Este documento trata sobre los derechos de autor y las licencias Creative Commons. Explica que los derechos de autor protegen las obras literarias, artísticas y otras creaciones, dándole al creador el control sobre cómo se usa su trabajo. También introduce las licencias Creative Commons, las cuales permiten a los creadores especificar cómo otros pueden usar y compartir su trabajo. El documento concluye recomendando buscar obras con licencias Creative Commons para asegurarse de usar contenido de una manera permitida.
Propiedad Intelectual - Derecho De Autor - Derechos de autor - Entorno digitalJhonnyP
Se presenta el esquema general y basico de derecho de autor:
Aspectos generales de la Propiedad Intelectual
Nociones Generales del Derecho de Autor
Marco Legal
Derechos Patrimoniales y Derechos Morales
Excepciones al Derecho de Autor
Derechos de autor en el entorno Digital
Software y Contenidos Digitales
Licenciamientos
Material educativo diseñado para el GEMED del Centro de Innovación y Emprendimiento en Tecnologías para la Educación (CIETE) de la Universidad de Los Andes - Mérida
Presnetación de las Licencias Creative Commons en el ciclo de conferencias por el Dia de Internet 2008, expone la Dra. Patricia Pacheco miembro del equipo Creative Commons Ecuador
Material elaborado con fines educativos para el Diplomado en Gestión Efectiva de Medios Digitales del Centro de Innovación y Emprendimiento para el Uso de Tecnologías para la Educación de la Universidad de Los Andes - Mérida
Propiedad Intelectual - Derecho De Autor - Derechos de autor - Entorno digitalJhonnyP
Se presenta el esquema general y basico de derecho de autor:
Aspectos generales de la Propiedad Intelectual
Nociones Generales del Derecho de Autor
Marco Legal
Derechos Patrimoniales y Derechos Morales
Excepciones al Derecho de Autor
Derechos de autor en el entorno Digital
Software y Contenidos Digitales
Licenciamientos
Material educativo diseñado para el GEMED del Centro de Innovación y Emprendimiento en Tecnologías para la Educación (CIETE) de la Universidad de Los Andes - Mérida
Presnetación de las Licencias Creative Commons en el ciclo de conferencias por el Dia de Internet 2008, expone la Dra. Patricia Pacheco miembro del equipo Creative Commons Ecuador
Material elaborado con fines educativos para el Diplomado en Gestión Efectiva de Medios Digitales del Centro de Innovación y Emprendimiento para el Uso de Tecnologías para la Educación de la Universidad de Los Andes - Mérida
Se presenta información acerca de las Copyright y las Licencias Creative como concepciones que protegen y controlan las obras,guardando los derechos de autor.También se hace una reflexión acerca de copiar y pegar de forma indiscriminada material que circula por la Internet.
1. Institución educativa nueva florida
Integrantes:
Santiago Sánchez
Julio Renteria
José Sánchez
Profesora
Alexandra del pilar Cifuentes v.
Materia
Informática
Tema
Derechos de autor
Curso 11.1
Derechos de autores
2. El derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y principios
que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede
a los autores (los derechos de autor), por el solo hecho de la
creación de una obra literaria, artística, musical, científica o
didáctica, esté publicada o inédita.
Está reconocido como uno de los derechos humanos fundamentales
en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
En el derecho anglosajón se utiliza la noción de copyright (traducido
literalmente como "derecho de copia") que —por lo general—
comprende la parte patrimonial de los derechos de autor (derechos
patrimoniales).
Una obra pasa al dominio público cuando los derechos patrimoniales
han expirado. Esto sucede habitualmente trascurrido un plazo desde
la muerte del autor (post mortem auctoris). El plazo mínimo, a nivel
mundial, es de 50 años y está establecido en el Convenio de Berna.
Muchos países han extendido ese plazo ampliamente. Por ejemplo, en
el Derecho europeo, son 70 años desde la muerte del autor. Una vez
pasado ese tiempo, dicha obra entonces puede ser utilizada en forma
libre, respetando los derechos morales.
3. Derecho de autor y copyright
El derecho de autor y copyright constituyen dos concepciones sobre
la propiedad literaria y artística. El primero proviene de la familia
del derecho continental, particularmente del derecho francés,
mientras que el segundo procede del derecho anglosajón (o common
law).
El derecho de autor se basa en la idea de un derecho personal
del autor, fundado en una forma de identidad entre el autor y su
creación. El derecho moral está constituido como emanación de la
persona del autor: reconoce que la obra es expresión de la persona
del autor y así se le protege.
La protección del copyright se limita estrictamente a la obra, sin
considerar atributos morales del autor en relación con su obra,
excepto la paternidad; no lo considera como un autor propiamente
tal, pero tiene derechos que determinan las modalidades de
utilización de una obra.
4. Cultura accesible pero no siempre libre
De manera gradual, los autores de las obras (es decir, cualquier
usuario que publique una fotografía, una canción, un vídeo o un texto
en un sitio web) han adquirido conciencia de sus derechos, así como
el suficiente dominio de la tecnología como para detectar si alguien
está utilizando sus creaciones sin su permiso o sin respetar las
licencias establecidas. En la actualidad, se antoja cuanto menos
arriesgado utilizar un contenido ajeno de forma inapropiada.
La cultura en Internet es accesible a todos, pero esto no significa
que siempre pueda ser utilizada por terceras personas sin ningún
tipo de control. En una proporción considerable, sólo es posible bajo
ciertas condiciones, y en muchos no lo es en absoluto. Es importante
tenerlo en cuenta y fijarse bien en el tipo de licencia que tiene cada
contenido para evitar disgustos.
'Copyright' y 'Creative Commons'
5. Todos los textos y fotos tienen derechos de autor, y a sus pueden
hacer copias de la obra, reproducirla, interpretarla, crear obras
derivadas o presentarla públicamente. El que quiera usarla debe
pedir permiso. Las únicas excepciones son el derecho de cita (que
permite reproducir fragmentos) o la copia privada, sobre la que se
mantiene una gran controversia sobre su extensión.
El creador también puede renunciar al 'copyright' y que su obra pase
al dominio público. Pero también hay una tercera alternativa: las
licencias 'Copyleft', que permiten al autor definir un amplio rango de
posibilidades para concretar cómo quiere que se utilice su obra. La
licencia 'Copyleft' más popular es 'Creative Commons'. Las obras con
'Creative Commons' (exhiben la sigla CC) permiten su copia y
distribución por parte de otros usuarios, pero con las acotaciones,
conocidas como atributos, que decida el autor. Las limitaciones son
las siguientes:
'Atribución': exige la cita del autor de la obra.
'Noncommercial': obliga a que el que la copie no pueda obtener
beneficio económico.
'No Derivative Works': la obra se debe distribuir sin modificaciones
(por ejemplo, una foto con esta licencia no se puede utilizar en un
collage).
'Share Alike': exige que todas las obras derivadas se
distribuyan siempre bajo la misma licencia del trabajo
6. original (por ejemplo, prohíbe que un libro con
copyright se ilustre una foto CC). Estos atributos son
combinables para que el autor se haga la licencia a su
medida.
Estos atributos se pueden combinar entre sí. Así, un
grupo musical puede decidir que cualquiera puede
copiar sus canciones siempre que se les cite
('Atribución') y nadie gane dinero con ello
('Noncommercial'). O también podría prohibir que un
DJ las remezclara incluyendo también el atributo "No
Derivative Works". Para los autores elegir y aplicar
una licencia es tan simple como entrar en la página
web y rellenar un sencillo formulario.
Creadores les protege el 'copyright'. Si el autor no
alega nada en contra, sólo él ostenta todos los derechos
sobre su obra durante su vida y hasta setenta años
después de su muerte. Esto implica que sólo el autor o
sus herederos
Buscar y usar obras con licencia CC
7. La mejor opción para no encontrarse con sorpresas desagradables
en el uso de una obra digital es decantarse sólo por las que incluyen
una licencia 'Creative Commons' (CC) o similar, ya que basta con
respetar sus atributos para evitar demandas posteriores. Abundan
los sitios web en los que los usuarios pueden colgar contenidos bajo
esta licencia: Flickr.com (en fotografía) y (en vídeos) son los más
conocidos.
El servicio Flickr contiene millones de fotografías que guardan los
usuarios. Y aunque por defecto otorga a cada imagen una licencia
'Copyright', permite también asignar licencias CC. Más aún, Flickr
posee un buscador de imágenes que, además de buscar por
etiquetas (tags) colocadas en cada imagen por los usuarios, permite
seleccionar sólo imágenes con la licencia CC.
También el servicio Stock.xchng permite guardar numerosas
fotografías que tengan licencias de uso abierto, aunque en este caso
no permite expresamente licencias CC sino otro tipo similar y con
calidad muy alta. El servicio permite buscarlas por orden de más a
menos descargadas, por etiquetas, o por orden de actualidad.
Además, redes sociales como My Space contienen abundante música
bajo CC que los usuarios pueden descargar y reproducir en sus
sitios web.
Un modo rápido y efectivo de encontrar contenidos CC es utilizar el
buscador específico (en la parte superior derecha) del navegador
Firefox, que indaga a través de numerosos sitios como Google, Flickr,
OWL Music Search o Yahoo! También el nuevo navegador de Google,
Chrome, dispone del modo "búsqueda predeterminada" para los
contenidos exclusivamente bajo licencia CC. Bastará entonces con
poner la palabra clave del contenido a buscar en la caja de
direcciones para que aparezcan los resultados.
8. No obstante, conviene prestar especial atención a los atributos que
tiene cada licencia: siempre hay que indicar de forma bien clara
quién es el autor del contenido y enlazar de forma adecuada a su
sitio web. También conviene evitar el aprovechamiento de contenido
de webs comerciales si uno de sus atributos lo prohíbe.