Este documento analiza la Ley 139-01 de Educación Superior, Ciencia y Tecnología de República Dominicana. La ley establece normas y funciones para las instituciones de educación superior en el país y crea el Sistema Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología. También describe la composición y roles del Consejo Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología, el organismo que supervisa el sistema. Finalmente, concluye que la ley da orden y formalidad a los estudios superiores mediante procesos que
Presentado por la Dra. María Claudia Lombo Liévano, Asesora Jurídica y Consultora en el Sector de la Educación Superior, en el marco del Encuentro Internacional "Perspectivas y Tendencias de la Educación en Colombia"Superior, marzo del 2015
Presentado por la Dra. María Claudia Lombo Liévano, Asesora Jurídica y Consultora en el Sector de la Educación Superior, en el marco del Encuentro Internacional "Perspectivas y Tendencias de la Educación en Colombia"Superior, marzo del 2015
Presentación y descripción de los nuevos lineamientos del Sistema Nacional de Nivelación y Admisión. Realizada por el Dr. Rubén Pazmiño, Secretario Académico de la ESPOCH, en el contexto del Cuarto Encuentro ESPOCH-Bachillerato (mayo 2011)
Presentación y descripción de los nuevos lineamientos del Sistema Nacional de Nivelación y Admisión. Realizada por el Dr. Rubén Pazmiño, Secretario Académico de la ESPOCH, en el contexto del Cuarto Encuentro ESPOCH-Bachillerato (mayo 2011)
LA PEDAGOGIA AUTOGESTONARIA EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA APRENDIZAJEjecgjv
La Pedagogía Autogestionaria es un enfoque educativo que busca transformar la educación mediante la participación directa de estudiantes, profesores y padres en la gestión de todas las esferas de la vida escolar.
Ponencia en I SEMINARIO SOBRE LA APLICABILIDAD DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN LA EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA. 3 de junio de 2024. Facultad de Estudios Sociales y Trabajo, Universidad de Málaga.
Durante el período citado se sucedieron tres presidencias radicales a cargo de Hipólito Yrigoyen (1916-1922),
Marcelo T. de Alvear (1922-1928) y la segunda presidencia de Yrigoyen, a partir de 1928 la cual fue
interrumpida por el golpe de estado de 1930. Entre 1916 y 1922, el primer gobierno radical enfrentó el
desafío que significaba gobernar respetando las reglas del juego democrático e impulsando, al mismo
tiempo, las medidas que aseguraran la concreción de los intereses de los diferentes grupos sociales que
habían apoyado al radicalismo.
1. José Rafael Hinojosa Fermín
Ensayo sobre la Ley de Educación Superior, Ciencia y Tecnología de
República Dominicana (Ley 139-01)
Este documento se enfocara a hacer un análisis del sistema educativo en cuanto alámbito
de la ley de educación superior, ciencia y tecnología de la republica dominicana, en mismo
veremos las normativas y las cualidades de nuestra educación.
Uriel Giraldo G, (2001), expone que la Ley de Educación Superior es la Formulación de
elementos y organismos constituyentes de un sistema encargado de fomentar y juzgar la calidad
de los programas y de las instituciones de Educación Superior.
Según lo establece la ley 139-01 el cual es la ley que rige la educación superior, ciencia y
tecnología en nuestro país, cual tiene como objetivo establecer las normas y funciones de
nuestra educación, es donde se apoyan las entidades o instituciones que imparten los
estudios superiores en nuestro país. Art. 1.de la ley de Educación superior expone que el
propósito fundamental de la presente ley es la creación del Sistema Nacional de
Educación Superior, Ciencia y Tecnología, sustenta la normativa para su funcionamiento,
los mecanismos que aseguren la calidad y la pertinencia de los servicios que prestan las
instituciones que lo conforman y sentar las bases jurídicas para el desarrollo científico y
tecnológico nacional.
Por esta razón cabe destacar que cada institución que imparta estudios superiores debe
de cumplir con una seria de requisitos que abalan sus funciones, estas entidades estarán
dirigidas o enfocadas a la formación de un individuo que lo oriente a la búsqueda y
construcción del conocimiento también hacer aportes calificativos a la sociedad, de su
entorno.
Las Instituciones deben de ofrecer una serie de ofertas académicas, llámese
formación técnica, licenciatura, maestrías doctorado. En el siguiente elArt. 40.-
dice que El Consejo Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología estará
integrado por:
1. El(la) Secretario(a) de Estado de Educación Superior, Ciencia y Tecnología,
quien lo preside;
2. El(la) Secretario(a) de Estado de Educación;
3. El(la) Secretario(a) de Estado de Cultura;
4. El(la) rector(a) de la Universidad Autónoma de Santo Domingo;
5. Un(a) académico(a) elegido(a) en asamblea de rectores de universidades
privadas que gocen de ejercicio pleno de la autonomía;
2. 6. Un representante de los profesores, elegido por el CONESCT entre los
propuestos por cada institución de educación superior;
7. Un representante de los estudiantes, elegido por el CONESCT entre los
propuestos por las instituciones de educación superior;
8. Un representante de los empleados administrativos, elegido por el CONESCT
entre los propuestos por las instituciones del Sistema de Educación Superior,
Ciencia y Tecnología;
9. Un representante de la Asociación de Institutos Técnicos de Estudios
Superiores;
10. Un representante por cada asociación de instituciones de educación superior
debidamente reconocida por el CONESCT;
11. Un representante de las instituciones de transferencia y de las instituciones
de promoción y financiamiento;
12. El(la) Presidente(a) del Consejo Nacional de la Empresa Privada;
13. Tres miembros designados por el Poder Ejecutivo, con reconocido historial
en el campo de la educación superior, la ciencia y la tecnología;
14. El(la) Presidente(a) de la Academia de Ciencias de la República Dominicana;
15. El(la) director(a) del INDOTEC;
16. Dos miembros designados por los institutos de investigación científica y/o
tecnológica reconocidos por el CONESCT;
17. Un representante del Sistema de Autoevaluación y Acreditación;
18. Un representante de los ex presidentes del CONES o ex Secretarios de Estado
de Educación Superior, nombrado por decreto del Poder Ejecutivo, el cual no
podrá pertenecer al partido en el gobierno;
19. Un representante de las Instituciones de Educación Superior de las Fuerzas
Armadas.
En conclusión esta ley es la que da orden y formalidad a los estudio de
educación superior en nuestro país mediante una serie de procesos por el cual
deben estar rígidas todas las instituciones o universidades de la República
Dominicana.
Bibliografías
Superior, L. (2002). Ley 139-01 de Educación Superior, Ciencia y Tecnología.
[online] Oei.es. Available at:
https://www.oei.es/historico/revistactsi/numero2/documentos1.htm [Accessed
24 Feb. 2019].
CONSEJO NACIONAL DE ACREDITACIÓN. Criterios y Procedimientos para el
Registro Calificado de Programas Académicos de Pregrado en Ciencias de la
Salud. Bogotá: 2001.