El documento describe cómo el poder real en el Estado Comunal recae en el Gobierno Nacional y sus órganos, los cuales tienen el control y poder de veto sobre las instancias del Estado Comunal. Aunque los ciudadanos eligen directamente a los Consejos Comunales, todas las demás posiciones de gobierno en el Estado Comunal, como el Parlamento Comunal y los comités ejecutivos, son elegidos en segundo o tercer grado sin voto directo de los ciudadanos. Esto significa que el sistema del Estado Comunal limita la democracia directa que establece