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Viedma, 22 de Mayo de 2014 BOLETIN OFICIAL N° 5252
DECRETO Nº 523.- 13-05-2014.- Limitar los
servicios, a partir del 1 de junio de 2014, al
Suboficial Principal, Agrupamiento Seguridad -
Escalafón General, Darío Mario Fabián Montiel,
DNI. Nº 17.818.560, Clase 1965, Legajo Per-
sonal Nº 5170, a fin de acogerse a los beneficios
del Retiro Voluntario, conforme lo previsto en
el Capítulo III, Art. 3º de la Ley L Nº 2432, y en
concordancia con el Título IV, Capítulo I, Art.
148 de la Ley L Nº 679, del Personal Policial.-
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DECRETO Nº 525.- 13-05-2014.- Reconocer, a
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Decreto, los años laborados por la Sra. Yeny
Lorena Quiroz Robledo, DNI. Nº 18.878.039 -
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2007, hasta el 17 de julio de 2013 en el
Agrupamiento Auxiliar Asistencial de la Ley L
Nº 1844.- Reubicar en el Grado II del
Agrupamiento Tercero, de la Ley L Nº 1904,
de acuerdo al cómputo que se especifica,
conforme lo dispuesto en el Art. 6º de la Ley Nº
4861, en la Jurisdicción 44 - Programa
14.00.00.01, del Consejo Provincial de Salud
Pública, dependiente del Ministerio de Salud.-
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DECRETO Nº 526.- 13-05-2014.- Destacar en
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Crear una vacante en el Agrupamiento Segundo
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vincial de Salud Pública, dependiente del
Ministerio de Salud.- Reubicar, a partir de la
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Lidia Mabel Torres, DNI. Nº 14.572.449 -
Legajo Nº 653630/1, en la vacante creada, en
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Ley Nº 4861, suprimiéndose la vacante generada
en el Agrupamiento Auxiliar Asistencial,
Categoría 15 de la Ley L Nº 1844.- Expte. Nº
68537-S-2011.
DECRETO Nº 532.- 13-05-2014.- Reconocer a la
Sra. Sandra Noemí Andrea Sánchez, DNI. Nº
23.097.802 - Legajo Nº 660.888/4, los años
laborados en el Agrupamiento Auxiliar
Asistencial, Auxiliar de Enfermería, de la Ley L
Nº 1844, desde el 28 de febrero 2005 hasta el 8
de mayo de 2013.- Crear una vacante en el
Agrupamiento Segundo - Grado II - Profesional
Asistencial - Licenciada en Enfermería, de la
Ley L Nº 1904, en la Jurisdicción 44 - Programa
14.00.00.01 del Ministerio de Salud.- Reubicar,
a partir de la fecha de la firma del presente
Decreto, a la Sra. Sandra Noemí Andrea Sánchez,
DNI. Nº 23.097.802 - Legajo Nº 660.888/4 en
la vacante creada, conforme lo dispuesto en la
Ley L Nº 1904, suprimiendo la vacante generada
en el agrupamiento Tercero - Grado I -
Profesional Asistencial - Enfermera, de la
misma Ley.- Expte. Nº 130.287-S-2013.
—oOo—
RESOLUCIONES
–––
ENTE PROVINCIAL REGULADOR
DE LA ELECTRICIDAD
E.P.R.E.
Resolución Nº 49/14
Cipolletti, 11 de Marzo del 2014.
Visto, el expediente del Registro del Ente Pro-
vincial Regulador de la Electricidad de Río Negro
N° 13805/08 caratulado: “Seguridad Pública en
puntos EPRE, Mes Octubre 2008, Distribuidora
EdERSA”, y;
Considerando ....
El Directorio del Ente Provincial
Regulador de la Electricidad
RESUEVE
Artículo 1°: Tener por no presentados descargos
por parte de La Distribuidora EdERSA contra las
imputaciones formuladas por Resolución EPRE AU
N° 381/09.
Art. 2°: Aplíquese a La Distribuidora EdERSA
una sanción de multa equivalente a Pesos Cincuenta
y Tres Mil Ciento Sesenta 58/100 ($ 53.160,58)
por los incumplimientos a las obligaciones
previstas en el Art. 24° de la Ley J N° 2.902, Art.
25 inc. m) del Contrato de Concesión y Art 6° inc.
b) del Régimen de Suministro, ocurridos en las
circunstancias de hecho y de derecho desarrolladas
en la motivación de esta Resolución.
Art. 3°: El importe total de las multas dispuestas
en el artículo 2° deberá ser descontada por La
Distribuidora EdERSA del ajuste del cuadro de
abastecimiento del próximo período, aplicable al
cuadro tarifado correspondiente, descontándolo del
valor monetario de dicho ajuste, discriminando
dicho monto bajo la leyenda “Créditos por
Aplicación de Sanciones dispuestas por el EPRE”
conforme la metodología que se establece en la
Resolución EPRE N° 508/00.
Art. 4º: Reiterar la orden impartida a fs. 17/18
haciéndole saber a EdERSA que deberá acreditar,
dentro del plazo máximo de veinte (20) días hábiles,
en forma documental y/o digital (aportando los
elementos probatorios que garanticen nitidez e
identificación indubitable de las instalaciones
eléctricas) ante este Ente, haber dado solución to-
tal a todas las anomalías identificadas en los Anexos
II y III, bajo apercibimiento de aplicar nuevas
sanciones.
Art. 5°: Ténganse por incorporados los Anexos
I “Anomalías con solución total”, Anexo II
“Anomalía con solución parcial”, Anexo III
“Anomalías sin intervención” y Anexo IV “Cálculo
de Multa”, que forman parte integrante de la pre-
sente resolución.
Art. 6°: Regístrase y previo cumplimiento del
Art. 12 de la Ley K Nº 88, modificado por la Ley
N° 4.739, publíquese en el Boletín Oficial de la
Provincia de Río Negro y en la página web de este
organismo y notifíquese a la Distribuidora EdERSA.
Luego de notificarse la resolución, pasen las
actuaciones al Area Técnica a los fines de verficar
el cumplimiento de lo ordenado en los Art. 3° y 4°.
Firmado: Ing. Mario López, Presidente del
Directorio del EPRE.– Diego Silvera, Prensa y
Difusión - E.P.R.E.
Nota: La versión completa de la presente
Resolución se puede consultar en la página web
del EPRE www.eprern.gov.ar o en la sede central
del EPRE 9 de julio 174 de Cipolletti, Río Negro.
———
Resolución Nº 61/14
Cipolletti, 14 de Marzo del 2014.
Visto, el expediente del Registro del Ente Pro-
vincial Regulador de la Electricidad de Río Negro
N° 15181/09 caratulado: “Seguridad Pública en
puntos EPRE, Mes Junio 2009, Distribuidora
EdERSA”, y
Considerando ....
El Directorio del Ente Provincial
Regulador de la Electricidad
RESUELVE
Artículo 1º: Tener por no presentados
descargos por parte de La Distribuidora EdERSA
contra las imputaciones formuladas por Resolu-
ción EPRE AU N° 118/10.
Art. 2°: Aplíquese a La Distribuidora EdERSA
una sanción de multa equivalente a Pesos
Doscientos Ochenta y Un Mil Ciento Treinta y
Seis con 84/100 ($ 281.136,84) por los
incumplimientos a las obligaciones previstas en el
Art. 24° de la Ley J N° 2.902, Art. 25 inc. m) del
Contrato de Concesión y Art. 6°-inc. b) del
Régimen de Suministro, ocurridos en las
circunstancias de hecho y de derecho desarrolladas
en la motivación de esta Resolución.
Art. 3º: El importe total de las multas dispuestas
en el artículo 2° deberá ser descontada por La
Distribuidora EdERSA del ajuste del cuadro de
abastecimiento del próximo período, aplicable al
cuadro tarifario correspondiente, descontándolo del
valor monetario de dicho ajuste, discriminando
dicho monto bajo la leyenda “Créditos por
aplicación de sanciones dispuestas por el EPRE”
conforme la metodología que se establece en la
Resolución EPRE N° 508/00.
Art. 4°: Reiterar la orden impartida a fs. 27/28
haciéndole saber a EdERSA que deberá acreditar,
dentro del plazo máximo de veinte (20) días hábiles;
en forma documental y/o digital (aportando los
elementos probatorios que garanticen nitidez e
identificación indubitable de las instalaciones
eléctricas) ante éste Ente haber dado solución to-
tal a todas las anomalías identificadas en los Anexos
II y III, bajo apercibimiento de aplicar nuevas
sanciones.-
Art. 5º: Ténganse por incorporados los Anexos
I “Anomalías con solución total”, Anexo II
Anomalía con solución parcial”, Anexo III
“Anomalías sin intervención”, Anexo IV “Cálculo
de Multa Hipótesis A” y Anexo V “Cálculo de Multa
Hipótesis B”, que forman parte integrante de la
presente resolución.

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  • 1. 31 Viedma, 22 de Mayo de 2014 BOLETIN OFICIAL N° 5252 DECRETO Nº 523.- 13-05-2014.- Limitar los servicios, a partir del 1 de junio de 2014, al Suboficial Principal, Agrupamiento Seguridad - Escalafón General, Darío Mario Fabián Montiel, DNI. Nº 17.818.560, Clase 1965, Legajo Per- sonal Nº 5170, a fin de acogerse a los beneficios del Retiro Voluntario, conforme lo previsto en el Capítulo III, Art. 3º de la Ley L Nº 2432, y en concordancia con el Título IV, Capítulo I, Art. 148 de la Ley L Nº 679, del Personal Policial.- Expte. Nº 050547-S-2013. DECRETO Nº 524.- 13-05-2014.- Limitar los servicios, a partir del 1 de enero de 2014, al Sargento Ayudante, Agrupamiento Seguridad - Escalafón General, Jaime Leonel Lehueque, DNI. Nº 16.959.330, Clase 1965, Legajo Per- sonal Nº 5.095, a fin de acogerse a los beneficios del Retiro Voluntario, conforme lo previsto en el Capítulo III, Art. 3º de la Ley L Nº 2432, y en concordancia con el Título IV, Capítulo I, Art. 148 de la Ley L Nº 679, del Personal Policial.- Expte. Nº 050.873-R-2013. DECRETO Nº 525.- 13-05-2014.- Reconocer, a partir de la fecha de la firma del presente Decreto, los años laborados por la Sra. Yeny Lorena Quiroz Robledo, DNI. Nº 18.878.039 - Legajo Nº 661.692/5, desde el 23 de abril de 2007, hasta el 17 de julio de 2013 en el Agrupamiento Auxiliar Asistencial de la Ley L Nº 1844.- Reubicar en el Grado II del Agrupamiento Tercero, de la Ley L Nº 1904, de acuerdo al cómputo que se especifica, conforme lo dispuesto en el Art. 6º de la Ley Nº 4861, en la Jurisdicción 44 - Programa 14.00.00.01, del Consejo Provincial de Salud Pública, dependiente del Ministerio de Salud.- Expte. Nº 83.131-S-2012. DECRETO Nº 526.- 13-05-2014.- Destacar en Comisión Oficial de Servicios a la ciudad de Sao Paulo (Brasil), a partir del día 14 al 19 de mayo de 2014, a la Sra. Directora de Acciones Promocionales, Carolina Ciliberto, Cuil Nº 27- 28119557-9, por el término de cinco (5) días de viáticos, donde participará del evento Ad- venture Sports Fair 2014.- Expte. Nº 47.105- T-2014. DECRETO Nº 527.- 13-05-2014.- Aceptar, a partir del 12 de mayo de 2014, la renuncia del Sr. Fernando Martín Devoto, DNI. Nº 12.780.499, al cargo de Director de Administración, del Ministerio de Educación y Derechos Humanos. DECRETO Nº 528.- 13-05-2014.- Designar, a partir de la firma del presente Decreto, al Sr. Juan Carlos Carreño, DNI. Nº 8.409.344, en el cargo de Director de Administración, del Ministerio de Educación y Derechos Humanos. DECRETO Nº 529.- 13-05-2014.- Adherir a los festejos organizados con motivo de la conmemoración del 135 Aniversario de la fundación de la localidad de Chichinales. DECRETO Nº 530.- 13-05-2014.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios suscripto entre la Secretaría General, representada por el Sr. Secretario General, Dn. Matías Rulli, DNI. Nº 26.010.103, y el Sr. Mariano Sebastián Zacharonok. DNI. Nº 26.368.103, a partir del 1 de febrero de 2014 y hasta el 31 de diciembre de 2014.- Expte. Nº 040189-DRH-2014. DECRETO Nº 531.- 13-05-2014.- Reconocer, a partir de la fecha de la firma del presente Decreto, los años laborados por la agente Lidia Mabel Torres, DNI. Nº 14.572.449 - Legajo Nº 653630/1, desde el 1/07/1983 y hasta el 25/06/ 2013, como Auxiliar de Enfermería, en el Agrupamiento Auxiliar Asistencial de la Ley L Nº 1844, a los fines de ingreso al régimen escalafonario horizontal de la Ley L Nº 1904.- Crear una vacante en el Agrupamiento Segundo - Grado V, de la Ley L Nº 1904, en la Jurisdicción 44 - Programa 14.00.00.01, del Consejo Pro- vincial de Salud Pública, dependiente del Ministerio de Salud.- Reubicar, a partir de la fecha de la firma del presente Decreto, a la Sra. Lidia Mabel Torres, DNI. Nº 14.572.449 - Legajo Nº 653630/1, en la vacante creada, en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 1º de la Ley Nº 4861, suprimiéndose la vacante generada en el Agrupamiento Auxiliar Asistencial, Categoría 15 de la Ley L Nº 1844.- Expte. Nº 68537-S-2011. DECRETO Nº 532.- 13-05-2014.- Reconocer a la Sra. Sandra Noemí Andrea Sánchez, DNI. Nº 23.097.802 - Legajo Nº 660.888/4, los años laborados en el Agrupamiento Auxiliar Asistencial, Auxiliar de Enfermería, de la Ley L Nº 1844, desde el 28 de febrero 2005 hasta el 8 de mayo de 2013.- Crear una vacante en el Agrupamiento Segundo - Grado II - Profesional Asistencial - Licenciada en Enfermería, de la Ley L Nº 1904, en la Jurisdicción 44 - Programa 14.00.00.01 del Ministerio de Salud.- Reubicar, a partir de la fecha de la firma del presente Decreto, a la Sra. Sandra Noemí Andrea Sánchez, DNI. Nº 23.097.802 - Legajo Nº 660.888/4 en la vacante creada, conforme lo dispuesto en la Ley L Nº 1904, suprimiendo la vacante generada en el agrupamiento Tercero - Grado I - Profesional Asistencial - Enfermera, de la misma Ley.- Expte. Nº 130.287-S-2013. —oOo— RESOLUCIONES ––– ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD E.P.R.E. Resolución Nº 49/14 Cipolletti, 11 de Marzo del 2014. Visto, el expediente del Registro del Ente Pro- vincial Regulador de la Electricidad de Río Negro N° 13805/08 caratulado: “Seguridad Pública en puntos EPRE, Mes Octubre 2008, Distribuidora EdERSA”, y; Considerando .... El Directorio del Ente Provincial Regulador de la Electricidad RESUEVE Artículo 1°: Tener por no presentados descargos por parte de La Distribuidora EdERSA contra las imputaciones formuladas por Resolución EPRE AU N° 381/09. Art. 2°: Aplíquese a La Distribuidora EdERSA una sanción de multa equivalente a Pesos Cincuenta y Tres Mil Ciento Sesenta 58/100 ($ 53.160,58) por los incumplimientos a las obligaciones previstas en el Art. 24° de la Ley J N° 2.902, Art. 25 inc. m) del Contrato de Concesión y Art 6° inc. b) del Régimen de Suministro, ocurridos en las circunstancias de hecho y de derecho desarrolladas en la motivación de esta Resolución. Art. 3°: El importe total de las multas dispuestas en el artículo 2° deberá ser descontada por La Distribuidora EdERSA del ajuste del cuadro de abastecimiento del próximo período, aplicable al cuadro tarifado correspondiente, descontándolo del valor monetario de dicho ajuste, discriminando dicho monto bajo la leyenda “Créditos por Aplicación de Sanciones dispuestas por el EPRE” conforme la metodología que se establece en la Resolución EPRE N° 508/00. Art. 4º: Reiterar la orden impartida a fs. 17/18 haciéndole saber a EdERSA que deberá acreditar, dentro del plazo máximo de veinte (20) días hábiles, en forma documental y/o digital (aportando los elementos probatorios que garanticen nitidez e identificación indubitable de las instalaciones eléctricas) ante este Ente, haber dado solución to- tal a todas las anomalías identificadas en los Anexos II y III, bajo apercibimiento de aplicar nuevas sanciones. Art. 5°: Ténganse por incorporados los Anexos I “Anomalías con solución total”, Anexo II “Anomalía con solución parcial”, Anexo III “Anomalías sin intervención” y Anexo IV “Cálculo de Multa”, que forman parte integrante de la pre- sente resolución. Art. 6°: Regístrase y previo cumplimiento del Art. 12 de la Ley K Nº 88, modificado por la Ley N° 4.739, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro y en la página web de este organismo y notifíquese a la Distribuidora EdERSA. Luego de notificarse la resolución, pasen las actuaciones al Area Técnica a los fines de verficar el cumplimiento de lo ordenado en los Art. 3° y 4°. Firmado: Ing. Mario López, Presidente del Directorio del EPRE.– Diego Silvera, Prensa y Difusión - E.P.R.E. Nota: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en la página web del EPRE www.eprern.gov.ar o en la sede central del EPRE 9 de julio 174 de Cipolletti, Río Negro. ——— Resolución Nº 61/14 Cipolletti, 14 de Marzo del 2014. Visto, el expediente del Registro del Ente Pro- vincial Regulador de la Electricidad de Río Negro N° 15181/09 caratulado: “Seguridad Pública en puntos EPRE, Mes Junio 2009, Distribuidora EdERSA”, y Considerando .... El Directorio del Ente Provincial Regulador de la Electricidad RESUELVE Artículo 1º: Tener por no presentados descargos por parte de La Distribuidora EdERSA contra las imputaciones formuladas por Resolu- ción EPRE AU N° 118/10. Art. 2°: Aplíquese a La Distribuidora EdERSA una sanción de multa equivalente a Pesos Doscientos Ochenta y Un Mil Ciento Treinta y Seis con 84/100 ($ 281.136,84) por los incumplimientos a las obligaciones previstas en el Art. 24° de la Ley J N° 2.902, Art. 25 inc. m) del Contrato de Concesión y Art. 6°-inc. b) del Régimen de Suministro, ocurridos en las circunstancias de hecho y de derecho desarrolladas en la motivación de esta Resolución. Art. 3º: El importe total de las multas dispuestas en el artículo 2° deberá ser descontada por La Distribuidora EdERSA del ajuste del cuadro de abastecimiento del próximo período, aplicable al cuadro tarifario correspondiente, descontándolo del valor monetario de dicho ajuste, discriminando dicho monto bajo la leyenda “Créditos por aplicación de sanciones dispuestas por el EPRE” conforme la metodología que se establece en la Resolución EPRE N° 508/00. Art. 4°: Reiterar la orden impartida a fs. 27/28 haciéndole saber a EdERSA que deberá acreditar, dentro del plazo máximo de veinte (20) días hábiles; en forma documental y/o digital (aportando los elementos probatorios que garanticen nitidez e identificación indubitable de las instalaciones eléctricas) ante éste Ente haber dado solución to- tal a todas las anomalías identificadas en los Anexos II y III, bajo apercibimiento de aplicar nuevas sanciones.- Art. 5º: Ténganse por incorporados los Anexos I “Anomalías con solución total”, Anexo II Anomalía con solución parcial”, Anexo III “Anomalías sin intervención”, Anexo IV “Cálculo de Multa Hipótesis A” y Anexo V “Cálculo de Multa Hipótesis B”, que forman parte integrante de la presente resolución.