SlideShare una empresa de Scribd logo
DECRETO 2200 DEL 28 DE JUN 2005
Por el cual se reglamenta el servicio farmacéutico y se dictan otras
disposiciones
Facultad de ciencias de la salud
Tecnología en Regencia de Farmacia
PRESENTADO POR:
Luz Orfilia Mosquera
Yuri Yuneidi Ceballos
Karime Martínez
Yuri Andrea Jaramillo
CAPITULO 1
DISPENSACIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. OBJETO.-Su objetivo es regular las actividades y procesos del
servicio farmacéutico.
ARTÍCULO 2. CAMPO DE APLlCACION.-Las disposiciones se aplican a los
prestadores de servicio de salud y establecimientos farmacéuticos donde se
almacenen, distribuyan, o dispensen medicamentos o dispositivos médicos
que realice actividades y procesos del servicio farmacéutico.
ARTÍCULO 3. DEFINICIONES.-Es la atención prestada por un químico
farmacéutico a un paciente o grupo de pacientes en el seguimiento al
tratamiento fármaco terapéutico dirigido o contribuido con el medico
tratante.
CAPITULO 1
DISPENSACIONES GENERALES
DENOMINACION INTERNACIONAL PARA LAS SUSTANCIAS FARMACEUTICAS
Distribución física de medicamentos y dispositivos médicos
Estudios de utilización de medicamentos
Farmacoeconomia
Farmacoepidemiologia
Farmacovigilancia
GESTIÓN DEL SERVICIO FARMACÉUTICO
Perfil Farmacoterapeutico
Preparación magistral
Problemas relacionados con los medicamentos
Problemas relacionados con la utilización de medicamentos
Servicio de información de medicamentos
Uso adecuado de medicamentos
CAPITULO 2
SERVICIO FARMACEUTICO
ARTÍCULO 4. SERVICIO FARMACÉUTICO.- Es el servicio de atención en salud
responsable de las actividades, procedimientos e intervenciones de carácter técnico,
científico y administrativo, relacionados con los medicamentos y los dispositivos médicos
utilizados en la promoción de la salud y la prevención, diagnóstico, tratamiento y
rehabilitación de la enfermedad.
ARTICULO 5. FORMAS DE PRESTACION DEL SERVICIO FARMACEUTICO.-Formas de
prestaciones de servicio farmacéutico.
El servicio farmacéutico podrá ser prestado de manera dependiente o independiente en
los siguientes términos:
SERVICIO FARMACÉUTICO INDEPENDIENTE.-Es aquel que es prestado a través de
establecimientos farmacéuticos.
SERVICIO FARMACÉUTICO DEPENDIENTE.-Es aquel servicio asistencial a " cargo de
una Institución Prestadora de Servicios de Salud, el que además de las disposiciones del
presente decreto debe cumplir con los estándares del Sistema Único de Habilitación del
Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad en Salud.
CAPITULO 2
SERVICIO FARMACEUTICO
ARTÍCULO 6. OBJETIVOS DEL SERVICIO FARMACÉUTICO.-Él servicio
farmacéutico tendrá como objetivos primordiales los siguientes:
1. Promover y proporcionar estilos de vida saludables.
2. Prevenir factores de riesgo del uso inadecuado de medicamentos y
dispositivos médicos, promover su uso adecuado.
3. Suministras medicamentos y dispositivos médicos, e informar sobre su
uso adecuado.
4. Ofrecer atención farmacéutica a los pacientes y realizar con el equipo de
salud el cumplimiento de las intervenciones de medicamentos y
dispositivos médicos.
CAPITULO 2
SERVICIO FARMACEUTICO
ARTÍCULO 7. FUNCIONES DEL SERVICIO FARMACÉUTICO.-El servicio farmacéutico tendrá las
siguientes funciones:
1. Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar los servicios relacionados con los
medicamentos y dispositivos médicos ofrecidos a los pacientes y a la comunidad en
general.
2. Promover estilos de vida saludables y el uso adecuado de los medicamentos y
dispositivos médicos.
3. Seleccionar, adquirir, recepcionar y almacenar, distribuir y dispensar medicamentos y
dispositivos médicos.
4. Realizar preparaciones, mezclas, adecuación y ajuste de concentraciones de dosis
de medicamentos, sujeto al cumplimiento de las Buenas Prácticas de Manufactura
exigidas para tal fin.
5. Ofrecer la atención farmacéutica a los pacientes que la requieran.
6. Participar en la creación y desarrollo de programas relacionados con los
medicamentos y dispositivos médicos, especialmente los programas de
farmacovigilancia, uso de antibióticos y uso adecuado de medicamentos.
7. Realizar o participar en estudios relacionados con medicamentos y dispositivos
médicos, que conlleven el desarrollo de sus objetivos, especialmente aquellos
relacionados con la farmacia clínica.
CAPITULO 2
SERVICIO FARMACEUTICO
ARTÍCULO 8. REQUISITOS DEL SERVICIO FARMACÉUTICO.- El servicio farmacéutico deberá
cumplir, como mínimo, con los siguientes requisitos:
1. Disponer de una infraestructura física de acuerdo con su grado de complejidad, número de actividades
y/o procesos que se realicen y personas que laboren.
2. Contar con una dotación, constituida por equipos, instrumentos, bibliografía y materiales necesarios
para el cumplimiento de los objetivos de las actividades y/o procesos que se realizan en cada una de
sus áreas.
3. Disponer de un recurso humano idóneo para el cumplimiento de las actividades y/o procesos que
realice.
ARTÍCULO 9. RECURSO HUMANO DEL SERVICIO FARMACÉUTICO DEPENDIENTE.- El
servicio farmacéutico, estará bajo la dirección de un Químico Farmacéutico o de un Tecnólogo en Regencia
de Farmacia, teniendo en cuenta el grado de complejidad del servicio, de la siguiente manera:
1. El servicio farmacéutico de alta y mediana complejidad estará dirigido por el Químico Farmacéutico.
2. 2. El servicio farmacéutico de baja complejidad estará dirigido por el Químico Farmacéutico o el
Tecnólogo en Regencia de Farmacia.
CAPITULO 3
PROCESOS DEL SERVICIO FARMACEUTICO
ARTÍCULO 15. PROCESOS DEL SERVICIO FARMACÉUTICO.-los procesos de servicio
farmacéutico se clasifican en generales y especiales:
1. Dentro de los procesos generales se incluyen como mínimo: selección,
adquisición, recepción y almacenamiento, distribución y dispensación de
medicamentos y dispositivos médicos; participación en grupos interdisciplinarios;
información y educación al paciente y la comunidad sobre uso adecuado de
medicamentos y dispositivos médicos; y, destrucción o desnaturalización de
medicamentos y dispositivos médicos.
2. Pertenecen como mínimo a los procesos especiales: farmacovigilancia;
preparaciones: magistrales, extemporáneas, estériles; nutriciones parenterales;
mezcla de medicamentos oncológicos; adecuación y ajuste de concentraciones
para cumplir con las dosis prescritas; reempaque; reenvase; participación en
programas relacionados con medicamentos y dispositivos médicos ;realización o
participación en estudios sobre el uso de medicamentos y dispositivos médicos.
CAPITULO 4
PRESCRIPCIONES DE LOS MEDICAMENTOS
ARTÍCULO 16. CARACTERÍSTICAS DE lA
PRESCRIPCIÓN.-Toda prescripción de
medicamentos de debe hacer por escrito y
también debe hacer un diagnostico en la
historia de la clínica utilizando los siguiente
requisito:
ARTÍCULO 17. CONTENIDO DE LA
PRESCRIPCIÓN.-La prescripción del
medicamento debe realizarse en un formato el
cual debe contener los siguientes datos:
1. Nombre del Prestador de Servicios de Salud
o Profesional de la Salud que prescribe,
dirección y número telefónico o dirección
electrónica.
2. Lugar y fecha de la prescripción.
3. Nombre del paciente y documento de
identificación.
4. Número de la historia clínica
CAPITULO 5
DISTRIBUCION Y DISPENSACION DE
MEDICAMENTOS
ARTÍCULO 18. DISTRIBUCIÓN DE MEDICAMENTOS.- La distribución física de
medicamentos estará regulada por las normas técnicas que expida el Ministerio de la Protección
Social. El embalaje y/o trasporte de productos farmacéuticos forman parte de la distribución intra-
hospitalaria o física y deberán ser tenidos en cuenta en el desarrollo del Modelo de Gestión del
servicio farmacéutico.
ARTÍCULO 19. OBLIGACIONES DEL DISPENSADOR.-Son obligaciones del
dispensador:
1.Verificar que la prescripción esté elaborada por el personal de salud competente y autorizado y que
cumpla con las características y contenido de la prescripción, establecidos en el presente decreto.
2. Verificar que las preparaciones: magistrales, extemporáneas, estériles; nutrición
parenteral; y, mezclas de medicamentos oncológicos, contengan en el rótulo etiquetas la
información sobre el paciente hospitalizado o ambulatorio.
CAPITULO 6
DEL COMITÉ DE FARMACIA Y
TERAPEUTICA
ARTÍCULO 22. COMITÉ DE FARMACIA Y TERAPÉUTICA.- Todas las
instituciones prestadoras del servicio de salud deberán colocar en
funcionamiento el comité de farmacia y terapéutica, entendiéndose como tal,
a las entidades prestadoras del servicio de salud. Este Comité estará
integrado por:
1.El Director (a) o Gerente de la institución
2. El Subdirector (a) del área científica médica
3. El Director (a) del servicio farmacéutico
4. Director (a) del departamento de enfermería
5. Un representante de la especialidad médica
6. Un representante del área administrativa y financiera
CAPITULO 6
DEL COMITÉ DE FARMACIA Y
TERAPEUTICA
ARTÍCULO 23. FUNCIONES DEL COMITÉ DE FARMACIA y TERAPÉUTICA.-El comité de
farmacia y terapéutica deberá desarrollar, como mínimo estas funciones:
1. Formular las políticas sobre medicamentos y dispositivos médicos en la Institución
Prestadora de Servicios de Salud en relación con la prescripción, dispensación,
Administración.
2. Recomendar la solicitud de inclusión y/o exclusión de medicamentos en el Manual de
Medicamentos y Terapéutica.
3. Conceptuar sobre las guías de manejo para el tratamiento de las patologías más
frecuentes en la Institución.
4. Coordinar con el Comité de Infecciones de la Institución Prestadora de Servicios de
Salud, el impacto, seguimiento y evaluación de los perfiles epidemiológicos
institucionales y la eficacia de la terapia farmacológica instaurada en los casos
especiales.
5. Recolectar y analizar los datos enviados por el servicio farmacéutico sobre la
sospecha de la existencia de eventos adversos .
CAPITULO 7
INFORMACION DE MEDICAMENTOS
ARTÍCULO 24. INFORMACIÓN.- El servicio farmacéutico debe ofrecer a la
comunidad información de calidad, la información que solicite una persona
sobre el uso adecuado de los medicamentos será ofrecida por el Director del
servicio farmacéutico o establecimiento farmacéutico minorista.
ARTÍCULO 25. FUENTES DE INFORMACIÓN.-El servicio farmacéutico debe
contar con fuentes científicas de información y establecer canales agiles de
información con los servicios del centro de información de medicamentos.
CAPÍTULO VIII
DE lA INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y
CONTROL
ARTÍCULO 26. INSPECCIÓN VIGILANCIA y CONTROL.- Sin perjuicio de las competencias
atribuidas a otras autoridades, corresponde a las entidades territoriales de salud, a la
Superintendencia Nacional de Salud, y al Instituto Nacional de Vigilancia de
Medicamentos y Alimentos -INVIMA, ejercer la inspección, vigilancia y control del
servicio farmacéutico, dentro del campo de sus competencias.
ARTÍCULO 27. TRANSITORIO.- Las entidades, establecimientos farmacéuticos y
personas a los cuales se aplica el presente decreto contarán con seis (6) meses, a partir
de la entrada en vigencia del presente decreto, para adecuarse a las disposiciones
contenidas en esta norma.
ARTÍCULO 28. VIGENCIA.-El presente decreto rige a partir de la fecha de su
publicación, deroga en lo pertinente los artículos 55, 63 Y 92 del Decreto 1950 de 1964
Y deroga el artículo 91 del mismo Decreto y las demás disposiciones que le sean
contrarias.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Presentacion atención farmacéutica (1) Edwin Sanchez
Presentacion atención farmacéutica  (1) Edwin SanchezPresentacion atención farmacéutica  (1) Edwin Sanchez
Presentacion atención farmacéutica (1) Edwin Sanchez
David Gonzalez
 
Guia de buenas_practicas_en_transporte_de_mx
Guia de buenas_practicas_en_transporte_de_mxGuia de buenas_practicas_en_transporte_de_mx
Guia de buenas_practicas_en_transporte_de_mx
Andres Roa
 
Dispensación de medicamentos
Dispensación de medicamentosDispensación de medicamentos
Dispensación de medicamentos
nianbarrera
 

La actualidad más candente (20)

Resolucion 1403 2007
Resolucion 1403 2007Resolucion 1403 2007
Resolucion 1403 2007
 
DECRETO 2200 .pptx
DECRETO 2200 .pptxDECRETO 2200 .pptx
DECRETO 2200 .pptx
 
Servicio Farmaceutico Decreto 2200
Servicio Farmaceutico   Decreto 2200Servicio Farmaceutico   Decreto 2200
Servicio Farmaceutico Decreto 2200
 
Marco Legal Sgc
Marco Legal SgcMarco Legal Sgc
Marco Legal Sgc
 
Decreto 780 2016 pp favex
Decreto 780 2016 pp favexDecreto 780 2016 pp favex
Decreto 780 2016 pp favex
 
Presentacion atención farmacéutica (1) Edwin Sanchez
Presentacion atención farmacéutica  (1) Edwin SanchezPresentacion atención farmacéutica  (1) Edwin Sanchez
Presentacion atención farmacéutica (1) Edwin Sanchez
 
Guia de buenas_practicas_en_transporte_de_mx
Guia de buenas_practicas_en_transporte_de_mxGuia de buenas_practicas_en_transporte_de_mx
Guia de buenas_practicas_en_transporte_de_mx
 
Resolución 1403 de 2007
Resolución 1403 de 2007Resolución 1403 de 2007
Resolución 1403 de 2007
 
diapositiva de regencia en farmacia
diapositiva de regencia en farmaciadiapositiva de regencia en farmacia
diapositiva de regencia en farmacia
 
Mapa conceptual servicio faramceutico dependiente e independiente colombia
Mapa conceptual servicio faramceutico dependiente e  independiente  colombiaMapa conceptual servicio faramceutico dependiente e  independiente  colombia
Mapa conceptual servicio faramceutico dependiente e independiente colombia
 
Medicamentos de control especial
Medicamentos de control especialMedicamentos de control especial
Medicamentos de control especial
 
El Servicio Farmaceutico
El Servicio FarmaceuticoEl Servicio Farmaceutico
El Servicio Farmaceutico
 
Atención Farmacéutica en Farmacia Hospitalaria
Atención Farmacéutica en Farmacia HospitalariaAtención Farmacéutica en Farmacia Hospitalaria
Atención Farmacéutica en Farmacia Hospitalaria
 
Dispensación de medicamentos
Dispensación de medicamentosDispensación de medicamentos
Dispensación de medicamentos
 
Normatividad
NormatividadNormatividad
Normatividad
 
5. manual de buenas prácticas de oficina para farmacias y boticas
5. manual de buenas prácticas de oficina para farmacias y boticas5. manual de buenas prácticas de oficina para farmacias y boticas
5. manual de buenas prácticas de oficina para farmacias y boticas
 
La Dispensacion
La DispensacionLa Dispensacion
La Dispensacion
 
El papel del regente de farmacia en las preparaciones magistrales
El papel del regente de farmacia en las preparaciones magistralesEl papel del regente de farmacia en las preparaciones magistrales
El papel del regente de farmacia en las preparaciones magistrales
 
Resolucion 1403 de 2007
Resolucion 1403 de 2007Resolucion 1403 de 2007
Resolucion 1403 de 2007
 
Resolucion 1478 de 2006
Resolucion 1478 de 2006Resolucion 1478 de 2006
Resolucion 1478 de 2006
 

Similar a Decreto 2200 del 28 de jun 2005 (20)

Elaboracion de blog
Elaboracion de blogElaboracion de blog
Elaboracion de blog
 
Elaboracion de blog
Elaboracion de blogElaboracion de blog
Elaboracion de blog
 
DECRETO 2200 .pptx
DECRETO 2200 .pptxDECRETO 2200 .pptx
DECRETO 2200 .pptx
 
Decreto 2200de-2005
Decreto 2200de-2005Decreto 2200de-2005
Decreto 2200de-2005
 
Decreto 2200de-2005
Decreto 2200de-2005Decreto 2200de-2005
Decreto 2200de-2005
 
Introduccion a la_trf
Introduccion a la_trfIntroduccion a la_trf
Introduccion a la_trf
 
Pres2
Pres2Pres2
Pres2
 
Introduccion a la_trf
Introduccion a la_trfIntroduccion a la_trf
Introduccion a la_trf
 
DECRETO NUMERO 2200 DE 2005 (2).pptx
DECRETO NUMERO 2200 DE 2005 (2).pptxDECRETO NUMERO 2200 DE 2005 (2).pptx
DECRETO NUMERO 2200 DE 2005 (2).pptx
 
Dec2200280605
Dec2200280605Dec2200280605
Dec2200280605
 
Introduccion a la_trf
Introduccion a la_trfIntroduccion a la_trf
Introduccion a la_trf
 
Introduccion a la_trf
Introduccion a la_trfIntroduccion a la_trf
Introduccion a la_trf
 
Introduccion a la_trf
Introduccion a la_trfIntroduccion a la_trf
Introduccion a la_trf
 
Introduccion a la_trf
Introduccion a la_trfIntroduccion a la_trf
Introduccion a la_trf
 
Funciones de bioq farm.
Funciones de bioq farm.Funciones de bioq farm.
Funciones de bioq farm.
 
CLASE #3.pptx
CLASE #3.pptxCLASE #3.pptx
CLASE #3.pptx
 
Decreto 2200 del 2005.pdf
Decreto 2200 del 2005.pdfDecreto 2200 del 2005.pdf
Decreto 2200 del 2005.pdf
 
Decreto 2200 2005
Decreto 2200 2005Decreto 2200 2005
Decreto 2200 2005
 
Introduccion a la_trf
Introduccion a la_trfIntroduccion a la_trf
Introduccion a la_trf
 
Introduccion a la_trf
Introduccion a la_trfIntroduccion a la_trf
Introduccion a la_trf
 

Último

220524 Gnosis pura Las 3 montañas Weor.pdf
220524 Gnosis pura Las 3 montañas Weor.pdf220524 Gnosis pura Las 3 montañas Weor.pdf
220524 Gnosis pura Las 3 montañas Weor.pdf
AndresMoran46
 
García Gual, C. - Las primeras novelas. Desde la Grecia clásica hasta la Edad...
García Gual, C. - Las primeras novelas. Desde la Grecia clásica hasta la Edad...García Gual, C. - Las primeras novelas. Desde la Grecia clásica hasta la Edad...
García Gual, C. - Las primeras novelas. Desde la Grecia clásica hasta la Edad...
frank0071
 
La teoría de formación de Patricia Benner es una explicación acerca de cómo e...
La teoría de formación de Patricia Benner es una explicación acerca de cómo e...La teoría de formación de Patricia Benner es una explicación acerca de cómo e...
La teoría de formación de Patricia Benner es una explicación acerca de cómo e...
FernandaDillanes1
 
DIA MUNDIAL DEL NO TABAQUISMO Y NO FUMAR
DIA MUNDIAL DEL NO TABAQUISMO Y NO FUMARDIA MUNDIAL DEL NO TABAQUISMO Y NO FUMAR
DIA MUNDIAL DEL NO TABAQUISMO Y NO FUMAR
SolRobles10
 
6. LESION RENAL AGUDA tomado de medicina interna de harrison
6. LESION RENAL AGUDA  tomado de medicina interna de harrison6. LESION RENAL AGUDA  tomado de medicina interna de harrison
6. LESION RENAL AGUDA tomado de medicina interna de harrison
DouglasOcon
 

Último (18)

Muy Interesante Septiembre 1997 Numero 196
Muy Interesante Septiembre 1997 Numero 196Muy Interesante Septiembre 1997 Numero 196
Muy Interesante Septiembre 1997 Numero 196
 
220524 Gnosis pura Las 3 montañas Weor.pdf
220524 Gnosis pura Las 3 montañas Weor.pdf220524 Gnosis pura Las 3 montañas Weor.pdf
220524 Gnosis pura Las 3 montañas Weor.pdf
 
Estudio de la respiración celular en diferentes tipos de tejidos .pptx
Estudio de la respiración celular en diferentes tipos de tejidos .pptxEstudio de la respiración celular en diferentes tipos de tejidos .pptx
Estudio de la respiración celular en diferentes tipos de tejidos .pptx
 
García Gual, C. - Las primeras novelas. Desde la Grecia clásica hasta la Edad...
García Gual, C. - Las primeras novelas. Desde la Grecia clásica hasta la Edad...García Gual, C. - Las primeras novelas. Desde la Grecia clásica hasta la Edad...
García Gual, C. - Las primeras novelas. Desde la Grecia clásica hasta la Edad...
 
TRIPTICO COVID 2024 recomendaciones .pdf
TRIPTICO COVID 2024 recomendaciones .pdfTRIPTICO COVID 2024 recomendaciones .pdf
TRIPTICO COVID 2024 recomendaciones .pdf
 
Ssesion de aprendizaje Cinematica-MRU - Fisica
Ssesion de aprendizaje Cinematica-MRU - FisicaSsesion de aprendizaje Cinematica-MRU - Fisica
Ssesion de aprendizaje Cinematica-MRU - Fisica
 
Trayectoria histórica, exponentes y perspectivas del pensamiento sistémico: u...
Trayectoria histórica, exponentes y perspectivas del pensamiento sistémico: u...Trayectoria histórica, exponentes y perspectivas del pensamiento sistémico: u...
Trayectoria histórica, exponentes y perspectivas del pensamiento sistémico: u...
 
La teoría de formación de Patricia Benner es una explicación acerca de cómo e...
La teoría de formación de Patricia Benner es una explicación acerca de cómo e...La teoría de formación de Patricia Benner es una explicación acerca de cómo e...
La teoría de formación de Patricia Benner es una explicación acerca de cómo e...
 
Algebra Lineal - Eduardo Espinoza Ramos.pdf
Algebra Lineal - Eduardo Espinoza Ramos.pdfAlgebra Lineal - Eduardo Espinoza Ramos.pdf
Algebra Lineal - Eduardo Espinoza Ramos.pdf
 
ANALISIS DE PERFIL LIPIDIOCO PRACTICA 05.docx
ANALISIS DE PERFIL LIPIDIOCO PRACTICA 05.docxANALISIS DE PERFIL LIPIDIOCO PRACTICA 05.docx
ANALISIS DE PERFIL LIPIDIOCO PRACTICA 05.docx
 
DIA MUNDIAL DEL NO TABAQUISMO Y NO FUMAR
DIA MUNDIAL DEL NO TABAQUISMO Y NO FUMARDIA MUNDIAL DEL NO TABAQUISMO Y NO FUMAR
DIA MUNDIAL DEL NO TABAQUISMO Y NO FUMAR
 
Estudio de la respiración celular en diferentes tipos de tejidos .pptx
Estudio de la respiración celular en diferentes tipos de tejidos .pptxEstudio de la respiración celular en diferentes tipos de tejidos .pptx
Estudio de la respiración celular en diferentes tipos de tejidos .pptx
 
1891 - 14 de Julio - Rohrmann recibió una patente alemana (n° 64.209) para s...
1891 - 14 de Julio - Rohrmann recibió una patente alemana (n° 64.209)  para s...1891 - 14 de Julio - Rohrmann recibió una patente alemana (n° 64.209)  para s...
1891 - 14 de Julio - Rohrmann recibió una patente alemana (n° 64.209) para s...
 
6. LESION RENAL AGUDA tomado de medicina interna de harrison
6. LESION RENAL AGUDA  tomado de medicina interna de harrison6. LESION RENAL AGUDA  tomado de medicina interna de harrison
6. LESION RENAL AGUDA tomado de medicina interna de harrison
 
biografia de emmy noether, quien fue, estudios, trayectoria
biografia de emmy noether, quien fue, estudios, trayectoriabiografia de emmy noether, quien fue, estudios, trayectoria
biografia de emmy noether, quien fue, estudios, trayectoria
 
Proyecto socio productivo y social uptaeb
Proyecto socio productivo y social  uptaebProyecto socio productivo y social  uptaeb
Proyecto socio productivo y social uptaeb
 
metabolismo vegetal, metabolitos secundarios
metabolismo vegetal, metabolitos secundariosmetabolismo vegetal, metabolitos secundarios
metabolismo vegetal, metabolitos secundarios
 
2.-Tema Genetica y el sistema del ser humano
2.-Tema Genetica y el sistema del ser humano2.-Tema Genetica y el sistema del ser humano
2.-Tema Genetica y el sistema del ser humano
 

Decreto 2200 del 28 de jun 2005

  • 1. DECRETO 2200 DEL 28 DE JUN 2005 Por el cual se reglamenta el servicio farmacéutico y se dictan otras disposiciones Facultad de ciencias de la salud Tecnología en Regencia de Farmacia PRESENTADO POR: Luz Orfilia Mosquera Yuri Yuneidi Ceballos Karime Martínez Yuri Andrea Jaramillo
  • 2. CAPITULO 1 DISPENSACIONES GENERALES ARTÍCULO 1. OBJETO.-Su objetivo es regular las actividades y procesos del servicio farmacéutico. ARTÍCULO 2. CAMPO DE APLlCACION.-Las disposiciones se aplican a los prestadores de servicio de salud y establecimientos farmacéuticos donde se almacenen, distribuyan, o dispensen medicamentos o dispositivos médicos que realice actividades y procesos del servicio farmacéutico. ARTÍCULO 3. DEFINICIONES.-Es la atención prestada por un químico farmacéutico a un paciente o grupo de pacientes en el seguimiento al tratamiento fármaco terapéutico dirigido o contribuido con el medico tratante.
  • 3. CAPITULO 1 DISPENSACIONES GENERALES DENOMINACION INTERNACIONAL PARA LAS SUSTANCIAS FARMACEUTICAS Distribución física de medicamentos y dispositivos médicos Estudios de utilización de medicamentos Farmacoeconomia Farmacoepidemiologia Farmacovigilancia GESTIÓN DEL SERVICIO FARMACÉUTICO Perfil Farmacoterapeutico Preparación magistral Problemas relacionados con los medicamentos Problemas relacionados con la utilización de medicamentos Servicio de información de medicamentos Uso adecuado de medicamentos
  • 4. CAPITULO 2 SERVICIO FARMACEUTICO ARTÍCULO 4. SERVICIO FARMACÉUTICO.- Es el servicio de atención en salud responsable de las actividades, procedimientos e intervenciones de carácter técnico, científico y administrativo, relacionados con los medicamentos y los dispositivos médicos utilizados en la promoción de la salud y la prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de la enfermedad. ARTICULO 5. FORMAS DE PRESTACION DEL SERVICIO FARMACEUTICO.-Formas de prestaciones de servicio farmacéutico. El servicio farmacéutico podrá ser prestado de manera dependiente o independiente en los siguientes términos: SERVICIO FARMACÉUTICO INDEPENDIENTE.-Es aquel que es prestado a través de establecimientos farmacéuticos. SERVICIO FARMACÉUTICO DEPENDIENTE.-Es aquel servicio asistencial a " cargo de una Institución Prestadora de Servicios de Salud, el que además de las disposiciones del presente decreto debe cumplir con los estándares del Sistema Único de Habilitación del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad en Salud.
  • 5. CAPITULO 2 SERVICIO FARMACEUTICO ARTÍCULO 6. OBJETIVOS DEL SERVICIO FARMACÉUTICO.-Él servicio farmacéutico tendrá como objetivos primordiales los siguientes: 1. Promover y proporcionar estilos de vida saludables. 2. Prevenir factores de riesgo del uso inadecuado de medicamentos y dispositivos médicos, promover su uso adecuado. 3. Suministras medicamentos y dispositivos médicos, e informar sobre su uso adecuado. 4. Ofrecer atención farmacéutica a los pacientes y realizar con el equipo de salud el cumplimiento de las intervenciones de medicamentos y dispositivos médicos.
  • 6. CAPITULO 2 SERVICIO FARMACEUTICO ARTÍCULO 7. FUNCIONES DEL SERVICIO FARMACÉUTICO.-El servicio farmacéutico tendrá las siguientes funciones: 1. Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar los servicios relacionados con los medicamentos y dispositivos médicos ofrecidos a los pacientes y a la comunidad en general. 2. Promover estilos de vida saludables y el uso adecuado de los medicamentos y dispositivos médicos. 3. Seleccionar, adquirir, recepcionar y almacenar, distribuir y dispensar medicamentos y dispositivos médicos. 4. Realizar preparaciones, mezclas, adecuación y ajuste de concentraciones de dosis de medicamentos, sujeto al cumplimiento de las Buenas Prácticas de Manufactura exigidas para tal fin. 5. Ofrecer la atención farmacéutica a los pacientes que la requieran. 6. Participar en la creación y desarrollo de programas relacionados con los medicamentos y dispositivos médicos, especialmente los programas de farmacovigilancia, uso de antibióticos y uso adecuado de medicamentos. 7. Realizar o participar en estudios relacionados con medicamentos y dispositivos médicos, que conlleven el desarrollo de sus objetivos, especialmente aquellos relacionados con la farmacia clínica.
  • 7. CAPITULO 2 SERVICIO FARMACEUTICO ARTÍCULO 8. REQUISITOS DEL SERVICIO FARMACÉUTICO.- El servicio farmacéutico deberá cumplir, como mínimo, con los siguientes requisitos: 1. Disponer de una infraestructura física de acuerdo con su grado de complejidad, número de actividades y/o procesos que se realicen y personas que laboren. 2. Contar con una dotación, constituida por equipos, instrumentos, bibliografía y materiales necesarios para el cumplimiento de los objetivos de las actividades y/o procesos que se realizan en cada una de sus áreas. 3. Disponer de un recurso humano idóneo para el cumplimiento de las actividades y/o procesos que realice. ARTÍCULO 9. RECURSO HUMANO DEL SERVICIO FARMACÉUTICO DEPENDIENTE.- El servicio farmacéutico, estará bajo la dirección de un Químico Farmacéutico o de un Tecnólogo en Regencia de Farmacia, teniendo en cuenta el grado de complejidad del servicio, de la siguiente manera: 1. El servicio farmacéutico de alta y mediana complejidad estará dirigido por el Químico Farmacéutico. 2. 2. El servicio farmacéutico de baja complejidad estará dirigido por el Químico Farmacéutico o el Tecnólogo en Regencia de Farmacia.
  • 8. CAPITULO 3 PROCESOS DEL SERVICIO FARMACEUTICO ARTÍCULO 15. PROCESOS DEL SERVICIO FARMACÉUTICO.-los procesos de servicio farmacéutico se clasifican en generales y especiales: 1. Dentro de los procesos generales se incluyen como mínimo: selección, adquisición, recepción y almacenamiento, distribución y dispensación de medicamentos y dispositivos médicos; participación en grupos interdisciplinarios; información y educación al paciente y la comunidad sobre uso adecuado de medicamentos y dispositivos médicos; y, destrucción o desnaturalización de medicamentos y dispositivos médicos. 2. Pertenecen como mínimo a los procesos especiales: farmacovigilancia; preparaciones: magistrales, extemporáneas, estériles; nutriciones parenterales; mezcla de medicamentos oncológicos; adecuación y ajuste de concentraciones para cumplir con las dosis prescritas; reempaque; reenvase; participación en programas relacionados con medicamentos y dispositivos médicos ;realización o participación en estudios sobre el uso de medicamentos y dispositivos médicos.
  • 9. CAPITULO 4 PRESCRIPCIONES DE LOS MEDICAMENTOS ARTÍCULO 16. CARACTERÍSTICAS DE lA PRESCRIPCIÓN.-Toda prescripción de medicamentos de debe hacer por escrito y también debe hacer un diagnostico en la historia de la clínica utilizando los siguiente requisito: ARTÍCULO 17. CONTENIDO DE LA PRESCRIPCIÓN.-La prescripción del medicamento debe realizarse en un formato el cual debe contener los siguientes datos: 1. Nombre del Prestador de Servicios de Salud o Profesional de la Salud que prescribe, dirección y número telefónico o dirección electrónica. 2. Lugar y fecha de la prescripción. 3. Nombre del paciente y documento de identificación. 4. Número de la historia clínica
  • 10. CAPITULO 5 DISTRIBUCION Y DISPENSACION DE MEDICAMENTOS ARTÍCULO 18. DISTRIBUCIÓN DE MEDICAMENTOS.- La distribución física de medicamentos estará regulada por las normas técnicas que expida el Ministerio de la Protección Social. El embalaje y/o trasporte de productos farmacéuticos forman parte de la distribución intra- hospitalaria o física y deberán ser tenidos en cuenta en el desarrollo del Modelo de Gestión del servicio farmacéutico. ARTÍCULO 19. OBLIGACIONES DEL DISPENSADOR.-Son obligaciones del dispensador: 1.Verificar que la prescripción esté elaborada por el personal de salud competente y autorizado y que cumpla con las características y contenido de la prescripción, establecidos en el presente decreto. 2. Verificar que las preparaciones: magistrales, extemporáneas, estériles; nutrición parenteral; y, mezclas de medicamentos oncológicos, contengan en el rótulo etiquetas la información sobre el paciente hospitalizado o ambulatorio.
  • 11. CAPITULO 6 DEL COMITÉ DE FARMACIA Y TERAPEUTICA ARTÍCULO 22. COMITÉ DE FARMACIA Y TERAPÉUTICA.- Todas las instituciones prestadoras del servicio de salud deberán colocar en funcionamiento el comité de farmacia y terapéutica, entendiéndose como tal, a las entidades prestadoras del servicio de salud. Este Comité estará integrado por: 1.El Director (a) o Gerente de la institución 2. El Subdirector (a) del área científica médica 3. El Director (a) del servicio farmacéutico 4. Director (a) del departamento de enfermería 5. Un representante de la especialidad médica 6. Un representante del área administrativa y financiera
  • 12. CAPITULO 6 DEL COMITÉ DE FARMACIA Y TERAPEUTICA ARTÍCULO 23. FUNCIONES DEL COMITÉ DE FARMACIA y TERAPÉUTICA.-El comité de farmacia y terapéutica deberá desarrollar, como mínimo estas funciones: 1. Formular las políticas sobre medicamentos y dispositivos médicos en la Institución Prestadora de Servicios de Salud en relación con la prescripción, dispensación, Administración. 2. Recomendar la solicitud de inclusión y/o exclusión de medicamentos en el Manual de Medicamentos y Terapéutica. 3. Conceptuar sobre las guías de manejo para el tratamiento de las patologías más frecuentes en la Institución. 4. Coordinar con el Comité de Infecciones de la Institución Prestadora de Servicios de Salud, el impacto, seguimiento y evaluación de los perfiles epidemiológicos institucionales y la eficacia de la terapia farmacológica instaurada en los casos especiales. 5. Recolectar y analizar los datos enviados por el servicio farmacéutico sobre la sospecha de la existencia de eventos adversos .
  • 13. CAPITULO 7 INFORMACION DE MEDICAMENTOS ARTÍCULO 24. INFORMACIÓN.- El servicio farmacéutico debe ofrecer a la comunidad información de calidad, la información que solicite una persona sobre el uso adecuado de los medicamentos será ofrecida por el Director del servicio farmacéutico o establecimiento farmacéutico minorista. ARTÍCULO 25. FUENTES DE INFORMACIÓN.-El servicio farmacéutico debe contar con fuentes científicas de información y establecer canales agiles de información con los servicios del centro de información de medicamentos.
  • 14. CAPÍTULO VIII DE lA INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL ARTÍCULO 26. INSPECCIÓN VIGILANCIA y CONTROL.- Sin perjuicio de las competencias atribuidas a otras autoridades, corresponde a las entidades territoriales de salud, a la Superintendencia Nacional de Salud, y al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -INVIMA, ejercer la inspección, vigilancia y control del servicio farmacéutico, dentro del campo de sus competencias. ARTÍCULO 27. TRANSITORIO.- Las entidades, establecimientos farmacéuticos y personas a los cuales se aplica el presente decreto contarán con seis (6) meses, a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, para adecuarse a las disposiciones contenidas en esta norma. ARTÍCULO 28. VIGENCIA.-El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga en lo pertinente los artículos 55, 63 Y 92 del Decreto 1950 de 1964 Y deroga el artículo 91 del mismo Decreto y las demás disposiciones que le sean contrarias.