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GUÍA PRÁCTICA
DE IMPLANTACIÓN
DE UN SISTEMA DE GESTIÓN DE
SEGURIDAD Y SALUD LABORAL
DOCENTE
ÍNDICE

1. PRESENTACIÓN............................................................................................................................. 3
.
2. ¿QUÉ ES UN SISTEMA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL DOCENTE?.....................6
.
3. GUÍA PRÁCTICA DE INTERPRETACIÓN DE REQUISITOS APLICABLES AL SISTEMA DE
SEGURIDAD Y SALUD LABORAL DOCENTE...............................................................................9
0.-ESTRUCTURA ORGANIZATIVA, FUNCIONES, RESPONSABILIDADES .............10
1 - POLÍTICA........................................................................................................................... 11
2 - PLANIFICACIÓN..............................................................................................................12
3 - ¿QUÉ ES UN PROCEDIMIENTO?................................................................................15
4 - HERRAMIENTAS DE GESTIÓN.................................................................................... 17
.
5 - CONTROL DE LAS OPERACIONES............................................................................ 28
6 - SEGUIMIENTO Y MEDICIÓN....................................................................................... 30
4. DIFICULTADES DURANTE EL PROCESO DE IMPLANTACIÓN DEL SISTEMA DE
GESTIÓN Y BENEFICIOS QUE APORTA AL CENTRO...............................................................32
5. PROCESO DE CERTIFICACIÓN ...............................................................................................34
6. EJEMPLOS PRÁCTICOS............................................................................................................. 36
7. ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN OBTENIDA MEDIANTE CUESTIONARIOS A LOS
INSTITUTOS DE ENSEÑANZA SECUNDARIA PERTENECIENTES A LAS REDES
DE GESTIÓN DE SSLD DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE
ANDALUCÍA . ................................................................................................................................... 60
8. ENLACES DE INTERÉS..............................................................................................................72
.
9. BIBLIOGRAFÍA...............................................................................................................................74
10. GLOSARIO DE TÉRMINOS.......................................................................................................76
1. PRESENTACIÓN
Este manual práctico para la implantación de sistemas de seguridad y salud laboral docente centros educativos se enmarca dentro del proyecto SUDOEFOP, de creación de una red de conocimiento colaborativa trasnacional en el sudoeste europeo en formación profesional.
Este proyecto forma parte del Programa de Cooperación Territorial del Espacio Sudoeste Europeo
(SUDOE), cofinaciado por fondos FEDER y el programa INTERREG IV B SUDOE. Los beneficiarios
del proyecto son, por una parte, el Ministerio de Educación, la Junta de Andalucía y el Gobierno de
Aragón, de España, A.I.D.A de Portugal y la C.R. de Aquitania de Francia.
Los objetivos generales del proyecto son por una parte crear una red de colaboración apoyada
en la utilización de tecnologías de información (TIC) a través de una herramienta web y por otra,
compartir el conocimiento generado en materia de metodologías, formas de trabajo, gestión, innovación de los técnicos de Formación profesional dentro del espacio SUDOE. Estos objetivos se
han concretado en cinco áreas de trabajo, cada una lideradas por un socio.
La elaboración de este Manual de apoyo para la implantación de sistemas de gestión de seguridad
y salud laboral docente en centros educativos responde a una de las actividades previstas para el
área de trabajo de calidad y mejora continua liderada por la Junta de Andalucía.
La guía que presentamos se ha construido a partir de la experiencia práctica obtenida en la implantación de este tipo de sistemas de gestión en centros educativos públicos de Andalucía, y su
certificación conforme al estándar OHSAS 18001.
Los factores más relevantes de esta experiencia ha sido recopilada a partir de una serie de cuestionarios dirigidos a los once Institutos de Enseñanza Secundaria pertenecientes a la primera y
la segunda red de gestión de seguridad y salud laboral docente impulsadas por la Consejería de
Educación de la Junta de Andalucía, que en los últimos tres años han desarrollado e implantado de
sus sistemas de gestión con el apoyo del Instituto Andaluz de Cualificaciones Profesionales.
En el capítulo 7 de este manual se recoge un resumen de la información obtenida a través de dichos
cuestionarios en relación con la aplicación de la gestión ambiental en los centros educativos.
Con la publicación de este manual pretendemos los siguientes objetivos:
Servir de guía práctica para la interpretación de los requisitos del estándar OHSAS 18001 y su
aplicación en el sector educativo
Presentar ejemplos que sirvan como punto de partida para el diseño de la base documental del
sistema de gestión.
Aclarar la aplicación de los requisitos legales aplicables a los riesgos generales del centro y particulares de las familias profesionales
Dar pautas para facilitar el cumplimiento de los requisitos legales aplicables
Identificar las principales dificultades a las que se enfrentan los centros durante el diseño y la implantación de su sistema de gestión y presentar propuestas para superarlas
El manual está dirigido tanto a centros que no tengan implantado ningún sistema de gestión como
a aquellos que ya tienen implantado otros sistemas de gestión de calidad o ambiental pretendan
ampliar su alcance e integrar la seguridad y salud laboral.
El Manual está estructurado de la siguiente forma:
Capítulo I: Presentación

4
Capítulo II:¿Qué es un sistema de gestión de la seguridad y salud laboral docente?
Capítulo III: Guía práctica de interpretación de requisitos aplicables a un sistema de gestión conforme OHSAS 18001
Capítulo IV: Dificultades y beneficios derivados del proceso de implantación del sistema de gestión
de seguridad y salud laboral docente
Capítulo V: Proceso de certificación
Capítulo VI: Ejemplos prácticos
Capítulo VII: Análisis de los cuestionarios realizados a los Institutos de Educación Secundaria de la
Junta de Andalucía con sistema de gestión de seguridad y salud laboral docente certificado.
Los capítulos finales recogen las referencias a bibliografía y enlaces a páginas de interés, así como
un glosario de los términos utilizados.
Esperamos que esta guía sirva de orientación y de estímulo a todos aquellos centros que decidan
comprometerse con la protección de la seguridad y salud de sus trabajadores y la concienciación
de la comunidad educativa.

5
2. ¿QUÉ ES UN SISTEMA DE SEGURIDAD Y
SALUD LABORAL DOCENTE?
Todas las organizaciones, a poco complejas que
sean, desarrollan los sistemas necesarios para
gestionar los procesos y actividades que les llevarán a conseguir sus objetivos empresariales o
los aplicables a un servicio público como la enseñanza, en su caso.
Un sistema de gestión puede responder a diferentes objetivos, que pueden ser económicos,
dirigidos a aumentar el beneficio u optimizar los
recursos utilizados para prestar un servicio, o
bien objetivos enfocados a asegurar la calidad
y el cumplimiento de requisitos legales aplicables a dicho servicio, u orientados a prevenir o
minimizar la contaminación y los impactos ambientales o los riesgos para la seguridad y salud
de los trabajadores derivados de las actividades y del funcionamiento de las instalaciones,
entre otros.

•	
•	

b) Hacer: desarrollar e implantar el sistema de
SST
•	
•	
•	
•	

En este contexto surgen la serie de normas internacionales ISO 9001 e ISO 14001, que proporcionan los requisitos para implantar un sistema de gestión de la calidad y de gestión
ambiental, respectivamente, o el referencial
OHSAS, para la gestión de la seguridad y salud
de los trabajadores. Estas normas establecen
un modelo de gestión certificable por una tercera parte (organismo certificador), y por ello
solo incluyen requisitos que pueden ser auditados objetivamente. Estos requisitos son generales, aplicables a cualquier tipo de organización, y en ningún caso se establecen requisitos
de desempeño específicos.

•	
•	

Todos estos modelos de gestión tienen en común que se basan en el ciclo PHVA (PlanificarHacer-Verificar-Actuar), que se trata de un
proceso constante e iterativo que permite que
una organización desarrolle e implante sus políticas con base en el liderazgo y el compromiso
de la alta dirección con el Sistema de gestión.

•	

En el caso del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (SST), los pasos
de este proceso continuo serían los siguientes
(OHSAS 18001)
a) Planificar:
•	
•	

Identificar los riesgos laborales asociados a
las actividades, o de los bienes y servicios
que se utilizan
Identificar y hacer seguimiento de los requisitos legales aplicables y otros requisitos

7

que se suscriban voluntariamente y que
sean aplicables a dichos riesgos laborales
Establecer objetivos y metas de SST y desarrollar los programas necesarios para
cumplirlos
Desarrollar y usar indicadores de desempeño, para comprobar el logro de los
objetivos,

•	
•	

Crear estructuras de gestión, asignar funciones y responsabilidad con suficiente
autoridad
Suministrar los recursos adecuados
Formar al personal y asegurarse de su toma
de conciencia y competencia
Establecer procesos para comunicación interna y externa
Desarrollar y mantener la documentación
Establecer e implantar controles a los
documentos
Establecer
y
mantener
controles
operacionales
Asegurarse de la preparación y capacidad
de respuesta ante emergencias

c) Verificar, o evaluar los procesos del sistema
de gestión de SST
•	
•	

•	
•	

realizar un seguimiento y/o medición de los
controles operacionales
evaluar el estado de cumplimiento de requisitos legales y otros requisitos
identificar las no conformidades y tomar
acciones correctivas y preventivas
gestionar los registros o evidencias de los
resultados de la gestión de SST realizada
realizar periódicamente auditorías internas

d) Actuar, o revisar y emprender acciones para
mejorar el sistema de gestión de SST
•	
•	

Realizar revisiones por la Dirección del sistema a intervalos planificados
Identificar áreas de mejora

Este proceso continuo hace posible que la organización mejore continuamente su sistema
de gestión y su desempeño en el ámbito de la
seguridad y salud en el trabajo.
Todos estos conceptos se desarrollarán de manera específica en los diferentes apartados de
este Manual. Además en el anexo 10 se incluye
un glosario donde se aclaran algunos de los términos utilizados.
En adelante nos referiremos a la Seguridad y
Salud Laboral Docente (SSLD) como las condiciones y factores que afectan, o podrían afectar a la salud y la seguridad de los empleados,
personal docente o de administración y servicios o de otros trabajadores (incluyendo a los
trabajadores temporales y personal contratado), alumnos, visitantes o cualquier otra persona en el Centro Educativo.

OHSAS, es la parte del sistema de gestión de la
organización empleada para desarrollar e implementar su política de SSLD y gestionar los riesgos para la SSLD derivados de sus actividades,
productos y servicios.
Un sistema de gestión incluye la estructura organizativa, las actividades de planificación, las
responsabilidades, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos para desarrollar, aplicar, alcanzar, revisar y mantener
dicha política y gestionar tales riesgos para la
SSLD.

Por tanto, un sistema de gestión de la SSLD, y
de acuerdo con la definición dada por la norma

2.1 ¿Qué ventajas aporta un sistema de gestión de la seguridad y
salud laboral docente?
Además del conocimiento permanente de la repercusión de las actividades desarrolladas en el
medio así como la situación del centro respecto
al cumplimiento de la legislación, la implantación de un sistema de gestión de la SSLD contribuye a:.
•	
•	

Mejorar la seguridad del centro escolar y su
entorno.
Sensibilizar en materia de seguridad y salud en el trabajo a: Padres y alumnos,

•	
•	

profesores y empleados, proveedores, medios de comunicación, autoridades, legisladores y la comunidad en general
Aplicar conceptos de seguridad y salud en
el trabajo en la vida cotidiana del centro
educativo, la familia y la localidad.
Animar al alumnado a desarrollar un papel
activo y participativo en el centro.

8
3. GUÍA PRÁCTICA DE INTERPRETACIÓN DE
REQUISITOS APLICABLES AL SISTEMA DE
SEGURIDAD Y SALUD LABORAL DOCENTE
0.-ESTRUCTURA ORGANIZATIVA, FUNCIONES,
RESPONSABILIDADES
La estructura organizativa en materia de SSLD
se verá condicionada por lo que establezca
la legislación vigente en materia preventiva.
Podemos decir que tendríamos por un lado
la organización propia del centro educativo,
encargada de la implantación y mantenimiento
del sistema de gestión, y por otro lado la
estructura requerida legalmente para el
desarrollo de la actividad preventiva: elaboración
de la evaluación de riesgos laborales, planificación
de la actividad preventiva y vigilancia de la salud
de los trabajadores.
a) La organización del centro educativo sería la
formada por las siguientes funciones:
DIRECTOR
1.	 Es responsable de definir la Política de SSLD
y fijar los Objetivos de SSLD.
2.	 Es responsable de asignar los medios
necesarios para definir, implantar y
actualizar permanentemente el Sistema de
SSLD.
3.	 Aprueba los documentos básicos del
Sistema de Gestión
4.	 Revisa anualmente el Sistema de Gestión, a
través del Comité de Gestión, para verificar
su adecuación y eficacia.
5.	 Aprueba el Plan de Auditorías Internas del
Sistema.
6.	 Aprueba el Plan de Formación Anual.
COORDINADOR DE SSLD
1. Es el responsable de la implantación y
mejora continua del Sistema de SSLD.
Es el representante de la Dirección en la
implantación y mantenimiento del Sistema
de Gestión, debiendo informar a la Dirección
sobre el estado de éste antes de la revisión
del mismo.
2.	 Proporcionar a Dirección información sobre
el desempeño del Sistema de SSLD para su
revisión
3.	 Es el interlocutor en los asuntos relativos
al Sistema de SSLD con el Centro de
Prevención y las partes interesadas
4.	 Elabora y controla la documentación del
Sistema de SSLD.
5.	 Identifica los requisitos legales aplicables

DELEGADOS DE PREVENCIÓN
1. La legislación establece la posibilidad de que
los trabajadores elijan sus representantes en
materia de PRL: los Delegados de Prevención;
cuyas funciones son descritas por dicha
legislación.
COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD
1. Al igual que el caso anterior, la legislación de
PRL determina la posibilidad de crear comités
en los que sean tratados los aspectos propios
de la seguridad y salud en el trabajo por los
representantes de los trabajadores (Delegados
de Prevención) y los de la organización sobre
la que recae la responsabilidad de salvaguardar
la seguridad y salud de los trabajadores:
Administración Pública competente, en el
caso de la educación pública, o la empresa
propietaria del centro educativo, para el caso
de la educación privada.
b) La organización encargada de la actividad
preventiva:
SERVICIO DE PREVENCIÓN
Será el órgano con los conocimientos y recursos
necesarios para desarrollar las funciones que
les asigne la legislación aplicable. Por lo general:
evaluación de riesgos laborales, mediciones
higiénicas, planificación de la actividad
preventiva y vigilancia de la salud.
Conforme la legislación vigente, el servicio de
prevención puede ser propio, por ejemplo en
el caso de centros educativos públicos, o bien
pudiera ser ajeno, en el caso que el centro
educativo concertara su actividad preventiva
con una empresa externa acreditada como
servicio de prevención.

10
1 - POLÍTICA
Los principios del Proyecto Educativo se
pueden desarrollar a través de unas directrices
que quedan documentadas en las llamadas
“Políticas” del Centro Educativo. Estas políticas
pueden estar estructuradas de la siguiente
forma:
-	 Política de Calidad: misión, visión y
valores
-	 Política
Pedagógica:
convivencia,
pedagogía/educación, organización
-	 Política de Personal
Del mismo modo, el estándar OHSAS 18001
requiere una política de SST.
OHSAS 18001 define política de SST como
“Intenciones y dirección generales de una
organización relacionadas con su desempeño
de la SST, como las ha expresado formalmente
la alta dirección”.
De acuerdo con el estándar, la Dirección del
centro educativo debe de redactar y aprobar
una política de SSLD, asegurando que esta:
a)	 Es apropiada a la naturaleza y magnitud
de los riesgos para la SSLD presentes
en el centro educativo;
b)	 Incluye un compromiso de prevención
de daños y el deterioro de la salud,
así como de la mejora continua en la
gestión de la SSLD y su desempeño;
c)	 Incluye un compromiso de cumplir
al menos con los requisitos legales
aplicables y con otros requisitos que el
centro educativo suscriba relacionados
con sus peligros para la SSLD;
d)	 Proporciona el marco de referencia
para establecer y revisar los Objetivos
de SSLD;
e)	 Se comunica a las personas que
trabajan para el centro educativo, con
el propósito de hacerles conscientes de
sus obligaciones individuales en materia
de SSLD;
f )	 Está a disposición de las partes
interesadas;
g)	 Es revisada periódicamente para
asegurar su continua adecuación.

11

a)	

Apropiada a la naturaleza
magnitud de los riesgos

y

La política debe de ser coherente con los riesgos
significativos para la SSLD del centro educativo
en particular. Es aconsejable tener presente el
resultado de la Evaluación de Riesgos Laborales
(véase capítulo 2) con el fin de reflejar en la
política los riesgos más relevantes.
b)	

Compromiso de prevención y de
mejora continua

La política debe de incluir, de manera literal,
el compromiso del centro educativo con la
prevención de los daños y el deterioro de la
salud, así como con la mejora continua de la
SSLD.
c)	

Compromiso de cumplimiento de
los requisitos

De igual modo, la política debe de incluir
expresamente el compromiso del centro
educativo con el cumplimiento de los requisitos
aplicables: los legales y los que suscriba el
centro educativo en materia de SSLD.
d)	

Marco de referencia de los Objetivos
de SSLD

Los principios recogidos en la política deben de
ser tenidos en cuenta a la hora de definir los
Objetivos de SSLD, de acuerdo con lo tratado
en el capítulo 2.
e)	

Difusión de la Política de SSLD

Una vez aprobada, la política debe de ser
difundida entre las personas que trabajan
para el centro educativo, con el fin de darla
a conocer y facilitar así la concienciación en
materia de SSLD. Téngase en cuenta a todas
las personas que desarrollan sus trabajos en
el centro, como por ejemplo, trabajadores de
empresas externas contratadas para tareas de
reparación, instalación, construcción, la gestión
de cantinas o comedores, así como trabajadores
autónomos.
Existen varios métodos divulgativos, como
pueden ser: la publicación en tablones de anuncios
o la página web del centro, la entrega de copia
personalizada, la exposición en el transcurso de
alguna de las reuniones desarrolladas durante
las labores docentes, etc.
f )	

A disposición
interesadas

de

las

partes

algún lugar visible a la entrada del mismo.

g)	
Revisión periódica de la Política de
SSLD
La política de SSLD también debe de
mantenerse a disposición de otros agentes
Con la finalidad de asegurar la
relacionados con las actividades
adecuación de la política a
del centro educativo, como
los principios del centro
puedan ser las asociaciones
educativo así como a las
de padres y madres de
circunstancias propias de
alumnos, la autoridad
SSLD, la política estará
laboral en materia de
sometida a revisiones
prevención de riesgos
periódicas por parte
laborales o, en el caso
La política de SSLD es particular de cada
de la Dirección. Estas
de educación pública,
centro educativo, por tanto recogerá sus
pueden
llevarse
a
la
Administración
principios y valores, así como las
cabo en el marco de la
Educativa competente.
circunstancias propias
En estos casos es
revisión del sistema de
relacionadas con la SSLD
recomendable
su
SSLD por la Dirección,
publicación en la página
de acuerdo con lo descrito
en el capítulo 4.
web del centro o bien, en

IMPORTANTE

2 - PLANIFICACIÓN
En este capítulo se presentarán los principios estratégicos de la gestión de la SSLD tal y como los
establece el estándar OHSAS 18001. Se trata de definir los objetivos y procesos necesarios para
conseguir resultados de acuerdo con la política de SSLD del centro educativo.

2.1 - IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN DE RIESGOS
Y DETERMINACIÓN DE CONTROLES
Es necesario establecer e implantar un
procedimiento para la identificación continua
de peligros, la evaluación de riesgos y la
determinación de los controles necesarios.
Como resultado obtendremos un documento
denominado Evaluación de Riesgos Laborales
(ERL), en el cual son valorados los riesgos
laborales de cada puesto de trabajo y se
determinan las medidas preventivas que se
deben de adoptar ante dichos riesgos.
La ERL es el documento principal de la gestión
de SSLD, a partir del cual se desarrollarán
todas las actuaciones preventivas, tal y como
se desarrollará en los capítulos posteriores del
presente manual.
Conforme a la legalidad vigente, la Evaluación
de Riesgos Laborales (ERL) será realizada por
una entidad acreditada para ello: un Servicio
de Prevención o, en el caso de educación
pública, el órgano a la que haya encomendado
la Administración Educativa competente la

actividad preventiva de sus trabajadores.
La ERL tendrá en cuenta las actividades
rutinarias y no rutinarias, las actividades de todo
el personal que tenga acceso al lugar de trabajo
(incluyendo subcontratistas y visitantes) y las
instalaciones presentes en el lugar de trabajo.
Asimismo, los resultados de las evaluaciones
y los efectos de los controles se deben de
considerar para establecer los objetivos de
SSLD.
En el proceso de ERL la entidad encargada
requerirá de información sobre las funciones
de los trabajadores y las características de
las instalaciones. Sus profesionales cursarán
visitas al centro educativo, en el transcurso
de las cuales será necesario facilitarles planos
del mismo y acceso a las entrevistas con los
trabajadores que consideren necesarias.
El método seguido para la realización de la ERL
deberá quedar descrito en el propio documento,
incluyendo: explicación de los criterios seguidos

12
para las valoraciones y la determinación
posterior de acciones preventivas, es decir,
para qué niveles de riesgos resulta obligatorio
adoptar medidas.
Igualmente, deben de establecerse criterios
para su revisión y actualización, que se realizará
en alguno de los siguientes casos:
-	 Cambios en la organización del centro:
nuevos puestos de trabajo, nuevas
funciones o modificaciones en las
instalaciones que afecten al desarrollo
de las actividades

-	 Implantación de nuevas actividades por
ejemplo, debido a la apertura de ciclos
formativos diferentes a los existentes
en el momento de la ERL
-	 Si no ocurren ninguno de los casos
anteriores, se deberá de establecer un
periodo mínimo de revisión obligatoria.
A modo orientativo, es recomendable
revisar la ERL al menos cada 3 años.
En el capítulo 5 del presente manual se
desarrollarán los aspectos relacionados con
las medidas de control que se establecen en la
ERL.

2.2 - PLANIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA
Es posible que en la ERL se detecten situaciones
deficientes, y con toda probabilidad serán
identificados riesgos ante los cuales se deben
de tomar medidas que los reduzcan, que los
minimicen, o al menos los mantengan bajo
control.
Con el fin de lograr una gestión sistematizada
de la SSLD y dar respuesta a los requisitos
legales aplicables, el centro educativo debe
de confeccionar el documento denominado
Planificación de la Actividad Preventiva
(PAP).
Para realizar la PAP se tomará en cuenta al
menos la siguiente información:
-  Evaluación de Riesgos Laborales
-  Requisitos legales aplicables y otros
requisitos que el centro educativo
suscriba
-  Opciones tecnológicas y los recursos
financieros y personales
-  Opinión de los trabajadores y de otras
partes interesadas: autoridad laboral,
administración educativa competente,
asociación de padres y madres, etc.
-  Resultados de la revisión por la dirección
(véase capítulo 4)
Tras el análisis de esta información, el centro
educativo identificará en la PAP las acciones
concretas que adoptará para resolver las
deficiencias detectadas y reducir o controlar

13

sus riesgos laborales. Las acciones pueden estar
orientadas a satisfacer distintas necesidades:
-  Adquisición o reparación de equipos y
máquinas de trabajo
-  Reforma, ampliación o adecuación de
instalaciones o de los lugares de trabajo
-  Adquisición de equipos de protección
-  Formación de los trabajadores
-  Etc.
Cada una de las acciones recogidas en la PAP
será planificada, determinándose lo siguiente:
-  Responsable de su ejecución
-  Recursos
necesarios:
inversión
económica requerida o dedicación de
personas
-  Plazos
La PAP se realiza al menos una vez al año,
y de forma extraordinaria siempre que la
Dirección así lo decida. Debe de ser sometida
a un seguimiento regular, recomendándose
trimestral o cuatrimestralmente. En estas
revisiones periódicas se documentará el análisis
realizado sobre la ejecución de las acciones
implantadas, la situación de las pendientes y la
toma de decisiones encaminadas a corregir las
desviaciones que se puedan haber producido,
para asegurar que llegan a buen término.
2.3 - OBJETIVOS DE SSLD
De manera complementaria a la PAP, de
acuerdo con la Política de SSLD y a partir de
los resultados de la evaluación de riesgos
laborales, la Dirección del centro educativo
establecerá unos objetivos de SSLD.
Al igual que ocurre con la PAP los objetivos
deben de planificarse, determinando acciones
encaminadas a su consecución, los responsables
de su ejecución, los medios y el calendario en el
tiempo en que han de ser alcanzados. De igual
modo, para su definición se tendrán en cuenta:
-  Requisitos legales aplicables y otros
requisitos que el centro educativo
suscriba
-  Opciones tecnológicas y los recursos
financieros y personales
-  Opinión de los trabajadores y de otras
partes interesadas: autoridad laboral,
administración educativa competente,
asociación de padres y madres, etc.
-  Resultados de la revisión por la dirección
(véase capítulo 4)
Los objetivos son medibles y deben de estar
enfocados a lograr mejoras en la gestión de
SSLD o reducción en los niveles de riesgo, más

allá del mero cumplimiento de requisitos
legales, siendo esta la principal diferencia con
las acciones planteadas en la PAP.
	
Como ejemplos de objetivos de SSLD, se pueden
citar: mejora en las condiciones de los lugares
de trabajo más allá de lo requerido legalmente
(reducción de los niveles de ruido, aumento
de la iluminación en los puestos de trabajo,
mejora del confort térmico, etc.), reducción de
alguno de los niveles significativos de riesgo
valorados en la ERL, mejora de los resultados de
encuestas de satisfacción de los trabajadores
con su SSLD, etc.
Para evaluar su grado de cumplimiento y
asegurar su adecuación y eficacia, los objetivos
son revisados por la Dirección del centro
educativo periódicamente (al menos trimestral
o cuatrimestralmente), valorándose la evolución
en la consecución de los objetivos durante el
año en curso y el cumplimiento de los plazos
indicados para cada uno. El análisis y las
conclusiones alcanzadas serán documentados
y aprobados por la Dirección.

2.4 - IDENTIFICACIÓN DE REQUISITOS LEGALES. EVALUACIÓN
DE SU CUMPLIMIENTO
El estándar OHSAS 18001 se basa en el
compromiso de cumplir con la legislación y
reglamentación aplicable y otros compromisos
que la organización suscriba.
Para poder cumplir todos los requisitos
aplicables,
previamente
es
necesario
identificarlos, y determinar en qué afectan a los
riesgos laborales del centro. Así mismo, para
poder identificarlos deberemos disponer de los
procedimientos necesarios para acceder a la
legislación y a sus actualizaciones.
Además de los requisitos contenidos en la
legislación y reglamentación (reglamentos
europeos, leyes y reglamentos estatales y
autonómicos, etc.) y sectorial, si existiese,
debemos desarrollar procedimientos para

determinar aquellos requisitos derivados de
autorizaciones particulares que pudieran estar
relacionados con los aspectos de SSLD de
nuestras actividades, tales como licencias de
actividad o autorizaciones para la producción
de residuos peligrosos.
Se deben considerar también aquellos
requisitos contenidos en la legislación de
seguridad industrial y que pudiesen ser de
aplicación a aquellas instalaciones cuyo
funcionamiento esté relacionado con la SSLD.
Por ejemplo, almacenamiento de productos
químicos, calderas, compresores, instalaciones
susceptibles de alojar legionella, almacenamiento
de productos petrolíferos, instalaciones
eléctricas, ascensores, instalaciones contra
incendio, etc.

14
Así mismo, es necesario determinar aquellos
requisitos que pudieran haberse adoptado
de manera voluntaria, por ejemplo,
compromisos públicos adquiridos
por la organización, adhesión a
códigos de buenas prácticas,
etc.

al año. De dicha evaluación debe de mantenerse
evidencia, y en caso de existir algún requisito
incumplido deberán planificarse las
acciones encaminadas a lograr su
cumplimiento.

IMPORTANTE

En el capitulo 6 se
incluye un ejemplo de
procedimiento para:

Para identificar, accedery
mantener actualizados
•	
Identificar
los requisitos legales
La identificación de requisitos legales no
y conocer todos los
aplicables, se puede
se limitará a confeccionar una lista de la
requisitos legales de
recurrir a una o
legislación aplicable, sino que se determiseguridad y salud en
varias fuentes de
narán las obligaciones que debe cumplir
el trabajo relevantes,
información,
desde
el centro educativo
en su versión más
la lectura de diarios
en relación con la SSLD
oficiales (Unión Europea,
actualizada.
estatal,
comunidad
•	 Mantener actualizados
autónoma, provincial)
o
los mencionados requisitos.
•	
Acceder a
dichos
bien la suscripción a bases de
requisitos.
datos comerciales y publicaciones,
asesores y servicios profesionales.
•	
Evaluar y comprender las
repercusiones que estos requisitos tienen
sobre el Centro.
Una vez analizada la legislación aplicable y
determinados los requisitos que afectan a los •	 Introducir las medidas pertinentes para
cumplir los requisitos vigentes o nuevos.
riesgos laborales, estos se pueden llevar a un
registro actualizado de requisitos, que facilite
su evaluación periódica, como mínimo una vez

3 - ¿QUÉ ES UN PROCEDIMIENTO?
El modelo OHSAS 18001 establece los criterios para implantar un sistema de gestión de la SST
de manera que pueda ser comprobado o auditado por terceras partes. Éstas bien podrían ser
relacionadas con el centro educativos, o bien una organización externa que esté acreditada y que
certifique la conformidad del sistema en el caso de que se busque un reconocimiento.
Por dicha razón, se trata de un sistema de gestión documentado, basado en la definición de
procedimientos y en la generación de registros que permitan demostrar su eficacia.
Un procedimiento no es más que un documento que recoge por escrito los criterios y
responsabilidades para realizar una determinada actividad.
A la hora de redactar un procedimiento hay que considerar que éste debe responder a todas la
preguntas posibles, ¿qué?, ¿para qué?, ¿quién?, ¿cómo?, ¿dónde?, ¿cuándo? El objeto es definir y
dejar claros todos los criterios necesarios para llevar a cabo una actividad para prevenir que pueda
tener consecuencias para el medio ambiente indeseadas o no previstas.

15
3.1 - ¿QUÉ ESTRUCTURA DEBE TENER UN PROCEDIMIENTO?
El objeto y alcance del procedimiento pretenden
responder a las preguntas ¿qué? y ¿para qué?,
esto es, qué actividades están descritas en el
documento y con qué finalidad se describe.
Por ejemplo, supongamos un procedimiento para
la evaluación de riesgos laborales y planificación
de la actividad preventiva. En este caso, su
objeto y alcance pudiera ser “establecer los
criterios para la identificación y evaluación de
los riesgos laborales, así como la determinación
y planificación de las acciones encaminadas a
su eliminación, reducción o control”.
El procedimiento deberá indicar siempre quién
es responsable de llevar a cabo cada una de
las actividades que en él se definen (gestión o
ejecución). Así pues, siguiendo con el ejemplo
expuesto, habría que definir quién se encarga de
hacer la evaluación (o de requerir su realización)
que el documento sea revisado tras su entrega al
centro educativo, quien elabora la planificación
de la actividad preventiva consiguiente, en qué
consiste dicha PAP, etc.
El procedimiento también deberá definir cómo
y donde se lleva a cabo una actividad y con qué
periodicidad. Siguiendo con el ejemplo anterior,
habría que describir:
o	 criterios empleados para hacer la ERL,
o	 con qué periodicidad se actualiza
o	 plazos de revisión de la PAP
Todos los procedimientos, además de los
apartados necesarios para responder a estas
preguntas, pueden requerir otros apartados,
a criterio del centro, para concretar aspectos

que sean necesarios. Por ejemplo, puede incluir
definiciones, registros asociados, anexos, etc.
En el capitulo 6, se presentan ejemplos
de los apartados que debiera recoger un
procedimiento.
No obstante, a la hora de elaborar procedimientos
hay que tener en cuenta una serie de criterios
o	 No deben ser demasiado extensos.
Considerar siempre la información que
va a necesitar la persona a la que va
dirigida el procedimiento.
o	 Su redacción debe estar adaptada a las
personas a quienes va dirigida.
o	

Un procedimiento, en muchos casos,
podrá contener esquemas o imágenes
que describan gráficamente cómo
realizar la actividad.

En caso de actividades muy complejas, o en
las que intervengan muchas personas, puede
ser recomendable elaborar un procedimiento
general que lo describa y desarrollar otros
procedimientos o instrucciones más detallados
dirigidos específicamente a la persona que debe
realizar cada sub-actividad concreta.
El concepto de procedimiento e instrucción es
el mismo, únicamente se diferencian en el grado
de detalle. Las instrucciones son procedimientos
más simples pero muy detallados y normalmente
involucran a un solo nivel de responsabilidad.

3.2 - ¿CUÁNDO ES NECESARIO ELABORAR UN
PROCEDIMIENTO?
De manera general OHSAS 18001 pide que se
definan procedimientos siempre que la ausencia
de los mismos puede llevar a desviaciones
respecto a los compromisos establecidos
en la Política de SSLD y en los objetivos. No
hay que olvidar que tales compromisos están
relacionados con la prevención de los riesgos
laborales y el cumplimiento de los requisitos
legales aplicables a la SSLD, por lo que habrá
que definir procedimientos para controlar
aquellas actividades que sean fuente de riesgo

o estén relacionadas con riesgos laborales, o
bien sobre las que exista algún requisito legal
de aplicación.
En el capitulo 6 se muestra un ejemplo con
los posibles procedimientos que pueden ser
necesarios definir en un sistema de gestión de
la SSLD en un centro educativo. No obstante,
el número de procedimientos y alcance de los
mismos, lo determina la propia organización en
función de sus necesidades.

16
Además de los procedimientos necesarios
para el control de los riesgos laborales y su
seguimiento, el estándar OHSAS 18001,
al igual que otras normas que establecen
modelos de gestión para calidad, o para gestión
ambiental, también define la necesidad de
documentar procedimientos para gestionar
la documentación y los registros, formar y
asegurar la competencia del personal, realizar
las auditorías internas, etc. A lo largo de los
capítulos que desarrollan este Manual se irán
describiendo
El modelo OHSAS 18001 no establece como
requisito un enfoque de gestión por procesos,
tal como requiere la norma de gestión de calidad
ISO 9001, si bien es perfectamente compatible
con éste. No obstante, el diseño y gestión de los
diferentes procesos dentro de una organización
siempre debiera considerar las consecuencias
que supone para la SSLD.
Proceso y procedimiento no son términos
equivalentes. Un proceso es una secuencia de
actividades que conducen a la consecución de
un resultado previamente planificado. Cada una

de las actividades que constituyen un proceso
puede requerir de un procedimiento que regule
como llevarlas a cabo para no producir impactos
indeseados en la SSLD.
Así por ejemplo, el proceso de gestión de
infraestructura, puede requerir de varios
procedimientos desde el punto de SSLD, tales
como:
o	 Planes de mantenimiento que definan
qué equipos de trabajo, instalaciones
o dependencias relacionadas con la
SSLD requieren de actividades de
mantenimiento o inspección y con qué
periodicidad, con el fin de asegurar su
buen funcionamiento y rendimiento
o	 Procedimientos
específicos
que
expliquen cómo llevar a cabo el
mantenimiento
de
instalaciones
(prevención de legionella en la red de
agua, calderas, compresores, etc.), de
una manera práctica
o	 Procedimientos para llevar a cabo la
limpieza de las diferentes áreas

4 - HERRAMIENTAS DE GESTIÓN
Los modelos que establecen las normas internacionales ISO para desarrollar sistemas para la
gestión de la calidad, la gestión ambiental o el estándar OHSAS, para la gestión de la seguridad
y salud laboral, parten de la utilización de una serie de herramientas de gestión comunes que se
integran en el ciclo PDA de mejora continua.
Dichas herramientas, constituyen una serie de instrumentos cuya finalidad es prestar el soporte
necesario a la Organización para lograr los compromisos establecidos en su Política de SSLD.
Así por ejemplo, hablamos de herramientas para la gestión de la documentación, para asegurar la
competencia y sensibilización del personal, para la gestión de las comunicaciones con las partes
interesadas, internas o externas a la Organización, o bien de herramientas para la mejora, a
través de la gestión de las no conformidades, acciones correctivas o preventivas y las auditorías
internas.
Todas estas herramientas complementan a aquellas específicas que deberán desarrollarse para el
control de los procesos o actividades y para el seguimiento de los mismos. En capítulos posteriores
explicaremos estas herramientas específicas de control operacional y seguimiento y medición, así
como la diferencia entre ambas.

17
4.1 - CONTROL DE DOCUMENTACIÓN Y REGISTROS

4.1.1 - DOCUMENTOS DEL SISTEMA DE SSLD
De acuerdo al modelo OHSAS 18001, el sistema
de gestión debe documentar al menos:
o	 La Política, los objetivos y las metas de
SSLD.
o	 La descripción del alcance del sistema
de gestión. Esto significa describir,
las actividades a las cuales es
aplicable el sistema de gestión y él
o los emplazamientos donde dichas
actividades tienen lugar.
o	 La descripción de los elementos
principales del sistema de gestión de
SSLD y su interacción, y las referencias
a los documentos relacionados.
o	 Los procedimientos generales y registros
requeridos en los diferentes apartados
de la norma. En el capítulo 6 se incluye
un listado de los procedimientos,
documentos y registros que requiere el
estándar OHSAS 18001.
o	 Los
procedimientos
de
control
operacional y de seguimiento y medición
y los registros asociados que el propio
centro educativo determine que son
necesarios para asegurar la eficacia de
la planificación, operación y control de
los procesos que están relacionados con
los riesgos laborales más significativos.
En el capitulo 6 se incluye una lista
con los documentos que pueden ser
necesarios en un centro educativo para
el control y seguimiento de los riesgos
laborales, y de los registros que requiere
el estándar OHSAS 18001.
Aunque el estándar OHSAS 18001 no establece
de manera específica la necesidad de desarrollar
un Manual de Gestión de la SSLD, tal como
requiere la norma ISO 9001, es habitual
elaborar este documento general para describir
el alcance del sistema de gestión, así como los
elementos, documentos y procedimientos que
forman parte de del mismo. El objetivo sería
contar con una especie de “mapa” del Sistema
que aclare las actividades que se encuentran

cubiertas por dicho sistema de gestión y nos
guíe acerca de la aplicación de los documentos
que lo constituyen.
La descripción del alcance del sistema de
gestión debería indicar las actividades de
impartición de formación que se desarrollan
en el centro educativo, para cada uno de los
ciclos formativos y cada una de las familias
profesionales que están representadas en el
centro.
Por ejemplo, en el caso concreto de un instituto
de enseñanza secundaria, el alcance del sistema
de gestión de SSLD podría ser la “impartición
de la formación” en:
o	 Ciclo
formativo
Grado
Medio
(Comercio, Equipos electrónicos de
consumo, Montaje y mantenimiento
de instalaciones de frío, climatización y
producción de calor)
o	 Ciclo Formativo Grado Superior:
(Administración
y
finanzas,
Gestión comercial y marketing;
Comercio internacional; Sistemas
de
comunicaciones
informáticas;
Desarrollo de productos electrónicos;
Dietética; Prótesis dentales; Higiene
bucodental; Audioprótesis)
Así mismo, esta descripción deberá especificar
la ubicación o dirección del centro y/o
emplazamientos donde tienen lugar estas
actividades que se desarrollan de acuerdo con
los criterios y procedimientos establecidos en
el sistema de gestión.
El Manual de Gestión de SSLD, tal como lo
hemos descrito, incluirá una presentación de la
organización, la política de SSLD y una referencia
a todos los procedimientos y documentos
que constituyen el sistema de gestión para
dar respuesta a cada uno de los requisitos del
modelo OHSAS 18001.
El Sistema de Gestión de SSLD se apoya,
además de en un Manual y en una serie
de
procedimientos que describen los

18
criterios aplicables a los diferentes proceso y
actividades, en un tipo especial de documentos,
denominados registros, que permiten demostrar
el cumplimiento de los requisitos especificados
en los procedimientos, los requisitos legales
aplicables u otra documentación de referencia
aplicable al sistema de gestión de SSLD.
Por ejemplo, un registro de la correcta revisión
de los equipos contra incendio del centro,
pueden ser los albaranes o partes de trabajo
elaborados por la empresa autorizada encargada
del mantenimiento anual de las instalaciones
contra incendio

En capitulo 6 se indican ejemplos de los
registros que pueden generarse en el contexto
de la gestión de SSLD.
Es importante señalar que, además de los
procedimientos, documentos y registros
generados por la propia organización, existe
también documentación de origen externo
que incluye requisitos de aplicación que deben
ser considerados en el sistema de gestión
de SSLD. Tal es el caso, de la legislación o
normativa aplicable, o por ejemplo, manuales
de buenas prácticas sectoriales, convenios de
colaboración con otras organizaciones, que
incluyan requisitos que el centro educativo
suscriba voluntariamente.

4.1.2 - CONTROL DE LA DOCUMENTACIÓN Y DE LOS REGISTROS
De acuerdo a lo indicado en el modelo de
referencia OHSAS 18001, el centro educativo
deberá controlar toda la documentación y
registros que constituyan su sistema de gestión
de SSLD.
Para ello, deberá elaborar procedimientos que
determinen los criterios y responsabilidades
para:
o	 Revisar los documentos respecto a su
adecuación y aprobarlos formalmente
antes de su emisión.
o	 Revisar y actualizar los documentos
cuando sea necesario, y aprobarlos
nuevamente cuando sean modificados.
o	 Asegurar la identificación de los
cambios en los documentos y el estado
de revisión de los mismos que está
vigente en cada momento.
o	 Asegurar que las versiones vigentes
de los documentos aplicables están
disponibles en los puntos de uso.
o	 Asegurar que los documentos aplicables
permanecen legibles y fácilmente
identificables.
o	 Asegurar que se identifican los
documentos de origen externo que el
centro educativo ha determinado que

19

incluyen requisitos o criterios aplicables
al sistema de gestión, y que se controla
su distribución.
o	 Prevenir el uso no intencionado de los
documentos obsoletos e identificarlos
como tal en caso de que se deseen
conservarlos por cualquier razón.
Según esto, el procedimiento de control de
documentos y registros deberá indicar:
o	 Quién es responsable dentro del centro
educativo de revisar y aprobar para su
uso cada tipo de documento (Política,
Objetivos, metas y programas, planes
de mantenimiento, planes de formación
o
sensibilización,
procedimientos
de gestión y operativos, planes de
emergencia, etc.)
o	 La sistemática a seguir para identificar
los documentos y controlar su
distribución a las personas que deban
aplicarlos,
o	 La sistemática para asegurar la retirada
de documentos obsoletos que puedan
llevar a confusión y los criterios para
asegurar la conservación de los
documentos de manera que puedan
ser utilizados cuando sea necesario
consultarlos.
El control de la documentación puede llevarse
a cabo de manera sencilla, identificando los
que son aplicables mediante Listas de Control
de Documentos, en la que figuren la fecha de
aprobación y la edición vigente aplicable del
mismo, su ubicación o lugar de archivo y las
personas a las que debe distribuirse. La propia
Lista de Control de Documentos debe someterse
a los criterios de control de documentación
antes mencionados.
La distribución de la documentación puede
hacerse mediante copias en papel, pero con el
uso cada vez más extendido de las tecnologías
de información y comunicación cada vez es
más frecuente gestionar los de documentos por
medios informáticos, y comunicar los cambios
a los afectados por correo electrónico. En este
caso, debe asegurarse que todos los afectados
por cada documento tienen acceso al sistema
informático.
Un sistema de gestión documental informático
deberá considerar la realización periódica de
copias de seguridad, para evitar una posible
pérdida de información.
La documentación de origen externo que
sea aplicable a la gestión de la SSLD del
centro educativo, debe ser sometida a los
mismos controles ya expuestos. Tal es el
caso de la legislación aplicable en materia
de SSLD. En este caso, la organización debe
determinar cómo aplica a sus riesgos laborales
y en función de ello, aprobarla para su uso y
distribuirla a las personas responsables de
llevar a cabo las revisiones oportunas en los
procesos y procedimientos para asegurar su
cumplimiento.
Para el caso de los registros, que son documentos
que muestran el resultado de una actividad en

un momento concreto, también deben definirse
mediante un procedimiento los criterios a seguir
para identificarlos, almacenarlos, protegerlos
y garantizar su recuperación, de manera que
siempre permanezca legibles, identificables y
trazables. Esto último significa que el registro
debe contener la información necesaria que
permita reconstruir la historia del resultado que
contiene.
Es frecuente confundir el concepto “registro”
con el propio formato que se diseñe para
recopilar los resultados, en aquellos casos en
los que no viene determinado legalmente. Los
formatos, son documentos tipo o plantillas
que se diseñan para la recogida de datos o
registros, y que como documentos que son,
deben someterse a los criterios de control
de documentos anteriormente expuestos. El
formato o plantilla, una vez que contiene los
resultados o datos, es un registro y por tanto
ya no está sometido a revisiones, aprobaciones
y control de ediciones, sino a los criterios
expuestos para el control de los registros.
En todo caso, se debe especificar el periodo de
retención o conservación de todos los registros
del sistema de SSLD. Hay que considerar
que algunos de estos registros derivan de
la aplicación de la legislación en vigor y ésta
establece un periodo mínimo de conservación.
Para el resto de registros, será el centro
educativo el que deberá determinar el periodo
mínimo de conservación. Dicho periodo
podrá estar condicionado por los criterios del
organismo certificador que puede exigir que
al menos se conserven durante el periodo de
vigencia del certificado.

20
4.2 - COMPETENCIA, FORMACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN
El centro educativo debe de asegurar que
cualquier persona que trabaje para él y que
realice actividades o tareas que puedan
causar impactos significativos en la SSLD
sea competente en términos de educación
(formación reglada), formación o experiencia
adecuada.
El centro educativo debe identificar las
necesidades de formación relacionadas con los
riesgos laborales y el sistema de gestión. Esta
identificación de necesidades de formación se
deberá realizar para cada puesto de trabajo
cuyas funciones afecten a la gestión del sistema
de SSLD.
Puesto que todos los trabajadores del centro
educativo estarán expuestos a riesgos laborales,
siempre será necesaria una formación mínima
general en materia de SSLD, dirigida a dar a
conocer los riesgos laborales propios de cada
actividad y los procedimientos para su control.
La formación de carácter general dirigida
a los trabajadores del centro educativo
puede impartirse internamente, por ejemplo
aprovechando
las
reuniones
rutinarias
(reuniones de departamento, reuniones de
coordinación pedagógica, claustros, etc.), a las
que puede dedicarse un cierto tiempo para la
difusión de los procedimientos de de SSLD y
aclarar los criterios de actuación para prevenir
o controlar los riesgos laborales.
Es importante recordar que hay trabajadores no
docentes que también requieren de formación
en materia preventiva.
La manera de extender a los alumnos (usuarios)
la formación necesaria para controlar los
riesgos derivados de las actividades del centro
educativo tendrá lugar de manera transversal
en todas las asignaturas. En el caso concreto
de la formación profesional, y dado que cada
familia profesional lleva aparejados unos riesgos
laborales específicos, la formación necesaria
para controlarlos estará asociada a la propia
enseñanza impartida en las aulas.
Así por ejemplo, supongamos la familia
profesional “Electricidad”, que se caracteriza
por la exposición al riesgo de contacto eléctrico.
La actividad educativa dirigida al alumnado

21

proporcionará la formación necesaria acerca de
los criterios preventivos a adoptar a la hora de
ejecutar trabajos en instalaciones eléctricas.
Además de esta formación de carácter general
para todos los trabajadores y usuarios del
centro, debe determinarse, para las funciones y
puestos de trabajo que lo requieran, la formación
necesaria para la planificación, desarrollo,
implantación y seguimiento del sistema de
gestión de SSLD.
Será necesario definir la formación específica
que requiere el coordinador de SSLD o
representante de la dirección en el sistema
de gestión de SSLD, los auditores internos,
el personal responsable de instalaciones e
infraestructuras, etc.
La persona designada por la Dirección del
Centro para coordinar internamente el sistema
de gestión de SSLD, es deseable que tenga no
sólo conocimientos sobre los requisitos del
estándar OHSAS 18001, también formación
de PRL de carácter general, que le ayude a
gestionar la evaluación de riesgos laborales con
el órgano competente, así como la planificación
y seguimiento de la actividad preventiva.
Igualmente es deseable que la persona que se
vaya a responsabilizar de la identificación y
determinación de los requisitos legales tenga
conocimiento y formación, al menos general,
sobre la legislación que en materia de SSLD
afecta a las actividades e instalaciones del
centro educativo. Lógicamente, esta formación
genérica siempre podrá estar apoyada por los
conocimientos más técnicos que aporten los
docentes de cada ciclo formativo acerca de la
legislación específica de seguridad industrial que
pueda ser de aplicación y esté relacionada con
los riesgos específicos de su familia profesional
Para los auditores internos la formación
mínima necesaria tendrá que ir dirigida a adquirir
conocimientos tanto de los requisitos del
estándar OHSAS 18001 como de técnicas de
auditoría. Es recomendable no sólo formación
teórica sobre estos aspectos, también
formación práctica, por ejemplo participando
en auditorías primero como observador y luego
como auditor en prácticas acompañando a otro
auditor con experiencia.
Una vez identificadas las necesidades de
formación para cada puesto de trabajo o
funciones que estén relacionadas con los
riesgos laborales significativos o tengan
responsabilidades en el sistema de gestión, el
centro educativo deberá planificar y llevar a
cabo las acciones necesarias para satisfacer
estas necesidades de formación.
Para satisfacer estas necesidades de formación
se puede recurrir tanto a formación de carácter
interno, como ya hemos comentado, como a la
formación que puedan proporcionar las propias
instituciones en el marco de los programas de
formación del personal de las Administraciones
Públicas.
Para asegurar que las necesidades de formación
detectadas se cubren de manera adecuada,
se deben planificar las acciones formativas
necesarias, incorporándose al proyecto de
gestión del Plan de Centro.
Se deben mantener registros tanto de la
formación y acciones que se hayan emprendido
para satisfacer las necesidades detectadas.
Estas evidencias las puede proporcionar, por
ejemplo, los certificados de asistencia a cursos,
la lista de asistentes a una formación de
carácter interno, etc.
Es oportuno aclarar que en aquellas ocasiones
que deba recurrirse a personal o empresas
externas para la realización de actividades que
puedan estar relacionadas con la SSLD, tales
como mantenimiento, revisiones o inspecciones
de instalaciones (contra incendio, depósitos de
almacenamiento de combustible o de productos
químicos, red de agua o depósitos con riesgo
de proliferación de Legionella, instalaciones
eléctricas de baja o alta tensión y centros de
transformación, etc.), deberán comprobarse los
registros relativos a la autorización o registro
de la empresa para dichas actividades y de la
cualificación del personal que interviene en las
mismas, de acuerdo a lo que esté regulado
legalmente para esa actividad.
OHSAS 18001 establece como requisito la
necesidad de evaluar la eficacia de las acciones
formativas que se han llevado a cabo en el marco
de la gestión de SSLD. Esta es una información
que debiera considerarse y sistematizarse para
valorar la necesidad de reforzar la formación

impartida en caso de que no se consigan los
objetivos previstos.
Los procedimientos para evaluar la eficacia de
las acciones formativas podrán ser los mismos
que se hayan podido establecer para valorar
aquellas que tengan que ver con la calidad, si
es el caso de un centro que tenga implantado
un sistemas de gestión de acuerdo al modelo
ISO 9001.
En todo caso, para valorar la eficacia de las
acciones formativas habría que:
o	 Definir cuál es el objetivo de la acción
formativa
o	 Establecer quién, como y cuando se va
a valorar el cumplimiento del objetivo
que se haya propuesto para dicha
formación
Supongamos una acción formativa dirigida a
todo el personal docente y de administración y
servicios del centro acerca de los procedimientos
de emergencia (planes de autoprotección)
implantados para asegurarla correcta evacuación
del centro educativo en caso de una situación
de riesgo general (por ejemplo, incendio). El
objetivo de la acción iría encaminado, en primer
lugar, a que se cumplan los criterios de actuación
que se hayan establecido en los procedimientos
(desconexión de energía eléctrica, cierre de
puertas y ventanas, uso de vías de evacuación,
etc.) y en consecuencia asegurar la seguridad y
salud de los trabajadores y usuarios del centro
educativo en una situación de emergencia.
Por tanto, el cumplimiento del objetivo de la
acción formativa se podría valorar mediante el
análisis del resultado del simulacro de evacuación
a realizar periódicamente en el centro.
En caso de detectar incumplimientos graves
o bien un resultado negativo en el simulacro,
podríamos concluir que la acción formativa no
ha sido eficaz y que será necesario llevar a cabo
nuevas acciones.
Los procedimientos para conseguir la
concienciación y sensibilización de todo
personal pueden ser muy variados:
o	 Notas informativas, al inicio y durante el
curso, dirigidas al profesorado como al
personal de administración y servicios

22
que resuman actuaciones preventivas
relacionadas con sus actividades.
o	 Tratar en los Claustros información
acerca del sistema de gestión de SSLD
que pueda afectar al personal docente
o	 Elaboración de trípticos informativos
y cartelería para recordar criterios
preventivos en las actividades. Merece
la pena señalar que, por lo general, los
órganos de la Administración Pública
con competencias en materia de
SST disponen de abundante material
divulgativo y didáctico.
o	 Incluir información sobre la gestión
de SSLD en la intranet, en pantallas
informativas si se dispone de ellas, o
bien en tablones de anuncios ubicados
en salas de profesores, secretaría y en
otras zonas comunes del centro.
Para la sensibilización y concienciación de
los alumnos acerca de la importancia de su
comportamiento para la seguridad y salud del
centro se podrán aprovechar las actividades
que de manera transversal se hayan planificado
para trabajar objetivos de educación en SST

que puedan existir para cada ciclo y desarrollar
otras que apoyen a éstas. A modo de ejemplo
se indican algunas acciones que pueden resultar
útiles:
o	 Realización de conferencias y charlas
para acercar al alumno la Prevención
de Riesgos Laborales
o	 Realización de concursos, cartelería,
murales, etc. sobre diversas temáticas
relacionadas con seguridad y salud en
el trabajo
Con el fin de cumplir los compromisos
establecidos en la Política y Objetivo de SSLD,
además de la citada formación dirigida a los
trabajadores propios del centro y sus usuarios,
es necesario asegurar la del personal externo
que trabaja en o para el centro educativo:
empresas concesionarias de los diferentes
servicios de cafetería, reprografía, transporte
escolar, etc; asunto que se tratará en el capítulo
siguiente “Control de las operaciones”.

4.3 - COMUNICACIONES CON LAS PARTES INTERESADAS
El centro educativo debe desarrollar uno o
varios procedimientos para la comunicación
con las partes interesadas (internas y externa),
en relación con la SSLD y el sistema de gestión
implantado.
En este contexto, el centro tendrá que
identificar quiénes son las partes interesadas
en su gestión de SSLD. Entre otras, estarán
los propios trabajadores del centro (docentes,
personal de administración y servicios), alumnos,
padres y madres, proveedores, así como otras
administraciones o instituciones públicas.
La sistemática de comunicación que se
establezca deberá asegurar:
o	 la comunicación interna entre los
diferentes niveles y funciones del
Centro en relación con la gestión de la
SSLD.
o	 los canales para recibir, documentar
y responder a las comunicaciones
pertinentes que provengan del exterior.
Por

comunicaciones

23

pertinentes

podría

entenderse cualquier solicitud de información
que esté relacionada con SST del Centro, sea
cual sea la forma en que esta tenga lugar (por
escrito, verbal, etc.) y tenga el origen que tenga
(madres y padres, otras administraciones, otros
centros).
Los procedimientos que se desarrollen para
la comunicación interna y externa deberán
responder a las siguientes cuestiones:
o	 Cómo se va a comunicar la política
y los objetivos a todos los niveles
involucrados en su consecución
o	 Cómo se va a informar sobre los
resultados del desempeño del Sistema
de Gestión de la SSLD
o	 Cómo se van a comunicar los resultados
de las auditorías y revisiones del sistema
de gestión a las personas implicadas
o	 Cómo se va a comunicar por parte de
la Dirección cualquier información que
se entienda necesaria o conveniente
acerca de la gestión de SSLD del
Centro al resto de trabajadores o
partes interesadas externas
o	 Qué canales se van a establecer para
recibir y responder a las preocupaciones,
sugerencias o solicitud de información
de las partes interesadas internas o
externas, relativas a la SSLD

carteles distribuidos por las instalaciones,
o bien a través de puntos de información
audiovisuales en el propio centro, a través
de la intranet corporativa o de la página
Web, si se dispone de dichas herramientas.

Algunos medios que se pueden considerar para
las comunicaciones internas o externas con las
partes interesadas son las siguientes:

Para asegurar que aquella información
que surja en el día a día y que pueda servir
para aclarar criterios, comunicar cambios
de operativas o de requisitos relacionadas
con la gestión de la SSLD, la Dirección
podrá decidir por ejemplo si ponerlas
en conocimiento del personal afectado
convocando reuniones específicas o bien es
suficiente con enviar circulares internas.

a)	CONSEJO ESCOLAR
Es el órgano en el que se encuentran
representadas
todas
las
partes
interesadas
del
centro
educativo,
esto es, equipo directivo, profesorado,
Asociación de Madres y Padres, Personal
de Administración y Servicios, alumnos,
Ayuntamiento, asociaciones empresariales,
etc. En este foro se podrían difundir los
compromisos con la SST adoptados por
el sistema de gestión, en tanto que éste
debiera formar parte del Plan de Centro,
que debe ser aprobado por este órgano.
Es aquí donde puede podría recogerse de
manera sistemática cualquier sugerencia,
preocupación o necesidad de información
acerca de la de SSLD del centro.
b)	REUNIONES
INFORMATIVAS

Y

CIRCULARES

Mediante reuniones periódicas, notas o
circulares internas, según corresponda, se
puede dar a conocer la política, los objetivos,
la planificación de la actividad preventiva y
toda aquella información relacionada con la
evolución del sistema de gestión de SSLD
a todas las partes interesadas internas.
Estas comunicaciones podrían tener
lugar siempre que la Dirección del Centro
lo considerase oportuno y en cualquier
caso, tras las revisiones del sistema por
la Dirección y las auditorías, con el fin de
comunicar los resultados relevantes y otras
decisiones de carácter general derivadas de
dichas actividades.
Con el fin de facilitar la difusión de la Política
de SSLD a todo el personal que trabaje en o
para el centro, a los usuarios del mismo y en
general a todas las partes interesadas, ésta
puede exponerse de forma permanente en

c)	BUZÓN DE SUGERENCIAS
Para recoger las inquietudes del personal en
lo referente a la SSLD, se puede instalar un
“buzón de sugerencias” accesible a todo el
personal para que pueda dejar por escrito
sus sugerencias, opiniones o preguntas
al respecto. Esta información deberá ser
analizada por el equipo directivo del centro,
y decidir si contestar de forma particular
al interesado, o bien darla a conocer al
personal que considere oportuno a través
de circulares o tablón de anuncios, según
proceda. De igual modo, deberá ser tenida
en cuenta por la Dirección para la gestión
del sistema.
El Centro también puede plantearse como
medio para favorecer el diálogo con las
partes interesadas establecer un “buzón
de sugerencias electrónico” a través de la
página Web, que esté accesible a cualquier
interesado en la gestión de SSLD del
centro.
En cualquier caso, y sean cuales sean los medios
utilizados para la comunicación interna y externa,
deben registrarse dichas comunicaciones y
establecer los procedimientos para responder.
En lo referente a las comunicaciones de origen
externo, lo recomendable será que la Dirección
junto con el Coordinador del sistema de SSLD
se encarguen de recibir, analizar y gestionar la
respuesta oportuna a los requerimientos que
se puedan producir, manteniendo registro de las
comunicaciones recibidas y realizadas.

24
4.4 - GESTIÓN DE NO CONFORMIDADES, ACCIONES
CORRECTIVAS Y PREVENTIVAS
En el contexto de un sistema de gestión de
SSLD se produce una no conformidad cuando
tiene lugar el incumplimiento de un requisito,
que puede estar establecido en la propia OHSAS
18001, en los procedimientos que el centro haya
desarrollado para cumplir con los compromisos
establecidos en su política o en cualquier otra
documentación de referencia que sea aplicable
(legislación, compromisos suscritos, etc.).
Las no conformidades podrán generarse como
consecuencia de:
o	 Incidentes: sucesos inesperados e
indeseados susceptibles de causar
daño a las personas
o	 Incumplimientos de la legislación,
reglamentación y otros compromisos
con la SSLD adquiridos por el centro
educativo
o	 Desviaciones de los procedimientos,
de los procesos y demás requisitos
establecidos en el sistema de gestión
de la SSLD.
o	 Auditorías del Sistema de Gestión
Si bien puede ser importante la labor del
Coordinador o del responsable del sistema
de SSLD para impulsar la detección de no
conformidades, no es una labor exclusiva de
éste y hay que potenciar la participación de
todo el personal, en especial de aquel que tiene
responsabilidad sobre las diferentes actividades
que están relacionadas con riesgos laborales
significativos.
De la misma manera, aunque las auditorías son
una herramienta que persigue detectar posibles
situaciones no conformes, no debería ser el
único contexto en el se detectasen. Debería
potenciarse la participación del personal en la
identificación de estas posibles situaciones a
partir del seguimiento rutinario del control de
los riesgos laborales según los procedimientos
que se hayan establecido.
De acuerdo al planteamiento expuesto, el
centro educativo debe establecer, implantar y
mantener un procedimiento para tratar las no
conformidades reales o potenciales y para tomar
acciones correctivas y acciones preventivas. El

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procedimiento debe definir requisitos para:
a)	Identificar
y
corregir
las
no
conformidades, tomando acciones para
mitigar los impactos en la seguridad y
salud de los trabajadores y usuarios
b)	investigar las no conformidades,
determinando sus causas
c)	evaluar la necesidad de acciones para
prevenir eliminar las causas y llevar a
cabo las acciones apropiadas definidas
para prevenir que vuelva a ocurrir la no
conformidad
d)	registrar y comunicar los resultados
de las acciones preventivas y acciones
correctivas tomadas a los trabajadores
afectados
e)	revisar la eficacia de las acciones
correctivas y de las acciones preventivas
tomadas
Las acciones que se realicen deben ser apropiadas
a la magnitud de las no conformidades que se
pretenden corregir.
Como consecuencia de un incidente, la
investigación incluirá siempre la revisión de la
Evaluación de Riesgos Laborales, con el fin de
asegurar que la situación que originó el incidente
se encuentra correctamente evaluada en dicho
documento.
EJEMPLO
Supongamos que un docente sufre el impacto
en un ojo el impacto de una viruta metálica
proyectada por un taladro vertical en el taller
de automoción. En un primer momento el
accidentado será atendido por personal
sanitario para paliar o minimizar el daño sufrido.
A continuación se comprobará si el taladro
vertical carece de las protecciones necesarias,
en cuyo caso será señalizada la prohibición de
uso hasta su corrección.
Posteriormente, la organización debe investigar
el suceso, intentando llegar a las causas últimas.
En este sentido cabría preguntarse:
¿En qué circunstancias se produjo el incidente?
¿Carecía el taladro de las protecciones indicadas
para evitar la proyección de partículas?
¿Por qué? ¿Estaba señalizado dicho riesgo?
¿Portaba el trabajador el equipo de protección
necesario: gafas? ¿Había sido informado
el trabajador sobre los riesgos de
su actividad?

la acción correctiva deberá ir enfocada a suplir
la falta de formación sobre los procedimientos
aplicables y en el otro enfocada hacía el logro
de una mayor sensibilización y compromiso
del personal.

En relación con la carencia de
A partir de ahí podríamos
protección en el taladro, la
establecer la/s causa/s
acción correctiva tendría
y por tanto tomar
que ir dirigida a una
acciones correctivas,
revisión de los equipos
que serían aquellas
de trabajo con el objeto
encaminadas
a
de asegurar que no
Todos los incidentes deben ser investigaeliminar
dicha/s
hay carencias en otros
dos (sus causas) y tratados (mediante
causa/s, con el fin de
equipos de trabajo y
acciones correctivas), aunque no se
impedir que se repita
establecer medidas para
haya producido daño
la revisión periódica de
el incidente.
personal alguno.
los mismos.
Imaginemos
que
las
Como puede verse en el
respuestas a las preguntas
ejemplo expuesto en todo caso
anteriores son, por una parte,
que el taladro vertical carecía
el espíritu de esta herramienta
de protección contra proyección
es preventivo, y el objeto es evitar que
de partículas, y por otra que el trabajador dichas situaciones y sus consecuencias vuelvan
no portaba en ese momento las gafas de a suceder.
protección. Cabría seguir investigando si se había
transmitido y formado al personal afectado En el capitulo 6 se presenta un ejemplo
sobre los riesgos presentes en su actividad de procedimiento para la gestión de no
acciones correctivas y
o bien pudiera deberse a un caso puntual de conformidades,
falta de concienciación sobre la importancia de preventivas, así un ejemplo del formato que
cumplir las medidas preventivas. En un caso, podría utilizarse para registrarlas.

IMPORTANTE

4.5 - AUDITORÍA INTERNA
Una auditoría es un proceso sistemático,
independiente y documentado cuya finalidad es
obtener evidencias y evaluarlas objetivamente
a fin de determinar si las actividades y los
resultados del sistema satisfacen el grado en
que se cumplen los criterios acordados.
El centro educativo debe de realizar auditorías
internas del sistema de gestión a intervalos
planificados, con el fin de:
a)	determinar si el sistema es conforme con
los requisitos de la norma de referencia
y las disposiciones planificadas
b)	se ha implantado adecuadamente y se
mantiene
c)	es eficaz para cumplir con la política y
los objetivos
Para ello las auditorías internas relativas a la
SSLD son planificadas por el equipo directivo,

en función de la naturaleza e importancia de la
actividad sometida a auditoría, los resultados
de auditorías previas y los resultados de las
evaluaciones de riesgos laborales.
Con carácter general se realiza una anualmente,
con antelación a la auditoría del organismo
de certificación, si existe tal certificación. La
auditoría interna alcanza a todos los procesos,
actividades y Departamentos implicados en el
Sistema de SSLD.
El equipo auditor designado y cualificado
conforme a los requisitos determinados según
el capítulo 4.2 (Competencia y formación),
elaborará el Programa de Auditoría con
antelación suficiente al desarrollo de la misma,
que incluye la fecha de realización, el equipo
auditor, la metodología y los Departamentos
y responsables que van a ser auditados.
Dicho Programa será revisado y aprobado por

26
Dirección y distribuido a los departamentos y
funciones afectados.
Para la ejecución de la auditoría se podrán
emplear listas de comprobación tales como
las que se presentan a modo de ejemplo en el
capitulo 6.
Como resultado de la auditoría, el equipo auditor
elaborará un informe para registrar los resultados
de la misma. El informe es transmitido al equipo

directivo y a los responsables involucrados.
Estos Responsables llevarán a cabo las acciones
correctivas de las deficiencias detectadas
durante la auditoría siguiendo los criterios
definidos en el capítulo anterior (4.4).
Las auditorías internas serán realizadas por
personal, interno o externo, independiente de
aquél que tenga responsabilidad directa sobre
la actividad que se esté auditando.

4.6 - REVISIÓN POR DIRECCIÓN
Generalidades
El centro educativo debe de realizar revisiones
de su sistema de gestión por la Dirección para
asegurar su continua consistencia, adecuación
y eficiencia. La revisión evalúa la necesidad
de realizar cambios en el sistema de SSLD
del Centro Educativo, incluyendo la política,
objetivos y otros elementos del sistema de
SSLD a la vista de la información siguiente:
Información de entrada para la revisión
Estas revisiones incluyen, como información
de entrada, el funcionamiento actual y las
oportunidades de mejora asociadas a:
a)	Los resultados de las auditorías
internas del Sistema de Gestión
y evaluaciones de cumplimiento
con los requisitos legales y otros
requisitos.
b)	La efectividad del sistema en
cuanto a alcanzar los Objetivos y
metas establecidos.
c)	el seguimiento de la eficacia de los
controles (tanto para la salud como
para la seguridad). A la vista de los
resultados de las revisiones hechas
con las listas de comprobación,
los reconocimientos médicos y
los datos de siniestralidad laboral
se analizarán si los controles son
eficaces o se requieren acciones
correctivas
d)	Evaluación del cumplimiento con
los requisitos legales y otros
requisitos a los que la organización
se suscriba y, si procede, puesta al
día del Sistema, teniendo en cuenta
los cambios en la normativa y en la
reglamentación.

27

e)	La evaluación de las circunstancias
externas que pudieran justificar
la puesta al día del sistema de
gestión p.e., nuevas tecnologías o
condiciones legales, sociales o de
SSLD.
f)	Análisis de las no conformidades
y los incidentes laborales. El
uso de fuentes de información
adecuadas para detectar, analizar
y examinar las causas potenciales
de las no conformidades y las
acciones correctivas y preventivas
adoptadas, así como su eficacia.
g)	El examen de las quejas o
preocupaciones de SSLD de las
partes interesadas, con el fin de
iniciar las medidas correctoras o
de mejoras oportunas
h)	Actualización de la identificación y
evaluación de riesgos laborales: la
actualización de peligros y riesgos
y el control operacional aplicable
i)	Seguimiento de las acciones
derivadas de las revisiones por la
dirección anteriores
j)	Recomendaciones para la mejora
Resultados de la revisión
Como consecuencia de esta revisión se
establecen las acciones asociadas a:
•	 Mejora del sistema de SSLD
•	 Necesidades de recursos
Todas estas acciones se registran en el acta
de reunión y se trasladarán si procede a la
Planificación de la Actividad Preventiva o la
planificación de los objetivos y metas para el
siguiente ciclo de mejora.
5 - CONTROL DE LAS OPERACIONES
Mediante la evaluación de riesgos laborales son
identificadas aquellas operaciones y actividades
asociadas a riesgos para los cuales deben de
implantarse medidas de control.
El conjunto de medidas tomadas para llevar a
cabo la actividad laboral en condiciones seguras
es lo que podemos denominar “Control de las
Operaciones” o “Control Operacional”, tal y
como lo denomina el estándar OHSAS 18001.
Estos controles se clasifican de la siguiente
forma:
a) controles relacionados con las actividades
b) controles relacionados con los bienes, equipos
e instalaciones
c) controles relacionados con contratistas y
otros visitantes al lugar de trabajo
d) criterios y procedimientos documentados de
trabajo
e) preparación y respuesta ante emergencias

a) Controles
actividades

relacionados

con

Incluyen:

•	

•	

Las medidas encaminadas a reducir los riesgos
propios de las máquinas empleadas en la
actividad docente, los lugares de trabajo donde
discurre, así como las instalaciones del centro
educativo.
Dirigidas a:
•	
•	

Asegurar la existencia de dispositivos de
protección del usuario
Evitar disfunciones que supongan riesgos
para los usuarios

1. En lo concerniente a equipos y máquinas de
trabajo: se verificará su certificación de marcado
CE. En caso de existir equipos o máquinas sin
dicho marcado CE se requerirá que un técnico
competente en materia de Prevención de
Riesgos Laborales certifique su adecuación a la
legislación aplicable concerniente a la seguridad
de los equipos y máquinas de trabajo.

las

Son las medidas preventivas dirigidas a minimizar
los riesgos de la actividad laboral propiamente
dicha. Son identificadas en la Evaluación de
Riesgos Laborales y, por lo general, se describen
relacionándolas con cada puesto de trabajo.

•	

b) Controles relacionados con los bienes,
equipos e instalaciones

El uso de Equipos de Protección Individual
(EPI). Ejemplos: guantes, gafas protectoras,
protección acústica (orejeras o tapones),
calzado reforzado, mascarillas de protección
respiratoria, etc.
Empleo de Equipos de Protección
Colectiva. Ejemplos: sistema de extracción
de elementos nocivos (p.ej. humos de
soldadura) o recubrimientos con material
absorbente de ruido.
Empleo de herramientas adecuadas.
Ejemplos: útiles de manipulación (familia
profesional madera) o pipetas con regulación
automática de volumen (laboratorio de
química).

Puede encontrarse el marcado CE
en la placa de características
del equipo/máquina de trabajo

2. Instalaciones
Se requiere el diseño de un Plan de Mantenimiento
que recoja las revisiones e inspecciones a
realizar, su periodicidad y sus responsables.
Será necesario conservar evidencias de la
correcta aplicación del Plan de Mantenimiento:
informes
de
inspección,
partes
de
mantenimiento, etc.
Aunque probablemente el Plan de Mantenimiento
recoja acciones que puede realizar el centro
educativo por sus propios medios, en muchas
ocasiones se necesitará contar con instaladores
autorizados (mantenimiento) o con Organismos
de Control Autorizados (inspección).
Los Organismos de Control autorizados son
empresas colaboradoras de la Administración,
acreditados para inspeccionar el cumplimiento

28
de las exigencias reglamentarias en materia de
seguridad industrial.
Sus funciones están encaminadas a verificar
que las instalaciones, productos y equipos
industriales cumplen las condiciones de
seguridad fijadas en los Reglamentos Técnicos
(requisitos legales aplicables).
Ejemplos de instalaciones que requieren
mantenimiento y/o inspección por OCA:
•	 Instalaciones eléctricas: baja tensión y
media / alta tensión
•	 Aparatos de presión: calderas, compresores,
etc.
•	 Instalaciones contraincendios
•	 Aparatos elevadores
•	 Almacenamiento de productos químicos
•	 Almacenamiento de productos petrolíferos
•	 Aire acondicionado, depósitos de agua y
otros sistemas susceptibles de generar
focos de Legionella

2. Requerimiento al contratista de la información
suficiente que asegure su cumplimiento con
la legislación en materia de PRL: si cuenta
con servicio de prevención, si ha informado y
formado a sus trabajadores, si ha realizado su
evaluación de riesgos laborales, etc.
En el capitulo 6 se anexa un ejemplo de modelo a
cumplimentar por la empresa contratista para la
coordinación de las actividades empresariales.
3. Visitantes y usuarios: el centro docente debe
de contar con señalización suficiente respecto
vías de evacuación, sistemas contra incendios o
riesgos relevantes.
Ocasionalmente, se les facilitará a éstos
información escrita.
d) Criterios y procedimientos documentados
de trabajo

En educación pública se debe de tener en
cuenta la responsabilidad que la Administración
Educativa competente tiene en lo referente al
correcto mantenimiento de las instalaciones.

Pueden existir actividades cuyos riesgos se
reducirían en el caso de que los trabajadores
contaran con instrucciones escritas sobre
cómo realizarlas, qué criterios de trabajo seguro
y saludable seguir.

En el capítulo 6 se anexa una guía práctica sobre
los requisitos legales vigentes.

En esos casos se deberá de facilitar a los
trabajadores el acceso a dichos documentos.

c) Controles relacionados con contratistas y
otros visitantes al lugar de trabajo

Ejemplos:

En el Centro Educativo se cuenta con la
presencia de empresas externas que le proveen
de distintos tipos de servicios: pequeñas obras,
mantenimiento, limpieza, etc.
El centro educativo debe de Coordinar las
Actividades con dichas empresas, con el fin
de gestionar adecuadamente los riesgos que
son generados por la actividad docente y, por
otro lado, son propios de los trabajos que
desempeñen los contratistas.
La coordinación de actividades debe de incluir:
1. información a las empresas que desarrollen
actividades en el centro educativo respecto los
riesgos propios de las actividades del centro.
Por ejemplo: información sobre las medidas de
emergencia, el almacenamiento de productos
peligrosos o la presencia de riesgos significativos
(ruido, proyección de partículas, etc.)

29

-  Manuales de instrucciones de las
máquinas y equipos de trabajo
-  Fichas de seguridad de los productos
peligrosos
-  Instrucciones
sobre
actividades
consideradas de riesgo, de acuerdo con
lo expresado en la evaluación de riesgos
laborales propia del centro docente. Se
pueden citar algunos especialmente
significativos como son: el trabajo con
pantallas de visualización de datos
(ordenadores) o el uso de la voz, quizás
uno de los riesgos con mayor prevalencia
en la labor educativa.
e) Preparación y respuesta ante emergencias
La evaluación de riesgos laborales identificará
las situaciones de emergencia que se pueden
producir ante un incidente. El ejemplo más
habitual es el incendio.
Con la finalidad de minimizar el impacto en
la seguridad y la salud de las personas ante
situaciones de emergencia, el centro docente
debe de contar con un plan de emergencias
(en algunos casos también se
denomina como manual de
autoprotección).

•	

centro
Planos de las vías de evacuación y de los
sistemas contra incendios
El Plan de emergencia debe de
revisarse periódicamente para
comprobar su adecuación.

Asimismo, se deben de
programar
simulacros
periódicos para evaluar la
eficacia del plan de emerDefinición
del
gencias. Debe de quedar
procedimiento
a
En el Plan de Mantenimiento
constancia de dicho siseguir:
activación
se deben considerar los
mulacro mediante un acta
del plan, aviso a los
requisitos legales aplicables
que recoja las conclusiones
servicios de emergencia,
extraídas del simulacro y
actuación de los equipos
para las cuales se puedan plade intervención propios
nificar las acciones correctivas
del centro, etc.
oportunas, indicando el tiempo de
Designación de los miembros
evacuación y las incidencias ocurridas.
de los equipos de intervención del

Contenido habitual del plan
de emergencias:
•	

•	

IMPORTANTE

6 - SEGUIMIENTO Y MEDICIÓN
El centro educativo debe de realizar un
seguimiento y medición regular del desempeño
de la SSLD, a modo de inspecciones propias.
Este seguimiento incluye:
-	 el seguimiento de la consecución de
los objetivos de SST definidos
-	 el seguimiento de la eficacia de los
controles (tanto para la salud como
para la seguridad). Este seguimiento
se realizará en la Revisión por la
Dirección (véase capítulo 4.6 del
presente Manual)
-	 La determinación de medidas
reactivas del desempeño ante
deterioro de la salud, los incidentes
y otras evidencias del incorrecto
desempeño de la SST deficiente,
mediante el análisis de sus causas
y la determinación de las acciones
correctivas necesarias.
-	 las verificaciones cuantitativas
apropiadas a las necesidades del
centro, de acuerdo con lo que se
establezca en la Evaluación de Riesgos
Laborales. Ejemplos: mediciones

de iluminación, ruido, exposición
a contaminantes químicos, etc.
En caso de educación pública,
estas mediciones deben de ser
realizadas por el órgano establecido
por la autoridad administrativa
competente. En caso de realizarse
mediciones con equipos se requerirá
el certificado de calibración de los
mismos que asegure la fiabilidad de
las mediciones.
-	 verificaciones cualitativas: con el fin
de verificar las prácticas preventivas
establecidas para la protección de la
seguridad y salud de los trabajadores,
periódicamente se revisan mediante
listas
de
comprobación
las
distintas áreas del Centro Educativo.
(anexados ejemplos en el capitulo 6)
Se debe supervisar el cumplimiento
de las medidas preventivas y el
correcto estado de las instalaciones
y dispositivos relacionados con la
protección de los trabajadores de
acuerdo a lo recogido en las listas
de comprobación elaboradas a
tal efecto. En caso de detectarse
alguna anomalía, se evaluará la no

30
conformidad para su corrección, de
acuerdo con lo indicado en el capítulo
4.4 del presente Manual.
-	 de acuerdo con la legalidad vigente,
debe de demostrarse la aptitud de
las personas para el desempeño de
su trabajo y que estas actividades
no repercuten negativamente en
su salud. Estas actividades se
conocen como Vigilancia de la
Salud (reconocimientos médicos
apropiados a los riesgos laborales).
Para su cumplimiento, el centro
educativo coordinará con el Servicio

31

Médico competente las actividades
de vigilancia de la salud de los
trabajadores. Este servicio médico
será el que la legislación designe
para cada caso: educación pública o
educación privada.
Para ello se facilitará al servicio médico las
evaluaciones de riesgos laborales asociados a
cada puesto, de forma que puedan determinarse
los protocolos de reconocimiento a aplicar, la
frecuencia de los reconocimientos, así como
las medidas que considere oportuno el servicio
médico.
4. DIFICULTADES DURANTE EL
PROCESO DE IMPLANTACIÓN DEL
SISTEMA DE GESTIÓN Y BENEFICIOS
QUE APORTA AL CENTRO

32
Para conocer las dificultades que pueden surgir durante el desarrollo e implantación del sistema de
SSLD en los Institutos de Educación Secundaria, se envió a los centros certificados en Andalucía
un cuestionario que revisa los diferentes requisitos que recoge el estándar OHSAS 18001. En el
capítulo 7 se desglosa la información obtenida mediante dichos cuestionarios.
Según esto, las
siguientes:

principales dificultades percibidas por los coordinadores de SSLD son las

o	 Formación inicial insuficiente, que requiere de una mayor dedicación personal del
coordinador y del equipo que participa en el desarrollo del sistema.
o	 Dependencia de los órganos de la Administracion Publica legalmente competentes para
realizar la evaluación de riesgos laborales y la vigilancia de la salud.
o	 No tener centros de referencia con los que comparar resultados o compartir dudas.
o	 Asignación de tiempo escaso a los coordinadores para el desarrollo de la documentación,
procedimientos e implantación de los mismos.
o	 Dificultades en la coordinación con el equipo de trabajo por incompatibilidad de horarios
o	 Desconocimiento de la normativa de PRL y de seguridad industrial aplicable a las
instalaciones y dificultades en su interpretación.
o	 Dificultad en recopilar la documentación relativa a la legalización de instalaciones
(calderas, depósitos de combustible, instalaciones eléctricas) debido a la antigüedad de
las instalaciones, modificaciones o cambios de personal responsable. La documentación
relativa a legalización de instalaciones en muchos casos no depende directamente del
centro sino de un ente de gestión de infraestructuras de la Administración Pública, lo que
dificulta la localización de dicha documentación. Esto implica en algunos casos tener que
iniciar los trámites de nuevo, invirtiendo tiempo y recursos.
o	 En algunos casos falta de colaboración del personal en la implantación de los procedimientos
establecidos.
Si bien con la implantación del sistema de gestión de SSLD también se perciben una serie de
beneficios para el centro, entre los que destacan:
o	 La progresiva concienciación de todo el personal docente y no docente (alumnos, personal
de administración y servicios, proveedores y resto de comunidad educativa) sobre la
importancia de la seguridad y salud laboral, en consonancia con los valores sobre los que
se pretende educar.
o	 La consecución de recursos económicos para hacer frente a las necesidades que inicialmente
el sistema de gestión puede requerir: contratación de servicios de actualización legal,
realización de inspecciones requeridas legalmente, adecuación de equipos de trabajo,
mediciones higiénicas, etc.
o	 Conocimiento y seguimiento permanente del cumplimiento de la legislación aplicable y del
estado de legalización de las instalaciones
o	 Mayor control sobre las condiciones de seguridad
o	 Homogeneización de las pautas de actuación seguras y saludables
o	 Programación de objetivos específicos para la minimización de los riesgos laborales
significativos

33
5. PROCESO DE CERTIFICACIÓN
Como se ha expuesto en el capítulo 2, un sistema de gestión de SSLD conforme a los requisitos
del estándar OHSAS 18001 es certificable por una tercera parte independiente, u organismo
certificador.
En la página WEB de la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) pueden consultarse los organismos
de certificación que están acreditados para la certificación de sistemas de gestión de seguridad y
salud en el trabajo en España.
Aunque puede haber diferencias entre diferentes organismos certificadores normalmente el
proceso de certificación se resume en lo siguiente:
o	 El periodo de vigencia del certificado tiene una validez de 3 años a partir de la concesión
del certificado inicial, y puede ser renovado por periodos de igual duración.
o	 Para poder obtener el certificado, el organismo certificador llevará a cabo una auditoría
inicial para comprobar la implantación del sistema de SST de acuerdo con todos los
requisitos que OHSAS 18001 establece.
o	 Esta auditoría inicial suele desarrollarse en dos fases, una previa para comprobar que el
sistema de gestión está documentado conforme a lo establecido por el estándar, comprobar
el alcance, actividades e instalaciones incluidas en el sistema de gestión, comprobar que
existen registros suficientes que evidencien la implantación y que no existan desviaciones
respecto a los requisitos legales que puedan comprometer la obtención del certificado. La
segunda fase completa el proceso de auditoría profundizando en la implantación y eficacia
de la actividad preventiva.
o	 Tras la auditoría inicial, el equipo auditor del organismo certificador entrega un Informe
de Auditoría donde se recogen las desviaciones detectadas respecto a los requisitos
de OHSAS 18001 y de los procedimientos definidos por la Organización. El organismo
certificador da un plazo para que la Organización presente un plan de acciones correctivas
y las evidencias de la corrección de las no conformidades detectadas. Una vez evaluado
dicho plan de acciones correctivas, un comité de certificación decide la concesión o no
del certificado. Puede ocurrir, en caso de que en el proceso se haya detectado alguna no
conformidad crítica que no pueda ser resuelta por la organización completamente en el
plazo establecido, que el organismo de certificación decida conceder el certificado pero
condicionado a la realización de una nueva auditoría en un determinado plazo de tiempo
(aproximadamente 6 meses).
o	 Una vez obtenida la certificación, para mantenerla, el organismo de certificación requiere la
realización de auditorías de seguimiento periódicas (normalmente anuales) durante el ciclo
de vigencia del certificado. Estas auditorías de seguimiento suelen tener menor duración
y alcance que la auditoría inicial. A los tres años, con el fin de renovar el certificado, se
llevará a cabo una auditoría de renovación que tendrá una duración y alcance similar a la
inicial.

35
6. EJEMPLOS PRÁCTICOS
RELACIÓN DE EJEMPLOS
1. Política de SSLD
2. Objetivo de SSLD
3. Procedimiento para la Evaluación de Riesgos Laborales y la
Planificación de la actividad preventiva
4. Procedimiento para la comunicación, participación y consulta de los trabajadores
5. Procedimiento para la identificación y evaluación de cumplimiento de requisitos legales
6. Procedimiento para la coordinación de actividades
empresariales
7. Lista de documentos del Sistema de Gestión de SSLD
8. Lista de registros del Sistema de Gestión de SSLD
9. Listas de comprobación para el seguimiento de las condiciones de SSLD
10. Informe de No conformidades y accidentes, análisis de causas y propuesta de acciones correctivas
11. Lista de comprobación para auditorías internas
12. Informe de Auditoría. Ejemplos de redacción de los
hallazgos

37
1. POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL DOCENTE
La política de seguridad y salud laboral es entendida en nuestro Centro como parte
fundamental de la política y estrategia en el marco de la capacidad de gestión del Centro y debe
tomar en cuenta las siguientes directrices:
1-	El objetivo prioritario es garantizar la seguridad y la salud entendida como el
bienestar físico, psíquico y social de todos y cada uno de los trabajadores y
usuarios de sus servicios.
2-	El enfoque adoptado es el preventivo. Se trata de prevenir los accidentes
laborales, las enfermedades profesionales, y en general todo daño a la salud de
las personas del Centro detectando las situaciones de riesgo y el origen de las
mismas mediante la aplicación de técnicas adecuadas e implantando las acciones
correctivas que sean necesarias y posibles.
3-	El alineamiento de nuestros procesos y de nuestros proyectos con la misión
institucional, su visión y sus estrategias es compatible absolutamente con la
cultura preventiva señala en la anterior directriz.
4-	La gestión de los procesos orientada a la mejora continua mediante la planificación,
el desarrollo, revisión y mejora de los mismos, ha de verse acompañada en todo
momento con una clara orientación hacia la continua mejora de la planificación de
la prevención de riesgos en el trabajo.
5-	Se considera eje fundamental la implicación de todas las personas del Equipo
Directivo que serán las encargadas de liderar el proceso y la participación del
personal.
La Dirección del Centro se compromete a proporcionar los recursos adecuados para la
buena marcha de los procesos y proyectos que al efecto se desarrollen, a difundirlo a todo el
personal, y a exigir su cumplimiento.
Estas directrices se despliegan a través de la siguiente actuación:
•	 Desarrollo y despliegue del Plan de Autoprotección.
•	 Diseño, Implantación y desarrollo del sistema de gestión de SEGURIDAD Y SALUD
LABORAL DOCENTE conforme a la norma OHSAS 18001:2007, en concordancia con
nuestros objetivos institucionales.
•	 Revisión periódica de los indicadores seleccionados y mejora continua de nuestras
actividades en relación con la prevención de riesgos laborales.
•	 Revisión y actualización del sistema mediante informe de la dirección sometido al claustro
y al Consejo Escolar.
•	 Aportaciones de valor del personal del Centro, escuchando su voz y procurando satisfacer
sus expectativas.
•	 Auditorías internas y externas del sistema de gestión de SEGURIDAD Y SALUD LABORAL
DOCENTE.
Noviembre 2010
Director de IES

38
39

5.- Formación específica de 20 horas sobre los 5 riesgos más
relevantes.

3.- Colocación de rodapié en el altillo del taller de carpintería.
4.- Revisión y ampliación de la señalización en las
instalaciones del Centro Educativo: indicación de riesgos y uso
de EPI

2.- Instalación de pasamanos en la escalera del taller de
automoción.

1.- Adecuación de las maquinas al RD 1215/1997 sobre
seguridad de los equipos de trabajo

METAS

Junio 2012

Junio 2011

Vicedirección

Coordinador de SSLD

Mayo 2011

Enero 2012

Enero 2013

PLAZO

NN € para la organización de cursos
presenciales y a distancia.

NN € para la compra e instalación de
señales

Elaboración de cartelería y pegatinas para su
colocación al lado de los interruptores.

NN € para materiales empleados reparación
de escalera

NN € para revisión y adecuación de los
equipos de trabajo

RECURSOS NECESARIOS

SEGUIMIENTO: Semestral.

Mantenimiento

Profesor de soldadura

Mantenimiento

RESPONSABLE

INDICADOR: Valoración de riesgos en las evaluaciones de riesgos laborales de los últimos tres años.

OBJETIVO: REDUCCIÓN DE RIESGOS “MODERADOS” DE LOS TALLERES EN UN 30%

2. OBJETIVO DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL DOCENTE
3. PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN DE RIESGOS
LABORALES Y LA PLANIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD
PREVENTIVA
OBJETO y ALCANCE
El presente Procedimiento tiene por objeto definir la sistemática a aplicar para gestionar la
identificación y evaluación de los riesgos laborales de las actividades propias del I.E.S, así como la
planificación de la actividad preventiva y su seguimiento.
Será de aplicación a todos los procesos, instalaciones y personal del I.E.S.

FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
Coordinador del Sistema de Seguridad y Salud Laboral Docente
1.	Gestionar la elaboración de las ERL con el Servicio de Prevención competente, así
como la Planificación de la Actividad Preventiva
DESARROLLO
La identificación y evaluación de los riesgos laborales de las actividades realizadas por los
trabajadores de I.E.S. son realizadas por el Servicio de Prevención competente, con la colaboración
del Coordinador de SSLD y la participación de los trabajadores.
Esta Evaluación de Riesgos Laborales (ERL) se realiza al inicio de la implantación de la gestión
de la Prevención de Riesgos Laborales, y siempre que se producen modificaciones o ampliaciones
en las actividades y procesos descritos, cuando se abordan nuevas actividades que conlleven
nuevos riesgos laborales y en cualquier caso cada vez que se detecte un riesgo que no se hubiera
identificado anteriormente.
Para ello el Coordinador de SSLD analizará la necesidad de actualizar la Evaluación de Riesgos
Laborales tomando en consideración las siguientes circunstancias:
- resultado de la investigación de incidentes y accidentes producidos
- sugerencias de los trabajadores y sus representantes
- comunicaciones de la Administración u otras partes interesadas.
No obstante lo anterior, el Coordinador de SSLD requerirá al Servicio de Prevención competente
una revisión completa de la ERL cada 3 años.
Metodología
El Coordinador de SSLD deberá asegurarse que la Evaluación de Riesgos Laborales identifica y
evalúa todos los riesgos que afectan a los puestos de trabajo, revisando asimismo que el método
seguido por el Centro de Prevención en la elaboración de la Evaluación de Riesgos Laborales se
corresponde con las Guías aprobadas por el INSHT, contempla para la evaluación de cada riesgo
al menos su probabilidad y consecuencia y se incluye en el propio documento de Evaluación de
Riesgos.

40
Guía práctica de un sistema de gestión de sguridad y salud laboral docente.
Guía práctica de un sistema de gestión de sguridad y salud laboral docente.
Guía práctica de un sistema de gestión de sguridad y salud laboral docente.
Guía práctica de un sistema de gestión de sguridad y salud laboral docente.
Guía práctica de un sistema de gestión de sguridad y salud laboral docente.
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Guía práctica de un sistema de gestión de sguridad y salud laboral docente.
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  • 1. GUÍA PRÁCTICA DE IMPLANTACIÓN DE UN SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL DOCENTE
  • 2. ÍNDICE 1. PRESENTACIÓN............................................................................................................................. 3 . 2. ¿QUÉ ES UN SISTEMA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL DOCENTE?.....................6 . 3. GUÍA PRÁCTICA DE INTERPRETACIÓN DE REQUISITOS APLICABLES AL SISTEMA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL DOCENTE...............................................................................9 0.-ESTRUCTURA ORGANIZATIVA, FUNCIONES, RESPONSABILIDADES .............10 1 - POLÍTICA........................................................................................................................... 11 2 - PLANIFICACIÓN..............................................................................................................12 3 - ¿QUÉ ES UN PROCEDIMIENTO?................................................................................15 4 - HERRAMIENTAS DE GESTIÓN.................................................................................... 17 . 5 - CONTROL DE LAS OPERACIONES............................................................................ 28 6 - SEGUIMIENTO Y MEDICIÓN....................................................................................... 30 4. DIFICULTADES DURANTE EL PROCESO DE IMPLANTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN Y BENEFICIOS QUE APORTA AL CENTRO...............................................................32 5. PROCESO DE CERTIFICACIÓN ...............................................................................................34 6. EJEMPLOS PRÁCTICOS............................................................................................................. 36 7. ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN OBTENIDA MEDIANTE CUESTIONARIOS A LOS INSTITUTOS DE ENSEÑANZA SECUNDARIA PERTENECIENTES A LAS REDES DE GESTIÓN DE SSLD DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA . ................................................................................................................................... 60 8. ENLACES DE INTERÉS..............................................................................................................72 . 9. BIBLIOGRAFÍA...............................................................................................................................74 10. GLOSARIO DE TÉRMINOS.......................................................................................................76
  • 4. Este manual práctico para la implantación de sistemas de seguridad y salud laboral docente centros educativos se enmarca dentro del proyecto SUDOEFOP, de creación de una red de conocimiento colaborativa trasnacional en el sudoeste europeo en formación profesional. Este proyecto forma parte del Programa de Cooperación Territorial del Espacio Sudoeste Europeo (SUDOE), cofinaciado por fondos FEDER y el programa INTERREG IV B SUDOE. Los beneficiarios del proyecto son, por una parte, el Ministerio de Educación, la Junta de Andalucía y el Gobierno de Aragón, de España, A.I.D.A de Portugal y la C.R. de Aquitania de Francia. Los objetivos generales del proyecto son por una parte crear una red de colaboración apoyada en la utilización de tecnologías de información (TIC) a través de una herramienta web y por otra, compartir el conocimiento generado en materia de metodologías, formas de trabajo, gestión, innovación de los técnicos de Formación profesional dentro del espacio SUDOE. Estos objetivos se han concretado en cinco áreas de trabajo, cada una lideradas por un socio. La elaboración de este Manual de apoyo para la implantación de sistemas de gestión de seguridad y salud laboral docente en centros educativos responde a una de las actividades previstas para el área de trabajo de calidad y mejora continua liderada por la Junta de Andalucía. La guía que presentamos se ha construido a partir de la experiencia práctica obtenida en la implantación de este tipo de sistemas de gestión en centros educativos públicos de Andalucía, y su certificación conforme al estándar OHSAS 18001. Los factores más relevantes de esta experiencia ha sido recopilada a partir de una serie de cuestionarios dirigidos a los once Institutos de Enseñanza Secundaria pertenecientes a la primera y la segunda red de gestión de seguridad y salud laboral docente impulsadas por la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, que en los últimos tres años han desarrollado e implantado de sus sistemas de gestión con el apoyo del Instituto Andaluz de Cualificaciones Profesionales. En el capítulo 7 de este manual se recoge un resumen de la información obtenida a través de dichos cuestionarios en relación con la aplicación de la gestión ambiental en los centros educativos. Con la publicación de este manual pretendemos los siguientes objetivos: Servir de guía práctica para la interpretación de los requisitos del estándar OHSAS 18001 y su aplicación en el sector educativo Presentar ejemplos que sirvan como punto de partida para el diseño de la base documental del sistema de gestión. Aclarar la aplicación de los requisitos legales aplicables a los riesgos generales del centro y particulares de las familias profesionales Dar pautas para facilitar el cumplimiento de los requisitos legales aplicables Identificar las principales dificultades a las que se enfrentan los centros durante el diseño y la implantación de su sistema de gestión y presentar propuestas para superarlas El manual está dirigido tanto a centros que no tengan implantado ningún sistema de gestión como a aquellos que ya tienen implantado otros sistemas de gestión de calidad o ambiental pretendan ampliar su alcance e integrar la seguridad y salud laboral. El Manual está estructurado de la siguiente forma: Capítulo I: Presentación 4
  • 5. Capítulo II:¿Qué es un sistema de gestión de la seguridad y salud laboral docente? Capítulo III: Guía práctica de interpretación de requisitos aplicables a un sistema de gestión conforme OHSAS 18001 Capítulo IV: Dificultades y beneficios derivados del proceso de implantación del sistema de gestión de seguridad y salud laboral docente Capítulo V: Proceso de certificación Capítulo VI: Ejemplos prácticos Capítulo VII: Análisis de los cuestionarios realizados a los Institutos de Educación Secundaria de la Junta de Andalucía con sistema de gestión de seguridad y salud laboral docente certificado. Los capítulos finales recogen las referencias a bibliografía y enlaces a páginas de interés, así como un glosario de los términos utilizados. Esperamos que esta guía sirva de orientación y de estímulo a todos aquellos centros que decidan comprometerse con la protección de la seguridad y salud de sus trabajadores y la concienciación de la comunidad educativa. 5
  • 6. 2. ¿QUÉ ES UN SISTEMA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL DOCENTE?
  • 7. Todas las organizaciones, a poco complejas que sean, desarrollan los sistemas necesarios para gestionar los procesos y actividades que les llevarán a conseguir sus objetivos empresariales o los aplicables a un servicio público como la enseñanza, en su caso. Un sistema de gestión puede responder a diferentes objetivos, que pueden ser económicos, dirigidos a aumentar el beneficio u optimizar los recursos utilizados para prestar un servicio, o bien objetivos enfocados a asegurar la calidad y el cumplimiento de requisitos legales aplicables a dicho servicio, u orientados a prevenir o minimizar la contaminación y los impactos ambientales o los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores derivados de las actividades y del funcionamiento de las instalaciones, entre otros. • • b) Hacer: desarrollar e implantar el sistema de SST • • • • En este contexto surgen la serie de normas internacionales ISO 9001 e ISO 14001, que proporcionan los requisitos para implantar un sistema de gestión de la calidad y de gestión ambiental, respectivamente, o el referencial OHSAS, para la gestión de la seguridad y salud de los trabajadores. Estas normas establecen un modelo de gestión certificable por una tercera parte (organismo certificador), y por ello solo incluyen requisitos que pueden ser auditados objetivamente. Estos requisitos son generales, aplicables a cualquier tipo de organización, y en ningún caso se establecen requisitos de desempeño específicos. • • Todos estos modelos de gestión tienen en común que se basan en el ciclo PHVA (PlanificarHacer-Verificar-Actuar), que se trata de un proceso constante e iterativo que permite que una organización desarrolle e implante sus políticas con base en el liderazgo y el compromiso de la alta dirección con el Sistema de gestión. • En el caso del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (SST), los pasos de este proceso continuo serían los siguientes (OHSAS 18001) a) Planificar: • • Identificar los riesgos laborales asociados a las actividades, o de los bienes y servicios que se utilizan Identificar y hacer seguimiento de los requisitos legales aplicables y otros requisitos 7 que se suscriban voluntariamente y que sean aplicables a dichos riesgos laborales Establecer objetivos y metas de SST y desarrollar los programas necesarios para cumplirlos Desarrollar y usar indicadores de desempeño, para comprobar el logro de los objetivos, • • Crear estructuras de gestión, asignar funciones y responsabilidad con suficiente autoridad Suministrar los recursos adecuados Formar al personal y asegurarse de su toma de conciencia y competencia Establecer procesos para comunicación interna y externa Desarrollar y mantener la documentación Establecer e implantar controles a los documentos Establecer y mantener controles operacionales Asegurarse de la preparación y capacidad de respuesta ante emergencias c) Verificar, o evaluar los procesos del sistema de gestión de SST • • • • realizar un seguimiento y/o medición de los controles operacionales evaluar el estado de cumplimiento de requisitos legales y otros requisitos identificar las no conformidades y tomar acciones correctivas y preventivas gestionar los registros o evidencias de los resultados de la gestión de SST realizada realizar periódicamente auditorías internas d) Actuar, o revisar y emprender acciones para mejorar el sistema de gestión de SST • • Realizar revisiones por la Dirección del sistema a intervalos planificados Identificar áreas de mejora Este proceso continuo hace posible que la organización mejore continuamente su sistema de gestión y su desempeño en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo. Todos estos conceptos se desarrollarán de manera específica en los diferentes apartados de
  • 8. este Manual. Además en el anexo 10 se incluye un glosario donde se aclaran algunos de los términos utilizados. En adelante nos referiremos a la Seguridad y Salud Laboral Docente (SSLD) como las condiciones y factores que afectan, o podrían afectar a la salud y la seguridad de los empleados, personal docente o de administración y servicios o de otros trabajadores (incluyendo a los trabajadores temporales y personal contratado), alumnos, visitantes o cualquier otra persona en el Centro Educativo. OHSAS, es la parte del sistema de gestión de la organización empleada para desarrollar e implementar su política de SSLD y gestionar los riesgos para la SSLD derivados de sus actividades, productos y servicios. Un sistema de gestión incluye la estructura organizativa, las actividades de planificación, las responsabilidades, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos para desarrollar, aplicar, alcanzar, revisar y mantener dicha política y gestionar tales riesgos para la SSLD. Por tanto, un sistema de gestión de la SSLD, y de acuerdo con la definición dada por la norma 2.1 ¿Qué ventajas aporta un sistema de gestión de la seguridad y salud laboral docente? Además del conocimiento permanente de la repercusión de las actividades desarrolladas en el medio así como la situación del centro respecto al cumplimiento de la legislación, la implantación de un sistema de gestión de la SSLD contribuye a:. • • Mejorar la seguridad del centro escolar y su entorno. Sensibilizar en materia de seguridad y salud en el trabajo a: Padres y alumnos, • • profesores y empleados, proveedores, medios de comunicación, autoridades, legisladores y la comunidad en general Aplicar conceptos de seguridad y salud en el trabajo en la vida cotidiana del centro educativo, la familia y la localidad. Animar al alumnado a desarrollar un papel activo y participativo en el centro. 8
  • 9. 3. GUÍA PRÁCTICA DE INTERPRETACIÓN DE REQUISITOS APLICABLES AL SISTEMA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL DOCENTE
  • 10. 0.-ESTRUCTURA ORGANIZATIVA, FUNCIONES, RESPONSABILIDADES La estructura organizativa en materia de SSLD se verá condicionada por lo que establezca la legislación vigente en materia preventiva. Podemos decir que tendríamos por un lado la organización propia del centro educativo, encargada de la implantación y mantenimiento del sistema de gestión, y por otro lado la estructura requerida legalmente para el desarrollo de la actividad preventiva: elaboración de la evaluación de riesgos laborales, planificación de la actividad preventiva y vigilancia de la salud de los trabajadores. a) La organización del centro educativo sería la formada por las siguientes funciones: DIRECTOR 1. Es responsable de definir la Política de SSLD y fijar los Objetivos de SSLD. 2. Es responsable de asignar los medios necesarios para definir, implantar y actualizar permanentemente el Sistema de SSLD. 3. Aprueba los documentos básicos del Sistema de Gestión 4. Revisa anualmente el Sistema de Gestión, a través del Comité de Gestión, para verificar su adecuación y eficacia. 5. Aprueba el Plan de Auditorías Internas del Sistema. 6. Aprueba el Plan de Formación Anual. COORDINADOR DE SSLD 1. Es el responsable de la implantación y mejora continua del Sistema de SSLD. Es el representante de la Dirección en la implantación y mantenimiento del Sistema de Gestión, debiendo informar a la Dirección sobre el estado de éste antes de la revisión del mismo. 2. Proporcionar a Dirección información sobre el desempeño del Sistema de SSLD para su revisión 3. Es el interlocutor en los asuntos relativos al Sistema de SSLD con el Centro de Prevención y las partes interesadas 4. Elabora y controla la documentación del Sistema de SSLD. 5. Identifica los requisitos legales aplicables DELEGADOS DE PREVENCIÓN 1. La legislación establece la posibilidad de que los trabajadores elijan sus representantes en materia de PRL: los Delegados de Prevención; cuyas funciones son descritas por dicha legislación. COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD 1. Al igual que el caso anterior, la legislación de PRL determina la posibilidad de crear comités en los que sean tratados los aspectos propios de la seguridad y salud en el trabajo por los representantes de los trabajadores (Delegados de Prevención) y los de la organización sobre la que recae la responsabilidad de salvaguardar la seguridad y salud de los trabajadores: Administración Pública competente, en el caso de la educación pública, o la empresa propietaria del centro educativo, para el caso de la educación privada. b) La organización encargada de la actividad preventiva: SERVICIO DE PREVENCIÓN Será el órgano con los conocimientos y recursos necesarios para desarrollar las funciones que les asigne la legislación aplicable. Por lo general: evaluación de riesgos laborales, mediciones higiénicas, planificación de la actividad preventiva y vigilancia de la salud. Conforme la legislación vigente, el servicio de prevención puede ser propio, por ejemplo en el caso de centros educativos públicos, o bien pudiera ser ajeno, en el caso que el centro educativo concertara su actividad preventiva con una empresa externa acreditada como servicio de prevención. 10
  • 11. 1 - POLÍTICA Los principios del Proyecto Educativo se pueden desarrollar a través de unas directrices que quedan documentadas en las llamadas “Políticas” del Centro Educativo. Estas políticas pueden estar estructuradas de la siguiente forma: - Política de Calidad: misión, visión y valores - Política Pedagógica: convivencia, pedagogía/educación, organización - Política de Personal Del mismo modo, el estándar OHSAS 18001 requiere una política de SST. OHSAS 18001 define política de SST como “Intenciones y dirección generales de una organización relacionadas con su desempeño de la SST, como las ha expresado formalmente la alta dirección”. De acuerdo con el estándar, la Dirección del centro educativo debe de redactar y aprobar una política de SSLD, asegurando que esta: a) Es apropiada a la naturaleza y magnitud de los riesgos para la SSLD presentes en el centro educativo; b) Incluye un compromiso de prevención de daños y el deterioro de la salud, así como de la mejora continua en la gestión de la SSLD y su desempeño; c) Incluye un compromiso de cumplir al menos con los requisitos legales aplicables y con otros requisitos que el centro educativo suscriba relacionados con sus peligros para la SSLD; d) Proporciona el marco de referencia para establecer y revisar los Objetivos de SSLD; e) Se comunica a las personas que trabajan para el centro educativo, con el propósito de hacerles conscientes de sus obligaciones individuales en materia de SSLD; f ) Está a disposición de las partes interesadas; g) Es revisada periódicamente para asegurar su continua adecuación. 11 a) Apropiada a la naturaleza magnitud de los riesgos y La política debe de ser coherente con los riesgos significativos para la SSLD del centro educativo en particular. Es aconsejable tener presente el resultado de la Evaluación de Riesgos Laborales (véase capítulo 2) con el fin de reflejar en la política los riesgos más relevantes. b) Compromiso de prevención y de mejora continua La política debe de incluir, de manera literal, el compromiso del centro educativo con la prevención de los daños y el deterioro de la salud, así como con la mejora continua de la SSLD. c) Compromiso de cumplimiento de los requisitos De igual modo, la política debe de incluir expresamente el compromiso del centro educativo con el cumplimiento de los requisitos aplicables: los legales y los que suscriba el centro educativo en materia de SSLD. d) Marco de referencia de los Objetivos de SSLD Los principios recogidos en la política deben de ser tenidos en cuenta a la hora de definir los Objetivos de SSLD, de acuerdo con lo tratado en el capítulo 2. e) Difusión de la Política de SSLD Una vez aprobada, la política debe de ser difundida entre las personas que trabajan para el centro educativo, con el fin de darla a conocer y facilitar así la concienciación en materia de SSLD. Téngase en cuenta a todas las personas que desarrollan sus trabajos en el centro, como por ejemplo, trabajadores de empresas externas contratadas para tareas de reparación, instalación, construcción, la gestión de cantinas o comedores, así como trabajadores autónomos. Existen varios métodos divulgativos, como pueden ser: la publicación en tablones de anuncios o la página web del centro, la entrega de copia personalizada, la exposición en el transcurso de alguna de las reuniones desarrolladas durante las labores docentes, etc.
  • 12. f ) A disposición interesadas de las partes algún lugar visible a la entrada del mismo. g) Revisión periódica de la Política de SSLD La política de SSLD también debe de mantenerse a disposición de otros agentes Con la finalidad de asegurar la relacionados con las actividades adecuación de la política a del centro educativo, como los principios del centro puedan ser las asociaciones educativo así como a las de padres y madres de circunstancias propias de alumnos, la autoridad SSLD, la política estará laboral en materia de sometida a revisiones prevención de riesgos periódicas por parte laborales o, en el caso La política de SSLD es particular de cada de la Dirección. Estas de educación pública, centro educativo, por tanto recogerá sus pueden llevarse a la Administración principios y valores, así como las cabo en el marco de la Educativa competente. circunstancias propias En estos casos es revisión del sistema de relacionadas con la SSLD recomendable su SSLD por la Dirección, publicación en la página de acuerdo con lo descrito en el capítulo 4. web del centro o bien, en IMPORTANTE 2 - PLANIFICACIÓN En este capítulo se presentarán los principios estratégicos de la gestión de la SSLD tal y como los establece el estándar OHSAS 18001. Se trata de definir los objetivos y procesos necesarios para conseguir resultados de acuerdo con la política de SSLD del centro educativo. 2.1 - IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN DE RIESGOS Y DETERMINACIÓN DE CONTROLES Es necesario establecer e implantar un procedimiento para la identificación continua de peligros, la evaluación de riesgos y la determinación de los controles necesarios. Como resultado obtendremos un documento denominado Evaluación de Riesgos Laborales (ERL), en el cual son valorados los riesgos laborales de cada puesto de trabajo y se determinan las medidas preventivas que se deben de adoptar ante dichos riesgos. La ERL es el documento principal de la gestión de SSLD, a partir del cual se desarrollarán todas las actuaciones preventivas, tal y como se desarrollará en los capítulos posteriores del presente manual. Conforme a la legalidad vigente, la Evaluación de Riesgos Laborales (ERL) será realizada por una entidad acreditada para ello: un Servicio de Prevención o, en el caso de educación pública, el órgano a la que haya encomendado la Administración Educativa competente la actividad preventiva de sus trabajadores. La ERL tendrá en cuenta las actividades rutinarias y no rutinarias, las actividades de todo el personal que tenga acceso al lugar de trabajo (incluyendo subcontratistas y visitantes) y las instalaciones presentes en el lugar de trabajo. Asimismo, los resultados de las evaluaciones y los efectos de los controles se deben de considerar para establecer los objetivos de SSLD. En el proceso de ERL la entidad encargada requerirá de información sobre las funciones de los trabajadores y las características de las instalaciones. Sus profesionales cursarán visitas al centro educativo, en el transcurso de las cuales será necesario facilitarles planos del mismo y acceso a las entrevistas con los trabajadores que consideren necesarias. El método seguido para la realización de la ERL deberá quedar descrito en el propio documento, incluyendo: explicación de los criterios seguidos 12
  • 13. para las valoraciones y la determinación posterior de acciones preventivas, es decir, para qué niveles de riesgos resulta obligatorio adoptar medidas. Igualmente, deben de establecerse criterios para su revisión y actualización, que se realizará en alguno de los siguientes casos: - Cambios en la organización del centro: nuevos puestos de trabajo, nuevas funciones o modificaciones en las instalaciones que afecten al desarrollo de las actividades - Implantación de nuevas actividades por ejemplo, debido a la apertura de ciclos formativos diferentes a los existentes en el momento de la ERL - Si no ocurren ninguno de los casos anteriores, se deberá de establecer un periodo mínimo de revisión obligatoria. A modo orientativo, es recomendable revisar la ERL al menos cada 3 años. En el capítulo 5 del presente manual se desarrollarán los aspectos relacionados con las medidas de control que se establecen en la ERL. 2.2 - PLANIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA Es posible que en la ERL se detecten situaciones deficientes, y con toda probabilidad serán identificados riesgos ante los cuales se deben de tomar medidas que los reduzcan, que los minimicen, o al menos los mantengan bajo control. Con el fin de lograr una gestión sistematizada de la SSLD y dar respuesta a los requisitos legales aplicables, el centro educativo debe de confeccionar el documento denominado Planificación de la Actividad Preventiva (PAP). Para realizar la PAP se tomará en cuenta al menos la siguiente información: -  Evaluación de Riesgos Laborales -  Requisitos legales aplicables y otros requisitos que el centro educativo suscriba -  Opciones tecnológicas y los recursos financieros y personales -  Opinión de los trabajadores y de otras partes interesadas: autoridad laboral, administración educativa competente, asociación de padres y madres, etc. -  Resultados de la revisión por la dirección (véase capítulo 4) Tras el análisis de esta información, el centro educativo identificará en la PAP las acciones concretas que adoptará para resolver las deficiencias detectadas y reducir o controlar 13 sus riesgos laborales. Las acciones pueden estar orientadas a satisfacer distintas necesidades: -  Adquisición o reparación de equipos y máquinas de trabajo -  Reforma, ampliación o adecuación de instalaciones o de los lugares de trabajo -  Adquisición de equipos de protección -  Formación de los trabajadores -  Etc. Cada una de las acciones recogidas en la PAP será planificada, determinándose lo siguiente: -  Responsable de su ejecución -  Recursos necesarios: inversión económica requerida o dedicación de personas -  Plazos La PAP se realiza al menos una vez al año, y de forma extraordinaria siempre que la Dirección así lo decida. Debe de ser sometida a un seguimiento regular, recomendándose trimestral o cuatrimestralmente. En estas revisiones periódicas se documentará el análisis realizado sobre la ejecución de las acciones implantadas, la situación de las pendientes y la toma de decisiones encaminadas a corregir las desviaciones que se puedan haber producido, para asegurar que llegan a buen término.
  • 14. 2.3 - OBJETIVOS DE SSLD De manera complementaria a la PAP, de acuerdo con la Política de SSLD y a partir de los resultados de la evaluación de riesgos laborales, la Dirección del centro educativo establecerá unos objetivos de SSLD. Al igual que ocurre con la PAP los objetivos deben de planificarse, determinando acciones encaminadas a su consecución, los responsables de su ejecución, los medios y el calendario en el tiempo en que han de ser alcanzados. De igual modo, para su definición se tendrán en cuenta: -  Requisitos legales aplicables y otros requisitos que el centro educativo suscriba -  Opciones tecnológicas y los recursos financieros y personales -  Opinión de los trabajadores y de otras partes interesadas: autoridad laboral, administración educativa competente, asociación de padres y madres, etc. -  Resultados de la revisión por la dirección (véase capítulo 4) Los objetivos son medibles y deben de estar enfocados a lograr mejoras en la gestión de SSLD o reducción en los niveles de riesgo, más allá del mero cumplimiento de requisitos legales, siendo esta la principal diferencia con las acciones planteadas en la PAP. Como ejemplos de objetivos de SSLD, se pueden citar: mejora en las condiciones de los lugares de trabajo más allá de lo requerido legalmente (reducción de los niveles de ruido, aumento de la iluminación en los puestos de trabajo, mejora del confort térmico, etc.), reducción de alguno de los niveles significativos de riesgo valorados en la ERL, mejora de los resultados de encuestas de satisfacción de los trabajadores con su SSLD, etc. Para evaluar su grado de cumplimiento y asegurar su adecuación y eficacia, los objetivos son revisados por la Dirección del centro educativo periódicamente (al menos trimestral o cuatrimestralmente), valorándose la evolución en la consecución de los objetivos durante el año en curso y el cumplimiento de los plazos indicados para cada uno. El análisis y las conclusiones alcanzadas serán documentados y aprobados por la Dirección. 2.4 - IDENTIFICACIÓN DE REQUISITOS LEGALES. EVALUACIÓN DE SU CUMPLIMIENTO El estándar OHSAS 18001 se basa en el compromiso de cumplir con la legislación y reglamentación aplicable y otros compromisos que la organización suscriba. Para poder cumplir todos los requisitos aplicables, previamente es necesario identificarlos, y determinar en qué afectan a los riesgos laborales del centro. Así mismo, para poder identificarlos deberemos disponer de los procedimientos necesarios para acceder a la legislación y a sus actualizaciones. Además de los requisitos contenidos en la legislación y reglamentación (reglamentos europeos, leyes y reglamentos estatales y autonómicos, etc.) y sectorial, si existiese, debemos desarrollar procedimientos para determinar aquellos requisitos derivados de autorizaciones particulares que pudieran estar relacionados con los aspectos de SSLD de nuestras actividades, tales como licencias de actividad o autorizaciones para la producción de residuos peligrosos. Se deben considerar también aquellos requisitos contenidos en la legislación de seguridad industrial y que pudiesen ser de aplicación a aquellas instalaciones cuyo funcionamiento esté relacionado con la SSLD. Por ejemplo, almacenamiento de productos químicos, calderas, compresores, instalaciones susceptibles de alojar legionella, almacenamiento de productos petrolíferos, instalaciones eléctricas, ascensores, instalaciones contra incendio, etc. 14
  • 15. Así mismo, es necesario determinar aquellos requisitos que pudieran haberse adoptado de manera voluntaria, por ejemplo, compromisos públicos adquiridos por la organización, adhesión a códigos de buenas prácticas, etc. al año. De dicha evaluación debe de mantenerse evidencia, y en caso de existir algún requisito incumplido deberán planificarse las acciones encaminadas a lograr su cumplimiento. IMPORTANTE En el capitulo 6 se incluye un ejemplo de procedimiento para: Para identificar, accedery mantener actualizados • Identificar los requisitos legales La identificación de requisitos legales no y conocer todos los aplicables, se puede se limitará a confeccionar una lista de la requisitos legales de recurrir a una o legislación aplicable, sino que se determiseguridad y salud en varias fuentes de narán las obligaciones que debe cumplir el trabajo relevantes, información, desde el centro educativo en su versión más la lectura de diarios en relación con la SSLD oficiales (Unión Europea, actualizada. estatal, comunidad • Mantener actualizados autónoma, provincial) o los mencionados requisitos. • Acceder a dichos bien la suscripción a bases de requisitos. datos comerciales y publicaciones, asesores y servicios profesionales. • Evaluar y comprender las repercusiones que estos requisitos tienen sobre el Centro. Una vez analizada la legislación aplicable y determinados los requisitos que afectan a los • Introducir las medidas pertinentes para cumplir los requisitos vigentes o nuevos. riesgos laborales, estos se pueden llevar a un registro actualizado de requisitos, que facilite su evaluación periódica, como mínimo una vez 3 - ¿QUÉ ES UN PROCEDIMIENTO? El modelo OHSAS 18001 establece los criterios para implantar un sistema de gestión de la SST de manera que pueda ser comprobado o auditado por terceras partes. Éstas bien podrían ser relacionadas con el centro educativos, o bien una organización externa que esté acreditada y que certifique la conformidad del sistema en el caso de que se busque un reconocimiento. Por dicha razón, se trata de un sistema de gestión documentado, basado en la definición de procedimientos y en la generación de registros que permitan demostrar su eficacia. Un procedimiento no es más que un documento que recoge por escrito los criterios y responsabilidades para realizar una determinada actividad. A la hora de redactar un procedimiento hay que considerar que éste debe responder a todas la preguntas posibles, ¿qué?, ¿para qué?, ¿quién?, ¿cómo?, ¿dónde?, ¿cuándo? El objeto es definir y dejar claros todos los criterios necesarios para llevar a cabo una actividad para prevenir que pueda tener consecuencias para el medio ambiente indeseadas o no previstas. 15
  • 16. 3.1 - ¿QUÉ ESTRUCTURA DEBE TENER UN PROCEDIMIENTO? El objeto y alcance del procedimiento pretenden responder a las preguntas ¿qué? y ¿para qué?, esto es, qué actividades están descritas en el documento y con qué finalidad se describe. Por ejemplo, supongamos un procedimiento para la evaluación de riesgos laborales y planificación de la actividad preventiva. En este caso, su objeto y alcance pudiera ser “establecer los criterios para la identificación y evaluación de los riesgos laborales, así como la determinación y planificación de las acciones encaminadas a su eliminación, reducción o control”. El procedimiento deberá indicar siempre quién es responsable de llevar a cabo cada una de las actividades que en él se definen (gestión o ejecución). Así pues, siguiendo con el ejemplo expuesto, habría que definir quién se encarga de hacer la evaluación (o de requerir su realización) que el documento sea revisado tras su entrega al centro educativo, quien elabora la planificación de la actividad preventiva consiguiente, en qué consiste dicha PAP, etc. El procedimiento también deberá definir cómo y donde se lleva a cabo una actividad y con qué periodicidad. Siguiendo con el ejemplo anterior, habría que describir: o criterios empleados para hacer la ERL, o con qué periodicidad se actualiza o plazos de revisión de la PAP Todos los procedimientos, además de los apartados necesarios para responder a estas preguntas, pueden requerir otros apartados, a criterio del centro, para concretar aspectos que sean necesarios. Por ejemplo, puede incluir definiciones, registros asociados, anexos, etc. En el capitulo 6, se presentan ejemplos de los apartados que debiera recoger un procedimiento. No obstante, a la hora de elaborar procedimientos hay que tener en cuenta una serie de criterios o No deben ser demasiado extensos. Considerar siempre la información que va a necesitar la persona a la que va dirigida el procedimiento. o Su redacción debe estar adaptada a las personas a quienes va dirigida. o Un procedimiento, en muchos casos, podrá contener esquemas o imágenes que describan gráficamente cómo realizar la actividad. En caso de actividades muy complejas, o en las que intervengan muchas personas, puede ser recomendable elaborar un procedimiento general que lo describa y desarrollar otros procedimientos o instrucciones más detallados dirigidos específicamente a la persona que debe realizar cada sub-actividad concreta. El concepto de procedimiento e instrucción es el mismo, únicamente se diferencian en el grado de detalle. Las instrucciones son procedimientos más simples pero muy detallados y normalmente involucran a un solo nivel de responsabilidad. 3.2 - ¿CUÁNDO ES NECESARIO ELABORAR UN PROCEDIMIENTO? De manera general OHSAS 18001 pide que se definan procedimientos siempre que la ausencia de los mismos puede llevar a desviaciones respecto a los compromisos establecidos en la Política de SSLD y en los objetivos. No hay que olvidar que tales compromisos están relacionados con la prevención de los riesgos laborales y el cumplimiento de los requisitos legales aplicables a la SSLD, por lo que habrá que definir procedimientos para controlar aquellas actividades que sean fuente de riesgo o estén relacionadas con riesgos laborales, o bien sobre las que exista algún requisito legal de aplicación. En el capitulo 6 se muestra un ejemplo con los posibles procedimientos que pueden ser necesarios definir en un sistema de gestión de la SSLD en un centro educativo. No obstante, el número de procedimientos y alcance de los mismos, lo determina la propia organización en función de sus necesidades. 16
  • 17. Además de los procedimientos necesarios para el control de los riesgos laborales y su seguimiento, el estándar OHSAS 18001, al igual que otras normas que establecen modelos de gestión para calidad, o para gestión ambiental, también define la necesidad de documentar procedimientos para gestionar la documentación y los registros, formar y asegurar la competencia del personal, realizar las auditorías internas, etc. A lo largo de los capítulos que desarrollan este Manual se irán describiendo El modelo OHSAS 18001 no establece como requisito un enfoque de gestión por procesos, tal como requiere la norma de gestión de calidad ISO 9001, si bien es perfectamente compatible con éste. No obstante, el diseño y gestión de los diferentes procesos dentro de una organización siempre debiera considerar las consecuencias que supone para la SSLD. Proceso y procedimiento no son términos equivalentes. Un proceso es una secuencia de actividades que conducen a la consecución de un resultado previamente planificado. Cada una de las actividades que constituyen un proceso puede requerir de un procedimiento que regule como llevarlas a cabo para no producir impactos indeseados en la SSLD. Así por ejemplo, el proceso de gestión de infraestructura, puede requerir de varios procedimientos desde el punto de SSLD, tales como: o Planes de mantenimiento que definan qué equipos de trabajo, instalaciones o dependencias relacionadas con la SSLD requieren de actividades de mantenimiento o inspección y con qué periodicidad, con el fin de asegurar su buen funcionamiento y rendimiento o Procedimientos específicos que expliquen cómo llevar a cabo el mantenimiento de instalaciones (prevención de legionella en la red de agua, calderas, compresores, etc.), de una manera práctica o Procedimientos para llevar a cabo la limpieza de las diferentes áreas 4 - HERRAMIENTAS DE GESTIÓN Los modelos que establecen las normas internacionales ISO para desarrollar sistemas para la gestión de la calidad, la gestión ambiental o el estándar OHSAS, para la gestión de la seguridad y salud laboral, parten de la utilización de una serie de herramientas de gestión comunes que se integran en el ciclo PDA de mejora continua. Dichas herramientas, constituyen una serie de instrumentos cuya finalidad es prestar el soporte necesario a la Organización para lograr los compromisos establecidos en su Política de SSLD. Así por ejemplo, hablamos de herramientas para la gestión de la documentación, para asegurar la competencia y sensibilización del personal, para la gestión de las comunicaciones con las partes interesadas, internas o externas a la Organización, o bien de herramientas para la mejora, a través de la gestión de las no conformidades, acciones correctivas o preventivas y las auditorías internas. Todas estas herramientas complementan a aquellas específicas que deberán desarrollarse para el control de los procesos o actividades y para el seguimiento de los mismos. En capítulos posteriores explicaremos estas herramientas específicas de control operacional y seguimiento y medición, así como la diferencia entre ambas. 17
  • 18. 4.1 - CONTROL DE DOCUMENTACIÓN Y REGISTROS 4.1.1 - DOCUMENTOS DEL SISTEMA DE SSLD De acuerdo al modelo OHSAS 18001, el sistema de gestión debe documentar al menos: o La Política, los objetivos y las metas de SSLD. o La descripción del alcance del sistema de gestión. Esto significa describir, las actividades a las cuales es aplicable el sistema de gestión y él o los emplazamientos donde dichas actividades tienen lugar. o La descripción de los elementos principales del sistema de gestión de SSLD y su interacción, y las referencias a los documentos relacionados. o Los procedimientos generales y registros requeridos en los diferentes apartados de la norma. En el capítulo 6 se incluye un listado de los procedimientos, documentos y registros que requiere el estándar OHSAS 18001. o Los procedimientos de control operacional y de seguimiento y medición y los registros asociados que el propio centro educativo determine que son necesarios para asegurar la eficacia de la planificación, operación y control de los procesos que están relacionados con los riesgos laborales más significativos. En el capitulo 6 se incluye una lista con los documentos que pueden ser necesarios en un centro educativo para el control y seguimiento de los riesgos laborales, y de los registros que requiere el estándar OHSAS 18001. Aunque el estándar OHSAS 18001 no establece de manera específica la necesidad de desarrollar un Manual de Gestión de la SSLD, tal como requiere la norma ISO 9001, es habitual elaborar este documento general para describir el alcance del sistema de gestión, así como los elementos, documentos y procedimientos que forman parte de del mismo. El objetivo sería contar con una especie de “mapa” del Sistema que aclare las actividades que se encuentran cubiertas por dicho sistema de gestión y nos guíe acerca de la aplicación de los documentos que lo constituyen. La descripción del alcance del sistema de gestión debería indicar las actividades de impartición de formación que se desarrollan en el centro educativo, para cada uno de los ciclos formativos y cada una de las familias profesionales que están representadas en el centro. Por ejemplo, en el caso concreto de un instituto de enseñanza secundaria, el alcance del sistema de gestión de SSLD podría ser la “impartición de la formación” en: o Ciclo formativo Grado Medio (Comercio, Equipos electrónicos de consumo, Montaje y mantenimiento de instalaciones de frío, climatización y producción de calor) o Ciclo Formativo Grado Superior: (Administración y finanzas, Gestión comercial y marketing; Comercio internacional; Sistemas de comunicaciones informáticas; Desarrollo de productos electrónicos; Dietética; Prótesis dentales; Higiene bucodental; Audioprótesis) Así mismo, esta descripción deberá especificar la ubicación o dirección del centro y/o emplazamientos donde tienen lugar estas actividades que se desarrollan de acuerdo con los criterios y procedimientos establecidos en el sistema de gestión. El Manual de Gestión de SSLD, tal como lo hemos descrito, incluirá una presentación de la organización, la política de SSLD y una referencia a todos los procedimientos y documentos que constituyen el sistema de gestión para dar respuesta a cada uno de los requisitos del modelo OHSAS 18001. El Sistema de Gestión de SSLD se apoya, además de en un Manual y en una serie de procedimientos que describen los 18
  • 19. criterios aplicables a los diferentes proceso y actividades, en un tipo especial de documentos, denominados registros, que permiten demostrar el cumplimiento de los requisitos especificados en los procedimientos, los requisitos legales aplicables u otra documentación de referencia aplicable al sistema de gestión de SSLD. Por ejemplo, un registro de la correcta revisión de los equipos contra incendio del centro, pueden ser los albaranes o partes de trabajo elaborados por la empresa autorizada encargada del mantenimiento anual de las instalaciones contra incendio En capitulo 6 se indican ejemplos de los registros que pueden generarse en el contexto de la gestión de SSLD. Es importante señalar que, además de los procedimientos, documentos y registros generados por la propia organización, existe también documentación de origen externo que incluye requisitos de aplicación que deben ser considerados en el sistema de gestión de SSLD. Tal es el caso, de la legislación o normativa aplicable, o por ejemplo, manuales de buenas prácticas sectoriales, convenios de colaboración con otras organizaciones, que incluyan requisitos que el centro educativo suscriba voluntariamente. 4.1.2 - CONTROL DE LA DOCUMENTACIÓN Y DE LOS REGISTROS De acuerdo a lo indicado en el modelo de referencia OHSAS 18001, el centro educativo deberá controlar toda la documentación y registros que constituyan su sistema de gestión de SSLD. Para ello, deberá elaborar procedimientos que determinen los criterios y responsabilidades para: o Revisar los documentos respecto a su adecuación y aprobarlos formalmente antes de su emisión. o Revisar y actualizar los documentos cuando sea necesario, y aprobarlos nuevamente cuando sean modificados. o Asegurar la identificación de los cambios en los documentos y el estado de revisión de los mismos que está vigente en cada momento. o Asegurar que las versiones vigentes de los documentos aplicables están disponibles en los puntos de uso. o Asegurar que los documentos aplicables permanecen legibles y fácilmente identificables. o Asegurar que se identifican los documentos de origen externo que el centro educativo ha determinado que 19 incluyen requisitos o criterios aplicables al sistema de gestión, y que se controla su distribución. o Prevenir el uso no intencionado de los documentos obsoletos e identificarlos como tal en caso de que se deseen conservarlos por cualquier razón. Según esto, el procedimiento de control de documentos y registros deberá indicar: o Quién es responsable dentro del centro educativo de revisar y aprobar para su uso cada tipo de documento (Política, Objetivos, metas y programas, planes de mantenimiento, planes de formación o sensibilización, procedimientos de gestión y operativos, planes de emergencia, etc.) o La sistemática a seguir para identificar los documentos y controlar su distribución a las personas que deban aplicarlos, o La sistemática para asegurar la retirada de documentos obsoletos que puedan llevar a confusión y los criterios para asegurar la conservación de los documentos de manera que puedan ser utilizados cuando sea necesario consultarlos. El control de la documentación puede llevarse a cabo de manera sencilla, identificando los
  • 20. que son aplicables mediante Listas de Control de Documentos, en la que figuren la fecha de aprobación y la edición vigente aplicable del mismo, su ubicación o lugar de archivo y las personas a las que debe distribuirse. La propia Lista de Control de Documentos debe someterse a los criterios de control de documentación antes mencionados. La distribución de la documentación puede hacerse mediante copias en papel, pero con el uso cada vez más extendido de las tecnologías de información y comunicación cada vez es más frecuente gestionar los de documentos por medios informáticos, y comunicar los cambios a los afectados por correo electrónico. En este caso, debe asegurarse que todos los afectados por cada documento tienen acceso al sistema informático. Un sistema de gestión documental informático deberá considerar la realización periódica de copias de seguridad, para evitar una posible pérdida de información. La documentación de origen externo que sea aplicable a la gestión de la SSLD del centro educativo, debe ser sometida a los mismos controles ya expuestos. Tal es el caso de la legislación aplicable en materia de SSLD. En este caso, la organización debe determinar cómo aplica a sus riesgos laborales y en función de ello, aprobarla para su uso y distribuirla a las personas responsables de llevar a cabo las revisiones oportunas en los procesos y procedimientos para asegurar su cumplimiento. Para el caso de los registros, que son documentos que muestran el resultado de una actividad en un momento concreto, también deben definirse mediante un procedimiento los criterios a seguir para identificarlos, almacenarlos, protegerlos y garantizar su recuperación, de manera que siempre permanezca legibles, identificables y trazables. Esto último significa que el registro debe contener la información necesaria que permita reconstruir la historia del resultado que contiene. Es frecuente confundir el concepto “registro” con el propio formato que se diseñe para recopilar los resultados, en aquellos casos en los que no viene determinado legalmente. Los formatos, son documentos tipo o plantillas que se diseñan para la recogida de datos o registros, y que como documentos que son, deben someterse a los criterios de control de documentos anteriormente expuestos. El formato o plantilla, una vez que contiene los resultados o datos, es un registro y por tanto ya no está sometido a revisiones, aprobaciones y control de ediciones, sino a los criterios expuestos para el control de los registros. En todo caso, se debe especificar el periodo de retención o conservación de todos los registros del sistema de SSLD. Hay que considerar que algunos de estos registros derivan de la aplicación de la legislación en vigor y ésta establece un periodo mínimo de conservación. Para el resto de registros, será el centro educativo el que deberá determinar el periodo mínimo de conservación. Dicho periodo podrá estar condicionado por los criterios del organismo certificador que puede exigir que al menos se conserven durante el periodo de vigencia del certificado. 20
  • 21. 4.2 - COMPETENCIA, FORMACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN El centro educativo debe de asegurar que cualquier persona que trabaje para él y que realice actividades o tareas que puedan causar impactos significativos en la SSLD sea competente en términos de educación (formación reglada), formación o experiencia adecuada. El centro educativo debe identificar las necesidades de formación relacionadas con los riesgos laborales y el sistema de gestión. Esta identificación de necesidades de formación se deberá realizar para cada puesto de trabajo cuyas funciones afecten a la gestión del sistema de SSLD. Puesto que todos los trabajadores del centro educativo estarán expuestos a riesgos laborales, siempre será necesaria una formación mínima general en materia de SSLD, dirigida a dar a conocer los riesgos laborales propios de cada actividad y los procedimientos para su control. La formación de carácter general dirigida a los trabajadores del centro educativo puede impartirse internamente, por ejemplo aprovechando las reuniones rutinarias (reuniones de departamento, reuniones de coordinación pedagógica, claustros, etc.), a las que puede dedicarse un cierto tiempo para la difusión de los procedimientos de de SSLD y aclarar los criterios de actuación para prevenir o controlar los riesgos laborales. Es importante recordar que hay trabajadores no docentes que también requieren de formación en materia preventiva. La manera de extender a los alumnos (usuarios) la formación necesaria para controlar los riesgos derivados de las actividades del centro educativo tendrá lugar de manera transversal en todas las asignaturas. En el caso concreto de la formación profesional, y dado que cada familia profesional lleva aparejados unos riesgos laborales específicos, la formación necesaria para controlarlos estará asociada a la propia enseñanza impartida en las aulas. Así por ejemplo, supongamos la familia profesional “Electricidad”, que se caracteriza por la exposición al riesgo de contacto eléctrico. La actividad educativa dirigida al alumnado 21 proporcionará la formación necesaria acerca de los criterios preventivos a adoptar a la hora de ejecutar trabajos en instalaciones eléctricas. Además de esta formación de carácter general para todos los trabajadores y usuarios del centro, debe determinarse, para las funciones y puestos de trabajo que lo requieran, la formación necesaria para la planificación, desarrollo, implantación y seguimiento del sistema de gestión de SSLD. Será necesario definir la formación específica que requiere el coordinador de SSLD o representante de la dirección en el sistema de gestión de SSLD, los auditores internos, el personal responsable de instalaciones e infraestructuras, etc. La persona designada por la Dirección del Centro para coordinar internamente el sistema de gestión de SSLD, es deseable que tenga no sólo conocimientos sobre los requisitos del estándar OHSAS 18001, también formación de PRL de carácter general, que le ayude a gestionar la evaluación de riesgos laborales con el órgano competente, así como la planificación y seguimiento de la actividad preventiva. Igualmente es deseable que la persona que se vaya a responsabilizar de la identificación y determinación de los requisitos legales tenga conocimiento y formación, al menos general, sobre la legislación que en materia de SSLD afecta a las actividades e instalaciones del centro educativo. Lógicamente, esta formación genérica siempre podrá estar apoyada por los conocimientos más técnicos que aporten los docentes de cada ciclo formativo acerca de la legislación específica de seguridad industrial que pueda ser de aplicación y esté relacionada con los riesgos específicos de su familia profesional Para los auditores internos la formación mínima necesaria tendrá que ir dirigida a adquirir conocimientos tanto de los requisitos del estándar OHSAS 18001 como de técnicas de auditoría. Es recomendable no sólo formación teórica sobre estos aspectos, también formación práctica, por ejemplo participando en auditorías primero como observador y luego como auditor en prácticas acompañando a otro auditor con experiencia.
  • 22. Una vez identificadas las necesidades de formación para cada puesto de trabajo o funciones que estén relacionadas con los riesgos laborales significativos o tengan responsabilidades en el sistema de gestión, el centro educativo deberá planificar y llevar a cabo las acciones necesarias para satisfacer estas necesidades de formación. Para satisfacer estas necesidades de formación se puede recurrir tanto a formación de carácter interno, como ya hemos comentado, como a la formación que puedan proporcionar las propias instituciones en el marco de los programas de formación del personal de las Administraciones Públicas. Para asegurar que las necesidades de formación detectadas se cubren de manera adecuada, se deben planificar las acciones formativas necesarias, incorporándose al proyecto de gestión del Plan de Centro. Se deben mantener registros tanto de la formación y acciones que se hayan emprendido para satisfacer las necesidades detectadas. Estas evidencias las puede proporcionar, por ejemplo, los certificados de asistencia a cursos, la lista de asistentes a una formación de carácter interno, etc. Es oportuno aclarar que en aquellas ocasiones que deba recurrirse a personal o empresas externas para la realización de actividades que puedan estar relacionadas con la SSLD, tales como mantenimiento, revisiones o inspecciones de instalaciones (contra incendio, depósitos de almacenamiento de combustible o de productos químicos, red de agua o depósitos con riesgo de proliferación de Legionella, instalaciones eléctricas de baja o alta tensión y centros de transformación, etc.), deberán comprobarse los registros relativos a la autorización o registro de la empresa para dichas actividades y de la cualificación del personal que interviene en las mismas, de acuerdo a lo que esté regulado legalmente para esa actividad. OHSAS 18001 establece como requisito la necesidad de evaluar la eficacia de las acciones formativas que se han llevado a cabo en el marco de la gestión de SSLD. Esta es una información que debiera considerarse y sistematizarse para valorar la necesidad de reforzar la formación impartida en caso de que no se consigan los objetivos previstos. Los procedimientos para evaluar la eficacia de las acciones formativas podrán ser los mismos que se hayan podido establecer para valorar aquellas que tengan que ver con la calidad, si es el caso de un centro que tenga implantado un sistemas de gestión de acuerdo al modelo ISO 9001. En todo caso, para valorar la eficacia de las acciones formativas habría que: o Definir cuál es el objetivo de la acción formativa o Establecer quién, como y cuando se va a valorar el cumplimiento del objetivo que se haya propuesto para dicha formación Supongamos una acción formativa dirigida a todo el personal docente y de administración y servicios del centro acerca de los procedimientos de emergencia (planes de autoprotección) implantados para asegurarla correcta evacuación del centro educativo en caso de una situación de riesgo general (por ejemplo, incendio). El objetivo de la acción iría encaminado, en primer lugar, a que se cumplan los criterios de actuación que se hayan establecido en los procedimientos (desconexión de energía eléctrica, cierre de puertas y ventanas, uso de vías de evacuación, etc.) y en consecuencia asegurar la seguridad y salud de los trabajadores y usuarios del centro educativo en una situación de emergencia. Por tanto, el cumplimiento del objetivo de la acción formativa se podría valorar mediante el análisis del resultado del simulacro de evacuación a realizar periódicamente en el centro. En caso de detectar incumplimientos graves o bien un resultado negativo en el simulacro, podríamos concluir que la acción formativa no ha sido eficaz y que será necesario llevar a cabo nuevas acciones. Los procedimientos para conseguir la concienciación y sensibilización de todo personal pueden ser muy variados: o Notas informativas, al inicio y durante el curso, dirigidas al profesorado como al personal de administración y servicios 22
  • 23. que resuman actuaciones preventivas relacionadas con sus actividades. o Tratar en los Claustros información acerca del sistema de gestión de SSLD que pueda afectar al personal docente o Elaboración de trípticos informativos y cartelería para recordar criterios preventivos en las actividades. Merece la pena señalar que, por lo general, los órganos de la Administración Pública con competencias en materia de SST disponen de abundante material divulgativo y didáctico. o Incluir información sobre la gestión de SSLD en la intranet, en pantallas informativas si se dispone de ellas, o bien en tablones de anuncios ubicados en salas de profesores, secretaría y en otras zonas comunes del centro. Para la sensibilización y concienciación de los alumnos acerca de la importancia de su comportamiento para la seguridad y salud del centro se podrán aprovechar las actividades que de manera transversal se hayan planificado para trabajar objetivos de educación en SST que puedan existir para cada ciclo y desarrollar otras que apoyen a éstas. A modo de ejemplo se indican algunas acciones que pueden resultar útiles: o Realización de conferencias y charlas para acercar al alumno la Prevención de Riesgos Laborales o Realización de concursos, cartelería, murales, etc. sobre diversas temáticas relacionadas con seguridad y salud en el trabajo Con el fin de cumplir los compromisos establecidos en la Política y Objetivo de SSLD, además de la citada formación dirigida a los trabajadores propios del centro y sus usuarios, es necesario asegurar la del personal externo que trabaja en o para el centro educativo: empresas concesionarias de los diferentes servicios de cafetería, reprografía, transporte escolar, etc; asunto que se tratará en el capítulo siguiente “Control de las operaciones”. 4.3 - COMUNICACIONES CON LAS PARTES INTERESADAS El centro educativo debe desarrollar uno o varios procedimientos para la comunicación con las partes interesadas (internas y externa), en relación con la SSLD y el sistema de gestión implantado. En este contexto, el centro tendrá que identificar quiénes son las partes interesadas en su gestión de SSLD. Entre otras, estarán los propios trabajadores del centro (docentes, personal de administración y servicios), alumnos, padres y madres, proveedores, así como otras administraciones o instituciones públicas. La sistemática de comunicación que se establezca deberá asegurar: o la comunicación interna entre los diferentes niveles y funciones del Centro en relación con la gestión de la SSLD. o los canales para recibir, documentar y responder a las comunicaciones pertinentes que provengan del exterior. Por comunicaciones 23 pertinentes podría entenderse cualquier solicitud de información que esté relacionada con SST del Centro, sea cual sea la forma en que esta tenga lugar (por escrito, verbal, etc.) y tenga el origen que tenga (madres y padres, otras administraciones, otros centros). Los procedimientos que se desarrollen para la comunicación interna y externa deberán responder a las siguientes cuestiones: o Cómo se va a comunicar la política y los objetivos a todos los niveles involucrados en su consecución o Cómo se va a informar sobre los resultados del desempeño del Sistema de Gestión de la SSLD o Cómo se van a comunicar los resultados de las auditorías y revisiones del sistema de gestión a las personas implicadas o Cómo se va a comunicar por parte de la Dirección cualquier información que se entienda necesaria o conveniente acerca de la gestión de SSLD del Centro al resto de trabajadores o partes interesadas externas
  • 24. o Qué canales se van a establecer para recibir y responder a las preocupaciones, sugerencias o solicitud de información de las partes interesadas internas o externas, relativas a la SSLD carteles distribuidos por las instalaciones, o bien a través de puntos de información audiovisuales en el propio centro, a través de la intranet corporativa o de la página Web, si se dispone de dichas herramientas. Algunos medios que se pueden considerar para las comunicaciones internas o externas con las partes interesadas son las siguientes: Para asegurar que aquella información que surja en el día a día y que pueda servir para aclarar criterios, comunicar cambios de operativas o de requisitos relacionadas con la gestión de la SSLD, la Dirección podrá decidir por ejemplo si ponerlas en conocimiento del personal afectado convocando reuniones específicas o bien es suficiente con enviar circulares internas. a) CONSEJO ESCOLAR Es el órgano en el que se encuentran representadas todas las partes interesadas del centro educativo, esto es, equipo directivo, profesorado, Asociación de Madres y Padres, Personal de Administración y Servicios, alumnos, Ayuntamiento, asociaciones empresariales, etc. En este foro se podrían difundir los compromisos con la SST adoptados por el sistema de gestión, en tanto que éste debiera formar parte del Plan de Centro, que debe ser aprobado por este órgano. Es aquí donde puede podría recogerse de manera sistemática cualquier sugerencia, preocupación o necesidad de información acerca de la de SSLD del centro. b) REUNIONES INFORMATIVAS Y CIRCULARES Mediante reuniones periódicas, notas o circulares internas, según corresponda, se puede dar a conocer la política, los objetivos, la planificación de la actividad preventiva y toda aquella información relacionada con la evolución del sistema de gestión de SSLD a todas las partes interesadas internas. Estas comunicaciones podrían tener lugar siempre que la Dirección del Centro lo considerase oportuno y en cualquier caso, tras las revisiones del sistema por la Dirección y las auditorías, con el fin de comunicar los resultados relevantes y otras decisiones de carácter general derivadas de dichas actividades. Con el fin de facilitar la difusión de la Política de SSLD a todo el personal que trabaje en o para el centro, a los usuarios del mismo y en general a todas las partes interesadas, ésta puede exponerse de forma permanente en c) BUZÓN DE SUGERENCIAS Para recoger las inquietudes del personal en lo referente a la SSLD, se puede instalar un “buzón de sugerencias” accesible a todo el personal para que pueda dejar por escrito sus sugerencias, opiniones o preguntas al respecto. Esta información deberá ser analizada por el equipo directivo del centro, y decidir si contestar de forma particular al interesado, o bien darla a conocer al personal que considere oportuno a través de circulares o tablón de anuncios, según proceda. De igual modo, deberá ser tenida en cuenta por la Dirección para la gestión del sistema. El Centro también puede plantearse como medio para favorecer el diálogo con las partes interesadas establecer un “buzón de sugerencias electrónico” a través de la página Web, que esté accesible a cualquier interesado en la gestión de SSLD del centro. En cualquier caso, y sean cuales sean los medios utilizados para la comunicación interna y externa, deben registrarse dichas comunicaciones y establecer los procedimientos para responder. En lo referente a las comunicaciones de origen externo, lo recomendable será que la Dirección junto con el Coordinador del sistema de SSLD se encarguen de recibir, analizar y gestionar la respuesta oportuna a los requerimientos que se puedan producir, manteniendo registro de las comunicaciones recibidas y realizadas. 24
  • 25. 4.4 - GESTIÓN DE NO CONFORMIDADES, ACCIONES CORRECTIVAS Y PREVENTIVAS En el contexto de un sistema de gestión de SSLD se produce una no conformidad cuando tiene lugar el incumplimiento de un requisito, que puede estar establecido en la propia OHSAS 18001, en los procedimientos que el centro haya desarrollado para cumplir con los compromisos establecidos en su política o en cualquier otra documentación de referencia que sea aplicable (legislación, compromisos suscritos, etc.). Las no conformidades podrán generarse como consecuencia de: o Incidentes: sucesos inesperados e indeseados susceptibles de causar daño a las personas o Incumplimientos de la legislación, reglamentación y otros compromisos con la SSLD adquiridos por el centro educativo o Desviaciones de los procedimientos, de los procesos y demás requisitos establecidos en el sistema de gestión de la SSLD. o Auditorías del Sistema de Gestión Si bien puede ser importante la labor del Coordinador o del responsable del sistema de SSLD para impulsar la detección de no conformidades, no es una labor exclusiva de éste y hay que potenciar la participación de todo el personal, en especial de aquel que tiene responsabilidad sobre las diferentes actividades que están relacionadas con riesgos laborales significativos. De la misma manera, aunque las auditorías son una herramienta que persigue detectar posibles situaciones no conformes, no debería ser el único contexto en el se detectasen. Debería potenciarse la participación del personal en la identificación de estas posibles situaciones a partir del seguimiento rutinario del control de los riesgos laborales según los procedimientos que se hayan establecido. De acuerdo al planteamiento expuesto, el centro educativo debe establecer, implantar y mantener un procedimiento para tratar las no conformidades reales o potenciales y para tomar acciones correctivas y acciones preventivas. El 25 procedimiento debe definir requisitos para: a) Identificar y corregir las no conformidades, tomando acciones para mitigar los impactos en la seguridad y salud de los trabajadores y usuarios b) investigar las no conformidades, determinando sus causas c) evaluar la necesidad de acciones para prevenir eliminar las causas y llevar a cabo las acciones apropiadas definidas para prevenir que vuelva a ocurrir la no conformidad d) registrar y comunicar los resultados de las acciones preventivas y acciones correctivas tomadas a los trabajadores afectados e) revisar la eficacia de las acciones correctivas y de las acciones preventivas tomadas Las acciones que se realicen deben ser apropiadas a la magnitud de las no conformidades que se pretenden corregir. Como consecuencia de un incidente, la investigación incluirá siempre la revisión de la Evaluación de Riesgos Laborales, con el fin de asegurar que la situación que originó el incidente se encuentra correctamente evaluada en dicho documento. EJEMPLO Supongamos que un docente sufre el impacto en un ojo el impacto de una viruta metálica proyectada por un taladro vertical en el taller de automoción. En un primer momento el accidentado será atendido por personal sanitario para paliar o minimizar el daño sufrido. A continuación se comprobará si el taladro vertical carece de las protecciones necesarias, en cuyo caso será señalizada la prohibición de uso hasta su corrección. Posteriormente, la organización debe investigar el suceso, intentando llegar a las causas últimas. En este sentido cabría preguntarse: ¿En qué circunstancias se produjo el incidente? ¿Carecía el taladro de las protecciones indicadas
  • 26. para evitar la proyección de partículas? ¿Por qué? ¿Estaba señalizado dicho riesgo? ¿Portaba el trabajador el equipo de protección necesario: gafas? ¿Había sido informado el trabajador sobre los riesgos de su actividad? la acción correctiva deberá ir enfocada a suplir la falta de formación sobre los procedimientos aplicables y en el otro enfocada hacía el logro de una mayor sensibilización y compromiso del personal. En relación con la carencia de A partir de ahí podríamos protección en el taladro, la establecer la/s causa/s acción correctiva tendría y por tanto tomar que ir dirigida a una acciones correctivas, revisión de los equipos que serían aquellas de trabajo con el objeto encaminadas a de asegurar que no Todos los incidentes deben ser investigaeliminar dicha/s hay carencias en otros dos (sus causas) y tratados (mediante causa/s, con el fin de equipos de trabajo y acciones correctivas), aunque no se impedir que se repita establecer medidas para haya producido daño la revisión periódica de el incidente. personal alguno. los mismos. Imaginemos que las Como puede verse en el respuestas a las preguntas ejemplo expuesto en todo caso anteriores son, por una parte, que el taladro vertical carecía el espíritu de esta herramienta de protección contra proyección es preventivo, y el objeto es evitar que de partículas, y por otra que el trabajador dichas situaciones y sus consecuencias vuelvan no portaba en ese momento las gafas de a suceder. protección. Cabría seguir investigando si se había transmitido y formado al personal afectado En el capitulo 6 se presenta un ejemplo sobre los riesgos presentes en su actividad de procedimiento para la gestión de no acciones correctivas y o bien pudiera deberse a un caso puntual de conformidades, falta de concienciación sobre la importancia de preventivas, así un ejemplo del formato que cumplir las medidas preventivas. En un caso, podría utilizarse para registrarlas. IMPORTANTE 4.5 - AUDITORÍA INTERNA Una auditoría es un proceso sistemático, independiente y documentado cuya finalidad es obtener evidencias y evaluarlas objetivamente a fin de determinar si las actividades y los resultados del sistema satisfacen el grado en que se cumplen los criterios acordados. El centro educativo debe de realizar auditorías internas del sistema de gestión a intervalos planificados, con el fin de: a) determinar si el sistema es conforme con los requisitos de la norma de referencia y las disposiciones planificadas b) se ha implantado adecuadamente y se mantiene c) es eficaz para cumplir con la política y los objetivos Para ello las auditorías internas relativas a la SSLD son planificadas por el equipo directivo, en función de la naturaleza e importancia de la actividad sometida a auditoría, los resultados de auditorías previas y los resultados de las evaluaciones de riesgos laborales. Con carácter general se realiza una anualmente, con antelación a la auditoría del organismo de certificación, si existe tal certificación. La auditoría interna alcanza a todos los procesos, actividades y Departamentos implicados en el Sistema de SSLD. El equipo auditor designado y cualificado conforme a los requisitos determinados según el capítulo 4.2 (Competencia y formación), elaborará el Programa de Auditoría con antelación suficiente al desarrollo de la misma, que incluye la fecha de realización, el equipo auditor, la metodología y los Departamentos y responsables que van a ser auditados. Dicho Programa será revisado y aprobado por 26
  • 27. Dirección y distribuido a los departamentos y funciones afectados. Para la ejecución de la auditoría se podrán emplear listas de comprobación tales como las que se presentan a modo de ejemplo en el capitulo 6. Como resultado de la auditoría, el equipo auditor elaborará un informe para registrar los resultados de la misma. El informe es transmitido al equipo directivo y a los responsables involucrados. Estos Responsables llevarán a cabo las acciones correctivas de las deficiencias detectadas durante la auditoría siguiendo los criterios definidos en el capítulo anterior (4.4). Las auditorías internas serán realizadas por personal, interno o externo, independiente de aquél que tenga responsabilidad directa sobre la actividad que se esté auditando. 4.6 - REVISIÓN POR DIRECCIÓN Generalidades El centro educativo debe de realizar revisiones de su sistema de gestión por la Dirección para asegurar su continua consistencia, adecuación y eficiencia. La revisión evalúa la necesidad de realizar cambios en el sistema de SSLD del Centro Educativo, incluyendo la política, objetivos y otros elementos del sistema de SSLD a la vista de la información siguiente: Información de entrada para la revisión Estas revisiones incluyen, como información de entrada, el funcionamiento actual y las oportunidades de mejora asociadas a: a) Los resultados de las auditorías internas del Sistema de Gestión y evaluaciones de cumplimiento con los requisitos legales y otros requisitos. b) La efectividad del sistema en cuanto a alcanzar los Objetivos y metas establecidos. c) el seguimiento de la eficacia de los controles (tanto para la salud como para la seguridad). A la vista de los resultados de las revisiones hechas con las listas de comprobación, los reconocimientos médicos y los datos de siniestralidad laboral se analizarán si los controles son eficaces o se requieren acciones correctivas d) Evaluación del cumplimiento con los requisitos legales y otros requisitos a los que la organización se suscriba y, si procede, puesta al día del Sistema, teniendo en cuenta los cambios en la normativa y en la reglamentación. 27 e) La evaluación de las circunstancias externas que pudieran justificar la puesta al día del sistema de gestión p.e., nuevas tecnologías o condiciones legales, sociales o de SSLD. f) Análisis de las no conformidades y los incidentes laborales. El uso de fuentes de información adecuadas para detectar, analizar y examinar las causas potenciales de las no conformidades y las acciones correctivas y preventivas adoptadas, así como su eficacia. g) El examen de las quejas o preocupaciones de SSLD de las partes interesadas, con el fin de iniciar las medidas correctoras o de mejoras oportunas h) Actualización de la identificación y evaluación de riesgos laborales: la actualización de peligros y riesgos y el control operacional aplicable i) Seguimiento de las acciones derivadas de las revisiones por la dirección anteriores j) Recomendaciones para la mejora Resultados de la revisión Como consecuencia de esta revisión se establecen las acciones asociadas a: • Mejora del sistema de SSLD • Necesidades de recursos Todas estas acciones se registran en el acta de reunión y se trasladarán si procede a la Planificación de la Actividad Preventiva o la planificación de los objetivos y metas para el siguiente ciclo de mejora.
  • 28. 5 - CONTROL DE LAS OPERACIONES Mediante la evaluación de riesgos laborales son identificadas aquellas operaciones y actividades asociadas a riesgos para los cuales deben de implantarse medidas de control. El conjunto de medidas tomadas para llevar a cabo la actividad laboral en condiciones seguras es lo que podemos denominar “Control de las Operaciones” o “Control Operacional”, tal y como lo denomina el estándar OHSAS 18001. Estos controles se clasifican de la siguiente forma: a) controles relacionados con las actividades b) controles relacionados con los bienes, equipos e instalaciones c) controles relacionados con contratistas y otros visitantes al lugar de trabajo d) criterios y procedimientos documentados de trabajo e) preparación y respuesta ante emergencias a) Controles actividades relacionados con Incluyen: • • Las medidas encaminadas a reducir los riesgos propios de las máquinas empleadas en la actividad docente, los lugares de trabajo donde discurre, así como las instalaciones del centro educativo. Dirigidas a: • • Asegurar la existencia de dispositivos de protección del usuario Evitar disfunciones que supongan riesgos para los usuarios 1. En lo concerniente a equipos y máquinas de trabajo: se verificará su certificación de marcado CE. En caso de existir equipos o máquinas sin dicho marcado CE se requerirá que un técnico competente en materia de Prevención de Riesgos Laborales certifique su adecuación a la legislación aplicable concerniente a la seguridad de los equipos y máquinas de trabajo. las Son las medidas preventivas dirigidas a minimizar los riesgos de la actividad laboral propiamente dicha. Son identificadas en la Evaluación de Riesgos Laborales y, por lo general, se describen relacionándolas con cada puesto de trabajo. • b) Controles relacionados con los bienes, equipos e instalaciones El uso de Equipos de Protección Individual (EPI). Ejemplos: guantes, gafas protectoras, protección acústica (orejeras o tapones), calzado reforzado, mascarillas de protección respiratoria, etc. Empleo de Equipos de Protección Colectiva. Ejemplos: sistema de extracción de elementos nocivos (p.ej. humos de soldadura) o recubrimientos con material absorbente de ruido. Empleo de herramientas adecuadas. Ejemplos: útiles de manipulación (familia profesional madera) o pipetas con regulación automática de volumen (laboratorio de química). Puede encontrarse el marcado CE en la placa de características del equipo/máquina de trabajo 2. Instalaciones Se requiere el diseño de un Plan de Mantenimiento que recoja las revisiones e inspecciones a realizar, su periodicidad y sus responsables. Será necesario conservar evidencias de la correcta aplicación del Plan de Mantenimiento: informes de inspección, partes de mantenimiento, etc. Aunque probablemente el Plan de Mantenimiento recoja acciones que puede realizar el centro educativo por sus propios medios, en muchas ocasiones se necesitará contar con instaladores autorizados (mantenimiento) o con Organismos de Control Autorizados (inspección). Los Organismos de Control autorizados son empresas colaboradoras de la Administración, acreditados para inspeccionar el cumplimiento 28
  • 29. de las exigencias reglamentarias en materia de seguridad industrial. Sus funciones están encaminadas a verificar que las instalaciones, productos y equipos industriales cumplen las condiciones de seguridad fijadas en los Reglamentos Técnicos (requisitos legales aplicables). Ejemplos de instalaciones que requieren mantenimiento y/o inspección por OCA: • Instalaciones eléctricas: baja tensión y media / alta tensión • Aparatos de presión: calderas, compresores, etc. • Instalaciones contraincendios • Aparatos elevadores • Almacenamiento de productos químicos • Almacenamiento de productos petrolíferos • Aire acondicionado, depósitos de agua y otros sistemas susceptibles de generar focos de Legionella 2. Requerimiento al contratista de la información suficiente que asegure su cumplimiento con la legislación en materia de PRL: si cuenta con servicio de prevención, si ha informado y formado a sus trabajadores, si ha realizado su evaluación de riesgos laborales, etc. En el capitulo 6 se anexa un ejemplo de modelo a cumplimentar por la empresa contratista para la coordinación de las actividades empresariales. 3. Visitantes y usuarios: el centro docente debe de contar con señalización suficiente respecto vías de evacuación, sistemas contra incendios o riesgos relevantes. Ocasionalmente, se les facilitará a éstos información escrita. d) Criterios y procedimientos documentados de trabajo En educación pública se debe de tener en cuenta la responsabilidad que la Administración Educativa competente tiene en lo referente al correcto mantenimiento de las instalaciones. Pueden existir actividades cuyos riesgos se reducirían en el caso de que los trabajadores contaran con instrucciones escritas sobre cómo realizarlas, qué criterios de trabajo seguro y saludable seguir. En el capítulo 6 se anexa una guía práctica sobre los requisitos legales vigentes. En esos casos se deberá de facilitar a los trabajadores el acceso a dichos documentos. c) Controles relacionados con contratistas y otros visitantes al lugar de trabajo Ejemplos: En el Centro Educativo se cuenta con la presencia de empresas externas que le proveen de distintos tipos de servicios: pequeñas obras, mantenimiento, limpieza, etc. El centro educativo debe de Coordinar las Actividades con dichas empresas, con el fin de gestionar adecuadamente los riesgos que son generados por la actividad docente y, por otro lado, son propios de los trabajos que desempeñen los contratistas. La coordinación de actividades debe de incluir: 1. información a las empresas que desarrollen actividades en el centro educativo respecto los riesgos propios de las actividades del centro. Por ejemplo: información sobre las medidas de emergencia, el almacenamiento de productos peligrosos o la presencia de riesgos significativos (ruido, proyección de partículas, etc.) 29 -  Manuales de instrucciones de las máquinas y equipos de trabajo -  Fichas de seguridad de los productos peligrosos -  Instrucciones sobre actividades consideradas de riesgo, de acuerdo con lo expresado en la evaluación de riesgos laborales propia del centro docente. Se pueden citar algunos especialmente significativos como son: el trabajo con pantallas de visualización de datos (ordenadores) o el uso de la voz, quizás uno de los riesgos con mayor prevalencia en la labor educativa. e) Preparación y respuesta ante emergencias La evaluación de riesgos laborales identificará las situaciones de emergencia que se pueden producir ante un incidente. El ejemplo más habitual es el incendio.
  • 30. Con la finalidad de minimizar el impacto en la seguridad y la salud de las personas ante situaciones de emergencia, el centro docente debe de contar con un plan de emergencias (en algunos casos también se denomina como manual de autoprotección). • centro Planos de las vías de evacuación y de los sistemas contra incendios El Plan de emergencia debe de revisarse periódicamente para comprobar su adecuación. Asimismo, se deben de programar simulacros periódicos para evaluar la eficacia del plan de emerDefinición del gencias. Debe de quedar procedimiento a En el Plan de Mantenimiento constancia de dicho siseguir: activación se deben considerar los mulacro mediante un acta del plan, aviso a los requisitos legales aplicables que recoja las conclusiones servicios de emergencia, extraídas del simulacro y actuación de los equipos para las cuales se puedan plade intervención propios nificar las acciones correctivas del centro, etc. oportunas, indicando el tiempo de Designación de los miembros evacuación y las incidencias ocurridas. de los equipos de intervención del Contenido habitual del plan de emergencias: • • IMPORTANTE 6 - SEGUIMIENTO Y MEDICIÓN El centro educativo debe de realizar un seguimiento y medición regular del desempeño de la SSLD, a modo de inspecciones propias. Este seguimiento incluye: - el seguimiento de la consecución de los objetivos de SST definidos - el seguimiento de la eficacia de los controles (tanto para la salud como para la seguridad). Este seguimiento se realizará en la Revisión por la Dirección (véase capítulo 4.6 del presente Manual) - La determinación de medidas reactivas del desempeño ante deterioro de la salud, los incidentes y otras evidencias del incorrecto desempeño de la SST deficiente, mediante el análisis de sus causas y la determinación de las acciones correctivas necesarias. - las verificaciones cuantitativas apropiadas a las necesidades del centro, de acuerdo con lo que se establezca en la Evaluación de Riesgos Laborales. Ejemplos: mediciones de iluminación, ruido, exposición a contaminantes químicos, etc. En caso de educación pública, estas mediciones deben de ser realizadas por el órgano establecido por la autoridad administrativa competente. En caso de realizarse mediciones con equipos se requerirá el certificado de calibración de los mismos que asegure la fiabilidad de las mediciones. - verificaciones cualitativas: con el fin de verificar las prácticas preventivas establecidas para la protección de la seguridad y salud de los trabajadores, periódicamente se revisan mediante listas de comprobación las distintas áreas del Centro Educativo. (anexados ejemplos en el capitulo 6) Se debe supervisar el cumplimiento de las medidas preventivas y el correcto estado de las instalaciones y dispositivos relacionados con la protección de los trabajadores de acuerdo a lo recogido en las listas de comprobación elaboradas a tal efecto. En caso de detectarse alguna anomalía, se evaluará la no 30
  • 31. conformidad para su corrección, de acuerdo con lo indicado en el capítulo 4.4 del presente Manual. - de acuerdo con la legalidad vigente, debe de demostrarse la aptitud de las personas para el desempeño de su trabajo y que estas actividades no repercuten negativamente en su salud. Estas actividades se conocen como Vigilancia de la Salud (reconocimientos médicos apropiados a los riesgos laborales). Para su cumplimiento, el centro educativo coordinará con el Servicio 31 Médico competente las actividades de vigilancia de la salud de los trabajadores. Este servicio médico será el que la legislación designe para cada caso: educación pública o educación privada. Para ello se facilitará al servicio médico las evaluaciones de riesgos laborales asociados a cada puesto, de forma que puedan determinarse los protocolos de reconocimiento a aplicar, la frecuencia de los reconocimientos, así como las medidas que considere oportuno el servicio médico.
  • 32. 4. DIFICULTADES DURANTE EL PROCESO DE IMPLANTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN Y BENEFICIOS QUE APORTA AL CENTRO 32
  • 33. Para conocer las dificultades que pueden surgir durante el desarrollo e implantación del sistema de SSLD en los Institutos de Educación Secundaria, se envió a los centros certificados en Andalucía un cuestionario que revisa los diferentes requisitos que recoge el estándar OHSAS 18001. En el capítulo 7 se desglosa la información obtenida mediante dichos cuestionarios. Según esto, las siguientes: principales dificultades percibidas por los coordinadores de SSLD son las o Formación inicial insuficiente, que requiere de una mayor dedicación personal del coordinador y del equipo que participa en el desarrollo del sistema. o Dependencia de los órganos de la Administracion Publica legalmente competentes para realizar la evaluación de riesgos laborales y la vigilancia de la salud. o No tener centros de referencia con los que comparar resultados o compartir dudas. o Asignación de tiempo escaso a los coordinadores para el desarrollo de la documentación, procedimientos e implantación de los mismos. o Dificultades en la coordinación con el equipo de trabajo por incompatibilidad de horarios o Desconocimiento de la normativa de PRL y de seguridad industrial aplicable a las instalaciones y dificultades en su interpretación. o Dificultad en recopilar la documentación relativa a la legalización de instalaciones (calderas, depósitos de combustible, instalaciones eléctricas) debido a la antigüedad de las instalaciones, modificaciones o cambios de personal responsable. La documentación relativa a legalización de instalaciones en muchos casos no depende directamente del centro sino de un ente de gestión de infraestructuras de la Administración Pública, lo que dificulta la localización de dicha documentación. Esto implica en algunos casos tener que iniciar los trámites de nuevo, invirtiendo tiempo y recursos. o En algunos casos falta de colaboración del personal en la implantación de los procedimientos establecidos. Si bien con la implantación del sistema de gestión de SSLD también se perciben una serie de beneficios para el centro, entre los que destacan: o La progresiva concienciación de todo el personal docente y no docente (alumnos, personal de administración y servicios, proveedores y resto de comunidad educativa) sobre la importancia de la seguridad y salud laboral, en consonancia con los valores sobre los que se pretende educar. o La consecución de recursos económicos para hacer frente a las necesidades que inicialmente el sistema de gestión puede requerir: contratación de servicios de actualización legal, realización de inspecciones requeridas legalmente, adecuación de equipos de trabajo, mediciones higiénicas, etc. o Conocimiento y seguimiento permanente del cumplimiento de la legislación aplicable y del estado de legalización de las instalaciones o Mayor control sobre las condiciones de seguridad o Homogeneización de las pautas de actuación seguras y saludables o Programación de objetivos específicos para la minimización de los riesgos laborales significativos 33
  • 34. 5. PROCESO DE CERTIFICACIÓN
  • 35. Como se ha expuesto en el capítulo 2, un sistema de gestión de SSLD conforme a los requisitos del estándar OHSAS 18001 es certificable por una tercera parte independiente, u organismo certificador. En la página WEB de la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) pueden consultarse los organismos de certificación que están acreditados para la certificación de sistemas de gestión de seguridad y salud en el trabajo en España. Aunque puede haber diferencias entre diferentes organismos certificadores normalmente el proceso de certificación se resume en lo siguiente: o El periodo de vigencia del certificado tiene una validez de 3 años a partir de la concesión del certificado inicial, y puede ser renovado por periodos de igual duración. o Para poder obtener el certificado, el organismo certificador llevará a cabo una auditoría inicial para comprobar la implantación del sistema de SST de acuerdo con todos los requisitos que OHSAS 18001 establece. o Esta auditoría inicial suele desarrollarse en dos fases, una previa para comprobar que el sistema de gestión está documentado conforme a lo establecido por el estándar, comprobar el alcance, actividades e instalaciones incluidas en el sistema de gestión, comprobar que existen registros suficientes que evidencien la implantación y que no existan desviaciones respecto a los requisitos legales que puedan comprometer la obtención del certificado. La segunda fase completa el proceso de auditoría profundizando en la implantación y eficacia de la actividad preventiva. o Tras la auditoría inicial, el equipo auditor del organismo certificador entrega un Informe de Auditoría donde se recogen las desviaciones detectadas respecto a los requisitos de OHSAS 18001 y de los procedimientos definidos por la Organización. El organismo certificador da un plazo para que la Organización presente un plan de acciones correctivas y las evidencias de la corrección de las no conformidades detectadas. Una vez evaluado dicho plan de acciones correctivas, un comité de certificación decide la concesión o no del certificado. Puede ocurrir, en caso de que en el proceso se haya detectado alguna no conformidad crítica que no pueda ser resuelta por la organización completamente en el plazo establecido, que el organismo de certificación decida conceder el certificado pero condicionado a la realización de una nueva auditoría en un determinado plazo de tiempo (aproximadamente 6 meses). o Una vez obtenida la certificación, para mantenerla, el organismo de certificación requiere la realización de auditorías de seguimiento periódicas (normalmente anuales) durante el ciclo de vigencia del certificado. Estas auditorías de seguimiento suelen tener menor duración y alcance que la auditoría inicial. A los tres años, con el fin de renovar el certificado, se llevará a cabo una auditoría de renovación que tendrá una duración y alcance similar a la inicial. 35
  • 37. RELACIÓN DE EJEMPLOS 1. Política de SSLD 2. Objetivo de SSLD 3. Procedimiento para la Evaluación de Riesgos Laborales y la Planificación de la actividad preventiva 4. Procedimiento para la comunicación, participación y consulta de los trabajadores 5. Procedimiento para la identificación y evaluación de cumplimiento de requisitos legales 6. Procedimiento para la coordinación de actividades empresariales 7. Lista de documentos del Sistema de Gestión de SSLD 8. Lista de registros del Sistema de Gestión de SSLD 9. Listas de comprobación para el seguimiento de las condiciones de SSLD 10. Informe de No conformidades y accidentes, análisis de causas y propuesta de acciones correctivas 11. Lista de comprobación para auditorías internas 12. Informe de Auditoría. Ejemplos de redacción de los hallazgos 37
  • 38. 1. POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL DOCENTE La política de seguridad y salud laboral es entendida en nuestro Centro como parte fundamental de la política y estrategia en el marco de la capacidad de gestión del Centro y debe tomar en cuenta las siguientes directrices: 1- El objetivo prioritario es garantizar la seguridad y la salud entendida como el bienestar físico, psíquico y social de todos y cada uno de los trabajadores y usuarios de sus servicios. 2- El enfoque adoptado es el preventivo. Se trata de prevenir los accidentes laborales, las enfermedades profesionales, y en general todo daño a la salud de las personas del Centro detectando las situaciones de riesgo y el origen de las mismas mediante la aplicación de técnicas adecuadas e implantando las acciones correctivas que sean necesarias y posibles. 3- El alineamiento de nuestros procesos y de nuestros proyectos con la misión institucional, su visión y sus estrategias es compatible absolutamente con la cultura preventiva señala en la anterior directriz. 4- La gestión de los procesos orientada a la mejora continua mediante la planificación, el desarrollo, revisión y mejora de los mismos, ha de verse acompañada en todo momento con una clara orientación hacia la continua mejora de la planificación de la prevención de riesgos en el trabajo. 5- Se considera eje fundamental la implicación de todas las personas del Equipo Directivo que serán las encargadas de liderar el proceso y la participación del personal. La Dirección del Centro se compromete a proporcionar los recursos adecuados para la buena marcha de los procesos y proyectos que al efecto se desarrollen, a difundirlo a todo el personal, y a exigir su cumplimiento. Estas directrices se despliegan a través de la siguiente actuación: • Desarrollo y despliegue del Plan de Autoprotección. • Diseño, Implantación y desarrollo del sistema de gestión de SEGURIDAD Y SALUD LABORAL DOCENTE conforme a la norma OHSAS 18001:2007, en concordancia con nuestros objetivos institucionales. • Revisión periódica de los indicadores seleccionados y mejora continua de nuestras actividades en relación con la prevención de riesgos laborales. • Revisión y actualización del sistema mediante informe de la dirección sometido al claustro y al Consejo Escolar. • Aportaciones de valor del personal del Centro, escuchando su voz y procurando satisfacer sus expectativas. • Auditorías internas y externas del sistema de gestión de SEGURIDAD Y SALUD LABORAL DOCENTE. Noviembre 2010 Director de IES 38
  • 39. 39 5.- Formación específica de 20 horas sobre los 5 riesgos más relevantes. 3.- Colocación de rodapié en el altillo del taller de carpintería. 4.- Revisión y ampliación de la señalización en las instalaciones del Centro Educativo: indicación de riesgos y uso de EPI 2.- Instalación de pasamanos en la escalera del taller de automoción. 1.- Adecuación de las maquinas al RD 1215/1997 sobre seguridad de los equipos de trabajo METAS Junio 2012 Junio 2011 Vicedirección Coordinador de SSLD Mayo 2011 Enero 2012 Enero 2013 PLAZO NN € para la organización de cursos presenciales y a distancia. NN € para la compra e instalación de señales Elaboración de cartelería y pegatinas para su colocación al lado de los interruptores. NN € para materiales empleados reparación de escalera NN € para revisión y adecuación de los equipos de trabajo RECURSOS NECESARIOS SEGUIMIENTO: Semestral. Mantenimiento Profesor de soldadura Mantenimiento RESPONSABLE INDICADOR: Valoración de riesgos en las evaluaciones de riesgos laborales de los últimos tres años. OBJETIVO: REDUCCIÓN DE RIESGOS “MODERADOS” DE LOS TALLERES EN UN 30% 2. OBJETIVO DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL DOCENTE
  • 40. 3. PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN DE RIESGOS LABORALES Y LA PLANIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA OBJETO y ALCANCE El presente Procedimiento tiene por objeto definir la sistemática a aplicar para gestionar la identificación y evaluación de los riesgos laborales de las actividades propias del I.E.S, así como la planificación de la actividad preventiva y su seguimiento. Será de aplicación a todos los procesos, instalaciones y personal del I.E.S. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES Coordinador del Sistema de Seguridad y Salud Laboral Docente 1. Gestionar la elaboración de las ERL con el Servicio de Prevención competente, así como la Planificación de la Actividad Preventiva DESARROLLO La identificación y evaluación de los riesgos laborales de las actividades realizadas por los trabajadores de I.E.S. son realizadas por el Servicio de Prevención competente, con la colaboración del Coordinador de SSLD y la participación de los trabajadores. Esta Evaluación de Riesgos Laborales (ERL) se realiza al inicio de la implantación de la gestión de la Prevención de Riesgos Laborales, y siempre que se producen modificaciones o ampliaciones en las actividades y procesos descritos, cuando se abordan nuevas actividades que conlleven nuevos riesgos laborales y en cualquier caso cada vez que se detecte un riesgo que no se hubiera identificado anteriormente. Para ello el Coordinador de SSLD analizará la necesidad de actualizar la Evaluación de Riesgos Laborales tomando en consideración las siguientes circunstancias: - resultado de la investigación de incidentes y accidentes producidos - sugerencias de los trabajadores y sus representantes - comunicaciones de la Administración u otras partes interesadas. No obstante lo anterior, el Coordinador de SSLD requerirá al Servicio de Prevención competente una revisión completa de la ERL cada 3 años. Metodología El Coordinador de SSLD deberá asegurarse que la Evaluación de Riesgos Laborales identifica y evalúa todos los riesgos que afectan a los puestos de trabajo, revisando asimismo que el método seguido por el Centro de Prevención en la elaboración de la Evaluación de Riesgos Laborales se corresponde con las Guías aprobadas por el INSHT, contempla para la evaluación de cada riesgo al menos su probabilidad y consecuencia y se incluye en el propio documento de Evaluación de Riesgos. 40