La propiedad intelectual se refiere a la protección legal de creaciones del intelecto humano como obras literarias, artísticas, invenciones y marcas. Cubre dos áreas: derechos de autor sobre obras creativas y propiedad industrial sobre invenciones e indicaciones geográficas. Su historia se remonta a privilegios otorgados en el siglo XII y su regulación moderna incluye tratados internacionales como la Convención de Berna de 1886.
3. La protección jurídica que el
legislador establece a los
bienes incorpóreos, a favor
de la creatividad humana, al
regular en diferentes leyes
tanto la propiedad industrial
como el derecho de autor,
4. La propiedad intelectual abarca dos vertientes:
Los derechos de autor
La propiedad industrial
5. Los derechos de autor:
propios de las obras literarias
musicales, artísticas,
fotográficas y audiovisuales.
La propiedad
industrial: comprende
las invenciones,
marcas registradas,
modelos industriales,
dibujos y
denominaciones de
origen, entre otros.
6. Historia:
En el siglo XII en Francia, Luis XII concedió privilegios
a Verard, por su edición de las epístolas de San Pablo y
de San Bruno, y fue hasta 1710 cuando el parlamento
inglés dicta el estatuto de la reina Ana, que reconoce
los derechos de los creadores intelectuales
7. En Estados Unidos se expide el Copyright Act en
1790 y en Francia en 1793 se reglamenta la
propiedad artística y literaria. En México la Real
Orden del 20 de octubre de 1764, dictada por Carlos
III para España y sus dominios que incluían a la
Nueva España, hoy México, se considera el
documento más antiguo.
8. En el ámbito internacional destaca como
fuente histórica del derecho de autor el
Convenio de Berna (1886) que protege obras
literarias y artísticas.
En México el Código Civil de 1870 el Código
Civil para el Distrito Federal y el Territorio
de Baja California, contuvo disposiciones
sobre propiedad literaria , dramática y
propiedad artística.
9. Más tarde el Código Civil de (1884), reglamento los
derechos de los autores y después del Código Civil para
el Distrito de Territorio Federales en materia común y
para la República Mexicana en materia Federal (1928),
contenida el denominado Derecho de Autor
Más adelante aparece la Ley Federal sobre el Derecho
de Autor de 1947, como ley reglamentaria del artículo
28 constitucional.
10. La ley vigente (1997) da origen al Instituto Nacional
de Derecho de Autor (Indautor) como un organismo
desconcentrado de la Secretaría de Educación
Pública y funciona como registro e interviene para la
solución de conflictos de esta materia.
En el ámbito internacional, funciona la Organización
Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), creada
por el convenio de Estocolmo del 14 de julio de
1947.