Este documento proporciona ejemplos de aplicación de los nuevos límites de velocidad en vías urbanas y travesías establecidos en el Reglamento General de Circulación. Presenta casos comunes divididos en categorías como vías con plataforma única, vías con un carril por sentido, vías con dos carriles por sentido y más. Cada caso incluye un esquema de la configuración vial, la normativa aplicable y un ejemplo gráfico para ilustrarlo. El objetivo es ayudar a las autoridades municipales a implementar correctamente
Información de la linea 2 del metro de Lima que unirá el CALLAO con ATE, quienes fueron los consorcios postulantes y que empresas la conforman , también y costo del todo el proyecto...
La ley fue publicada en febrero de 1995 y reglamentada y puesta en vigencia en diciembre del mismo año. Es de ‘concepción y carácter’ provincial (casi todas las provincias han adherido), pese a que la sanciona la Nación, que solo tiene competencia exclusiva en solo 4 ítems de su contenido. Regula el uso de la vía pública y la circulación en ella de personas, máquinas y animales. Desarrolla los aspectos: humano (educación, capacitación, aptitudes y habilitación de conductores), ambiental (infraestructura del transporte, preservación y señalamiento) y vehicular (requisitos de construcción, mantenimiento y seguridad). Luego su combinación dinámica, la circulación: reglas, prohibiciones, franquicias y exigencias. Finalmente el régimen de infracciones y sanciones y los principios procedimentales.
Información de la linea 2 del metro de Lima que unirá el CALLAO con ATE, quienes fueron los consorcios postulantes y que empresas la conforman , también y costo del todo el proyecto...
La ley fue publicada en febrero de 1995 y reglamentada y puesta en vigencia en diciembre del mismo año. Es de ‘concepción y carácter’ provincial (casi todas las provincias han adherido), pese a que la sanciona la Nación, que solo tiene competencia exclusiva en solo 4 ítems de su contenido. Regula el uso de la vía pública y la circulación en ella de personas, máquinas y animales. Desarrolla los aspectos: humano (educación, capacitación, aptitudes y habilitación de conductores), ambiental (infraestructura del transporte, preservación y señalamiento) y vehicular (requisitos de construcción, mantenimiento y seguridad). Luego su combinación dinámica, la circulación: reglas, prohibiciones, franquicias y exigencias. Finalmente el régimen de infracciones y sanciones y los principios procedimentales.
Presentación que realizó ProInversión el miércoles 21 de agosto del 2013 del proyecto de Línea 2 del Metro de Lima, que va desde la municipalidad de Ate Vitarte hasta el puerto del Callao, además del ramal Faucett-Gambetta, que pasa por el aeropuerto. La inversión estimada es de US$5,500 millones.
Señala los requisitos de los postores al proyecto
DOCUMENTACION Y ELEMENTOS NECESARIOS PARA PODER CIRCULAR EN UN VEHICULOmoriatisapleno
DOCUMENTACION Y ELEMENTOS NECESARIOS PARA PODER CIRCULAR EN UN VEHICULO
(A TENER EN CUENTA PARA LOS QUE SALEN DE VACACIONES CON SU VEHICULO)
creditos: /www.autotecnicatv.com.ar
Presentación que realizó ProInversión el miércoles 21 de agosto del 2013 del proyecto de Línea 2 del Metro de Lima, que va desde la municipalidad de Ate Vitarte hasta el puerto del Callao, además del ramal Faucett-Gambetta, que pasa por el aeropuerto. La inversión estimada es de US$5,500 millones.
Señala los requisitos de los postores al proyecto
DOCUMENTACION Y ELEMENTOS NECESARIOS PARA PODER CIRCULAR EN UN VEHICULOmoriatisapleno
DOCUMENTACION Y ELEMENTOS NECESARIOS PARA PODER CIRCULAR EN UN VEHICULO
(A TENER EN CUENTA PARA LOS QUE SALEN DE VACACIONES CON SU VEHICULO)
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Presentación Propuestas al Capítulo de Movilidad del Proyecto POT Cali 2014Michel Maya
Compartimos nuestra presentación con nuestras preguntas, preocupaciones y propuestas para el estudio del tema de Movilidad en Cali del Proyecto de Revisión y Ajuste del Plan de Ordenamiento Territorial. Nos preocupa que no se garantice continuidad para los usuarios de bicicleta, seguridad vial para las zonas de mayor concentración de escolares. También nos inquieta que si por el corredor verde se establece una línea ferrea de transporte pesado, en lugar de integrar el oriente con el resto de la ciudad, se termine desintegrandolo. Proponemos que se aclare a través de los perfiles viales, qué tipo de transporte de pasajeros y/o de carga es que el se proyecta que iría por este. Igualmente nos preocupa que los corredores preferenciales propuestos, terminen afectando a los comerciantes establecidos en los ejes por donde irían los buses pretroncales. Así mismo nos llama la atención que no se esté pensando soluciones eficientes para el transporte de los miles de caleños que viven en zonas de ladera. Finalmente nos llamó mucho la atención, y le preguntamos a la Administración, por qué se extractaron retazos de la política de logística urbana y mercancías elaborada por la ANDI y no se les reconoce su autoría, peligrando con que se configure un presunto plagio.
Regulación peatones y ciclistas - Esther AnayaEsther Anaya
2º Seminario técnico de Infraestructura Ciclista. La convivencia peatón-bicicletas en vías urbanas. junio de 2009, TRANSyT, Universidad Politécnica de Madrid.
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Milei baja su imagen en catorce provinciasEconomis
El último estudio de la consultora CB revela que el presidente Javier Milei comenzó a mostrar flancos en su imagen positiva. Su aceptación bajó en catorce de las 24 provincias comparado al mes de Mayo. La mayor imagen positiva la encuentra éste mes en Córdoba (64.8%), mientras que la imagen más baja la obtiene en Santiago del Estero (41.5%). El distrito donde más cayó comparado a la medición anterior fue Buenos Aires (-3.5%) y donde más creció fue Córdoba (+2.9%).
Índigo Energía e Industria No. 16 |Tradicionalmente, las estaciones de servicio han sido vistas sólo como puntos de suministro de combustible para vehículos. Sin embargo, en la actualidad, estos espacios experimentan una transformación significativa hacia la sostenibilidad y la incorporación de tecnologías verdes.
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1. Nuevos límites de velocidad en vías urbanas y travesías. Ejemplos de aplicación
2.
3. Con motivo de la publicación de la última modificación del Reglamento General de la
Circulación el pasado 11 de noviembre de 2020, entró en vigor la regulación de los límites
de velocidad en vías urbanas y travesías.
Mediante este documento la Dirección General de Tráfico pretende trasladar de una forma
gráfica los posibles casos que se pueden encontrar en las poblaciones de España, con el
objetivo de promover y ayudar a las Autoridades Municipales a aplicarlos de forma efectiva.
En las siguientes páginas se desarrollan ejemplos en los que se describe la sección de la vía
mediante un esquema, se hace referencia a la parte específica de la normativa que aplica y
finalmente, se consolida el ejemplo mediante un caso gráfico real.
INTRODUCCIÓN
4.
5. VÍAS CON PLATAFORMA ÚNICA DE CALZADA Y ACERA VÍAS URBANAS CON TRES CARRILES POR SENTIDO DE CIRCULACIÓN
VÍAS URBANAS CON MÁS DE TRES CARRILES POR SENTIDO DE CIRCULACIÓN
OTRAS VÍAS URBANAS
VÍAS URBANAS CON DOS CARRILES POR SENTIDO DE CIRCULACIÓN
VÍAS URBANAS CON UN ÚNICO CARRIL POR SENTIDO DE CIRCULACIÓN
1. Único carril por sentido de circulación con plataforma única de calzada y
acera.
2. Único carril por sentido de circulación con plataforma única de calzada y
acera para dos sentidos de circulación.
15. Tres carriles por sentido de circulación.
16. Tres carriles por sentido de circulación, siendo uno ciclocarril.
17. Tres carriles por sentido de circulación, siendo uno reservado para el
transporte público sin segregar.
18. Tres carriles por sentido de circulación, siendo uno reservado para el
transporte público segregado.
19. Tres carriles por sentido de circulación, siendo uno ciclocarril y otro
reservado para transporte público sin segregar.
20. Tres carriles por sentido de circulación, siendo uno ciclocarril y otro
reservado para transporte público segregado.
21. Tres carriles por sentido de circulación, siendo uno reservado para
bicicletas y otro reservado para transporte público sin segregar.
22. Más de tres carriles por sentido de circulación.
23. Más de tres carriles por sentido de circulación, siendo uno ciclocarril.
24. Más de tres carriles por sentido de circulación, siendo uno ciclocarril y otro
reservado para transporte público segregado.
25. Más de tres carriles por sentido de circulación, siendo uno reservado para
bicicletas.
26. Más de tres carriles por sentido de circulación, siendo uno reservado para
bicicletas y otro reservado para transporte público sin segregar.
27. Más de tres carriles por sentido de circulación, siendo uno reservado para
bicicletas y otro reservado para transporte público segregado.
28. Travesías.
29. Autovías y autopistas urbanas.
ANEXO OTROS CASOS
30. Único carril por sentido de circulación con plataforma única de calzada y
acera y separación física del flujo peatonal.
31. Dos carriles por sentido de circulación, siendo uno ciclocarril.
32. Vías con un carril en un sentido de circulación y dos carriles en el otro
sentido.
3. Único carril por sentido de circulación.
4. Ciclovía.
5. Único carril por sentido de circulación.
6. Único carril por sentido de circulación.
7. Dos carriles por sentido de circulación.
8. Dos carriles por sentido de circulación.
9. Dos carriles por sentido de circulación, siendo uno ciclocarril.
10. Dos carriles por sentido de circulación, siendo uno reservado para
transporte público y motos sin segregar.
11. Dos carriles por sentido de circulación, siendo uno reservado para
transporte público segregado.
12. Dos carriles por sentido de circulación, siendo uno reservado para
bicicletas.
13. Dos carriles por sentido de circulación, siendo uno ciclocarril y uno
reservado para transporte público sin segregar.
14. Dos carriles por sentido de circulación, siendo uno ciclocarril y uno
reservado para transporte público segregado.
6.
7. A efectos de los siguientes ejemplos se aplica el Articulo 50 del Reglamento General de Circulación, que expone
lo siguiente:
Artículo 50: Límites de velocidad en vías urbanas y travesías.
1. El límite genérico de velocidad en vías urbanas será de:
a) 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera.
b) 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación.
c) 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido de circulación.
A estos efectos, los carriles reservados para la circulación de determinados usuarios o uso exclusivo
de transporte público no serán contabilizados.
2. Las velocidades genéricas establecidas podrán ser rebajadas previa señalización específica, por
la Autoridad Municipal.
3. Excepcionalmente, la Autoridad Municipal podrá aumentar la velocidad en vías de un único carril
por sentido hasta una velocidad máxima de 50 km/h, previa señalización específica.
4. En las vías urbanas a las que se refiere el apartado 1c) y en travesías, los vehículos que
transporten mercancías peligrosas circularán como máximo a 40 km/h.
5. El límite genérico de velocidad en travesías es de 50 km/h para todo tipo de vehículos. Este límite
podrá ser rebajado por acuerdo de la Autoridad Municipal con el titular de la vía, previa señalización
específica.
6. El límite genérico de velocidad en autopistas y autovías que transcurren dentro de poblado será
de 80 km/h, no obstante podrán ser ampliados por acuerdo de la Autoridad Municipal y el titular de
la vía, previa señalización específica, sin rebasar en ningún caso los límites genéricos establecidos
para dichas vías fuera de poblado.
8.
9. 1
SITUACIÓN
SITUACIÓN NORMATIVA
EJEMPLO
VÍAS CON PLATAFORMA ÚNICA DE CALZADA Y ACERA
Único carril por sentido de circulación con plataforma
única de calzada y acera.
20
40 20
Después
- Art.50.1.a) El límite genérico de velocidad en vías
urbanas será de 20 km/h en vías que dispongan de
plataforma única de calzada y acera.
- Art 50.2. Las velocidades genéricas establecidas
podrán ser rebajadas previa señalización específica,
por la Autoridad Municipal.
11. 2
50
SITUACIÓN
SITUACIÓN NORMATIVA
EJEMPLO
VÍAS CON PLATAFORMA ÚNICA DE CALZADA Y ACERA
Único carril por sentido de circulación con plataforma
única de calzada y acera para dos sentidos de circula-
ción.
20
20
20
20
50
50
- Art.50.1.a) El límite genérico de velocidad en vías
urbanas será de 20 km/h en vías que dispongan de
plataforma única de calzada y acera.
- Art 50.2. Las velocidades genéricas establecidas
podrán ser rebajadas previa señalización específica,
por la Autoridad Municipal.
20
20
Después
13. 3
SITUACIÓN
SITUACIÓN NORMATIVA
EJEMPLO
VÍAS URBANAS CON UN ÚNICO CARRIL POR SENTIDO DE CIRCULACIÓN
Único carril por sentido de circulación.
50
- Art.50.1.b) El límite genérico de velocidad en vías
urbanas será de 30 km/h en vías de un único carril por
sentido de circulación.
- Art 50.2. Las velocidades genéricas establecidas
podrán ser rebajadas previa señalización específica,
por la Autoridad Municipal.
30
30
Después
15. 4
SITUACIÓN
SITUACIÓN NORMATIVA
EJEMPLO
VÍAS URBANAS CON UN ÚNICO CARRIL POR SENTIDO DE CIRCULACIÓN
Ciclovía.
30
30
- Art.50.1.b) El límite genérico de velocidad en vías
urbanas será de 30 km/h en vías de un único carril por
sentido de circulación.
- Art 50.2. Las velocidades genéricas establecidas
podrán ser rebajadas previa señalización específica,
por la Autoridad Municipal.
30
Después
17. 5
SITUACIÓN
SITUACIÓN NORMATIVA
EJEMPLO
VÍAS URBANAS CON UN ÚNICO CARRIL POR SENTIDO DE CIRCULACIÓN
Único carril por sentido de circulación.
50
50
- Art.50.1.b) El límite genérico de velocidad en vías
urbanas será de 30 km/h en vías de un único carril por
sentido de circulación.
- Art 50.2. Las velocidades genéricas establecidas
podrán ser rebajadas previa señalización específica,
por la Autoridad Municipal.
30
30
30
30
Después
19. 6
SITUACIÓN
SITUACIÓN NORMATIVA
EJEMPLO
VÍAS URBANAS CON UN ÚNICO CARRIL POR SENTIDO DE CIRCULACIÓN
Único carril por sentido de circulación.
50
- Art.50.3. Excepcionalmente, la Autoridad Municipal
podrá aumentar la velocidad en vías de un único carril
por sentido hasta una velocidad máxima de 50 km/h,
previa señalización específica.
SEÑALIZACIÓN
SEÑALIZACIÓN
50
Después
50
21. 7
SITUACIÓN
SITUACIÓN NORMATIVA
EJEMPLO
VÍAS URBANAS CON DOS CARRILES POR SENTIDO DE CIRCULACIÓN
Dos carriles por sentido de circulación.
50 50
50 50
- Art.50.1.c) El límite genérico de velocidad en vías
urbanas será de 50 km/h en vías de dos o más carriles
por sentido de circulación.
- Art 50.2. Las velocidades genéricas establecidas
podrán ser rebajadas previa señalización específica,
por la Autoridad Municipal.
50 50
Después
23. 8
SITUACIÓN
SITUACIÓN NORMATIVA
EJEMPLO
VÍAS URBANAS CON DOS CARRILES POR SENTIDO DE CIRCULACIÓN
Dos carriles por sentido de circulación.
50 50
50 50
- Art.50.1.c) El límite genérico de velocidad en vías
urbanas será de 50 km/h en vías de dos o más
carriles por sentido de circulación.
- Art 50.2. Las velocidades genéricas establecidas
podrán ser rebajadas previa señalización específica,
por la Autoridad Municipal.
50 50
Después
25. 9
SITUACIÓN
SITUACIÓN NORMATIVA
EJEMPLO
VÍAS URBANAS CON DOS CARRILES POR SENTIDO DE CIRCULACIÓN
Dos carriles por sentido de circulación, siendo uno
ciclocarril.
30
50
- Art.50.1.c) El límite genérico de velocidad en vías
urbanas será de 50 km/h en vías de dos o más carriles
por sentido de circulación.
- Art 50.2. Las velocidades genéricas establecidas
podrán ser rebajadas previa señalización específica,
por la Autoridad Municipal.
50 30
Después
50 30
27. 10
SITUACIÓN
SITUACIÓN NORMATIVA
EJEMPLO
VÍAS URBANAS CON DOS CARRILES POR SENTIDO DE CIRCULACIÓN
Dos carriles por sentido de circulación, siendo uno
reservado para transporte público y motos sin segregar.
- Art.50.1.b) El límite genérico de velocidad en vías
urbanas será de 30 km/h en vías de un único carril por
sentido de circulación.
- Art 50.2. Las velocidades genéricas establecidas
podrán ser rebajadas previa señalización específica,
por la Autoridad Municipal.
A estos efectos, los carriles reservados para la
circulación de determinados usuarios o uso exclusivo
de transporte público no serán contabilizados.
50
50
Después
30
30
30 30
CARRIL
EXCLUSIVO
BUS - TAXI - MOTOS
29. 11
SITUACIÓN
SITUACIÓN NORMATIVA
VÍAS URBANAS CON DOS CARRILES POR SENTIDO DE CIRCULACIÓN
Dos carriles por sentido de circulación, siendo uno
reservado para transporte público segregado.
- Art.50.1.b) El límite genérico de velocidad en vías
urbanas será de 30 km/h en vías de un único carril por
sentido de circulación.
- Art 50.2. Las velocidades genéricas establecidas
podrán ser rebajadas previa señalización específica,
por la Autoridad Municipal.
A estos efectos, los carriles reservados para la
circulación de determinados usuarios o uso exclusivo
de transporte público no serán contabilizados.
50
50
30 30
30
30
Después
EJEMPLO
31. 12
SITUACIÓN
SITUACIÓN NORMATIVA
EJEMPLO
VÍAS URBANAS CON DOS CARRILES POR SENTIDO DE CIRCULACIÓN
50
30
- Art.50.1.b) El límite genérico de velocidad en vías
urbanas será de 30 km/h en vías de un único carril por
sentido de circulación.
- Art 50.2. Las velocidades genéricas establecidas
podrán ser rebajadas previa señalización específica,
por la Autoridad Municipal.
A estos efectos, los carriles reservados para la
circulación de determinados usuarios o uso exclusivo
de transporte público no serán contabilizados.
Dos carriles por sentido de circulación, siendo uno
reservado para bicicletas.
30
Después
33. 13
SITUACIÓN
SITUACIÓN NORMATIVA
EJEMPLO
VÍAS URBANAS CON DOS CARRILES POR SENTIDO DE CIRCULACIÓN
Dos carriles por sentido de circulación, siendo uno
ciclocarril y uno reservado para transporte público sin
segregar.
30
30 30
- Art.50.1.b) El límite genérico de velocidad en vías
urbanas será de 30 km/h en vías de un único carril por
sentido de circulación.
- Art 50.2. Las velocidades genéricas establecidas
podrán ser rebajadas previa señalización específica,
por la Autoridad Municipal.
A estos efectos, los carriles reservados para la
circulación de determinados usuarios o uso exclusivo
de transporte público no serán contabilizados.
50 30 30
Después
35. 14
SITUACIÓN
SITUACIÓN NORMATIVA
EJEMPLO
VÍAS URBANAS CON DOS CARRILES POR SENTIDO DE CIRCULACIÓN
Dos carriles por sentido de circulación, siendo uno
ciclocarril y uno reservado para transporte público
segregado.
30
30 30
50
- Art.50.1.b) El límite genérico de velocidad en vías
urbanas será de 30 km/h en vías de un único carril por
sentido de circulación.
- Art 50.2. Las velocidades genéricas establecidas
podrán ser rebajadas previa señalización específica,
por la Autoridad Municipal.
A estos efectos, los carriles reservados para la
circulación de determinados usuarios o uso exclusivo
de transporte público no serán contabilizados.
30 30
Después
37. 15
SITUACIÓN
SITUACIÓN NORMATIVA
EJEMPLO
VÍAS URBANAS CON TRES CARRILES POR SENTIDO DE CIRCULACIÓN
Tres carriles por sentido de circulación.
50 50 50
50 50 50
- Art.50.1.c) El límite genérico de velocidad en vías
urbanas será de 50 km/h en vías de dos o más
carriles por sentido de circulación.
- Art 50.2. Las velocidades genéricas establecidas
podrán ser rebajadas previa señalización específica,
por la Autoridad Municipal.
50 50 50
Después
39. 16
16
SITUACIÓN
SITUACIÓN NORMATIVA
EJEMPLO
VÍAS URBANAS CON TRES CARRILES POR SENTIDO DE CIRCULACIÓN
Tres carriles por sentido de circulación, siendo uno
ciclocarril.
50 50 30
50 50 30
Después
50 50 30
- Art.50.1.c) El límite genérico de velocidad en vías
urbanas será de 50 km/h en vías de dos o más carriles
por sentido de circulación.
- Art 50.2. Las velocidades genéricas establecidas
podrán ser rebajadas previa señalización específica,
por la Autoridad Municipal.
41. 17
SITUACIÓN
SITUACIÓN NORMATIVA
EJEMPLO
VÍAS URBANAS CON TRES CARRILES POR SENTIDO DE CIRCULACIÓN
Tres carriles por sentido de circulación, siendo uno
reservado para el transporte público sin segregar.
50 50
50
50
50
50
- Art.50.1.c) El límite genérico de velocidad en vías
urbanas será de 50 km/h en vías de dos o más carriles
por sentido de circulación.
- Art 50.2. Las velocidades genéricas establecidas
podrán ser rebajadas previa señalización específica,
por la Autoridad Municipal.
A estos efectos, los carriles reservados para la
circulación de determinados usuarios o uso exclusivo
de transporte público no serán contabilizados.
50
50
50
Después
43. 18
SITUACIÓN
SITUACIÓN
EJEMPLO
VÍAS URBANAS CON TRES CARRILES POR SENTIDO DE CIRCULACIÓN
Tres carriles por sentido de circulación, siendo uno
reservado para el transporte público segregado.
50 50 50
50 50 50
- Art.50.1.c) El límite genérico de velocidad en vías
urbanas será de 50 km/h en vías de dos o más carriles
por sentido de circulación.
- Art 50.2. Las velocidades genéricas establecidas
podrán ser rebajadas previa señalización específica,
por la Autoridad Municipal.
A estos efectos, los carriles reservados para la circula-
ción de determinados usuarios o uso exclusivo de
transporte público no serán contabilizados.
SITUACIÓN
NORMATIVA
50 50 50
Después
45. 19
SITUACIÓN
SITUACIÓN NORMATIVA
EJEMPLO
VÍAS URBANAS CON TRES CARRILES POR SENTIDO DE CIRCULACIÓN
Tres carriles por sentido de circulación, siendo uno
ciclocarril y otro reservado para transporte público sin
segregar.
50 30
50 50
30
30
50
- Art.50.1.c) El límite genérico de velocidad en vías
urbanas será de 50 km/h en vías de dos o más carriles
por sentido de circulación.
- Art 50.2. Las velocidades genéricas establecidas
podrán ser rebajadas previa señalización específica,
por la Autoridad Municipal.
A estos efectos, los carriles reservados para la
circulación de determinados usuarios o uso exclusivo
de transporte público no serán contabilizados.
50 30 50
Después
30
En esta situación, se recomienda limitar la velocidad
a 30 Km/h en el carril reservado para transporte
público.
47. 20
SITUACIÓN
SITUACIÓN NORMATIVA
EJEMPLO
VÍAS URBANAS CON TRES CARRILES POR SENTIDO DE CIRCULACIÓN
Tres carriles por sentido de circulación, siendo uno
ciclocarril y otro reservado para transporte público
segregado.
50 30
50 50
30
50
- Art.50.1.c) El límite genérico de velocidad en vías
urbanas será de 50 km/h en vías de dos o más carriles
por sentido de circulación.
- Art 50.2. Las velocidades genéricas establecidas
podrán ser rebajadas previa señalización específica,
por la Autoridad Municipal.
A estos efectos, los carriles reservados para la circula-
ción de determinados usuarios o uso exclusivo de
transporte público no serán contabilizados.
50 30 50
Después
49. 21
Tres carriles por sentido de circulación, siendo uno
reservado para bicicletas y otro reservado para
transporte público sin segregar.
SITUACIÓN
SITUACIÓN NORMATIVA
EJEMPLO
VÍAS URBANAS CON TRES CARRILES POR SENTIDO DE CIRCULACIÓN
50
30 30
50
- Art.50.1.b) El límite genérico de velocidad en vías
urbanas será de 30 km/h en vías de un único carril por
sentido de circulación.
- Art 50.2. Las velocidades genéricas establecidas
podrán ser rebajadas previa señalización específica,
por la Autoridad Municipal.
A estos efectos, los carriles reservados para la circu-
lación de determinados usuarios o uso exclusivo de
transporte público no serán contabilizados.
30 30
Después
51. 22
SITUACIÓN
SITUACIÓN NORMATIVA
EJEMPLO
Más de tres carriles por sentido de circulación.
50 50 50 50
50 50 50 50
VÍAS URBANAS CON MÁS DE TRES CARRILES POR SENTIDO DE CIRCULACIÓN
- Art.50.1.c) El límite genérico de velocidad en vías
urbanas será de 50 km/h en vías de dos o más carriles
por sentido de circulación.
- Art 50.2. Las velocidades genéricas establecidas
podrán ser rebajadas previa señalización específica,
por la Autoridad Municipal.
50 50 50 50
Después
53. 23
SITUACIÓN
SITUACIÓN NORMATIVA
VÍAS URBANAS CON MÁS DE TRES CARRILES POR SENTIDO DE CIRCULACIÓN
Más de tres carriles por sentido de circulación, siendo
uno ciclocarril.
50
50 50 50 30
- Art.50.1.c) El límite genérico de velocidad en vías
urbanas será de 50 km/h en vías de dos o más carriles
por sentido de circulación.
- Art 50.2. Las velocidades genéricas establecidas
podrán ser rebajadas previa señalización específica,
por la Autoridad Municipal.
EJEMPLO
50
50 50 50 30
Después
50
50 50 50 30
55. 24
SITUACIÓN
SITUACIÓN NORMATIVA
EJEMPLO
VÍAS URBANAS CON MÁS DE TRES CARRILES POR SENTIDO DE CIRCULACIÓN
Más de tres carriles por sentido de circulación, siendo
uno ciclocarril y otro reservado para transporte público
segregado.
50 50 50
30
50 50 50
30
- Art.50.1.c) El límite genérico de velocidad en vías
urbanas será de 50 km/h en vías de dos o más carriles
por sentido de circulación.
- Art 50.2. Las velocidades genéricas establecidas
podrán ser rebajadas previa señalización específica,
por la Autoridad Municipal.
A estos efectos, los carriles reservados para la circula-
ción de determinados usuarios o uso exclusivo de
transporte público no serán contabilizados.
50 50 30 50
Después
57. 25
50 50 50
SITUACIÓN
SITUACIÓN NORMATIVA
EJEMPLO
VÍAS URBANAS CON MÁS DE TRES CARRILES POR SENTIDO DE CIRCULACIÓN
- Art.50.1.c) El límite genérico de velocidad en vías
urbanas será de 50 km/h en vías de dos o más carriles
por sentido de circulación.
- Art 50.2. Las velocidades genéricas establecidas
podrán ser rebajadas previa señalización específica,
por la Autoridad Municipal.
A estos efectos, los carriles reservados para la circu-
lación de determinados usuarios o uso exclusivo de
transporte público no serán contabilizados.
Más de tres carriles por sentido de circulación, siendo
uno reservado para bicicletas.
50 50 50
50 50 50
Después
59. 26
SITUACIÓN
SITUACIÓN NORMATIVA
EJEMPLO
VÍAS URBANAS CON MÁS DE TRES CARRILES POR SENTIDO DE CIRCULACIÓN
50 50 50
50
50
50
- Art.50.1.c) El límite genérico de velocidad en vías
urbanas será de 50 km/h en vías de dos o más carriles
por sentido de circulación.
- Art 50.2. Las velocidades genéricas establecidas
podrán ser rebajadas previa señalización específica,
por la Autoridad Municipal.
A estos efectos, los carriles reservados para la circu-
lación de determinados usuarios o uso exclusivo de
transporte público no serán contabilizados.
Más de tres carriles por sentido de circulación,
siendo uno reservado para bicicletas y otro
reservado para transporte público sin segregar.
50
50
50
Después
30
30
En esta situación, se recomienda limitar la velocidad
a 30 Km/h en el carril reservado para transporte
público.
61. 27
SITUACIÓN
SITUACIÓN NORMATIVA
EJEMPLO
VÍAS URBANAS CON MÁS DE TRES CARRILES POR SENTIDO DE CIRCULACIÓN
50
50
50 50
50
50
- Art.50.1.c) El límite genérico de velocidad en vías
urbanas será de 50 km/h en vías de dos o más carriles
por sentido de circulación.
- Art 50.2. Las velocidades genéricas establecidas
podrán ser rebajadas previa señalización específica,
por la Autoridad Municipal.
A estos efectos, los carriles reservados para la
circulación de determinados usuarios o uso exclusivo
de transporte público no serán contabilizados.
Más de tres carriles por sentido de circulación, siendo
uno reservado para bicicletas y otro reservado para
transporte público segregado.
50
50 50
Después
63. 28
SITUACIÓN
SITUACIÓN NORMATIVA
EJEMPLO
OTRAS VÍAS URBANAS
Travesías.
50
50
- Art.50.5. El límite genérico de velocidad en travesías
es de 50 km/h para todo tipo de vehículos. Este límite
podrá ser rebajado por acuerdo de la Autoridad
Municipal con el titular de la vía, previa señalización
específica.
50
50
50
50
Después
65. 29
SITUACIÓN
SITUACIÓN NORMATIVA
EJEMPLO
Autovías y autopistas urbanas.
80 80 80
OTRAS VÍAS URBANAS
- Art.50.6. El límite genérico de velocidad en
autopistas y autovías que transcurren dentro de
poblado será de 80 km/h, no obstante podrá ser
ampliados por acuerdo de la Autoridad Municipal y el
titular de la vía, previa señalización específica, sin
rebasar en ningún caso los límites genéricos
establecidos para dichas vías fuera de poblado.
80 80
80 80
80
80
80 80
Después
80
67. 30
SITUACIÓN
SITUACIÓN NORMATIVA
EJEMPLO
ANEXO. OTROS CASOS
50
- Art.50.1.a) El límite genérico de velocidad en vías
urbanas será de 20 km/h en vías que dispongan de
plataforma única de calzada y acera.
- Art 50.2. Las velocidades genéricas establecidas
podrán ser rebajadas previa señalización específica,
por la Autoridad Municipal.
SEÑALIZACIÓN
SEÑALIZACIÓN
Único carril por sentido de circulación con plataforma
única de calzada y acera y separación física del flujo
peatonal.
20
20
Después
69. 31
SITUACIÓN
SITUACIÓN NORMATIVA
EJEMPLO
ANEXO. OTROS CASOS
50 30
- Art.50.1.c) El límite genérico de velocidad en vías
urbanas será de 50 km/h en vías de dos o más carriles
por sentido de circulación.
- Art 50.2. Las velocidades genéricas establecidas
podrán ser rebajadas previa señalización específica,
por la Autoridad Municipal.
Dos carriles por sentido de circulación, siendo uno
ciclocarril.
SEÑALIZACIÓN
SEÑALIZACIÓN
30
50
50 30
Después
71. 32
SITUACIÓN
SITUACIÓN NORMATIVA
EJEMPLO
ANEXO. OTROS CASOS
50 50
50
- Art.50.1.b) El límite genérico de velocidad en vías
urbanas será de 30 km/h en vías de un único carril por
sentido de circulación.
- Art.50.1.c) El límite genérico de velocidad en vías
urbanas será de 50 km/h en vías de dos o más carriles
por sentido de circulación.
- Art 50.2. Las velocidades genéricas establecidas
podrán ser rebajadas previa señalización específica,
por la Autoridad Municipal.
Vías con un carril en un sentido de circulación y dos
carriles en el otro sentido.
SEÑALIZACIÓN
50
50
30
SEÑALIZACIÓN
50 50
30
Después
73. Dirección General de Tráfico
www.dgt.es
Dirección del Trabajo
Ana Blanco Bergareche
Jorge Ordás Alonso
Federación Española de Municipios y Provincias
www.femp.es
Tekia Ingenieros S.A.
www.tekia.es
Equipo de trabajo
Penélope Feito González
Noelia Pastor Benavente
Maquetación e ilustración
Alejandra Ágreda Añover
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