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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS
INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA DEL OESTE “MARISCAL SUCRE”
UNIDAD CURRICULAR: INGENIERIA DEL SOFTWARE
SECCION 7011- TRAYECTO 3 - TRIMESTRE 7
INGENIERÍA EN INFORMÁTICA
ESPECIFICACIÓN DE REQUERIMIENTOS DEL SISTEMA
ADMINISTRATIVO QUE PERMITARA GESTIONAR LA INFORMACIÓN
DE LOS CONSEJOS COMUNALES “EL BOSQUE” Y “POTRERO
CERCADO II” (SAGI)
Autores:
Briceño Yonaiker C.I.: 20.050.259
Colmenares Michell C.I.: 20.913.605
Quintero David C.I.: 18.942.827
Tutor:
Ing. Rafael Matos
Caracas, Marzo de 2014
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y
PROYECCIÓN SOCIAL
IDENTIFICACIÓN DEL PROYECTO
Proyecto(s) Tipo de Proyecto
Sistema Administrativo que permita la
Gestión de Información de los Consejos
Comunales "El Bosque" y "Potrero
Cercado II" (SAGI)
Proyecto de Desarrollo de un Software para
la Automatización de los procesos de
Administrativos de los Consejos Comunales
"El Bosque" y "Potrero Cercado II".
Documentos de Evaluación Relacionados
Plan de Proyecto para el desarrollo de un Sistema Administrativo que permita
gestionar la información de los consejos comunales "El Bosque" y "Potrero Cercado
II" (SAGI)
Equipo de Proyecto
Analistas Programadores:
Colmenares Michell
Briceño Yonaiker
Hernández Luis
Quintero David
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y
PROYECCIÓN SOCIAL
CAPITULO I
INTRODUCCIÓN
Objetivos del Sistema
General
Gestionar los Procesos Administrativos de los Consejos Comunales “El Bosque”
y “Potrero Cercado II”.
Específicos
1. Administrar datos de identificación de las Comunidades Implicadas.
2. Administrar datos de los Comités, los Voceros Principales y Suplentes de las
Comunidades Implicadas.
 Identificar a los voceros y de que comunidad proviene.
 Identificar los Comités.
3. Identificar las Calles, Residencias y Casas que se pertenecen a las
Comunidades.
4. Gestionar los Cursos que dictan en la Comunidad “El Bosque”.
 Control de los cursos.
 Asignar tutores que dictan los cursos.
5. Inscripciones de los cursos.
 Participantes de Nuevo Ingreso.
 Participantes Incorporados.
6. Modificar inscripciones.
7. Control de la Comisión Electoral.
8. Inscripciones para las postulaciones de voceros.
 Nuevos Candidatos.
 Candidatos Reelectos.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y
PROYECCIÓN SOCIAL
 Comité de Trabajo.
9. Gestionar los proyectos comunitarios planificados por las Comunidades
 Describir los proyectos comunitarios propuestos de las comunidades.
 Describir el estado de los proyectos comunitarios.
10. Gestionar los censos de las Comunidades “El Bosque” y “Potrero Cercado II".
 Control de los habitantes.
 Control de habitantes por zona.
 Estadísticas de los habitantes.
- Número de familias.
- Números de habitantes masculinos.
- Números de habitantes femeninos.
- Niños de 0 a 5 años.
- Niños mayores de 6 a 11 años.
- Adolescentes de 12 a 17 años.
- Adultos mayores de 18 a 35 años.
- Adultos mayores de 36 a 55 años.
- Adultos mayores más de 56 años.
11. Permitir a los tutores y voceros administrar los cursos.
12. Emitir cartas que proporcionan las comunidades.
 Carta de Residencia.
 Carta Aval para la solicitud de materiales de construcción.
 Carta Aval de no poseer vivienda.
 Carta Buena Conducta.
 Carta para los Ticket Estudiantiles.
13. Emitir listados.
 Organización de los consejos comunales (comités y voceros que los
conforman).
 Estadísticas de los censos.
 Censo Demográfico.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y
PROYECCIÓN SOCIAL
 Censo Comunitario.
 Listado de los cursos.
 Listado de los participantes nuevos ingreso.
 Listado de los participantes incorporados.
Alcance del Sistema
El SAGI se concibe como un software que permite controlar los procesos
administrativos de los consejos comunales “El Bosque” y “Potrero Cercado II”.
 Permite registrar datos de los voceros, habitantes, calles y viviendas, cursos,
comités.
 Permite el cambio de cursos.
 Permite el retiro de cartas de residencias, cartas aval, cartas de solicitudes por
parte de los habitantes y buenas conducta.
 Permite inscribir a los participantes para los cursos y para las postulaciones de
vocerías.
 Proporciona mecanismos de seguridad con la finalidad de que ingresen al
sistema sólo las personas autorizadas de acuerdo al perfil que posean.
 Ofrece informes actualizados sobre el estado de los proyectos comunitarios de
cada una de las entidades involucradas en estos procesos.
 Proporciona acceso remoto para los habitantes de la comunidades soliciten
cartas emitidas por los consejos comunales.
 Proporciona acceso remoto a la comisión electoral para la verificación de los
candidatos postulados.
Beneficios del Sistema
Integración, control, seguimiento y administración de los procesos
administrativos de los Consejos Comunales “El Bosque” y “Potrero Cercado II”.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y
PROYECCIÓN SOCIAL
a. Aporta una visión de conjunto y mejora la comunicación entre los voceros de
los Consejos Comunales.
b. Proporciona información a los habitantes y reduce la necesidad de que los
voceros realicen las cartas, ya que el formato se encuentra en la web y se
llenara automáticamente con los datos del habitante que lo solicite.
c. Habilita las inscripciones a los cursos que se dictan en el Consejo Comunal “El
Bosque”.
d. Los habitantes de las comunidades implicadas tienen la posibilidad de
postularse para las elecciones de voceros para los Comités de Trabajo.
e. Proporciona información relevante sobre los proyectos planificados e la
comunidad.
 Descripción del proyecto.
 Estado (propuesto, en proceso, culminado).
 Presupuesto.
 Entes involucrados.
 Tiempo estimado.
f. Muestra los resultados arrojados por el censo demográfico y comunitario de
cada comunidad.
Definiciones, Acrónimos y Abreviaturas
SAGI: Sistema Administrativo que permitirá la gestión de información de los
consejos comunales.
COMUNIDAD: núcleo espacial básico e indivisible constituido por personas y
familias que habitan en un ámbito geográfico determinado, vinculadas por
características e intereses comunes; comparten una historia, necesidades y
potencialidades culturales, económicas, sociales, territoriales y otra índole.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y
PROYECCIÓN SOCIAL
CONSEJO COMUNAL: en el marco constitucional de la democracia
participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e integración
entre los ciudadanos, ciudadanas y las diversas organizaciones comunitarias,
movimientos sociales y populares, que permiten al pueblo organizado ejercer el
gobierno comunitario y la gestión directa de las políticas públicas y proyectos
orientados a responder a las necesidades, potencialidades y aspiraciones de las
comunidades, en la construcción del nuevo modelo de sociedad socialista de igual,
equidad y justicia social.
ÁMBITO GEOGRAFICO: es el territorio que ocupan los habitantes de la
comunidad, cuyos límites geográficos se establecen o ratifican en Asamblea de
Ciudadanos y Ciudadanas, de acuerdo con sus particularidades y considerando la base
poblacional de la comunidad.
BASE POBLACIONAL DE LA COMUNIDAD: es el número de habitantes
dentro del ámbito geográfico que integra una comunidad. Se tendrá como referencia
para constituir el Consejo Comunal: en el ámbito urbano entre ciento cincuenta (150)
y cuatrocientas (400) familias; en el ámbito urbano rural a partir de veinte familias y
para las comunidades indígenas a partir de diez familias, manteniendo la
indivisibilidad de la comunidad y garantizando el ejercicio del gobierno comunitario
y la democracia protagónica.
ORGANIZACIONES COMUNITARIAS: son las organizaciones que existen o
pueden existir en el seno de las comunidades y agrupan un conjunto de personas con
base a objetivos e interés comunes, para desarrollar actividades propias en el área que
les ocupa.
COMITÉ DE TRABAJO: es el colectivo o grupo de personas organizadas para
ejercer funciones específicas, atender necesidades en distintas áreas de trabajo y
desarrollar las aspiraciones y potencialidades de su comunidad.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y
PROYECCIÓN SOCIAL
VOCERO O VOCERA: es la persona electa mediante proceso de elección
popular, a fin de coordinar el funcionamiento del Consejo Comunal, la
instrumentación de las decisiones de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.
PROYECTOS COMUNITARIOS: es el conjunto de actividades concretas
orientadas a lograr uno o varios objetivos, para dar respuesta a las necesidades,
aspiraciones y potencialidades de las comunidades. Los proyectos deben contar con
una programación de acciones determinadas en el tiempo, los recursos, los
responsables y los resultados esperados.
ÁREAS DE TRABAJO: son ámbitos de gestión que se constituyen en relación
con las particularidades, potencialidades y los problemas más relevantes de la
comunidad. El número y contenido de las áreas de trabajo dependerá de la realidad,
las prácticas tradicionales, las necesidades colectivas y las costumbres de cada
comunidad. Las áreas de trabajo agrupan varios comités de trabajo.
PLAN COMUNITARIO DE DESARROLLO INTEGRAL: es el documento
técnico que identifica las potencialidades y limitaciones, las prioridades y los
proyectos comunitarios que orientan al logro del desarrollo integral de la comunidad.
CARTA COMUNALES: Son instrumentos, propuestos por los habitantes de la
comuna y aprobados por el Parlamento Comunal, destinados a regular la vida social y
comunitaria, coadyuvar con el orden público, la convivencia, primacía del interés
colectivo sobre el interés particular y la defensa de los derechos humanos, de
conformidad con la Constitución y las leyes de la Republica.
CARTA AVAL: cartas solicitadas por los habitantes de las comunidades para
solicitar materiales de construcción a las organizaciones públicas o para solicitar una
vivienda, estas son emitida por los consejos comunales.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y
PROYECCIÓN SOCIAL
CARTA DE RESIDENCIA: carta que hace constar que la persona que la está
solicitando residen en esa comunidad o en ese ámbito geográfico.
CENSO: estadística descriptiva, al recuento de individuos que conforman
una población estadística, definida como un conjunto de elementos de referencia
sobre el que se realizan las observaciones. El censo de una población estadística
consiste básicamente, en obtener mediciones del número total de individuos mediante
diversas técnicas de recuento, y que se hace cada 10 años.
ASAMBLEA DE CIUDADANOS Y CIUDADANAS: es la máxima instancia de
la deliberación y decisión para el ejercicio del poder comunitario, la participación y
protagonismo popular, sus decisiones son de carácter vinculante para el consejo
comunal en le marco de la ley orgánica de los consejo comunales.
Referencias
 Ley Orgánica de los Consejos Comunales. Gaceta Oficial Nº 39.335. Lunes
28 de diciembre de 2009. Capítulo I disposiciones generales. Artículos:
artículo 2°, artículo 4°. Capitulo II, sección segunda: de la elección, artículo
11. Capitulo III, sección primera: de la estructura del consejo comunal,
articulo 16, articulo 17, articulo 18, articulo 19, articulo 27, articulo 28,
articulo 30, articulo 31, articulo 33.
 Comunas Socialistas documento para la discusión. Valoración Política de
los consejos comunales. Página 12.
 Artículos 1, 14, 50, de la constitución de la república de Venezuela. Tener
por objeto desarrollar los principios orientados en materia de ciencia,
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y
PROYECCIÓN SOCIAL
tecnología e innovación y sus aplicaciones; fundamentándose en lo siguiente:
• Investigación y desarrollo para mejorar la calidad de vida.
• Generación de conocimientos del talento humano.
• fortalecimiento y articulación de redes.
• innovación de la gestión pública.
 El artículo 110 de la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela. Reconoce como de interés público la ciencia, la tecnología, el
conocimiento, la innovación y los servicios de información, con el objeto de
lograr el desarrollo económico, social y político del país. Esta disposición
constitucional se expresa con fuerza en los artículos 1° de la Ley de
Telecomunicaciones y 12° de la Ley Orgánica de la Administración Pública.
Con el Decreto N° 825, emitido el 10 de mayo de 2000, se establece el acceso
y el uso de Internet como política prioritaria.
 Programa Nacional de Formación (PNF). línea 1: Participación Social en
la Gestión de las Organizaciones, por ser esta una participación directa con
organismo público permitiendo propiciar mecanismos y alternativas de
participación social para la optimización de los procesos organizacionales en
pro de la calidad del servicio. Así mismo comprende la integración
multidimensional de los saberes, conocimientos, en su aplicación o
cumplimiento en la resolución del problema, el desarrollo de potencialidades
y el mejoramiento de la comunidad.
 El decreto 3.390. Aprobado el 13 de julio de 2005, el "Plan de Migración de
Software Libre", el cual dispone que la APN emplee prioritariamente SL
desarrollado con estándares abiertos en sus sistemas, proyectos y servicios
informáticos.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y
PROYECCIÓN SOCIAL
Estructura del Documento
El presente documento se encuentra estructurado en tres (3) capítulos, los cuales
se describen a continuación:
En el Capítulo 1: Introducción, se establecen los lineamientos que conducirán el
desarrollo del proyecto: Objetivos, Alcance, Beneficios del Sistema, Definiciones,
acrónimos y abreviaturas, Referencias.
En el Capítulo 2: Modelado de Negocios, muestra una representación simplificada
de la lógica de negocio, describiendo lo que los Consejos Comunales “El Bosque” y
“Potrero Cercado II”, ofrece a los habitantes y para la comunidad, describen los
procesos que se realizan en las distintas áreas de trabajo que se conforman en estas
comunidades.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y
PROYECCIÓN SOCIAL
CAPITULO II
MODELADO DE NEGOCIOS
Objetivos del Negocio.
Los consejos comunales están adscritos al Ministerio del Poder Popular para las
Comunas y Protección Social. Tienen como objetivo promover y consolidar la
democracia participativa y protagónica, mediante la promoción y el fortalecimiento
de todas aquellas expresiones organizativas y comunitarias que propicien el ejercicio
de la corresponsabilidad social en la gestión pública.
Procesos de Negocio
Un consejo comunal es una forma de organización de la comunidad donde el
mismo pueblo es quien formula, ejecuta, controla y evalúa las políticas públicas,
asumiendo así, el ejercicio real del poder popular, es decir, poniendo en práctica las
decisiones adoptadas por la comunidad.
La organización, funcionamiento y acción de los consejos comunales se rige por
los principios y valores de participación, corresponsabilidad, democracia, identidad
nacional, libre debate de las ideas, celebridad, coordinación, cooperación, solidaridad,
transparencia, rendición de cuentas, honestidad, bien común, humanismo,
territorialidad, colectivismo, eficacia, eficiencia, ética, responsabilidad social, control
social, libertad, equidad, justicia, trabajo voluntario, igualdad social y de género, con
el fin de establecer la base sociopolítica del socialismo que consolide un nuevo
modelo político, social, cultural y económico.
El SAGI, los procesos de negocio inherente son: Unidad Ejecutiva, Unidad
Administrativa y Financiera Comunitaria, Postulación y Elección, Proyectos
Socioproductivos. A continuación se describen estos procesos de negocio.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y
PROYECCIÓN SOCIAL
Unidad Ejecutiva.
Es la instancia del consejo comunal encargada de promover y articular la
participación organizada de los habitantes de la comunidad, organizaciones
comunitarias, los movimientos sociales y populares en los diferentes comités de
trabajo; se reunirá a fin de planificar la ejecución de las decisiones de la asamblea de
ciudadanos y ciudadanas, así como conocer las actividades de cada uno de los
comités y delas ares de trabajo.
La Asamblea de ciudadanos y ciudadanas elige el número de voceros postulados o
voceras postuladas de acuerdo a la cantidad de comités de trabajo y otras
organizaciones comunitarias que existen o se conformen en la comunidad, tales
como:
 Comité de salud.
 Comité de tierra urbana.
 Comité de vivienda y habitad.
 Comité de economía comunal.
 Comité de seguridad y defensa integral.
 Comité de medios alternativos comunitarios.
 Comité de recreación y deportes.
 Comité de alimentación y defensa del consumidor.
 Comité de mesa técnica de agua
 Comité de mesa técnica de energía y gas.
 Comité de protección social de niños, niñas y adolescentes.
 Comité comunitario de personas con discapacidad.
 Comité de educación, cultural y formación ciudadana.
 Comité de familia e igualdad de género.
 Los demás comités que la comunidad estime necesario.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y
PROYECCIÓN SOCIAL
Estas Unidades de Ejecutivas tienen como función.
1. Ejecutar las decisiones de la asamblea de ciudadanos y ciudadanas en el área
de su competencia.
2. Crear y organizar el sistema de información comunitario interno.
3. Coordinar y articular todo lo referido a la organización, funcionamiento y
ejecución de los planes de trabajo de los comités y su relación con la Unidad
de Contraloría Social, la Unidad Administración y Financiera Comunitaria y
las demás organizaciones sociales de la comunidad.
4. Promover la creación de nuevas organizaciones con la aprobación de la
asamblea de ciudadanos y ciudadanas en defensa del interés colectivo y el
desarrollo integral de la comunidad.
5. Organizar el voluntariado social como escuela generadora de conciencia y
activadora del deber social en cada comité de trabajo.
6. Promover la participación de los comités de trabajo u otras formas de
organización comunitaria en la elaboración y ejecución de políticas públicas,
mediante la presentación de propuestas a los órganos y entes del Poder
Público.
7. Promover participar y contribuir, conjuntamente con la Milicia Bolivariana,
en la seguridad y defensa integral de la Nación.
8. Coadyuvar con los órganos y entes del Poder Público en el levantamiento de
información relacionada con la comunidad, conforme al ordenamiento
jurídico vigente.
9. Impulsar y promover la formulación de proyectos comunitarios que busquen
satisfacer las necesidades, aspiraciones y potencialidades de la comunidad.
10. Conocer las solicitudes y emitir las constancias de residencia de los habitantes
de la comunidad, a los efectos de las actividades inherentes del consejo
comunal, sin menoscabo del ordenamiento jurídico vigente.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y
PROYECCIÓN SOCIAL
Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria.
Es la instancia del consejo comunal que funciona como un ente de administración,
ejecución, inversión, crédito, ahorro e intermediación financiera de los recursos y
fondos de los consejos comunales, de acuerdo a las decisiones y aprobaciones de la
asamblea de ciudadanos y ciudadanas, privilegiando el interés social sobre la
acumulación de capital. Las funciones de esta unidad son las siguientes:
1. Ejecutar las decisiones de la asamblea ciudadanos y ciudadanas en el área de
su competencia.
2. Elaborar los registros contables con los soportes que demuestren los ingresos
y egresos efectuados.
3. Presentar trimestralmente el informe de gestión y la rendición de cuenta
pública cuando le sea requerido por la asamblea de ciudadanos y ciudadanas,
por el colectivo de coordinación comunitaria o por cualquier otro órgano o
ente del poder público que le haya otorgado recursos.
4. Prestar servicios financieros y no financieros en el área de su competencia.
5. Realizar la intermediación financiera comunitaria, privilegiando el interés
social sobre la acumulación de capital.
6. Apoyar las políticas de fomento, desarrollo y fortalecimiento de la economía
social, popular y alternativas.
7. Proponer formas alternativas de intercambio de bienes y servicios para lograr
la satisfacción de las necesidades y fortalecimiento de la economía local.
8. Promover el ahorro familiar.
9. Facilitar herramientas que permitan el proceso de evolución y análisis de los
créditos de las organizaciones socioproductivas previstas en el Decreto N°
6.129 con rango, valor y fuerza de ley para el fomento y desarrollo de la
economía popular.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y
PROYECCIÓN SOCIAL
10. Consignar ante la unidad de contraloría social del consejo comunal, el
comprobante de la declaración jurada de patrimonio de los voceros y voceras
de la unidad administrativa y financiera comunitaria al inicio y cese de sus
funciones.
11. Administrar los fondos del consejo comunal con la consideración del
colectivo de coordinación comunitaria y la aprobación de la asamblea de
ciudadanos y ciudadanas.
12. Elaborar y presentar el proyecto anual de gastos de los fondos del consejo
comunal.
13. Presentar y gestionar ante el colectivo de coordinación comunitaria el
financiamiento de los proyectos aprobados por la asamblea de ciudadanos y
ciudadanas.
Postulación y Elección.
Los ciudadanos y ciudadanas de manera individual o colectiva tendrán derecho
a participar y postular voceros o voceras a las unidades de consejo comunal, de
acuerdo a los requisitos establecidos en la ley orgánica de los consejos comunales.
La elección de los voceros o voceras de las unidades ejecutiva, administrativas
y financiera comunitaria y de contraloría social se realizara de manera
uninominal. En ningún caso, se efectuara por plancha o lista electoral. Los
postulados solo lo podrán hacer para una unidad del consejo comunal.
Proyecto Socioproductivo.
Son las actividades concretas, orientadas a lograr uno o varios objetivos para
dar respuesta a las necesidades, aspiraciones y potencialidades de la comunidad o
la comuna, formulado con base a los principios del sistema económico comunal
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y
PROYECCIÓN SOCIAL
en correspondencia con el Plan Desarrollo Económico y Social de la Nación y el
Plan de Desarrollo Comunal.
Publicar en la Gaceta Comunal.
Órgano informativo oficial de la Comuna, en el cual se publicarán, las cartas
comunales, las decisiones del Parlamento Comunal y las del Banco de la
Comuna que posean carácter vinculante para sus habitantes, así como todos
aquellos actos que requieran para su validez la publicación en dicho
instrumento. Actualmente todas estas publicaciones se hacen a través de
reuniones, las cuales tienen poca asistencia de los habitantes debido a que no
posee un medio seguro de información con respecto a lugar, fecha, y hora de
las reuniones.
Inscripción Cursos Recreativos.
La comunidad en su obligación promover y articular la participación
organizada de los habitantes de la comunidad. Ofrecen cursos y talleres de
capacitación de corto plazo en donde los habitantes pueden inscribirse y
compartir con el resto de la comunidad. Entre esos cursos podemos encontrar:
Bailo terapia,
Objetos del negocio
El sistema administrativo SAGI deberá digitalizar y respaldar toda la información
administrativa indispensable para los procesos ejecutados en los consejos comunales
“Potrero Cercado II” y “El bosque”. Dando la posibilidad a los habitantes de estas
comunidades a acceder a las cartas comunales y consultar información referente a la
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PROYECCIÓN SOCIAL
comunidad a través de la gaceta comunal. Para apoyar estas funciones, el sistema
debe contener datos de los siguientes objetos de negocio:
Unidad Administrativa y Financiera
Funciona como ente de administración, ejecución, inversión, crédito, ahorro e
intermediación financiera de los recursos de la Asamblea de Ciudadanos; está
integrada por cinco (5) habitantes de la comunidad electos a través de un
proceso de elección popular. Entre sus funciones se encuentra:
 Elaborar los registros contables con los soportes que demuestren los
ingresos y egresos efectuados
 Presentar trimestralmente el informe de gestión y la rendición de
cuenta pública cuando le sea requerido por la Asamblea de
Ciudadanos, por el Colectivo de Coordinación Comunitaria o los
órganos o entes públicos que le hayan otorgado recursos.
 Elaborar y presentar el proyecto anual de gastos de los fondos del
consejo comunal.
 Mantener actualizados a los habitantes de las comunidades con
respecto a los avances de los proyectos comunales planificados o
ejecutados.
Cartas comunales
Son instrumentos, propuestos por los habitantes de la Comuna y aprobados
por el Parlamento Comunal, destinados a regular la vida social y comunitaria,
coadyuvar con el orden público, la convivencia, la primacía del interés
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y
PROYECCIÓN SOCIAL
colectivo sobre el interés particular y la defensa de los derechos humanos, de
conformidad con la Constitución y las leyes de la República. El consejo
comunal debe emitir estas cartas tomando en cuenta la identificación real del
individuo que la solicita como habitante de la comunidad.
Proyectos
Es una forma de organización, la figura de los consejos comunales
de planificación, con el propósito fundamental de buscar la solución de los
principales problemas que los afectan, en procura de una mejor calidad de
vida. El método que se está utilizando y que está siendo promovido por las
diferentes instancias de gobierno, es el de la formulación y ejecución, por
parte de las comunidades. Estos proyectos comunitarios requieren de un fondo
proveniente de un Banco de la Comuna, la Unidad Administrativa y
Financiera presentar el estado en que se encuentran estos proyectos.
Voceros
Es la extensión o la prolongación de la presencia de un colectivo de trabajo o
un área comunitaria en el Consejo Comunal. El vocero no manda ni impone su
criterio personal. Es la extensión o la prolongación de la presencia de un
colectivo de trabajo o un área comunitaria entre los consejos comunales
implicados. El vocero es el elemento que ejecuta el mandato del Consejo
Comunal, instrumento a su vez, de la Asamblea de Ciudadanos de una
determinada localidad. El vocero es solo una voz, transmisor de la decisión
del grupo. El vocero lo que surge de la sesión asamblearia de la cual forma
parte y es elegido por la comunidad mediante elecciones. Un vocero puede ser
principal o suplente.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y
PROYECCIÓN SOCIAL
Habitantes
Residentes de la comunidad “Potrero Cercado II” y “El Bosque” que
requieren adquirir cartas comunales y obtener información acerca de la
situación actual de la comunidad.
Comunidades
Existen 2 comunidades implicadas “Potrero Cercado II” y “El Bosque”. Cada
usuario del sistema registrado especificara de qué comunidad proviene.
Residencias
Residencia interna en las comunidades implicadas.
Edificios
Edificio interno en las comunidades implicadas.
Calles
Calle interna en las comunidades implicadas.
Documentos Requeridos
A cada usuario que se registre en el sistema se le exigen una serie de
requisitos necesarios para ser identificados. Entre estos requisitos se
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y
PROYECCIÓN SOCIAL
encuentra: Nombre, Apellido, Cedula de identidad, nro. de cónyuges , calle,
residencia o edificio, nro. De residencia o edificio.
Cursos
Cursos dictados específicamente en la comunidad el Bosque. A través del siga
los habitantes podrán registrarse a estos cursos.
Usuarios
Conjunto de personas previamente registradas que deberán ingresar usuario y
contraseña para hacer uso del sistema SAGI.
Censo-grama
Estadísticas precisas de la población actual. Estas estadísticas
información organizada de los habitantes de la comunidad.
Actores del Negocio
A continuación, en el siguiente cuadro, para cada actor del negocio que se identifica
en el sistema los procesos de gestión de información de las comunidades implicadas
se da una breve descripción que incluye sus responsabilidades y las razones por las
que interactúa con el negocio.
Tipo Nombre del Actor del Negocio Descripción de
Responsabilidades
1. Ministerio del Poder Popular para las
Comunas.
Fija normas y políticas que
rigen las acciones dentro de
los consejos comunales.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y
PROYECCIÓN SOCIAL
2. Unidad Administrativa y Financiera. Mantener información
financiera actualizada sobre
los recursos de la comunidad a
través de la gaceta comunal.
3. Unidad Ejecutiva Supervisa el registro
organizado de los habitantes
actualizando la información
referente a las reuniones que
se realizan en la comunidad
3. Unidad de Contraloría Social Realizan un seguimiento a la
contraloría social sobre la
ejecución de los planes y
proyectos ejecutados o
desarrollados en el ámbito
territorial de la Comuna.
4. Voceros Interactúa con el sistema para
mantener actualizada la
información referente a las
reuniones que se realizarán en
la comunidad. Estos voceros
pueden postularse a través del
sistema SAGI.
5. Habitantes Interactúan con el sistema para
adquirir cartas comunales y
obtener información acerca de
la situación actual de la
comunidad.
6. Comisión Electoral Permanente Realizan un a los candidatos
que se postulen en las
elecciones de voceros de la
comunidad.
7. Comités de gestión Encargados Cargar las
propuestas respectiva área de
trabajo, proyectos y
propuestas a ser presentados a
la comunidad para atender las
diferentes áreas de la
comunidad
8. Consejo Comunal Actualizar los formatos de las
Cartas Comunales en caso de
que sea necesario.
9. Entes Gubernamentales Consultar información acerca
de los proyectos planteados en
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y
PROYECCIÓN SOCIAL
la comunidad
5. Reglas del Negocio
Las reglas de negocios (o las directivas institucionales) describen las políticas,
normas, operaciones, definiciones y restricciones presentes en una organización y que
son de vital importancia para alcanzar los objetivos misionales. Para el SAGI, las
reglas de negocios pueden están formalmente definidas en la ley orgánica de las
comunas aunque algunas pueden existir como conocimiento o experiencia que tienen
las personas que integran la Unidad Administrativa y Financiera. Las reglas de
negocios son dinámicas, están sujetas a cambios en el tiempo.
Algunas de las reglas de negocio que se han determinado son:
 Se debe disponer de usuario y contraseña para poder ingresar al SAGI.
 Para solicitud de cartas de residencia el usuario debe estar inscrito en el censo
comunitario.
 Para cartas aval para construcciones el usuario deben estar inscrito en el censo
comunitario.
 Para Carta aval de no poseer viviendo el usuario debe estar inscrito en el censo
comentario
 El Censo se debe hacer periódicamente ya que la información del censo es
requeridas para múltiples requisitos del sistema.
 Los voceros de la comunidad deben actualizar la información cada vez que se cite
a una asamblea para que la información se mantenga actualizada y pueda ser vista
por todos los usuarios del sistema.
 Para poder participar en los talleres deben hacer la inscripción formalmente vía
web.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y
PROYECCIÓN SOCIAL
 Todo proyecto comunal debe ser cargado en el sistema
 Cada variación en el estado de los Proyectos comunitarios requiere de una
actualización en el sistema por parte de los comités de gestión.
6. Eventos del Negocio
Un evento se refiere a cualquier acontecimiento, circunstancia, suceso o caso posible.
Aunque un evento es generalmente un hecho imprevisto, desde el punto de vista del
modelado de sistemas, es un acaecimiento, una cosa que sucede, planificada o no, en
un momento determinado y que genera una serie de acciones del sistema para llevarlo
a cabo.
El Sistema Administrativo de Gestión de Información de los Consejos Comunales
"El Bosque" y "Potrero Cercado II" (SAGI), desencadena los siguientes eventos:
 Registro, modificación, eliminación y consulta identificación de las Comunidades
Implicadas.
 Registro y actualización de documentos consignados por los Comités, los Voceros
Principales y Suplentes de las Comunidades Implicadas.
 Registro y actualización de las Calles, Residencias y Casas que se pertenecen a las
Comunidades
 Registro, modificación, eliminación de los talleres impartidos en la Comunidad
“El Bosque”.
 Registro, modificación, eliminación y consulta de la duración de los talleres
impartidos en la comunidad “EL Bosque”.
 Registro, modificación, Inscripciones para las postulaciones de voceros.
 Registro, modificación, eliminación de proyectos comunitarios planificados por
las Comunidades.
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PROYECCIÓN SOCIAL
 Registro, modificación, los censos de las Comunidades “El Bosque” y “Potrero
Cercado II".
 Registro, modificación, eliminación y consulta de cupos a los talleres impartidos.
 Registro, modificación, eliminación y consulta de Oferta de Talleres.
 Registro, modificación, eliminación y consulta de Aulas y lugares donde se
impartirán los Talleres.
 Registro, modificación y Control de la Comisión Electoral.
 Cambio de perfil de un usuario del sistema.
 Acceso al sistema por parte de los usuarios del mismo.
 Carga de certificaciones por parte de los tutores.
 Emisión de Cartas de Residencia
 Emisión de Cartas Aval para solicitudes de materiales de construcción
 Emisión de Carta Aval de no poseer vivienda
 Emisión de carta de buena Conducta
 Emisión de listados de organización de los consejos comunales
 Emisión de estadísticas de censos
 Emisión de Censos demográficos
 Emisión de censo comunitario
 Emisión de listados de cursos
 Emisión de listados de participantes de nuevo ingreso
 Emisión de listados de los participantes incorporados
 Backup de la data del sistema.
 Restauración de backup.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y
PROYECCIÓN SOCIAL

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  • 1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA DEL OESTE “MARISCAL SUCRE” UNIDAD CURRICULAR: INGENIERIA DEL SOFTWARE SECCION 7011- TRAYECTO 3 - TRIMESTRE 7 INGENIERÍA EN INFORMÁTICA ESPECIFICACIÓN DE REQUERIMIENTOS DEL SISTEMA ADMINISTRATIVO QUE PERMITARA GESTIONAR LA INFORMACIÓN DE LOS CONSEJOS COMUNALES “EL BOSQUE” Y “POTRERO CERCADO II” (SAGI) Autores: Briceño Yonaiker C.I.: 20.050.259 Colmenares Michell C.I.: 20.913.605 Quintero David C.I.: 18.942.827 Tutor: Ing. Rafael Matos Caracas, Marzo de 2014
  • 2. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROYECCIÓN SOCIAL IDENTIFICACIÓN DEL PROYECTO Proyecto(s) Tipo de Proyecto Sistema Administrativo que permita la Gestión de Información de los Consejos Comunales "El Bosque" y "Potrero Cercado II" (SAGI) Proyecto de Desarrollo de un Software para la Automatización de los procesos de Administrativos de los Consejos Comunales "El Bosque" y "Potrero Cercado II". Documentos de Evaluación Relacionados Plan de Proyecto para el desarrollo de un Sistema Administrativo que permita gestionar la información de los consejos comunales "El Bosque" y "Potrero Cercado II" (SAGI) Equipo de Proyecto Analistas Programadores: Colmenares Michell Briceño Yonaiker Hernández Luis Quintero David
  • 3. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROYECCIÓN SOCIAL CAPITULO I INTRODUCCIÓN Objetivos del Sistema General Gestionar los Procesos Administrativos de los Consejos Comunales “El Bosque” y “Potrero Cercado II”. Específicos 1. Administrar datos de identificación de las Comunidades Implicadas. 2. Administrar datos de los Comités, los Voceros Principales y Suplentes de las Comunidades Implicadas.  Identificar a los voceros y de que comunidad proviene.  Identificar los Comités. 3. Identificar las Calles, Residencias y Casas que se pertenecen a las Comunidades. 4. Gestionar los Cursos que dictan en la Comunidad “El Bosque”.  Control de los cursos.  Asignar tutores que dictan los cursos. 5. Inscripciones de los cursos.  Participantes de Nuevo Ingreso.  Participantes Incorporados. 6. Modificar inscripciones. 7. Control de la Comisión Electoral. 8. Inscripciones para las postulaciones de voceros.  Nuevos Candidatos.  Candidatos Reelectos.
  • 4. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROYECCIÓN SOCIAL  Comité de Trabajo. 9. Gestionar los proyectos comunitarios planificados por las Comunidades  Describir los proyectos comunitarios propuestos de las comunidades.  Describir el estado de los proyectos comunitarios. 10. Gestionar los censos de las Comunidades “El Bosque” y “Potrero Cercado II".  Control de los habitantes.  Control de habitantes por zona.  Estadísticas de los habitantes. - Número de familias. - Números de habitantes masculinos. - Números de habitantes femeninos. - Niños de 0 a 5 años. - Niños mayores de 6 a 11 años. - Adolescentes de 12 a 17 años. - Adultos mayores de 18 a 35 años. - Adultos mayores de 36 a 55 años. - Adultos mayores más de 56 años. 11. Permitir a los tutores y voceros administrar los cursos. 12. Emitir cartas que proporcionan las comunidades.  Carta de Residencia.  Carta Aval para la solicitud de materiales de construcción.  Carta Aval de no poseer vivienda.  Carta Buena Conducta.  Carta para los Ticket Estudiantiles. 13. Emitir listados.  Organización de los consejos comunales (comités y voceros que los conforman).  Estadísticas de los censos.  Censo Demográfico.
  • 5. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROYECCIÓN SOCIAL  Censo Comunitario.  Listado de los cursos.  Listado de los participantes nuevos ingreso.  Listado de los participantes incorporados. Alcance del Sistema El SAGI se concibe como un software que permite controlar los procesos administrativos de los consejos comunales “El Bosque” y “Potrero Cercado II”.  Permite registrar datos de los voceros, habitantes, calles y viviendas, cursos, comités.  Permite el cambio de cursos.  Permite el retiro de cartas de residencias, cartas aval, cartas de solicitudes por parte de los habitantes y buenas conducta.  Permite inscribir a los participantes para los cursos y para las postulaciones de vocerías.  Proporciona mecanismos de seguridad con la finalidad de que ingresen al sistema sólo las personas autorizadas de acuerdo al perfil que posean.  Ofrece informes actualizados sobre el estado de los proyectos comunitarios de cada una de las entidades involucradas en estos procesos.  Proporciona acceso remoto para los habitantes de la comunidades soliciten cartas emitidas por los consejos comunales.  Proporciona acceso remoto a la comisión electoral para la verificación de los candidatos postulados. Beneficios del Sistema Integración, control, seguimiento y administración de los procesos administrativos de los Consejos Comunales “El Bosque” y “Potrero Cercado II”.
  • 6. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROYECCIÓN SOCIAL a. Aporta una visión de conjunto y mejora la comunicación entre los voceros de los Consejos Comunales. b. Proporciona información a los habitantes y reduce la necesidad de que los voceros realicen las cartas, ya que el formato se encuentra en la web y se llenara automáticamente con los datos del habitante que lo solicite. c. Habilita las inscripciones a los cursos que se dictan en el Consejo Comunal “El Bosque”. d. Los habitantes de las comunidades implicadas tienen la posibilidad de postularse para las elecciones de voceros para los Comités de Trabajo. e. Proporciona información relevante sobre los proyectos planificados e la comunidad.  Descripción del proyecto.  Estado (propuesto, en proceso, culminado).  Presupuesto.  Entes involucrados.  Tiempo estimado. f. Muestra los resultados arrojados por el censo demográfico y comunitario de cada comunidad. Definiciones, Acrónimos y Abreviaturas SAGI: Sistema Administrativo que permitirá la gestión de información de los consejos comunales. COMUNIDAD: núcleo espacial básico e indivisible constituido por personas y familias que habitan en un ámbito geográfico determinado, vinculadas por características e intereses comunes; comparten una historia, necesidades y potencialidades culturales, económicas, sociales, territoriales y otra índole.
  • 7. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROYECCIÓN SOCIAL CONSEJO COMUNAL: en el marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e integración entre los ciudadanos, ciudadanas y las diversas organizaciones comunitarias, movimientos sociales y populares, que permiten al pueblo organizado ejercer el gobierno comunitario y la gestión directa de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades, potencialidades y aspiraciones de las comunidades, en la construcción del nuevo modelo de sociedad socialista de igual, equidad y justicia social. ÁMBITO GEOGRAFICO: es el territorio que ocupan los habitantes de la comunidad, cuyos límites geográficos se establecen o ratifican en Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, de acuerdo con sus particularidades y considerando la base poblacional de la comunidad. BASE POBLACIONAL DE LA COMUNIDAD: es el número de habitantes dentro del ámbito geográfico que integra una comunidad. Se tendrá como referencia para constituir el Consejo Comunal: en el ámbito urbano entre ciento cincuenta (150) y cuatrocientas (400) familias; en el ámbito urbano rural a partir de veinte familias y para las comunidades indígenas a partir de diez familias, manteniendo la indivisibilidad de la comunidad y garantizando el ejercicio del gobierno comunitario y la democracia protagónica. ORGANIZACIONES COMUNITARIAS: son las organizaciones que existen o pueden existir en el seno de las comunidades y agrupan un conjunto de personas con base a objetivos e interés comunes, para desarrollar actividades propias en el área que les ocupa. COMITÉ DE TRABAJO: es el colectivo o grupo de personas organizadas para ejercer funciones específicas, atender necesidades en distintas áreas de trabajo y desarrollar las aspiraciones y potencialidades de su comunidad.
  • 8. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROYECCIÓN SOCIAL VOCERO O VOCERA: es la persona electa mediante proceso de elección popular, a fin de coordinar el funcionamiento del Consejo Comunal, la instrumentación de las decisiones de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas. PROYECTOS COMUNITARIOS: es el conjunto de actividades concretas orientadas a lograr uno o varios objetivos, para dar respuesta a las necesidades, aspiraciones y potencialidades de las comunidades. Los proyectos deben contar con una programación de acciones determinadas en el tiempo, los recursos, los responsables y los resultados esperados. ÁREAS DE TRABAJO: son ámbitos de gestión que se constituyen en relación con las particularidades, potencialidades y los problemas más relevantes de la comunidad. El número y contenido de las áreas de trabajo dependerá de la realidad, las prácticas tradicionales, las necesidades colectivas y las costumbres de cada comunidad. Las áreas de trabajo agrupan varios comités de trabajo. PLAN COMUNITARIO DE DESARROLLO INTEGRAL: es el documento técnico que identifica las potencialidades y limitaciones, las prioridades y los proyectos comunitarios que orientan al logro del desarrollo integral de la comunidad. CARTA COMUNALES: Son instrumentos, propuestos por los habitantes de la comuna y aprobados por el Parlamento Comunal, destinados a regular la vida social y comunitaria, coadyuvar con el orden público, la convivencia, primacía del interés colectivo sobre el interés particular y la defensa de los derechos humanos, de conformidad con la Constitución y las leyes de la Republica. CARTA AVAL: cartas solicitadas por los habitantes de las comunidades para solicitar materiales de construcción a las organizaciones públicas o para solicitar una vivienda, estas son emitida por los consejos comunales.
  • 9. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROYECCIÓN SOCIAL CARTA DE RESIDENCIA: carta que hace constar que la persona que la está solicitando residen en esa comunidad o en ese ámbito geográfico. CENSO: estadística descriptiva, al recuento de individuos que conforman una población estadística, definida como un conjunto de elementos de referencia sobre el que se realizan las observaciones. El censo de una población estadística consiste básicamente, en obtener mediciones del número total de individuos mediante diversas técnicas de recuento, y que se hace cada 10 años. ASAMBLEA DE CIUDADANOS Y CIUDADANAS: es la máxima instancia de la deliberación y decisión para el ejercicio del poder comunitario, la participación y protagonismo popular, sus decisiones son de carácter vinculante para el consejo comunal en le marco de la ley orgánica de los consejo comunales. Referencias  Ley Orgánica de los Consejos Comunales. Gaceta Oficial Nº 39.335. Lunes 28 de diciembre de 2009. Capítulo I disposiciones generales. Artículos: artículo 2°, artículo 4°. Capitulo II, sección segunda: de la elección, artículo 11. Capitulo III, sección primera: de la estructura del consejo comunal, articulo 16, articulo 17, articulo 18, articulo 19, articulo 27, articulo 28, articulo 30, articulo 31, articulo 33.  Comunas Socialistas documento para la discusión. Valoración Política de los consejos comunales. Página 12.  Artículos 1, 14, 50, de la constitución de la república de Venezuela. Tener por objeto desarrollar los principios orientados en materia de ciencia,
  • 10. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROYECCIÓN SOCIAL tecnología e innovación y sus aplicaciones; fundamentándose en lo siguiente: • Investigación y desarrollo para mejorar la calidad de vida. • Generación de conocimientos del talento humano. • fortalecimiento y articulación de redes. • innovación de la gestión pública.  El artículo 110 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Reconoce como de interés público la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y los servicios de información, con el objeto de lograr el desarrollo económico, social y político del país. Esta disposición constitucional se expresa con fuerza en los artículos 1° de la Ley de Telecomunicaciones y 12° de la Ley Orgánica de la Administración Pública. Con el Decreto N° 825, emitido el 10 de mayo de 2000, se establece el acceso y el uso de Internet como política prioritaria.  Programa Nacional de Formación (PNF). línea 1: Participación Social en la Gestión de las Organizaciones, por ser esta una participación directa con organismo público permitiendo propiciar mecanismos y alternativas de participación social para la optimización de los procesos organizacionales en pro de la calidad del servicio. Así mismo comprende la integración multidimensional de los saberes, conocimientos, en su aplicación o cumplimiento en la resolución del problema, el desarrollo de potencialidades y el mejoramiento de la comunidad.  El decreto 3.390. Aprobado el 13 de julio de 2005, el "Plan de Migración de Software Libre", el cual dispone que la APN emplee prioritariamente SL desarrollado con estándares abiertos en sus sistemas, proyectos y servicios informáticos.
  • 11. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROYECCIÓN SOCIAL Estructura del Documento El presente documento se encuentra estructurado en tres (3) capítulos, los cuales se describen a continuación: En el Capítulo 1: Introducción, se establecen los lineamientos que conducirán el desarrollo del proyecto: Objetivos, Alcance, Beneficios del Sistema, Definiciones, acrónimos y abreviaturas, Referencias. En el Capítulo 2: Modelado de Negocios, muestra una representación simplificada de la lógica de negocio, describiendo lo que los Consejos Comunales “El Bosque” y “Potrero Cercado II”, ofrece a los habitantes y para la comunidad, describen los procesos que se realizan en las distintas áreas de trabajo que se conforman en estas comunidades.
  • 12. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROYECCIÓN SOCIAL CAPITULO II MODELADO DE NEGOCIOS Objetivos del Negocio. Los consejos comunales están adscritos al Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social. Tienen como objetivo promover y consolidar la democracia participativa y protagónica, mediante la promoción y el fortalecimiento de todas aquellas expresiones organizativas y comunitarias que propicien el ejercicio de la corresponsabilidad social en la gestión pública. Procesos de Negocio Un consejo comunal es una forma de organización de la comunidad donde el mismo pueblo es quien formula, ejecuta, controla y evalúa las políticas públicas, asumiendo así, el ejercicio real del poder popular, es decir, poniendo en práctica las decisiones adoptadas por la comunidad. La organización, funcionamiento y acción de los consejos comunales se rige por los principios y valores de participación, corresponsabilidad, democracia, identidad nacional, libre debate de las ideas, celebridad, coordinación, cooperación, solidaridad, transparencia, rendición de cuentas, honestidad, bien común, humanismo, territorialidad, colectivismo, eficacia, eficiencia, ética, responsabilidad social, control social, libertad, equidad, justicia, trabajo voluntario, igualdad social y de género, con el fin de establecer la base sociopolítica del socialismo que consolide un nuevo modelo político, social, cultural y económico. El SAGI, los procesos de negocio inherente son: Unidad Ejecutiva, Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria, Postulación y Elección, Proyectos Socioproductivos. A continuación se describen estos procesos de negocio.
  • 13. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROYECCIÓN SOCIAL Unidad Ejecutiva. Es la instancia del consejo comunal encargada de promover y articular la participación organizada de los habitantes de la comunidad, organizaciones comunitarias, los movimientos sociales y populares en los diferentes comités de trabajo; se reunirá a fin de planificar la ejecución de las decisiones de la asamblea de ciudadanos y ciudadanas, así como conocer las actividades de cada uno de los comités y delas ares de trabajo. La Asamblea de ciudadanos y ciudadanas elige el número de voceros postulados o voceras postuladas de acuerdo a la cantidad de comités de trabajo y otras organizaciones comunitarias que existen o se conformen en la comunidad, tales como:  Comité de salud.  Comité de tierra urbana.  Comité de vivienda y habitad.  Comité de economía comunal.  Comité de seguridad y defensa integral.  Comité de medios alternativos comunitarios.  Comité de recreación y deportes.  Comité de alimentación y defensa del consumidor.  Comité de mesa técnica de agua  Comité de mesa técnica de energía y gas.  Comité de protección social de niños, niñas y adolescentes.  Comité comunitario de personas con discapacidad.  Comité de educación, cultural y formación ciudadana.  Comité de familia e igualdad de género.  Los demás comités que la comunidad estime necesario.
  • 14. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROYECCIÓN SOCIAL Estas Unidades de Ejecutivas tienen como función. 1. Ejecutar las decisiones de la asamblea de ciudadanos y ciudadanas en el área de su competencia. 2. Crear y organizar el sistema de información comunitario interno. 3. Coordinar y articular todo lo referido a la organización, funcionamiento y ejecución de los planes de trabajo de los comités y su relación con la Unidad de Contraloría Social, la Unidad Administración y Financiera Comunitaria y las demás organizaciones sociales de la comunidad. 4. Promover la creación de nuevas organizaciones con la aprobación de la asamblea de ciudadanos y ciudadanas en defensa del interés colectivo y el desarrollo integral de la comunidad. 5. Organizar el voluntariado social como escuela generadora de conciencia y activadora del deber social en cada comité de trabajo. 6. Promover la participación de los comités de trabajo u otras formas de organización comunitaria en la elaboración y ejecución de políticas públicas, mediante la presentación de propuestas a los órganos y entes del Poder Público. 7. Promover participar y contribuir, conjuntamente con la Milicia Bolivariana, en la seguridad y defensa integral de la Nación. 8. Coadyuvar con los órganos y entes del Poder Público en el levantamiento de información relacionada con la comunidad, conforme al ordenamiento jurídico vigente. 9. Impulsar y promover la formulación de proyectos comunitarios que busquen satisfacer las necesidades, aspiraciones y potencialidades de la comunidad. 10. Conocer las solicitudes y emitir las constancias de residencia de los habitantes de la comunidad, a los efectos de las actividades inherentes del consejo comunal, sin menoscabo del ordenamiento jurídico vigente.
  • 15. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROYECCIÓN SOCIAL Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria. Es la instancia del consejo comunal que funciona como un ente de administración, ejecución, inversión, crédito, ahorro e intermediación financiera de los recursos y fondos de los consejos comunales, de acuerdo a las decisiones y aprobaciones de la asamblea de ciudadanos y ciudadanas, privilegiando el interés social sobre la acumulación de capital. Las funciones de esta unidad son las siguientes: 1. Ejecutar las decisiones de la asamblea ciudadanos y ciudadanas en el área de su competencia. 2. Elaborar los registros contables con los soportes que demuestren los ingresos y egresos efectuados. 3. Presentar trimestralmente el informe de gestión y la rendición de cuenta pública cuando le sea requerido por la asamblea de ciudadanos y ciudadanas, por el colectivo de coordinación comunitaria o por cualquier otro órgano o ente del poder público que le haya otorgado recursos. 4. Prestar servicios financieros y no financieros en el área de su competencia. 5. Realizar la intermediación financiera comunitaria, privilegiando el interés social sobre la acumulación de capital. 6. Apoyar las políticas de fomento, desarrollo y fortalecimiento de la economía social, popular y alternativas. 7. Proponer formas alternativas de intercambio de bienes y servicios para lograr la satisfacción de las necesidades y fortalecimiento de la economía local. 8. Promover el ahorro familiar. 9. Facilitar herramientas que permitan el proceso de evolución y análisis de los créditos de las organizaciones socioproductivas previstas en el Decreto N° 6.129 con rango, valor y fuerza de ley para el fomento y desarrollo de la economía popular.
  • 16. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROYECCIÓN SOCIAL 10. Consignar ante la unidad de contraloría social del consejo comunal, el comprobante de la declaración jurada de patrimonio de los voceros y voceras de la unidad administrativa y financiera comunitaria al inicio y cese de sus funciones. 11. Administrar los fondos del consejo comunal con la consideración del colectivo de coordinación comunitaria y la aprobación de la asamblea de ciudadanos y ciudadanas. 12. Elaborar y presentar el proyecto anual de gastos de los fondos del consejo comunal. 13. Presentar y gestionar ante el colectivo de coordinación comunitaria el financiamiento de los proyectos aprobados por la asamblea de ciudadanos y ciudadanas. Postulación y Elección. Los ciudadanos y ciudadanas de manera individual o colectiva tendrán derecho a participar y postular voceros o voceras a las unidades de consejo comunal, de acuerdo a los requisitos establecidos en la ley orgánica de los consejos comunales. La elección de los voceros o voceras de las unidades ejecutiva, administrativas y financiera comunitaria y de contraloría social se realizara de manera uninominal. En ningún caso, se efectuara por plancha o lista electoral. Los postulados solo lo podrán hacer para una unidad del consejo comunal. Proyecto Socioproductivo. Son las actividades concretas, orientadas a lograr uno o varios objetivos para dar respuesta a las necesidades, aspiraciones y potencialidades de la comunidad o la comuna, formulado con base a los principios del sistema económico comunal
  • 17. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROYECCIÓN SOCIAL en correspondencia con el Plan Desarrollo Económico y Social de la Nación y el Plan de Desarrollo Comunal. Publicar en la Gaceta Comunal. Órgano informativo oficial de la Comuna, en el cual se publicarán, las cartas comunales, las decisiones del Parlamento Comunal y las del Banco de la Comuna que posean carácter vinculante para sus habitantes, así como todos aquellos actos que requieran para su validez la publicación en dicho instrumento. Actualmente todas estas publicaciones se hacen a través de reuniones, las cuales tienen poca asistencia de los habitantes debido a que no posee un medio seguro de información con respecto a lugar, fecha, y hora de las reuniones. Inscripción Cursos Recreativos. La comunidad en su obligación promover y articular la participación organizada de los habitantes de la comunidad. Ofrecen cursos y talleres de capacitación de corto plazo en donde los habitantes pueden inscribirse y compartir con el resto de la comunidad. Entre esos cursos podemos encontrar: Bailo terapia, Objetos del negocio El sistema administrativo SAGI deberá digitalizar y respaldar toda la información administrativa indispensable para los procesos ejecutados en los consejos comunales “Potrero Cercado II” y “El bosque”. Dando la posibilidad a los habitantes de estas comunidades a acceder a las cartas comunales y consultar información referente a la
  • 18. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROYECCIÓN SOCIAL comunidad a través de la gaceta comunal. Para apoyar estas funciones, el sistema debe contener datos de los siguientes objetos de negocio: Unidad Administrativa y Financiera Funciona como ente de administración, ejecución, inversión, crédito, ahorro e intermediación financiera de los recursos de la Asamblea de Ciudadanos; está integrada por cinco (5) habitantes de la comunidad electos a través de un proceso de elección popular. Entre sus funciones se encuentra:  Elaborar los registros contables con los soportes que demuestren los ingresos y egresos efectuados  Presentar trimestralmente el informe de gestión y la rendición de cuenta pública cuando le sea requerido por la Asamblea de Ciudadanos, por el Colectivo de Coordinación Comunitaria o los órganos o entes públicos que le hayan otorgado recursos.  Elaborar y presentar el proyecto anual de gastos de los fondos del consejo comunal.  Mantener actualizados a los habitantes de las comunidades con respecto a los avances de los proyectos comunales planificados o ejecutados. Cartas comunales Son instrumentos, propuestos por los habitantes de la Comuna y aprobados por el Parlamento Comunal, destinados a regular la vida social y comunitaria, coadyuvar con el orden público, la convivencia, la primacía del interés
  • 19. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROYECCIÓN SOCIAL colectivo sobre el interés particular y la defensa de los derechos humanos, de conformidad con la Constitución y las leyes de la República. El consejo comunal debe emitir estas cartas tomando en cuenta la identificación real del individuo que la solicita como habitante de la comunidad. Proyectos Es una forma de organización, la figura de los consejos comunales de planificación, con el propósito fundamental de buscar la solución de los principales problemas que los afectan, en procura de una mejor calidad de vida. El método que se está utilizando y que está siendo promovido por las diferentes instancias de gobierno, es el de la formulación y ejecución, por parte de las comunidades. Estos proyectos comunitarios requieren de un fondo proveniente de un Banco de la Comuna, la Unidad Administrativa y Financiera presentar el estado en que se encuentran estos proyectos. Voceros Es la extensión o la prolongación de la presencia de un colectivo de trabajo o un área comunitaria en el Consejo Comunal. El vocero no manda ni impone su criterio personal. Es la extensión o la prolongación de la presencia de un colectivo de trabajo o un área comunitaria entre los consejos comunales implicados. El vocero es el elemento que ejecuta el mandato del Consejo Comunal, instrumento a su vez, de la Asamblea de Ciudadanos de una determinada localidad. El vocero es solo una voz, transmisor de la decisión del grupo. El vocero lo que surge de la sesión asamblearia de la cual forma parte y es elegido por la comunidad mediante elecciones. Un vocero puede ser principal o suplente.
  • 20. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROYECCIÓN SOCIAL Habitantes Residentes de la comunidad “Potrero Cercado II” y “El Bosque” que requieren adquirir cartas comunales y obtener información acerca de la situación actual de la comunidad. Comunidades Existen 2 comunidades implicadas “Potrero Cercado II” y “El Bosque”. Cada usuario del sistema registrado especificara de qué comunidad proviene. Residencias Residencia interna en las comunidades implicadas. Edificios Edificio interno en las comunidades implicadas. Calles Calle interna en las comunidades implicadas. Documentos Requeridos A cada usuario que se registre en el sistema se le exigen una serie de requisitos necesarios para ser identificados. Entre estos requisitos se
  • 21. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROYECCIÓN SOCIAL encuentra: Nombre, Apellido, Cedula de identidad, nro. de cónyuges , calle, residencia o edificio, nro. De residencia o edificio. Cursos Cursos dictados específicamente en la comunidad el Bosque. A través del siga los habitantes podrán registrarse a estos cursos. Usuarios Conjunto de personas previamente registradas que deberán ingresar usuario y contraseña para hacer uso del sistema SAGI. Censo-grama Estadísticas precisas de la población actual. Estas estadísticas información organizada de los habitantes de la comunidad. Actores del Negocio A continuación, en el siguiente cuadro, para cada actor del negocio que se identifica en el sistema los procesos de gestión de información de las comunidades implicadas se da una breve descripción que incluye sus responsabilidades y las razones por las que interactúa con el negocio. Tipo Nombre del Actor del Negocio Descripción de Responsabilidades 1. Ministerio del Poder Popular para las Comunas. Fija normas y políticas que rigen las acciones dentro de los consejos comunales.
  • 22. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROYECCIÓN SOCIAL 2. Unidad Administrativa y Financiera. Mantener información financiera actualizada sobre los recursos de la comunidad a través de la gaceta comunal. 3. Unidad Ejecutiva Supervisa el registro organizado de los habitantes actualizando la información referente a las reuniones que se realizan en la comunidad 3. Unidad de Contraloría Social Realizan un seguimiento a la contraloría social sobre la ejecución de los planes y proyectos ejecutados o desarrollados en el ámbito territorial de la Comuna. 4. Voceros Interactúa con el sistema para mantener actualizada la información referente a las reuniones que se realizarán en la comunidad. Estos voceros pueden postularse a través del sistema SAGI. 5. Habitantes Interactúan con el sistema para adquirir cartas comunales y obtener información acerca de la situación actual de la comunidad. 6. Comisión Electoral Permanente Realizan un a los candidatos que se postulen en las elecciones de voceros de la comunidad. 7. Comités de gestión Encargados Cargar las propuestas respectiva área de trabajo, proyectos y propuestas a ser presentados a la comunidad para atender las diferentes áreas de la comunidad 8. Consejo Comunal Actualizar los formatos de las Cartas Comunales en caso de que sea necesario. 9. Entes Gubernamentales Consultar información acerca de los proyectos planteados en
  • 23. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROYECCIÓN SOCIAL la comunidad 5. Reglas del Negocio Las reglas de negocios (o las directivas institucionales) describen las políticas, normas, operaciones, definiciones y restricciones presentes en una organización y que son de vital importancia para alcanzar los objetivos misionales. Para el SAGI, las reglas de negocios pueden están formalmente definidas en la ley orgánica de las comunas aunque algunas pueden existir como conocimiento o experiencia que tienen las personas que integran la Unidad Administrativa y Financiera. Las reglas de negocios son dinámicas, están sujetas a cambios en el tiempo. Algunas de las reglas de negocio que se han determinado son:  Se debe disponer de usuario y contraseña para poder ingresar al SAGI.  Para solicitud de cartas de residencia el usuario debe estar inscrito en el censo comunitario.  Para cartas aval para construcciones el usuario deben estar inscrito en el censo comunitario.  Para Carta aval de no poseer viviendo el usuario debe estar inscrito en el censo comentario  El Censo se debe hacer periódicamente ya que la información del censo es requeridas para múltiples requisitos del sistema.  Los voceros de la comunidad deben actualizar la información cada vez que se cite a una asamblea para que la información se mantenga actualizada y pueda ser vista por todos los usuarios del sistema.  Para poder participar en los talleres deben hacer la inscripción formalmente vía web.
  • 24. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROYECCIÓN SOCIAL  Todo proyecto comunal debe ser cargado en el sistema  Cada variación en el estado de los Proyectos comunitarios requiere de una actualización en el sistema por parte de los comités de gestión. 6. Eventos del Negocio Un evento se refiere a cualquier acontecimiento, circunstancia, suceso o caso posible. Aunque un evento es generalmente un hecho imprevisto, desde el punto de vista del modelado de sistemas, es un acaecimiento, una cosa que sucede, planificada o no, en un momento determinado y que genera una serie de acciones del sistema para llevarlo a cabo. El Sistema Administrativo de Gestión de Información de los Consejos Comunales "El Bosque" y "Potrero Cercado II" (SAGI), desencadena los siguientes eventos:  Registro, modificación, eliminación y consulta identificación de las Comunidades Implicadas.  Registro y actualización de documentos consignados por los Comités, los Voceros Principales y Suplentes de las Comunidades Implicadas.  Registro y actualización de las Calles, Residencias y Casas que se pertenecen a las Comunidades  Registro, modificación, eliminación de los talleres impartidos en la Comunidad “El Bosque”.  Registro, modificación, eliminación y consulta de la duración de los talleres impartidos en la comunidad “EL Bosque”.  Registro, modificación, Inscripciones para las postulaciones de voceros.  Registro, modificación, eliminación de proyectos comunitarios planificados por las Comunidades.
  • 25. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROYECCIÓN SOCIAL  Registro, modificación, los censos de las Comunidades “El Bosque” y “Potrero Cercado II".  Registro, modificación, eliminación y consulta de cupos a los talleres impartidos.  Registro, modificación, eliminación y consulta de Oferta de Talleres.  Registro, modificación, eliminación y consulta de Aulas y lugares donde se impartirán los Talleres.  Registro, modificación y Control de la Comisión Electoral.  Cambio de perfil de un usuario del sistema.  Acceso al sistema por parte de los usuarios del mismo.  Carga de certificaciones por parte de los tutores.  Emisión de Cartas de Residencia  Emisión de Cartas Aval para solicitudes de materiales de construcción  Emisión de Carta Aval de no poseer vivienda  Emisión de carta de buena Conducta  Emisión de listados de organización de los consejos comunales  Emisión de estadísticas de censos  Emisión de Censos demográficos  Emisión de censo comunitario  Emisión de listados de cursos  Emisión de listados de participantes de nuevo ingreso  Emisión de listados de los participantes incorporados  Backup de la data del sistema.  Restauración de backup.
  • 26. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROYECCIÓN SOCIAL