DERECHOS DE AUTOR
LauraYinethPeñaYate 11-2
INTRODUCCIÓN/ Derechos de Autor
Conjunto de normas jurídicas y principios que
afirman los derechos morales y patrimoniales
que la ley concede a los autores (los derechos
de autor), por el solo hecho de la creación de
una obra literaria, artística, musical,
científica o didáctica, esté publicada o
inédita.
AUTOR
Se llama autor a toda
persona que crea una
determinada obra sobre
la que tendrá derechos
protegidos por la ley.
Los derechos de autor constituyen uno de los principales derechos de
propiedad intelectual, cuyo objetivo es dar solución a una serie de conflictos
de intereses que nacen entre los autores de las creaciones intelectuales, los
editores y demás intermediarios que las distribuyen y el público que las
consume
CONTENIDO DEL DERECHO DE AUTOR
DERECHOS MORALES
- Derecho de divulgación
- Derecho de paternidad
- Derecho de revelación y
ocultación
- Derecho de integridad
DERECHOS PATRIMONIALES
- Derecho de reproducción
- Derecho de distribución
- Derecho de comunicación Pública
- Derecho de transformación.
LEY 23 DE 1982
Artículo 4º.- Son titulares de los derechos reconocidos por la Ley:
1. El autor de su obra;
2. El artista, intérprete o ejecutante, sobre su interpretación o ejecución;
3. El productor, sobre su fonograma;
4. El organismo de radiodifusión sobre su emisión;
5. Los causahabientes, a título singular o universal, de los titulares, anteriormente citados;
6. La persona natural a jurídica que, en virtud de contrato obtenga por su cuenta y riesgo,
la producción de una obra científica, literaria o artística realizada por uno o varios
autores en las condiciones previstas en el artículo 20 de esta Ley.
LEY 44 DE 1993
CAPÍTULO II DEL REGISTRO NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR
Artículo 3º.- Se podrán inscribir en el Registro Nacional del Derecho de Autor:
1. Las obras literarias, científicas y artísticas;
2. Los actos en virtud de los cuales se enajene el Derecho de Autor, así como cualquier otro acto
o contrato vinculado con los derechos de autor o los derechos conexos;
3. Los fonogramas;
4. Los poderes de carácter general otorgados a personas naturales o jurídicas para gestionar
ante la Dirección Nacional del Derecho de Autor o cualquiera de sus dependencias, asuntos
relacionados con la Ley 23 de 1982.
Es un organismo del Estado Colombiano, que posee la estructura
jurídica de una Unidad Administrativa Especial adscrita al Ministerio
del Interior y es el órgano institucional que se encarga del diseño,
dirección, administración y ejecución de las políticas gubernamentales
en materia de derecho de autor y derechos conexos.
LIMITACIONES Y EXCEPCIONES AL DERECHO DE AUTOR
El Derecho de Autor no solo es un
mecanismo para proteger los derechos
de las personas que hacen creaciones
artísticas, también establece los
deberes para que la sociedad se
beneficie de estas creaciones,
estableciendo un balance entre los
beneficios del individuo y de la
sociedad. Por lo tanto los Derecho de
Autor tiene unas Limitaciones y
Excepciones en procura de asegurar
este equilibrio
LICENCIA CREATIVE
COMMONS
Permiso para usar o compartir obra, pero
no equivale ni reemplaza a la inscripción en
el Registro de Propiedad Intelectual.
Ambos instrumentos se complementan y
refuerzan la protección de obra.
permite a otras personas copiar y distribuir tu
obra, siempre y cuando reconozcan la
correspondiente autoría, y solamente bajo las
condiciones que especifiques ahí
Las licencias de derechos de autor (copyright) y
herramientas CC dan un equilibrio razonable al
tradicional “todos los derechos reservados” que
el copyright crea.
Usar licencias Creative Commons
Las licencias de CC se basan en 4 condiciones que pueden combinarse
en 6 tipos de licencias diferentes. Estas son: Reconocimiento
(Attribution), No comercial (Non commercial), Sin Obra Derivada
(No derivate Works) y Compartir Igual (Share alike).
Las combinaciones posibles de Licencias CC son las siguientes:.
Reconocimiento: El material creado por un artista puede ser
distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en
los créditos
Reconocimiento - Sin obra derivada: El
material creado por un artista puede ser
distribuido, copiado y exhibido por terceros
si se muestra en los créditos. No se pueden
realizar obras derivadas.
Usar licencias Creative Commons
Usar licencias Creative Commons
Reconocimiento - Sin obra derivada - No
comercial : El material creado por un artista
puede ser distribuido, copiado y exhibido por
terceros si se muestra en los créditos. No se
puede obtener ningún beneficio comercial. No
se pueden realizar obras derivadas.
Usar licencias Creative Commons
Reconocimiento - No comercial: El material
creado por un artista puede ser distribuido,
copiado y exhibido por terceros si se muestra
en los créditos. No se puede obtener ningún
beneficio comercial.
Usar licencias Creative Commons
Reconocimiento - No comercial - Compartir
igual : El material creado por un artista puede
ser distribuido, copiado y exhibido por terceros
si se muestra en los créditos. No se puede
obtener ningún beneficio comercial y las obras
derivadas tienen que estar bajo los mismos
términos de licencia que el trabajo original.
Usar licencias Creative Commons
Reconocimiento - Compartir igual : El material
creado por un artista puede ser distribuido,
copiado y exhibido por terceros si se muestra
en los créditos. Las obras derivadas tienen que
estar bajo los mismos términos de licencia que
el trabajo original.
El autor simplemente elige la licencia que desea adoptar, y al publicarla en Internet,
la identifica con el símbolo otorgado por CC y adjunta la licencia. La licencia estará
expresada en tres formas:
 Common Deeds : es la explicación escrita e iconográfica de la licencia a nivel
humano
 Legal Code : también a nivel humano, es la lectura jurídica de la licencia (código
legal)
 Digital Code : es el código a nivel tecnológico que pueden leer el ordenador y
los buscadores, pudiendo identificar que la obra está licenciada y sus
condiciones de uso.
Una vez que eliges tu licencia, tienes que incluir el botón Creative Commons algunos derechos reservados en
tu sitio. Los pasos para restablecer tu Licencia son muy sencillos. Ingresando a la página Escoger Licencia :
1. Eliges la licencia. Es más fácil de lo que crees. Cuando pinchas sobre escoger una licencia eres llevado
a una página donde se te hacen dos sencillas preguntas:
 ¿Permitir un uso comercial de la obra? Sí / No
 ¿Permitir modificaciones de su obra? Si / Si con misma licencia / No
1. Y eso es todo, con esas respuestas ya determinas la licencia que deseas.
1. Copias el código: En la página que sigue a tu elección de la licencia tienes el código que deberás pegar
en tu sitio.
1. Pegas el código de CC dentro del código de tu sitio (Si usas Dreamweaver o Frontpage u otro editor,
deberás ir a la solapa de vista en código y pegarlo al final del código, antes de los tags </body></html>)
RECURSOS CREATIVE COMMONS
Algunos enlaces a recursos Creative Commons que podremos usar, citando la fuente, para elaborar
nuestros materiales didácticos con total tranquilidad.
 Banco de imágenes en castellano con licencias CC: www.pixalia.net
 Buscador de recursos con licencia CC: http://search.creativecommons.org/
 Música Creative Commons
 Freesound project , base de datos con sonidos Creative Commons.
 Ya hemos hablado antes de Flickrcc , y podemos añadir las imágenes Creative Commons de
Flickr .
 Recursos Creative Commons en WikiMedia .
 El periódico 20 minutos se publica con licencia Creative Commons.
 Los bancos de imágenes y sonidos del CNICE.
 Recursos bajo licencias abiertas. Guía de estilo para el bachillerato a distancia de la
Consejería de Educación de la Junta de Andalucía
RECURSOS CREATIVE COMMONS
 Para encontrar más fácilmente contenidos Creative Commons en
la web te recomendamos instalar el plugin Mozcc para Firefox 2,
que te mostrará, si está especificado en los metadatos de la
página, un icono en la barra de herramientas informándote del
tipo de licencia de los contenidos de la página.
 En nuestras manos está el potenciar el uso de estas licencias,
aplicándolas en los materiales que elaboremos para que puedan
ser usados por otros docentes.

Derechos de autor

  • 1.
  • 2.
    INTRODUCCIÓN/ Derechos deAutor Conjunto de normas jurídicas y principios que afirman los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos de autor), por el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística, musical, científica o didáctica, esté publicada o inédita.
  • 3.
    AUTOR Se llama autora toda persona que crea una determinada obra sobre la que tendrá derechos protegidos por la ley.
  • 4.
    Los derechos deautor constituyen uno de los principales derechos de propiedad intelectual, cuyo objetivo es dar solución a una serie de conflictos de intereses que nacen entre los autores de las creaciones intelectuales, los editores y demás intermediarios que las distribuyen y el público que las consume
  • 5.
    CONTENIDO DEL DERECHODE AUTOR DERECHOS MORALES - Derecho de divulgación - Derecho de paternidad - Derecho de revelación y ocultación - Derecho de integridad DERECHOS PATRIMONIALES - Derecho de reproducción - Derecho de distribución - Derecho de comunicación Pública - Derecho de transformación.
  • 6.
    LEY 23 DE1982 Artículo 4º.- Son titulares de los derechos reconocidos por la Ley: 1. El autor de su obra; 2. El artista, intérprete o ejecutante, sobre su interpretación o ejecución; 3. El productor, sobre su fonograma; 4. El organismo de radiodifusión sobre su emisión; 5. Los causahabientes, a título singular o universal, de los titulares, anteriormente citados; 6. La persona natural a jurídica que, en virtud de contrato obtenga por su cuenta y riesgo, la producción de una obra científica, literaria o artística realizada por uno o varios autores en las condiciones previstas en el artículo 20 de esta Ley.
  • 7.
    LEY 44 DE1993 CAPÍTULO II DEL REGISTRO NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR Artículo 3º.- Se podrán inscribir en el Registro Nacional del Derecho de Autor: 1. Las obras literarias, científicas y artísticas; 2. Los actos en virtud de los cuales se enajene el Derecho de Autor, así como cualquier otro acto o contrato vinculado con los derechos de autor o los derechos conexos; 3. Los fonogramas; 4. Los poderes de carácter general otorgados a personas naturales o jurídicas para gestionar ante la Dirección Nacional del Derecho de Autor o cualquiera de sus dependencias, asuntos relacionados con la Ley 23 de 1982.
  • 8.
    Es un organismodel Estado Colombiano, que posee la estructura jurídica de una Unidad Administrativa Especial adscrita al Ministerio del Interior y es el órgano institucional que se encarga del diseño, dirección, administración y ejecución de las políticas gubernamentales en materia de derecho de autor y derechos conexos.
  • 9.
    LIMITACIONES Y EXCEPCIONESAL DERECHO DE AUTOR El Derecho de Autor no solo es un mecanismo para proteger los derechos de las personas que hacen creaciones artísticas, también establece los deberes para que la sociedad se beneficie de estas creaciones, estableciendo un balance entre los beneficios del individuo y de la sociedad. Por lo tanto los Derecho de Autor tiene unas Limitaciones y Excepciones en procura de asegurar este equilibrio
  • 10.
    LICENCIA CREATIVE COMMONS Permiso parausar o compartir obra, pero no equivale ni reemplaza a la inscripción en el Registro de Propiedad Intelectual. Ambos instrumentos se complementan y refuerzan la protección de obra. permite a otras personas copiar y distribuir tu obra, siempre y cuando reconozcan la correspondiente autoría, y solamente bajo las condiciones que especifiques ahí Las licencias de derechos de autor (copyright) y herramientas CC dan un equilibrio razonable al tradicional “todos los derechos reservados” que el copyright crea.
  • 11.
    Usar licencias CreativeCommons Las licencias de CC se basan en 4 condiciones que pueden combinarse en 6 tipos de licencias diferentes. Estas son: Reconocimiento (Attribution), No comercial (Non commercial), Sin Obra Derivada (No derivate Works) y Compartir Igual (Share alike). Las combinaciones posibles de Licencias CC son las siguientes:. Reconocimiento: El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos
  • 12.
    Reconocimiento - Sinobra derivada: El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se pueden realizar obras derivadas. Usar licencias Creative Commons
  • 13.
    Usar licencias CreativeCommons Reconocimiento - Sin obra derivada - No comercial : El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se puede obtener ningún beneficio comercial. No se pueden realizar obras derivadas.
  • 14.
    Usar licencias CreativeCommons Reconocimiento - No comercial: El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se puede obtener ningún beneficio comercial.
  • 15.
    Usar licencias CreativeCommons Reconocimiento - No comercial - Compartir igual : El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se puede obtener ningún beneficio comercial y las obras derivadas tienen que estar bajo los mismos términos de licencia que el trabajo original.
  • 16.
    Usar licencias CreativeCommons Reconocimiento - Compartir igual : El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. Las obras derivadas tienen que estar bajo los mismos términos de licencia que el trabajo original.
  • 17.
    El autor simplementeelige la licencia que desea adoptar, y al publicarla en Internet, la identifica con el símbolo otorgado por CC y adjunta la licencia. La licencia estará expresada en tres formas:  Common Deeds : es la explicación escrita e iconográfica de la licencia a nivel humano  Legal Code : también a nivel humano, es la lectura jurídica de la licencia (código legal)  Digital Code : es el código a nivel tecnológico que pueden leer el ordenador y los buscadores, pudiendo identificar que la obra está licenciada y sus condiciones de uso.
  • 18.
    Una vez queeliges tu licencia, tienes que incluir el botón Creative Commons algunos derechos reservados en tu sitio. Los pasos para restablecer tu Licencia son muy sencillos. Ingresando a la página Escoger Licencia : 1. Eliges la licencia. Es más fácil de lo que crees. Cuando pinchas sobre escoger una licencia eres llevado a una página donde se te hacen dos sencillas preguntas:  ¿Permitir un uso comercial de la obra? Sí / No  ¿Permitir modificaciones de su obra? Si / Si con misma licencia / No 1. Y eso es todo, con esas respuestas ya determinas la licencia que deseas. 1. Copias el código: En la página que sigue a tu elección de la licencia tienes el código que deberás pegar en tu sitio. 1. Pegas el código de CC dentro del código de tu sitio (Si usas Dreamweaver o Frontpage u otro editor, deberás ir a la solapa de vista en código y pegarlo al final del código, antes de los tags </body></html>)
  • 19.
    RECURSOS CREATIVE COMMONS Algunosenlaces a recursos Creative Commons que podremos usar, citando la fuente, para elaborar nuestros materiales didácticos con total tranquilidad.  Banco de imágenes en castellano con licencias CC: www.pixalia.net  Buscador de recursos con licencia CC: http://search.creativecommons.org/  Música Creative Commons  Freesound project , base de datos con sonidos Creative Commons.  Ya hemos hablado antes de Flickrcc , y podemos añadir las imágenes Creative Commons de Flickr .  Recursos Creative Commons en WikiMedia .  El periódico 20 minutos se publica con licencia Creative Commons.  Los bancos de imágenes y sonidos del CNICE.  Recursos bajo licencias abiertas. Guía de estilo para el bachillerato a distancia de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía
  • 20.
    RECURSOS CREATIVE COMMONS Para encontrar más fácilmente contenidos Creative Commons en la web te recomendamos instalar el plugin Mozcc para Firefox 2, que te mostrará, si está especificado en los metadatos de la página, un icono en la barra de herramientas informándote del tipo de licencia de los contenidos de la página.  En nuestras manos está el potenciar el uso de estas licencias, aplicándolas en los materiales que elaboremos para que puedan ser usados por otros docentes.