El documento trata sobre el derecho de autor. Explica que el derecho de autor protege los derechos morales y patrimoniales de los autores sobre sus obras literarias, artísticas o científicas. Además, señala que los derechos de autor son uno de los derechos humanos fundamentales y que la tradición anglosajona usa el término "copyright" para referirse a la parte patrimonial de los derechos de autor.
AVANCCE DEL PORTAFOLIO 2.pptx por los alumnos de la universidad utpluismiguelquispeccar
espero que te sirve esta documento ya que este archivo especialmente para desarrollar una buena investigación y la interacción entre el individuo y el medio ambiente es compleja y multifacética, involucrando una red de influencias mutuas que afectan el desarrollo y el bienestar de las personas y el estado del entorno en el que viven.
La relación entre el individuo y el medio ambiente es un tema amplio que abarca múltiples disciplinas como la psicología, la sociología, la biología y la ecología. Esta interacción se puede entender desde varias perspectivas:
E&EP2. Naturaleza de la ecología (introducción)VinicioUday
Naturaleza de la ecología
Se revisan varios conceptos utilizados en ecología como organismo, especie, población, comunidad, ecosistema, la interacción entre organismos y medio ambiente, rápidamente se da a conocer las raices de la ecología (historia).
El suelo es un conjunto natural que sirve de soporte a la totalidad de los ecosistemas de los ambientes continentales terrestres. Su principal función dentro de los ecosistemas es la de proveer la totalidad del agua y nutrientes que necesitan todos los seres vivos del ecosistema a lo largo de su vida. Precisamente, a la capacidad que tiene un suelo para desempeñar este papel es lo que se conoce por calidad del suelo.
Una forma sencilla de definir al suelo es la de “resultado de la adaptación de las rocas al ambiente geoquímico de la superficie de la Tierra, muy diferente por lo general de aquel bajo el que se generó la roca en su interior. Dado que el ambiente geoquímico de la superficie terrestre está condicionado por el clima, es por lo que los suelos son muy diferentes según el tipoi de clima y por lo que estos se distribuyen a lo largo de la superficie terrestre según amplias zonas que se corresponden con las distintas zonas climáticas.
De todos los componentes de los suelos, la materia orgánica es el que más incide sobre su fertilidad natural y su sostenibilidad. Los cambios que esta experimenta en el suelo por la acción de los microorganismos, constituyen la base de la sostenibilidad de la misma a lo largo del tiempo.
A lo largo de los diferentes capítulos de este seminario, veremos como la principal diferencia entre la sostenibilidad de la fertilidad natural del suelo de los diferentes ecosistemas terrestres deriva de alteraciones provocadas por el hombre en la dinámica de la materia orgánica, siendo el ejemplo más palpable de la degradación de los suelos la transformación de los ecosistemas naturales en ecosistemas agrícolas.
Avances de Perú con relación al marco de transparencia del Acuerdo de ParísCIFOR-ICRAF
Presented by Berioska Quispe Estrada (Directora General de Cambio Climático y Desertificación) at Workshop “Lecciones para el monitoreo transparente: Experiencias de la Amazonia peruana” on 7 Mei 2024 in Lima, Peru.
Inclusión y transparencia como clave del éxito para el mecanismo de transfere...CIFOR-ICRAF
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Mejorando la estimación de emisiones GEI conversión bosque degradado a planta...CIFOR-ICRAF
Presented by Kristell Hergoualc'h (Scientist, CIFOR-ICRAF) at Workshop “Lecciones para el monitoreo transparente: Experiencias de la Amazonia peruana” on 7 Mei 2024 in Lima, Peru.
1. INSTITUCIÓN EDUCATIVA
ALFONSO JARAMILLO GUTIÉRREZ
“VENCER SIN ESFUERZO ES TRIUNFAR SIN GLORIA”
Tema:
Derechos De Autor
Juan José Villegas Grajales
Profesor:
Alexander Grisales
(Institución Educativa Alfonso Jaramillo Gutiérrez, 2013)
2. El derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y
principios que afirman los derechos morales y patrimoniales
que la ley concede a los autores (los derechos de autor), por
el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística,
musical, científica o didáctica, esté publicada o inédita. La
legislación sobre derechos de autor en Occidente se inicia en
1710 con el Estatuto de la Reina Ana.
Se reconoce que los derechos de autor son uno de los
derechos humanos fundamentales en la Declaración Universal
de los Derechos Humanos.1
En el derecho anglosajón se utiliza la noción de copyright
(traducido literalmente como ‘derecho de copia’) que —por
lo general— comprende la parte patrimonial de los derechos
de autor (derechos patrimoniales). (Wikipedia, 26 de octubre de 2014.)
3. Desde los orígenes de la humanidad, las obras no tuvieron prohibiciones de copia, de
reproducción ni de edición. Es posible mencionar casos tan antiguos como el arte rupestre, creado
hace 40 milenios en la Cueva de El Castillo en España, o el Poema de Gilgamesh, desarrollado
desde hace 4 milenios por los sumerios, escrito y preservado hace 2650 años gracias al rey asirio
Asurbanipal.
Luego de la aparición de la imprenta, se facilitó la distribución y copia masiva de las obras, y
posteriormente surgió la necesidad de proteger las obras no como objetos materiales, sino como
fuentes de propiedad intelectual.
Los primeros casos que se recogen en leyes sobre el derecho de copia provienen de la antigua
Irlanda. El Cathach es el manuscrito irlandés más antiguo existente de los Salmos (principios del
siglo VII) y el ejemplo más antiguo de la literatura irlandesa. Contiene una Vulgata de los Salmos
XXX (10) al CV (13), y es una versión con una indicación de interpretación o de partida antes de
cada salmo. Tradicionalmente se atribuye su creación a San Columba como el copista, y dicha
copia se hizo de forma extraordinaria en una sola noche a toda prisa gracias a una luz milagrosa,
de un salterio prestado a San Columba por San Finnian. Surgió una controversia sobre la propiedad
de la copia, y el rey Diarmait Mac Cerbhaill dictó la siguiente sentencia: "A cada vaca le
pertenece su cría; por lo tanto, a cada libro le pertenece su copia.2
(wikipedia, 26 de octubre de 2014.)
(admin, 2012)
4. El derecho de autor y copyright constituyen dos
concepciones sobre la propiedad literaria y artística. El
primero proviene de la familia del derecho continental,
particularmente del derecho francés, mientras que el
segundo procede del derecho anglosajón (o common
law).
El derecho de autor se basa en la idea de un derecho
personal del autor, fundado en una forma de identidad
entre el autor y su creación. El derecho moral está
constituido como emanación de la persona del autor:
reconoce que la obra es expresión de la persona del
autor y así se le protege.
La protección del copyright se limita estrictamente a la
obra, sin considerar atributos morales del autor en
relación con su obra, excepto la paternidad; no lo
considera como un autor propiamente tal, pero tiene
derechos que determinan las modalidades de
utilización de una obra.
(diaz, 2010)
(wikipedia, 26 de octubre de 2014.)
5. En 1790, las obras protegidas por la Copyright Act de Estados
Unidos eran solo los “mapas, cartas de navegación y libros” (no
cubría las obras musicales o de arquitectura). Este copyright
otorgaba al autor el derecho exclusivo a publicar las obras, por lo
que solo se violaba tal derecho si reimprimía la obra sin el permiso
de su titular. Además, este derecho no se extendía a las “obras
derivadas” (era un derecho exclusivo sobre la obra en particular),
por lo que no impedía las traducciones o adaptaciones de dicho
texto. Con los años, el titular del copyright obtuvo el derecho
exclusivo a controlar cualquier publicación de su obra. Sus
derechos se extendieron, de la obra en particular, a cualquier
obra derivada que pudiera surgir con base en la “obra original”.
Asimismo, el Congreso de los Estados Unidos incrementó en 1831
el plazo inicial del copyright de 14 a 28 años (o sea, se llegó a un
máximo de 42 años de protección) y en 1909 extendió el plazo de
renovación de 14 a 28 años (obteniéndose un máximo de 56 años
de protección). Y, a partir de los años 50, comenzó a extender los
plazos existentes en forma habitual (1962, 1976 y 1998).
(dreamstime, s.f.)
(wikipedia, 26 de octubre de 2014.)
6. Dentro de la tradición jurídica del Derecho continental, Derecho internacional,
y Derecho mercantil, se suelen distinguir los siguientes tipos de derechos de autor:
-Derechos patrimoniales: son aquellos que permiten de manera exclusiva la
explotación de la obra hasta un plazo contado a partir de la muerte del último de los
autores, posteriormente pasan a formar parte del dominio público pudiendo
cualquier persona explotar la obra.
-Derechos morales: son aquellos ligados al autor de manera permanente y son
irrenunciables e imprescriptibles.
-Derechos conexos: son aquellos que protegen a personas distintas al autor, como
pueden ser los artistas, intérpretes, traductores, editores, productores, etc.
-Derechos de reproducción: es un fundamento legal que permite al autor de la obra
impedir a terceros efectuar copias o reproducciones de sus obras.
-Derecho de comunicación pública: derecho en virtud del cual el autor o cualquier
otro titular de los derechos puede autorizar una representación o ejecución viva o en
directo de su obra, como la representación de una pieza teatral o la ejecución de
una sinfonía por una orquesta en una sala de concierto. Cuando los fonogramas se
difunden por medio de un equipo amplificador en un lugar público, como una
discoteca, un avión o un centro comercial, también están sujetos a este derecho.
-Derechos de traducción: para reproducir y publicar una obra traducida se debe
solicitar un permiso del titular de la obra en el idioma original.
(gocella, 2012)
(wikipedia, 26 de octubre de 2014.)
7. Protección desproporcionalmente prolongada del derecho de autor
Según la Convención de Berna, la mayor parte de las obras deberán estar protegidas durante
toda la vida del autor y no menos de 50 años después de su muerte. En la mayoría de países,
este plazo de protección ha sido prolongado hasta 70-90 años después de la muerte del autor.
El enlace con la prolongación de la vida del autor coloca en condiciones desiguales a autores
longevos y a autores fallecidos a temprana edad.
las primeras obras de los autores pueden estar bajo protección hasta aproximadamente 150
años (dependiendo del término de vida del autor), mientras que las obras tardías,
aproximadamente unos 70 años después de la muerte del autor.
Las patentes de invención se otorgan solo por un plazo de 20-25 años, mientras que el derecho
de autor son protegidos durante toda la vida y unos 70 años después de la muerte del autor.
Este hecho pone a inventores e ingenieros en condiciones desiguales en comparación con los
autores protegidos con el derecho de autor.
(wikipedia, 26 de octubre de 2014.)