CONTABILIDAD
TRIBUTARIA
Presentado por:
CPC Julio Orellano Antúnez
Los empresarios tienen la necesidad de tomar decisiones acerca del rumbo de sus
negocios, por ende es necesario tener una contabilidad actualizada, la
interpretación de los estados financieros conllevan a la toma de decisiones por
parte de la gerencia.
Es necesario concientizar y crear una cultura tributaria, por ende debemos
entender que formalizando a los contribuyentes, generando una cultura donde se
evite la evasión y elución tributaria , cumpliendo con nuestras obligaciones
formales y sustanciales.
CODIGO TRIBUTARIO Y
COMPROBANTES DE PAGO
LOS TRIBUTOS:
Podemos definir como tributo a las aportaciones en dinero o en
especie que el Estado, o entidades públicas designadas por ley,
exigen con la finalidad de obtener recursos para enfrentar sus gastos
y satisfacer las necesidades públicas.
CLASIFICACION DE LOS TRIBUTOS:
CONTRIBUCION:
Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador beneficios derivados
de la realización de obras públicas o actividades estatales.
Es decir genera beneficios derivados de servicios colectivos específicos que
realiza el Estado. Por ejemplo, las aportaciones a ESSALUD, benefician
directamente en prestaciones de salud para quienes realizan esa aportación y
para sus familias.
TASAS:
Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por el
Estado de un servicio público individualizado en el contribuyente.
Las Tasas, entre otras, pueden ser:
Arbitrios: son tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio
público.
Derechos: son tasas que se pagan por la prestación de un servicio administrativo
público o el uso o aprovechamiento de bienes públicos.
Licencias: son tasas que gravan la obtención de autorizaciones específicas para la
realización de actividades de provecho particular sujetas a control o fiscalización.
PODEMOS PRECISAR TAMBIÉN QUE:
 Arbitrios: Por la prestación o mantenimiento de un servicio público. Lo
recaudan los Gobiernos Locales.
 Derechos: Por la prestación de un servicio administrativo público o el uso
o aprovechamiento de bienes públicos. Por ejemplo, el pago de derechos
para obtener una copia de la Partida de Nacimiento o de un asiento (ficha
de registro) en los Registros Públicos.
 Licencias: Gravan la obtención de autorizaciones específicas para la
realización de actividades de provecho particular sujetas a control o
fiscalización. Por ejemplo las Licencias Municipales de Funcionamiento de
una empresa privada
DEUDOR TRIBUTARIO:
Deudor tributario es la persona obligada al cumplimiento de la prestación
tributaria como contribuyente o responsable.
CONTRIBUYENTE:
Contribuyente es aquél que realiza, o respecto del cual se produce el hecho
generador de la obligación tributaria.
RESPONSABLE:
Responsable es aquél que, sin tener la condición de contribuyente, debe
cumplir la obligación atribuida a éste.
La diferencia entre el contribuyente y responsable es que el contribuyente es el
representante legal que está registrado en el RUC, y el responsable sin tener la
calidad de contribuyente se le atribuye la obligación, ejemplo el gerente
general de una empresa.
DOMICILIO FISCAL Y DOMICILIO PROCESAL
Los sujetos obligados a inscribirse ante la Administración Tributaria de acuerdo a
las normas respectivas tienen la obligación de fijar y cambiar su domicilio fiscal,
conforme ésta lo establezca.
El domicilio fiscal es el lugar fijado dentro del territorio nacional para todo
efecto tributario
El domicilio procesal podrá ser físico, en cuyo caso será un lugar fijo ubicado
dentro del radio urbano que señale la Administración Tributaria.
EXTINCION DE LA DEUDA TRIBUTARIA
La obligación tributaria se extingue por los siguientes medios:
 Pago: (en efectivo o cheque, ahora también online)
 Compensación: La deuda tributaria podrá compensarse total o parcialmente con los créditos por tributos,
sanciones, intereses y otros conceptos pagados en exceso o indebidamente, que correspondan a períodos
no prescritos.
 Condonación: Acto jurídico por el que un acreedor expresa su voluntad de extinguir total o parcialmente su
derecho de crédito, sin recibir nada a cambio.
 Consolidación: La deuda tributaria se extinguirá por consolidación cuando el acreedor de la obligación
tributaria se convierta en deudor de la misma.
 Resolución de la Administración Tributaria sobre deudas de cobranza dudosa o de recuperación onerosa.
 Otros que se establezcan por leyes especiales.
PLAZOS DE PRESCRIPCION DE LA DEUDA
TRIBUTARIA
La acción de la Administración Tributaria para determinar la obligación tributaria, así como la acción
para exigir su pago y aplicar sanciones prescribe a los cuatro (4) años, y a los seis (6) años para
quienes no hayan presentado la declaración respectiva. Dichas acciones prescriben a los diez (10)
años cuando el Agente de retención o percepción no ha pagado el tributo retenido o percibido.
Ejemplos:
Impuesto a la Renta ejercicio 2012.
Vencimiento del plazo para presentar DJ: Marzo 2013, Inicio del Plazo de prescripción: 1 de enero de
2014.
¿Presentó DJ?: Sí. Plazo de prescripción: 4 años.
Término del Plazo de prescripción: Primer día hábil de enero de 2018.
Impuesto General a las Ventas noviembre 2013
Vencimiento del plazo para presentar DJ: Diciembre 2013. Inicio del Plazo de prescripción: 1 de enero
de 2014.
¿Presentó DJ?: Sí. Plazo de prescripción: 4 años.
Término del Plazo de prescripción: Primer día hábil de enero de 2018.
II COMPROBANTES DE PAGO:
Es todo documento que acredita la transferencia de bienes, entrega en uso o
prestación de servicios, calificado como tal por SUNAT.
DEFINICION DE COMPROBANTES DE PAGO
 Sólo se considerará que existe Comprobante de Pago si su impresión y/o importación ha sido autorizada
por SUNAT. La inobservancia de lo indicado acarreará configuración de Infracción prevista en los
numerales 1, 4, 8, y 15 del artículo N° 174° del Código Tributario:
 No emitir o no otorgar CP/Documentos Complementarios (distintos a guías de remisión) Transportar
bienes y/o pasajeros sin el correspondiente comprobante de pago, guía de remisión, manifiesto de
pasajeros y/u otro documento previsto por las normas para sustentar el traslado.
¿CUAL ES LA UTILIDAD DE LOS COMPROBANTES
DE PAGO PARA LOS CONTRIBUYENTES?:
• Sustentar la posesión de sus bienes
• Contabilizar adquisiciones en Registro de Compras
• Sustentar costo o gasto para efecto
¿CUAL ES LA UTILIDAD DE LOS COMPROBANTES DE PAGO PARA CONSUMIDOR FINAL?:
• Acreditar propiedad del bien
• Tener una constancia del pago efectuado y poder presentar un reclamo
• Participar del Sorteo de Comprobantes de Pago
FACTURAS:
Se emiten cuando la operación se realice con sujetos del IGV que tengan derecho al
crédito fiscal y Cuando el comprador lo solicite a fin de sustentar gasto o costo.
RECIBO POR HONORARIOS:
Por la prestación de servicios a través del ejercicio Individual. Es el caso de los
profesionales independientes (médicos, abogados), o aquellos que tienen un oficio
ejemplo electricistas, pintor, etc.
BOLETAS DE VENTA
Se emite en operaciones con consumidores finales, estos comprobantes no podrán ser
utilizados a fin de sustentar gasto o costo para efecto de impuestos y para sustentar
crédito deducible.
TICKETS O CINTAS EMITIDOS POR MAQUINAS REGISTRADORAS
No servirá para sustentar gasto o costo para efecto impuestos, salvo que: Se identifique al
adquiriente con su RUC, nombres o razón social. Se emitan en original y una copia, además
de cinta testigo. Se discrimine el impuesto que grava la operación
c
c
LIQUIDACIONES DE COMPRA
Se emitirán por las adquisiciones de:
 Productos primarios, derivados de la actividad agropecuaria
 Pesca artesanal
 Productos silvestres
 Artesanía y desperdicios
En este caso el vendedor al carecer de RUC es el comprador quien emite el comprobante actuando en
calidad de agente de retención.
NOTAS DE CREDITO
Se emitirán por anulaciones, descuentos, bonificaciones, devoluciones y otros:
 Deberán contener los mismos requisitos de los CP que modifican.
 El usuario o quien reciba la nota, deberá consignar en ella su nombre y apellido,
documento de identidad, fecha de recepción y sello de la empresa de ser el caso.
 En el caso de nota de crédito electrónica no es necesario el acuse de recibido.
Se emitirán para recuperar costos o gastos incurridos, posteriores a la emisión del CP
(moras, etc.)
 Deberán contener los mismos requisitos y características de los comprobantes de
pago en relación a los cuales se emitan.
 Sólo podrán ser emitidas al mismo adquirente o usuario para modificar
comprobantes de pago otorgados con anterioridad.
OTROS COMPROBANTES DE PAGO
También se consideran comprobantes de pago a:
A Los documentos autorizados en el numeral 6 del artículo 4º del RCP. Otros documentos que por su
contenido y sistema de emisión permitan un adecuado control tributario y se encuentren expresamente
autorizados, de manera previa, por la SUNAT.
Otros documentos autorizados que permitirán sustentar gasto o costo y ejercer el crédito fiscal,
“siempre” que se identifique al adquirente y se discrimine el impuesto”
 Cartas de Porte aéreo y Conocimiento de Embarque
 Pólizas de adjudicación en caso de remates
 Certificado de pago de Regalías emitidos por Perú Petro
 Empresas del sistema de tarjetas de crédito
 Boletos de viaje
OPORTUNIDAD DE LA EMISION DE
COMPROBANTES DE PAGO
La oportunidad para la emisión de comprobantes de pago en el caso de venta de bienes y
prestación de servicios se encuentra regulada en el artículo 5 del Reglamento de
Comprobantes de Pago.
En los contratos de construcción
En la prestación de servicios
En la transferencia de bienes muebles
En la transferencia de bienes inmuebles
GUIA DE REMISION
No son comprobantes de compra o de venta pero, este documento sustenta el traslado
de bienes entre distintas direcciones.
El transporte puede ser: Transporte privado Transporte privado
Fin de Unidad 1
Muchas Gracias

Diapositivas Unidad 1.pdf

  • 1.
  • 2.
    Los empresarios tienenla necesidad de tomar decisiones acerca del rumbo de sus negocios, por ende es necesario tener una contabilidad actualizada, la interpretación de los estados financieros conllevan a la toma de decisiones por parte de la gerencia. Es necesario concientizar y crear una cultura tributaria, por ende debemos entender que formalizando a los contribuyentes, generando una cultura donde se evite la evasión y elución tributaria , cumpliendo con nuestras obligaciones formales y sustanciales.
  • 3.
    CODIGO TRIBUTARIO Y COMPROBANTESDE PAGO LOS TRIBUTOS: Podemos definir como tributo a las aportaciones en dinero o en especie que el Estado, o entidades públicas designadas por ley, exigen con la finalidad de obtener recursos para enfrentar sus gastos y satisfacer las necesidades públicas.
  • 4.
  • 5.
    CONTRIBUCION: Es el tributocuya obligación tiene como hecho generador beneficios derivados de la realización de obras públicas o actividades estatales. Es decir genera beneficios derivados de servicios colectivos específicos que realiza el Estado. Por ejemplo, las aportaciones a ESSALUD, benefician directamente en prestaciones de salud para quienes realizan esa aportación y para sus familias.
  • 6.
    TASAS: Es el tributocuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por el Estado de un servicio público individualizado en el contribuyente. Las Tasas, entre otras, pueden ser: Arbitrios: son tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público. Derechos: son tasas que se pagan por la prestación de un servicio administrativo público o el uso o aprovechamiento de bienes públicos. Licencias: son tasas que gravan la obtención de autorizaciones específicas para la realización de actividades de provecho particular sujetas a control o fiscalización.
  • 7.
    PODEMOS PRECISAR TAMBIÉNQUE:  Arbitrios: Por la prestación o mantenimiento de un servicio público. Lo recaudan los Gobiernos Locales.  Derechos: Por la prestación de un servicio administrativo público o el uso o aprovechamiento de bienes públicos. Por ejemplo, el pago de derechos para obtener una copia de la Partida de Nacimiento o de un asiento (ficha de registro) en los Registros Públicos.  Licencias: Gravan la obtención de autorizaciones específicas para la realización de actividades de provecho particular sujetas a control o fiscalización. Por ejemplo las Licencias Municipales de Funcionamiento de una empresa privada
  • 8.
    DEUDOR TRIBUTARIO: Deudor tributarioes la persona obligada al cumplimiento de la prestación tributaria como contribuyente o responsable. CONTRIBUYENTE: Contribuyente es aquél que realiza, o respecto del cual se produce el hecho generador de la obligación tributaria. RESPONSABLE: Responsable es aquél que, sin tener la condición de contribuyente, debe cumplir la obligación atribuida a éste. La diferencia entre el contribuyente y responsable es que el contribuyente es el representante legal que está registrado en el RUC, y el responsable sin tener la calidad de contribuyente se le atribuye la obligación, ejemplo el gerente general de una empresa.
  • 9.
    DOMICILIO FISCAL YDOMICILIO PROCESAL Los sujetos obligados a inscribirse ante la Administración Tributaria de acuerdo a las normas respectivas tienen la obligación de fijar y cambiar su domicilio fiscal, conforme ésta lo establezca. El domicilio fiscal es el lugar fijado dentro del territorio nacional para todo efecto tributario El domicilio procesal podrá ser físico, en cuyo caso será un lugar fijo ubicado dentro del radio urbano que señale la Administración Tributaria.
  • 10.
    EXTINCION DE LADEUDA TRIBUTARIA La obligación tributaria se extingue por los siguientes medios:  Pago: (en efectivo o cheque, ahora también online)  Compensación: La deuda tributaria podrá compensarse total o parcialmente con los créditos por tributos, sanciones, intereses y otros conceptos pagados en exceso o indebidamente, que correspondan a períodos no prescritos.  Condonación: Acto jurídico por el que un acreedor expresa su voluntad de extinguir total o parcialmente su derecho de crédito, sin recibir nada a cambio.  Consolidación: La deuda tributaria se extinguirá por consolidación cuando el acreedor de la obligación tributaria se convierta en deudor de la misma.  Resolución de la Administración Tributaria sobre deudas de cobranza dudosa o de recuperación onerosa.  Otros que se establezcan por leyes especiales.
  • 11.
    PLAZOS DE PRESCRIPCIONDE LA DEUDA TRIBUTARIA La acción de la Administración Tributaria para determinar la obligación tributaria, así como la acción para exigir su pago y aplicar sanciones prescribe a los cuatro (4) años, y a los seis (6) años para quienes no hayan presentado la declaración respectiva. Dichas acciones prescriben a los diez (10) años cuando el Agente de retención o percepción no ha pagado el tributo retenido o percibido. Ejemplos: Impuesto a la Renta ejercicio 2012. Vencimiento del plazo para presentar DJ: Marzo 2013, Inicio del Plazo de prescripción: 1 de enero de 2014. ¿Presentó DJ?: Sí. Plazo de prescripción: 4 años. Término del Plazo de prescripción: Primer día hábil de enero de 2018. Impuesto General a las Ventas noviembre 2013 Vencimiento del plazo para presentar DJ: Diciembre 2013. Inicio del Plazo de prescripción: 1 de enero de 2014. ¿Presentó DJ?: Sí. Plazo de prescripción: 4 años. Término del Plazo de prescripción: Primer día hábil de enero de 2018.
  • 12.
    II COMPROBANTES DEPAGO: Es todo documento que acredita la transferencia de bienes, entrega en uso o prestación de servicios, calificado como tal por SUNAT.
  • 13.
    DEFINICION DE COMPROBANTESDE PAGO  Sólo se considerará que existe Comprobante de Pago si su impresión y/o importación ha sido autorizada por SUNAT. La inobservancia de lo indicado acarreará configuración de Infracción prevista en los numerales 1, 4, 8, y 15 del artículo N° 174° del Código Tributario:  No emitir o no otorgar CP/Documentos Complementarios (distintos a guías de remisión) Transportar bienes y/o pasajeros sin el correspondiente comprobante de pago, guía de remisión, manifiesto de pasajeros y/u otro documento previsto por las normas para sustentar el traslado.
  • 14.
    ¿CUAL ES LAUTILIDAD DE LOS COMPROBANTES DE PAGO PARA LOS CONTRIBUYENTES?: • Sustentar la posesión de sus bienes • Contabilizar adquisiciones en Registro de Compras • Sustentar costo o gasto para efecto ¿CUAL ES LA UTILIDAD DE LOS COMPROBANTES DE PAGO PARA CONSUMIDOR FINAL?: • Acreditar propiedad del bien • Tener una constancia del pago efectuado y poder presentar un reclamo • Participar del Sorteo de Comprobantes de Pago
  • 15.
    FACTURAS: Se emiten cuandola operación se realice con sujetos del IGV que tengan derecho al crédito fiscal y Cuando el comprador lo solicite a fin de sustentar gasto o costo. RECIBO POR HONORARIOS: Por la prestación de servicios a través del ejercicio Individual. Es el caso de los profesionales independientes (médicos, abogados), o aquellos que tienen un oficio ejemplo electricistas, pintor, etc.
  • 16.
    BOLETAS DE VENTA Seemite en operaciones con consumidores finales, estos comprobantes no podrán ser utilizados a fin de sustentar gasto o costo para efecto de impuestos y para sustentar crédito deducible. TICKETS O CINTAS EMITIDOS POR MAQUINAS REGISTRADORAS No servirá para sustentar gasto o costo para efecto impuestos, salvo que: Se identifique al adquiriente con su RUC, nombres o razón social. Se emitan en original y una copia, además de cinta testigo. Se discrimine el impuesto que grava la operación c c
  • 17.
    LIQUIDACIONES DE COMPRA Seemitirán por las adquisiciones de:  Productos primarios, derivados de la actividad agropecuaria  Pesca artesanal  Productos silvestres  Artesanía y desperdicios En este caso el vendedor al carecer de RUC es el comprador quien emite el comprobante actuando en calidad de agente de retención.
  • 18.
    NOTAS DE CREDITO Seemitirán por anulaciones, descuentos, bonificaciones, devoluciones y otros:  Deberán contener los mismos requisitos de los CP que modifican.  El usuario o quien reciba la nota, deberá consignar en ella su nombre y apellido, documento de identidad, fecha de recepción y sello de la empresa de ser el caso.  En el caso de nota de crédito electrónica no es necesario el acuse de recibido.
  • 19.
    Se emitirán pararecuperar costos o gastos incurridos, posteriores a la emisión del CP (moras, etc.)  Deberán contener los mismos requisitos y características de los comprobantes de pago en relación a los cuales se emitan.  Sólo podrán ser emitidas al mismo adquirente o usuario para modificar comprobantes de pago otorgados con anterioridad.
  • 20.
    OTROS COMPROBANTES DEPAGO También se consideran comprobantes de pago a: A Los documentos autorizados en el numeral 6 del artículo 4º del RCP. Otros documentos que por su contenido y sistema de emisión permitan un adecuado control tributario y se encuentren expresamente autorizados, de manera previa, por la SUNAT. Otros documentos autorizados que permitirán sustentar gasto o costo y ejercer el crédito fiscal, “siempre” que se identifique al adquirente y se discrimine el impuesto”  Cartas de Porte aéreo y Conocimiento de Embarque  Pólizas de adjudicación en caso de remates  Certificado de pago de Regalías emitidos por Perú Petro  Empresas del sistema de tarjetas de crédito  Boletos de viaje
  • 21.
    OPORTUNIDAD DE LAEMISION DE COMPROBANTES DE PAGO La oportunidad para la emisión de comprobantes de pago en el caso de venta de bienes y prestación de servicios se encuentra regulada en el artículo 5 del Reglamento de Comprobantes de Pago. En los contratos de construcción En la prestación de servicios En la transferencia de bienes muebles En la transferencia de bienes inmuebles
  • 22.
    GUIA DE REMISION Noson comprobantes de compra o de venta pero, este documento sustenta el traslado de bienes entre distintas direcciones. El transporte puede ser: Transporte privado Transporte privado
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    Fin de Unidad1 Muchas Gracias