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Caracas, Junio 2019.
Grupo de Pregrado.
Dirección Nacional de Docencia Médica
PROGRAMA PARA EL
DESARROLLO DEL
SERVICIO
COMUNITARIO
ESTUDIANTIL. PNFMIC.
2020
Fecha: Primera semana del curso escolar. (Martes)
Hora: 9:00 am – 3:00 pm
Lugar: Áreas de Salud Integral Comunitarias (ASIC) de todos los Estados.
HORARIO TEMAY TÍTULO CONTENIDO
9:00 – 11:00 am 1.- Introducción al Servicio Comunitario. Aspectos
teóricos metodológicos y legales del Servicio
Comunitario Estudiantil.
1.1.- Introducción.
1.2.- Origen del Servicio Comunitario Estudiantil.
1.3.- Plataforma legal del Servicio Comunitario
Estudiantil.
1.4.- Definición del Servicio Comunitario Estudiantil.
1.5.- Propósitos del Servicio Comunitario Estudiantil.
1.6.- Duración del Servicio Comunitario Estudiantil
1.7.- El Servicio Comunitario para los estudiantes del
Programa Nacional de Formación en Medicina Integral
Comunitaria (PNFMIC).
11:00 am – 1:00 pm 2.- Aspectos metodológicos necesarios para la
confección del proyecto de investigación.
2.1.- Aspectos generales para la confección de un
proyecto de investigación y el Informe Final.
2.2.- Estructura del proyecto de investigación. Sus
partes y ejemplos.
1:00 – 1:30 pm
Almuerzo
1:30 – 2:30 pm 3.- Aspectos metodológicos necesarios para la
confección del informe final de la investigación.
3.1.- Confección del Informe Final. Sus partes.
2:30 – 3:00 pm Evaluación de la Actividad a través del PNI (Positivo, Interesante y Negativo)
La universidad es uno de los espacios oportunos para reconocer estas manifestaciones,
discernir las representaciones para contribuir a estimular los valores sociales, así como la
organización de los ciudadanos.
Para la UNESCO, en esta sociedad del conocimiento, las instituciones universitarias "se ven
enfrentadas a un cambio radical sin precedentes en los esquemas clásicos de producción,
difusión y aplicación de los conocimientos".
La preservación de las sociedades modernas está determinada directamente por el grado de
desarrollo a lograr y resulta lógico anticipar que en tanto más elevado y perfeccionado sea el
desarrollo, más estables serán las sociedades.
Con el Servicio Comunitario se cumple uno de los procesos sustantivos de la educación
superior que es la actividad extensionista, o sea, la colaboración de las Instituciones de
Educación Superior con la comunidad.
El servicio comunitario encierra mucho potencial para el fomento del desarrollo regional.
El Servicio Comunitarios representa una enriquecedora oportunidad para lograr la
satisfacción de las necesidades humanas de las familias y habitantes de las comunidades, al
servir como instancia articuladora de esfuerzos
 El Servicio Comunitario es un ejercicio que existió desde la época de la
Republica Romana.
 En los Estados Unidos las primeras manifestaciones surgen en 1906.
 En México, se lleva a cabo este beneficio desde 1910.
 En Costa Rica, se efectúa desde 1975.
 En Colombia se incorpora como parte del pensum universitario en el año 1991.
 En Uruguay se aplica desde 2002.
 Nicaragua instituyó esta práctica en 1968.
 En Venezuela, oficialmente se inicia la práctica del servicio comunitario, como
actividad universitaria, desde el año 2005.
La concepción de deberes como correlativos a los derechos, ha constituido una
secuencia desde el origen del constitucionalismo a finales del siglo XVIII hasta
nuestros días.
En la Declaración Universal de Derechos Humanos en su artículo 29.1, se plantea:
“Toda persona tiene deberes con respecto a la comunidad, pues sólo ella puede
desarrollar libre y permanentemente su personalidad”.
La Declaración Mundial sobre la Educación Superior en el siglo XXI de la
UNESCO, (París-1998), se establece que: “La Educación Superior debe reforzar sus
funciones de servicio a la sociedad, y más concretamente sus actividades
encaminadas a erradicar la pobreza, la intolerancia, la violencia, el analfabetismo, el
hambre, el deterioro del medio ambiente y las enfermedades, principalmente
mediante un planteamiento interdisciplinario y transdisciplinario para analizar los
problemas y las cuestiones planteados.”
El Servicio Comunitario Estudiantil en la República Bolivariana de Venezuela, es
un trabajo que se fundamenta en la Constitución.
Expresa en su artículo 3 que uno de los fines esenciales del Estado Venezolano es
“(...) la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la
prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios,
derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución. La educación y
el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines”.
El artículo 135 establece en su parte final que “(...) Quienes aspiren al ejercicio de
cualquier profesión, tienen el deber de prestar servicio a la comunidad durante el
tiempo, lugar y condiciones que determine la ley”.
En el artículo 79 de la propia constitución, se expresa que “Los jóvenes y las
jóvenes tienen el derecho y el deber de ser sujetos activos del proceso de desarrollo.
El Estado, con la participación solidaria de las familias y la sociedad, creará
oportunidades para estimular su tránsito productivo hacia la vida adulta y, en
particular, la capacitación y el acceso al primer empleo, de conformidad con la ley.”
En el artículo 102 se manifiesta que, la educación tiene por finalidad (...,)
desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de
su personalidad en una sociedad democrática basada en la valoración ética
del trabajo y en la participación activa, consciente y solidaria en los
procesos de transformación social (...).
La Ley Orgánica de Educación en su artículo 3ro establece que la
educación fomentará el desarrollo de una conciencia ciudadana para la
conservación, defensa y mejoramiento del ambiente, calidad de vida y el
uso racional de los recursos naturales (…).
Esta propia Ley en su artículo 4to plantea que la educación es un servicio
público prestado por el Estado como medio de mejoramiento de la
comunidad.
Comisión Permanente de Participación
Ciudadana, Descentralización y Desarrollo
Regional.
“Ley del Servicio Comunitario del
Estudiante Universitario (LSCEEU)”
CREA
14 de septiembre de 2005, en la Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela número 38.272.
publicada
“Ley del Servicio Comunitario del
Estudiante Universitario (LSCEEU)”
1.- Instrumento legal destinado a establecer los lineamientos jurídicos y las bases
que permitan organizar e implementar la prestación del Servicio Comunitario, por
parte del estudiante, en su condición de aspirante al ejercicio de su profesión.
2.- Contempla que todos los estudiantes lleven a cabo un acercamiento con fines
educativos y socio-afectivos en las comunidades; diseñando y/o participando en
proyectos para el beneficio directo de las familias y miembros de la colectividad.
Es un
Tiene como propósito, extender a la sociedad, los beneficios de
la ciencia, la técnica y la cultura, a través de la incorporación
del estudiante a la nueva realidad laboral y social que le
permita, como prestador del servicio social, sensibilizarse,
desarrollar y fortalecer valores morales y éticos.
Servicio Comunitario en la Educación Superior
“Ley del Servicio Comunitario del
Estudiante Universitario (LSCEEU)”
Según el Artículo 4:
Es un componente curricular desarrollado por los estudiantes, bajo la supervisión de
tutores y en relación con las comunidades.
Finalidad: estudiar, proponer o instrumentar soluciones a problemas concretos de
las comunidades.
Aplican: conocimientos científicos, técnicos, culturales, deportivos y humanísticos
adquiridos durante su formación académica.
Beneficio de la comunidad: cooperar con su participación al cumplimiento de los
fines del bienestar social, de acuerdo con lo establecido en la constitución y las
leyes.
El artículo 7 de la LSCEEU acota que son objetivos o fines de esta
actividad, los siguientes:
1.- Fomentar en el estudiante, la solidaridad y el compromiso con la
comunidad como norma ética y ciudadana.
2.- Hacer un acto de reciprocidad con la sociedad.
3.- Enriquecer la actividad de educación superior, a través del aprendizaje
servicio, con la aplicación de los conocimientos adquiridos durante la
formación académica, artística, cultural y deportiva.
4.- Integrar las instituciones de educación superior con la comunidad, para
contribuir al desarrollo de la sociedad venezolana.
5.- Formar, a través del aprendizaje servicio, el capital social en el país.
Artículo 8 de la LSCEEU el tiempo que delimita el Servicio
Comunitario es de ciento veinte (120) horas académicas como
mínimo, las cuales se deben cumplir en un lapso no menor de
tres (3) meses. Las instituciones de educación superior
adaptarán la duración del servicio comunitario a su régimen
académico.
El artículo 6 de la propia ley, se hace alusión a que “El
servicio comunitario es un requisito para la obtención del título
de educación superior, no creará derechos u obligaciones de
carácter laboral y debe prestarse sin remuneración alguna.”
• Los estudiantes del PNFMIC desde el inicio de su formación participan
directamente en las comunidades en acciones de difusión con el fin de contribuir
al bienestar social de la población, elevar el nivel de salud de la misma, y
modificar estilos de vida para que esta sea más saludable, a través de acciones de
promoción, prevención y rehabilitación en la comunidad.
• El Servicio Comunitario, se considera una actividad académica extracurricular y
obligatoria, de contenido práctico, que contribuye a la formación integral de los
mismos y aumenta su relación con la comunidad.
• Los estudiantes deben realizar una investigación coherente, secuencial y acorde a
su perfil de salida, en la que incluyen la preparación, diseño, solicitud de
aprobación y ejecución de un proyecto de intervención educativa o comunitaria
que contribuya a la solución de problemas de salud o la satisfacción de
necesidades de la comunidad donde realizan su práctica preprofesional.
• Los proyectos antes mencionados, se caracterizan por la aplicación y
profundización de los conocimientos, prácticas, técnicas y habilidades
adquiridos durante el desarrollo de la carrera.
• Los proyectos se llevan a cabo a partir del análisis sistematizado de un
problema de salud que esté presente en la comunidad (Análisis de la
Situación de Salud) y que respondan a uno de los Programas
Priorizados que contempla el Ministerio del Poder Popular para la
Salud (MPPS).
• Con la realización de la investigación del SCE, existe una unificación
del conocimiento, la habilidad (del pensamiento, psicomotoras y la
destreza), las actitudes, los valores y las aptitudes, basadas en el
ejercicio clínico y la comunicación.
• Los proyectos que realizarán los estudiantes están basados
fundamentalmente en aquellos denominados Proyectos de
Intervención Comunitaria o Educativos.
• Estos proyectos deben atacar los problemas sociales
presentes en la sociedad, a partir de dos modelos
fundamentales, a saber: modelos teóricos que explican qué
es lo social y cuáles son las presuntas causas de los
problemas; y modelos prácticos sobre los cuales son las
mejores maneras de incidir sobre estos problemas a favor de
las personas involucradas en las situaciones problemáticas.
Solamente un estudiante por
proyecto
DESPUÉS DE ANALIZADO EL TEMA EN EL
CONSEJO ACADÉMICO DE LA
UNIVERSIDAD DE CIENCIAS DE LA SALUD
"HUGO CHÁVEZ FRÍAS"
SE DISPUSO LAAPROBACIÓN DE:
1.- Actividad académica
3.- Obligatoria
4.- Práctica
SERVICIO COMUNITARIO
ESTUDANTIL(SCE)
6.- Aumenta su relación con la
comunidad
7.- Establecido en el Artículo
135 de la Constitución de la
República Bolivariana de
Venezuela
2.- Extracurricular
5.- Contribuye a la formación
integral de los estudiantes de la
Educación Superior
De modo que:
I.- Inducción del Servicio Comunitario.
II.- Diseño y aprobación del proyecto de
intervención comunitaria e inscripción en las
Universidades.
III.- Ejecución del proyecto de intervención
comunitaria.
IV.- Presentación defensa y certificación del
Servicio Comunitario.
ETAPA I: INDUCCIÓN DEL SERVICIO COMUNITARIO
ESTUDIANTIL
Se realizará con los estudiantes de 6to año y sus tutores después de terminarse
el acto de inicio del curso escolar.
Acciones a desarrollar
1.- Se ofrecerá información sobre la Ley del Servicio Comunitario de Estudiantes de la Educación Superior
(Tema 1).
2.- Se indicará que el proyecto será de autoría individual, (aprobado por el Consejo Académico de la UCS),
y se asignará un tutor al estudiante.
3.- Se les informará que este proyecto puede ser la continuidad al tema de investigación del proyecto
presentado en la unidad curricular Intervención en Salud en el 5to año.
3.- Se explicará que el proyecto se trabajará sobre la base del diseño de una intervención educativa o
comunitaria a partir de los problemas de salud identificados en el ASS del ASIC y del Consultorio donde se
hará la investigación y, teniendo en cuenta los Programas Priorizados que sustenta el Ministerio del Poder
Popular para la Salud.
4.-Se explicarán las demás etapas y las acciones a desarrollar en cada una de ellas, haciendo énfasis en las
orientaciones de las tareas que deben realizar los estudiantes de acuerdo al cronograma para dar continuidad
al Servicio Comunitario.
1.- Salud Sexual y Reproductiva.
2.- Salud del Niño, Niña y el Adolescente.
3.- Salud Cardiovascular, Salud Respiratoria.
4.- Enfermedades Endocrino Metabólicas.
5.- Enfermedades Transmisibles y Salud Ambiental.
6.- Salud Mental.
PROGRAMAS PRIORIZADOS DEL MINISTERIO DEL PODER
POPULAR PARA LA SALUD
(Guía Práctica de Programas de Salud Priorizados para el Equipo de Salud en la Red de Atención Comunal: Cuadro 1.
Campos de Salud Colectiva y Programas Priorizados; página 23)
ETAPA II. DISEÑO Y APROBACIÓN DEL PROYECTO DE
INTERVENCIÓN COMUNITARIA E INSCRIPCIÓN EN LAS
UNIVERSIDADES.
Comienza desde la conclusión del taller de inducción en la primera semana del
curso escolar hasta la entrega del proyecto.
1.- El estudiante inicia la confección del proyecto de intervención según lo establecido
en la Guía para la elaboración de un proyecto de investigación.
2.- El estudiante debe hacer contacto con el representante comunitario, para obtener su
consentimiento y, de forma hacer valedera la investigación, para tal efecto se firmará el
Anexo 1 del Servicio Comunitario, entregándolo junto a su proyecto.
3.- El proyecto se entregará en formato digital, no se solicitará informe final impreso (el
anexo 1 se escanea y anexa al documento).
Acciones a desarrollar
ETAPA III. EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE INTERVENCIÓN
COMUNITARIA.
1.- A partir de la aprobación del proyecto los estudiantes comenzarán la
ejecución de las actividades planificadas.
2.- El tutor debe realizar el monitoreo, control y asesoramiento en la
ejecución del cronograma de la intervención comunitaria y hará un
diagnóstico de esta situación cada 15 días, haciendo los señalamientos
críticos, las sugerencias y las correcciones pertinentes.
ETAPA IV PRESENTACIÓN DEFENSA Y CERTIFICACIÓN DEL
SERVICIO COMUNITARIO.
Esta etapa tiene lugar entre las semanas 38 y 39.
1.- Se desarrolla el ejercicio docente en el cual se presentan y defienden
ante el Tribunal designado los resultados de la investigación realizada.
2.- Se confecciona el Anexo 4: Acta de Aprobación del Informe Final
del Servicio Comunitario.
3.- Se concluye con la Certificación del Cumplimiento del Servicio
Comunitario por las autoridades académicas (Secretaría Docente)
(Anexo 3: Certificación de cumplimiento del Servicio Comunitario).
1.- Semana 1.
a.- Inducción del Servicio Comunitario Estudiantil.
2.- Semana 2 – 7.
a.- Selección del tema a investigar junto al tutor.
b.- Trabajar en la confección del proyecto.
c.- Revisión del Proyecto por el tutor.
d.- Firma del Anexo 1 (Consentimiento del Representante Comunitario)
e.- Enmendar los señalamientos realizados por el tutor y volver a revisar el proyecto.
f.- Confección de los Tribunales para la evaluación de los proyectos.
g.- Durante este tiempo la mayor parte del mismo debe ser empleado por el estudiante
en actividades extracurriculares relacionadas con la confección del proyecto.
3.- Semana 8.
a.- Entrega del proyecto en formato digital junto al Anexo 1, a la Vicecoordinación
Docente Asistencial del ASIC por el estudiante, avalado por el tutor.
b.- Entrega al Presidente del tribunal de los proyectos por el Vicecoordinador Docente
Asistencial del ASIC.
4.- Semana 9.
a.- Revisión de los proyectos por el tribunal, aplicando la guía de evaluación
cuantitativa para tal efecto.
b.- Dictaminar preliminarmente la calidad de los proyectos, teniendo en cuenta
la anterior guía.
c.- Preparar las preguntas para la oponencia de los proyectos.
5.- Semana 10.
a.- Presentación de los proyectos ante el tribunal examinador para su
aprobación, confeccionar el Anexo 2 relacionado con dicha aprobación.
b.- La presentación de los proyectos no debe hacerse de forma masiva, sino que
debe confeccionarse un listado, para de esta forma no afectar a todos los
estudiantes en su estancia por las rotaciones hospitalarias; esto es una estrategia
que debe elaborarse en cada uno de los Estados dependiendo de la cantidad de
proyectos a presentar.
c.- Confección del Parte 1 (Proyectos presentados a los Tribunales) por el
Vicecoordinador Docente Asistencial de los ASIC y enviarlos al Responsable
del PNFMIC del Estado para su condensación y envío antes del viernes de la
semana 11 a la Dirección Nacional de Docencia.
d..- Recolección de los datos de la investigación.
6.- Semana 11 y 12.
a.- En esta semana se hará la reevaluación de los proyectos, donde se deben
incluir aquellos con algún señalamiento, los no aprobados por algún motivo y los
que no se presentaron por causas justificadas.
b.- Confeccionar el anexo 2 relacionado con dicha aprobación, posteriormente a
su aprobación.
c.- Entrega del Anexo 2 (Acta de Aprobación del Proyecto Comunitario) llenado
por el Tribunal, al Responsable del PNFMIC del Estado por el Vicecoordinador
del ASIC.
d.- Confección del Parte 2 (Proyectos reevaluados por los Tribunales) por el
Vicecoordinador Docente Asistencial de los ASIC y enviarlos al Responsable del
PNFMIC del Estado para su condensación y envío antes del viernes de la semana
13 a la Dirección Nacional de Docencia.
e.- Entrega de los proyectos a la Vicecoordinación Docente del Estado para ser
revisados por el Consejo Científico Estadal.
7.- Semana 16.
a.- Confección y envío a la Dirección Nacional de Docencia del Parte 3
(Inscripción en la Universidad de los Proyectos) antes del viernes de dicha
semana.
8.- Semana 23 - 26
a.- Compilación de los resultados.
b.- Interpretación del análisis y discusión de los resultados obtenidos.
c.- Elaboración de las conclusiones.
d.- Ejecución del informe final.
e.- Confección del Parte 4 (Acciones realizadas en la ejecución del proyecto de
intervención comunitaria), por el Vicecoordinador Docente y Asistencial de los
ASIC, antes de los días 28 de junio (semana 25), 12 (semana 27), 19 (semana
28), y 26 de julio (semana 29) y 9 de agosto (semana 31), y enviarlos al
Responsable del PNFMIC del Estado para su condensación y envío antes del
viernes de cada una de las semanas antes mencionadas a la Dirección Nacional
de Docencia.
9.- Semana 32.
a.- Entrega del Informe Final a la Vicecoordinación Docente Asistencial de los
ASIC por los estudiantes.
b.- Entrega de los Informes Finales al Presidente del Tribunal por el
Vicecoordinación Docente de los ASIC.
10.- Semana 33.
a.- Confección de los listados de estudiantes para la realización de la
predefensa, teniendo en cuenta lo planteado en el inciso b de la semana 10.
b.- Revisión de los Informes Finales por el Tribunal.
11.- Semana 34.
a.- Realización de la Predefensa de la Investigación realizada.
12.- Semana 35
a.- Reparación de los señalamientos realizados en la predefensa de la
investigación.
b.- Confección del Parte 5 (Resultados de la Predefensa.), por el
Vicecoordinador Docente Asistencial de los ASIC, antes del día 6 de septiembre
(semana 36), y enviarlos al Responsable del PNFMIC del Estado para su
condensación y envío antes del viernes de la semana antes mencionada a la
Dirección Nacional de Docencia.
13.- Semana 36 y 37.
a.- Entrega del Informe Final concluido y revisado a la Vicecoordinación
Docente Asistencial de los ASIC por los estudiantes con aval del tutor.
b.- Entrega de los Informes Finales al Presidente del Tribunal por el
Vicecoordinación Docente Asistencial de los ASIC.
c.- Confección de los listados de estudiantes para la realización de la
predefensa, teniendo en cuenta lo planteado en el inciso b de la semana 10.
14.- Semana 38 y 39.
a.- Realización del ejercicio de la Defensa.
b.- Confección de los Anexos 3 y 4 relacionados con dicha aprobación.
c.- Confección del Parte 6 (Resultados de la Defensa.), por el Vicecoordinador
Docente Asistencial de los ASIC, antes del día 11 de octubre (semana 40), y
enviarlos al Responsable del PNFMIC del Estado para su condensación y envío
antes del viernes de la semana antes mencionada a la Dirección Nacional de
Docencia.
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  • 1. Caracas, Junio 2019. Grupo de Pregrado. Dirección Nacional de Docencia Médica
  • 2. PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DEL SERVICIO COMUNITARIO ESTUDIANTIL. PNFMIC. 2020
  • 3. Fecha: Primera semana del curso escolar. (Martes) Hora: 9:00 am – 3:00 pm Lugar: Áreas de Salud Integral Comunitarias (ASIC) de todos los Estados. HORARIO TEMAY TÍTULO CONTENIDO 9:00 – 11:00 am 1.- Introducción al Servicio Comunitario. Aspectos teóricos metodológicos y legales del Servicio Comunitario Estudiantil. 1.1.- Introducción. 1.2.- Origen del Servicio Comunitario Estudiantil. 1.3.- Plataforma legal del Servicio Comunitario Estudiantil. 1.4.- Definición del Servicio Comunitario Estudiantil. 1.5.- Propósitos del Servicio Comunitario Estudiantil. 1.6.- Duración del Servicio Comunitario Estudiantil 1.7.- El Servicio Comunitario para los estudiantes del Programa Nacional de Formación en Medicina Integral Comunitaria (PNFMIC). 11:00 am – 1:00 pm 2.- Aspectos metodológicos necesarios para la confección del proyecto de investigación. 2.1.- Aspectos generales para la confección de un proyecto de investigación y el Informe Final. 2.2.- Estructura del proyecto de investigación. Sus partes y ejemplos. 1:00 – 1:30 pm Almuerzo 1:30 – 2:30 pm 3.- Aspectos metodológicos necesarios para la confección del informe final de la investigación. 3.1.- Confección del Informe Final. Sus partes. 2:30 – 3:00 pm Evaluación de la Actividad a través del PNI (Positivo, Interesante y Negativo)
  • 4.
  • 5.
  • 6. La universidad es uno de los espacios oportunos para reconocer estas manifestaciones, discernir las representaciones para contribuir a estimular los valores sociales, así como la organización de los ciudadanos. Para la UNESCO, en esta sociedad del conocimiento, las instituciones universitarias "se ven enfrentadas a un cambio radical sin precedentes en los esquemas clásicos de producción, difusión y aplicación de los conocimientos". La preservación de las sociedades modernas está determinada directamente por el grado de desarrollo a lograr y resulta lógico anticipar que en tanto más elevado y perfeccionado sea el desarrollo, más estables serán las sociedades. Con el Servicio Comunitario se cumple uno de los procesos sustantivos de la educación superior que es la actividad extensionista, o sea, la colaboración de las Instituciones de Educación Superior con la comunidad. El servicio comunitario encierra mucho potencial para el fomento del desarrollo regional. El Servicio Comunitarios representa una enriquecedora oportunidad para lograr la satisfacción de las necesidades humanas de las familias y habitantes de las comunidades, al servir como instancia articuladora de esfuerzos
  • 7.
  • 8.  El Servicio Comunitario es un ejercicio que existió desde la época de la Republica Romana.  En los Estados Unidos las primeras manifestaciones surgen en 1906.  En México, se lleva a cabo este beneficio desde 1910.  En Costa Rica, se efectúa desde 1975.  En Colombia se incorpora como parte del pensum universitario en el año 1991.  En Uruguay se aplica desde 2002.  Nicaragua instituyó esta práctica en 1968.  En Venezuela, oficialmente se inicia la práctica del servicio comunitario, como actividad universitaria, desde el año 2005.
  • 9.
  • 10. La concepción de deberes como correlativos a los derechos, ha constituido una secuencia desde el origen del constitucionalismo a finales del siglo XVIII hasta nuestros días. En la Declaración Universal de Derechos Humanos en su artículo 29.1, se plantea: “Toda persona tiene deberes con respecto a la comunidad, pues sólo ella puede desarrollar libre y permanentemente su personalidad”. La Declaración Mundial sobre la Educación Superior en el siglo XXI de la UNESCO, (París-1998), se establece que: “La Educación Superior debe reforzar sus funciones de servicio a la sociedad, y más concretamente sus actividades encaminadas a erradicar la pobreza, la intolerancia, la violencia, el analfabetismo, el hambre, el deterioro del medio ambiente y las enfermedades, principalmente mediante un planteamiento interdisciplinario y transdisciplinario para analizar los problemas y las cuestiones planteados.”
  • 11. El Servicio Comunitario Estudiantil en la República Bolivariana de Venezuela, es un trabajo que se fundamenta en la Constitución. Expresa en su artículo 3 que uno de los fines esenciales del Estado Venezolano es “(...) la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución. La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines”. El artículo 135 establece en su parte final que “(...) Quienes aspiren al ejercicio de cualquier profesión, tienen el deber de prestar servicio a la comunidad durante el tiempo, lugar y condiciones que determine la ley”. En el artículo 79 de la propia constitución, se expresa que “Los jóvenes y las jóvenes tienen el derecho y el deber de ser sujetos activos del proceso de desarrollo. El Estado, con la participación solidaria de las familias y la sociedad, creará oportunidades para estimular su tránsito productivo hacia la vida adulta y, en particular, la capacitación y el acceso al primer empleo, de conformidad con la ley.”
  • 12. En el artículo 102 se manifiesta que, la educación tiene por finalidad (...,) desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática basada en la valoración ética del trabajo y en la participación activa, consciente y solidaria en los procesos de transformación social (...). La Ley Orgánica de Educación en su artículo 3ro establece que la educación fomentará el desarrollo de una conciencia ciudadana para la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente, calidad de vida y el uso racional de los recursos naturales (…). Esta propia Ley en su artículo 4to plantea que la educación es un servicio público prestado por el Estado como medio de mejoramiento de la comunidad.
  • 13. Comisión Permanente de Participación Ciudadana, Descentralización y Desarrollo Regional. “Ley del Servicio Comunitario del Estudiante Universitario (LSCEEU)” CREA 14 de septiembre de 2005, en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 38.272. publicada
  • 14. “Ley del Servicio Comunitario del Estudiante Universitario (LSCEEU)” 1.- Instrumento legal destinado a establecer los lineamientos jurídicos y las bases que permitan organizar e implementar la prestación del Servicio Comunitario, por parte del estudiante, en su condición de aspirante al ejercicio de su profesión. 2.- Contempla que todos los estudiantes lleven a cabo un acercamiento con fines educativos y socio-afectivos en las comunidades; diseñando y/o participando en proyectos para el beneficio directo de las familias y miembros de la colectividad. Es un
  • 15. Tiene como propósito, extender a la sociedad, los beneficios de la ciencia, la técnica y la cultura, a través de la incorporación del estudiante a la nueva realidad laboral y social que le permita, como prestador del servicio social, sensibilizarse, desarrollar y fortalecer valores morales y éticos. Servicio Comunitario en la Educación Superior
  • 16.
  • 17. “Ley del Servicio Comunitario del Estudiante Universitario (LSCEEU)” Según el Artículo 4: Es un componente curricular desarrollado por los estudiantes, bajo la supervisión de tutores y en relación con las comunidades. Finalidad: estudiar, proponer o instrumentar soluciones a problemas concretos de las comunidades. Aplican: conocimientos científicos, técnicos, culturales, deportivos y humanísticos adquiridos durante su formación académica. Beneficio de la comunidad: cooperar con su participación al cumplimiento de los fines del bienestar social, de acuerdo con lo establecido en la constitución y las leyes.
  • 18.
  • 19. El artículo 7 de la LSCEEU acota que son objetivos o fines de esta actividad, los siguientes: 1.- Fomentar en el estudiante, la solidaridad y el compromiso con la comunidad como norma ética y ciudadana. 2.- Hacer un acto de reciprocidad con la sociedad. 3.- Enriquecer la actividad de educación superior, a través del aprendizaje servicio, con la aplicación de los conocimientos adquiridos durante la formación académica, artística, cultural y deportiva. 4.- Integrar las instituciones de educación superior con la comunidad, para contribuir al desarrollo de la sociedad venezolana. 5.- Formar, a través del aprendizaje servicio, el capital social en el país.
  • 20.
  • 21. Artículo 8 de la LSCEEU el tiempo que delimita el Servicio Comunitario es de ciento veinte (120) horas académicas como mínimo, las cuales se deben cumplir en un lapso no menor de tres (3) meses. Las instituciones de educación superior adaptarán la duración del servicio comunitario a su régimen académico. El artículo 6 de la propia ley, se hace alusión a que “El servicio comunitario es un requisito para la obtención del título de educación superior, no creará derechos u obligaciones de carácter laboral y debe prestarse sin remuneración alguna.”
  • 22.
  • 23. • Los estudiantes del PNFMIC desde el inicio de su formación participan directamente en las comunidades en acciones de difusión con el fin de contribuir al bienestar social de la población, elevar el nivel de salud de la misma, y modificar estilos de vida para que esta sea más saludable, a través de acciones de promoción, prevención y rehabilitación en la comunidad. • El Servicio Comunitario, se considera una actividad académica extracurricular y obligatoria, de contenido práctico, que contribuye a la formación integral de los mismos y aumenta su relación con la comunidad. • Los estudiantes deben realizar una investigación coherente, secuencial y acorde a su perfil de salida, en la que incluyen la preparación, diseño, solicitud de aprobación y ejecución de un proyecto de intervención educativa o comunitaria que contribuya a la solución de problemas de salud o la satisfacción de necesidades de la comunidad donde realizan su práctica preprofesional.
  • 24. • Los proyectos antes mencionados, se caracterizan por la aplicación y profundización de los conocimientos, prácticas, técnicas y habilidades adquiridos durante el desarrollo de la carrera. • Los proyectos se llevan a cabo a partir del análisis sistematizado de un problema de salud que esté presente en la comunidad (Análisis de la Situación de Salud) y que respondan a uno de los Programas Priorizados que contempla el Ministerio del Poder Popular para la Salud (MPPS). • Con la realización de la investigación del SCE, existe una unificación del conocimiento, la habilidad (del pensamiento, psicomotoras y la destreza), las actitudes, los valores y las aptitudes, basadas en el ejercicio clínico y la comunicación.
  • 25. • Los proyectos que realizarán los estudiantes están basados fundamentalmente en aquellos denominados Proyectos de Intervención Comunitaria o Educativos. • Estos proyectos deben atacar los problemas sociales presentes en la sociedad, a partir de dos modelos fundamentales, a saber: modelos teóricos que explican qué es lo social y cuáles son las presuntas causas de los problemas; y modelos prácticos sobre los cuales son las mejores maneras de incidir sobre estos problemas a favor de las personas involucradas en las situaciones problemáticas.
  • 26. Solamente un estudiante por proyecto DESPUÉS DE ANALIZADO EL TEMA EN EL CONSEJO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DE CIENCIAS DE LA SALUD "HUGO CHÁVEZ FRÍAS" SE DISPUSO LAAPROBACIÓN DE:
  • 27. 1.- Actividad académica 3.- Obligatoria 4.- Práctica SERVICIO COMUNITARIO ESTUDANTIL(SCE) 6.- Aumenta su relación con la comunidad 7.- Establecido en el Artículo 135 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela 2.- Extracurricular 5.- Contribuye a la formación integral de los estudiantes de la Educación Superior De modo que:
  • 28.
  • 29. I.- Inducción del Servicio Comunitario. II.- Diseño y aprobación del proyecto de intervención comunitaria e inscripción en las Universidades. III.- Ejecución del proyecto de intervención comunitaria. IV.- Presentación defensa y certificación del Servicio Comunitario.
  • 30. ETAPA I: INDUCCIÓN DEL SERVICIO COMUNITARIO ESTUDIANTIL Se realizará con los estudiantes de 6to año y sus tutores después de terminarse el acto de inicio del curso escolar. Acciones a desarrollar 1.- Se ofrecerá información sobre la Ley del Servicio Comunitario de Estudiantes de la Educación Superior (Tema 1). 2.- Se indicará que el proyecto será de autoría individual, (aprobado por el Consejo Académico de la UCS), y se asignará un tutor al estudiante. 3.- Se les informará que este proyecto puede ser la continuidad al tema de investigación del proyecto presentado en la unidad curricular Intervención en Salud en el 5to año. 3.- Se explicará que el proyecto se trabajará sobre la base del diseño de una intervención educativa o comunitaria a partir de los problemas de salud identificados en el ASS del ASIC y del Consultorio donde se hará la investigación y, teniendo en cuenta los Programas Priorizados que sustenta el Ministerio del Poder Popular para la Salud. 4.-Se explicarán las demás etapas y las acciones a desarrollar en cada una de ellas, haciendo énfasis en las orientaciones de las tareas que deben realizar los estudiantes de acuerdo al cronograma para dar continuidad al Servicio Comunitario.
  • 31. 1.- Salud Sexual y Reproductiva. 2.- Salud del Niño, Niña y el Adolescente. 3.- Salud Cardiovascular, Salud Respiratoria. 4.- Enfermedades Endocrino Metabólicas. 5.- Enfermedades Transmisibles y Salud Ambiental. 6.- Salud Mental. PROGRAMAS PRIORIZADOS DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD (Guía Práctica de Programas de Salud Priorizados para el Equipo de Salud en la Red de Atención Comunal: Cuadro 1. Campos de Salud Colectiva y Programas Priorizados; página 23)
  • 32. ETAPA II. DISEÑO Y APROBACIÓN DEL PROYECTO DE INTERVENCIÓN COMUNITARIA E INSCRIPCIÓN EN LAS UNIVERSIDADES. Comienza desde la conclusión del taller de inducción en la primera semana del curso escolar hasta la entrega del proyecto. 1.- El estudiante inicia la confección del proyecto de intervención según lo establecido en la Guía para la elaboración de un proyecto de investigación. 2.- El estudiante debe hacer contacto con el representante comunitario, para obtener su consentimiento y, de forma hacer valedera la investigación, para tal efecto se firmará el Anexo 1 del Servicio Comunitario, entregándolo junto a su proyecto. 3.- El proyecto se entregará en formato digital, no se solicitará informe final impreso (el anexo 1 se escanea y anexa al documento). Acciones a desarrollar
  • 33. ETAPA III. EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE INTERVENCIÓN COMUNITARIA. 1.- A partir de la aprobación del proyecto los estudiantes comenzarán la ejecución de las actividades planificadas. 2.- El tutor debe realizar el monitoreo, control y asesoramiento en la ejecución del cronograma de la intervención comunitaria y hará un diagnóstico de esta situación cada 15 días, haciendo los señalamientos críticos, las sugerencias y las correcciones pertinentes.
  • 34. ETAPA IV PRESENTACIÓN DEFENSA Y CERTIFICACIÓN DEL SERVICIO COMUNITARIO. Esta etapa tiene lugar entre las semanas 38 y 39. 1.- Se desarrolla el ejercicio docente en el cual se presentan y defienden ante el Tribunal designado los resultados de la investigación realizada. 2.- Se confecciona el Anexo 4: Acta de Aprobación del Informe Final del Servicio Comunitario. 3.- Se concluye con la Certificación del Cumplimiento del Servicio Comunitario por las autoridades académicas (Secretaría Docente) (Anexo 3: Certificación de cumplimiento del Servicio Comunitario).
  • 35.
  • 36. 1.- Semana 1. a.- Inducción del Servicio Comunitario Estudiantil. 2.- Semana 2 – 7. a.- Selección del tema a investigar junto al tutor. b.- Trabajar en la confección del proyecto. c.- Revisión del Proyecto por el tutor. d.- Firma del Anexo 1 (Consentimiento del Representante Comunitario) e.- Enmendar los señalamientos realizados por el tutor y volver a revisar el proyecto. f.- Confección de los Tribunales para la evaluación de los proyectos. g.- Durante este tiempo la mayor parte del mismo debe ser empleado por el estudiante en actividades extracurriculares relacionadas con la confección del proyecto. 3.- Semana 8. a.- Entrega del proyecto en formato digital junto al Anexo 1, a la Vicecoordinación Docente Asistencial del ASIC por el estudiante, avalado por el tutor. b.- Entrega al Presidente del tribunal de los proyectos por el Vicecoordinador Docente Asistencial del ASIC.
  • 37. 4.- Semana 9. a.- Revisión de los proyectos por el tribunal, aplicando la guía de evaluación cuantitativa para tal efecto. b.- Dictaminar preliminarmente la calidad de los proyectos, teniendo en cuenta la anterior guía. c.- Preparar las preguntas para la oponencia de los proyectos. 5.- Semana 10. a.- Presentación de los proyectos ante el tribunal examinador para su aprobación, confeccionar el Anexo 2 relacionado con dicha aprobación. b.- La presentación de los proyectos no debe hacerse de forma masiva, sino que debe confeccionarse un listado, para de esta forma no afectar a todos los estudiantes en su estancia por las rotaciones hospitalarias; esto es una estrategia que debe elaborarse en cada uno de los Estados dependiendo de la cantidad de proyectos a presentar. c.- Confección del Parte 1 (Proyectos presentados a los Tribunales) por el Vicecoordinador Docente Asistencial de los ASIC y enviarlos al Responsable del PNFMIC del Estado para su condensación y envío antes del viernes de la semana 11 a la Dirección Nacional de Docencia. d..- Recolección de los datos de la investigación.
  • 38. 6.- Semana 11 y 12. a.- En esta semana se hará la reevaluación de los proyectos, donde se deben incluir aquellos con algún señalamiento, los no aprobados por algún motivo y los que no se presentaron por causas justificadas. b.- Confeccionar el anexo 2 relacionado con dicha aprobación, posteriormente a su aprobación. c.- Entrega del Anexo 2 (Acta de Aprobación del Proyecto Comunitario) llenado por el Tribunal, al Responsable del PNFMIC del Estado por el Vicecoordinador del ASIC. d.- Confección del Parte 2 (Proyectos reevaluados por los Tribunales) por el Vicecoordinador Docente Asistencial de los ASIC y enviarlos al Responsable del PNFMIC del Estado para su condensación y envío antes del viernes de la semana 13 a la Dirección Nacional de Docencia. e.- Entrega de los proyectos a la Vicecoordinación Docente del Estado para ser revisados por el Consejo Científico Estadal. 7.- Semana 16. a.- Confección y envío a la Dirección Nacional de Docencia del Parte 3 (Inscripción en la Universidad de los Proyectos) antes del viernes de dicha semana.
  • 39. 8.- Semana 23 - 26 a.- Compilación de los resultados. b.- Interpretación del análisis y discusión de los resultados obtenidos. c.- Elaboración de las conclusiones. d.- Ejecución del informe final. e.- Confección del Parte 4 (Acciones realizadas en la ejecución del proyecto de intervención comunitaria), por el Vicecoordinador Docente y Asistencial de los ASIC, antes de los días 28 de junio (semana 25), 12 (semana 27), 19 (semana 28), y 26 de julio (semana 29) y 9 de agosto (semana 31), y enviarlos al Responsable del PNFMIC del Estado para su condensación y envío antes del viernes de cada una de las semanas antes mencionadas a la Dirección Nacional de Docencia. 9.- Semana 32. a.- Entrega del Informe Final a la Vicecoordinación Docente Asistencial de los ASIC por los estudiantes. b.- Entrega de los Informes Finales al Presidente del Tribunal por el Vicecoordinación Docente de los ASIC.
  • 40. 10.- Semana 33. a.- Confección de los listados de estudiantes para la realización de la predefensa, teniendo en cuenta lo planteado en el inciso b de la semana 10. b.- Revisión de los Informes Finales por el Tribunal. 11.- Semana 34. a.- Realización de la Predefensa de la Investigación realizada. 12.- Semana 35 a.- Reparación de los señalamientos realizados en la predefensa de la investigación. b.- Confección del Parte 5 (Resultados de la Predefensa.), por el Vicecoordinador Docente Asistencial de los ASIC, antes del día 6 de septiembre (semana 36), y enviarlos al Responsable del PNFMIC del Estado para su condensación y envío antes del viernes de la semana antes mencionada a la Dirección Nacional de Docencia.
  • 41. 13.- Semana 36 y 37. a.- Entrega del Informe Final concluido y revisado a la Vicecoordinación Docente Asistencial de los ASIC por los estudiantes con aval del tutor. b.- Entrega de los Informes Finales al Presidente del Tribunal por el Vicecoordinación Docente Asistencial de los ASIC. c.- Confección de los listados de estudiantes para la realización de la predefensa, teniendo en cuenta lo planteado en el inciso b de la semana 10. 14.- Semana 38 y 39. a.- Realización del ejercicio de la Defensa. b.- Confección de los Anexos 3 y 4 relacionados con dicha aprobación. c.- Confección del Parte 6 (Resultados de la Defensa.), por el Vicecoordinador Docente Asistencial de los ASIC, antes del día 11 de octubre (semana 40), y enviarlos al Responsable del PNFMIC del Estado para su condensación y envío antes del viernes de la semana antes mencionada a la Dirección Nacional de Docencia.