1. CONSTITUCIÓN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
CONSTITUCIÓN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
“LINKTEL GROUP LIMITADA”
“LINKTEL GROUP LIMITADA”
En Antofagasta a martes 22 de abril del dos mil diecinueve ante mi Julio Abasolo Aravena
En Antofagasta a martes 22 de abril del dos mil diecinueve ante mi Julio Abasolo Aravena
abogado, notario público titular de la notaría de
abogado, notario público titular de la notaría de Antofagasta
Antofagasta con oficina en calle
con oficina en calle Jorge
Jorge
Washington 2653
Washington 2653 comuna de Antofagasta comparecen: doña Dominique Belén Varas
comuna de Antofagasta comparecen: doña Dominique Belén Varas
Varas, nacionalidad chilena, soltera, abogada, cédula nacional de identidad número
Varas, nacionalidad chilena, soltera, abogada, cédula nacional de identidad número
17.434.652-2, doña Alejandra Antonia Valdés Muñoz, nacionalidad chilena, soltera,
17.434.652-2, doña Alejandra Antonia Valdés Muñoz, nacionalidad chilena, soltera,
abogada, cédula nacional de identidad número 19.492.134-9, doña Daniela Alejandra
abogada, cédula nacional de identidad número 19.492.134-9, doña Daniela Alejandra
Cortés Alvial, nacionalidad chilena, soltera, abogada, cédula nacional de identidad número
Cortés Alvial, nacionalidad chilena, soltera, abogada, cédula nacional de identidad número
19.445.403-1, doña Francisca Carolina Pizarro Valdés, nacionalidad chilena, soltera,
19.445.403-1, doña Francisca Carolina Pizarro Valdés, nacionalidad chilena, soltera,
abogada, cédula nacional de identidad número 19.966.909-5, y doña Natalia Rocío García
abogada, cédula nacional de identidad número 19.966.909-5, y doña Natalia Rocío García
Morales, nacionalidad chilena, soltera, abogada, cédula nacional de identidad número
Morales, nacionalidad chilena, soltera, abogada, cédula nacional de identidad número
18.970.919-6; quienes acreditan su identidad con las cédulas antes citada y exponen lo
18.970.919-6; quienes acreditan su identidad con las cédulas antes citada y exponen lo
siguiente:
siguiente:
ARTÍCULO PRIMERO.-
ARTÍCULO PRIMERO.- Por este acto, vienen en constituir una Sociedad de
Por este acto, vienen en constituir una Sociedad de
Responsabilidad Limitada
Responsabilidad Limitada denominada “LINKTEL
denominada “LINKTEL GROUP LIMITADA”,
GROUP LIMITADA”, de acuerdo en
de acuerdo en
lo dispuesto en la Ley tres mil novecientos dieciocho, el Código de Comercio, demás Leyes
lo dispuesto en la Ley tres mil novecientos dieciocho, el Código de Comercio, demás Leyes
pertinentes y cuyos estatutos son los siguientes:
pertinentes y cuyos estatutos son los siguientes:
ARTÍCULO SEGUNDO
ARTÍCULO SEGUNDO.- El nombre de la sociedad será “LINKTEL GROUP
.- El nombre de la sociedad será “LINKTEL GROUP
LIMITADA”.
LIMITADA”.
ARTÍCULO TERCERO.-
ARTÍCULO TERCERO.- La sucursal tendrá como objeto: telecomunicaciones.
La sucursal tendrá como objeto: telecomunicaciones.
ARTÍCULO CUARTO:
ARTÍCULO CUARTO: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Antofagasta en
El domicilio de la sociedad es la ciudad de Antofagasta en
aquella parte en que tiene jurisdicción el Registro de Comercio del Conservador de Bienes
aquella parte en que tiene jurisdicción el Registro de Comercio del Conservador de Bienes
Raíces de
Raíces de Antofagasta
Antofagasta sin perjuicio que pueda establecer agencias, sucursales o
sin perjuicio que pueda establecer agencias, sucursales o
establecimientos en otros lugares de la República o el extranjero.
establecimientos en otros lugares de la República o el extranjero.
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ARTÍCULO QUINTO.-
ARTÍCULO QUINTO.- La
La sociedad
sociedad tendrá una
tendrá una duración indefinida,
duración indefinida, salvo que
salvo que los
los
manifestaren su voluntad de ponerle término al final del periodo que estuviere en curso,
manifestaren su voluntad de ponerle término al final del periodo que estuviere en curso,
mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social,
mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social,
todo con una anticipación de a lo menos tres meses al termino del respectivo periodo.
todo con una anticipación de a lo menos tres meses al termino del respectivo periodo.
ARTÍCULO SEXTO.-
ARTÍCULO SEXTO.- El capital de la sociedad es la cantidad de diez millones de pesos
El capital de la sociedad es la cantidad de diez millones de pesos,
,
que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: Uno.- doña Dominique Belén Varas
que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: Uno.- doña Dominique Belén Varas
Varas aporta el veinte por ciento del capital social equivalente a diez millones de pesos al
Varas aporta el veinte por ciento del capital social equivalente a diez millones de pesos al
contado en dinero en efectivo, que es recibido por la sociedad a su entera satisfacción.
contado en dinero en efectivo, que es recibido por la sociedad a su entera satisfacción.
Dos.- doña Alejandra Antonia Valdés Muñoz aporta el veinte por ciento del capital social
Dos.- doña Alejandra Antonia Valdés Muñoz aporta el veinte por ciento del capital social
equivalente a diez millones de pesos al contado en dinero en efectivo, que es recibido por la
equivalente a diez millones de pesos al contado en dinero en efectivo, que es recibido por la
sociedad a su entera satisfacción. Tres.- doña Daniela Alejandra Cortes Alvial aporta el
sociedad a su entera satisfacción. Tres.- doña Daniela Alejandra Cortes Alvial aporta el
veinte por ciento del capital social equivalente a diez millones de pesos al contado en
veinte por ciento del capital social equivalente a diez millones de pesos al contado en
dinero en efectivo que es recibido por la sociedad a su entera satisfacción. Cuatro.- doña
dinero en efectivo que es recibido por la sociedad a su entera satisfacción. Cuatro.- doña
Francisca Carolina Pizarro Valdés aporta el veinte por ciento del capital social equivalente
Francisca Carolina Pizarro Valdés aporta el veinte por ciento del capital social equivalente
a diez millones de pesos al contado en dinero en efectivo que es recibido por la sociedad a
a diez millones de pesos al contado en dinero en efectivo que es recibido por la sociedad a
su entera satisfacción. Cinto.- doña Natalia Rocío García Morales aporta el veinte por
su entera satisfacción. Cinto.- doña Natalia Rocío García Morales aporta el veinte por
ciento del capital social equivalente a diez millones de pesos al contado en dinero en
ciento del capital social equivalente a diez millones de pesos al contado en dinero en
efectivo que es recibido por la sociedad a su entera satisfacción.
efectivo que es recibido por la sociedad a su entera satisfacción.
ARTÍCULO SÉPTIMO:
ARTÍCULO SÉPTIMO: La responsabilidad de los socios queda limitada única y
La responsabilidad de los socios queda limitada única y
exclusivamente al monto de sus aportes.
exclusivamente al monto de sus aportes.
ARTÍCULO OCTAVO:
ARTÍCULO OCTAVO: La administración, el uso de la razón social y la representación
La administración, el uso de la razón social y la representación
judicial y extrajudicial correspo
judicial y extrajudicial corresponderá conjuntamente a
nderá conjuntamente a doña Dominique Belén Var
doña Dominique Belén Varas Varas,
as Varas,
doña Alejandra Antonia Valdés Muñoz, doña Daniela Alejandra Cortés Alvial, doña
doña Alejandra Antonia Valdés Muñoz, doña Daniela Alejandra Cortés Alvial, doña
Francisca Carolina Pizarro Valdés y doña Natalia Rocío García Morales, quienes, para el
Francisca Carolina Pizarro Valdés y doña Natalia Rocío García Morales, quienes, para el
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enunciativo y no taxativo se indican a continuación:
enunciativo y no taxativo se indican a continuación: Uno)
Uno) Comprar, vender, permutar y, en
Comprar, vender, permutar y, en
general, adquirir y enajenar a cualquier título toda clase de bienes.
general, adquirir y enajenar a cualquier título toda clase de bienes. Dos)
Dos) Comprar, vender,
Comprar, vender,
permutar
permutar y,
y, en
en general,
general, adquirir
adquirir y
y enajenar
enajenar bienes
bienes corporales
corporales o
o incorporales,
incorporales, raíces
raíces o
o
muebles, incluso valores mobiliarios
muebles, incluso valores mobiliarios Tres)
Tres) Otorgar y tomar en arrendamiento,
Otorgar y tomar en arrendamiento,
administración y concesión, toda clase de bienes corporales o incorporales, raíces o
administración y concesión, toda clase de bienes corporales o incorporales, raíces o
muebles.
muebles. Cuatro)
Cuatro) Otorgar
Otorgar y
y tomar
tomar bienes
bienes en
en comodato.
comodato. Cinco)
Cinco) Dar y
Dar y tomar
tomar dineros u
dineros u
otros bienes en mutuo.
otros bienes en mutuo. Seis)
Seis) Dar y recibir bienes en hipoteca, posponer, limitar y alzar
Dar y recibir bienes en hipoteca, posponer, limitar y alzar
hipotecas constituidas a favor de la sociedad, incluso con cláusula de garantía general.
hipotecas constituidas a favor de la sociedad, incluso con cláusula de garantía general.
Siete)
Siete) dar y recibir en prenda bienes muebles, valores mobiliarios, derechos, acciones y
dar y recibir en prenda bienes muebles, valores mobiliarios, derechos, acciones y
demás cosas corporales o incorporales, sean en prenda civil, mercantil, warrants de cosas
demás cosas corporales o incorporales, sean en prenda civil, mercantil, warrants de cosas
muebles vendidas u otras especiales y cancelarlas.
muebles vendidas u otras especiales y cancelarlas. Ocho)
Ocho) dar y recibir dineros y otros
dar y recibir dineros y otros
bienes
bienes en
en depósito,
depósito, sea
sea necesario
necesario o
o voluntario
voluntario y
y en
en secuestro;
secuestro; Nueve)
Nueve) resciliar, rescindir,
resciliar, rescindir,
resolver y dejar sin efecto actos y contratos; renunciar derechos o acciones resolutorias o de
resolver y dejar sin efecto actos y contratos; renunciar derechos o acciones resolutorias o de
otra índole;
otra índole; Diez)
Diez) ceder y aceptar cesiones de créditos y otros derechos, sean nominativos, a
ceder y aceptar cesiones de créditos y otros derechos, sean nominativos, a
la orden o al portador, y en general, efectuar toda clase de operaciones con documentos
la orden o al portador, y en general, efectuar toda clase de operaciones con documentos
mercantiles, valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio;
mercantiles, valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio; Once)
Once) aceptar a favor de
aceptar a favor de
la sociedad toda clase de garantías reales o personales;
la sociedad toda clase de garantías reales o personales; Doce)
Doce) recibir en donación, incluso
recibir en donación, incluso
bienes
bienes raíces;
raíces; Trece)
Trece) novar, transigir y comprometer;
novar, transigir y comprometer; Catorce)
Catorce) dar y tomar dinero en
dar y tomar dinero en
préstamo, con
préstamo, con o sin
o sin intereses, con
intereses, con o sin
o sin reajustes, a
reajustes, a corto o
corto o largo plazo,
largo plazo, con o
con o sin garantías,
sin garantías,
en moneda nacional o extranjera;
en moneda nacional o extranjera; Quince)
Quince) operar en el mercado de capitales, pudiendo
operar en el mercado de capitales, pudiendo
comprar, vender y negociar en cualquier forma, acciones, bonos, pagarés, debentures,
comprar, vender y negociar en cualquier forma, acciones, bonos, pagarés, debentures,
valores hipotecables reajustables y cualquier clase de valores mobiliarios, letras de cambio
valores hipotecables reajustables y cualquier clase de valores mobiliarios, letras de cambio
y efectos de comercio, sean emitidos por el Estado o particulares;
y efectos de comercio, sean emitidos por el Estado o particulares; Dieciséis)
Dieciséis) celebrar
celebrar toda
toda
clase de operaciones con el Banco Central, Bancos e Instituciones Financieras, Corporación
clase de operaciones con el Banco Central, Bancos e Instituciones Financieras, Corporación
de Fomento de la Producción y demás instituciones públicas y privadas de crédito
de Fomento de la Producción y demás instituciones públicas y privadas de crédito
nacionales o extranjeras y en especial contratar con estos bancos o instituciones, mutuos,
nacionales o extranjeras y en especial contratar con estos bancos o instituciones, mutuos,
préstamos
préstamos hipotecarios
hipotecarios de
de cualquier
cualquier índole,
índole, préstamos
préstamos con
con letras,
letras, pagarés,
pagarés, sobregiros,
sobregiros,
avances contra aceptación y cualquier otro tipo de operaciones de crédito en cualquier
avances contra aceptación y cualquier otro tipo de operaciones de crédito en cualquier
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transportes, fletamento, de cambio, de correduría;
transportes, fletamento, de cambio, de correduría; Diecinueve)
Diecinueve) celebrar contratos para
celebrar contratos para
constituir agentes, comisionistas, distribuidores y concesionarios;
constituir agentes, comisionistas, distribuidores y concesionarios; Veinte)
Veinte) establecer
establecer
agencias, sucursales o establecimientos en cualquier punto del país o en el extranjero;
agencias, sucursales o establecimientos en cualquier punto del país o en el extranjero;
Veintiuno)
Veintiuno) presentarse a toda clase de propuestas públicas o privadas, pactando las
presentarse a toda clase de propuestas públicas o privadas, pactando las
condiciones que estime convenientes y necesarias, pudiendo al efecto suscribir toda clase
condiciones que estime convenientes y necesarias, pudiendo al efecto suscribir toda clase
de solicitudes y documentos que sean pertinentes para su debido otorgamiento;
de solicitudes y documentos que sean pertinentes para su debido otorgamiento; Veintidós)
Veintidós)
solicitar para la sociedad concesiones administrativas de cualquier naturaleza u objeto,
solicitar para la sociedad concesiones administrativas de cualquier naturaleza u objeto,
inclusive marítimas y de cualquier otra índole;
inclusive marítimas y de cualquier otra índole; Veintitrés)
Veintitrés) celebrar contratos de censo,
celebrar contratos de censo,
renta vitalicia, y en general cualquier tipo de contrato nominado o no;
renta vitalicia, y en general cualquier tipo de contrato nominado o no; Veinticuatro)
Veinticuatro)
celebrar contratos de trabajo y de honorarios;
celebrar contratos de trabajo y de honorarios; Veinticinco)
Veinticinco) contratar y despedir
contratar y despedir
trabajadores, contratar servicios profesionales o técnicos y ponerles término, otorgar
trabajadores, contratar servicios profesionales o técnicos y ponerles término, otorgar
finiquitos, pagar sueldos, salarios, gratificaciones, bonificaciones, conceder anticipos,
finiquitos, pagar sueldos, salarios, gratificaciones, bonificaciones, conceder anticipos,
estipular las remuneraciones en moneda nacional o extranjera;
estipular las remuneraciones en moneda nacional o extranjera; Veintiséis)
Veintiséis) representar a la
representar a la
sociedad ante todas las autoridades o reparticiones fiscales, municipales, semifiscales, de
sociedad ante todas las autoridades o reparticiones fiscales, municipales, semifiscales, de
administración autónoma, organismos de previsión, salud, de administración de fondos de
administración autónoma, organismos de previsión, salud, de administración de fondos de
organismos de pensiones, y presentar ante ellas todos los instrumentos públicos o privados
organismos de pensiones, y presentar ante ellas todos los instrumentos públicos o privados
que sean necesarios; efectuar declaraciones juradas de cualquier especie o materia, asistir a
que sean necesarios; efectuar declaraciones juradas de cualquier especie o materia, asistir a
reuniones, comparendos y citaciones que hagan tales autoridades;
reuniones, comparendos y citaciones que hagan tales autoridades;Veintisiete)
Veintisiete) abrir y cerrar
abrir y cerrar
cuentas bancarias y comerciales, de depósito y crédito, imponerse de sus movimientos,
cuentas bancarias y comerciales, de depósito y crédito, imponerse de sus movimientos,
girar y sobregirar en ellas, aceptar y rechazar saldos, adquirir y retirar talonarios de cheques
girar y sobregirar en ellas, aceptar y rechazar saldos, adquirir y retirar talonarios de cheques
o cheques sueltos, celebrar toda clase de operaciones relacionadas con el contrato de
o cheques sueltos, celebrar toda clase de operaciones relacionadas con el contrato de
cambio y demás obligaciones mercantiles y en especial, girar, tomar, suscribir, aceptar,
cambio y demás obligaciones mercantiles y en especial, girar, tomar, suscribir, aceptar,
reaceptar, descontar, prorrogar, endosar en dominio o en otra forma, revalidar letras de
reaceptar, descontar, prorrogar, endosar en dominio o en otra forma, revalidar letras de
cambio, pagarés, cheques, libranzas, certificados de depósito y demás efectos negociables
cambio, pagarés, cheques, libranzas, certificados de depósito y demás efectos negociables
de comercio, contratar boletas de garantía bancaria, contratar cajas de seguridad o de otra
de comercio, contratar boletas de garantía bancaria, contratar cajas de seguridad o de otra
especie;
especie; Veintiocho)
Veintiocho) girar, endosar en cobranza y/o garantía, letras de cambio, colocar y
girar, endosar en cobranza y/o garantía, letras de cambio, colocar y
retirar valores en custodia o garantía, depositar y retirar toda clase de bienes y valores
retirar valores en custodia o garantía, depositar y retirar toda clase de bienes y valores
mobiliarios;
mobiliarios; Veintinueve)
Veintinueve) representar a la sociedad con voz y voto en todas las sociedades,
representar a la sociedad con voz y voto en todas las sociedades,
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entidades, en lo que corresponda conforme a la ley y estatutos sociales o convenios que la
entidades, en lo que corresponda conforme a la ley y estatutos sociales o convenios que la
rijan y para que ejerza toda clase de derechos que con ellas correspondan a la sociedad;
rijan y para que ejerza toda clase de derechos que con ellas correspondan a la sociedad;
Treinta)
Treinta) Celebrar contratos de sociedad y de asociación o cuentas en participaciones de
Celebrar contratos de sociedad y de asociación o cuentas en participaciones de
cualquier clase y objeto o ingresar en sociedades ya constituidas; y representar a la sociedad
cualquier clase y objeto o ingresar en sociedades ya constituidas; y representar a la sociedad
con voz y voto en las sociedades, comunidades, asociaciones, cuentas en participación,
con voz y voto en las sociedades, comunidades, asociaciones, cuentas en participación,
sociedades de hecho y organizaciones de cualquier especie, de que forme parte o tenga
sociedades de hecho y organizaciones de cualquier especie, de que forme parte o tenga
interés;
interés; Treinta y uno)
Treinta y uno) solicitar el registro de marcas comerciales, patentes de invención y
solicitar el registro de marcas comerciales, patentes de invención y
modelos industriales e inscribir el dominio intelectual, realizar todos los actos y gestiones
modelos industriales e inscribir el dominio intelectual, realizar todos los actos y gestiones
destinados a proteger y amparar la propiedad industrial e intelectual, mantener su vigencia,
destinados a proteger y amparar la propiedad industrial e intelectual, mantener su vigencia,
solicitando renovaciones o ampliaciones de plazo que fueren procedentes, convenir
solicitando renovaciones o ampliaciones de plazo que fueren procedentes, convenir
licencias de explotación de marcas comerciales, patentes de invención, modelos industriales
licencias de explotación de marcas comerciales, patentes de invención, modelos industriales
y de propiedad intelectual, y celebrar toda clase de contratos en relación con estas especies
y de propiedad intelectual, y celebrar toda clase de contratos en relación con estas especies
de dominio;
de dominio; Treinta y dos)
Treinta y dos) realizar importaciones y exportaciones y toda clase de
realizar importaciones y exportaciones y toda clase de
operaciones de comercio exterior y cambios internacionales, ejecutar los actos destinados a
operaciones de comercio exterior y cambios internacionales, ejecutar los actos destinados a
la realización de tales operaciones y en especial abrir acreditivos en moneda extranjera, ya
la realización de tales operaciones y en especial abrir acreditivos en moneda extranjera, ya
sea por medio de créditos simples, rotatorios, documentarios y otros;
sea por medio de créditos simples, rotatorios, documentarios y otros; Treinta y tres)
Treinta y tres)
retirar y endosar documentos de embarque, retirar de correos y aduanas toda clase de
retirar y endosar documentos de embarque, retirar de correos y aduanas toda clase de
encomiendas, giros, postales, telegráficos o de otra clase, ya sean cartas, remesas y
encomiendas, giros, postales, telegráficos o de otra clase, ya sean cartas, remesas y
correspondencia, certificada o no;
correspondencia, certificada o no; Treinta y cuatro)
Treinta y cuatro) cobrar
cobrar y
y percibir
percibir judicialmente
judicialmente o
o
extrajudicialmente cuanto se adeudare a la sociedad, por cualquier título motivo o concepto,
extrajudicialmente cuanto se adeudare a la sociedad, por cualquier título motivo o concepto,
ya sea en dinero, especies, valores o en cualquier otra forma, y otorgar los correspondientes
ya sea en dinero, especies, valores o en cualquier otra forma, y otorgar los correspondientes
recibos;
recibos; Treinta y cinco)
Treinta y cinco) otorgar finiquitos, cancelaciones y alzar total o parcialmente toda
otorgar finiquitos, cancelaciones y alzar total o parcialmente toda
clase de garantías, personales o reales que se vean extinguidas como consecuencia del pago
clase de garantías, personales o reales que se vean extinguidas como consecuencia del pago
de las obligaciones caucionadas;
de las obligaciones caucionadas; Treinta y seis)
Treinta y seis) representar a la sociedad ante toda clase de
representar a la sociedad ante toda clase de
Tribunales sean estos ordinarios, del trabajo, aduaneros, administrativos, tributarias,
Tribunales sean estos ordinarios, del trabajo, aduaneros, administrativos, tributarias,
ambientales, arbitrales o de otra especie, y ejercer toda clase de acciones civiles, penales,
ambientales, arbitrales o de otra especie, y ejercer toda clase de acciones civiles, penales,
tributarias, del trabajo, aduaneras o administrativas que correspondan a la sociedad, con las
tributarias, del trabajo, aduaneras o administrativas que correspondan a la sociedad, con las
facultades ordinarias del mandato judicial y la de percibir;
facultades ordinarias del mandato judicial y la de percibir; Treinta y siete)
Treinta y siete) delegar todo o
delegar todo o
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convenios y contratos que fueren necesarios y conducentes al cumplimiento del objeto
convenios y contratos que fueren necesarios y conducentes al cumplimiento del objeto
social;
social; Treinta y nueve)
Treinta y nueve) finalmente podrá celebrar toda clase de contratos nominados,
finalmente podrá celebrar toda clase de contratos nominados,
innominados, típicos o atípicos, sean civiles, comerciales, administrativos, procesales o del
innominados, típicos o atípicos, sean civiles, comerciales, administrativos, procesales o del
trabajo, y al efecto estipular en ellos el objeto, las modalidades, precios, cláusulas penales y
trabajo, y al efecto estipular en ellos el objeto, las modalidades, precios, cláusulas penales y
todas las demás cláusulas y condiciones que sean convenientes y/o necesarias.
todas las demás cláusulas y condiciones que sean convenientes y/o necesarias.
ARTÍCULO NOVENO.-
ARTÍCULO NOVENO.- Las facultades administrativas y el uso de la Razón Social
Las facultades administrativas y el uso de la Razón Social
podrán delegars
podrán delegarse en
e en una persona
una persona extraña a
extraña a la sociedad.
la sociedad. El mandatario
El mandatario deberá ser
deberá ser nombrado
nombrado
por los
por los socios, mediante
socios, mediante escritura pública
escritura pública la cual
la cual deberá an
deberá anotarse al
otarse al margen de
margen de la matriz
la matriz de
de
la presenta escritura y de su correspondiente inscripción.
la presenta escritura y de su correspondiente inscripción.
ARTÍCULO DÉCIMO.-
ARTÍCULO DÉCIMO.- Las utilidades y las eventuales pérdidas que pueda arrojar la
Las utilidades y las eventuales pérdidas que pueda arrojar la
sociedad serán repartidas o soportadas por los socios a prorrata de sus respectivos aportes.
sociedad serán repartidas o soportadas por los socios a prorrata de sus respectivos aportes.
ARTÍCULO UNDÉCIMO.-
ARTÍCULO UNDÉCIMO.- La sociedad practicará balance general e Inventario los días
La sociedad practicará balance general e Inventario los días
treinta y uno de diciembre de cada año, siendo este su balance oficial, sin perjuicio de que
treinta y uno de diciembre de cada año, siendo este su balance oficial, sin perjuicio de que
los socios en cualquier momento puedan practicar otros, quedando desde ya autorizados
los socios en cualquier momento puedan practicar otros, quedando desde ya autorizados
para solicitarlo al Servicio de Impuestos Internos.
para solicitarlo al Servicio de Impuestos Internos.
ARTÍCULO DOUDÉCIMO.-
ARTÍCULO DOUDÉCIMO.- En caso de fallecimiento de uno de los socios la sociedad
En caso de fallecimiento de uno de los socios la sociedad
continuará con el o los socios sobrevivientes y los herederos del o los socios fallecidos,
continuará con el o los socios sobrevivientes y los herederos del o los socios fallecidos,
quienes deberán designar un representante común para actuar ante la sociedad. La
quienes deberán designar un representante común para actuar ante la sociedad. La
administración y el uso de la razón social quedará radicada en el o los socios
administración y el uso de la razón social quedará radicada en el o los socios
sobrevivientes.
sobrevivientes.
ARTÍCULO DÉCIMOTERCERO.-
ARTÍCULO DÉCIMOTERCERO.- Los socios podrán retirar para sus gastos, mensual o
Los socios podrán retirar para sus gastos, mensual o
anualmente, las sumas que acuerden, las que en ningún caso podrán ser parte del capital
anualmente, las sumas que acuerden, las que en ningún caso podrán ser parte del capital
social sino únicamente de las utilidades, todo esto según las necesidades de la empresa y en
social sino únicamente de las utilidades, todo esto según las necesidades de la empresa y en
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reinvertir total o parcialmente las utilidades y en el caso de existir deudas sociales
reinvertir total o parcialmente las utilidades y en el caso de existir deudas sociales
pendientes se preferirá su pago
pendientes se preferirá su pago a los retiros.
a los retiros.
ARTÍCULO DÉCIMOCUARTO.-
ARTÍCULO DÉCIMOCUARTO.- Solución Colaborativa de Conflictos. Cualquier
Solución Colaborativa de Conflictos. Cualquier
dificultad o controversia que se produzca entre las Partes respecto de la aplicación,
dificultad o controversia que se produzca entre las Partes respecto de la aplicación,
interpretación, duración, validez, cumplimiento o terminación de este contrato será
interpretación, duración, validez, cumplimiento o terminación de este contrato será
sometida obligatoriamente, a un proceso colaborativo de solución de conflictos ante la
sometida obligatoriamente, a un proceso colaborativo de solución de conflictos ante la
Unidad de Defensa del Emprendedor (DEFEM), perteneciente a la Asociación de
Unidad de Defensa del Emprendedor (DEFEM), perteneciente a la Asociación de
Emprendedores de Chile (ASECH).
Emprendedores de Chile (ASECH).
Este proceso será dirigido por un profesional jurídico imparcial, perteneciente a una Clínica
Este proceso será dirigido por un profesional jurídico imparcial, perteneciente a una Clínica
Jurídica de la Facultades de Derecho de las Universidades del país, y/o con el apoyo técnico
Jurídica de la Facultades de Derecho de las Universidades del país, y/o con el apoyo técnico
de un especialista en la materia determinada.
de un especialista en la materia determinada.
Dicho procedimiento se dará inicio por medio de una solicitud escrita por cualquiera de las
Dicho procedimiento se dará inicio por medio de una solicitud escrita por cualquiera de las
partes, presentada
partes, presentada ante el DEFEM
ante el DEFEM y dirigida a
y dirigida a su Director,
su Director, cuyo contenido
cuyo contenido tendrá al
tendrá al menos
menos
lo siguiente:
lo siguiente:
a)
a) Copia del Contrato que contiene la cláusula de proceso de solución
Copia del Contrato que contiene la cláusula de proceso de solución
colaborativa de conflictos.
colaborativa de conflictos.
b)
b) Individualización del destinatario de la conciliación.
Individualización del destinatario de la conciliación.
c)
c) Breve descripción de los hechos que dieron origen al conflicto o controversia.
Breve descripción de los hechos que dieron origen al conflicto o controversia.
d)
d) Propuesta de posibles alternativas para solucionar el conflicto o la
Propuesta de posibles alternativas para solucionar el conflicto o la
controversia.
controversia.
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inscripciones, subinscripciones y anotaciones que sean procedentes en los registros
inscripciones, subinscripciones y anotaciones que sean procedentes en los registros
respectivos. Asimismo, se faculta al portador de los documentos mencionados
respectivos. Asimismo, se faculta al portador de los documentos mencionados
anteriormente para que realice todas las gestiones pertinentes para obtener el inicio de
anteriormente para que realice todas las gestiones pertinentes para obtener el inicio de
actividades y el Rol Único Tributario de la sociedad, pudiendo presentar todas las
actividades y el Rol Único Tributario de la sociedad, pudiendo presentar todas las
peticiones, solicitudes y declarac
peticiones, solicitudes y declaraciones que estime conven
iones que estime conveniente y desistirse de
iente y desistirse de ellas; y firmar
ellas; y firmar
todos los documentos públicos o privados que sean necesarios para la realización de estos
todos los documentos públicos o privados que sean necesarios para la realización de estos
fines. En comprobante y previa lectura, los comparecientes firman. Se da copia. Doy Fe.-
fines. En comprobante y previa lectura, los comparecientes firman. Se da copia. Doy Fe.-