SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 12
Descargar para leer sin conexión
EXPEDIENTE N° 20-005387-0007-CO
Teléfonos: 2549-1500 / 800-SALA-4TA (800-7252-482). Fax: 2295-3712 / 2549-1633. Dirección electrónica: www.poder-
judicial.go.cr/salaconstitucional. Dirección: (Sabana Sur, Calle Morenos, 100 mts.Sur de la iglesia del Perpetuo Socorro). Recepción de asuntos
de grupos vulnerables: Edificio Corte Suprema de Justicia, San José, Distrito Catedral, Barrio González Lahmann, calles 19 y 21, avenidas 8 y 6

Exp: 20-005387-0007-CO
Res. Nº 2020007771
SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San
José, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de abril de
dos mil veinte .
Recurso de amparo que se tramita en expediente número 20-005387-0007-
CO, interpuesto por JOSÉ ENRIQUE CORRALES MEDRANO, cédula de
identidad 0503470913, contra la MUNICIPALIDAD LA CRUZ.
RESULTANDO:
1.- Por escrito recibido en la Secretaría de la Sala a las 13:35 horas de 16 de
marzo de 2020, el recurrente interpone recurso de amparo contra la
MUNICIPALIDAD LA CRUZ y manifiesta que el 03 de marzo de 2020 remitió
vía correo electrónico a las autoridades recurridas el oficio No. JC-00010-2020,
donde requirió lo que de seguido se transcribe: "Solicito, al Concejo Municipal
brindarme cuáles fueron las recomendaciones expuestas por la Contraloría
General de la República para la recuperación de pagos del plus salarial de
prohibición a los puestos del coordinador jurídico municipal, director urbano y de
proyectos municipal basados en el oficio N. 01992. Esto sin exponer la identidad
de los denunciantes en dichas respuestas". Acusa que al momento de interposición
de este amparo, no ha recibido respuesta a su gestión. Solicita se declare con lugar
el recurso.
2.- Informan bajo juramento María Concepción Chacón Peña, en su
condición de Coordinadora del Departamento de Recursos Humanos, y Junnier
Alberto Salazar Tobal, en su condición de Alcalde, ambos de la Municipalidad de
La Cruz, que la información requerida ya le fue remitida al amparado mediante
oficio No. MLC-RH-0018-2020. Señalan que en dicho oficio se le indicó al señor
Corrales Medrano, que en esa fecha la suscrita coordinadora se encontraba
gozando de vacaciones y que la persona encargada de suplirla fue quien tramitó las
EXPEDIENTE N° 20-005387-0007-CO
Teléfonos: 2549-1500 / 800-SALA-4TA (800-7252-482). Fax: 2295-3712 / 2549-1633. Dirección electrónica: www.poder-
judicial.go.cr/salaconstitucional. Dirección: (Sabana Sur, Calle Morenos, 100 mts.Sur de la iglesia del Perpetuo Socorro). Recepción de asuntos
de grupos vulnerables: Edificio Corte Suprema de Justicia, San José, Distrito Catedral, Barrio González Lahmann, calles 19 y 21, avenidas 8 y 6
planillas de pago de plus de prohibición bajo los Nos. de planillas 001-2020, 002-
2020 y 004-2020. Por ende, cuando se reincorporó al cargo no existía por parte de
ninguna autoridad información de que dichos pluses no fueran cancelados. Por otra
parte, se le indicó al gestionante que el Departamento de Recursos Humanos no
recibió ninguna copia del informe de la Contraloría General de la República en
relación a la denuncia presentada por los Regidores Municipales para la
recuperación de esos dineros. Por tal razón, siendo que ese departamento no cuenta
con ninguna orden expresa por parte de la Administración Municipal de las
recomendaciones hechas por la Contraloría General de La República, no es posible
referirse sobre el avance y los procedimientos específicos ejecutados para la
recuperación de dineros por el plus de prohibición denunciados, por cuanto la
información no se encuentra en conocimiento de la oficina a su cargo. Mediante
oficio número MLCR-RH-0025-2020 se instó al petente que realizara la solicitud
directamente al Concejo Municipal. Respecto al oficio No. JC-00010-2020del pago
del plus salarial del contador Municipal, mediante oficio No. MLC-RH-0025-2020
se le indicó que se está cumpliendo con el debido proceso para recuperar las sumas
canceladas por plus salarial a dicho funcionario. Además, en relación a los pluses
salariales cancelados a los otros funcionarios, se le informó al señor Corrales
Medrano que esa Administración tomó la decisión de contratar una consultoría
externa que realice los estudios técnicos-jurídicos para determinar si las funciones
específicas que en la práctica desempeñan dichos puestos, calzan dentro de los
supuestos de hecho para la aplicación de la normativa especial de la Prohibición y
su respectivo incentivo. De ese modo, será hasta que se tengan dichos estudios que
se procederá a verificar si procede recuperar las sumas canceladas por pluses o no.
Estiman que la gestión fue contestada en el plazo correspondiente, ya que fue
recibida el 03 de marzo de 2020 y la respuesta fue enviada mediante correo
certificado el 16 de marzo de 2020 con copia a la Contraloría General de la
República y a los Miembros del Concejo Municipal. Concluyen que no es cierto
que no se le haya brindado respuesta al recurrente por parte de la Oficina de
Recursos Humanos. Solicitan que se declare sin lugar el recurso.
EXPEDIENTE N° 20-005387-0007-CO
Teléfonos: 2549-1500 / 800-SALA-4TA (800-7252-482). Fax: 2295-3712 / 2549-1633. Dirección electrónica: www.poder-
judicial.go.cr/salaconstitucional. Dirección: (Sabana Sur, Calle Morenos, 100 mts.Sur de la iglesia del Perpetuo Socorro). Recepción de asuntos
de grupos vulnerables: Edificio Corte Suprema de Justicia, San José, Distrito Catedral, Barrio González Lahmann, calles 19 y 21, avenidas 8 y 6
3.- Mediante escrito presentado a las 10:13 horas de 24 de marzo de 2020, el
recurrente manifiesta que la respuesta rendida por la autoridad recurrida no
presenta la información que fue solicitada en el oficio No. JC-00010-2020
señalado por el informe emanado por la Contraloría General de la República No.
DFOE-DL-1807 de 14 de octubre de 2019. Solicita que se declare con lugar el
recurso.
4.- En constancia de 03 de abril de 2020, la Técnica Judicial encargada de la
tramitación de este recurso de amparo y el Secretario a.i, ambos de la Sala
Constitucional, señalaron que no consta en los registros de documentos recibidos
de esta Sala, que del 20 al 25 de marzo de 2020, el Presidente del Concejo de la
Municipalidad de La Cruz haya presentado el informe solicitado en la resolución
de curso de las 14:33 horas de 07 de marzo de 2020.
5.- En los procedimientos seguidos se ha observado las prescripciones
legales.
Redacta la Magistrada Garro Vargas; y,
CONSIDERANDO:
I.- CUESTIÓN PREVIA. En vista de que María Concepción Chacón Peña,
en su condición de Coordinadora del Departamento de Recursos Humanos, y
Junnier Alberto Salazar Tobal, en su condición de Alcalde, ambos de la
Municipalidad de La Cruz, omitieron indicar en el informe rendido bajo juramento,
si las cuentas de correo electrónico junnier.salazar@munilacruz.go.cr, concejo@munilacruz.go.cr y
maria.chacon@munilacruz.go.cr, se encuentran previstas como mecanismos
oficiales de comunicación con esa dependencia, se tiene por cierto este hecho y se
procede a analizar la constitucionalidad de este asunto de conformidad con lo
regulado en el artículo 45, de la Ley de la Jurisdicción Constitucional.
II.- DE PREVIO. En vista de que el Presidente del Concejo de la
Municipalidad de La Cruz omitió rendir el informe solicitado en la resolución de
curso, de conformidad con el artículo 45, de la ley de la Jurisdicción
Constitucional, se entra a resolver el recurso con base en los demás escritos y
pruebas contenidos en los autos.
EXPEDIENTE N° 20-005387-0007-CO
Teléfonos: 2549-1500 / 800-SALA-4TA (800-7252-482). Fax: 2295-3712 / 2549-1633. Dirección electrónica: www.poder-
judicial.go.cr/salaconstitucional. Dirección: (Sabana Sur, Calle Morenos, 100 mts.Sur de la iglesia del Perpetuo Socorro). Recepción de asuntos
de grupos vulnerables: Edificio Corte Suprema de Justicia, San José, Distrito Catedral, Barrio González Lahmann, calles 19 y 21, avenidas 8 y 6
III.- OBJETO DEL RECURSO. El recurrente manifiesta que por oficio
No. JC-00010-2020 de03 de marzo de 2020, solicitó vía correo electrónico a la
Municipalidad de La Cruz, información de su interés relacionada a las
recomendaciones expuestas por la Contraloría General de la República para la
recuperación de pagos del plus salarial de prohibición a los puestos del
coordinador jurídico municipal, director urbano y de proyectos municipal basados
en el oficio N. 01992. No obstante, acusa que al momento de interposición de este
amparo no ha recibido respuesta a su gestión. Solicita la intervención de la Sala.
IV.- HECHOS PROBADOS. De importancia para la decisión de este
asunto, se estiman como debidamente demostrados los siguientes hechos, sea
porque así han sido acreditados o bien porque el recurrido haya omitido referirse a
ellos según lo prevenido en el auto inicial:
a) Por oficio JC-00010-2020 de 03 de marzo de 2020, el recurrente solicitó vía
correo electrónico a la Municipalidad de La Cruz, la siguiente información:
“Solicito, al Concejo Municipal brindarme cuáles fueron las
recomendaciones expuestas por la Contraloría General de la República
para la recuperación de pagos del plus salarial de prohibición a los puestos
del coordinador jurídico municipal, director urbano y de proyectos
municipal basados en el oficio N. 01992. Esto sin exponer la identidad de
los denunciantes en dichas respuestas". Como medio para recibir
notificaciones señaló la dirección de correo electrónico
jcorrales@outlook.com (véase los autos).
b) Mediante oficio No. MLC-RH-0025-2020 de 13 de marzo de 2020, la
Coordinadora de Recursos Humanos de la Municipalidad de La Cruz,
Guanacaste, brindó respuesta al oficio No. JC-00010-2020 remitido por el
recurrente el 03 de marzo de 2020. Concretamente, informó la siguiente:
“Punto 1. En cuanto al oficio numero: DFOE-DL-1807 emitido por la
Contraloría General de la República, dicho oficio es sobre una Auditoria
para el cumplimiento de la base legal para el pago de los incentivos
salariales que se realizó desde el año pasado, a finales del mes de abril
EXPEDIENTE N° 20-005387-0007-CO
Teléfonos: 2549-1500 / 800-SALA-4TA (800-7252-482). Fax: 2295-3712 / 2549-1633. Dirección electrónica: www.poder-
judicial.go.cr/salaconstitucional. Dirección: (Sabana Sur, Calle Morenos, 100 mts.Sur de la iglesia del Perpetuo Socorro). Recepción de asuntos
de grupos vulnerables: Edificio Corte Suprema de Justicia, San José, Distrito Catedral, Barrio González Lahmann, calles 19 y 21, avenidas 8 y 6
2019 en cuatro Municipalidades específicamente, Municipalidad de Escazú,
Municipalidad de Heredia, Municipalidad de Carrillo y Municipalidad de
La Cruz, Guanacaste. Punto 2. Durante el periodo entre abril 2019 hasta
finales octubre 2019, una vez que se revisó el Informe Borrador que emite la
contraloría General de la República sobre la Auditoria aplicada en las
diferentes municipalidades, procede a enviar el Informe Final bajo el
nombre de: "Remisión del Informe N.º DFOE-DL-00017-2019, Auditoria
carácter especial ejecutada en la Municipalidad de La Cruz sobre el
cumplimiento de la base legal para el pago de los pluses salariales". Punto
3. Según la Auditoria aplicada en la Municipalidad de la Cruz, sobre los
pluses salariales se determinan las siguientes disposiciones: JUNNIER
ALBERTO SALAZAR TOBAL EN SU CALIDAD DE ALCALDE
MUNICIPAL O A QUIEN EN SU LUGAR OCUPE EL CARGO" 4.4.
Adoptar las acciones correctivas a fin de ajustar la remuneración del puesto
de "Contador Municipal" a las funciones efectivamente asignadas y
ejecutadas, ya que este no está cubierto por el régimen de prohibición en los
términos establecidos en las normas que lo regulan. Para acreditar el
cumplimiento de esta disposición se debe remitir al Área de Seguimiento de
Disposiciones de la Contraloría General a más tardar al 15 de noviembre
de 2019, un oficio en el cual conste ias acciones correctivas implementadas
para dar cumpiimiento a lo señalado en esta disposición. (Ver párrafos del
2.1 al 2.9). 4.5. En caso de que corresponda, tomar las medidas que dispone
el ordenamiento jurídico para la recuperación de las eventuales sumas
pagadas de más por el incentivo de prohibición a los puestos: a) Contador
Municipal, según lo señalado en la disposición 4.4. b) Encargado de
Patentes, Ingeniero de Topógrafo, Encargado de Bienes Inmuebles y
Coordinadora de Planificación Urbana y Contador Municipal, según los
resultados del estudio solicitado en la disposición 4.7 de este informe. Para
el cumplimiento de esta disposición se debe remitir al Área de Seguimiento
de Disposiciones de la Contraloría General de la República, lo siguiente: i.
EXPEDIENTE N° 20-005387-0007-CO
Teléfonos: 2549-1500 / 800-SALA-4TA (800-7252-482). Fax: 2295-3712 / 2549-1633. Dirección electrónica: www.poder-
judicial.go.cr/salaconstitucional. Dirección: (Sabana Sur, Calle Morenos, 100 mts.Sur de la iglesia del Perpetuo Socorro). Recepción de asuntos
de grupos vulnerables: Edificio Corte Suprema de Justicia, San José, Distrito Catedral, Barrio González Lahmann, calles 19 y 21, avenidas 8 y 6
A más tardar el 30 de noviembre de 2019, un oficio donde se señala las
medidas que se tomaron para recuperar las eventuales sumas pagadas de
más, en caso que proceda, con la indicación de los plazos de inicio y
finalización de cada medida así como los responsables de cada una de las
acciones. ii. A más tardar el 30 de abril de 2020, un oficio en el cual se
rinda un primer informe, donde se detalle el avance en el cumplimiento de
las acciones establecidas en el punto i. anterior, así como un detalle de los
montos recuperados a la fecha. iii. A mas tardar el 15 de julio de 2020, un
oficio en el cual se rinda un segundo informe, donde se detalle el avance en
el cumplimiento de las acciones establecidas en el punto i. anterior, así
como un detalle de los montos recuperados en el l semestre de 2020. (Ver
párrafos del 2.1 al 2.l0). 4.6. Elaborar, aprobar, comunicar e implementar
un procedimiento para la aplicación de evaluación de desempeño de los
funcionarios municipales, ajustado a la normativa aplicable. Para acreditar
el cumplimiento de esta disposición se debe remitir al Área de Seguimiento
de Disposiciones de la Contraloría General, a más tardar el 15 de enero de
2020, un oficio en el cual conste la elaboración del procedimiento y su
aprobación formal, a más tardar el 28 de febrero de 2020, un oficio en el
cual conste la emisión y divulgación del mismo, y al 15 de enero de 2021, un
oficio en el cual conste su implementación. (Ver párrafos del 2.17 al 224). A
MARÍA CONCEPCIÓN CHACÓN PEÑA EN SU CALIDAD DE
COORDINADORA DE RECURSOS HUMANOS o A QUIEN EN SU
LUGAR OCUPE EL CARGO. 4.7. Realizar estudio en las condiciones que
establece el artículo N."13 del Reglamento para el Pago de Compensación
Económica para los casos del Encargado de Patentes, ingeniero de
Topógrafo, Encargado de Bienes inmuebles y Coordinadora de
Planificación Urbana para determinar si efectivamente corresponde el pago
del incentivo de prohibición, tomando en consideración lo expuesto en este
informe. Dicho estudio debe de indicar claramente la base legal aplicable y
el análisis de las funciones de cada puesto según la jurisprudencia existente,
EXPEDIENTE N° 20-005387-0007-CO
Teléfonos: 2549-1500 / 800-SALA-4TA (800-7252-482). Fax: 2295-3712 / 2549-1633. Dirección electrónica: www.poder-
judicial.go.cr/salaconstitucional. Dirección: (Sabana Sur, Calle Morenos, 100 mts.Sur de la iglesia del Perpetuo Socorro). Recepción de asuntos
de grupos vulnerables: Edificio Corte Suprema de Justicia, San José, Distrito Catedral, Barrio González Lahmann, calles 19 y 21, avenidas 8 y 6
en caso de relacionarlos con la administración tributaria. Para acreditar el
cumplimiento de esta disposición se debe remitir al Área de Seguimiento de
Disposiciones de la Contraloría General a más tardar al 30 de noviembre
de 2019, un oficio en el cual conste la elaboración del estudio solicitado y
sus resultados. (Ver párrafos del 2.1 al 210). 4.8. Realizar una revisión de
los casos de funcionarios que tienen el incentivo de dedicación exclusiva y
que carecen de los requisitos señalados en este informe, para que estos se
ajusten a la normativa aplicable, en el caso de que se justifique continuar
otorgando dicho incentivo. Para acreditar el cumplimiento de esta
disposición se debe remitir al Área de Seguimiento de Disposiciones de la
Contraloría General, a más tardar el 15 de enero de 2020, un oficio en el
cual conste que se realizó la revisión y se ajustó con lo estipulado en la
normativa aplicable. (Ver párrafo 2.11 al 2 14). Punto 4. Según la solicitud
del oficio numero: JC-00010-2020 se nos solicita lo siguiente: "Por último,
al Alcalde, Concejo Municipal y a la Coordinadora de Recursos Humanos
de la Municipalidad de la Cruz, brindar un informe detallado referente a
actos de pagos indebidos y en caso que estos se realicen, se de una pronta
recuperación de esos fondos públicos de manera oportuna y eficiente.
Adoptando para ello los métodos o acciones pertinentes que se consideren
convenientes para su uso continuo, con el fin de la salvación de dichos
activos líquidos como lo indica la contraloría General de la República".
Respuesta Punto 4. Como plan de seguimiento para cumplir con las
disposiciones finales que la contraloría General de la República emitió en el
Informe DFOE-DL-1807 el Concejo Municipal emite el Acuerdo Numero: 1-
1 de la Sesión Extraordinaria #24-2019i verificada por la Municipalidad de
la Cruz Guanacaste el día 22 de octubre 2019 donde acata en todos sus
extremos el informe anterior y le solicita al señor. Junnier Alberto Salazar
Tobal, Alcalde Municipal de la Cruz, Guanacaste el cumplimiento de todas
las disposiciones establecidas en el punto 4 de este informe y se le
recomienda al señor Alcalde Municipal girar directriz al Departamento de
EXPEDIENTE N° 20-005387-0007-CO
Teléfonos: 2549-1500 / 800-SALA-4TA (800-7252-482). Fax: 2295-3712 / 2549-1633. Dirección electrónica: www.poder-
judicial.go.cr/salaconstitucional. Dirección: (Sabana Sur, Calle Morenos, 100 mts.Sur de la iglesia del Perpetuo Socorro). Recepción de asuntos
de grupos vulnerables: Edificio Corte Suprema de Justicia, San José, Distrito Catedral, Barrio González Lahmann, calles 19 y 21, avenidas 8 y 6
Recursos Humanos o a quien ocupe el cargo cumplir con los puntos 4.7 y
4.8 del informe de marras. Referente al punto 4.4. Sobre el pago del plus
salarial al Contador Municipal la Alcaldía Municipal, mediante Oficio
numero: ALDE-JS-03072019 de fecha 30 de octubre del año 201 9, dirigido
a la Coordinadora de Recursos Humanos Licda. María Concepción Chacón
Peña y Albert Álvarez Chaves, Contador Municipal resolución por medio de
la cual, se establece que se proceda ajustar el salario del puesto del
Contador Municipal, según lo emanado por el ente contralor. Referente al
punto 4.4. Sobre el pago del plus salarial al Contador Municipal, el día 07
de noviembre del año 2019 la Licda. Karol Monge Molina, quien funge
como Apoderada especial del funcionario municipal Albert Álvarez Cheves,
interpuso "Recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio y Nulidad
concomitante contra Resolución Administrativa Numero 16-2019, por lo que
se ordenó al departamento de Recursos Humanos a realizar el pago normal
de la prohibición al señor Albert Álvarez Cheves hasta cumplir con el
debido proceso, iniciando con un Procedimiento Administrativo para poder
cumplir con las disposiciones del informe DFOE-DL-IF-00017-2019 sobre
el pago de los incentivos Salariales en la Municipalidad de la Cruz. Punto
5. En cuanto al punto 4.7 del Informe DFOE-DL-IF-00017-2019. La
Administración Municipal tomó la decisión de proceder a contratar una
consultoría externa que realice los estudios técnico-jurídicos que
determinen si las funciones específicas que en la práctica desempeñan los
puestos de Encargado de Patentes, Ingeniero Topógrafo, Encargado de
Bienes inmuebles, Coordinadora de Planificación Urbana y Control
Constructivo Municipal calzan dentro de los supuestos de hecho para la
aplicación de la normativa especial de la Prohibición y su respectivo
incentivo. Por lo que se está a la espera de dichos estudios para cumplir los
lineamientos que solicita la contraloría General de la República en el
Informe DFOE-DL-IF-00017-2019 con respecto a este punto 4.7. Punto 6.
En cuanto al punto 4.8 del Informe FOE-DL-IF-00017-2019, sobre los
EXPEDIENTE N° 20-005387-0007-CO
Teléfonos: 2549-1500 / 800-SALA-4TA (800-7252-482). Fax: 2295-3712 / 2549-1633. Dirección electrónica: www.poder-
judicial.go.cr/salaconstitucional. Dirección: (Sabana Sur, Calle Morenos, 100 mts.Sur de la iglesia del Perpetuo Socorro). Recepción de asuntos
de grupos vulnerables: Edificio Corte Suprema de Justicia, San José, Distrito Catedral, Barrio González Lahmann, calles 19 y 21, avenidas 8 y 6
casos del incentivo salarial de la Dedicación Exclusiva se tiene que desde el
pasado 27 de febrero 2020, este Departamento de Recursos Humanos
mediante oficio número: MLC-RH-0015-2020 procedió a revisar los casos
de los funcionarios que reciben el plus de dedicación exclusiva, haciendo
los ajustes respectivos. Sin embargo, se hace la aclaración que para este
periodo 2020, no se incluyó contenido presupuestario para el plus de
dedicación exclusiva, por lo tanto, este departamento de Recursos Humanos
no cuenta con ningún contrato de dedicación exclusiva de ningún
funcionario de la Municipalidad de la Cruz para el periodo vigente
2020”(véase el informe y la prueba adjunta).
V.- HECHOS NO PROBADOS. No se estima demostrado el siguiente
hecho de relevancia para esta resolución:
Único. Que al recurrente se le haya brindado la información solicitada
mediante el oficio No. JC-00010-2020 de 03 de marzo de 2020.
VI.- SOBRE EL DERECHO DE PETICIÓN. El derecho de petición y
pronta respuesta contenido en el numeral 27 de la Constitución Política y
desarrollado por el artículo 32 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se
entiende como aquel que faculta a todo ciudadano para dirigirse por escrito a
cualquier funcionario público en espera de una acción clara ante su solicitud,
acción que dependiendo de la complejidad del caso deberá darse dentro de los diez
días siguientes a la recepción de la petición, como lo ordena el artículo 32
supramencionado. En dado caso, si la solución o respuesta a la solicitud planteada
no puede darse dentro de dicho plazo, la Administración representada en el
funcionario requerido, está obligada a explicar las razones y motivos por las cuales
no puede cumplir con lo pedido, explicación formal que deberá ser profusa y
detallada con el objeto que el peticionario sea informado del trámite que ha
seguido su gestión.
VII.- SOBRE EL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN
PÚBLICA. De acuerdo con el artículo 30 Constitucional se garantiza el libre
acceso a los departamentos administrativos con propósitos de información sobre
EXPEDIENTE N° 20-005387-0007-CO
Teléfonos: 2549-1500 / 800-SALA-4TA (800-7252-482). Fax: 2295-3712 / 2549-1633. Dirección electrónica: www.poder-
judicial.go.cr/salaconstitucional. Dirección: (Sabana Sur, Calle Morenos, 100 mts.Sur de la iglesia del Perpetuo Socorro). Recepción de asuntos
de grupos vulnerables: Edificio Corte Suprema de Justicia, San José, Distrito Catedral, Barrio González Lahmann, calles 19 y 21, avenidas 8 y 6
asuntos de interés público; sin embargo dicho acceso no es irrestricto y como todo
derecho constitucional posee límites, pues quedan a salvo los secretos de Estado.
En razón de lo anterior, se consigna que los administrados ostentan la potestad de
acceder a toda aquella información de naturaleza pública y, sin embargo si lo
requerido versa sobre algún secreto de Estado (seguridad pública, defensa nacional
y relaciones exteriores), tal información no es de interés público y el Estado velará
por su resguardo. Mediante este derecho, se procura una función administrativa
transparente, que permita a los sujetos acceder a la información de naturaleza
pública que se encuentre en poder de los respectivos entes u órganos públicos. Sin
embargo, cabe hacer una distinción respecto a la documentación administrativa y
la información relativa a un procedimiento administrativo, toda vez que en el
primero de los casos se brindará lo requerido al ser el petente un sujeto ad extra y,
en el segundo postulado, se otorgará sólo a las partes interesadas en el proceso
como sujetos ad intra. De esta forma, el administrado podrá solicitar la
información de naturaleza pública, de forma que la entidad pública deberá emitirla
en el menor plazo posible, sin que medie dilación alguna, con el fin de resguardar
el referido derecho constitucional.
VIII.- SOBRE EL FONDO. En el sub lite, el recurrente interpone recurso
de amparo contra la Municipalidad de La Cruz, Guanacaste por aparente falta de
respuesta a una solicitud de información planteada el 03 de marzo de 2020. En la
especie, se acredita que por oficio No. JC-00010-2020 de 03 de marzo de 2020, el
amparado solicitó vía correo electrónico a la Municipalidad de La Cruz, la
siguiente información: “Solicito, al Concejo Municipal brindarme cuáles fueron
las recomendaciones expuestas por la Contraloría General de la República para
la recuperación de pagos del plus salarial de prohibición a los puestos del
coordinador jurídico municipal, director urbano y de proyectos municipal basados
en el oficio N. 01992. Esto sin exponer la identidad de los denunciantes en dichas
respuestas". Como medio para recibir notificaciones aportó la dirección de correo
electrónico jcorrales@outlook.com.Ahora bien, de conformidad con el elenco de hechos
probados, se acredita que mediante oficio No. MLC-RH-0025-2020 de 13 de
EXPEDIENTE N° 20-005387-0007-CO
Teléfonos: 2549-1500 / 800-SALA-4TA (800-7252-482). Fax: 2295-3712 / 2549-1633. Dirección electrónica: www.poder-
judicial.go.cr/salaconstitucional. Dirección: (Sabana Sur, Calle Morenos, 100 mts.Sur de la iglesia del Perpetuo Socorro). Recepción de asuntos
de grupos vulnerables: Edificio Corte Suprema de Justicia, San José, Distrito Catedral, Barrio González Lahmann, calles 19 y 21, avenidas 8 y 6
Concejo Municipal, todos de la Municipalidad de La Cruz, o a quienes ejerzan esos
cargos, que giren las órdenes pertinentes y lleven a cabo todas las actuaciones que
estén dentro del ámbito de sus competencias para que, dentro del plazo de CINCO
DÍAS contado a partir de la notificación de esta Sentencia, se le conteste al
recurrente la información (según lo indicado en esta sentencia) solicitada en la
gestión interpuesta el 03 de marzo de 2020, y se le notifique en el medio señalado
para el efecto. Se advierte a las autoridades recurridas que, de conformidad con lo
establecido por el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional se
impondrá prisión de tres meses a dos años o de veinte a sesenta días multa, a quien
recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada dentro de un recurso
de amparo y no la cumpliere o no la hiciere cumplir, siempre que el delito no esté
más gravemente penado. Se condena al Municipalidad de La Cruz, Guanacaste, al
pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a
esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso
administrativo. Notifíquese.
Fernando Castillo V.
Presidente
Paul Rueda L. Nancy Hernández L.
Luis Fdo. Salazar A. Jorge Araya G.
EXPEDIENTE N° 20-005387-0007-CO
Teléfonos: 2549-1500 / 800-SALA-4TA (800-7252-482). Fax: 2295-3712 / 2549-1633. Dirección electrónica: www.poder-
judicial.go.cr/salaconstitucional. Dirección: (Sabana Sur, Calle Morenos, 100 mts.Sur de la iglesia del Perpetuo Socorro). Recepción de asuntos
de grupos vulnerables: Edificio Corte Suprema de Justicia, San José, Distrito Catedral, Barrio González Lahmann, calles 19 y 21, avenidas 8 y 6
Anamari Garro V. Ana María Picado B.
Documento Firmado Digitalmente
-- Código verificador --
A
QCWHD4R7SVA61

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

La actualidad más candente (14)

INVITACIÓN PÚBLICA g 01 de 17 mayo de 2016
INVITACIÓN PÚBLICA g 01 de 17 mayo de 2016INVITACIÓN PÚBLICA g 01 de 17 mayo de 2016
INVITACIÓN PÚBLICA g 01 de 17 mayo de 2016
 
Bases De La Convocatoria Del XIV Premio Internacional De Relato Corto "Encarn...
Bases De La Convocatoria Del XIV Premio Internacional De Relato Corto "Encarn...Bases De La Convocatoria Del XIV Premio Internacional De Relato Corto "Encarn...
Bases De La Convocatoria Del XIV Premio Internacional De Relato Corto "Encarn...
 
INFORME DE INVESTIGACiÓN ESPECIAL CONTRALORIA N° 69 DE 2013, SOBRE EVENTUALE...
INFORME DE INVESTIGACiÓN ESPECIAL CONTRALORIA  N° 69 DE 2013, SOBRE EVENTUALE...INFORME DE INVESTIGACiÓN ESPECIAL CONTRALORIA  N° 69 DE 2013, SOBRE EVENTUALE...
INFORME DE INVESTIGACiÓN ESPECIAL CONTRALORIA N° 69 DE 2013, SOBRE EVENTUALE...
 
Actividad n°002
Actividad n°002Actividad n°002
Actividad n°002
 
Invitacion publica g 01 de 15 julio 14
Invitacion publica g 01 de 15 julio 14Invitacion publica g 01 de 15 julio 14
Invitacion publica g 01 de 15 julio 14
 
Certific.banpopular2006
Certific.banpopular2006Certific.banpopular2006
Certific.banpopular2006
 
129 2016 mivivienda-casa
129 2016 mivivienda-casa129 2016 mivivienda-casa
129 2016 mivivienda-casa
 
Pruebas 3
Pruebas 3Pruebas 3
Pruebas 3
 
Convoc.public.01 2014
Convoc.public.01 2014Convoc.public.01 2014
Convoc.public.01 2014
 
2.- DESCARGO.docx
2.- DESCARGO.docx2.- DESCARGO.docx
2.- DESCARGO.docx
 
Convoc.public.02 2014
Convoc.public.02 2014Convoc.public.02 2014
Convoc.public.02 2014
 
Pcap contrato suministro barredora
Pcap contrato suministro barredoraPcap contrato suministro barredora
Pcap contrato suministro barredora
 
5639219 (1)
5639219 (1)5639219 (1)
5639219 (1)
 
Convoc.public.05 2014
Convoc.public.05 2014Convoc.public.05 2014
Convoc.public.05 2014
 

Similar a Sala Constitucional, condena a Municipalidad de La Cruz.

Sala Constitucional condena a Gobierno Local de La Cruz Guanacaste
Sala Constitucional condena a Gobierno Local de La Cruz GuanacasteSala Constitucional condena a Gobierno Local de La Cruz Guanacaste
Sala Constitucional condena a Gobierno Local de La Cruz GuanacasteJosé Corrales
 
Sala Constitucional Condena a Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste
Sala Constitucional Condena a Concejo Municipal de La Cruz GuanacasteSala Constitucional Condena a Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste
Sala Constitucional Condena a Concejo Municipal de La Cruz GuanacasteJosé Corrales
 
Sala Constitucional condena al Concejo Municipal de La Cruz
Sala Constitucional condena al Concejo Municipal de La CruzSala Constitucional condena al Concejo Municipal de La Cruz
Sala Constitucional condena al Concejo Municipal de La CruzJosé Corrales
 
Recurso de amparo contra el Concejo Municipal de La Cruz
Recurso de amparo contra el Concejo Municipal de La CruzRecurso de amparo contra el Concejo Municipal de La Cruz
Recurso de amparo contra el Concejo Municipal de La CruzJosé Corrales
 
Recurso de Amparo contra Municipalidad de La Cruz
Recurso de Amparo contra Municipalidad de La CruzRecurso de Amparo contra Municipalidad de La Cruz
Recurso de Amparo contra Municipalidad de La CruzJosé Corrales
 
Lectura 2 principio de proporcionalidad
Lectura 2   principio de proporcionalidadLectura 2   principio de proporcionalidad
Lectura 2 principio de proporcionalidadTop Virtual Academy
 
Not 30269-2022-SP-CI; 29 DIC 2022. Res n.° CUATRO; 27 DIC 2022. Exp. n.° 0032...
Not 30269-2022-SP-CI; 29 DIC 2022. Res n.° CUATRO; 27 DIC 2022. Exp. n.° 0032...Not 30269-2022-SP-CI; 29 DIC 2022. Res n.° CUATRO; 27 DIC 2022. Exp. n.° 0032...
Not 30269-2022-SP-CI; 29 DIC 2022. Res n.° CUATRO; 27 DIC 2022. Exp. n.° 0032...Dylan Ezequiel LÓPEZ ENCARNACIÓN
 
Escrito regidora al alcalde y concejo (1)
Escrito regidora al alcalde y concejo (1)Escrito regidora al alcalde y concejo (1)
Escrito regidora al alcalde y concejo (1)aydeefloresaguilar
 
Queja al Defensor del Pueblo Andaluz
Queja al Defensor del Pueblo AndaluzQueja al Defensor del Pueblo Andaluz
Queja al Defensor del Pueblo AndaluzPSOE de Cartaya
 
Apelacion romel
Apelacion romelApelacion romel
Apelacion romelkatitapra
 
Derecho de Petición a Secretaria de Transparencia 02-II-2017
Derecho de Petición a Secretaria de Transparencia 02-II-2017Derecho de Petición a Secretaria de Transparencia 02-II-2017
Derecho de Petición a Secretaria de Transparencia 02-II-2017Jairo Sandoval H
 
Juan guillermo velasquez borja
Juan guillermo velasquez borjaJuan guillermo velasquez borja
Juan guillermo velasquez borjaalcaldia municipal
 
Casación_N._694-2020-Huancavelica.pdf
Casación_N._694-2020-Huancavelica.pdfCasación_N._694-2020-Huancavelica.pdf
Casación_N._694-2020-Huancavelica.pdfAlexanderCueba
 
La Municipalidad de Mendoza le pagará $255 mil a Federico Balter Day
La Municipalidad de Mendoza le pagará $255 mil a Federico Balter DayLa Municipalidad de Mendoza le pagará $255 mil a Federico Balter Day
La Municipalidad de Mendoza le pagará $255 mil a Federico Balter DayMariano Manuel Bustos
 
Gmail (CARGO); 27 ABR 2023, 10:31 Hrs APELACIÓN ANTE EL TTAIP c SUNARP. 27p
Gmail (CARGO); 27 ABR 2023, 10:31 Hrs APELACIÓN ANTE EL TTAIP c SUNARP. 27pGmail (CARGO); 27 ABR 2023, 10:31 Hrs APELACIÓN ANTE EL TTAIP c SUNARP. 27p
Gmail (CARGO); 27 ABR 2023, 10:31 Hrs APELACIÓN ANTE EL TTAIP c SUNARP. 27pDylan Ezequiel LÓPEZ ENCARNACIÓN
 

Similar a Sala Constitucional, condena a Municipalidad de La Cruz. (20)

Sala Constitucional condena a Gobierno Local de La Cruz Guanacaste
Sala Constitucional condena a Gobierno Local de La Cruz GuanacasteSala Constitucional condena a Gobierno Local de La Cruz Guanacaste
Sala Constitucional condena a Gobierno Local de La Cruz Guanacaste
 
Sala Constitucional Condena a Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste
Sala Constitucional Condena a Concejo Municipal de La Cruz GuanacasteSala Constitucional Condena a Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste
Sala Constitucional Condena a Concejo Municipal de La Cruz Guanacaste
 
Sala Constitucional condena al Concejo Municipal de La Cruz
Sala Constitucional condena al Concejo Municipal de La CruzSala Constitucional condena al Concejo Municipal de La Cruz
Sala Constitucional condena al Concejo Municipal de La Cruz
 
Recurso de amparo contra el Concejo Municipal de La Cruz
Recurso de amparo contra el Concejo Municipal de La CruzRecurso de amparo contra el Concejo Municipal de La Cruz
Recurso de amparo contra el Concejo Municipal de La Cruz
 
Recurso de Amparo contra Municipalidad de La Cruz
Recurso de Amparo contra Municipalidad de La CruzRecurso de Amparo contra Municipalidad de La Cruz
Recurso de Amparo contra Municipalidad de La Cruz
 
Lectura 2 principio de proporcionalidad
Lectura 2   principio de proporcionalidadLectura 2   principio de proporcionalidad
Lectura 2 principio de proporcionalidad
 
Acta pleno 20190930
Acta pleno 20190930Acta pleno 20190930
Acta pleno 20190930
 
Not 30269-2022-SP-CI; 29 DIC 2022. Res n.° CUATRO; 27 DIC 2022. Exp. n.° 0032...
Not 30269-2022-SP-CI; 29 DIC 2022. Res n.° CUATRO; 27 DIC 2022. Exp. n.° 0032...Not 30269-2022-SP-CI; 29 DIC 2022. Res n.° CUATRO; 27 DIC 2022. Exp. n.° 0032...
Not 30269-2022-SP-CI; 29 DIC 2022. Res n.° CUATRO; 27 DIC 2022. Exp. n.° 0032...
 
Escrito regidora al alcalde y concejo (1)
Escrito regidora al alcalde y concejo (1)Escrito regidora al alcalde y concejo (1)
Escrito regidora al alcalde y concejo (1)
 
Queja al Defensor del Pueblo Andaluz
Queja al Defensor del Pueblo AndaluzQueja al Defensor del Pueblo Andaluz
Queja al Defensor del Pueblo Andaluz
 
Apelacion romel
Apelacion romelApelacion romel
Apelacion romel
 
Derecho de Petición a Secretaria de Transparencia 02-II-2017
Derecho de Petición a Secretaria de Transparencia 02-II-2017Derecho de Petición a Secretaria de Transparencia 02-II-2017
Derecho de Petición a Secretaria de Transparencia 02-II-2017
 
Juan guillermo velasquez borja
Juan guillermo velasquez borjaJuan guillermo velasquez borja
Juan guillermo velasquez borja
 
Casación_N._694-2020-Huancavelica.pdf
Casación_N._694-2020-Huancavelica.pdfCasación_N._694-2020-Huancavelica.pdf
Casación_N._694-2020-Huancavelica.pdf
 
La Municipalidad de Mendoza le pagará $255 mil a Federico Balter Day
La Municipalidad de Mendoza le pagará $255 mil a Federico Balter DayLa Municipalidad de Mendoza le pagará $255 mil a Federico Balter Day
La Municipalidad de Mendoza le pagará $255 mil a Federico Balter Day
 
Gabriel antonio caro
Gabriel antonio caro Gabriel antonio caro
Gabriel antonio caro
 
Gmail (CARGO); 27 ABR 2023, 10:31 Hrs APELACIÓN ANTE EL TTAIP c SUNARP. 27p
Gmail (CARGO); 27 ABR 2023, 10:31 Hrs APELACIÓN ANTE EL TTAIP c SUNARP. 27pGmail (CARGO); 27 ABR 2023, 10:31 Hrs APELACIÓN ANTE EL TTAIP c SUNARP. 27p
Gmail (CARGO); 27 ABR 2023, 10:31 Hrs APELACIÓN ANTE EL TTAIP c SUNARP. 27p
 
Maredera se aprueben costos y se requieran.
Maredera se aprueben costos y se requieran.Maredera se aprueben costos y se requieran.
Maredera se aprueben costos y se requieran.
 
Not n.° 43283-2023-SP-DC; 19 JUL 2023. Res UNO. 3p
Not n.° 43283-2023-SP-DC; 19 JUL 2023. Res UNO. 3pNot n.° 43283-2023-SP-DC; 19 JUL 2023. Res UNO. 3p
Not n.° 43283-2023-SP-DC; 19 JUL 2023. Res UNO. 3p
 
Albeira aguirre cano y otros
Albeira aguirre cano y otrosAlbeira aguirre cano y otros
Albeira aguirre cano y otros
 

Más de José Corrales

INDER IMPULSA PROGRAMA INCUBACIÓN Y ACELERACIÓN EMPRESARIAL
INDER IMPULSA PROGRAMA INCUBACIÓN Y ACELERACIÓN EMPRESARIALINDER IMPULSA PROGRAMA INCUBACIÓN Y ACELERACIÓN EMPRESARIAL
INDER IMPULSA PROGRAMA INCUBACIÓN Y ACELERACIÓN EMPRESARIALJosé Corrales
 
ANÁLISIS PROSPECTIVO DEL TURISMO RURAL: DEMANDA TURÍSTICA (COSTA RICA, COLOM...
ANÁLISIS PROSPECTIVO DEL TURISMO RURAL:  DEMANDA TURÍSTICA (COSTA RICA, COLOM...ANÁLISIS PROSPECTIVO DEL TURISMO RURAL:  DEMANDA TURÍSTICA (COSTA RICA, COLOM...
ANÁLISIS PROSPECTIVO DEL TURISMO RURAL: DEMANDA TURÍSTICA (COSTA RICA, COLOM...José Corrales
 
La gestión de políticas públicas y la naturaleza de la gerencia pública
La gestión de políticas públicas y la naturaleza de la gerencia públicaLa gestión de políticas públicas y la naturaleza de la gerencia pública
La gestión de políticas públicas y la naturaleza de la gerencia públicaJosé Corrales
 
Costo beneficio de la protección de los ecosistemas biológicos ante imperio t...
Costo beneficio de la protección de los ecosistemas biológicos ante imperio t...Costo beneficio de la protección de los ecosistemas biológicos ante imperio t...
Costo beneficio de la protección de los ecosistemas biológicos ante imperio t...José Corrales
 
Denuncia - Municipalidad de La Cruz
Denuncia - Municipalidad de La CruzDenuncia - Municipalidad de La Cruz
Denuncia - Municipalidad de La CruzJosé Corrales
 
Métodos indirectos de Valoración Ambiental
Métodos indirectos de Valoración AmbientalMétodos indirectos de Valoración Ambiental
Métodos indirectos de Valoración AmbientalJosé Corrales
 
CRÍTICA A LA REVOLUCIÓN VERDE DESDE EL ENFOQUE AGROECOLÓGICO DE LA VÍA CAMPESINA
CRÍTICA A LA REVOLUCIÓN VERDE DESDE EL ENFOQUE AGROECOLÓGICO DE LA VÍA CAMPESINACRÍTICA A LA REVOLUCIÓN VERDE DESDE EL ENFOQUE AGROECOLÓGICO DE LA VÍA CAMPESINA
CRÍTICA A LA REVOLUCIÓN VERDE DESDE EL ENFOQUE AGROECOLÓGICO DE LA VÍA CAMPESINAJosé Corrales
 
La paradoja del desarrollo
La paradoja del desarrolloLa paradoja del desarrollo
La paradoja del desarrolloJosé Corrales
 
Más allá de la Gobernanza Local
Más allá de la Gobernanza LocalMás allá de la Gobernanza Local
Más allá de la Gobernanza LocalJosé Corrales
 
La problematización de la pobreza.
La problematización de la pobreza.La problematización de la pobreza.
La problematización de la pobreza.José Corrales
 
¿Por qué sobrevive el campesinado?
¿Por qué sobrevive el campesinado?¿Por qué sobrevive el campesinado?
¿Por qué sobrevive el campesinado?José Corrales
 
Problematica abastecimiento de agua%2c la cruz 20170227 0001
Problematica abastecimiento de agua%2c la cruz  20170227 0001Problematica abastecimiento de agua%2c la cruz  20170227 0001
Problematica abastecimiento de agua%2c la cruz 20170227 0001José Corrales
 
Boletín foro de Guanacaste octubre 2014
Boletín foro de Guanacaste octubre 2014Boletín foro de Guanacaste octubre 2014
Boletín foro de Guanacaste octubre 2014José Corrales
 

Más de José Corrales (14)

INDER IMPULSA PROGRAMA INCUBACIÓN Y ACELERACIÓN EMPRESARIAL
INDER IMPULSA PROGRAMA INCUBACIÓN Y ACELERACIÓN EMPRESARIALINDER IMPULSA PROGRAMA INCUBACIÓN Y ACELERACIÓN EMPRESARIAL
INDER IMPULSA PROGRAMA INCUBACIÓN Y ACELERACIÓN EMPRESARIAL
 
ANÁLISIS PROSPECTIVO DEL TURISMO RURAL: DEMANDA TURÍSTICA (COSTA RICA, COLOM...
ANÁLISIS PROSPECTIVO DEL TURISMO RURAL:  DEMANDA TURÍSTICA (COSTA RICA, COLOM...ANÁLISIS PROSPECTIVO DEL TURISMO RURAL:  DEMANDA TURÍSTICA (COSTA RICA, COLOM...
ANÁLISIS PROSPECTIVO DEL TURISMO RURAL: DEMANDA TURÍSTICA (COSTA RICA, COLOM...
 
La gestión de políticas públicas y la naturaleza de la gerencia pública
La gestión de políticas públicas y la naturaleza de la gerencia públicaLa gestión de políticas públicas y la naturaleza de la gerencia pública
La gestión de políticas públicas y la naturaleza de la gerencia pública
 
Costo beneficio de la protección de los ecosistemas biológicos ante imperio t...
Costo beneficio de la protección de los ecosistemas biológicos ante imperio t...Costo beneficio de la protección de los ecosistemas biológicos ante imperio t...
Costo beneficio de la protección de los ecosistemas biológicos ante imperio t...
 
Denuncia - Municipalidad de La Cruz
Denuncia - Municipalidad de La CruzDenuncia - Municipalidad de La Cruz
Denuncia - Municipalidad de La Cruz
 
Métodos indirectos de Valoración Ambiental
Métodos indirectos de Valoración AmbientalMétodos indirectos de Valoración Ambiental
Métodos indirectos de Valoración Ambiental
 
CRÍTICA A LA REVOLUCIÓN VERDE DESDE EL ENFOQUE AGROECOLÓGICO DE LA VÍA CAMPESINA
CRÍTICA A LA REVOLUCIÓN VERDE DESDE EL ENFOQUE AGROECOLÓGICO DE LA VÍA CAMPESINACRÍTICA A LA REVOLUCIÓN VERDE DESDE EL ENFOQUE AGROECOLÓGICO DE LA VÍA CAMPESINA
CRÍTICA A LA REVOLUCIÓN VERDE DESDE EL ENFOQUE AGROECOLÓGICO DE LA VÍA CAMPESINA
 
La paradoja del desarrollo
La paradoja del desarrolloLa paradoja del desarrollo
La paradoja del desarrollo
 
Más allá de la Gobernanza Local
Más allá de la Gobernanza LocalMás allá de la Gobernanza Local
Más allá de la Gobernanza Local
 
La problematización de la pobreza.
La problematización de la pobreza.La problematización de la pobreza.
La problematización de la pobreza.
 
¿Por qué sobrevive el campesinado?
¿Por qué sobrevive el campesinado?¿Por qué sobrevive el campesinado?
¿Por qué sobrevive el campesinado?
 
Problematica abastecimiento de agua%2c la cruz 20170227 0001
Problematica abastecimiento de agua%2c la cruz  20170227 0001Problematica abastecimiento de agua%2c la cruz  20170227 0001
Problematica abastecimiento de agua%2c la cruz 20170227 0001
 
Jc 006-2017
Jc 006-2017Jc 006-2017
Jc 006-2017
 
Boletín foro de Guanacaste octubre 2014
Boletín foro de Guanacaste octubre 2014Boletín foro de Guanacaste octubre 2014
Boletín foro de Guanacaste octubre 2014
 

Último

Programa electoral de Vox para las elecciones catalanas
Programa electoral de Vox para las elecciones catalanasPrograma electoral de Vox para las elecciones catalanas
Programa electoral de Vox para las elecciones catalanasluarodalegre97
 
COMO ANALIZAR LA COYUNTURA 2024 ANALISIS ECONOMICO Y POLITICO.pdf
COMO ANALIZAR LA COYUNTURA 2024 ANALISIS ECONOMICO Y POLITICO.pdfCOMO ANALIZAR LA COYUNTURA 2024 ANALISIS ECONOMICO Y POLITICO.pdf
COMO ANALIZAR LA COYUNTURA 2024 ANALISIS ECONOMICO Y POLITICO.pdfMilkyWive
 
Radar de algoritmos de IA y procesos de decisión automatizada para el acceso ...
Radar de algoritmos de IA y procesos de decisión automatizada para el acceso ...Radar de algoritmos de IA y procesos de decisión automatizada para el acceso ...
Radar de algoritmos de IA y procesos de decisión automatizada para el acceso ...m4Social
 
005. - Curso de modernización del Estado 2024.pdf
005. - Curso de modernización del Estado 2024.pdf005. - Curso de modernización del Estado 2024.pdf
005. - Curso de modernización del Estado 2024.pdfMarcoApaza15
 
Constitucion y derechos humanos sesion 1.pptx
Constitucion y derechos humanos sesion 1.pptxConstitucion y derechos humanos sesion 1.pptx
Constitucion y derechos humanos sesion 1.pptxrositamosaavedra
 
Paleta vegetal del municipio de León, Gto.
Paleta vegetal del municipio de León, Gto.Paleta vegetal del municipio de León, Gto.
Paleta vegetal del municipio de León, Gto.Juan Carlos Fonseca Mata
 
Pensamiento administrativo público en alemania
Pensamiento administrativo público en alemaniaPensamiento administrativo público en alemania
Pensamiento administrativo público en alemaniaReivajZelznog
 
2023 - HOSTIGAMIENTO SEXUAL - DIAPOSITIVAS.ppt
2023 - HOSTIGAMIENTO SEXUAL   - DIAPOSITIVAS.ppt2023 - HOSTIGAMIENTO SEXUAL   - DIAPOSITIVAS.ppt
2023 - HOSTIGAMIENTO SEXUAL - DIAPOSITIVAS.pptHugoArturoVargasSali1
 
TIPOS DE CONTROL INTERNO, LEY 27785.pptx
TIPOS DE CONTROL INTERNO, LEY 27785.pptxTIPOS DE CONTROL INTERNO, LEY 27785.pptx
TIPOS DE CONTROL INTERNO, LEY 27785.pptxdanitzaflores135
 
¿Cuáles son los desafíos que enfrentan los periodistas al investigar sobre el...
¿Cuáles son los desafíos que enfrentan los periodistas al investigar sobre el...¿Cuáles son los desafíos que enfrentan los periodistas al investigar sobre el...
¿Cuáles son los desafíos que enfrentan los periodistas al investigar sobre el...Christina Parmionova
 
Club Rotario Cartago - Revista 04-2024.pdf
Club Rotario Cartago - Revista 04-2024.pdfClub Rotario Cartago - Revista 04-2024.pdf
Club Rotario Cartago - Revista 04-2024.pdfalberto12268
 
Mapa Mental Edad media y evolución de la ciudadanía
Mapa Mental Edad media y evolución de la ciudadaníaMapa Mental Edad media y evolución de la ciudadanía
Mapa Mental Edad media y evolución de la ciudadaníajoseyajure3
 
Decreto Ejecutivo 255 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo
Decreto Ejecutivo 255 Reglamento de Seguridad y Salud en el TrabajoDecreto Ejecutivo 255 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo
Decreto Ejecutivo 255 Reglamento de Seguridad y Salud en el TrabajoPrevencionar
 
HACIEDA MUNICIPAL 1ER TRIMESTRE 2024.pdf
HACIEDA MUNICIPAL 1ER TRIMESTRE 2024.pdfHACIEDA MUNICIPAL 1ER TRIMESTRE 2024.pdf
HACIEDA MUNICIPAL 1ER TRIMESTRE 2024.pdfvany25ck
 
SEGUNDO PISO UN ABISMO. RAZONES PARA NO VOTAR POR MORENA
SEGUNDO PISO UN ABISMO. RAZONES PARA NO VOTAR POR MORENASEGUNDO PISO UN ABISMO. RAZONES PARA NO VOTAR POR MORENA
SEGUNDO PISO UN ABISMO. RAZONES PARA NO VOTAR POR MORENAlupismdo
 
110º ANIVERSARIO DE CITY BELL: CELEBRACIÓN INTEGRADORA PARA LA COMUNIDAD
110º ANIVERSARIO DE CITY BELL: CELEBRACIÓN INTEGRADORA PARA LA COMUNIDAD110º ANIVERSARIO DE CITY BELL: CELEBRACIÓN INTEGRADORA PARA LA COMUNIDAD
110º ANIVERSARIO DE CITY BELL: CELEBRACIÓN INTEGRADORA PARA LA COMUNIDADTamanaTablada
 

Último (16)

Programa electoral de Vox para las elecciones catalanas
Programa electoral de Vox para las elecciones catalanasPrograma electoral de Vox para las elecciones catalanas
Programa electoral de Vox para las elecciones catalanas
 
COMO ANALIZAR LA COYUNTURA 2024 ANALISIS ECONOMICO Y POLITICO.pdf
COMO ANALIZAR LA COYUNTURA 2024 ANALISIS ECONOMICO Y POLITICO.pdfCOMO ANALIZAR LA COYUNTURA 2024 ANALISIS ECONOMICO Y POLITICO.pdf
COMO ANALIZAR LA COYUNTURA 2024 ANALISIS ECONOMICO Y POLITICO.pdf
 
Radar de algoritmos de IA y procesos de decisión automatizada para el acceso ...
Radar de algoritmos de IA y procesos de decisión automatizada para el acceso ...Radar de algoritmos de IA y procesos de decisión automatizada para el acceso ...
Radar de algoritmos de IA y procesos de decisión automatizada para el acceso ...
 
005. - Curso de modernización del Estado 2024.pdf
005. - Curso de modernización del Estado 2024.pdf005. - Curso de modernización del Estado 2024.pdf
005. - Curso de modernización del Estado 2024.pdf
 
Constitucion y derechos humanos sesion 1.pptx
Constitucion y derechos humanos sesion 1.pptxConstitucion y derechos humanos sesion 1.pptx
Constitucion y derechos humanos sesion 1.pptx
 
Paleta vegetal del municipio de León, Gto.
Paleta vegetal del municipio de León, Gto.Paleta vegetal del municipio de León, Gto.
Paleta vegetal del municipio de León, Gto.
 
Pensamiento administrativo público en alemania
Pensamiento administrativo público en alemaniaPensamiento administrativo público en alemania
Pensamiento administrativo público en alemania
 
2023 - HOSTIGAMIENTO SEXUAL - DIAPOSITIVAS.ppt
2023 - HOSTIGAMIENTO SEXUAL   - DIAPOSITIVAS.ppt2023 - HOSTIGAMIENTO SEXUAL   - DIAPOSITIVAS.ppt
2023 - HOSTIGAMIENTO SEXUAL - DIAPOSITIVAS.ppt
 
TIPOS DE CONTROL INTERNO, LEY 27785.pptx
TIPOS DE CONTROL INTERNO, LEY 27785.pptxTIPOS DE CONTROL INTERNO, LEY 27785.pptx
TIPOS DE CONTROL INTERNO, LEY 27785.pptx
 
¿Cuáles son los desafíos que enfrentan los periodistas al investigar sobre el...
¿Cuáles son los desafíos que enfrentan los periodistas al investigar sobre el...¿Cuáles son los desafíos que enfrentan los periodistas al investigar sobre el...
¿Cuáles son los desafíos que enfrentan los periodistas al investigar sobre el...
 
Club Rotario Cartago - Revista 04-2024.pdf
Club Rotario Cartago - Revista 04-2024.pdfClub Rotario Cartago - Revista 04-2024.pdf
Club Rotario Cartago - Revista 04-2024.pdf
 
Mapa Mental Edad media y evolución de la ciudadanía
Mapa Mental Edad media y evolución de la ciudadaníaMapa Mental Edad media y evolución de la ciudadanía
Mapa Mental Edad media y evolución de la ciudadanía
 
Decreto Ejecutivo 255 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo
Decreto Ejecutivo 255 Reglamento de Seguridad y Salud en el TrabajoDecreto Ejecutivo 255 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo
Decreto Ejecutivo 255 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo
 
HACIEDA MUNICIPAL 1ER TRIMESTRE 2024.pdf
HACIEDA MUNICIPAL 1ER TRIMESTRE 2024.pdfHACIEDA MUNICIPAL 1ER TRIMESTRE 2024.pdf
HACIEDA MUNICIPAL 1ER TRIMESTRE 2024.pdf
 
SEGUNDO PISO UN ABISMO. RAZONES PARA NO VOTAR POR MORENA
SEGUNDO PISO UN ABISMO. RAZONES PARA NO VOTAR POR MORENASEGUNDO PISO UN ABISMO. RAZONES PARA NO VOTAR POR MORENA
SEGUNDO PISO UN ABISMO. RAZONES PARA NO VOTAR POR MORENA
 
110º ANIVERSARIO DE CITY BELL: CELEBRACIÓN INTEGRADORA PARA LA COMUNIDAD
110º ANIVERSARIO DE CITY BELL: CELEBRACIÓN INTEGRADORA PARA LA COMUNIDAD110º ANIVERSARIO DE CITY BELL: CELEBRACIÓN INTEGRADORA PARA LA COMUNIDAD
110º ANIVERSARIO DE CITY BELL: CELEBRACIÓN INTEGRADORA PARA LA COMUNIDAD
 

Sala Constitucional, condena a Municipalidad de La Cruz.

  • 1. EXPEDIENTE N° 20-005387-0007-CO Teléfonos: 2549-1500 / 800-SALA-4TA (800-7252-482). Fax: 2295-3712 / 2549-1633. Dirección electrónica: www.poder- judicial.go.cr/salaconstitucional. Dirección: (Sabana Sur, Calle Morenos, 100 mts.Sur de la iglesia del Perpetuo Socorro). Recepción de asuntos de grupos vulnerables: Edificio Corte Suprema de Justicia, San José, Distrito Catedral, Barrio González Lahmann, calles 19 y 21, avenidas 8 y 6  Exp: 20-005387-0007-CO Res. Nº 2020007771 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de abril de dos mil veinte . Recurso de amparo que se tramita en expediente número 20-005387-0007- CO, interpuesto por JOSÉ ENRIQUE CORRALES MEDRANO, cédula de identidad 0503470913, contra la MUNICIPALIDAD LA CRUZ. RESULTANDO: 1.- Por escrito recibido en la Secretaría de la Sala a las 13:35 horas de 16 de marzo de 2020, el recurrente interpone recurso de amparo contra la MUNICIPALIDAD LA CRUZ y manifiesta que el 03 de marzo de 2020 remitió vía correo electrónico a las autoridades recurridas el oficio No. JC-00010-2020, donde requirió lo que de seguido se transcribe: "Solicito, al Concejo Municipal brindarme cuáles fueron las recomendaciones expuestas por la Contraloría General de la República para la recuperación de pagos del plus salarial de prohibición a los puestos del coordinador jurídico municipal, director urbano y de proyectos municipal basados en el oficio N. 01992. Esto sin exponer la identidad de los denunciantes en dichas respuestas". Acusa que al momento de interposición de este amparo, no ha recibido respuesta a su gestión. Solicita se declare con lugar el recurso. 2.- Informan bajo juramento María Concepción Chacón Peña, en su condición de Coordinadora del Departamento de Recursos Humanos, y Junnier Alberto Salazar Tobal, en su condición de Alcalde, ambos de la Municipalidad de La Cruz, que la información requerida ya le fue remitida al amparado mediante oficio No. MLC-RH-0018-2020. Señalan que en dicho oficio se le indicó al señor Corrales Medrano, que en esa fecha la suscrita coordinadora se encontraba gozando de vacaciones y que la persona encargada de suplirla fue quien tramitó las
  • 2. EXPEDIENTE N° 20-005387-0007-CO Teléfonos: 2549-1500 / 800-SALA-4TA (800-7252-482). Fax: 2295-3712 / 2549-1633. Dirección electrónica: www.poder- judicial.go.cr/salaconstitucional. Dirección: (Sabana Sur, Calle Morenos, 100 mts.Sur de la iglesia del Perpetuo Socorro). Recepción de asuntos de grupos vulnerables: Edificio Corte Suprema de Justicia, San José, Distrito Catedral, Barrio González Lahmann, calles 19 y 21, avenidas 8 y 6 planillas de pago de plus de prohibición bajo los Nos. de planillas 001-2020, 002- 2020 y 004-2020. Por ende, cuando se reincorporó al cargo no existía por parte de ninguna autoridad información de que dichos pluses no fueran cancelados. Por otra parte, se le indicó al gestionante que el Departamento de Recursos Humanos no recibió ninguna copia del informe de la Contraloría General de la República en relación a la denuncia presentada por los Regidores Municipales para la recuperación de esos dineros. Por tal razón, siendo que ese departamento no cuenta con ninguna orden expresa por parte de la Administración Municipal de las recomendaciones hechas por la Contraloría General de La República, no es posible referirse sobre el avance y los procedimientos específicos ejecutados para la recuperación de dineros por el plus de prohibición denunciados, por cuanto la información no se encuentra en conocimiento de la oficina a su cargo. Mediante oficio número MLCR-RH-0025-2020 se instó al petente que realizara la solicitud directamente al Concejo Municipal. Respecto al oficio No. JC-00010-2020del pago del plus salarial del contador Municipal, mediante oficio No. MLC-RH-0025-2020 se le indicó que se está cumpliendo con el debido proceso para recuperar las sumas canceladas por plus salarial a dicho funcionario. Además, en relación a los pluses salariales cancelados a los otros funcionarios, se le informó al señor Corrales Medrano que esa Administración tomó la decisión de contratar una consultoría externa que realice los estudios técnicos-jurídicos para determinar si las funciones específicas que en la práctica desempeñan dichos puestos, calzan dentro de los supuestos de hecho para la aplicación de la normativa especial de la Prohibición y su respectivo incentivo. De ese modo, será hasta que se tengan dichos estudios que se procederá a verificar si procede recuperar las sumas canceladas por pluses o no. Estiman que la gestión fue contestada en el plazo correspondiente, ya que fue recibida el 03 de marzo de 2020 y la respuesta fue enviada mediante correo certificado el 16 de marzo de 2020 con copia a la Contraloría General de la República y a los Miembros del Concejo Municipal. Concluyen que no es cierto que no se le haya brindado respuesta al recurrente por parte de la Oficina de Recursos Humanos. Solicitan que se declare sin lugar el recurso.
  • 3. EXPEDIENTE N° 20-005387-0007-CO Teléfonos: 2549-1500 / 800-SALA-4TA (800-7252-482). Fax: 2295-3712 / 2549-1633. Dirección electrónica: www.poder- judicial.go.cr/salaconstitucional. Dirección: (Sabana Sur, Calle Morenos, 100 mts.Sur de la iglesia del Perpetuo Socorro). Recepción de asuntos de grupos vulnerables: Edificio Corte Suprema de Justicia, San José, Distrito Catedral, Barrio González Lahmann, calles 19 y 21, avenidas 8 y 6 3.- Mediante escrito presentado a las 10:13 horas de 24 de marzo de 2020, el recurrente manifiesta que la respuesta rendida por la autoridad recurrida no presenta la información que fue solicitada en el oficio No. JC-00010-2020 señalado por el informe emanado por la Contraloría General de la República No. DFOE-DL-1807 de 14 de octubre de 2019. Solicita que se declare con lugar el recurso. 4.- En constancia de 03 de abril de 2020, la Técnica Judicial encargada de la tramitación de este recurso de amparo y el Secretario a.i, ambos de la Sala Constitucional, señalaron que no consta en los registros de documentos recibidos de esta Sala, que del 20 al 25 de marzo de 2020, el Presidente del Concejo de la Municipalidad de La Cruz haya presentado el informe solicitado en la resolución de curso de las 14:33 horas de 07 de marzo de 2020. 5.- En los procedimientos seguidos se ha observado las prescripciones legales. Redacta la Magistrada Garro Vargas; y, CONSIDERANDO: I.- CUESTIÓN PREVIA. En vista de que María Concepción Chacón Peña, en su condición de Coordinadora del Departamento de Recursos Humanos, y Junnier Alberto Salazar Tobal, en su condición de Alcalde, ambos de la Municipalidad de La Cruz, omitieron indicar en el informe rendido bajo juramento, si las cuentas de correo electrónico junnier.salazar@munilacruz.go.cr, concejo@munilacruz.go.cr y maria.chacon@munilacruz.go.cr, se encuentran previstas como mecanismos oficiales de comunicación con esa dependencia, se tiene por cierto este hecho y se procede a analizar la constitucionalidad de este asunto de conformidad con lo regulado en el artículo 45, de la Ley de la Jurisdicción Constitucional. II.- DE PREVIO. En vista de que el Presidente del Concejo de la Municipalidad de La Cruz omitió rendir el informe solicitado en la resolución de curso, de conformidad con el artículo 45, de la ley de la Jurisdicción Constitucional, se entra a resolver el recurso con base en los demás escritos y pruebas contenidos en los autos.
  • 4. EXPEDIENTE N° 20-005387-0007-CO Teléfonos: 2549-1500 / 800-SALA-4TA (800-7252-482). Fax: 2295-3712 / 2549-1633. Dirección electrónica: www.poder- judicial.go.cr/salaconstitucional. Dirección: (Sabana Sur, Calle Morenos, 100 mts.Sur de la iglesia del Perpetuo Socorro). Recepción de asuntos de grupos vulnerables: Edificio Corte Suprema de Justicia, San José, Distrito Catedral, Barrio González Lahmann, calles 19 y 21, avenidas 8 y 6 III.- OBJETO DEL RECURSO. El recurrente manifiesta que por oficio No. JC-00010-2020 de03 de marzo de 2020, solicitó vía correo electrónico a la Municipalidad de La Cruz, información de su interés relacionada a las recomendaciones expuestas por la Contraloría General de la República para la recuperación de pagos del plus salarial de prohibición a los puestos del coordinador jurídico municipal, director urbano y de proyectos municipal basados en el oficio N. 01992. No obstante, acusa que al momento de interposición de este amparo no ha recibido respuesta a su gestión. Solicita la intervención de la Sala. IV.- HECHOS PROBADOS. De importancia para la decisión de este asunto, se estiman como debidamente demostrados los siguientes hechos, sea porque así han sido acreditados o bien porque el recurrido haya omitido referirse a ellos según lo prevenido en el auto inicial: a) Por oficio JC-00010-2020 de 03 de marzo de 2020, el recurrente solicitó vía correo electrónico a la Municipalidad de La Cruz, la siguiente información: “Solicito, al Concejo Municipal brindarme cuáles fueron las recomendaciones expuestas por la Contraloría General de la República para la recuperación de pagos del plus salarial de prohibición a los puestos del coordinador jurídico municipal, director urbano y de proyectos municipal basados en el oficio N. 01992. Esto sin exponer la identidad de los denunciantes en dichas respuestas". Como medio para recibir notificaciones señaló la dirección de correo electrónico jcorrales@outlook.com (véase los autos). b) Mediante oficio No. MLC-RH-0025-2020 de 13 de marzo de 2020, la Coordinadora de Recursos Humanos de la Municipalidad de La Cruz, Guanacaste, brindó respuesta al oficio No. JC-00010-2020 remitido por el recurrente el 03 de marzo de 2020. Concretamente, informó la siguiente: “Punto 1. En cuanto al oficio numero: DFOE-DL-1807 emitido por la Contraloría General de la República, dicho oficio es sobre una Auditoria para el cumplimiento de la base legal para el pago de los incentivos salariales que se realizó desde el año pasado, a finales del mes de abril
  • 5. EXPEDIENTE N° 20-005387-0007-CO Teléfonos: 2549-1500 / 800-SALA-4TA (800-7252-482). Fax: 2295-3712 / 2549-1633. Dirección electrónica: www.poder- judicial.go.cr/salaconstitucional. Dirección: (Sabana Sur, Calle Morenos, 100 mts.Sur de la iglesia del Perpetuo Socorro). Recepción de asuntos de grupos vulnerables: Edificio Corte Suprema de Justicia, San José, Distrito Catedral, Barrio González Lahmann, calles 19 y 21, avenidas 8 y 6 2019 en cuatro Municipalidades específicamente, Municipalidad de Escazú, Municipalidad de Heredia, Municipalidad de Carrillo y Municipalidad de La Cruz, Guanacaste. Punto 2. Durante el periodo entre abril 2019 hasta finales octubre 2019, una vez que se revisó el Informe Borrador que emite la contraloría General de la República sobre la Auditoria aplicada en las diferentes municipalidades, procede a enviar el Informe Final bajo el nombre de: "Remisión del Informe N.º DFOE-DL-00017-2019, Auditoria carácter especial ejecutada en la Municipalidad de La Cruz sobre el cumplimiento de la base legal para el pago de los pluses salariales". Punto 3. Según la Auditoria aplicada en la Municipalidad de la Cruz, sobre los pluses salariales se determinan las siguientes disposiciones: JUNNIER ALBERTO SALAZAR TOBAL EN SU CALIDAD DE ALCALDE MUNICIPAL O A QUIEN EN SU LUGAR OCUPE EL CARGO" 4.4. Adoptar las acciones correctivas a fin de ajustar la remuneración del puesto de "Contador Municipal" a las funciones efectivamente asignadas y ejecutadas, ya que este no está cubierto por el régimen de prohibición en los términos establecidos en las normas que lo regulan. Para acreditar el cumplimiento de esta disposición se debe remitir al Área de Seguimiento de Disposiciones de la Contraloría General a más tardar al 15 de noviembre de 2019, un oficio en el cual conste ias acciones correctivas implementadas para dar cumpiimiento a lo señalado en esta disposición. (Ver párrafos del 2.1 al 2.9). 4.5. En caso de que corresponda, tomar las medidas que dispone el ordenamiento jurídico para la recuperación de las eventuales sumas pagadas de más por el incentivo de prohibición a los puestos: a) Contador Municipal, según lo señalado en la disposición 4.4. b) Encargado de Patentes, Ingeniero de Topógrafo, Encargado de Bienes Inmuebles y Coordinadora de Planificación Urbana y Contador Municipal, según los resultados del estudio solicitado en la disposición 4.7 de este informe. Para el cumplimiento de esta disposición se debe remitir al Área de Seguimiento de Disposiciones de la Contraloría General de la República, lo siguiente: i.
  • 6. EXPEDIENTE N° 20-005387-0007-CO Teléfonos: 2549-1500 / 800-SALA-4TA (800-7252-482). Fax: 2295-3712 / 2549-1633. Dirección electrónica: www.poder- judicial.go.cr/salaconstitucional. Dirección: (Sabana Sur, Calle Morenos, 100 mts.Sur de la iglesia del Perpetuo Socorro). Recepción de asuntos de grupos vulnerables: Edificio Corte Suprema de Justicia, San José, Distrito Catedral, Barrio González Lahmann, calles 19 y 21, avenidas 8 y 6 A más tardar el 30 de noviembre de 2019, un oficio donde se señala las medidas que se tomaron para recuperar las eventuales sumas pagadas de más, en caso que proceda, con la indicación de los plazos de inicio y finalización de cada medida así como los responsables de cada una de las acciones. ii. A más tardar el 30 de abril de 2020, un oficio en el cual se rinda un primer informe, donde se detalle el avance en el cumplimiento de las acciones establecidas en el punto i. anterior, así como un detalle de los montos recuperados a la fecha. iii. A mas tardar el 15 de julio de 2020, un oficio en el cual se rinda un segundo informe, donde se detalle el avance en el cumplimiento de las acciones establecidas en el punto i. anterior, así como un detalle de los montos recuperados en el l semestre de 2020. (Ver párrafos del 2.1 al 2.l0). 4.6. Elaborar, aprobar, comunicar e implementar un procedimiento para la aplicación de evaluación de desempeño de los funcionarios municipales, ajustado a la normativa aplicable. Para acreditar el cumplimiento de esta disposición se debe remitir al Área de Seguimiento de Disposiciones de la Contraloría General, a más tardar el 15 de enero de 2020, un oficio en el cual conste la elaboración del procedimiento y su aprobación formal, a más tardar el 28 de febrero de 2020, un oficio en el cual conste la emisión y divulgación del mismo, y al 15 de enero de 2021, un oficio en el cual conste su implementación. (Ver párrafos del 2.17 al 224). A MARÍA CONCEPCIÓN CHACÓN PEÑA EN SU CALIDAD DE COORDINADORA DE RECURSOS HUMANOS o A QUIEN EN SU LUGAR OCUPE EL CARGO. 4.7. Realizar estudio en las condiciones que establece el artículo N."13 del Reglamento para el Pago de Compensación Económica para los casos del Encargado de Patentes, ingeniero de Topógrafo, Encargado de Bienes inmuebles y Coordinadora de Planificación Urbana para determinar si efectivamente corresponde el pago del incentivo de prohibición, tomando en consideración lo expuesto en este informe. Dicho estudio debe de indicar claramente la base legal aplicable y el análisis de las funciones de cada puesto según la jurisprudencia existente,
  • 7. EXPEDIENTE N° 20-005387-0007-CO Teléfonos: 2549-1500 / 800-SALA-4TA (800-7252-482). Fax: 2295-3712 / 2549-1633. Dirección electrónica: www.poder- judicial.go.cr/salaconstitucional. Dirección: (Sabana Sur, Calle Morenos, 100 mts.Sur de la iglesia del Perpetuo Socorro). Recepción de asuntos de grupos vulnerables: Edificio Corte Suprema de Justicia, San José, Distrito Catedral, Barrio González Lahmann, calles 19 y 21, avenidas 8 y 6 en caso de relacionarlos con la administración tributaria. Para acreditar el cumplimiento de esta disposición se debe remitir al Área de Seguimiento de Disposiciones de la Contraloría General a más tardar al 30 de noviembre de 2019, un oficio en el cual conste la elaboración del estudio solicitado y sus resultados. (Ver párrafos del 2.1 al 210). 4.8. Realizar una revisión de los casos de funcionarios que tienen el incentivo de dedicación exclusiva y que carecen de los requisitos señalados en este informe, para que estos se ajusten a la normativa aplicable, en el caso de que se justifique continuar otorgando dicho incentivo. Para acreditar el cumplimiento de esta disposición se debe remitir al Área de Seguimiento de Disposiciones de la Contraloría General, a más tardar el 15 de enero de 2020, un oficio en el cual conste que se realizó la revisión y se ajustó con lo estipulado en la normativa aplicable. (Ver párrafo 2.11 al 2 14). Punto 4. Según la solicitud del oficio numero: JC-00010-2020 se nos solicita lo siguiente: "Por último, al Alcalde, Concejo Municipal y a la Coordinadora de Recursos Humanos de la Municipalidad de la Cruz, brindar un informe detallado referente a actos de pagos indebidos y en caso que estos se realicen, se de una pronta recuperación de esos fondos públicos de manera oportuna y eficiente. Adoptando para ello los métodos o acciones pertinentes que se consideren convenientes para su uso continuo, con el fin de la salvación de dichos activos líquidos como lo indica la contraloría General de la República". Respuesta Punto 4. Como plan de seguimiento para cumplir con las disposiciones finales que la contraloría General de la República emitió en el Informe DFOE-DL-1807 el Concejo Municipal emite el Acuerdo Numero: 1- 1 de la Sesión Extraordinaria #24-2019i verificada por la Municipalidad de la Cruz Guanacaste el día 22 de octubre 2019 donde acata en todos sus extremos el informe anterior y le solicita al señor. Junnier Alberto Salazar Tobal, Alcalde Municipal de la Cruz, Guanacaste el cumplimiento de todas las disposiciones establecidas en el punto 4 de este informe y se le recomienda al señor Alcalde Municipal girar directriz al Departamento de
  • 8. EXPEDIENTE N° 20-005387-0007-CO Teléfonos: 2549-1500 / 800-SALA-4TA (800-7252-482). Fax: 2295-3712 / 2549-1633. Dirección electrónica: www.poder- judicial.go.cr/salaconstitucional. Dirección: (Sabana Sur, Calle Morenos, 100 mts.Sur de la iglesia del Perpetuo Socorro). Recepción de asuntos de grupos vulnerables: Edificio Corte Suprema de Justicia, San José, Distrito Catedral, Barrio González Lahmann, calles 19 y 21, avenidas 8 y 6 Recursos Humanos o a quien ocupe el cargo cumplir con los puntos 4.7 y 4.8 del informe de marras. Referente al punto 4.4. Sobre el pago del plus salarial al Contador Municipal la Alcaldía Municipal, mediante Oficio numero: ALDE-JS-03072019 de fecha 30 de octubre del año 201 9, dirigido a la Coordinadora de Recursos Humanos Licda. María Concepción Chacón Peña y Albert Álvarez Chaves, Contador Municipal resolución por medio de la cual, se establece que se proceda ajustar el salario del puesto del Contador Municipal, según lo emanado por el ente contralor. Referente al punto 4.4. Sobre el pago del plus salarial al Contador Municipal, el día 07 de noviembre del año 2019 la Licda. Karol Monge Molina, quien funge como Apoderada especial del funcionario municipal Albert Álvarez Cheves, interpuso "Recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio y Nulidad concomitante contra Resolución Administrativa Numero 16-2019, por lo que se ordenó al departamento de Recursos Humanos a realizar el pago normal de la prohibición al señor Albert Álvarez Cheves hasta cumplir con el debido proceso, iniciando con un Procedimiento Administrativo para poder cumplir con las disposiciones del informe DFOE-DL-IF-00017-2019 sobre el pago de los incentivos Salariales en la Municipalidad de la Cruz. Punto 5. En cuanto al punto 4.7 del Informe DFOE-DL-IF-00017-2019. La Administración Municipal tomó la decisión de proceder a contratar una consultoría externa que realice los estudios técnico-jurídicos que determinen si las funciones específicas que en la práctica desempeñan los puestos de Encargado de Patentes, Ingeniero Topógrafo, Encargado de Bienes inmuebles, Coordinadora de Planificación Urbana y Control Constructivo Municipal calzan dentro de los supuestos de hecho para la aplicación de la normativa especial de la Prohibición y su respectivo incentivo. Por lo que se está a la espera de dichos estudios para cumplir los lineamientos que solicita la contraloría General de la República en el Informe DFOE-DL-IF-00017-2019 con respecto a este punto 4.7. Punto 6. En cuanto al punto 4.8 del Informe FOE-DL-IF-00017-2019, sobre los
  • 9. EXPEDIENTE N° 20-005387-0007-CO Teléfonos: 2549-1500 / 800-SALA-4TA (800-7252-482). Fax: 2295-3712 / 2549-1633. Dirección electrónica: www.poder- judicial.go.cr/salaconstitucional. Dirección: (Sabana Sur, Calle Morenos, 100 mts.Sur de la iglesia del Perpetuo Socorro). Recepción de asuntos de grupos vulnerables: Edificio Corte Suprema de Justicia, San José, Distrito Catedral, Barrio González Lahmann, calles 19 y 21, avenidas 8 y 6 casos del incentivo salarial de la Dedicación Exclusiva se tiene que desde el pasado 27 de febrero 2020, este Departamento de Recursos Humanos mediante oficio número: MLC-RH-0015-2020 procedió a revisar los casos de los funcionarios que reciben el plus de dedicación exclusiva, haciendo los ajustes respectivos. Sin embargo, se hace la aclaración que para este periodo 2020, no se incluyó contenido presupuestario para el plus de dedicación exclusiva, por lo tanto, este departamento de Recursos Humanos no cuenta con ningún contrato de dedicación exclusiva de ningún funcionario de la Municipalidad de la Cruz para el periodo vigente 2020”(véase el informe y la prueba adjunta). V.- HECHOS NO PROBADOS. No se estima demostrado el siguiente hecho de relevancia para esta resolución: Único. Que al recurrente se le haya brindado la información solicitada mediante el oficio No. JC-00010-2020 de 03 de marzo de 2020. VI.- SOBRE EL DERECHO DE PETICIÓN. El derecho de petición y pronta respuesta contenido en el numeral 27 de la Constitución Política y desarrollado por el artículo 32 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se entiende como aquel que faculta a todo ciudadano para dirigirse por escrito a cualquier funcionario público en espera de una acción clara ante su solicitud, acción que dependiendo de la complejidad del caso deberá darse dentro de los diez días siguientes a la recepción de la petición, como lo ordena el artículo 32 supramencionado. En dado caso, si la solución o respuesta a la solicitud planteada no puede darse dentro de dicho plazo, la Administración representada en el funcionario requerido, está obligada a explicar las razones y motivos por las cuales no puede cumplir con lo pedido, explicación formal que deberá ser profusa y detallada con el objeto que el peticionario sea informado del trámite que ha seguido su gestión. VII.- SOBRE EL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. De acuerdo con el artículo 30 Constitucional se garantiza el libre acceso a los departamentos administrativos con propósitos de información sobre
  • 10. EXPEDIENTE N° 20-005387-0007-CO Teléfonos: 2549-1500 / 800-SALA-4TA (800-7252-482). Fax: 2295-3712 / 2549-1633. Dirección electrónica: www.poder- judicial.go.cr/salaconstitucional. Dirección: (Sabana Sur, Calle Morenos, 100 mts.Sur de la iglesia del Perpetuo Socorro). Recepción de asuntos de grupos vulnerables: Edificio Corte Suprema de Justicia, San José, Distrito Catedral, Barrio González Lahmann, calles 19 y 21, avenidas 8 y 6 asuntos de interés público; sin embargo dicho acceso no es irrestricto y como todo derecho constitucional posee límites, pues quedan a salvo los secretos de Estado. En razón de lo anterior, se consigna que los administrados ostentan la potestad de acceder a toda aquella información de naturaleza pública y, sin embargo si lo requerido versa sobre algún secreto de Estado (seguridad pública, defensa nacional y relaciones exteriores), tal información no es de interés público y el Estado velará por su resguardo. Mediante este derecho, se procura una función administrativa transparente, que permita a los sujetos acceder a la información de naturaleza pública que se encuentre en poder de los respectivos entes u órganos públicos. Sin embargo, cabe hacer una distinción respecto a la documentación administrativa y la información relativa a un procedimiento administrativo, toda vez que en el primero de los casos se brindará lo requerido al ser el petente un sujeto ad extra y, en el segundo postulado, se otorgará sólo a las partes interesadas en el proceso como sujetos ad intra. De esta forma, el administrado podrá solicitar la información de naturaleza pública, de forma que la entidad pública deberá emitirla en el menor plazo posible, sin que medie dilación alguna, con el fin de resguardar el referido derecho constitucional. VIII.- SOBRE EL FONDO. En el sub lite, el recurrente interpone recurso de amparo contra la Municipalidad de La Cruz, Guanacaste por aparente falta de respuesta a una solicitud de información planteada el 03 de marzo de 2020. En la especie, se acredita que por oficio No. JC-00010-2020 de 03 de marzo de 2020, el amparado solicitó vía correo electrónico a la Municipalidad de La Cruz, la siguiente información: “Solicito, al Concejo Municipal brindarme cuáles fueron las recomendaciones expuestas por la Contraloría General de la República para la recuperación de pagos del plus salarial de prohibición a los puestos del coordinador jurídico municipal, director urbano y de proyectos municipal basados en el oficio N. 01992. Esto sin exponer la identidad de los denunciantes en dichas respuestas". Como medio para recibir notificaciones aportó la dirección de correo electrónico jcorrales@outlook.com.Ahora bien, de conformidad con el elenco de hechos probados, se acredita que mediante oficio No. MLC-RH-0025-2020 de 13 de
  • 11. EXPEDIENTE N° 20-005387-0007-CO Teléfonos: 2549-1500 / 800-SALA-4TA (800-7252-482). Fax: 2295-3712 / 2549-1633. Dirección electrónica: www.poder- judicial.go.cr/salaconstitucional. Dirección: (Sabana Sur, Calle Morenos, 100 mts.Sur de la iglesia del Perpetuo Socorro). Recepción de asuntos de grupos vulnerables: Edificio Corte Suprema de Justicia, San José, Distrito Catedral, Barrio González Lahmann, calles 19 y 21, avenidas 8 y 6 Concejo Municipal, todos de la Municipalidad de La Cruz, o a quienes ejerzan esos cargos, que giren las órdenes pertinentes y lleven a cabo todas las actuaciones que estén dentro del ámbito de sus competencias para que, dentro del plazo de CINCO DÍAS contado a partir de la notificación de esta Sentencia, se le conteste al recurrente la información (según lo indicado en esta sentencia) solicitada en la gestión interpuesta el 03 de marzo de 2020, y se le notifique en el medio señalado para el efecto. Se advierte a las autoridades recurridas que, de conformidad con lo establecido por el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional se impondrá prisión de tres meses a dos años o de veinte a sesenta días multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada dentro de un recurso de amparo y no la cumpliere o no la hiciere cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado. Se condena al Municipalidad de La Cruz, Guanacaste, al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo. Notifíquese. Fernando Castillo V. Presidente Paul Rueda L. Nancy Hernández L. Luis Fdo. Salazar A. Jorge Araya G.
  • 12. EXPEDIENTE N° 20-005387-0007-CO Teléfonos: 2549-1500 / 800-SALA-4TA (800-7252-482). Fax: 2295-3712 / 2549-1633. Dirección electrónica: www.poder- judicial.go.cr/salaconstitucional. Dirección: (Sabana Sur, Calle Morenos, 100 mts.Sur de la iglesia del Perpetuo Socorro). Recepción de asuntos de grupos vulnerables: Edificio Corte Suprema de Justicia, San José, Distrito Catedral, Barrio González Lahmann, calles 19 y 21, avenidas 8 y 6 Anamari Garro V. Ana María Picado B. Documento Firmado Digitalmente -- Código verificador -- A QCWHD4R7SVA61