2. Artículo 1,- Objeto y
Ámbito.-
El presente Código tiene por objeto
regular la rectoría,
Las actividades, y la organización
del personal
Art. 2.- Responsabilidad.- Las actividades
realizadas por la Policía Nacional, o Servicio
Civil es responsabilidad del Estado
3. Eficiencia y eficacia
• aplicar la más alta competencia profesional
Igualdad
• igualdad de derechos, sin ningún tipo de discriminación
Imparcialidad
• cumplimiento de funciones de manera negativa hacia la
sociedad
Participación ciudadana
• interacción con varios entes de seguridad
Equidad de género
• igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres
4. Su Privilegiará
organización la prevención
Antes que la
desconcentrada de opresión y sanción
conformidad a los regulando los
lineamientos derechos y
obligaciones
No se tolerará
con estricta sujeción
ningún acto de
civil y constitucional
tortura
proteger a las La comisión por
personas, y omisión será
nacionalidades sancionada
5. Prevenir la comisión de infracciones
Colaborar con la administración de
justicia
Apoyar el cumplimiento de las
decisiones
Facilitar el uso de medidas
alternativas
Protección a mandatarios o
mandatarias
Lo demás establecido por la ley
6. Artículo 6.- Grado.- Es la
denominación de cada una de
las escalas jerárquicas de la
carrera en las institución
Policial de carácter
permanente a quien lo
ostenta.
Artículo 7.- Jerarquía.- Es el orden de
precedencia de los grados que el
Orgánico del Personal policial la cual
establece y asigna atribuciones,
responsabilidades y mando
SE EJERCERÁN DIRECTA O
INDIRECTAMENTE HACIA SUS
SUBORDINADOS
7. nivel de conducción y mando
principalmente tiene bajo su responsabilidad y
mando la planificación estratégico
nivel mando intermedio y supervisión
la supervisión, fiscalización, control y
coordinación de la ejecución táctica, y operativa
nivel operativa
ejecuta todas las acciones estratégicas y
operativas