PEC 4 . Grupo 2. Comprobación de la asimilación de los conceptos teóricos y prácticos de la asignatura Responsabilidad y aspectos legales de la medicina en S.I.
Responsabilidad y aspectos legales de los datos de la HCllext
Este documento propone requisitos funcionales para permitir que los ciudadanos consulten su historia clínica a través de Internet de forma segura y confidencial. Se debe autenticar al usuario, cifrar los datos, registrar el acceso y aplicar restricciones de acuerdo a la normativa sobre protección de datos. Se identifican procedimientos como garantizar el acceso autorizado, obtener certificados de autenticación, realizar auditorías y formar al personal sobre seguridad de la información.
Este documento presenta las consideraciones clave sobre la protección de datos personales en las administraciones públicas y la administración electrónica según la Agencia Española de Protección de Datos. Se analizan temas como la recogida y comunicación de datos, los principios de tratamiento de datos, los derechos de los ciudadanos y la seguridad. Además, se ofrecen recomendaciones sobre cómo aplicar la normativa de protección de datos en entornos de administración electrónica.
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter ...Severo Tabares
La presente Ley Orgánica tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar.
Proteccion de datos en centros educativoslalonsolslide
El documento habla sobre la protección de datos en centros educativos según la LOPD. Explica que en 2016 hubo casi 8,000 denuncias y 236,955 consultas relacionadas con la protección de datos. Detalla los diferentes niveles de medidas de seguridad que deben aplicarse dependiendo del tipo de datos, incluyendo medidas básicas, medias y altas. Para datos estudiantiles que permitan evaluar la personalidad, el nivel aplicable es medio, pero para datos relacionados con la salud el nivel es alto.
Este documento resume la normativa española y europea sobre protección de datos personales. Brevemente: 1) El Reglamento UE 2016/679 establece las normas de protección de datos personales en la UE y principios como licitud, limitación de finalidad y minimización de datos. 2) La Ley Orgánica 3/2018 transpone esta normativa a España y regula derechos como acceso, rectificación y oposición. 3) El documento analiza conceptos como consentimiento, categorías especiales de datos y tratamiento de datos penales.
Seminario LOPD en la Universidad de Murcia. www.legitec.com en su habitual colaboración con la Universidad de Murcia, hemos impartido un seminario sobre protección de datos para los alumnos del Máster de Psicología Clínica.
El objetivo de este seminario es sensibilizar a los psicólogos de los riesgos en materia de protección de datos que implica su actividad diaria.
Entre los temas que se han tratado, se ha hecho hincapié en estos aspectos:
Qué no son datos personales
Sujetos obligados
Obligaciones legales
Derecho a la información y consentimiento
Tratamientos de menores
Deber de secreto
Medidas de seguridad
Ejercicio de derechos ARCO
Derecho al olvido
Uso habitual de aplicaciones y redes sociales
Sanciones
Este documento proporciona información sobre la protección de datos personales y la historia clínica. Explica por qué es importante proteger los datos personales, cómo se definen los datos personales y la historia clínica, y los derechos de los pacientes con respecto a sus datos. También describe los deberes y responsabilidades de los profesionales de la salud al acceder y manejar datos personales y de la historia clínica.
Protección de Datos en Costa Rica: Situación actual y retos / Nathalie Artavi...EUROsociAL II
Este documento resume la situación actual de la protección de datos en Costa Rica y los retos que enfrenta. Explica la evolución de la normativa de protección de datos en el país, incluyendo la Ley de Protección de Datos Personales de 2011 y su reglamento de 2013. También describe las acciones realizadas por la Agencia de Protección de Datos de Costa Rica y los logros con el sector público. Finalmente, identifica varios retos pendientes como la regulación de expedientes únicos, transferencias internacionales de datos y la consolidación de la cultura de protección
Responsabilidad y aspectos legales de los datos de la HCllext
Este documento propone requisitos funcionales para permitir que los ciudadanos consulten su historia clínica a través de Internet de forma segura y confidencial. Se debe autenticar al usuario, cifrar los datos, registrar el acceso y aplicar restricciones de acuerdo a la normativa sobre protección de datos. Se identifican procedimientos como garantizar el acceso autorizado, obtener certificados de autenticación, realizar auditorías y formar al personal sobre seguridad de la información.
Este documento presenta las consideraciones clave sobre la protección de datos personales en las administraciones públicas y la administración electrónica según la Agencia Española de Protección de Datos. Se analizan temas como la recogida y comunicación de datos, los principios de tratamiento de datos, los derechos de los ciudadanos y la seguridad. Además, se ofrecen recomendaciones sobre cómo aplicar la normativa de protección de datos en entornos de administración electrónica.
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter ...Severo Tabares
La presente Ley Orgánica tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar.
Proteccion de datos en centros educativoslalonsolslide
El documento habla sobre la protección de datos en centros educativos según la LOPD. Explica que en 2016 hubo casi 8,000 denuncias y 236,955 consultas relacionadas con la protección de datos. Detalla los diferentes niveles de medidas de seguridad que deben aplicarse dependiendo del tipo de datos, incluyendo medidas básicas, medias y altas. Para datos estudiantiles que permitan evaluar la personalidad, el nivel aplicable es medio, pero para datos relacionados con la salud el nivel es alto.
Este documento resume la normativa española y europea sobre protección de datos personales. Brevemente: 1) El Reglamento UE 2016/679 establece las normas de protección de datos personales en la UE y principios como licitud, limitación de finalidad y minimización de datos. 2) La Ley Orgánica 3/2018 transpone esta normativa a España y regula derechos como acceso, rectificación y oposición. 3) El documento analiza conceptos como consentimiento, categorías especiales de datos y tratamiento de datos penales.
Seminario LOPD en la Universidad de Murcia. www.legitec.com en su habitual colaboración con la Universidad de Murcia, hemos impartido un seminario sobre protección de datos para los alumnos del Máster de Psicología Clínica.
El objetivo de este seminario es sensibilizar a los psicólogos de los riesgos en materia de protección de datos que implica su actividad diaria.
Entre los temas que se han tratado, se ha hecho hincapié en estos aspectos:
Qué no son datos personales
Sujetos obligados
Obligaciones legales
Derecho a la información y consentimiento
Tratamientos de menores
Deber de secreto
Medidas de seguridad
Ejercicio de derechos ARCO
Derecho al olvido
Uso habitual de aplicaciones y redes sociales
Sanciones
Este documento proporciona información sobre la protección de datos personales y la historia clínica. Explica por qué es importante proteger los datos personales, cómo se definen los datos personales y la historia clínica, y los derechos de los pacientes con respecto a sus datos. También describe los deberes y responsabilidades de los profesionales de la salud al acceder y manejar datos personales y de la historia clínica.
Protección de Datos en Costa Rica: Situación actual y retos / Nathalie Artavi...EUROsociAL II
Este documento resume la situación actual de la protección de datos en Costa Rica y los retos que enfrenta. Explica la evolución de la normativa de protección de datos en el país, incluyendo la Ley de Protección de Datos Personales de 2011 y su reglamento de 2013. También describe las acciones realizadas por la Agencia de Protección de Datos de Costa Rica y los logros con el sector público. Finalmente, identifica varios retos pendientes como la regulación de expedientes únicos, transferencias internacionales de datos y la consolidación de la cultura de protección
El documento discute el estado actual de la protección de datos personales en Costa Rica, el cual se considera insuficiente. Se analizan varios proyectos de ley propuestos para mejorar la regulación, incluyendo uno que crearía una agencia de protección de datos (PRODAT) para supervisar el tratamiento de datos personales y aplicar sanciones por violaciones. El documento concluye que se necesitan mayores estándares de protección de la privacidad e intimidad para garantizar los derechos de los ciudadanos costarricenses.
Este documento resume los principales aspectos de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) de España, incluyendo definiciones clave como "dato de carácter personal", "fichero de datos", y "tratamiento de datos". Explica los principios de calidad de datos, derecho a la información, y consentimiento del afectado. También cubre temas como seguridad de datos, deber de secreto, derechos de los ciudadanos, inscripción de ficheros, y documentos de seguridad.
Ley de Protección de Datos Personales 29733 y su Reglamento (primera edición)Alvaro J. Thais Rodríguez
El documento resume la Ley de Protección de Datos Personales de Perú, incluyendo su entrada en vigencia, principales conceptos como datos personales y sensibles, y obligaciones como la inscripción de bancos de datos personales y el nombramiento de un responsable del tratamiento de datos. Explica los derechos de los titulares de datos y las infracciones y sanciones contempladas en la ley.
Este documento presenta la Ley 18.331 de Uruguay sobre el derecho a la protección de datos personales. Declara que el derecho a la protección de datos personales es inherente a las personas y establece principios como la legalidad, veracidad, finalidad, consentimiento informado, seguridad de datos y reserva para regular el tratamiento de datos personales. Define términos clave como base de datos, dato personal, comunicación de datos, responsable del tratamiento y establece disposiciones generales sobre el ámbito de aplicación de la ley.
LOPD, Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de car...NUGAR PMO
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal. Aspecto más importantes e implantación LOPD. Cuyo objetivo principal es garantizar y proteger las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, especialmente su honor e intimidad personal y familiar.
Este documento trata sobre la protección jurídica de datos personales. Explica que la recopilación de datos personales comenzó a aumentar en la década de 1970 con archivos que contenían información básica sobre personas. Estos datos pueden ser vulnerables dependiendo de su uso y destino. El documento también resume las diferentes figuras jurídicas, derechos y excepciones relacionadas con la protección de datos, así como las leyes de protección de datos en Perú y otros países de América Latina.
La Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre (LOPD) regula la protección de datos personales. Amplía el ámbito de aplicación de la ley anterior (LORTAD) a cualquier soporte de datos. Incluye la figura del encargado del tratamiento además del responsable. Permite el tratamiento posterior de datos con fines históricos, estadísticos o científicos. No requiere consentimiento cuando los datos se recojan para funciones públicas o se refieran a un contrato, aunque permite oponerse a su tratamiento.
La ley establece el derecho a la protección de datos personales como un derecho inherente a las personas. Define los principios de legalidad, veracidad, finalidad, consentimiento informado, seguridad de datos, reserva y responsabilidad que deben guiar el tratamiento de datos personales. También establece los derechos de los titulares de datos a la información, acceso, rectificación y oposición a decisiones automatizadas basadas en sus datos.
Presentación diseñada para la conferencia "PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES" impartida por la Dra. Myrna García y ofrecida por la Universidad de Monterrey.
Protección de Datos Personales en Argentina @facambroneroFátima Cambronero
Este documento resume la Ley de Protección de Datos Personales de Argentina. Establece el derecho a la protección de datos personales y los principios de legalidad, calidad de datos, consentimiento, seguridad y confidencialidad. También explica los derechos del titular de datos a conocer, acceder, rectificar y suprimir sus datos personales almacenados.
Ley orgánica de protección de datos de carácterasociacionadia
La Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) regula el tratamiento de datos personales en España y fue aprobada en 1999 para adaptar la legislación española a la Directiva Europea 95/46/CE. La Agencia Española de Protección de Datos vela por el cumplimiento de la LOPD y puede imponer sanciones a las empresas que incumplan la ley o no se registren. Para ajustarse a la LOPD, las empresas deben elaborar un Documento de Seguridad y notificar sus ficheros a la Agencia.
Protección de Datos Personales en InternetCarlos Verano
La protección de datos personales en Internet es importante debido al incremento de la preocupación por la seguridad de la información personal. La ley peruana establece la obligación de adoptar medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos personales. Como usuarios debemos asegurarnos de que los sitios web donde entregamos datos personales tengan protocolos seguros y política de privacidad.
Este documento presenta la unidad didáctica 1.3 sobre el Reglamento Europeo de Protección de Datos y la actualización de la LOPD española. Explica los objetivos específicos de la unidad, su estructura con diferentes secciones, e introduce los principios más relevantes del nuevo reglamento como la responsabilidad, protección de datos por defecto y transparencia. Además, analiza conceptos como el binomio derecho-deber, la licitud del tratamiento, el consentimiento, la lealtad y transparencia y la limitación de la final
PymeInnova. Aplicación práctica de la Ley de Protección de Datos.Imadeinnova
Este documento introduce la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal en España. Explica que la ley protege datos personales registrados que puedan ser objeto de tratamiento automatizado. También describe las obligaciones legales para empresas y organizaciones como obtener consentimiento informado, garantizar la seguridad de datos, y respetar los derechos de acceso y rectificación. El objetivo final de la ley es proteger la privacidad de individuos y sus datos personales.
La Ley Orgánica de Protección de Datos establece las obligaciones para empresas y particulares sobre el tratamiento de datos personales, como informar a los afectados sobre el uso de sus datos, adoptar medidas de seguridad, y cumplir con los derechos de acceso, rectificación y cancelación. También crea la Agencia Española de Protección de Datos para velar por el cumplimiento de la ley y sancionar infracciones.
La ley busca proteger los datos personales obtenidos por las empresas y controlar su tratamiento para asegurar la privacidad y los derechos de los individuos. La ley protege el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los titulares sobre sus datos. También establece principios como el consentimiento para el tratamiento de datos y la protección de datos sensibles. Las empresas deben clasificar y proteger los datos, establecer medidas de seguridad y designar a un responsable de protección de datos.
Ley Orgánica de Protección de datos - LOPDRamiro Cid
La presentación desarrolla la Ley Orgánica de Protección de Datos ( LOPD ), partiendo desde los hechos que marcaron su historia, se explica en el presente documento el órgano de control, el régimen sancionatorio, y los principales componentes de la ley como son el Deber de información, el consentimiento, comunicación de datos y acceso a los datos por cuenta de terceros.
Este documento trata sobre la administración de sistemas informáticos en red y la seguridad y alta disponibilidad. Incluye definiciones sobre datos personales y su clasificación, autoridades de protección de datos, el Reglamento General de Protección de Datos y la Ley Orgánica de Protección de Datos. También cubre los derechos de los ciudadanos sobre sus datos personales, las implicaciones de las leyes de protección de datos para los sectores público y privado, y organismos de seguridad españoles como el CCN-CERT.
1.5.1. Reglamento Europeo Protección de Datos. Derechos de los Individuos.ANTONIO GARCÍA HERRÁIZ
1.5.1. Reglamento Europeo Protección de Datos. Derechos de los Individuos.Contenidos del curso gratuito de Protección de Datos que se imparte en www.administracionfincas.eu/formacion
El documento discute el estado actual de la protección de datos personales en Costa Rica, el cual se considera insuficiente. Se analizan varios proyectos de ley propuestos para mejorar la regulación, incluyendo uno que crearía una agencia de protección de datos (PRODAT) para supervisar el tratamiento de datos personales y aplicar sanciones por violaciones. El documento concluye que se necesitan mayores estándares de protección de la privacidad e intimidad para garantizar los derechos de los ciudadanos costarricenses.
Este documento resume los principales aspectos de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) de España, incluyendo definiciones clave como "dato de carácter personal", "fichero de datos", y "tratamiento de datos". Explica los principios de calidad de datos, derecho a la información, y consentimiento del afectado. También cubre temas como seguridad de datos, deber de secreto, derechos de los ciudadanos, inscripción de ficheros, y documentos de seguridad.
Ley de Protección de Datos Personales 29733 y su Reglamento (primera edición)Alvaro J. Thais Rodríguez
El documento resume la Ley de Protección de Datos Personales de Perú, incluyendo su entrada en vigencia, principales conceptos como datos personales y sensibles, y obligaciones como la inscripción de bancos de datos personales y el nombramiento de un responsable del tratamiento de datos. Explica los derechos de los titulares de datos y las infracciones y sanciones contempladas en la ley.
Este documento presenta la Ley 18.331 de Uruguay sobre el derecho a la protección de datos personales. Declara que el derecho a la protección de datos personales es inherente a las personas y establece principios como la legalidad, veracidad, finalidad, consentimiento informado, seguridad de datos y reserva para regular el tratamiento de datos personales. Define términos clave como base de datos, dato personal, comunicación de datos, responsable del tratamiento y establece disposiciones generales sobre el ámbito de aplicación de la ley.
LOPD, Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de car...NUGAR PMO
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal. Aspecto más importantes e implantación LOPD. Cuyo objetivo principal es garantizar y proteger las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, especialmente su honor e intimidad personal y familiar.
Este documento trata sobre la protección jurídica de datos personales. Explica que la recopilación de datos personales comenzó a aumentar en la década de 1970 con archivos que contenían información básica sobre personas. Estos datos pueden ser vulnerables dependiendo de su uso y destino. El documento también resume las diferentes figuras jurídicas, derechos y excepciones relacionadas con la protección de datos, así como las leyes de protección de datos en Perú y otros países de América Latina.
La Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre (LOPD) regula la protección de datos personales. Amplía el ámbito de aplicación de la ley anterior (LORTAD) a cualquier soporte de datos. Incluye la figura del encargado del tratamiento además del responsable. Permite el tratamiento posterior de datos con fines históricos, estadísticos o científicos. No requiere consentimiento cuando los datos se recojan para funciones públicas o se refieran a un contrato, aunque permite oponerse a su tratamiento.
La ley establece el derecho a la protección de datos personales como un derecho inherente a las personas. Define los principios de legalidad, veracidad, finalidad, consentimiento informado, seguridad de datos, reserva y responsabilidad que deben guiar el tratamiento de datos personales. También establece los derechos de los titulares de datos a la información, acceso, rectificación y oposición a decisiones automatizadas basadas en sus datos.
Presentación diseñada para la conferencia "PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES" impartida por la Dra. Myrna García y ofrecida por la Universidad de Monterrey.
Protección de Datos Personales en Argentina @facambroneroFátima Cambronero
Este documento resume la Ley de Protección de Datos Personales de Argentina. Establece el derecho a la protección de datos personales y los principios de legalidad, calidad de datos, consentimiento, seguridad y confidencialidad. También explica los derechos del titular de datos a conocer, acceder, rectificar y suprimir sus datos personales almacenados.
Ley orgánica de protección de datos de carácterasociacionadia
La Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) regula el tratamiento de datos personales en España y fue aprobada en 1999 para adaptar la legislación española a la Directiva Europea 95/46/CE. La Agencia Española de Protección de Datos vela por el cumplimiento de la LOPD y puede imponer sanciones a las empresas que incumplan la ley o no se registren. Para ajustarse a la LOPD, las empresas deben elaborar un Documento de Seguridad y notificar sus ficheros a la Agencia.
Protección de Datos Personales en InternetCarlos Verano
La protección de datos personales en Internet es importante debido al incremento de la preocupación por la seguridad de la información personal. La ley peruana establece la obligación de adoptar medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos personales. Como usuarios debemos asegurarnos de que los sitios web donde entregamos datos personales tengan protocolos seguros y política de privacidad.
Este documento presenta la unidad didáctica 1.3 sobre el Reglamento Europeo de Protección de Datos y la actualización de la LOPD española. Explica los objetivos específicos de la unidad, su estructura con diferentes secciones, e introduce los principios más relevantes del nuevo reglamento como la responsabilidad, protección de datos por defecto y transparencia. Además, analiza conceptos como el binomio derecho-deber, la licitud del tratamiento, el consentimiento, la lealtad y transparencia y la limitación de la final
PymeInnova. Aplicación práctica de la Ley de Protección de Datos.Imadeinnova
Este documento introduce la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal en España. Explica que la ley protege datos personales registrados que puedan ser objeto de tratamiento automatizado. También describe las obligaciones legales para empresas y organizaciones como obtener consentimiento informado, garantizar la seguridad de datos, y respetar los derechos de acceso y rectificación. El objetivo final de la ley es proteger la privacidad de individuos y sus datos personales.
La Ley Orgánica de Protección de Datos establece las obligaciones para empresas y particulares sobre el tratamiento de datos personales, como informar a los afectados sobre el uso de sus datos, adoptar medidas de seguridad, y cumplir con los derechos de acceso, rectificación y cancelación. También crea la Agencia Española de Protección de Datos para velar por el cumplimiento de la ley y sancionar infracciones.
La ley busca proteger los datos personales obtenidos por las empresas y controlar su tratamiento para asegurar la privacidad y los derechos de los individuos. La ley protege el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los titulares sobre sus datos. También establece principios como el consentimiento para el tratamiento de datos y la protección de datos sensibles. Las empresas deben clasificar y proteger los datos, establecer medidas de seguridad y designar a un responsable de protección de datos.
Ley Orgánica de Protección de datos - LOPDRamiro Cid
La presentación desarrolla la Ley Orgánica de Protección de Datos ( LOPD ), partiendo desde los hechos que marcaron su historia, se explica en el presente documento el órgano de control, el régimen sancionatorio, y los principales componentes de la ley como son el Deber de información, el consentimiento, comunicación de datos y acceso a los datos por cuenta de terceros.
Este documento trata sobre la administración de sistemas informáticos en red y la seguridad y alta disponibilidad. Incluye definiciones sobre datos personales y su clasificación, autoridades de protección de datos, el Reglamento General de Protección de Datos y la Ley Orgánica de Protección de Datos. También cubre los derechos de los ciudadanos sobre sus datos personales, las implicaciones de las leyes de protección de datos para los sectores público y privado, y organismos de seguridad españoles como el CCN-CERT.
1.5.1. Reglamento Europeo Protección de Datos. Derechos de los Individuos.ANTONIO GARCÍA HERRÁIZ
1.5.1. Reglamento Europeo Protección de Datos. Derechos de los Individuos.Contenidos del curso gratuito de Protección de Datos que se imparte en www.administracionfincas.eu/formacion
Este documento trata sobre la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal en España. Explica conceptos clave como datos personales, ficheros de datos y tratamiento de datos. También describe la Agencia Española de Protección de Datos, los principios de protección de datos, y los derechos de los titulares de los datos, incluyendo el derecho de acceso, rectificación y cancelación. El documento proporciona una introducción general a la normativa de protección de datos en España.
El documento presenta una serie de ejercicios sobre la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos y el Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea. En los ejercicios se definen conceptos clave como dato personal, se explican las autoridades de protección de datos en España, los principios y ámbitos de aplicación de la normativa, los derechos de los ciudadanos sobre sus datos, y las obligaciones para el sector público y privado.
Este documento resume la Ley de Protección de Datos Personales de Colombia. Establece definiciones clave como titulares, responsables y encargados de datos. Requiere el consentimiento de los titulares para la recolección y uso de sus datos personales y sensibles, y les da derechos como acceso, actualización y supresión de sus datos. Designa a la Superintendencia de Industria y Comercio como la autoridad de protección de datos y establece responsabilidades para los responsables y encargados de implementar medidas para el tratamiento seguro de datos.
Este documento trata sobre la regulación jurídica de la información y los datos personales. Define información y datos personales, y describe la importancia económica de la información. Explica los principios de protección de datos personales y los derechos de las personas sobre sus datos, como el derecho de acceso y rectificación. Finalmente, resume el panorama internacional, nacional y las figuras jurídicas aplicables a este tema.
La Ley Orgánica 15/1999 establece la protección de datos personales en España. Su objetivo principal es regular el tratamiento de datos personales para proteger la privacidad de las personas y sus derechos sobre sus datos. La Agencia Española de Protección de Datos publica guías para promover la aplicación de esta ley, especialmente en el ámbito empresarial.
La Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal de España regula el tratamiento de datos personales y los derechos de los ciudadanos sobre ellos. Establece los principios de protección de datos, los derechos de las personas, las agencias de control y sanciones, y los requisitos para el tratamiento y comunicación de datos personales.
Este documento presenta un taller informativo sobre el impacto de la Ley de Protección de Datos Personales en las áreas de recursos humanos y el tratamiento de la información de los trabajadores. Se divide en dos partes principales: la primera parte explica aspectos clave de la ley como su marco legal, objeto, ámbito de aplicación, características y principios rectores. La segunda parte analiza cómo las empresas deben adecuarse a los requisitos de la ley y la estrategia empleada por la consultora CGS para ayudar a las empresas con la
Este documento describe la importancia de la documentación clínica odontológica y sus características legales. Regula la actividad de los profesionales de la salud, sustenta jurídicamente toda actividad profesional, y debe ser elaborada antes de la acción terapéutica para permitir el control y evaluación de la atención médica. Además, la documentación clínica es un medio de prueba importante en posibles juicios por malapraxis.
El documento describe el estado actual y los planes futuros de la Red Federal de Telesalud en Argentina. Actualmente cuenta con 966 nodos en todo el país y ha capacitado a más de 40.000 trabajadores de la salud. Los objetivos para 2022 incluyen expandir la red con 1000 nodos adicionales e implementar programas de oncología pediátrica y salud reproductiva a través de la teleconsulta. También se está trabajando en el marco normativo para regular el uso de la telesalud y proteger los datos personales de los pacientes.
La Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal de España regula el tratamiento de datos personales y protege los derechos de privacidad de los ciudadanos. Establece los principios de protección de datos, los derechos de las personas sobre sus datos, y las obligaciones de quienes crean o tratan datos personales. También describe los órganos de control como la Agencia Española de Protección de Datos y establece sanciones por infracciones a la ley.
Ricardo Martínez, profesor del Departamento de Derecho Constitucional, Ciencia Política y de la Administración. Director de la Cátedra de Privacidad y Transformación Digital, Universidad de Valencia
La Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal de España regula el tratamiento de datos personales y los derechos de los ciudadanos sobre ellos. Establece los principios de protección de datos, los derechos de las personas, las disposiciones sectoriales, el movimiento internacional de datos y la Agencia Española de Protección de Datos. Asimismo, detalla los requisitos de consentimiento, comunicación y acceso a los datos por parte de terceros.
Este documento presenta información general sobre la regulación jurídica de la información y los datos personales. Explica conceptos clave como información, datos personales e importancia económica. También describe principios de protección de datos personales, leyes internacionales y mexicanas relevantes, y derechos como acceso, rectificación y prohibición de interconexión de archivos.
Este documento contiene las respuestas de la Agencia Española de Protección de Datos a varias consultas sobre la aplicación de la Ley Orgánica de Protección de Datos en España. Aborda cuestiones como el tratamiento de datos personales en publicaciones de esquelas, el uso de direcciones IP y números de teléfono, la cesión de datos entre empresas y la realización de llamadas con fines publicitarios.
La Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal de España regula el tratamiento de datos personales y los derechos de los ciudadanos sobre ellos. Su objetivo es garantizar la privacidad y proteger datos personales al regular su recolección, uso y almacenamiento. Establece los principios de protección de datos, los derechos de las personas sobre sus datos y las obligaciones de quienes los recopilan. También crea la Agencia Española de Protección de Datos para supervisar el cumplimiento de la ley y aplicar sanciones en caso
La Sociedad Española de Cardiología (SEC) es una organización científica sin ánimo de lucro con la misión de reducir el impacto adverso de las enfermedades cardiovasculares y promover una mejor salud cardiovascular en la ciudadanía.
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La enfermedad de Wilson es un trastorno genético autosómico recesivo que impide la eliminación adecuada del cobre del cuerpo, causando su acumulación en órganos como el hígado y el cerebro. Esto provoca síntomas hepáticos (hepatitis, cirrosis), neurológicos (temblores, rigidez muscular) y psiquiátricos (depresión, cambios de comportamiento). Se diagnostica mediante análisis de sangre, orina, biopsia hepática y pruebas genéticas, y se trata con medicamentos quelantes de cobre, zinc, una dieta baja en cobre y, en casos graves, trasplante de hígado.
APOYAR A ENTERRITORIO EN LA GESTIÓN TERRITORIAL DEL PROYECTO “AMPLIACIÓN DE LA RESPUESTA NACIONAL AL VIH CON ENFOQUE DE VULNERABILIDAD", EN LA CIUDAD DE CARTAGENA Y SU ÁREA CONURBADA, PARA EL LOGRO DE LOS OBJETIVOS DEL ACUERDO DE SUBVENCIÓN NO. COL-H-ENTERRITORIO 3042 SUSCRITO CON EL FONDO MUNDIAL.
1. ● Un fichero es un documento en el que se recogen y organizan datos que puede tener diversos
órdenes y orígenes. Es obligatorio comunicar a la Agencia Española de Protección de Datos
que procedemos a su apertura con datos de carácter personal, según establece la LOPD en su
artículo 26.1.
● Los ciudadanos tienen que ser informados de su:
● -. Derecho a ser informado expresa e inequívocamente, en el momento de recogida de sus
datos personales, de la existencia de un fichero, de la finalidad de la recogida, etc. El titular del
derecho a la información es el ciudadano, pudiendo también recaer en algún familiar o persona
autorizada por él.
● -. Derecho de consulta al Registro General de Protección de Datos. Para poder conocer la
existencia de tratamientos de datos de carácter personal, sus finalidades y la identidad del
responsable del tratamiento.
● -. Derecho de acceso a sus datos personales, sometidos a tratamiento, para conocer su origen
y las comunicaciones realizadas.
● -. Derecho de rectificación de los datos personales que sean erróneos, inexactos o
incompletos.
● -. Derecho de cancelación de aquellos datos que sean erróneos, inexactos e incompletos. No
se procederá a la cancelación cuando ello suponga lesiones a interés de terceras personas o
cuando exista obligación de conservar dichos datos.
● -. Derecho de oposición para que no se lleve a cabo el tratamiento de sus datos personales o el
cese en el mismo.
● -. Derecho de indemnización. En aquello casos en los que el incumplimiento de la Ley de origen
a lesiones, en sus bienes o derechos, por parte de los que manejan los datos.
1-.¿Qué derechos recogidos en la normativa de protección de
datos deberíamos de informar a los ciudadanos?.
2. ● Los centros sanitarios están obligados a garantizar la protección de los datos personales y la
confidencialidad de la historia clínica, salvo en casos concretos.
● Fernández-Alemán et al, en el libro recomendado, hacen un estudio sobre los comportamientos en
seguridad de los profesionales de un hospital público. Llegando a la conclusión de que se
incumplen, frecuentemente, las medidas de seguridad. Así: usando contraseñas fácilmente
vulnerables, dejando la pantalla a la vista de personas ajenas, etc. Sólo mediante una adecuada
formación en seguridad y protección de datos personales se podrá llegar a conseguir una máxima
confidencialidad y privacidad de la información personal.
● La información recogida en la historia clínica es privativa del paciente y está protegida por la
LOPD. Los datos personales en ella contenidos sólo podrán ser pedidos o cedidos por/para:
● -. Interés general. El acceso a los datos puede verse limitado por necesidades terapéuticas. El
profesional lo deberá anotar en la historia clínica. Así: en casos de prevención o protección de la
salud en situaciones de riesgo inminente para la salud de las personas o de urgencias. Está
cesión no requiere consentimiento previo de los interesados y puede ser puntual y extraordinaria.
● -. Para fines epidemiológicos o por otras motivaciones de salud pública, podrá ser utilizada por
los profesionales y mediante petición por las administraciones que la soliciten. En todos los casos
hay que mantener el secreto de la misma.
2-.¿La normativa de historia clínica establece alguna restricción a este
acceso del ciudadano? SI.
3. ● -. No puede ejecutarse el derecho del ciudadano en perjuicio del derecho de terceras
personas a la confidencialidad de datos de la historia clínica. Ni en perjuicio de los profesionales
que los elaboraron (que pueden oponer al derecho de acceso del paciente, el de reserva de sus
anotaciones clínicas).
● -. Por parte del personal sanitario y con finalidades distintas a las asistenciales. Así para
inspección evaluación, planificación, etc.
● -. Para la gestión de servicios sanitarios. Sólo para datos relacionados con ese fin y con la
búsqueda de la eficacia y eficiencia de los sistemas sanitarios.
● -. Por terceras personas y con otras finalidades: investigación, docencia, etc. Siendo
obligatorio preservar los datos identificativos del ciudadano, excepto en el caso de una
investigación judicial.
2-.¿La normativa de historia clínica establece alguna restricción a este
acceso del ciudadano? SI.
4. ● Según el Artículo 35 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre todo ciudadano tiene derecho a
relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos.
● En la Ley 11/2007 publicada el 23/06/2007 se reconoce:
● -. El derecho e los ciudadanos o relacionarse con las Administraciones Públicas a
través de medios electrónicos. Se regula, también, el uso de las Tic en la administración y su
uso por el ciudadano.
● -. Las Administraciones Públicas garantizarán la disponibilidad, el acceso, la
integridad, la confidencialidad y la conservación de los datos e informes que se le encarguen.
● -. El marco de aplicación serán: los ciudadanos y sus relaciones con las
Administraciones Públicas.
3-. ¿Qué elementos hemos de tener en cuenta en relación al Acceso
electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos (Ley 11/2007).
5. ● Por medio de la mencionada Ley lo que se pretende es:
● -.Hacer posible que los ciudadanos ejerzan sus derechos y cumplan con sus deberes
utilizando las nuevas tecnologías.
● -. Acercar al ciudadano a la información y al procedimiento administrativo a través del
empleo de medios electrónicos. La accesibilidad a la información y a los servicios públicos debe
ser segura y comprensible.
● -. Establecer las medidas de seguridad necesarias para garantizar la intimidad y la
protección de datos personales (según la Ley Orgánica 15/1999).
● -. Mantener el principio de igualdad en la petición de servicios públicos entre los que
utilicen medios electrónicos y los que no lo hacen.
● -. Mantenimiento de las garantías jurídicas que regulan las relaciones entre ciudadanos
y administraciones (Ley 30/1992).
● _. Acercar la administración al ciudadano.
● -. Contribuir a mejorar el funcionamiento de las administraciones mediante el uso de
los medios electrónicos. Para conseguir unas administraciones más simples, simplificación
administrativa, que empleen menos tiempo en los procesos, que sean más eficaces, eficientes y
trasparentes.
● -. El empleo de las nuevas tecnologías electrónicas deberá ayudar a lograr un mayor
uso de dichos medios en la relación ciudadanos administraciones. El acceso a los servicios
electrónicos se podrá realizar: en oficinas de atención personal, en puntos de acceso electrónico y
por medio de servicios de telefonía.
3-. ¿Qué elementos hemos de tener en cuenta en relación al Acceso
electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos (Ley 11/2007).
6. 4-. Identificación de requerimientos técnicos – Principios generales Ley 11/2007
● Dentro de la ley 11/2007 en su artículo 4 se establecen unos principios generales de los que luego
se derivarán unos requerimientos técnicos para su implantación.
● Cumplimiento de la ley 15/1999 de protección de datos (LOPD)
● Garantizar el principio de igualdad evitando que el uso de medios electrónicos signifique una
restricción o discriminación.
● Garantizar la accesibilidad a la información
● Mantenimiento de la integridad de las garantías jurídicas establecidas en al ley 30/1992
● Establecer la cooperación en la utilización de medios electrónicos por las Administraciones
Públicas al objeto de garantizar la interoperabilidad entre sistemas.
● Principio de proporcionalidad, exigiendo las garantías y medidas de seguridad adecuadas a la
naturaleza y circunstancias de los distintos trámites y actuaciones.
● Principio de responsabilidad y calidad en la veracidad y autenticidad de las informaciones y
servicios.
● Principio de neutralidad tecnológica y de adaptabilidad al progreso de las técnicas y sistemas de
comunicaciones.
● Principio de simplificación administrativa.
● Principio de transparencia y publicidad del procedimiento.
7. 5-. Identificación de requerimientos técnicos - Seguridad
● Firma digital, conexiones SSL con autenticación y validación de certificados.
● Confidencialidad utilizando protocolos seguros como SSL HTTPS…
● Integridad en la información, mediante el uso de firma electrónica evitaremos repudio,
garantizamos trazabilidad detectar modificaciones de datos
● Disponibilidad Utilización de sistemas redundantes, protección contra ataques DoS,
troyanos….
● Establecer análisis de riesgos.
● Protección de soportes de datos – Política de copias de seguridad.
● Auditoria y control de la seguridad – GESTION DEL RIESGO.
● Control de acceso a través de aplicaciones móviles – Utilización sello de seguridad
tipo distintivo AppSaludable.
ConfidencialidadAutenticidad Integridad Disponibilidad
8. 6-. Identificación de requerimientos técnicos – Transmisión de datos entre las
distintas administraciones.
● Norma CEN/ISO EN13606 cuyo objetivo es lograr la interoperabilidad semántica entre
sistemas de Historia Clínica Electrónica
● Modelo de referencia (orientación a objetos y UML)
● Especificación de intercambio de arquetipos
● Arquetipos de referencia
● Características de seguridad
● Modelos de intercambio para dar soporte a las comunicaciones basadas en mensajes o en
servicios.
● Estándares utilizados
● UCUM (Unified Code for Units o Measures )
● HL7 (Health Level 7)
● SNOMED (Systemated Nomenclature o Medicine-Clinical Terms )
● WSDL (Web Service Description Language )
9. 7-. Identificación de requerimientos técnicos – HCR y Establecimiento de canales
o medios para la prestación
● Previo a la utilización del canal Definición de HCR,
● Proyecto epSOS recuperación de datos a demanda
● Establecer el terreno para alcanzar una seguridad y privacidad exitosas de todos los datos
médicos intercambiados.
● Conectar los distintos sistemas sin poner en riesgo la privacidad y la integridad de los datos
ya existentes.
● Ser lo suficientemente flexible como para manejar las diferentes maneras de identificación,
autenticación y autorización, permitiendo adaptarse a las distintas regulaciones legales a las
que ha de enfrentarse.
● Portales de salud
● Ofrecen posibilidad de acceso.
● Adecuadamente administrados garantizan la Confidencialidad, Autenticidad, Integridad y
Disponibilidad.
● PROBLEMA – Cada comunidad tiene su propio portal.
● A nivel nacional integración con EN 13606
● A nivel europeo proyecto epSOS
10. 7-. Identificación de requerimientos técnicos – Política de estándares para el
SNS
● En el aspecto puramente técnico se recomienda seguimiento de los estándares
siguientes:
● Formato de intercambio de datos XML
● Formato de documentos a intercambiar PDF
● Formato de intercambio de imagen DICOM
● Códigos de CCAA, provincias municipios.. Tablas del INE
● Identificación de paciente mediante número de Tarjeta Sanitaria preferiblemente
● Identificación de profesionales mediante DNI
● Utilización de certificados de seguridad
● Intercambio de información clínica HL7 CDA nivel 1
● No es ESTANDAR pero es NECESARIO.
● Definir conjunto de datos para Historia Clínica Resumida
● Demográficos del paciente, Médico, centro sanitario, datos clínicos…..
● Definir conjunto de datos para Receta Electrónica
● Datos comunes
● Datos de prescripción
● Datos de dispensación
11. 8- Identificar qué procedimientos deberíamos diseñar para implantar esta
funcionalidad.
● Inicialmente debemos de identificar quién aportará la información clínica. Al
tratarse de un centro público debemos de hacer inventario de los ficheros físicos,
decidir cuales se han de notificar y desarrollar una disposición general que
publicaremos en el boletín oficial. Será el responsable del fichero ( en este caso
nuestra entidad pública) la que notifique a la agencia de protección de datos.
● El ciudadano que quiera acceder a sus datos personales lo hará mediante
certificado digital a través del portal de salud del centro sanitario
● En el momento de acceso, deberá de firmar un consentimiento informado, para
que sus datos pasen a un fichero al que pueda acceder para consultar sus datos de
salud relevantes. En este consentimiento informado indicaremos claramente a que
datos tendrá acceso el ciudadano.
● El ciudadano podrá consultar el historial de acceso a su HCE, para garantizar su
legitimidad
12. 8- Identificar qué procedimientos deberíamos diseñar para implantar esta
funcionalidad.
● A que tendrá acceso el ciudadano?
● Historia clínica resumida (alergias, patologías activas y patologías resultas relevantes).
Consideramos importante el acceso a ésta por parte del paciente porque funciona como
registro de todos los contactos de salud.
● Tratamientos activos. Evitar consultas innecesarias para obtener la copia de su receta en
formato electrónico.
● Historial de tratamientos.Para conocer qué profesional ha recetado el tratamiento y en
relación a qué episodio.
● Resultados de pruebas de laboratorio, imagen o otras pruebas. Evitar duplicidades de
pruebas así como copias innecesarias y permitir segundas opiniones.
● Informes de alta de Servicio de urgèncias hospitalario y atención continuada. Para revisar
tratamientos en relación a episodios o aportar información a profesionales de la salud que
no tienen acceso al sistema público.
● Informes clínicos de atención primaria y especializada. Lo anteriormente expuesto.
● Informes de cuidados de infermeria. Registros de peso, talla, adminsitración de
medicación o como realizar curas. También se pueden incluir consejos higienico-
dietéticos.
13. 8- Identificar qué procedimientos deberíamos diseñar para implantar esta
funcionalidad.
● Definición de estándares
● Utilizaremos un formato PDF encriptado para compartir todos los informes a
los que tendrá acceso el paciente y garantizar su facilidad para la consulta así
como evitar su modificación (elemento de consulta).
● Tiene un facil manejo
● Puede ser utilizable a nivel de aplicación móvil
● Se necesitará la clave de acceso del certificado digital para poder
acceder a él
● También codificaremos en DICOM las pruebas de imagen y diagnósticas,
por si el paciente quiere utilizarlas.
● Todos los documentos estarán debidamente codificados con el número de
identificación personal del paciente así como su NIE.
● Asimismo en todos se podrá consultar el número de colegiado de todos los
profesionales que han participado en la asistencia.
14. 8- Identificar qué procedimientos deberíamos diseñar para implementar esta
funcionalidad.
● Seguridad
● La propia institución designará un servidor donde almacenar toda la información.
● El acceso se realitzarà mediante certificado digital siguiendo protocolos seguros como
SSL HTTPS. El portal de salud solo serà accesible desde la pròpia web de nuestra
institución.
● Con cada contacto de salud, se generará un archivo PDF encriptado en relación a un
número de identificación personal con enlace al portal de salud, solo accesible mediante
certificado digital del NIE asociado a ese número. Igualmente sucederá con las pruebas
de imagen y laboratorio así como la historia clínica resumida.
● Para evitar ataques Utilizaremos sistemas redundantes.
● Se realizará una auditoría de Seguridad de manera periòdica para garantizar la
confidencialidad.
● En el caso de desarrollar una aplicación móvil para el acceso realizaremos controles
exhaustivos así como utilizaremos un sello de calidad de App saludable y solicitaremos
el HONcode.
15. 8- Identificar qué procedimientos deberíamos diseñar para implementar esta
funcionalidad.
● En el caso que nuestro sistema de salud forme parte de un sistema público
interconectado en el que se comparta información clínica por parte de los
profesionales deberemos de definir también:
● El acceso de los profesionales se realizará mediante certificado de
seguridad digital (DNI) para quedar constancia del acceso y ser rastreable
● Sólo se podrá acceder a historias de los ciudadanos en el caso que sea
necesario realizar una prestación de salud.
● Si existe información que se considera sólo de utilidad para un profesional y se
considera que no es necesario compartir para otro tipo de prestación, el
profesional podrá ocultarla al registro pero quedará indicado que ha
codificado esa información (en relación a su número de colegiado).
● Deberemos de establecer formatos de intercambio de ficheros y datos,
utilizando: formato de intercambio de datos XML, formato de documentos
a intercambiar PDF y formato de intercambio de imagen DICOM.
● Identificamos al paciente mediante DNI y número de tarjeta sanitaria con la
codificación de las comunidades autónomas incluida.
16. BIBLIOGRAFIA
● Fernández Alemán, JL, et al. “Analysis of health profesional security behaviors in
a real clinical setting: an empirical study”. 2015. Int J Med Inform 84 (6), 454-
467. 2015 Jan 23
● Ley de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos. BOE nº 150
de 23/06/2007. Disponible en: https://www.boe.es/boe/dias/2007/06/23/pdfs/A27150-
27166.pdf
● Ley Orgánica de Protección de datos Personales de 15/1999. Disponible en: BOE nº
298 de 14 de diciembre de 1999. https://www.boe.es/boe/dias/1999/12/14/pdfs/A4382-
43099 pdf
● Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento
de Desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de
Datos de Carácter Personal. Disponible en BOE nº 17 de 19 de enero de 2008.
www.boe.es/boe/dias/2008/01/19/pdfs/A04103-4136 pdf
● Real Decreto 38/2012 de 17 de marzo, publicado en BOPV nº 65 de 29 de marzo de
2012. Disponible en noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/pv-d38-2012 html
17. BIBLIOGRAFIA
●Guía de Seguridad de Datos de la AEPD
https://www.agpd.es/portalwebAGPD/canaldocumentacion/publicaciones/common/Gui
as/GUIA_SEGURIDAD_2010.pdf
●Saigí, F y Rovira, M. “Gestión de la información clínica: la historia clínica
electrónica”. UOC. Barcelona 2007
●Insitituto de información sanitaria, agencia de calidad del SNS. “El sistema de
historia clíncia digital.
https://www.msssi.gob.es/organizacion/sns/planCalidadSNS/docs/HCDSNS_Castellan
o.pdf.