Este documento trata sobre la regulación de la publicidad en Venezuela. Define publicidad y establece que será ilícita aquella que atente contra la dignidad de las personas o vulnere los derechos constitucionales. Prohíbe la publicidad subliminal, engañosa, desleal o agresiva, así como la dirigida a menores que exploten su credulidad. También regula la publicidad sobre determinados productos sujetos a normativas de salud o seguridad.