Informe sobre las actividades de examen preliminar
2018. Corte Penal Internacional
fuente: https://www.icc-cpi.int/itemsDocuments/2018-otp-rep-PE-Colombia.pdf
Justicia continúa favoreciendo a victimarios diez años despuésCrónicas del despojo
El 21 de febrero de 2005, en las veredas La Resbalosa y Mulatos (del municipio de Apartadó), fueron ejecutados extrajudicialmente Luis Eduardo Guerra y su compañera Beyanira Areiza, así como Deyner Andrés Guerra Tuberquia (de 11 años de edad). En desarrollo de la misma operación, fueron también asesinados Alonso Bolívar, Sandra Milena Muñoz y los niños Natalia (de 5 años de edad) y Santiago (de 18 meses de edad) integrantes de la Comunidad de Paz de San José de Apartadó. Allí mismo fue ejecutado Alejandro Pérez Castaño.
Justicia continúa favoreciendo a victimarios diez años despuésCrónicas del despojo
El 21 de febrero de 2005, en las veredas La Resbalosa y Mulatos (del municipio de Apartadó), fueron ejecutados extrajudicialmente Luis Eduardo Guerra y su compañera Beyanira Areiza, así como Deyner Andrés Guerra Tuberquia (de 11 años de edad). En desarrollo de la misma operación, fueron también asesinados Alonso Bolívar, Sandra Milena Muñoz y los niños Natalia (de 5 años de edad) y Santiago (de 18 meses de edad) integrantes de la Comunidad de Paz de San José de Apartadó. Allí mismo fue ejecutado Alejandro Pérez Castaño.
UTILIDAD DE LA JURISPRUDENCIA INTERNACIONAL EN EL AVANCE O RETROCESO DE LAS INSTITUCIONES DEL DERECHO INTERNACIONAL
(CASO REFERENCIAL SEGUNDA SENTENCIA DE LA C.P.I
CASO MATHIEUN GUDJOLO CHUI
ABSOLUTORIA
No. ICC-01/04-02/12
18/12/2012)
Fallo de Cámara Federal de Apelaciones que frena tarifazo del gas en CórdobaAndrés Oliva
Frenazo al tarifazo en toda la provincia de Córdoba: la Cámara Federal de Apelaciones avala amparo contra los aumentos del gas natural.
Esta cautelar obliga a las empresas a refacturar y retrotraer los precios de las tarifas al 31 de marzo, a la situación previa al tarifazo.
De este modo, la Cámara revierte el fallo del juez federal Bustos Fierro y se alinea con la resolución del juez Ochoa de Río Cuarto.
Por medio de la cual se dispone dar cumplimiento al requerimiento efectuado a la Fiscalía General de la Nación por la Corte Constitucional en auto 092 de 14 de abril de 2008, en punto de violencia sexual en mujeres desplazadas.
es uno de los documentos wjjhhdfffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffggggggggggggggggggggggggggggggggggggggggggggggggggggggggggggggggggg
UTILIDAD DE LA JURISPRUDENCIA INTERNACIONAL EN EL AVANCE O RETROCESO DE LAS INSTITUCIONES DEL DERECHO INTERNACIONAL
(CASO REFERENCIAL SEGUNDA SENTENCIA DE LA C.P.I
CASO MATHIEUN GUDJOLO CHUI
ABSOLUTORIA
No. ICC-01/04-02/12
18/12/2012)
Fallo de Cámara Federal de Apelaciones que frena tarifazo del gas en CórdobaAndrés Oliva
Frenazo al tarifazo en toda la provincia de Córdoba: la Cámara Federal de Apelaciones avala amparo contra los aumentos del gas natural.
Esta cautelar obliga a las empresas a refacturar y retrotraer los precios de las tarifas al 31 de marzo, a la situación previa al tarifazo.
De este modo, la Cámara revierte el fallo del juez federal Bustos Fierro y se alinea con la resolución del juez Ochoa de Río Cuarto.
Por medio de la cual se dispone dar cumplimiento al requerimiento efectuado a la Fiscalía General de la Nación por la Corte Constitucional en auto 092 de 14 de abril de 2008, en punto de violencia sexual en mujeres desplazadas.
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MUJERES COMO OBJETIVO DE ATAQUE: VIOLENCIA SEXUAL EN EL CONFLICTO COLOMBIANO ...Crónicas del despojo
La violencia sexual y de género es una de las manifestaciones mayores y más graves de la discriminación estructural contra las mujeres en Colombia. Así lo han reconocido cortes nacionales y mecanismos internacionales, a pesar de esto persisten altos niveles de impunidad. Tanto el Estado colombiano como la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (FCPI), deben considerar si estos delitos se han cometido crímenes contra la humanidad. Asimismo deben reconocer la relación que existe entre la violencia sexual y las desigualdades de género. Resulta claro que a pesar de los esfuerzos estatales para impulsar cambios normativos, éstos aún son insuficientes para superar la impunidad. ..
El libro "Mujeres y agronegocios“analiza las estrategias de los actores del agronegocio hacia las mujeres, y el impacto que provoca en algunas comunidades campesinas que sobreviven al avance de los agronegocios en Paraguay, con especial énfasis en cómo afecta la vida de las mujeres.
El estudio fue elaborado por las investigadoras Elizabeth Duré y Marielle Palau, y cuenta con ilustraciones de Cecilia Domínguez. En la introducción al material las autoras señalan que el análisis fue realizado tomando en cuenta la situación a nivel país, y en particular en los Departamentos de Alto Paraná y Concepción, dos de los Departamentos con mayor avance de los agronegocios, en los que el “territorio verde” de la soja se impone en infinitas hectáreas, también el ganado, arroz y otros rubros, expulsando a miles de familias campesinas e indígenas, destruyendo los montes, la biodiversidad, las chacras, y afectando directamente los modos de vida y las relaciones entre las personas y la naturaleza.
Fuente: http://www.biodiversidadla.org/Recomendamos/Mujeres-y-agronegocios-una-aproximacion-al-impacto-y-las-estrategias-utilizadas
Es una publicación de Rocío Silva-Santiesteban y el Grupo Internacional del Trabajo sobre Asuntos Indígenas, que aborda el tema sobre el papel fundamental de la mujer indígena para plantear un cambio radical en este momento crucial de la humanidad: el cambio climático.
Pues, no es novedad que sean las mujeres las más afectadas por este fenómeno, debido a que precisamente los derechos de las mujeres continuán siendo negados en diversas formas e intensidades en todo el mundo, pero sobre todo en el hemisferio sur.
En ese contexto de desigualdad de género, las mujeres indígenas, campesinas y comuneras soportan una carga aún mayor del cambio climático porque dependen más de los recursos naturales para su supervivencia. Ello plantea una serie de desafíos por los que atraviesan las mujeres para vivir, empoderarse ante estos nuevos retos y conservar así la biodiversidad.
GRAIN: "Tratados de libre comercio: Instrumentos de desvío de poder que sojuz...Crónicas del despojo
Este cuaderno de trabajo, de GRAIN, contiene fragmentos de textos, testimonios y entrevistas para repensar los tratados de libre comercio y señalar sus nocivos efectos sobre la soberanía política, social, económica y jurídica de las naciones.
Buscamos entrever el significado profundo de tales tratados, verdaderos “instrumentos de desvío de poder para otorgarle margen de maniobra a las corporaciones y cerrar las posibilidades de que la gente acceda a la justicia”.
Los tratados internacionales de “comercio, inversión y colaboración” en realidad son marcos “jurídicos” súper poderosos, paralelos a las legislaciones nacionales, que pueden determinar muchísimos aspectos de la vida, con efectos graves y perniciosos para el presente y futuro de las poblaciones afectadas.
Ante el surgimiento global del “libre comercio”, las voces de los pueblos originarios y campesinos fueron las primeras que se alzaron para cuestionar ese modelo: 25 años después sus luchas mantienen viva la esperanza de que otro mundo es posible.
Colombia: Informe sobre violaciones a los derechos humanos basados en el géne...Crónicas del despojo
UN INFORME PARA EL COMITÉ DE NACIONES UNIDAS PARA LA ELIMINACIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER
72da Sesión, Ginebra, Suiza febrero - marzo 2019
En respuesta al IINFORME PERIÓDICO NOVENO DE COLOMBIA
El objetivo de este informe es complementar el informe del Gobierno de Colombia al Comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer (“el Comité”). Ofrece recomendaciones específicas para garantizar que el Estado colombiano cumpla adecuadamente con la Convención con respecto a la protección de los derechos humanos de género de los y las afrodescendientes.
La primera sección discute la falta de inclusión adecuada de mujeres afrocolombianas en la implementación de la paz. La siguiente sección detalla la grave situación que enfrentan las mujeres afrodescendientes defensoras de derechos humanos y líderes sociales en Colombia. La tercera sección describe el alcance de la violencia sexual y de género contra los y las afrodescendientes y la necesidad de que el Gobierno consulte con las autoridades afrocolombianas y las organizaciones de mujeres afrodescendientes para desarrollar medidas de protección adecuadas. Las secciones cuatro y cinco cubren la falta de acceso a la justicia y a los servicios de salud para las afrocolombianas sobrevivientes de violencia sexual y de género, respectivamente. La sección final trata sobre las amenazas al acceso a la tierra de las mujeres afrodescendientes.
La información contenida en este informe fue preparada por las siguientes organizaciones locales colombianas e instituciones académicas: el Proceso de Comunidades Negras (PCN), MADRE, y la Clínica de Derechos Humanos y Justicia de Género (HRGJ) de la Universidad de La Ciudad de Nueva York (CUNY). Además de los informes de derechos humanos y las fuentes de noticias, la información en este informe se recopiló a través de entrevistas y documentación de testimonios personales realizados en Colombia.
APDHA denuncia más de mil muertes de personas migrantes en la Frontera Sur, cuatro veces más que el año anterior.
Andalucía, 7 de febrero de 2019.- La Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA) ha denunciado hoy las políticas criminales del Estado español que han causado que las personas muertas o desaparecidas durante el año pasado se multipliquen por cuatro, respecto a 2017. Al menos 1.064 personas han perdido la vida intentando alcanzar territorio español, “una cifra horrible” solo superada en 30 años de migración en 2006, con la “crisis de los cayucos”.
Los datos se desprenden del Informe Derechos Humanos en la Frontera Sur 2019 Informe Derechos Humanos en la Frontera Sur 2019, que se ha presentado esta mañana, con motivo de la celebración, ayer, del quinto aniversario de la muerte de quince personas, tras la acción de la Guardia Civil, en la playa El Tarajal de Ceuta.
Informe "Acceso de las mujeres indígenas a la tierra, el territorio y los rec...Crónicas del despojo
El “Acceso de las mujeres indígenas a la tierra, el territorio y los recursos naturales en América Latina y el Caribe”, elaborado por la antropóloga maya K’ichee’, Doctora y Maestra en Antropología Social Irma A. Velásquez Nimatuj, ofrece una panorámica regional sobre la temática junto con casos de estudio y recomendaciones clave.
Su elaboración se enmarca en el trabajo de colaboración entre la Oficina Regional de ONU Mujeres para las Américas y el Caribe, y el Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe (FILAC), para promover el pleno ejercicio de los derechos de las mujeres indígenas.
Informe sobre el caso Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (T...Crónicas del despojo
Informe de la comisión del Tribunal Internacional de Derechos de la Naturaleza de 16 de enero 2019
La comisión que visitó el Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS) en agosto pasado, con base en la amplía información recopilada durante su visita, exhorta al Tribunal Internacional por los Derechos de la Naturaleza sancionar al gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia por las reiteradas violaciones a los derechos establecidos en la “Declaración Universal de los Derechos de la Madre Tierra”, expedida en Tiquipaya, Cochabamba, Bolivia, el año 2010, y a otros cuerpos jurídicos que le reconocen como sujeto de derechos.
El informe de 44 páginas de la comisión señala que se están afectando y se afectarán aun más los siguientes Derechos de la Madre Tierra: derecho a la vida y a existir; derecho a ser respetada; derecho al agua como fuente de vida; derecho a la regeneración de su biocapacidad y continuación de sus ciclos y procesos vitales libres de alteraciones humanas, así como el derecho a mantener su identidad e integridad como seres diferenciados, auto-regulados e interrelacionados.
Así mismo la comisión constata que se vulneran los derechos de los pueblos indígenas y los derechos de las defensoras y los defensores de la Naturaleza. Violaciones que se ven agravadas por el irrespeto al marco jurídico e institucional del Estado Plurinacional de Bolivia.
Fuente: https://tipnisbolivia.org/?p=4388
Hacia un cambio transformador: las mujeres y la implementación del Acuerdo de...Crónicas del despojo
"La paz implica más que la mera ausencia de conflicto armado. Requiere la promoción e implementación de un modelo de reconstrucción que acabe con la injusticia y la inequidad, y que promueva como resultado la transformación social y la inclusión. Para las mujeres colombianas esto implica afrontar la violencia de género y la violencia sexual, como asimismo las desigualdades sociales, económicas, culturales y políticas".
Este informe, escrito con ocasión del segundo aniversario del Acuerdo Final de Paz (AFP) en noviembre de 2018, se basa en eventos celebrados por ABColombia en Londres durante el primer aniversario en noviembre de 2017, que incluyeron una conferencia y una mesa redonda de alto nivel. La mesa redonda reunió a representantes de los gobiernos, los parlamentos y la sociedad civil de varios países que han desempeñado un papel clave en el proceso de paz, entre ellos Colombia, el Reino Unido, Irlanda, Suecia, Noruega y la Unión Europea. Las discusiones y recomendaciones de estos dos eventos llevaron a la redacción de este informe que analiza los acuerdos clave que benefician a las mujeres, su nivel actual de implementación y el papel que ellas desempeñan; incorpora los problemas y análisis surgidos de la mencionada conferencia, junto a los avances en la implementación realizados hasta noviembre de 2018, y hace recomendaciones para el nuevo gobierno colombiano, los gobiernos del Reino Unido, Suecia, Noruega e Irlanda y para la Unión Europea.
Fuente: https://www.abcolombia.org.uk/wp-content/uploads/2018/11/Hacia-un-Cambio-Transformador-f-web.pdf
Mujeresendefensadeterritorios reflexionesfeministasfrentealextractivismoCrónicas del despojo
En este compilatorio misceláneo, voces de mujeres diversas entre las que se encuentran feministas, mapuches, lesbianas, activistas, investigadoras, abogadas, todas activas participantes de la sociedad civil, plantean reflexiones sobre el impacto diferenciado del extractivismo y generan propuestas desde el feminismo para el cambio civilizatorio que ve al patriarcado y al capitalismo como una unión pactada que se construye a espaldas y sobre las espaldas de las mujeres.
"Agroecología y feminismos" Revista Soberanía Alimentaria, Sustento y Cultura...Crónicas del despojo
Abrimos el número desde el campo, llevando a la tierra una palabra que a veces se identifica con lo urbano. De los testimonios campesinos que nos cuentan cómo sienten la palabra feminismo pasamos a pensar cómo pueden dialogar el feminismo y la agroecología. ¿Cómo es un proyecto feminista? ¿Qué aspectos son los que más cuesta transformar?
La resistencia: informe sobre la protesta social y la respuesta estatal 2012-...Crónicas del despojo
Documento de El Frente por la Libertad de Expresión y la Protesta Social
Las acciones de resistencia contra el autoritarismo, la denuncia de violaciones de derechos humanos y las acciones de presión sobre las autoridades para que cumplan con sus obligaciones, son derechos cuya expresión está siendo criminalizada cada vez con mayor intensidad. En México, a lo largo del sexenio 2012-2018, se presentaron o aprobaron leyes y reglamentaciones que pretenden, tanto a nivel federal como estatal, regular el espacio público y las expresiones de inconformidad social.
Con preocupación, diversas organizaciones defensoras de derechos humanos hemos documentado y denunciado la
forma en la que estas leyes y reglamentaciones buscan de manera reiterada limitar, inhibir y castigar el libre ejercicio
de derechos fundamentales tales como la libertad de expresión, la protesta, la reunión y la asociación pacífica.
Asimismo, se han documentado actos de represión y agresiones contra quienes se organizan y ocupan el espacio
público para defender sus derechos; y muchos de los casos en los que se han cometido violaciones a derechos quedan en total impunidad.
América Latina en Movimiento, No. 538, diciembre 2018
Tras el triunfo electoral del candidato de extrema derecha, Jair Bolsonaro, en Brasil, sin haber presentado un programa definido, muchas son las interrogantes que se han puesto en la palestra, como: ¿Qué significará la presidencia de Bolsonaro, en alianza con militares y evangélicos? ¿Cuáles son las implicaciones para América Latina? Esta edición de la revista de ALAI aborda estas y otras preguntas desde diversas perspectivas y puntos de vista.
CONTENIDO
Brasil en la escena mundial
Monica Bruckmann
El estado de excepción
Ana Esther Ceceña
La política exterior y la posición de Brasil en el mundo
Samuel Pinheiro Guimarães
Tiempos de resistencia activa
João Pedro Stedile
El montaje del “mito” Bolsonaro
Osvaldo León
Una sombra sobre Brasil
J. Carlos de Asís
Los evangélicos y el poder
Joaquin Pinhiero
Neocolonialismo en Brasil: impactos económicos y socio-ambientales
Maria Luisa Mendonça
El impacto de la nueva realidad brasileña en el desarrollo científico
Alberto Santoro
En la siguiente página se puede descargar la edición digital y acceder a la página para adquirir la edición impresa:
https://www.alainet.org/es/revistas/538
Informe Grain: El acaparamiento de tierras perpetrado por los fondos de pensi...Crónicas del despojo
Desde hace una década el dinero de los fondos de pensión se invierte en la compra de tierras agrícolas. Está aumentando tanto la cantidad de fondos de pensión que invierten en tierras agrícolas como la cantidad de dinero, pero se hace discretamente. La magnitud de este fenómeno de apropiación de tierras agrícolas por parte de las financieras tiene importantes consecuencias tanto para las comunidades rurales como para los sistemas alimentarios. Dejar que las empresas se autodisciplinen con sus propias directrices voluntarias es una catástrofe segura.
"Con la Soja al Cuello 2018". Informe sobre agronegocios en ParaguayCrónicas del despojo
El informe aporta una mirada completa de las diferentes aristas del modelo de agronegocios y sus efectos en la sociedad, la economía y el ambiente, y revela datos importantes y actualizados respecto a al modelo productivo hegemónico en Paraguay.
INFORME TODOS LOS NOMBRES, TODOS LOS ROSTROS – SEPARATA 19/11/2018Crónicas del despojo
La Coordinación Social y Política Marcha Patriótica, La Cumbre Agraria, Campesina, Étnica y Popular – CACEP, y el Instituto de Estudios sobre Paz y Desarrollo –INDEPAZ presentamos el Informe Conjunto Especial de Derechos Humanos Todos los nombres, todos los rostros, sobre las situación de lideresas y líderes sociales, de defensoras y defensores de derechos humanos y de excombatientes de las FARC-EP y sus familiares en los territorios.
El agua como espejo de las luchas
Una breve historia de la agricultura
Harvard y su acaparamiento de tierras
“El agua es un espejo donde puede verse cómo los campesinos del hemisferio sur del planeta padecen una guerra cotidiana que fractura sus prácticas agrícolas y les lleva a la expulsión de sus propias tierras. Cuando ni los mecanismos comerciales y políticos del ‘libre mercado’ le sirven al capital para expulsar a millones de campesinos de sus tierras, llega el momento de emplear el agua misma como arma en el proceso de despojo”, dicen varias investigaciones.
En este número Biodiversidad sustento y culturas busca sistematizar las luchas en torno al agua y las visiones que de ellas podemos invocar para entender la complejidad y la urgencia de defenderla.
Además, una infaltable historia de los orígenes de la agricultura y el fiasco de que la Universidad de Harvard sea acaparadora de tierra completan esta entrega.
América Latina en Movimiento, No. 537, noviembre 2018
Últimamente meses varios países de la región han iniciado proyectos de reformas fiscales de carácter regresivo en un marco de retroceso de indicadores sociales y económicos; algunas de éstas han recibido el rechazo mayoritario de la población. En esta edición, se plantea que las reformas deben apuntar a un mayor desarrollo social y económico de carácter inclusivo en la región, vinculado con la progresividad de los impuestos: que se grave la riqueza, la renta, la herencia y no el trabajo. Co-edición con la Red de Justicia Fiscal de América Latina y El Caribe.
Informe 35 del Centre Delàs: Levantando Muros. Políticas del miedo y securiti...Crónicas del despojo
Nuevo informe del Centro Delàs de Estudios por la Paz, el Transnational Institute (TNI) y Stop Wapenhandel.
En el aniversario de la caída del muro de Berlín, este nuevo informe del Centro Delàs de Estudios por la Paz, copublicado por el Transnational Institute (TNI) y Stop Wapenhandel, identifica los muros físicos, marítimos, virtuales y los muros del miedo construidos por los estados en una Europa que vive un auge de la extrema derecha y que se fortifica cada vez más ante las migraciones y los desplazamientos forzados. El informe constata que "estados miembros de la Unión Europea y el Espacio Schengen han construido cerca de 1.000 km de muros, el equivalente a seis Muros de Berlín, desde los años 90, para frenar la llegada de personas desplazadas por la fuerza en Europa".
Adriana Fuentes, Alejandro Angulo S.J, Ana María Restrepo, Andrea Mayorga, Camila Carvajal Oquendo, Consuelo Corredor Martínez, Javier Lautaro Medina, Luz Elena Patarroyo López, Paula Kamila Guerrero, Rosío González Sandoval
Este número de la revista Cien Días vistos por Cinep circula cuando presenciamos el cambio de gobierno nacional. Los anteriores ocho años estuvimos, como nunca antes y como país, debatiendo el significado de la paz: completa, positiva, territorial, sustentada en los derechos de las personas víctimas, más allá de la (importante) dejación de las armas, entre otras adjetivaciones. Y así fuimos pasando de una narrativa de la necesidad de la paz a otra sobre el (in)cumplimiento y la materialización de acuerdos y sobre el papel del Estado y la sociedad civil en anular las causas objetivas del conflicto armado y en resarcir las consecuencias provocadas por la injusticia de la guerra, que le será difícil evadir al nuevo presidente.
Artículos
Editorial| Lo rural, más allá de las narrativas de paz
Acuerdos de Paz| Persistir en la implementación del Acuerdo Final: una oportunidad para cambiar la narrativa de dolor y desesperanza
Acuerdos de Paz| Erradicar la coca no arranca el problema de raíz
Acuerdos de Paz| Un nuevo enfoque para las áreas protegidas a partir de la Reforma Rural Integral
Acuerdos de Paz| Para dónde vamos con los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial
Educación| Plan Especial de Educación Rural (PEER), desafíos y posibilidades
Movimientos sociales| Movilización campesina en el posacuerdo
Derechos humanos| El asesinato político prefiere matar campesinos
Ciudadanías| Las juventudes rurales: una decisión crucial en la construcción de paz
Informe Alternativo 2018 - Cumplimiento de las obligaciones del Estado peruan...Crónicas del despojo
Bajo el supuesto de la lucha contra la criminalidad organizada se han efectuados cambios en la ley penal y procesal penal que vulneran derechos fundamentales como la libertad personal, integridad personal y libertad de expresión.
Así lo destaca el informe elaborado por el Grupo de Trabajo de Pueblos Indígenas de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos y que fue presentado a la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones (CEACR) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
El documento detalla que entre 1995 y 2018 se suscribieron 145 convenios de servicio policial extraordinario entre la Policía Nacional del Perú y empresas extractivas (minería e hidrocarburos) para proteger intereses corporativos.
En 2017 y hasta junio de 2018 se han declarado o prorrogado 20 estados de emergencia por supuestas causas de conflictividad social en el marco de una estrategia represiva para responder a la conflictividad social.
El documento reporta además deficiencias en el cumplimiento de los derechos de los pueblos indígenas en aislamiento, salud, educación, derechos trerritoriales, enre otros.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
CLASES-ADM EMP S3-05-GESTION DE OPERACIONES LOGISTICAS - SAP.pptx
Informe de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional sobre Colombia
1. Informe sobre las actividades de examen preliminar
2018
5 de diciembre de 2018
2. 2
III. SITUACIONES EN LA FASE 3 (ADMISIBILIDAD)
COLOMBIA
Historia del procedimiento
125. La situación en Colombia ha estado en examen preliminar desde junio de 2004.
La Fiscalía ha recibido un total de 229 comunicaciones con arreglo al artículo 15
del Estatuto de Roma, en relación con la situación en Colombia.
126. En noviembre de 2012 la Fiscalía publicó un Reporte Intermedio sobre la
situación en Colombia que resumía las constataciones preliminares de la Fiscalía
en materia de competencia y admisibilidad.
Cuestiones jurisdiccionales preliminares
127. Colombia depositó su instrumento de ratificación del Estatuto el 5 de agosto de
2002. Por consiguiente, la CPI tiene competencia respecto de los crímenes del
Estatuto de Roma cometidos en territorio de Colombia o por sus nacionales a
partir del 1º de noviembre de 2002. No obstante, la Corte sólo puede ejercer su
competencia sobre crímenes de guerra cometidos desde el 1º de noviembre de
2009, de conformidad con la declaración formulada por Colombia con arreglo al
artículo 124 del Estatuto.
Contexto
128. Colombia ha experimentado más de 50 años de conflicto armado entre fuerzas
gubernamentales, grupos armados paramilitares y grupos armados rebeldes, así
como también entre estos grupos. Los actores más destacados incluyen a: las
Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia – Ejército del Pueblo (FARC-EP);
el Ejército de Liberación Nacional (ELN); los grupos armados paramilitares; y las
fuerzas armadas nacionales de Colombia.
129. El 24 de noviembre de 2016, el Gobierno de Colombia y las FARC-EP firmaron el
Acuerdo Final Para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz
Estable y Duradera. El acuerdo estipula el establecimiento de un Sistema integral
de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición, que incluye el establecimiento
de una Jurisdicción Especial para la Paz (“JEP”), para investigar y sancionar los
crímenes graves vinculados con el conflicto y hacer que los autores rindan
cuentas. El 15 de marzo de 2018, la JEP comenzó a funcionar.
130. El 8 de febrero de 2017, el Gobierno de Colombia inició oficialmente las
negociaciones de paz con el ELN en Quito, Ecuador. Los seis puntos de la
3. 3
agenda comprenden: i) participación de la Sociedad en la Construcción de la
Paz; ii) Democracia para la Paz; iii) Transformaciones para la Paz; iv) Víctimas;
v) Fin del Conflicto Armado; y vi) Implementación. En 10 de mayo de 2018, el
Gobierno de Colombia y el ELN decidieron continuar las negociaciones de paz
en Cuba, luego de que Ecuador anunciase que no seguiría acogiendo las
conversaciones.
Competencia material
131. La Fiscalía ha determinado que la información disponible permite concluir que
existe fundamento razonable para creer que se han cometido crímenes de lesa
humanidad con arreglo al artículo 7 del Estatuto por parte de distintos actores en
la situación en Colombia desde el 1º de noviembre de 2002. Ellos abarcan
asesinatos con arreglo al apartado a) del párrafo 1 del artículo 7; traslado forzoso
de población en los términos del apartado d) del párrafo 1 del artículo 7;
encarcelación u otra privación grave de la libertad física con arreglo al apartado
e) del párrafo 1 del artículo 7; tortura con arreglo al apartado f) del párrafo 1 del
artículo 7; y violación y otras formas de violencia sexual en los términos del
apartado g) del párrafo 1 del artículo 7 del Estatuto1.
132. También existe fundamento razonable para creer que, con arreglo al artículo 8
del Estatuto, a partir del 1º de noviembre de 2009 se han cometido crímenes de
guerra en el contexto del conflicto armado sin carácter internacional en
Colombia. Entre ellos, homicidios en los términos del apartado c) i) del párrafo
2) del artículo 8; ataques dirigidos contra la población civil en los términos del
apartado e) i) del párrafo 2 del artículo 8; torturas y tratos crueles con arreglo al
apartado c) i) del párrafo 2) del artículo 8; ultrajes contra la dignidad personal en
los términos del apartado c) ii) del párrafo 2 del artículo 8; toma de rehenes con
arreglo al apartado c) iii) del párrafo 2 del artículo 8; actos de violación y otras
formas de violencia sexual en los términos del apartado e) vi) del párrafo 2 del
artículo 8; y reclutamiento, alistamiento y utilización de niños para participar
activamente en las hostilidades con arreglo al apartado e) vii) del párrafo 2 del
artículo 8 del Estatuto.
Análisis en materia de admisibilidad
133. Desde noviembre de 2017, las autoridades colombianas han llevado adelante
varios procedimientos nacionales de relevancia para los casos potenciales
identificados por la Fiscalía, incluyendo en relación con los presuntos homicidios
de civiles por las fuerzas públicas para que pareciesen muertos en combate,
conocidos como “falsos positivos”, delitos sexuales y de género, y
desplazamiento forzoso.
1
Véase ICC-OTP, Situation in Colombia: Interim Report [CPI-Fiscalía, Situación en Colombia: Reporte
Intermedio], noviembre de 2012.
4. 4
134. Durante el período sobre el que se informa, las autoridades colombianas han
brindado información a la Fiscalía sobre procedimientos nacionales, entre otras
formas, a través de audiencias orales y documentación oficial. Entre otros
documentos, la Fiscalía ha recibido 206 sentencias contra miembros de grupos
paramilitares y miembros de las fuerzas armadas, dictadas entre el 29 de junio
de 2010 y el 11 de septiembre de 2017 por diferentes tribunales colombianos,
incluyendo los Tribunales de Justicia y Paz. Estas decisiones abordan múltiples
formas de conducta, incluyendo homicidios de “falsos positivos”,
desplazamientos forzosos, desapariciones forzadas, reclutamiento ilícito,
secuestro, homicidios contra personas protegidas, violación, esclavitud sexual,
aborto forzado y tortura. Al igual que en presentaciones anteriores, la Fiscalía ha
examinado cuidadosamente este material a los efectos de actualizar su examen
en curso en materia de admisibilidad.
Procedimientos relativos a los casos de “falsos positivos”
135. Como se indica en informes anteriores, la Fiscalía ha identificado cinco casos
potenciales relativos a cientos de homicidios conocidos como “falsos positivos”
presuntamente cometidos por miembros de las brigadas que actuaban bajo la
Primera División (Brigada 10), la Segunda División (Brigadas 30 y brigada móvil
15), la Cuarta División (Brigadas 7, 16 y 28), la Quinta División (Brigada 9) y la
Séptima División (Brigadas 4, 11 y 14) de las fuerzas armadas2. La información
puesta a disposición de la Fiscalía durante el año 2018 indica que las autoridades
colombianas están llevando a cabo varios procedimientos con arreglo al sistema
de justicia ordinario, relevantes para el examen en materia de admisibilidad de
los casos potenciales.
Caso potencial 1: la información disponible indica que se han llevado a cabo
investigaciones contra cuatro generales del Ejército colombiano en relación
con homicidios de “falsos positivos” presuntamente cometidos por
miembros de la Primera División entre 2004 y 2008, en el departamento de
Cesar. En noviembre de 2018, la Fiscalía General de la Nación, según la
información disponible, estaba llevando a cabo 74 casos contra 472 miembros
de la División, incluyendo 12 mayores. De los 74 casos, 40 están en etapa de
investigación y cinco están en etapa de juicio.
Caso potencial 2: según la información disponible, dos generales han sido
investigados en relación con homicidios de “falsos positivos” cometidos por
miembros de la Segunda División entre 2002 y 2009 en Magdalena y Norte
de Santander. Hasta noviembre de 2018, 141 casos estaban en curso –según
se informa– contra 813 miembros de la Segunda División, incluyendo contra
dos coroneles y 20 mayores. De los 141 casos, 96 están en la etapa de
investigación y cinco están en etapa de juicio.
2 ICC-OTP, Report on Preliminary Examination Activities 2017 Informe sobre las actividades de
examen preliminar 2017, parágs. 131-132.
5. 5
Caso potencial 3: según se informa, hay varias investigaciones en curso contra
un general por múltiples incidentes de “falsos positivos” presuntamente
cometidos por miembros de la Cuarta División entre 2002 y 2008 en
Casanare, Meta y Vichada. Según se informa, en noviembre de 2018, 276
estaban en curso contra 1.247 miembros de la División, incluyendo contra un
coronel y 53 mayores. De los 276 casos, 141 están en la etapa de
investigación, y cinco están en etapa de juicio.
Caso potencial 4: la información disponible indica que, en noviembre de 2018,
la Fiscalía General de la Nación estaba investigando a dos generales por
presuntos homicidios cometidos por miembros de la Quinta División entre
2004 y 2008 en el Departamento de Huila. En noviembre de 2018, se estaban
llevando a cabo 84 investigaciones contra 167 miembros de la Quinta
División, incluyendo contra cinco mayores. De los 84 casos, 27 están en la
etapa de investigación y seis están en etapa de juicio.
Caso potencial 5: según se informa, se ha investigado a tres generales en
relación con los homicidios presuntamente cometidos por miembros de la
Séptima División entre 2002 y 2008 en Antioquia y Córdoba. Además, según
se informa se están llevando adelante 604 casos contra miembros de la
Séptima División, incluyendo contra dos coroneles y 24 mayores. De ellos,
328 están en la etapa de investigación y 32 están en etapa de juicio.
136. En relación a los procedimientos con arreglo a la JEP, el 17 de julio de 2018 la
Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de
los Hechos y Conductas (“Sala de Reconocimiento de Verdad” o la “Sala”) dictó
un Auto de priorizar las “muertes ilegítimamente presentadas como bajas en
combate por agentes del Estado”, cometidas entre 1985 y el 1º de diciembre de
2016, en 29 de los 32 departamentos de Colombia. La orden señala que, luego de
un análisis de la información tomada en consideración por la Sala, parecería que
aproximadamente el 60% de los presuntos crímenes fueron cometidos por
miembros de las Divisiones Primera, Segunda, Cuarta y Séptima del Ejército
Nacional.
137. La orden se basó en informes presentados por organizaciones nacionales y
autoridades del Estado, incluyendo informes presentados por la Fiscalía General
de la Nación. De conformidad con la orden, la Sala también tomó en
consideración las constataciones de esta Fiscalía, según constan en el Informe
sobre las actividades de examen preliminar 2017.
138. La orden marcó el inicio de la “Etapa de reconocimiento de la verdad, de
responsabilidad y determinación de los hechos y conductas”, llamó a realizar
versiones voluntarias y requirió la transferencia de expedientes contra miembros
de las Divisiones involucradas a la Sala de Reconocimiento de Verdad. Además
de la orden, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas citó a los miembros de
las unidades militares que operaban bajo las Divisiones Segunda y Cuarta,
6. 6
presuntamente implicadas en los homicidios cometidos en los departamentos de
Cundinamarca (Soacha), Norte de Santander (Ocaña) y Casanare. La Sala
también llevó a cabo audiencias para informar a los individuos involucrados
acerca del procedimiento, para explicar y verificar el cumplimiento de las
condiciones exigidas para recibir los beneficios con arreglo al marco de la JEP, y
para escuchar los puntos de vista de las víctimas, así como también ordenar
medidas de seguridad para ellas, cuando fuesen necesarias.
139. En este contexto, miembros de las fuerzas armadas, incluyendo al menos cinco
comandantes de las unidades militares implicadas en homicidios conocidos
como “falsos positivos” identificados como parte de los casos potenciales de la
Fiscalía, han solicitado voluntariamente presentarse ante la JEP.
Procedimientos relativos a desplazamientos forzosos
140. Durante el período que se examina, los Tribunales de Justicia y Paz condenaron
a 29 miembros de grupos paramilitares por crímenes cometidos en el contexto
del conflicto armado, incluyendo por desplazamiento forzoso. En mayo y junio
de 2018, respectivamente, los líderes paramilitares Freddy Rendón Herrera (alias
“El Alemán”), excomandante del bloque Elmer Cárdenas, y Ramiro Vanoy
Murillo (alias “Cuco Vanoy”), excomandante del bloque Mineros, fueron
condenados por varios cargos de desplazamiento forzoso. Además, la Fiscalía
General de la Nación inició una imputación contra 341 ex integrantes de grupos
paramilitares, incluyendo contra altos comandantes, por alegaciones de 5.449
actos de desplazamiento forzoso, contra 12.771 víctimas.
141. Por otra parte, la Fiscalía General de la Nación dictó órdenes de detención contra
cinco líderes del Comando Central del ELN, cuatro de los cuales son objeto de
alertas rojas de INTERPOL. También se dictaron órdenes de detención contra
cinco comandantes del frente Guerra Suroccidental; seis comandantes del frente
Guerra Occidental; un comandante del frente Guerra Nororiental; tres
comandantes del frente Guerra Darío de Jesús Ramírez Castro; y nueve
comandantes del frente Guerra Oriental.
142. En relación con los procedimientos ante la JEP, el 10 de julio de 2018, la Sala de
Reconocimiento de Verdad dictó una orden priorizando el caso No. 002, que
abordaba múltiples crímenes vinculados con el conflicto, incluyendo
desplazamiento forzoso cometidos por ex miembros de las FARC-EP y
miembros de las fuerzas armadas en el departamento de Nariño, entre 1990 y
2016. Siguiendo el mismo enfoque territorial y de conformidad con los criterios y
la metodología de priorización de casos y situaciones, la Sala priorizó dos casos
adicionales por conductas que incluían desplazamiento forzoso, el 25 de
setiembre de 2018 y el 8 de noviembre de 2018, respectivamente. El caso No. 004
respecto de Urabá, y el caso No. 005 sobre el Norte del Cauca abordan crímenes
vinculados con el conflicto, cometidos por ex integrantes de las FARC-EP y por
miembros de las fuerzas armadas entre 1986 y 2016, y entre enero de 1993 y
diciembre de 2016, respectivamente.
7. 7
143. Las decisiones de priorizar los casos se tomaron en base a distintos informes
presentados por las autoridades del Estado, el Centro Nacional de Memoria
Histórica y organizaciones de la sociedad civil. Con las órdenes que dieron inicio
a los casos, la Sala invitó a hacer presentaciones de información relacionada con
los crímenes cometidos en los tres departamentos, incluyendo presentaciones
voluntarias. La Sala también ordenó a las autoridades del Estado que
presentasen informes abordando los procedimientos relevantes en relación con
los crímenes antes mencionados, cometidos en estas regiones, y ordenó la
publicación de las decisiones a efectos de informar a las víctimas y las
organizaciones de la sociedad civil involucradas.
Procedimientos relativos a los delitos sexuales y por motivos de género
144. Durante el período que se examina, los Tribunales de Justicia y Paz dictaron
sentencias condenatorias contra los líderes paramilitares Freddy Rendón Herrera
(alias “El Alemán”), Ramiro Vanoy Murillo (alias “Cuco Vanoy”) y Marco Tulio
Pérez Guzmán (alias “El Oso”) del frente de Golfo de Morrosquillo del Bloque
Héroes de los Montes de María de las Autodefensas Unidas de Colombia
(“AUC”) por diferentes cargos de delitos sexuales y por motivos de género
vinculados con el conflicto armado. Además, la Fiscalía General del Estado inició
una imputación contra 31 miembros de grupos paramilitares, incluyendo contra
los líderes paramilitares Manuel de Jesús Pirabán (alias “Pirata”) del Bloque
Centauros; Diego Fernando Murillo (alias “Don Berna”) de los bloques Nutibara,
Granada y Héroes de Tolová; Ramón Isaza Arango (alias “Caruso ”) de las
Autodefensas Campesinas del Magdalena Medio; Rodrigo Zapata Sierra (alias
“Ricardo”) del Bloque Suroeste Antioqueño; Iván Roberto Duque (alias “Ernesto
Báez”); Rodrigo Pérez Alzate (alias “Julián Bolívar”); y Guillermo Pérez Alzate
(alias “Pablo Sevillano”) del Bloque Central Bolívar.
145. En 2008 y 2015, la Corte Constitucional dictó dos decisiones (Auto 092/2008 y
Auto 009/2015) en el contexto de la Sentencia T-025 de 2004, abordando la
situación especial de las mujeres internamente desplazadas. Las decisiones
sostuvieron que las mujeres internamente desplazadas están sujetas al riesgo de
violencia sexual en el contexto del conflicto armado y ordenaron a las
autoridades del Estado adoptar medidas para proteger los derechos de aquellas
personas afectadas.
146. En relación con los procedimientos relacionados con los 183 casos de delitos
sexuales y por motivos de género presentados ante la Fiscalía General de la
Nación por parte de la Corte Constitucional en el anexo confidencial al Auto
092/2008, la Fiscalía General de la Nación informó que hay 176 investigaciones
penales, de las cuales, en mayo de 2018, 167 estaban en etapa de investigación
preliminar, cuatro estaban en etapa de juicio, y se había dictado sentencia en
relación con cinco casos. La Fiscalía General de la Nación también sostuvo que,
de los 442 hechos reportados en el anexo confidencial al Auto 009/2015, hay 428
investigaciones penales, de las cuales, en mayo de 2018, 420 estaban en etapa de
8. 8
investigación preliminar, cuatro estaban en etapa de juicio y se había dictado
sentencia en relación con cuatro casos.
147. Respecto de los procedimientos nacionales contra el ELN, el 29 de junio de 2018,
la Fiscalía General de la Nación ordenó la detención preventiva de cinco
miembros del Comando Central del ELN por múltiples crímenes, incluidos
delitos sexuales y por motivos de género, cometidos contra mujeres en
Antioquia entre 1995 y 2003.
148. El 24 de agosto de 2018, la Fiscalía General de la Nación presentó dos informes a
la JEP respecto de 1.080 casos de delitos sexuales y por motivos de género
presuntamente cometidos por miembros de las fuerzas armadas y ex miembros
de las FARC-EP, que involucraban aproximadamente 1.246 víctimas, incluyendo
civiles y miembros de sus propias filas. Los informes también brindan detalles
sobre los casos de delitos sexuales y por motivos de género cometidos con
particular crueldad contra mujeres, menores, comunidades indígenas, miembros
de grupos LGBTI, y líderes sociales. Mientras que la principal forma de violencia
fue la violación, la Fiscalía General de la Nación también informó acerca de otros
delitos sexuales, incluyendo desnudez forzada, femicidios, esclavitud sexual y
prostitución forzada.
149. Además, la Fiscalía General de la Nación informó sobre 206 procedimientos
contra 234 miembros de la Armada, la Marina, la Fuerza Aérea y la Policía, que
involucran a 281 víctimas. La información disponible indica que el número de
víctimas podría haber sido subestimado, puesto que muchas de ellas temen actos
de represalias. Los informes se refieren a los delitos sexuales y por motivos de
género cometidos por miembros de las fuerzas armadas en colusión con
paramilitares a fin de humillar, castigar o ejercer control sobre civiles en
contextos de conflicto armado.
150. En relación con los procedimientos ante la JEP, el caso No. 002 sobre Nariño, el
caso No. 004 sobre Urabá, y el caso No. 005 sobre Norte de Cauca abordan, entre
otras cosas, los delitos sexuales y por motivos de género en contextos de
conflicto armado, cometidos por miembros de las fuerzas armadas y ex
integrantes de las FARC-EP. La JEP solicitó a las partes involucradas en los
procedimientos que presenten informes conteniendo información sobre delitos
sexuales y por motivos de género, en julio, septiembre y noviembre de 2018.
Procedimientos relativos a la promoción y expansión de los grupos paramilitares
151. Durante el período sobre el que se informa, la Fiscalía General de la Nación
inició procedimientos contra empresarios presuntamente involucrados en el
financiamiento de operaciones de grupos paramilitares que operaban en
diferentes regiones de Colombia, al menos desde 2002. En agosto de 2018, la
Fiscalía General de la Nación profirió una resolución de acusación contra 13
directivos y empleados de la compañía Chiquita brands (filiales Banadex y
Banacol) por el presunto delito de concierto para delinquir para financiar el
9. 9
frente paramilitar “Arlex Hurtado”, que operaba en las regiones de Urabá y
Santa Marta, entre 1996 y 2004.
152. Además, en agosto de 2018, la Fiscalía General de la Nación decretó la apertura
de una investigación contra empresarios ganaderos de Córdoba, quienes
presuntamente actuaron como enlace entre algunos empresarios y los
comandantes de las AUC, Carlos y Vicente Castaño. Según las declaraciones de
ex integrantes de los grupos paramilitares ante los Tribunales de Justicia y Paz,
el Bloque Calima se financió, entre otras fuentes, con las contribuciones de los
ganaderos, productores de harina, comerciantes y algunos empresarios
presuntamente vinculados con la industria azucarera, que operaban en
Colombia entre 1996 y 2002.
La Jurisdicción Especial para la Paz
153. Desde que la JEP comenzó a funcionar, las autoridades colombianas han
aprobado diversas disposiciones legislativas para establecer y regular su
funcionamiento. La legislación correspondiente abarca el Acto Legislativo 01 del
4 de abril de 2017 (“Acto Legislativo 01”), la Ley 1820 del 30 de diciembre de
2016 (“Ley de Amnistía”), la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia de
la JEP (“Ley Estatutaria”), y las Reglas de Procedimiento para la JEP (Ley 1922),
así como distintos decretos. Además, durante el período objeto del informe, la
JEP ha dictado su Reglamento General, los Criterios y la Metodología de
Priorización de Casos y Situaciones, así como también protocolos regulando sus
procedimientos.
154. El 1º de marzo y el 13 de julio de 2018, la Corte Constitucional publicó el texto
completo de sus decisiones relativas a la exequibilidad de la Ley de Amnistía y
del Acto Legislativo 01, respectivamente. Además, el 15 de agosto de 2018, la
Corte Constitucional emitió su Comunicado No. 32 anunciando la
constitucionalidad de la Ley Estatutaria. La Corte Constitucional declaró la
constitucionalidad general de tres normas legislativas, con algunas excepciones,
y brindó parámetros para la interpretación de disposiciones que regulan
diferentes aspectos del funcionamiento de la JEP.
155. Las decisiones respecto del Acto Legislativo 01 y la Ley de Amnistía abordaron
tres de las cuestiones planteadas por la Fiscal en su escrito de Amicus Curiae
presentado a la Corte Constitucional el 18 de octubre de 2017, a saber: la
definición de responsabilidad del mando, la definición de “graves” crímenes de
guerra, y la implementación de sanciones que conlleven “restricciones efectivas
de libertades y derechos”.
156. Con respecto a la responsabilidad del mando, la Fiscal ha expresado sus
preocupaciones en cuanto a que el lenguaje contenido en el artículo 24 del Acto
Legislativo 01 podría interpretarse de modo de restringir el concepto de
responsabilidad del mando en contraposición al derecho internacional
consuetudinario y al Estatuto. Si bien la decisión de la Corte Constitucional
10. 10
declaró la constitucionalidad del artículo 24 sin modificaciones, quedará en
manos de los magistrados de la JEP interpretar la legislación nacional
correspondiente, y en particular la definición de responsabilidad del mando,
tomando en consideración cómo la noción de responsabilidad del mando ha
evolucionado en el derecho internacional.
157. En la decisión de la Corte Constitucional respecto de la constitucionalidad de la
Ley de Amnistía, la Corte Constitucional rechazó la noción de que los crímenes
de guerra deberán cometerse en forma sistemática para ser considerados
“graves”. Al hacerlo, la Corte Constitucional recordó el deber del Estado de
investigar, enjuiciar y sancionar las violaciones graves a los derechos humanos y
al derecho internacional humanitario, ya sea que se cometan en forma
sistemática o no.
158. Con respecto a la implementación de las sentencias con arreglo al marco de la
JEP, la Corte Constitucional sostuvo, en su Comunicado No. 55 del 14 de
noviembre de 2017, que la JEP deberá: “(…) determinar si las sanciones son
compatibles con una intención genuina de que la persona condenada responda
ante la justicia, ponderando la proporcionalidad de la sanción en relación con la
gravedad del crimen, el grado de responsabilidad del autor, y el tipo y grado de
restricción a la libertad”3. Además, la Corte Constitucional resaltó la importancia
de determinar las sanciones caso por caso, y de asegurarse la compatibilidad con
el derecho a participar en los asuntos públicos de conformidad con el principio
de efectividad de las penas.
159. La Fiscalía también ha tomado nota de los cambios recientes a las Reglas de
Procedimiento para la JEP, en cuanto a los objetivos de la investigación de
delitos presuntamente cometidos por las fuerzas armadas (segundo parágrafo
del artículo 11), y a la creación de un procedimiento especial y diferenciado para
agentes del Estado (artículo 75). Si bien las nuevas disposiciones legislativas han
sido demandadas ante la Corte Constitucional, este asunto y toda otra iniciativa
legislativa que pudiera resultar en retrasos en traer a los perpetradores a rendir
cuentas, limitaciones a los alcances y la exhaustividad de las investigaciones
sobre delitos complejos y, en general, poner en duda el carácter genuino de los
procedimientos, son de gran interés para la Fiscalía en la medida en que podrían
tener impacto sobre la admisibilidad de casos potenciales relacionados con
agentes del Estado.
Actividades de la Fiscalía
160. Durante el período sobre el que se informa, la Fiscalía continuó su análisis
fáctico y jurídico de la información relativa al estado y avance de los
procedimientos nacionales que llevan adelante las autoridades colombianas en el
3 Corte Constitucional de la República de Colombia, Fe de Erratas al Comunicado No.55, 14 de noviembre
de 2017 (visitada en 05 de octubre de 2017).
11. 11
contexto de los sistemas de justicia ordinaria, de Justicia y Paz y de la JEP.
Además, la Fiscalía realizó consultas con autoridades nacionales; recolectó
información adicional sobre las áreas en que se centra el examen preliminar;
participó de discusiones públicas en materia de rendición de cuentas, del rol de
la Fiscalía, así como de cuestiones vinculadas con la justicia transicional; y
celebró múltiples reuniones con autoridades estatales, organizaciones
internacionales, ONGs internacionales y la sociedad civil colombiana en Bogotá,
La Haya, y Nueva York.
161. La Fiscalía llevó a cabo tres misiones a Colombia en 2018: entre el 12 y el 16 de
marzo, del 26 de mayo al 2 de junio, y del 27 de octubre al 2 de noviembre, para
discutir distintos asuntos relacionados con los desarrollos contextuales y
legislativos, así como también asuntos sobre jurisdicción y admisibilidad.
Durante las visitas, la Fiscalía se reunió con altos funcionarios del Ejecutivo y de
la judicatura, incluyendo al Presidente Iván Duque Márquez, al Fiscal General
de la Nación, a la Presidenta de la JEP y al Presidente de la Corte Constitucional.
La Fiscalía también se reunió con la comunidad diplomática en Bogotá,
incluyendo la ONU y la UE, así como también con representantes de
organizaciones internacionales y de la sociedad civil colombiana. Todas las
visitas fueron facilitadas por el Gobierno de Colombia.
162. Los días 30 y 31 de mayo de 2018, el Fiscal Adjunto hizo presentaciones en una
serie de conferencias sobre “Justicia transicional. El modelo colombiano.
Restablecimiento de la paz y la seguridad”, organizadas por el Instituto Max
Planck de derecho penal extranjero e internacional en Friburgo, la Universidad
Externado en Bogotá y la Universidad EAFIT en Medellín4. Además, el 1º de
noviembre de 2018, el Fiscal Adjunto hizo una presentación sobre el artículo 28
del Estatuto en la conferencia “Complementariedad: Papel de los tribunales
nacionales y de la CPI en el enjuiciamiento de crímenes internacionales”,
organizada por el Centro Internacional para la Justicia Transicional (ICTJ), con el
apoyo de la Embajada de Suecia en Bogotá5.
163. Los días 23 y 24 de abril, la Fiscalía recibió a una delegación de alto nivel de la
Fiscalía General de la Nación para continuar las consultas técnicas realizadas
entre ambas fiscalías durante la misión de marzo de 2018 en Bogotá. La Fiscalía
General de la Nación fue parte de las extensas consultas celebradas entre ambos
órganos sobre cuestiones relacionadas con el estado y el avance de los
procedimientos nacionales relevantes para el análisis de la Fiscalía. Además, el
11 de julio de 2018, la Fiscal recibió a una delegación de alto nivel de la JEP. La
Fiscalía publicó una declaración en ocasión de la visita de la JEP a la sede de la
4 ICC-OTP, “The Role of the ICC in the Transitional Justice Process in Colombia” El rol de la CPI en el
proceso de justicia transicinalen Colombia, discurso del Sr. James Stewart, Fiscal Adjunto de la CPI, 30
y 31 de mayo de 2018.
5 ICC-OTP, “El artículo 28 del Estatuto de Roma”, presentación del Sr. James Stewart, Fiscal Adjunto de
la CPI, 1º de noviembre de 2018.
12. 12
Corte6, expresando el apoyo sostenido a la JEP para asegurar la justicia para las
víctimas de conformidad con la letra y el espíritu del Acuerdo de paz, así como
también con los principios, valores y requisitos del Estatuto.
Conclusión y próximos pasos
164. En el contexto del análisis de admisibilidad en curso, la Fiscalía seguirá en
comunicación con las autoridades colombianas a efectos de recibir información
acerca de todas las actuaciones investigativas concretas y progresivas, así como
de las actividades de enjuiciamiento realizadas con respecto a los casos
potenciales que ha identificado. Asimismo, la Fiscalía continuará interactuando
con otras partes interesadas que continuán informando la evaluación que hace la
Fiscalía respecto de la situación.
165. La Fiscalía continuará examinando el carácter genuino de las actuaciones
llevadas adelante en el contexto del sistema de justicia ordinario, los Tribunales
de la Ley de Justicia y Paz y la JEP. Si bien señala positivamente que la JEP esté
ahora en pleno funcionamiento, la Fiscalía continuará examinando desarrollos
relacionados a su reglamentación, operaciones y actuaciones al punto de que el
funcionamiento de la jurisdicción tendrá un impacto crítico respecto del examen
de la Fiscalía respecto de la admisibilidad de los casos potenciales que surjan de
la situación en Colombia. En este contexto, la Fiscalía continuará siguiendo
cuidadosamente las actuaciones individuales que surjan de los casos iniciados
hasta la fecha, así como también la identificación de nuevos casos seleccionados
para su investigación y enjuiciamiento.
6 ICC-OTP, Statement of the Prosecutor of the International Criminal Court Fatou Bensouda, on
occasion of the visit of the President of Colombia’s Special Jurisdiction for Peace to the Seat of the Court
Declaración de la Fiscal de la Corte Penal Internacional, Fatou Bensouda, en ocasión de la visita a la
sede de la Corte de la Presidenta de la Jurisdicción Especial para la Paz de Colombia, 11 de julio de
2018.