La constitución de una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.) requiere una escritura pública que establezca el nombre, capital, objeto, domicilio y duración de la empresa. La E.I.R.L. es una persona jurídica distinta a su titular con un patrimonio separado, que responde exclusivamente por las obligaciones relacionadas a su giro. El titular sólo responde por el capital aportado. La escritura debe inscribirse en el Registro de Comercio y publicarse en el Diario Oficial.