1. Universidad Fermín Toro
Vicerrectorado Académico
Facultad de Ciencias Económicas y Sociales
Escuela de Administración
DERECHO
ADMINISTRATIVO
Aparicio María Fernanda
Asuaje María Amelia
Ghini Ghino
Gómez Enmanuel
Hernández Diana
Rodríguez Mariangélica
SAIA A.
2. Potestad Administrativa
Para hablar de potestad administrativa debemos saber de qué se trata la
potestad, se entiende como poder, donde coloca a quien la posea en un nivel
superior y le permite legalmente ocuparse de ciertas cosas; así pues, la
potestad administrativa es el poder, a nivel jurídico, que la ley concede a la
administración pública, donde de esta manera impone o sujeta a otros
individuos el cumplimiento de alguna actividad en especifico, obteniendo
beneficios de interés general.
El término engloba cualquier tipo de actividad administrativa, cabe
destacar que solo deben ser ejercidas en la búsqueda de un interés público y
bajo ningún concepto por interés propio. (ASUAJE MARÍA AMELIA)
Clases de Potestades Administrativas
Potestad de actuación de oficio: La potestad de actuación de Oficio
consiste en la ejecución de un proceso de carácter exploratorio, curioso y
oficioso. Esta, tiene como principal protagonista a la administración; ya que es
esta quien de forma dinámica, encausa y dirige todo lo relacionado con el
proceso que implica dicha potestad. En este proceso se puede observar como
la administración adquiere la mayor carga de trabajo; puesto que tiene la
responsabilidad de la indagación y la obtención de la prueba.
Por otro lado se puede apreciar que la administración posee como
obligación entrar en actuación al instante en el cual se tiene conocimiento del
acto administrativo; ya que la ley, en un conjunto de artículos, dispone de forma
clara y precisa el deber de que esta ejecute a manera de oficio sus labores y
ocupaciones. La potestad de actuación de oficio posee una serie de etapas, las
cuales son:
Inicio del procedimiento: Como primer paso, en el ejercicio de esta
potestad, es primordial que se atienda y preste atención a la opinión
del interesado; previo cumplimiento de requisitos establecidos; ya
que se debe garantizar el fiel cumplimiento de los derechos de los
ciudadanos.
Sustanciación: Esta etapa hace referencia a la responsabilidad que
tiene la administración pública de gestionar, toda clase de trámites
necesarios para la mejora de los expedientes y el aumento de
información sobre el asunto que afecta al interesado.
Pruebas: La administración pública, al igual que en la etapa anterior
posee la responsabilidad de obtención de información; en este caso
de las pruebas necesarias por cualquier medio para el cumplimiento
del acto administrativo y el respeto de los derechos del o los
ciudadanos.
3. Ejecución: Este punto hace referencia a como la administración tiene
la facultad de realizar los actos administrativos sin necesidad de
recurrir a un órgano superior o judicial.
Revisión de los actos administrativos: es la capacidad que tiene la
administración pública para revocar, modificar, corregir y anular
cualquier acto administrativo, previo cumplimiento de lo establecido
en la ley.
En síntesis se puede expresar que la potestad de actuación de oficio, se
refiere a la responsabilidad que posee, por disposición legal, la administración
pública, ante los ciudadanos y a los trámites realizados por estos. Ya que esta,
está obligada a garantizar en todo momento, la búsqueda de la mayor cantidad
de información posible, con sus propios recursos; para asegurar, de esta forma
el fiel cumplimiento de los derechos de todas las personas; así como prestación
de un servicio eficaz, amable y justo. (DIANA HERNÁNDEZ SALAS)
Potestad De Autotutela: Fundamentalmente la potestad de autotutela
se denomina así ya que la administración se encarga de sus propios intereses
sin necesidad de incluir terceras personas, a su vez se basta para declarar o
defender su propio derecho. Dicha potestad de autotutela se trata de una
facultad y es fácilmente de apreciar debido a que es de un carácter
extraordinario. El fin de la potestad administrativa es el interés en general o
público.
Dentro del concepto de potestad administrativa habla sobre su principio
de legalidad y seguido de esto, están las normas que son las que rigen la
administración que puede y que deber hacer en cada ocasión o caso.
Existen caracteres de las potestad administrativas que hacen referencia
a que no pueden ser modificadas de ninguna forma por parte del titular,
también dichas potestades son inagotables ya que se van confirmando según
su reconocimiento y nunca son consumidas.
Dentro de sus características tenemos que son poderes regulados y
están sujetados a la legalidad, solo pueden ser ejercidas por su interés público.
(APARICIO MARÍA FERNANDA)
Potestad de ejecución: Los artículos 8, 79 y 80 de la LOPA indican que
La ley le concede a la administración el privilegio de llevar a cabo sus actos
administrativos por sus propios medios, a su vez estos artículos establecen sus
limitantes ya que le pone como compromiso el no poder realizar actos
materiales de ejecución que perjudiquen los derechos de los individuales, sin
una previa decisión que actúe como fundamento de los actos. (RODRÍGUEZ
MARIANGÉLICA)
4. Responsabilidad de los funcionarios públicos
Precisamente su responsabilidad es cumplir una serie de deberes
mientras se encuentra en ejercicio. Existen unas clases de responsabilidades.
Primeramente hablare de las clases de responsabilidades según la ley
de carrera administrativa. Tales como el deber de generar fidelidad y los
deberes inherentes al cargo.
Generar fidelidad quiere decir que ningún funcionario puede estar
parcializado a un partido político, debe estar totalmente al servicio del pueblo
sin importar su pensamiento o ideas, respetando la opinión ajena y trabajando
para todos por igual. No cumplir con esto sería ir en contra indirectamente al
pueblo y estar en contra de sí mismo. Los deberes inherentes al cargo son
aquellos que tratan de generar la obligación al funcionario de siempre trabajar
con personalidad y dedicación, continuamente, ser eficientes y guardar
secretos que deban guardar para su bien y el de su cargo. Está asociado con
los siguientes deberes: deber de desempeño personal del cargo, prestar
servicios con toda la dedicación, guardar el secreto, prestar los servicios de
manera continua. (GHINI GHINO)
Los deberes derivados en la organización jerárquica
Esta debe dar respuesta a nivel interno a cualquier necesidad estructural
modificable por circunstancias no previstas para que la toma de decisiones en
el equipo integrante de la misma esté perfectamente definida por un conjunto
de plantilla. Por otro lado debe permitir atender la necesidad de algún cliente
que por cualquier motivo requiera la presencia de algún responsable.
El reforzamiento hacia la persona que sustenta el cargo de subdirector o
interventor según los casos tienen que ser absoluto por parte del director de la
oficina por cualquier duda puede erosionar la organización y si esta se quiebra
difícilmente se podrá conseguir el objetivo comercial.
En oficinas donde la actividad comercial externa moviliza diferentes
empleados tantos comerciales como especialistas, sean imprescindibles la
figura del organizador interno como una de las funciones primordiales y no
cuestionables, para que se preste la debida atención al cliente que se tiene en
el patio de operaciones. El resto de las plantillas deberá conocer y entender su
posición dentro de la organización puesto que a priori es la persona que tiene
una visión globalizadora del conjunto de funciones y actividades de cada uno
de los componentes, atendiendo y dando solución a los posibles incidentes que
puedan surgir a lo largo de la actividad diaria. (ENMANUEL GOMEZ)