El documento describe el derecho penitenciario como el conjunto de normas que regulan la readaptación de personas privadas de libertad a través de la prisión. Explica que la penología surgió para obtener un cambio de conducta en delincuentes mediante la sanción correctiva de la privación de libertad. También define la ciencia penitenciaria como la parte de la penología que estudia la organización y aplicación de las penas privativas de libertad con el fin de reintegrar profesional y socialmente a los condenados.
ENJ-300: Presentación Curso ''Etapa Recursiva y Ejecución del Proceso Penal (...ENJ
ENJ-300: Presentación Curso ''Etapa Recursiva y Ejecución del Proceso Penal (ADP 1-2015)'': Módulo III:
La Ejecución de las Penas Privativas de Libertad.
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ENJ-300: Presentación Curso ''Etapa Recursiva y Ejecución del Proceso Penal (ADP 1-2015)'': Módulo III:
La Ejecución de las Penas Privativas de Libertad.
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Entre las novedades introducidas por el Código Aduanero (Ley 22415 y Normas complementarias), quizás la más importante es el articulado referido a la determinación del Valor Imponible de Exportación; es decir la base sobre la que el exportador calcula el pago de los derechos de exportación.
1. CONCEPTO DE DERECHO PENITENCIARIO
Conjunto de normas que regulan la readaptación de los individuos sujetos a una sentencia
privativa de la libertad.
La penología, se dice que el penitenciario nace paralelamente al derecho penal surgiendo
la penología cuando se convierte en la prisión en una pena formalmente, y se sigue
utilizando hasta nuestros días como un medio para obtener un cambio de conducta
personal y mental de los delincuentes teniendo como base la sanción correctiva de su
privación de libertad.
LA CIENCIA PENITENCIARIA
Para el autor Luis Garrido Guzmán considera que la ciencia penitenciaria es una parte de
la penología que se ocupa del estudio de las penas privativas de la libertad de su
organización y aplicación, con la finalidad de reintegrar profesional y socialmente a los
condenados, y le atribute a la penología la responsabilidad de estudiar las restantes penas
como son las restrictivas de libertad o de derecho, pecuniarias, capital o así como las de
asistencia pos carcelaria, en la actualidad se habla de la ciencia penitenciaria como un
conjunto de normas que auxilian la readaptación del delincuente allegándose de otras
ciencias como: es la medicina, la psicología la educación física etc.
El autor Sánchez Galindo define al penitenciarista como un profesional que reúne
conocimientos teóricos y experiencia para alcanzar en forma congruente los fines dela
ejecución penal, dentro de los establecimientos penales en cualquiera de sus niveles sea
máxima o mínima de seguridad
DERECHO PENITENCIARIO O EJECUTIVO
PENAL
Así como el derecho penal sustantivo esta dividido en parte especial y en parte general, la
teoría del derecho penitenciario o derecho ejecutivo penal a su vez debe estar dividido en
dos aspectos el estudio de la pena como tal y la sanción que deberá sufrir el delincuente
durante el cumplimiento de dicha pena asimismo el derecho penitenciario debe
determinarse a la normatividad y doctrinas relativas a la ejecución de prisión así como a
su interpretación dejando el aspecto de las demás sanciones que no sean privativas de la
libertad, aspectos filosóficos y análisis que no sean científicos.
PROYECCIÓN DEL DERECHO PENITENCIARIO
Según el Dr. Eugenio Raúl Zaffaroni quien considera que toda ciencia es el conjunto de
conocimientos parciales delimita los entes de que se ocupa definiéndolos como el objeto
de la ciencia, es decir ya no se encuentra una ciencia que se ocupe el estudio de todo. La
2. delimitación de los entes de que se ocupa tal ciencia constituye el horizonte de
proyección de dicha ciencia.
Leer más: http://www.monografias.com/trabajos61/derecho-penitenciario/derecho-penitenciario.
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