de tres espigas se deben enchufar en tomacorrientes de tres orificios. No se debe cortar una espiga para que concuerde con el tomacorriente. Art. 108 Los cables, enchufes y tomacorrientes deben estar en adecuadas condiciones y ser de tipo industrial. Art. 109 Los cables deben ser de un solo tramo. No están permitidas las extensiones unidas con cinta aislante o vulcanizada.
  • 28. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 25Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. Art. 110 Al extenderse los cables se debe verificar que no impliquen riesgo de tropiezo y que estén protegidos en caso exista tránsito de vehículos. Art. 111 Los interruptores y botones deben estar en buenas condiciones. Art. 112 Las herramientas no deben ser desconectadas jalándolas del cordón sino del enchufe. Art. 113 Antes de ajustar, limpiar o cambiar un accesorio se debe desconectar la herramienta. Art. 114 Si una herramienta va a dejar de usarse, se debe desconectar el enchufe. Art. 115 Antes de conectar una herramienta, se debe verificar que el interruptor esté en la posición de apagado. Art. 116 No está permitido el uso de herramientas eléctricas bajo condiciones climáticas de lluvia a menos que se cuente con protección adecuada. Art. 117 Las herramientas rotativas en marcha no se deben soltar de las manos sin haberse detenido previamente. Art. 118 No está permitido el uso de bufandas, joyas, brazaletes o elementos que impliquen el riesgo de atrapamiento por la rotación de la herramienta. Art. 119 Los discos de esmeril deben estar libres de grietas u otros signos que afecten su resistencia. Art. 120 El RPM de los discos de esmeril debe igual o mayor al RPM del esmeril. Art. 121 Los esmeriles deben tener guardas instaladas de manera que la exposición angular máxima de la periferia y costados no excederá los 180°. Art. 122 Los esmeriles, de acuerdo a su diseño, deben contar con un mango lateral que permita sujetarlas permanentemente con las dos manos de manera que éstas se mantengan alejadas de las partes rotativas de la herramienta. 6.10 MATERIALES PELIGROS (MATPEL): Art. 123 No se debe adquirir, almacenar, usar o transportar dentro o fuera de las instalaciones ningún MATPEL nuevo o registrado sin contar con la respectiva Hoja de Seguridad (MSDS). Art. 124 Las hojas MSDS del fabricante deben de estar en español, la cual debe contener la siguiente información: a. Identificación del material peligroso b. Nombre, dirección y teléfonos de emergencias del fabricante. c. Componentes peligrosos; identificación química con número de CAS. d. Primeros auxilios y tratamiento debido a intoxicación y datos de peligros a la Salud. e. Medidas en caso de incendio y derrames. f. Almacenamiento y uso seguro. g. Propiedades físicas y químicas. h. Datos de Estabilidad y Reactividad. i. Información toxicológica y ecológica. j. Requerimientos de transporte, normas aplicables e información adicional. Art. 125 Para MATPEL con Riesgo Alto se debe analizar el uso de un producto alternativo, para lo cual coordinar con el área usuaria.
  • 29. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 26Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. Art. 126 En primera instancia consultar con el usuario la posibilidad de usar otro producto químico menos peligroso, en caso contrario, comprometer al usuario en la aplicación de controles que sean necesarios para evitar la exposición del trabajador. Art. 127 Se prohíbe el uso de envases no rotulados (envases de bebidas comerciales, envases con nombres de otros productos y/o contenido), para el trasvase de productos químicos. Art. 128 El trabajador debe de solicitar en almacén los envases correspondientes para el trasvase de los productos químicos a usar. El rotulo debe contemplar:  Nombre del producto y nombre comercial  Descripción de los niveles de peligrosidad según rombo de seguridad NFPA 704. 6.11 REPARACIONES EN EXTERIORES DE EDIFICIOS Y ESTRUCTURAS Art. 129 Cuando se tenga que realizar operaciones de limpieza o mantenimiento, en techos, ventanas, paredes a gran altura, postes, torres, antenas, etc. se deberá contar con andamios, escaleras o plataformas e implementos de seguridad; adecuados para salvaguardar la seguridad de los trabajadores. CAPITULO VII: SUSTANCIAS PELIGROSAS Y OFENSIVAS Art. 130 Se instalará siempre que sea factible un dispositivo destinado a advertir a los trabajadores en el caso de que se desprendan cantidades peligrosa de dichas sustancias. Art. 131 Los trabajadores expuestos a sustancias infecciosas, irritantes o tóxicas estarán provistos de ropa de trabajo adecuada y cubierta para la cabeza, cuando sea necesario, las cuales: a) Se quitarán antes de ingerir alimentos o abandonar las instalaciones y se dispondrán en lugares asignados para ellas. b) No se extraerán de la fábrica, los implementos de limpieza, bajo ningún concepto. c) Se conservarán en buenas condiciones, se esterilizarán cuando sea necesario y se lavarán, limpiarán y cambiarán por otras limpias, con mayor frecuencia cuando sea necesario. Art. 132 Está prohibido la presencia de alimentos, bebidas y tabaco en las zonas de trabajo Art. 133 Los trabajadores expuestos a sustancias cuya ingestión produzca envenenamiento, quedan obligados a lavarse perfectamente cara y manos antes de que ingieran alimentos o bebidas o abandonen los locales. Art. 134 Los trabajadores expuestos a sustancias infecciosas, irritantes o tóxicas están obligados a notificar inmediatamente cualquier indisposición física. Si la manipulación de una sustancia puede ocasionar una infección, los trabajadores notificarán cualquier lesión, por insignificante que parezca. Art. 135 Toda operación o procedimiento en la manipulación y uso de sustancias irritantes o tóxicas se efectuará con los dispositivos de seguridad necesarios; de tal manera que los trabajadores estén protegidos contra contactos con dichas sustancias.
  • 30. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 27Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. CAPITULO VIII: AVISOS Y SEÑALES DE SEGURIDAD 8.1 GENERALIDADES Art. 136 La señalización de Seguridad tiene por finalidad llamar la atención de forma rápida e inteligible sobre los objetivos y las situaciones que puedan provocar determinados peligros. Art. 137 Es de carácter obligatorio el respetar las señales de seguridad que se encuentren colocadas en las distintas áreas de la empresa. Art. 138 La señalización no reemplaza en ningún caso las medidas de protección requeridas. Art. 139 La señalización no deberá ser utilizada más que para dar indicaciones que se refieran a la seguridad. Art. 140 La eficacia de la señalización de seguridad depende en particular de la información completa constante y renovada ofrecida a todas las personas involucradas. Art. 141 Informe a su jefe cuando las señales de seguridad se encuentren dañadas y solicite su reemplazo o reparación. Art. 142 Las formas geométricas y colores establecidos para las señales de seguridad facilitan a las personas poder identificar con rapidez el tipo de señal. Art. 143 Los códigos de señales y los colores de acuerdo con la NTP 399.010-1 se describen a continuación: 1. Señales de Advertencia: tienen la forma de triángulo, son de color amarillo, con bordes negros y el pictograma también de color negro. p.e. riesgo de shock eléctrico. 2. Señales de Prohibición: tiene forma circular, son de color blanco con bordes rojos y el pictograma es de color negro. p.e. prohibido fumar. 3. Señales de Obligatoriedad: tienen forma circular, son de color azul y el pictograma que llevan es de color blanco. p.e. uso obligatorio de gafas de seguridad. 4. Señales de emergencia / evacuación: tienen forma rectangular son de color verde con el pictograma de color blanco. p.e. señal de salida. 5. Señales de protección contra incendio: tienen forma rectangular, son de color rojo con la figura de color blanco. p.e. señal de extintor. 6. Señales de información general: es la señal que proporciona información sobre cualquier tema que no se refiere a seguridad. Art. 144 Las dimensiones de las señales de seguridad serán: para distancias menores a 5 m la señal será de 125 cm2, para distancias entre 5 y 50 m la relación entre el área (A) y la distancia máxima (L) deberá cumplir con la siguiente fórmula A  (L2 / 2000), y para distancias mayores a 50 m el área mínima será de 12500 cm2. 8.2 DE LA SEÑALIZACIÓN Art. 145 Se encuentra terminantemente prohibido retirar un letrero o una tarjeta de aviso sin autorización del Supervisor o Jefe del área, quien deberá informar al área de Seguridad y Salud en el Trabajo para brindar El letrero o tarjeta respectiva. Art. 146 Todos los trabajos que presentan un gran riesgo deberán ser avisados con letreros y señales de peligro. Art. 147 Todas las tuberías que transporten fluidos (líquidos o gases) deberán ser pintados de acuerdo con el código establecido por INDECOPI. en la NTP 399.012:1974.
  • 31. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 28Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. CAPITULO IX: CONDICIONES ESPECÍFICAS DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS 9.1GENERALIDADES Art. 148 Se debe tener presente que la electricidad puede constituir riesgo y puede causar lesiones personales y/o daños materiales tales como: a) Cuando una persona pasa a formar parte de un circuito eléctrico, el resultado es una descarga o shock eléctrico. b) Cuando se produce un arco, chispa eléctrica o fogonazos por corto circuito, éstos pueden causar quemaduras, afección en los ojos, shock eléctrico e incendios. c) Los circuitos eléctricos desprotegidos, viejos, en mal estado de conservación, mal empalmados, falsos contactos, etc., ocasionan sobrecargas y en consecuencia recalentamientos, originándose incendios al alcanzar su temperatura de ignición los materiales de aislamiento o adyacentes a la superficie calentada. 9.2RED DE DISTRIBUCION PRIMARIAY SECUNDARIA Art. 149 Las Redes de Distribución están a cargo de la empresa proveedora del Suministro eléctrico “LUZ DEL SUR”, la cual brindará un suministro eléctrico bajo condiciones estándar de seguridad y servicio. Art. 150 La Baja Tensión contratada es en 220 VAC Trifásica con una caída de tensión máxima permisible del 15.4 MAC según NTCSE. Art. 151 Acometidas (Red de Distribución Secundaria): En la acometida, LUZ DEL SUR conecta un Cable al medidor de entrada de baja tensión de establecimiento de trabajo. Los cables de acometida llegan en forma subterránea hacia el medidor. Art. 152 Medidor de energía, cajas de toma, tablero primario, cajas de conexión y de derivación: a) Medidor de energía: Es suministrado por LUZ DEL SUR, quien es la encargada de brindar el mantenimiento respectivo. b)Cajas de toma: Son utilizados normalmente para las conexiones de red subterránea, y sirve para poder desconectar el medidor de energía cuando se requiera realizar en mantenimiento o inspección. La Instalación de esta Caja de toma, es de responsabilidad de LUZ DEL SUR. c) Tablero Primario: Se dispondrá de un Tablero Principal en la entrada de energía. Este tablero deberá tener las siguientes características:  De material no combustible.  Con una Llave termo magnética de fuerza en la entrada.  Con Llaves termo magnéticas en cada una de las salidas de uso. d) Cajas de Conexión y de derivación: Para la realización de empalmes de la instalación o eléctricas se utilizará cajas de derivación o de conexión. Toman de una línea; una o varias derivaciones que alimentan distintas partes de la instalación eléctrica. Para que la conexión o empalme sea correcta, se deben utilizar bomeras o regletas de conexión. Art. 153 Puesta a tierra y protección de elementos a tensión: a) La red interna deberá contar con pozo a tierra.
  • 32. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 29Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. b) El Pozo a tierra protegerá al trabajador de cualquier falla en el suministro eléctrico o en el equipo. c) Las características del pozo a tierra deberán ser correspondientes con normas técnicas de la especialidad. d) Se realizará inspecciones periódicas de la resistividad del pozo a fin de garantizar la efectividad de la protección eléctrica del mismo. e) Se deberá observar que las instalaciones deberán contar con tomas eléctricas con línea a tierra conectada al pozo a tierra. f) Para la realización de labores de reparación o mantenimiento de elementos a tensión, se dispondrá de conmutadores para desconectarlos de la energía eléctrica. 9.3MEDIDAS DE SEGURIDAD Art. 154 Nadie, salvo personal autorizado de Mantenimiento, podrá ejecutar trabajos de instalaciones, reparaciones o inspecciones en circuitos o tableros eléctricos. Art. 155 Todos los circuitos deberán considerarse “vivos” (energizados) hasta que sean revisados con un voltímetro y encontrados “muertos” (sin corriente) por el electricista competente. Art. 156 Cuando sea necesario reemplazar un fusible, deberá hacerse con otro del mismo tipo. Un fusible de mayor capacidad puede dejar el circuito sin protección y los resultados pueden ser de lamentar, al originar sobrecalentamiento en las líneas eléctricas. Art. 157 Avise al Jefe inmediato cuando encuentre alguna anormalidad en las instalaciones, cables salidos, cables recalentados, aisladores doblados, ruidos por falsos contactos, etc. Art. 158 Cuando sea necesario cortes o conexiones de energía que afecta un área de trabajo, previamente deberá consultarse con el supervisor o responsable del área; de esta manera se evitará poner en peligro la seguridad del personal y de las instalaciones. Art. 159 El personal autorizado de mantenimiento deberá realizar las mediciones periódicas de la resistencia de los pozos a tierra, de tal forma que asegure su operatividad. Art. 160 Todos los equipos eléctricos, motores y herramientas portátiles eléctricas deberán contar con conexiones a tierra. Art. 161 Al realizar reparaciones en equipos o tableros eléctricos deberán tomarse todas las medidas de seguridad, ya sea retirando los fusibles y empleado el sistema de etiquetado y bloqueo al acceso (“lock out / tag out”), a fin de evitar que otras personas puedan ponerlo en funcionamiento mientras el personal se encuentra trabajando. Art. 162 Emplee siempre un protector aislante en cualquier trabajo con electricidad, plataforma con aisladores, guantes para alta tensión, herramientas aisladas, etc., verificando primero el estado en que se encuentran y si son apropiadas para el servicio a ejecutarse. Art. 163 Nunca emplee cables de extensión o conductores sueltos a manera de instalaciones permanentes. Art. 164 Nunca deberá tenderse conductores sueltos por entre los muros, por encima del cielo raso o en otros lugares ocultos sin el recubrimiento de protección en toda su extensión. Art. 165 Los tableros y cajas eléctricas deberán estar señalizadas, indicando señal de peligro eléctrico y voltaje.
  • 33. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 30Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. CAPITULO X: PREPARACIÓN Y RESPUESTA A EMERGENCIAS 10.1 GENERALIDADES Art. 166 La empresa cuenta con un Plan de Contingencia para hacer frente a emergencias potenciales tales como sismos, incendios y accidentes graves. Art. 167 El Plan de Contingencias ha sido desarrollado para asegurar que los ocupantes de las instalaciones de la empresa se encuentren adecuadamente familiarizados con las instalaciones y procedimientos adecuados de evacuación. Art. 168 Cada área contará con un Monitor de Emergencia que será el encargado de su área previo, durante y posterior a la emergencia, realizando las funciones establecidas en el Plan. 10.2 PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS 10.2.1 GENERALIDADES Art. 169 El fuego es una oxidación rápida de un material combustible, que produce desprendimiento de luz y calor; pudiendo iniciarse por la interacción de tres elementos; oxígeno, combustible y calor. La ausencia de uno de los elementos mencionados evitará que se inicie el fuego. Los incendios se clasifican de acuerdo con el tipo de material combustible que arde en: - Incendio clase “A”: son fuegos que se produce en materiales combustibles sólidos, tales como madera, papel, cartón, tela, etc. - Incendio clase “B”: son fuegos producidos por líquidos inflamables tales como gasolina, aceite, pintura, solventes, etc. - Incendio Clase “C”: son fuegos producidos en equipos eléctricos tales como motores, interruptores, etc. - Incendio Clase “D”: son fuegos producidos por metales combustibles como el Aluminio, Magnesio, etc. - Incendio Clase “K”: son fuegos que se producen por aceites y grasas animales y vegetales Art. 170 Cualquier trabajador de la Empresa que detecte un amago de incendio, procederá de la forma siguiente: - Dar la voz de alarma - La Brigada Contra Incendio debe acudir al amago con sus respectivos extintores. - Se debe proceder al corte de energía del equipo. - Se debe comunicar al jefe inmediato o al área de SST. Art. 171 Comunicar inmediatamente a Vigilancia Art. 172 Al apagar un amago de incendio es necesario detener rápidamente la causa que origina el fuego, bajo los siguientes parámetros: - Enfriamiento. - Sofocamiento. - Extracción de combustible. Art. 173 Consideraciones generales importantes: - La mejor forma de combatir incendios es evitando que estos se produzcan
  • 34. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 31Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. - Mantenga su área de trabajo limpia, ordenada y en lo posible libre de materiales combustibles y líquidos inflamables - No obstruya las puertas, vías de acceso o pasadizos, con materiales que puedan dificultar la libre circulación de las personas - Informe a su superior sobre cualquier equipo eléctrico defectuoso - Familiarícese con la ubicación y tipo de extintor de su área de trabajo 10.3 EXTINTORES PORTATILES Art. 174 La empresa está equipada con extintores portátiles para combatir incendios, adecuado al tipo de incendio que se va a combatir. Para esto se ha evaluado la naturaleza de los procesos y operaciones de la empresa. Art. 175 Los aparatos extintores serán inspeccionados por lo menos una vez por mes la cual será realizada por los jefes de área. Art. 176 Los extintores deben ser recargados inmediatamente después de que sean usados, además cuando de la inspección se observe que la presión interior del mismo se encuentre por debajo de lo indicado como presión de “carga normal” y/o de acuerdo a las recomendaciones del fabricante. Art. 177 Se deberá instruir al personal a través de charlas de capacitación y entrenamiento sobre el correcto uso de los extintores. De ser posible antes de la recarga de los mismos (anual), en coordinación con la Gerencia de Planta. 10.4 SISTEMAS DE ALARMA Y SIMULACROS DE INCENDIO Art. 178 En los pasadizos y corredores se han instalado avisos alusivos a la seguridad y evacuación del personal a zonas seguras. La planta está dotada de un sistema de puertas que permiten, en caso de emergencia, el escape del personal. Los trabajadores de cada área deberán usar las puertas designadas de su respectiva área para evacuar la planta. Art. 179 Los trabajadores de La empresa están debidamente familiarizados con los sistemas de alarmas, para evacuar en casos de emergencia. Art. 180 Se realizarán dos (02) simulacros por año. Todos los trabajadores participarán en estos simulacros. 10.5 ALMACENAJE DE SUSTANCIAS INFLAMABLES Art. 181 Se encuentra terminantemente prohibido el transporte de líquidos inflamables en recipientes descubiertos, debiendo estos almacenarse y transportarse en recipientes herméticamente cerrados y rotulados. Art. 182 Se encuentra prohibido el uso de líquidos inflamables tales como bencina, thinner, otros, para fines de limpieza en general, excepto en aquellos casos en que las condiciones técnicas de trabajo así lo exijan y se tomen todas las medidas de prevención. Art. 183 Los envases de thinner, pinturas y otros líquidos inflamables serán guardados en un armario especial, con todas las condiciones para su manejo y control. Art. 184 Está prohibido fumar o hacer fuego abierto a una distancia de 50 m. de aproximación a áreas de almacenamiento, disposición, uso, manipuleo y transporte de materiales y líquidos inflamables.
  • 35. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 32Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. 10.6 PRIMEROS AUXILIOS 10.6.1 GENERALIDADES Art. 185 Son las primeras atenciones que recibe una persona lesionada o enferma repentinamente, para aliviar el dolor u otras complicaciones, a consecuencia de una lesión o malestar físico hasta contar con las atenciones de un médico. Art. 186 En presencia de un accidente se deberá:  Avisar en forma inmediata al Jefe de área  Mantener la calma  Alejar a las personas que no prestan auxilio  No hacer maniobras intempestivas, inútiles o peligrosas  Si el estado del accidentado es grave y su transporte presenta riesgo se llamará de inmediato a un médico o a una ambulancia 10.7 MEDIDAS DE SEGURIDAD Art. 187 La empresa. cuenta con una Brigada de Primeros Auxilios cuyos miembros han sido debidamente seleccionados, capacitados y entrenados para la aplicación de los primeros auxilios, tales como: heridas, fracturas, hemorragias, transporte de heridos, respiración cardio pulmonar, quemaduras. Art. 188 La empresa cuenta con botiquines de primeros auxilios en diferentes zonas de la empresa, atendido por el personal de la empresa, entrenado en estas actividades. 10.8 SERVICIO MEDICO DE EMERGENCIA Art. 189 La empresa utilizará los servicios de la Clínica Ricardo Palma, para casos de atención de emergencias, por accidentes de trabajo. CAPITULO XI: ACCIDENTES E INCIDENTES DE TRABAJO 11.1 GENERALIDADES Art. 190 Todo incidente / accidente de trabajo aun cuando no haya producido ninguna lesión deberá reportarse al jefe inmediato superior en los formatos establecidos para tal eventualidad. Art. 191 Todo accidente que haya producido lesión será investigado, en caso de que el accidente sólo haya producido daño material dependerá de la gravedad de este y/o de su potencial de daño. Art. 192 Todo accidente de trabajo deberá ser reportado de acuerdo a ley: a) Accidentes mortales dentro de las 24 horas de ocurrido el hecho al MTPE b) Otros accidentes de trabajo al Centro Médico Asistencial donde el trabajador haya sido atendido. c) Incidentes peligrosos que ponga en riesgo la salud e integridad física de los trabajadores al MTPE dentro de las 24 horas. d) Otros incidentes laborales no comprendidos en los casos anteriores serán notificados al MTPE dentro de los 10 días naturales del mes siguiente.
  • 36. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo 33Constructora de Viviendas Delta-Covid S.A.C. Art. 193 En el caso de que se produzca un incidente (cuasi-accidente) este será investigado dependiendo de su potencialidad de daño. Art. 194 Cualquier accidente sea cual fuera la naturaleza de este y todo incidente con alta probabilidad de pérdida será investigado para determinar la causa real del mismo y se establecerán los controles respectivos. Dependiendo de la gravedad del mismo será investigado por el supervisor del área respectiva y si el caso lo amerita por las más altas autoridades de la empresa. CAPITULO XII: SEGREGACIÓN Y DISPOSICIÓN DE RESIDUOS SOLIDOS Art. 195 En la empresa. se han instalado tachos en distintos lugares, con la finalidad de que allí se depositen temporalmente los diferentes tipos de residuos, para posteriormente transportarlos al lugar destinado fuera de la empresa Art. 196 Colores de contenedores (tachos), según los tipos de residuos: Color del contenedor Tipo de residuos Características de los residuos ROJO PELIGROSOS: Contaminados con sustancias químicas o hidrocarburos Material contaminante, trapos con grasa o aceite, envases de aerosoles, solventes, ácidos, etc. BLANCO INORGÁNICOS: Recuperable no contaminado Papel, cartón, latas, plásticos, frascos vacíos de plásticos y vidrios, lapiceros, jebes, maderas, etc. Deben estar libres de contaminantes. MARRÓN ORGÁNICOS Comidas, malezas, cáscaras de frutas, servilletas, filtros de infusiones, etc. NEGRO RESIDUOS GENERALES Contaminados con hidrocarburos, aceites o grasas Inservibles, no posibles de reutilizar CAPITULO XIII: REGIMEN DISCIPLINARIO Art. 197 Es función y responsabilidad de la empresa y de los Trabajadores velar por la disciplina como condición necesaria e indispensable para el Cumplimiento de las Normas de Seguridad y Salud en el Trabajo. La empresa es titular de las facultades disciplinarias dentro de los límites establecidos por la legislación vigente. Art. 198 Las faltas en Seguridad y Salud en el Trabajo están constituidas por aquellas acciones u omisiones, por parte del Trabajador, que supongan infracción de las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo contenidas en disposiciones legales de carácter general o en el presente Reglamento y/o en cualquier otra disposición o documento emitido por la empresa, que implican la violación de sus obligaciones, en perjuicio de su integridad física, de sus compañeros y de la empresa o, que atentan contra la disciplina y armonía que debe existir en el centro de trabajo, incluidas todas aquellas conductas tipificadas en la ley como causales de despido.