Este documento resume la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección del Medio Ambiente de México. Establece que la ley es para preservar y restaurar el equilibrio ecológico y proteger el medio ambiente, garantizando a las personas vivir en un ambiente saludable. También busca preservar, restaurar y mejorar el ambiente, así como prevenir y controlar la contaminación del aire, agua y suelo. Define términos clave como áreas naturales protegidas y aprovechamiento sustentable.
Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección Ambiental
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2. REFORMA PUBLICADA DOF 16-05-2008
• Normas preliminares
• Articulo 1 º: la presente ley es reglamentaria de la disposición dela cons. EUM se refiere
ala preservación y restauración del equilibrio ecológico así como la protección del
medio ambiente:
III. Garantiza a toda persona a vivir en un medio ambiente adecuado para su desarrollo,
salud y bienestar
IV. La preservación, la restauración y mej oramiento del ambiente
V. La prevención y el control de la contaminación del aire, agua y suelo
3. Reforma ala articulo 2º (13-12-1996)
• Articulo 2º: se considera de utilidad publica
II. El ordenamiento ecológico del territorio nacional en los casos previstos por
esta y las dem ás leyes aplicables
III. El establecimiento, protección y preservación de áreas naturales protegidas y
de zonas de restauración ecológica
4. Fracción reformada DOF 13-12-1996
• III. La formulación y ejecución de acciones de protección y preservación
de la biodiversidad del territorio nacional y las zonas sobre las que la
nación ejerce soberanía y jurisdicción.
5. Fracción reformada DOF 16-12-1996
• IV El establecimiento de zonas intermedias de salvaguardar, con el motivo de
.
actividades consideradas como riesgosas.
• A rticulo 3º: para los efectos de esta ley se entiende:
IV. A mbiente : conj unto de elementos naturales y artificiales o inducidos por el
hombre que hacen posible la existencia y desarrollo del humano y de mas
organismos vivos.
V. Á reas naturales protegidas: zonas del territorio nacional en donde los
ambientes originales no han sido alterados por la actividad del ser humano
(requieren preservarlas y restaurar)
VI. A provechamiento sustentable: utilización de recursos naturales (que se respeten
la integridad funcional y capacidades de los ecosistemas)
6. Fracción reformada DOF 07-01-2000
• . ocación natural: condiciones que presenta un ecosistema para sostener
XXXV V
una o varias actividades sin que se produzca desequilibrios ecológicos
• Fracción reformada DOF 07-01 -2000
• XXXV Educación ambiental: proceso de información dirigido por la sociedad
I.
tanto en el ámbito escolar como el ámbito extraescolar, para facilitar la
percepción integrada del ambiente a fin de lograr conductas de preservación
de la vida.
7. Fracción adicionada DOF 07-01-2000
• XXXV Zonificación: el instrumento técnico de planeación que puede ser
II.
utilizado en el establecimiento de las áreas naturales protegidas, que permiten
ordenar su territorio en función al grado de conservación y representatividad
de sus ecosistemas, la vocación natural del terreno, de su uso actual y
potencial de conformidad.
• Fracción adicionada DOF 23-02-2005
• Correspondientes a la ley No: 24.051 y normativa complem entaria. A nexo I-ley
í
No 24.051 corrientes de desechos( categoras de residuos peligrosos
sometidas a control)
í
IV. Desechos clnicos
V. Desechos farmacéuticos
VI. Desechos de disolventes orgánicos
VII.Desechos de aceites minerales
VIII. esiduos alquitranados
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