El documento resume una queja presentada contra políticos de Bucaramanga por promover una caravana que incumplió protocolos sanitarios durante la pandemia y puso en riesgo la seguridad pública. La Procuraduría ordena remitir el caso a otra entidad para investigar posibles cargos contra los congresistas mencionados.
1. Radicado N°
Implicados
Cargos
Quejoso
Fecha ue'a
Fecha de hechos
Asunto
Decisión
1US-2020-5729a9 11 UC-D-2020-1640395
Fabian Díaz, Jaime Durán Barrera, Juan Carlos Cardenas,
Carlos Parra, Danovis Lozano, Francisco González y Ferley
Sierra.
Congresistas, Alcalde Bucaramanga, Concejales de
Bucaraman a Di utado de la Asamblea de Santander
Ramiro Vásquez Giralda - Veedor, Veeduría Ciudadana
Activa Santandereana - CASA.
23 de diciembre de 2019
Se tiembre de 2020
Presunto desacato a ordenes presidenciales, desatención a
instrucciones decretadas por el Ministerio de Salud, hacer
caso omiso al Consejo de Seguridad Departamental, uso de
bienes de ro iedad del estado ara fines no autorizados.
Auto que ordena remisión de un expediente a la
Procuraduría Auxiliar ara Asuntos Disci linarios~
Bucaramanga, O9 DIe 2020.
l. ASUNTO
11. ANTECEDENTES
2.1. De la queja (ff. 1 a 6)
Mediante queja recibida por esta entidad con el radicado IUS-2020-5729a9 e IUC-
D-2020-1640395, el señor Ramiro Vásquez Giralda en su calidad de Veedor,
Veeduría Ciudadana Activa Santandereana - CASA denuncia presuntas
conductas de desacato a ordenes presidenciales, desatención a instrucciones
decretadas por el Ministerio de Salud, hacer caso omiso al Consejo de Seguridad
Departamental, uso de bienes de propiedad del estado para fines no autorizados,
por parte de Fabian Díaz, Jaime Durán Barrera, Juan Carlos Cardenas, Carlos
Parra, Danovis Lozano, Francisco González y Ferley Sierra en su condición de
Congresistas, Alcalde Bucaramanga, Concejales de Bucaramanga y Diputado de
la Asamblea de Santander, detallada a continuación:
Página 1
Procuraduría Regional de santander.
calle 37 No. 12 - 08 Lacasona Bucaramanga, santander.
Línea gratuita para todo el país: 018000910315 (571)5878750
Exts.o Tellocal: 6421010 71128 - 72128 - 71307 (FAX71500) - Fax:10794.
www.procuraduria.gov.co
Procede el Despacho a evaluar las presentes diligencias adelantadas contra
Fabian Díaz, Jaime Durán Barrera, Juan Carlos Cardenas, Carlos Parra, Danovis
Lozano, Francisco González y Ferley Sierra en su condición de Congresistas,
Alcalde Bucaramanga, Concejales de Bucaramanga y Diputado de la Asamblea de
Santander, dentro de la queja IUS-2020-5729a9 1 IUC-D-2020-1640395
presentada por el señor Ramiro Vásquez Giralda en su calidad de Veedor,
Veeduría Ciudadana Activa Santandereana - CASA, por desacato a ordenes
presidenciales, desatención a instrucciones decretadas por el Ministerio de Salud,
hacer caso omiso al Consejo de Seguridad Departamental, uso de bienes de
propiedad del estado para fines no autorizados.
2. PROCU URIA
6ENERAL DE lANACIOII
"PRIMERO: El alcalde de Bucaramanga tuvo conocimiento de los actos
vandálicos que se podrían gestar en el marco de la denominada "Caravana
por Santurban", promovida mediante redes sociales por el Alcalde Juan
Carlos Cardenas, los concejales del Partido Alianza Verde, Carlos Parra,
Danovis Lozano, Francisco González (Partido Liberal), el Diputado de
Santander, Ferley Sierra (Partido Liberal), los congresistas Fabián Díaz
(Partido Alianza Verde) y Jaime Durán Barrera (Partido Liberal), quienes
siendo servidores públicos pasaron por encima de la advertencia
establecida por información de inteligencia de la fuerza pública.
(...)
SEGUNDO: Frente a los actos vandálicos ocurridos en la ciudad de Bogotá,
tras la muerte de un ciudadano en manos de la Policía Nacional, se desató
una ola de violencia en diferentes ciudades del país, razón por la cual no
era prudente realizar esta actividad que exponía la seguridad e integridad
de los habitantes de la ciudad de Bucaramanga.
TERCERO: Bucaramanga atraviesa un alto índice de contagios por Covid-
19 por lo que desde hace varias semanas se estableció la alerta roja por la
alta ocupación de UCI en la ciudad, razón por la cual tampoco era viable
convocar y realizar una caravana con participación masiva de ciudadanos.
En este evento que al final se realizó, se evidenció que centenares de
personas no cumplieron con los protocolos de seguridad como el
distanciamiento social, uso adecuado de tapabocas y otras medidas de
bioseguridad como lo indica la Resolución 153 del 1/09/2020, establecida
por el Ministerio de Salud y Protección Social.
(...)
111. CONSIDERACIONES DE LA REGIONAL
(...)"
QUINTO: En la manifestación al parecer, se utilizó un vehículo de propiedad
estatal, de placas OSA 781 en la ciudad de Bucaramanga lo cual fue
denunciado por ciudadanos en redes sociales.
Página a
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De conformidad con el Numeral 21 del Artículo 70
del Decreto 262, es función del
señor Procurador General de la Nación: "Conocer en única instancia los procesos
disciplinarios que se adelanten contra los congresistas, por faltas cometidas con
anterioridad a la adquisición de dicha calidad o durante su ejercicio, en este último
caso aunque hayan dejado de ser congresistas. "
Teniendo en cuenta que respecto de los hechos denunciados presuntamente se
encuentra comprometida la responsabilidad de los Congresistas Fabián Díaz
(Partido Alianza Verde) y Jaime Durán Barrera (Partido Liberal), se considera
pertinente dar aplicación a lo establecido en el artículo 7 numeral 21 del Decreto
2020 de 2000.
3. PROCU URIA
GENERALDElA NlaON
decretadas por el Ministerio de Salud, hacer caso omiso al Consejo de Seguridad
Departamental citando a la Caravana por Santurban; hechos cometidos por los
denunciados, se considera necesario deben tramitarse bajo una misma cuerda
procesal por lo cual se procederá a remitir la queja a la Procuraduría Auxiliar para
Asuntos Disciplinarios, para lo de su competencia.
Por tanto, en mérito de lo expuesto, la Procuradora Regional de Santander (E),
en uso de sus facultades,
RESUELVE
PRIMERO: Remitir por competencia el expediente con radicado IUS-2020-
572989 I IUC-D-2020-1640395 a la Procuraduría Auxiliar para Asuntos
Disciplinarios, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente
proveído.
SEGUNDO: Contra la presente decisión no procede recurso por ser auto de
trámite.
TERCERO: Por Secretaria efectuar las comunicaciones, anotaciones y registros
a que haya lugar.
COMUNíQUESE, REMíTASE Y CÚMPLASE
YAMIL E~~ CASTRO
Procurador Regional de Santander
BDPCT/drsl
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