El documento trata sobre el derecho penal. Explica que el derecho penal es el conjunto de normas que definen los delitos y sus penas. Señala que pertenece al derecho público y estudia tres elementos: delito, delincuente y pena. También determina los ámbitos de validez de la ley penal, que incluyen el ámbito material, temporal, espacial y personal.
Este documento resume las principales fuentes del derecho en Argentina, incluyendo la ley, costumbres, jurisprudencia, equidad y doctrina. Explica que la ley es toda norma jurídica que emana del poder legislativo, mientras que la costumbre surge de actos repetidos que se convierten en reglas no escritas. La jurisprudencia se refiere a los precedentes establecidos por fallos judiciales consistentes sobre un tema, y la equidad permite que los jueces consideren circunstancias especiales al aplicar la ley. Por
Apuntes de introduccion al derecho procesal penalGustavoSosa46
El documento introduce el Derecho Procesal Penal, explicando que regula el proceso penal desde su inicio hasta su finalización para investigar y sancionar conductas delictivas. Describe los sistemas inquisitivo y acusatorio, señalando que el sistema acusatorio reconoce al imputado como sujeto de derecho titular de garantías, a diferencia del sistema inquisitivo. También explica la relación del Derecho Procesal Penal con otras ramas del derecho y la política criminal del Estado.
El documento explica conceptos clave sobre la ley penal como la distinción entre norma y ley penal, las características de la ley penal como ser exclusiva, axiológica y obligatoria, y los diferentes métodos de interpretación de la ley penal como la interpretación gramatical, teleológica y sistemática. También aborda temas como las leyes penales en blanco, los decretos leyes y la situación de Bolivia en relación a estos conceptos.
El documento resume los principales aspectos del derecho penal objetivo, incluyendo la ley penal, su interpretación y aplicación. Explica que la ley penal es la fuente exclusiva del derecho penal y debe ser escrita, previa, estricta y cierta. Además, cubre los principios de aplicación de la ley penal en el tiempo, como la irretroactividad y retroactividad benigna, y en el espacio, como la territorialidad y extraterritorialidad.
Ley y normas del Derecho Penal Unidad III.pptxdylantalvarez40
el archivo habla sobre la ley penal, ley y normal, el principio de legalidad, la interpretación de la ley, los concursos aparentes de las leyes penalesl la validez temporal y espacial y la extradición
Este documento describe la ley procesal en Venezuela. Explica que las leyes procesales regulan los procedimientos legales y establecen los medios para hacer cumplir los derechos sustantivos. Luego clasifica las leyes procesales en diferentes categorías y discute conceptos como el ámbito de aplicación, la interpretación y los límites temporales y espaciales de las leyes procesales. Finalmente, explica los diferentes métodos para interpretar correctamente las leyes procesales.
Este documento presenta una introducción al derecho penal. Define el derecho penal y sus objetivos de proteger a la sociedad y rehabilitar a los delincuentes. Explica las fuentes del derecho penal como la ley y el código penal, y su relación con otras ramas del derecho como el constitucional y civil. Resume los principios fundamentales del código penal como la legalidad, proporcionalidad y garantías del debido proceso.
Este documento presenta conceptos clave de técnica jurídica como técnica jurídica, derecho público y privado, laguna de la ley, analogía y fuentes formales del derecho. Explica que la técnica jurídica se refiere a la interpretación jurídica de hechos y objetos legales. También distingue entre derecho público, que se refiere al estado, y derecho privado, que regula las relaciones entre particulares. Finalmente, identifica las leyes formales, jurisprudencia, doctrina y otras fu
Este documento resume las principales fuentes del derecho en Argentina, incluyendo la ley, costumbres, jurisprudencia, equidad y doctrina. Explica que la ley es toda norma jurídica que emana del poder legislativo, mientras que la costumbre surge de actos repetidos que se convierten en reglas no escritas. La jurisprudencia se refiere a los precedentes establecidos por fallos judiciales consistentes sobre un tema, y la equidad permite que los jueces consideren circunstancias especiales al aplicar la ley. Por
Apuntes de introduccion al derecho procesal penalGustavoSosa46
El documento introduce el Derecho Procesal Penal, explicando que regula el proceso penal desde su inicio hasta su finalización para investigar y sancionar conductas delictivas. Describe los sistemas inquisitivo y acusatorio, señalando que el sistema acusatorio reconoce al imputado como sujeto de derecho titular de garantías, a diferencia del sistema inquisitivo. También explica la relación del Derecho Procesal Penal con otras ramas del derecho y la política criminal del Estado.
El documento explica conceptos clave sobre la ley penal como la distinción entre norma y ley penal, las características de la ley penal como ser exclusiva, axiológica y obligatoria, y los diferentes métodos de interpretación de la ley penal como la interpretación gramatical, teleológica y sistemática. También aborda temas como las leyes penales en blanco, los decretos leyes y la situación de Bolivia en relación a estos conceptos.
El documento resume los principales aspectos del derecho penal objetivo, incluyendo la ley penal, su interpretación y aplicación. Explica que la ley penal es la fuente exclusiva del derecho penal y debe ser escrita, previa, estricta y cierta. Además, cubre los principios de aplicación de la ley penal en el tiempo, como la irretroactividad y retroactividad benigna, y en el espacio, como la territorialidad y extraterritorialidad.
Ley y normas del Derecho Penal Unidad III.pptxdylantalvarez40
el archivo habla sobre la ley penal, ley y normal, el principio de legalidad, la interpretación de la ley, los concursos aparentes de las leyes penalesl la validez temporal y espacial y la extradición
Este documento describe la ley procesal en Venezuela. Explica que las leyes procesales regulan los procedimientos legales y establecen los medios para hacer cumplir los derechos sustantivos. Luego clasifica las leyes procesales en diferentes categorías y discute conceptos como el ámbito de aplicación, la interpretación y los límites temporales y espaciales de las leyes procesales. Finalmente, explica los diferentes métodos para interpretar correctamente las leyes procesales.
Este documento presenta una introducción al derecho penal. Define el derecho penal y sus objetivos de proteger a la sociedad y rehabilitar a los delincuentes. Explica las fuentes del derecho penal como la ley y el código penal, y su relación con otras ramas del derecho como el constitucional y civil. Resume los principios fundamentales del código penal como la legalidad, proporcionalidad y garantías del debido proceso.
Este documento presenta conceptos clave de técnica jurídica como técnica jurídica, derecho público y privado, laguna de la ley, analogía y fuentes formales del derecho. Explica que la técnica jurídica se refiere a la interpretación jurídica de hechos y objetos legales. También distingue entre derecho público, que se refiere al estado, y derecho privado, que regula las relaciones entre particulares. Finalmente, identifica las leyes formales, jurisprudencia, doctrina y otras fu
El derecho penal regula la potestad punitiva del estado mediante normas que asocian hechos determinados por la ley con penas. Su misión es proteger a la sociedad a través de medidas que separan a delincuentes peligrosos y reintegran a otros mediante tratamiento. La teoría del delito creada por la dogmática alemana establece que para que exista un delito se requieren la acción, tipicidad, antijuricidad y culpabilidad. Los principios del derecho penal surgen de la ilustración francesa para limit
Este documento presenta un resumen de 3 temas principales del derecho:
1. Define el derecho como el conjunto de normas jurídicas que regulan la vida del hombre en la sociedad.
2. Explica las fuentes del derecho como la ley, la costumbre, los principios generales del derecho, la jurisprudencia y la doctrina científica.
3. Describe la jerarquía normativa con la Constitución en la cima, seguida de las leyes orgánicas y ordinarias, y los decretos del poder ejecutivo
El documento trata sobre el derecho penal. Brevemente, explica que el derecho penal determina las infracciones y sanciones establecidas por el estado, y se divide en derecho penal sustantivo (leyes penales) y derecho penal adjetivo o procesal (normas de aplicación). También presenta definiciones de derecho penal de diferentes doctrinarios y explica su relación con otras ramas del derecho como el constitucional, civil y administrativo.
El documento describe el Derecho Penal como el conjunto de normas que regulan el poder punitivo del Estado para proteger los valores de la sociedad. Se divide en Derecho Penal sustantivo, que establece los delitos y penas, y Derecho Penal adjetivo o procesal, que regula la aplicación de aquellas. También señala la evolución histórica del Derecho Penal desde las primeras normas basadas en la venganza privada hasta su desarrollo en el Derecho Romano y la Edad Media, influenciada por el Derecho
El documento trata sobre el derecho penal. Explica que el derecho penal regula el poder punitivo del Estado al asociar ciertos hechos definidos por la ley con una pena u otra consecuencia, con el objetivo de proteger los valores de la convivencia pacífica. También distingue entre derecho penal sustantivo y procesal, y describe brevemente la evolución histórica del derecho penal desde las sociedades primitivas hasta la Edad Media y la recepción del derecho romano.
El documento trata sobre los conceptos de aplicación e interpretación del derecho, conflictos de leyes en el tiempo y el espacio. Explica que la interpretación del derecho busca el sentido de la ley según el legislador y puede ser doctrinal, judicial o legislativa. También describe las teorías para resolver conflictos de leyes entre ordenamientos jurídicos como la territorialidad de la ley, teoría de los estatutos y teoría de la personalidad del derecho. Finalmente, resume los principios admitidos en el derecho positivo colombiano para resolver conflictos en el esp
Este documento presenta una introducción a la estructura del ordenamiento jurídico chileno, dividiéndolo en derecho nacional e internacional. El derecho nacional se divide en derecho público y privado. El derecho público incluye las ramas de derecho constitucional, administrativo, penal y procesal. El derecho privado contiene el derecho civil, comercial y laboral. El derecho internacional está compuesto por derecho internacional público y privado. También se menciona brevemente el derecho canónico.
Este documento resume los principios básicos del derecho penal, incluyendo la definición y funciones de la norma penal, la estructura de los preceptos y sanciones, y las características de la ley penal. También explica los principios de legalidad, la clasificación y sucesión de las leyes penales, y las fases de aplicación temporal, espacial y personal de la ley penal.
El documento presenta una introducción al curso "Derecho Penal II" dictado en la Universidad Salesiana de Bolivia. Explica que el curso analizará la parte especial del código penal boliviano y las modificaciones realizadas recientemente. También describe los objetivos del curso como desarrollar un análisis crítico de los delitos y preparar a los estudiantes para la aplicación correcta de las normas penales. Finalmente, detalla los recursos tecnológicos disponibles y necesarios para el dictado de la asignatura.
El documento habla sobre el derecho penal. Explica que el derecho penal regula la potestad punitiva del estado al asociar ciertos hechos con penas u otras consecuencias. También distingue entre derecho penal sustantivo y procesal penal. Luego resume la evolución histórica del derecho penal desde las primeras sociedades hasta la edad media y la recepción del derecho romano.
El documento trata sobre el derecho penal general y especial en Venezuela. Explica que la Constitución Nacional es la base del ordenamiento jurídico y establece principios para el derecho penal. Luego define el derecho penal general y especial, señalando que el general establece las teorías y el especial tipifica los delitos de manera detallada. Finalmente, analiza la aplicabilidad del derecho penal general y especial y menciona algunas leyes que establecen tipos penales especiales.
Este documento resume los principios básicos del derecho penal venezolano. Explica que la norma penal protege bienes jurídicos mediante la tipificación de delitos y sus sanciones. También describe la estructura, características y clasificación de la ley penal, así como los principios de legalidad, aplicación temporal, espacial y personal de la ley. Resalta que la ley penal debe ser compatible con la Constitución y tutelar la igualdad ante la ley.
El documento trata sobre el Derecho penal. Explica que el Derecho penal regula la potestad punitiva del Estado al establecer conductas consideradas delitos y sus correspondientes penas. También distingue entre el Derecho penal sustantivo, que incluye los códigos penales, y el Derecho penal adjetivo o procesal penal, que establece el modo de aplicación de las leyes penales. Además, resume la evolución histórica del Derecho penal desde sus orígenes hasta la Edad Media.
El documento trata sobre el derecho penal. Explica que el derecho penal regula la potestad punitiva del Estado al establecer delitos y penas. Se compone del derecho sustantivo, que incluye el código penal, y el derecho procesal penal, que establece cómo aplicar las leyes penales. Además, analiza las definiciones de derecho penal, sus fuentes, relación con otras ramas del derecho y evolución histórica.
Este documento trata sobre la analogía en el derecho constitucional peruano. Explica que la analogía surge cuando no hay una norma legal aplicable a un caso específico o cuando es difícil encajar un caso en una norma existente. También define la analogía y distingue entre analogía de casos y analogía de normas. Además, explica que en derecho penal la analogía está prohibida debido al principio de legalidad.
Este documento presenta conceptos básicos sobre derecho penal, incluyendo la definición de delito, principios de legalidad y analogía, aplicación territorial de las leyes penales, y jurisdicción local y federal. Explica que para que exista un delito debe estar tipificado en la ley, y que los jueces no pueden inventar delitos o aplicar leyes no aprobadas. También cubre la extensión de las leyes penales dentro y fuera del territorio de Puerto Rico.
El documento define el derecho penal como la rama del derecho público que regula la potestad punitiva del Estado mediante la asociación de hechos determinados por la ley con penas o medidas de seguridad. Su misión es proteger a la sociedad separando a los delincuentes peligrosos y reincorporando a los no peligrosos mediante tratamiento. El derecho penal se relaciona con otras ramas como el derecho constitucional, civil, mercantil y administrativo, de las cuales toma conceptos y principios.
Este documento presenta una introducción al estudio del derecho, definiendo conceptos fundamentales como derecho subjetivo, derecho objetivo, derecho natural, derecho positivo y clasificaciones de los derechos. También explica las fuentes del derecho, normas jurídicas, personas, estado, coacción, acción y técnica jurídica. Finalmente, cubre temas de interpretación, integración, conflictos de leyes en el tiempo y espacio, y teoría de los derechos adquiridos.
El documento presenta una introducción al derecho procesal penal, definiendo el concepto y características. Explica que regula los procedimientos penales para determinar si un hecho constituye un delito y aplicar la sanción correspondiente. Además, presenta las diferentes clasificaciones y fuentes del derecho penal como la ley, jurisprudencia y principios generales. Finalmente, discute la finalidad del derecho procesal penal de esclarecer la responsabilidad penal a través de un proceso justo.
El documento presenta conceptos básicos sobre Derecho Penal. Explica que se origina del Derecho Romano y comprende conductas que violan normas sociales. También cubre principios como la legalidad, proporcionalidad de las penas, y que solo un tribunal puede imponer sanciones mediante un proceso judicial.
El derecho penal regula la potestad punitiva del estado mediante normas que asocian hechos determinados por la ley con penas. Su misión es proteger a la sociedad a través de medidas que separan a delincuentes peligrosos y reintegran a otros mediante tratamiento. La teoría del delito creada por la dogmática alemana establece que para que exista un delito se requieren la acción, tipicidad, antijuricidad y culpabilidad. Los principios del derecho penal surgen de la ilustración francesa para limit
Este documento presenta un resumen de 3 temas principales del derecho:
1. Define el derecho como el conjunto de normas jurídicas que regulan la vida del hombre en la sociedad.
2. Explica las fuentes del derecho como la ley, la costumbre, los principios generales del derecho, la jurisprudencia y la doctrina científica.
3. Describe la jerarquía normativa con la Constitución en la cima, seguida de las leyes orgánicas y ordinarias, y los decretos del poder ejecutivo
El documento trata sobre el derecho penal. Brevemente, explica que el derecho penal determina las infracciones y sanciones establecidas por el estado, y se divide en derecho penal sustantivo (leyes penales) y derecho penal adjetivo o procesal (normas de aplicación). También presenta definiciones de derecho penal de diferentes doctrinarios y explica su relación con otras ramas del derecho como el constitucional, civil y administrativo.
El documento describe el Derecho Penal como el conjunto de normas que regulan el poder punitivo del Estado para proteger los valores de la sociedad. Se divide en Derecho Penal sustantivo, que establece los delitos y penas, y Derecho Penal adjetivo o procesal, que regula la aplicación de aquellas. También señala la evolución histórica del Derecho Penal desde las primeras normas basadas en la venganza privada hasta su desarrollo en el Derecho Romano y la Edad Media, influenciada por el Derecho
El documento trata sobre el derecho penal. Explica que el derecho penal regula el poder punitivo del Estado al asociar ciertos hechos definidos por la ley con una pena u otra consecuencia, con el objetivo de proteger los valores de la convivencia pacífica. También distingue entre derecho penal sustantivo y procesal, y describe brevemente la evolución histórica del derecho penal desde las sociedades primitivas hasta la Edad Media y la recepción del derecho romano.
El documento trata sobre los conceptos de aplicación e interpretación del derecho, conflictos de leyes en el tiempo y el espacio. Explica que la interpretación del derecho busca el sentido de la ley según el legislador y puede ser doctrinal, judicial o legislativa. También describe las teorías para resolver conflictos de leyes entre ordenamientos jurídicos como la territorialidad de la ley, teoría de los estatutos y teoría de la personalidad del derecho. Finalmente, resume los principios admitidos en el derecho positivo colombiano para resolver conflictos en el esp
Este documento presenta una introducción a la estructura del ordenamiento jurídico chileno, dividiéndolo en derecho nacional e internacional. El derecho nacional se divide en derecho público y privado. El derecho público incluye las ramas de derecho constitucional, administrativo, penal y procesal. El derecho privado contiene el derecho civil, comercial y laboral. El derecho internacional está compuesto por derecho internacional público y privado. También se menciona brevemente el derecho canónico.
Este documento resume los principios básicos del derecho penal, incluyendo la definición y funciones de la norma penal, la estructura de los preceptos y sanciones, y las características de la ley penal. También explica los principios de legalidad, la clasificación y sucesión de las leyes penales, y las fases de aplicación temporal, espacial y personal de la ley penal.
El documento presenta una introducción al curso "Derecho Penal II" dictado en la Universidad Salesiana de Bolivia. Explica que el curso analizará la parte especial del código penal boliviano y las modificaciones realizadas recientemente. También describe los objetivos del curso como desarrollar un análisis crítico de los delitos y preparar a los estudiantes para la aplicación correcta de las normas penales. Finalmente, detalla los recursos tecnológicos disponibles y necesarios para el dictado de la asignatura.
El documento habla sobre el derecho penal. Explica que el derecho penal regula la potestad punitiva del estado al asociar ciertos hechos con penas u otras consecuencias. También distingue entre derecho penal sustantivo y procesal penal. Luego resume la evolución histórica del derecho penal desde las primeras sociedades hasta la edad media y la recepción del derecho romano.
El documento trata sobre el derecho penal general y especial en Venezuela. Explica que la Constitución Nacional es la base del ordenamiento jurídico y establece principios para el derecho penal. Luego define el derecho penal general y especial, señalando que el general establece las teorías y el especial tipifica los delitos de manera detallada. Finalmente, analiza la aplicabilidad del derecho penal general y especial y menciona algunas leyes que establecen tipos penales especiales.
Este documento resume los principios básicos del derecho penal venezolano. Explica que la norma penal protege bienes jurídicos mediante la tipificación de delitos y sus sanciones. También describe la estructura, características y clasificación de la ley penal, así como los principios de legalidad, aplicación temporal, espacial y personal de la ley. Resalta que la ley penal debe ser compatible con la Constitución y tutelar la igualdad ante la ley.
El documento trata sobre el Derecho penal. Explica que el Derecho penal regula la potestad punitiva del Estado al establecer conductas consideradas delitos y sus correspondientes penas. También distingue entre el Derecho penal sustantivo, que incluye los códigos penales, y el Derecho penal adjetivo o procesal penal, que establece el modo de aplicación de las leyes penales. Además, resume la evolución histórica del Derecho penal desde sus orígenes hasta la Edad Media.
El documento trata sobre el derecho penal. Explica que el derecho penal regula la potestad punitiva del Estado al establecer delitos y penas. Se compone del derecho sustantivo, que incluye el código penal, y el derecho procesal penal, que establece cómo aplicar las leyes penales. Además, analiza las definiciones de derecho penal, sus fuentes, relación con otras ramas del derecho y evolución histórica.
Este documento trata sobre la analogía en el derecho constitucional peruano. Explica que la analogía surge cuando no hay una norma legal aplicable a un caso específico o cuando es difícil encajar un caso en una norma existente. También define la analogía y distingue entre analogía de casos y analogía de normas. Además, explica que en derecho penal la analogía está prohibida debido al principio de legalidad.
Este documento presenta conceptos básicos sobre derecho penal, incluyendo la definición de delito, principios de legalidad y analogía, aplicación territorial de las leyes penales, y jurisdicción local y federal. Explica que para que exista un delito debe estar tipificado en la ley, y que los jueces no pueden inventar delitos o aplicar leyes no aprobadas. También cubre la extensión de las leyes penales dentro y fuera del territorio de Puerto Rico.
El documento define el derecho penal como la rama del derecho público que regula la potestad punitiva del Estado mediante la asociación de hechos determinados por la ley con penas o medidas de seguridad. Su misión es proteger a la sociedad separando a los delincuentes peligrosos y reincorporando a los no peligrosos mediante tratamiento. El derecho penal se relaciona con otras ramas como el derecho constitucional, civil, mercantil y administrativo, de las cuales toma conceptos y principios.
Este documento presenta una introducción al estudio del derecho, definiendo conceptos fundamentales como derecho subjetivo, derecho objetivo, derecho natural, derecho positivo y clasificaciones de los derechos. También explica las fuentes del derecho, normas jurídicas, personas, estado, coacción, acción y técnica jurídica. Finalmente, cubre temas de interpretación, integración, conflictos de leyes en el tiempo y espacio, y teoría de los derechos adquiridos.
El documento presenta una introducción al derecho procesal penal, definiendo el concepto y características. Explica que regula los procedimientos penales para determinar si un hecho constituye un delito y aplicar la sanción correspondiente. Además, presenta las diferentes clasificaciones y fuentes del derecho penal como la ley, jurisprudencia y principios generales. Finalmente, discute la finalidad del derecho procesal penal de esclarecer la responsabilidad penal a través de un proceso justo.
El documento presenta conceptos básicos sobre Derecho Penal. Explica que se origina del Derecho Romano y comprende conductas que violan normas sociales. También cubre principios como la legalidad, proporcionalidad de las penas, y que solo un tribunal puede imponer sanciones mediante un proceso judicial.
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...Movimiento C40
Debates sobre la cantidad de provincias.
Debates sobre la enseña nacional y el uso de otras banderas en edificios públicos e instalaciones militares.
Debates sobre el escudo y los errores del Decreto de 1906 promulgado por Estrada Palma.
Más información:
https://movimientoc40.com/diario-de-sesiones-de-la-convencion-constituyente-sesion-22-extraordinaria/
REPÚBLICA DE CHILE - FALLO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL _Sentencia Rol 15.368-24 C...Baker Publishing Company
CONSTITUCIONALIDAD DEL PROYECTO DE LEY
QUE ESTATUYE MEDIDAS PARA PREVENIR, SANCIONAR Y
ERRADICAR LA VIOLENCIA EN CONTRA DE LAS MUJERES, EN
RAZÓN DE SU GÉNERO, CONTENIDO EN EL
BOLETÍN N° 11.077-07
Protección patrimonial. Personas con discapacidad..pdfJosé María
El objeto de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidades es favorecer la aportación a título gratuito de bienes y derechos al patrimonio de las personas con discapacidad y establecer mecanismos adecuados para garantizar la afección de tales bienes y derechos, así como de los frutos, productos y rendimientos de éstos, a la satisfacción de las necesidades
vitales de sus titulares. Tales bienes y derechos constituirán el patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad.
2. DERECHO
PENAL CONCEPTO
• El Derecho Penal es el conjunto de
normas jurídicas por medio de
las cuales el Estado define las conductas u
omisiones que constituyen delitos,
así como las penas y/o medidas de
seguridad para sancionar a quienes
incurren en la comisión de esos delitos.
3. • El derecho Penal es entendido como la rama
del Derecho que estudia el fenómeno
criminal, el delito, el delincuente y la pena.
Se ubica como rama del Derecho público,
porque protege los bienes jurídicos de los
ataques que los afectan y con ello lesionan la
seguridad jurídica. Regula los delitos que
ejercen los sujetos contra otros afectando su
integridad y la vida misma.
4. • EL DERECHO PENAL PERTENECE AL DERECHO PÚBLICO Y SE ENCARGA
DEL ESTUDIO DE 3 ELEMENTOS
DERECHO
PENAL
DELINCUENTE DELITO PENA
5. • El Derecho Público, regula las relaciones
del estado y las administraciones publicas
con los ciudadanos.
• Es un tipo de derecho en el que las normas
se ejercen en representación a los
intereses estatales. Este ordena las
relaciones por subordinación, es decir,
exige el cumplimiento de ordenes,
imponiendo reglamentos, sin que afecte a
la dignidad y a los derechos mínimos de la
persona. El poder publico del estado actúa
de forma legitima en el marco jurídico
según lo establecido en la constitución.
6. DERECHO PRIVADO
• El derecho privado, reúne el conjunto de
normas jurídicas que regulan las relaciones y
actividades entre los individuos.
• En esta rama de la justicia la regulación de
normas entre los sujetos, parte de la igualdad
de condiciones, y sin interferencia de los
intereses del estado.
• El derecho de carácter privado se rige por dos
ordenes elementales, unas son las
de autonomía de voluntad de los
particulares, en las que la imposición no es
unilateral, si no que, si hay una obligación es
porque la persona la asume voluntariamente.
Por otra parte, las de Igualdad ante la ley, es
decir, las personas implicadas se someten en
un punto igual ante la ley bajo el mismo
10. FUENTES REALES
se entiende el conjunto de razones determinantes del
contenido de las normas jurídicas; es decir, las causas que
impulsaron al legislador a darles vida. Son los motivos de
conveniencia social tomados en cuenta por el legislador en un
momento histórico dado y en un determinado lugar;
constituyen la materia misma de la Ley.
11. FUENTES FORMALES
Por fuentes formales se entiende el proceso histórico de
manifestación de las normas jurídicas;son aquellos
procedimientos mediante los cuales se concreta la regla
jurídica y se señala su fuerza obligatoria; en otras palabras, son
los modos por los que se nos hacen palpables las normas
jurídicas; se trata de los medios para conocer el derecho.
12. FUENTES HISTORICAS
Las fuentes historicas son los medios materiales que
nos permiten conocer el Derecho vigente en el
pasado y consisten en los libros, documentos,
papiros, inscripciones, etc., siempre y cuando
contengan el texto de una ley.
13. LA LEY COMO UNICA
FUENTE DEL
DERECHO PENAL.
• En derecho penal sólo es
fuente la ley, es decir,
aquélla disposición en
virtud de la cual el Estado
crea derecho con carácter
general y vinculante,
estableciendo penas
correspondientes a los
delitos que define.
• CODIGOS PENALES
• CNPP
• DELITOS ESPECIALES.
15. Interpretar una ley es entenderla, precisar su contenido, desentrañar
su sentido. En las leyes penales, como en otras, puede ocurrir que el
texto no se encuentre expresado con claridad; entonces será preciso
limitar y determinar sus alcances. Aún siendo clara la ley, será urgente
entender su contenido para poder adecuar a ella el caso concreto.
LA INTERPRETACIÓN DE LA LEY PENAL EN
EL DERECHO POSITIVO MEXICANO.
Es muy común la confusión entre interpretación analógica y aplicación
analógica de la ley penal, cuando en realidad se trata de cuestiones
diferentes. La aplicación por analogía consiste en formular la norma
aplicable por carecer de ella el ordenamiento jurídico, lo cual equivale
a crear delitos no establecidos por la ley, mientras la interpretación
analógica estriba en aclarar la voluntad de la norma, al
comprender situaciones que, inmersas en el propósito de la ley, no
se describen expresamente.
16. Interpretar una ley es entenderla, precisar su contenido, desentrañar
su sentido. En las leyes penales, como en otras, puede ocurrir que el
texto no se encuentre expresado con claridad; entonces será preciso
limitar y determinar sus alcances. Aún siendo clara la ley, será urgente
entender su contenido para poder adecuar a ella el caso concreto.
LA INTERPRETACIÓN DE LA LEY PENAL EN EL DERECHO
POSITIVO MEXICANO.
Es muy común la confusión entre interpretación analógica y aplicación
analógica de la ley penal, cuando en realidad se trata de cuestiones
diferentes. La aplicación por analogía consiste en formular la norma
aplicable por carecer de ella el ordenamiento jurídico, lo cual equivale
a crear delitos no establecidos por la ley, mientras la interpretación
analógicaestriba en aclarar la voluntad de la norma, al
comprender situaciones que, inmersas en el propósito de la ley, no
se describen expresamente.
17. INTERPRETACION DE LA LEY
• Nuestra Carta Fundamental prohibe de manera terminante la
aplicación analógica, pues al ser efectuada por el juez equivaldría a la
integración misma de la ley y tal tarea sólo corresponde al legislador.
En cambio, la interpretación analógica se realiza con apoyo en una
situación prevista en la misma norma jurídica; ello ocurre en
muchísimos casos; puede citarse, como ejemplo, el artículo 387 del
Código Penal Federal que establece; "Al que obtenga dinero, valores,
o cualquiera otra cosa ofreciendo..." Indudablemente en la frase
"cualquiera otra cosa", se está facultando al intérprete para usar la
analogía como sistema o método de interpretación.
18. AMBITOS DE VALIDEZ DE LA LEY PENAL.
• Dentro de la Teoría de la Ley Penal, merece especial atención el
problema de los ámbitos de validez, comprensivo de varios aspectos,
a saber: validez de la Ley Penal en cuanto a su materia; en relación
con el espacio; en el tiempo; y, con respecto a las personas.
19. Determina los alcances y
limites de la ley penal.
Encontramos el ámbito
material que son las normas
aplicables, el ámbito temporal
que determina el momento
y hasta cuando esta vigente la
norma, el ámbito espacial que
determina en que demarcación
geográfica o espacio tiene
aplicación la norma por último
el ámbito personal que señala a
quien no a quienes aplica la
norma.
20. ÁMBITOS DE VALIDEZ DE LA LEY PENAL
Ámbito espacial
de validez.
•Las leyes penales no pueden sancionar más allá del territorio del estado que las
dicto, pero es aplicable a todos los que se encuentren dentro de su país, la ley penal no se aplica a nadie fuerade dicho territorio
Ámbitotemporal
de validez
•Como principio tenemos la irretroactividad delas leyes penales, las conductas delictivas serán sancionadas por la ley
penal vigente al momento de ser cometidas. En algunos casos siposteriormentea la ejecución de un delito la ley sufreuna
reforma o surgeuna nueva ley, es posible que se aplique a los hechos anteriores, siempreque beneficie al indicado o procesado.
Ámbito material
de validez
•Los Estados federados convienen en que la Federación determine cuales acciones delictivas serán sancionadas exclusivamente
por las leyes penales federales, y cuales podrán ser reguladas conformea las leyes penales locales, otro ejemplo podrían ser el
fuero militar
Ámbito personal
de validez
•Ninguna condición personalpuede oponersea la aplicación de las leyes penales, con acepción de ciertos individuos que
pertenecen a los órganos delestado, se establece la necesidad de un procedimiento especial para la aplicación de la ley penal,
pero no deja de aplicarse
21. CODIGO PENAL DEL ESTADO
• TÍTULO SEGUNDO LA LEY PENAL
• CAPÍTULO I
• Aplicación Espacial de la Ley
• ARTÍCULO 9º. Aplicación territorial Este Código se aplicará en el Estado de
San Luis Potosí por los delitos del fuero común que se cometan en su
territorio.
• ARTÍCULO 10. Aplicación extraterritorial Este Código se aplicará, por los
delitos cometidos en alguna entidad federativa, en los casos siguientes: I.
Por los delitos que produzcan efectos dentro del territorio del Estado; II.
Por los delitos cuya ejecución se inicie fuera del territorio del Estado, si se
consuman dentro del mismo, y III. Por los delitos permanentes o
continuados y se sigan cometiendo dentro del territorio del Estado.
22. • CAPÍTULO II
• Aplicación Temporal
• ARTÍCULO 11. Validez temporal Es aplicable la ley penal vigente en el momento
de la realización del hecho punible.
• ARTÍCULO 12. Excepción de ley más favorable Cuando entre la comisión del delito
y la extinción de la pena o medida de seguridad correspondiente, entrare en vigor
otra ley aplicable al caso, se estará a lo dispuesto en la ley más favorable al
imputado, acusado o sentenciado, y en su caso a la víctima u ofendido, mediante
el ejercicio de ponderación de derechos, con excepción de los delitos
permanentes y continuados. La autoridad que esté conociendo del
procedimiento penal, aplicará de oficio la ley más favorable. Si después de
cometido el delito y antes de que se dicte la sentencia que deba pronunciarse o
ésta se haya dictado y no haya causado ejecutoria se promulgan una o más leyes
que disminuyan la pena o la sustituyan por otra que sea menos grave, se aplicará
la nueva ley. Si una nueva ley deja de considerar una conducta como delito, se
sobreseerán los procedimientos y cesarán los efectos de las sentencias, en sus
respectivos casos. La ley abrogada continuará aplicándose por los hechos
ejecutados durante su vigencia, a menos que la nueva ley sea más favorable. Este
artículo se aplicará a petición de parte o de oficio. En caso de haberse cubierto la
reparación del daño no habrá lugar a solicitar la devolución de la misma.
23. • CAPÍTULO III
• Aplicación Personal de la Ley
• ARTÍCULO 13. Validez personal y edad penal Las disposiciones de este
Código se aplicarán a personas físicas y morales, en los términos que
el mismo establece. A las personas físicas se aplicará este Código a
partir de los dieciocho años de edad; y quienes tengan entre doce
años cumplidos y menos de dieciocho años de edad, quedan sujetos a
las disposiciones de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia
Penal para Adolescentes. Este Código se aplicará, por igual, a todos
los responsables de los delitos, sean nacionales o extranjeros, con la
salvedad, por lo que hace a estos últimos, de las excepciones
reconocidas en los tratados celebrados por el Estado Mexicano con
otras naciones y en el derecho de reciprocidad.
25. • Son reglas que dan forma, estructuran y limitan las diferentes fases del
proceso para lograr el reconocimiento de derechos consagrados en la norma
sustantiva.
• Principios que Rigen la Aplicación de la Ley Penal CPESLP
• ARTÍCULO 1º. Principio de legalidad
• Nadie podrá ser sancionado penalmente, ni sujeto a medida de seguridad,
sino por la realización de una acción u omisión expresamente prevista como
delito en una ley vigente al tiempo de su realización, siempre y cuando
concurran los presupuestos que para cada una de ellas señale la ley y la pena
o la medida de seguridad se encuentren igualmente establecidas en ésta.
• ARTÍCULO 2º. Principio de tipicidad
• La acción o la omisión serán sancionadas penalmente, cuando se describan en
el tipo legal de que se trate y se demuestren todos los elementos que lo
integran. La pena que se imponga, deberá estar prevista en la parte
sancionadora del respectivo tipo penal. ARTÍCULO 3º. Principio de
retroactividad Sólo se aplicará retroactivamente la ley en beneficio del
imputado, acusado o sentenciado. No cabe la aplicación retroactiva, analógica
o por mayoría de razón de la ley en perjuicio de persona alguna.
26. • ARTÍCULO 4º. Principio de exclusión de responsabilidadobjetiva
• A nadie se le sancionará penalmente solo por el resultado de su hecho. La acción o
la omisión solo serán penalmente relevantes cuando se realicen dolosa o culposamente.
• ARTÍCULO 5º. Principio del bien jurídico y de la antijuridicidad material
• La acción o la omisión serán delictivas, sólo cuando lesionen o pongan en peligro, sin justificante
alguno, un bien jurídicamente tutelado por el tipo penal.
• ARTÍCULO 6º. Principio de culpabilidad
• No podrá aplicarse pena alguna, si la acción o la omisión no han sido realizadas culpablemente.
Igualmente se requerirá la demostración de la culpabilidad del sujeto para la aplicación de una
medida de seguridad a imputables, si ésta se impone accesoriamente a la pena, y su duración
estará en relación directa con el grado de aquélla. Para la imposición de medidas de seguridad
para inimputables, será necesaria la existencia, al menos, de un hecho típico y antijurídico,
siempre que de acuerdo con las condiciones personales del autor, hubiera necesidad de su
aplicación en atención a los fines de prevención del delito que con aquéllas pudieran alcanzarse.
• ARTÍCULO 7º. Principio de proporcionalidad
• Toda pena y medida de seguridad deberán ser proporcionales al delito que sancione, al grado de
culpabilidad del sujeto y al bien jurídico afectado.
• ARTÍCULO 8º. Principio de jurisdiccionalidad Sólo la autoridad judicial competente tiene
potestad para aplicar las penas y medidas de s eguridad que se establecen en este Código. En el
ejercicio de esta facultad, la autoridad judicial observará un estricto control de la
constitucionalidad, convencionalidad y legalidad en todas sus actuaciones.
28. • Se da cuando un mismo supuesto de hecho, constitutivo de una sola
infracción, se ocupan dos o mas preceptos y, aparentemente, ambos
le son aplicables, aunque solo uno lo es.
• Existe concurso (aparente) de leyes penales, cuando el contenido de
ilícito de un hecho punible ya está contenido en otro y por lo tanto, el
autor ha cometido una lesión de la ley penal. Esta situación se da
cuando entre los tipos penales que serían aplicables al caso concreto
existe una relación de especialidad, o de subsidiaridad, o de
consunción. La consecuencia práctica del concurso de leyes reside en
que sólo es aplicable la pena del delito que desplaza a los otros;
además, en la determinación de esa pena no debe computarse otras
violaciones de la ley. Esto último marca una diferencia fundamental
con la consecuencia jurídica del concurso ideal en el que, de acuerdo
con el principio de absorción se aplica la pena del delito más grave;
pero teniendo en cuenta que el autor también ha cometido otras
violaciones de la ley penal.
29. • Frecuentemente es sencillo decidir cuál de las normas del
ordenamiento jurídico concurrentes en el mismo tiempo y lugar, es
aplicable al caso concreto; sin embargo, a veces se presentan
dificultades y es preciso trazar reglas para saber cuándo una
disposición consiente o excluye la coetánea o sucesiva aplicación de
otra, respecto de la misma situación de hecho; a esto es lo que se
llama conflicto aparente de disposiciones penales. Se le dice aparente
porque el ordenamiento jurídico ofrece, explícita o implícitamente,
criterios para determinar la aplicabilidad de una u otra disposición
penal en cada caso concreto.
• Para resolver los casos de concurso aparentes de leyes se emplean
generalmente tres Principios: Principio de Especialidad, Principio de
consunción y Principio de Subsidiaridad, aunque algunos autores
emplean en la resolución de casos concretos el principio de
Alternatividad.
31. • La mayor parte de los tratadistas opinan que la relación de
especialidad es la que ofrece menos dificultades teóricas. La relación
de especialidad se da cuando un tipo penal contiene todos los
elementos o caracteres de otro, pero además, algún elemento que
demuestra un fundamento especial de la punibilidad. La realización
de un tipo especial no es sino una forma de lesión del más general.
Ejemplo: el infanticidio, es especial con respecto del parricidio, o en
su caso del homicidio simple, por contener con respecto a ambos
otros elementos especializantes. Por otra parte, resulta desplazante
por especial, el tipo del injusto más grave, cuando el injusto menor es
excluido por una cláusula especial, por ejemplo cuando dice la ley “si
no resultare otro delito más severamente penado”. La especialidad es
un fenómeno que tiene lugar en razón de un encerramiento
conceptual que un tipo hace del otro y que presupone una relación
de subordinación conceptual entre los tipos.
32. • Es importante determinar qué debe entenderse por ley general y ley
especial. Ley general es aquella que configura el delito de una manera
general o genérica, sin particularizar sus elementos constitutivos, y
Ley especial, es la que contiene todos los caracteres de la ley general,
además, contiene otros elementos especializantes que individualizan
los elementos integrantes del delito.
• CAPÍTULO V
• Leyes Especiales CPESLP
• ARTÍCULO 15. Aplicación de leyes especiales Cuando se cometa un
delito no previsto por este Ordenamiento, pero sí en una ley especial
del Estado, se aplicará esta última y sólo en lo no previsto por la
misma se aplicarán las disposiciones de este Código.
34. • Podemos decir que una relación de subsidiaridad se cumple cuando
un tipo penal sólo sea aplicable en defecto de otro o sea que su
aplicabilidad está condicionada a la no aplicación de otro tipo penal.
La subsidiariedad puede ser expresa o tácita, según esté ordenada en
la ley o deba ser deducida ésta mediante interpretación. La
subsidiaridad expresa, es la que está claramente consignada en la ley;
mientras que la subsidiaridad tácita es la que se deduce por medio de
la vía interpretativa.
• Se trata pues de un fenómeno de interferencia y desaparecido el
mecanismo interferente al desaparecer la punibilidad de la etapa
anterior, resurge la tipicidad punible de la posterior. Para algunos
autores como el Doctor René Suazo Lagos, sostienen que en este caso
lo que se da es un caso de consunción.
35. • Para FONTAN BALESTRA ,en el principio de subsidiaridad rigen las
siguientes normas:
• 1-La ley subsidiaria sólo adquiere valor en el caso de que la otra, no
deba aplicarse.
• 2- Son formas relativamente subsidiarias las de aquellos tipos que
deben ser aplicados “siempre que el hecho no importe un delito más
grave”.
• 3-Los casos de subsidiaridad tácita, en cambio deben ser resueltos en
virtud de la interpretación teleológica de la ley. Como el caso de los
delitos de peligro son frecuentemente subsidiarios frente a los
denominados de lesión.
37. • Este principio radica básicamente en que el contenido del ilícito y la
culpabilidad de un delito, está comprendido en otro, es decir, se da una
relación de consunción cuando la realización de un tipo más grave, por lo
menos, por regla general, incluye la realización de otro menos grave.
• Para ARTEAGA SANCHEZ, (1997), de conformidad con esta regla puede
también darse el caso de consunción, hipótesis en la cual una determinada
norma desplaza a otra por regular un hecho que constituye una progresión
del hecho contemplado por otra norma, todo ello según el principio de que
la “lex consumens derogat legi consumptae”. A la ley que es desplazada se
le denomina “Ley absorbida” y la que desplaza “Ley absorbente”. Ejemplos
de consunción serían los casos en general de delitos consumados ante
supuestos de tentativa, esto es, por ejemplo, la norma que regula el delito
de homicidio se aplica y no la que regula la tentativa, aunque el sujeto
primero haya intentado matar; asi mismo, el delito de homicidio absorbe
las lesiones que se hayan ocasionado antes.
38. • CAPÍTULO IV
• Concurso Aparente de Normas
• ARTÍCULO 14. Especialidad, consunción y subsidiariedad
• Cuando una misma materia aparezca regulada por diversas disposiciones, se
estará a lo siguiente:
• I. La especial prevalecerá sobre la general;
• II. La de mayor protección al bien jurídico absorberá a la de menor alcance, o
• III. La principal excluirá a la subsidiaria.
• EJEMPLO:
• El delito de lesiones que culmina con la muerte se subsume en el homicidio.
39. PRINCIPIO DE ALTERNATIVIDAD
• Para Arteaga Sánchez, (1997), la relación de alternatividad se
presenta cuando, el mismo hecho es regulado por varias
disposiciones que en definitiva se excluyen sobre la base del análisis
de la naturaleza de cada una de las hipótesis en conflicto.