2. EN QUE CONSISTEN:
Droga, es cualquier “sustancia mineral, vegetal o animal, que se emplea en la
medicina, en la industria o en las bellas artes”.
En su segunda acepción, droga es cualquier “sustancia o preparado
medicamentoso de efecto estimulante, deprimente, narcótico o alucinógeno.”
Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), droga es toda sustancia
que introducida en el organismo por cualquier vía de administración, produce
de algún modo una alteración del natural funcionamiento del sistema nervioso
central del individuo y además es susceptible de crear dependencia, ya sea psicológica, física o ambas.
También, según la OMS, las sustancias psicoactivas, conocidas más comúnmente como drogas, son sustancias que al ser
tomadas pueden modificar la conciencia, el estado de ánimo o los procesos de pensamiento de un individuo. Los avances
en la neurociencia nos han permitido conocer mucho mejor los procesos físicos mediante los que actúan estas sustancias
3. CLASIFICACION
● Por su origen (naturales y sintéticas)
● Por su estructura química
● Por su acción farmacológica
● Por las manifestaciones que su administración produce en la conducta humana. (manifestaciones clínicas)
● Por su consideración sociológica
● Por su peligrosidad para la salud
En cuanto a este último criterio (peligrosidad) se tienen en cuenta al menos tres factores principales:
● el daño físico causado al individuo por la droga
● la capacidad de la droga de causar dependencia y
● los efectos del uso de la droga en las familias, las comunidades y la sociedad
4. CLASIFICACION OMS
DEPRESORAS
Son aquellas que disminuyen o retardan el funcionamiento del
sistema nervioso central. Producen alteración de la concentración
y en ocasiones del juicio; disminuyen la apreciación de los estímulos
externos y provocan relajación, sensación de bienestar, sedación,
apatía y disminución de la tensión. Son consideradas drogas depresoras
el alcohol, los barbitúricos, los tranquilizantes y el opio y sus derivados
(morfina, codeína, heroína,
metadona).
5. CLASIFICACION OMS
ESTIMULANTES
Son drogas que aceleran la actividad del sistema nervioso central
provocando euforia, desinhibición, menor control emocional, irritabilidad,
agresividad, menor fatiga, disminución del sueño, excitación motora, inquietud.
Dentro de este grupo se incluyen la cocaína, los estimulantes de tipo
anfetamínico y la mayor parte de las sustancias de síntesis y de las nuevas
sustancias psicoactivas.
6. CLASIFICACION OMS
ALUCINÓGENOS / PSICODÉLICOS
Se caracterizan por su capacidad de producir distorsiones en las
sensaciones y alterar marcadamente el estado de ánimo y los
procesos de pensamiento. Incluyen sustancias de una amplia
variedad de fuentes naturales y sintéticas, y son estructuralmente
diferentes.
Mescalina
Éxtasis
Setas alucinógenas
7. OTRAS SUSTANCIAS PSICOACTIVAS
*Cannabis
En la clasificación inicial de la OMS, por el potencial de su principio
activo THC, esta sustancia se incluía en el apartado “alucinógenos”,
pero en la actualidad se la considera separada de éstos. Los efectos
que produce en cantidades de bajas a moderadas suelen ser aumento
del apetito, euforia y/o sensación de relajación y, entre otros, dificultad
para concentrarse y retener información, lo que puede alterar los
procesos de aprendizaje
8. OTRAS SUSTANCIAS PSICOACTIVAS
*Inhalantes
Casi todos los inhalantes producen efectos anestésicos y
el retardo de las funciones corporales.
Su uso prolongado produce daños permanentes al sistema
nervioso con la consiguiente reducción de las capacidades
físicas y mentales.
9. OTRAS SUSTANCIAS PSICOACTIVAS
*Las nuevas sustancias psicoactivas
Por su entidad la UNODC utiliza únicamente el término
“nuevas sustancias psicoactivas (NSP)”, aunque el término
“nuevas” no se refiere necesariamente a nuevas invenciones –
varias NSP fueron sintetizadas por primera vez hace 40 años –
sino que son sustancias que han aparecido recientemente en
el mercado y que no han sido incorporadas en las Convenciones
de 1961 y 1971. Son sustancias que tienen propiedades químicas
y/o farmacológicas similares a las sustancias conocidas y ya
controladas internacionalmente.
10. Diego Armando Maradona.
“Al principio la droga te pone
eufórico. Es como ganar un
campeonato. Y pensás: mañana
qué importa, si hoy gané el
campeonato”
12. CARLOS VIVES
Carlos Vives, en la lista del Pentágono
de los traficantes de droga más
peligrosos.
Necesita 'vitaminas' para aguantar
cada concierto
13. Falleció joven de 19 años que había consumido 'Popper'
Por: REDACCION EL TIEMPO
20 de febrero 2008 , 12:00 a.m.
En la madrugada del sábado, Juan Carlos Rincón y su novia se encontraban en un
hostal. Rincón, que tiene antecedentes de epilepsia, sintió un fuerte dolor de
cabeza, empezó a convulsionar y tuvo que ser llevado en ambulancia al centro
asistencial, donde se le dictaminó muerte cerebral.
El reporte médico inicial indicaba: inconciencia, síntomas de ataque de epilepsia,
intoxicación por mezcla de pastillas (nitrato de amilo o popper y anfetaminas) y
hemorragia cerebral.
14. ASPECTOS ÉTICOS
La drogadicción más que un delito es una forma de dañar el cuerpo, con esto se
pierde el sentido de la conciencia y puede llegar a cometer actos ilícitos como robar,
lastimar a gente inocente, etc.
No obstante para la ética eso es un problema muy grave por que daña la integridad
social y el de las personas en el entorno.
15. ASPECTOS POLITICOS
Reducir de manera sistemática e integral la persistencia de las condiciones que
favorecen el problema de las drogas en Colombia y mitigar de manera sostenible
sus adversas consecuencias.
● Complementariedad en la lucha contra las drogas
● Articulación con el Plan Nacional de Consolidación Territorial
● Fortalecimiento de la capacidad de respuesta
● Judicialización a cultivadores de plantas ilícitas
● Reducción del Consumo de drogas
● Protección al medio ambiente
16. LEGISLACIÓN
1. La Ley vigente es la Ley 30 de 1986, conocida como Estatuto Nacional de
Estupefacientes (ENE).
2. Nuevo Estatuto nacional de drogas y sustancias psicoactivas que reemplazaría la Ley
30.
3. Sentencia C-221 del 5 de mayo de 1994. Con el argumento de que vulneran el derecho
al libre desarrollo de la personalidad, esta Sentencia declaró inexequibles los artículos
de la Ley 30 de 1986 que fijan sanciones a quienes porten o usen dosis mínimas
permitidas de drogas.
4. 2009 se produjo una reforma constitucional que prohibió el consumo de drogas, pero
sin la posibilidad de imponer sanciones o medidas terapéuticas obligatorias a los
consumidores.
5. la sentencia C-491 de 2012, aclaró que la dosis personal se mantiene despenalizada y
que el consumo de drogas sigue entendiéndose como una actividad amparada por el
derecho al libre desarrollo de la personalidad.