Manual de procedimientos para el manejo sanitario de la interrupción voluntar...Graciela Slekis Riffel
El Ministerio de Salud Pública informó sobre el proceso para la interrupción del embarazo, en el marco de la reglamentación de la ley sobre aborto presentada ayer martes. Las instituciones tienen 15 días para presentar posibles objeciones a la realización de abortos.
Dejamos los enlaces a dos documentos: la Reglamentación de la ley sobre aborto y la Presentación de Leticia Rieppi [responsable del Área de Salud Sexual y Reproductiva del MSP], en donde se detalla sobre el Manual de Procedimientos para el manejo sanitario y una Guía Técnica para la interrupción voluntaria del embarazo.
ETAPAS Y CONSULTAS. El procedimiento incluye 4 etapas. Primero, en una primera consulta la mujer solicita hacerse un aborto y allí se le informa acerca de las alternativas de menor riesgo, mientras que el médico deberá identificar la edad gestacional. De esta primer consulta la mujer debe saber ya el día y hora de la consulta con el grupo interdisciplinario.
La segunda etapa consiste en el encuentro con el grupo interdisciplinario, en que la mujer se juntará y hablará con un equipo formado por un médico, un psicólogo y un asistente social, para informar sobre las mejores alternativas, además de explicar y hacer hincapié que luego del aborto debe controlarse.
Después se darán los días necesarios para la “reflexión”. En caso de decidirlo, el período establecido para realizar abortos es a las 12 semanas.
Tras la “reflexión, la tercera consulta será con el ginecólogo, quien recibirá la decisión de la mujer y tanto en el caso de haber resuelto abortar como no, el médico deberá apoyarla. Si decide hacerlo, la mujer deberá firmar su consentimiento.
El MSP recomienda que el aborto se haga por vía farmacológica, a partir de misoprostol y mifepristona. El proceso debe hacerse en forma ambulatoria porque el proceso puede ser largo y “excluir a la mujer del ámbito de la familia durante tanto tiempo puede ser agravante de la situación posterior”, señala el documento del ministerio. Sólo en caso de necesidad se resuelva la internación.
Por último la mujer deberá asistir a una cuarta y última consulta de asesoramiento, ya que que se prevén consultas posteriores para informar a la mujer de métodos anticonceptivos.
El subsecretario de Salud Pública, Dr. Leonel Briozzo, afirmó que la reglamentación de la ley sobre aborto apunta a:
“Asegurar que las mujeres que están viviendo por este tránsito vital en su peripecia de vida, sean atendidas de manera confidencial, de forma impecable desde el punto de vista técnico y humano. Asegurar y promover un consentimiento informado muy preciso y muy específico que tiene como objetivo que sea la mujer la que asuma conscientemente la decisión libre, informada y responsable, si es eso lo que ella requiere. En tercer lugar, el respeto a la autonomía de la paciente; en cuarto lugar, la seguridad para la usuaria, para las pacientes que requieren este apoyo desde el punto de vista
Iniciativa que presenta la Senadora Diva Gastelum para erradicar la violencia...waddan0510
La situación de servicios inadecuados en el Sistema Nacional de Salud es cotidiana y persisten los malos tratos y las violaciones a los derechos humanos de las mujeres, por lo que es necesario sensibilizarse ante el problema, con la finalidad de generar conciencia sobre la necesidad de realizar denuncias.
“A pesar de que son muchas las mujeres que han vivido la violencia obstétrica, son pocas las que conocen este
término y menos quienes la denuncian, porque es una práctica tan común que se ha “normalizado” en las instancias del Sector Salud.”
Tal situación ha tenido impactos en la sociedad, vale la pena destacar, las manifestaciones de decenas de mujeres
en el mes de abril del presente año, para solicitar a las autoridades médicas del Instituto Mexicano del Seguro
Social en el Estado de Jalisco, “detener la violencia obstétrica a las que someten a las derechohabientes
embarazadas antes, durante y después de su alumbramiento.
http://sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/2013/08/asun_2995051_20130814_1376495463.pdf
Trabajo para la asignatura Enfermería Ginecológica de la Diplomatura en Enfermería, donde se comenta y compara la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.
Ponencia “El estatuto jurídico del aborto. Enmiendas al Código Penal”, dada por el Dr. Juan Carlos Riofrío Martínez-Villalba en el Primer Congreso Nacional de Bioética, llevado a cabo en las instalaciones de la Universidad Técnica Particular de Loja, Campus Quito, el 28 de septiembre de 2013.
Contiene: Normas nacionales e internacionales, con alguna jurisprudencia, que define cuál es el estatuto jurídico del aborto en Ecuador.
NOTA: Esta versión de la presentación funciona solo después de haber aplicado el applet pptPlex.
Manual de procedimientos para el manejo sanitario de la interrupción voluntar...Graciela Slekis Riffel
El Ministerio de Salud Pública informó sobre el proceso para la interrupción del embarazo, en el marco de la reglamentación de la ley sobre aborto presentada ayer martes. Las instituciones tienen 15 días para presentar posibles objeciones a la realización de abortos.
Dejamos los enlaces a dos documentos: la Reglamentación de la ley sobre aborto y la Presentación de Leticia Rieppi [responsable del Área de Salud Sexual y Reproductiva del MSP], en donde se detalla sobre el Manual de Procedimientos para el manejo sanitario y una Guía Técnica para la interrupción voluntaria del embarazo.
ETAPAS Y CONSULTAS. El procedimiento incluye 4 etapas. Primero, en una primera consulta la mujer solicita hacerse un aborto y allí se le informa acerca de las alternativas de menor riesgo, mientras que el médico deberá identificar la edad gestacional. De esta primer consulta la mujer debe saber ya el día y hora de la consulta con el grupo interdisciplinario.
La segunda etapa consiste en el encuentro con el grupo interdisciplinario, en que la mujer se juntará y hablará con un equipo formado por un médico, un psicólogo y un asistente social, para informar sobre las mejores alternativas, además de explicar y hacer hincapié que luego del aborto debe controlarse.
Después se darán los días necesarios para la “reflexión”. En caso de decidirlo, el período establecido para realizar abortos es a las 12 semanas.
Tras la “reflexión, la tercera consulta será con el ginecólogo, quien recibirá la decisión de la mujer y tanto en el caso de haber resuelto abortar como no, el médico deberá apoyarla. Si decide hacerlo, la mujer deberá firmar su consentimiento.
El MSP recomienda que el aborto se haga por vía farmacológica, a partir de misoprostol y mifepristona. El proceso debe hacerse en forma ambulatoria porque el proceso puede ser largo y “excluir a la mujer del ámbito de la familia durante tanto tiempo puede ser agravante de la situación posterior”, señala el documento del ministerio. Sólo en caso de necesidad se resuelva la internación.
Por último la mujer deberá asistir a una cuarta y última consulta de asesoramiento, ya que que se prevén consultas posteriores para informar a la mujer de métodos anticonceptivos.
El subsecretario de Salud Pública, Dr. Leonel Briozzo, afirmó que la reglamentación de la ley sobre aborto apunta a:
“Asegurar que las mujeres que están viviendo por este tránsito vital en su peripecia de vida, sean atendidas de manera confidencial, de forma impecable desde el punto de vista técnico y humano. Asegurar y promover un consentimiento informado muy preciso y muy específico que tiene como objetivo que sea la mujer la que asuma conscientemente la decisión libre, informada y responsable, si es eso lo que ella requiere. En tercer lugar, el respeto a la autonomía de la paciente; en cuarto lugar, la seguridad para la usuaria, para las pacientes que requieren este apoyo desde el punto de vista
Iniciativa que presenta la Senadora Diva Gastelum para erradicar la violencia...waddan0510
La situación de servicios inadecuados en el Sistema Nacional de Salud es cotidiana y persisten los malos tratos y las violaciones a los derechos humanos de las mujeres, por lo que es necesario sensibilizarse ante el problema, con la finalidad de generar conciencia sobre la necesidad de realizar denuncias.
“A pesar de que son muchas las mujeres que han vivido la violencia obstétrica, son pocas las que conocen este
término y menos quienes la denuncian, porque es una práctica tan común que se ha “normalizado” en las instancias del Sector Salud.”
Tal situación ha tenido impactos en la sociedad, vale la pena destacar, las manifestaciones de decenas de mujeres
en el mes de abril del presente año, para solicitar a las autoridades médicas del Instituto Mexicano del Seguro
Social en el Estado de Jalisco, “detener la violencia obstétrica a las que someten a las derechohabientes
embarazadas antes, durante y después de su alumbramiento.
http://sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/2013/08/asun_2995051_20130814_1376495463.pdf
Trabajo para la asignatura Enfermería Ginecológica de la Diplomatura en Enfermería, donde se comenta y compara la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.
Ponencia “El estatuto jurídico del aborto. Enmiendas al Código Penal”, dada por el Dr. Juan Carlos Riofrío Martínez-Villalba en el Primer Congreso Nacional de Bioética, llevado a cabo en las instalaciones de la Universidad Técnica Particular de Loja, Campus Quito, el 28 de septiembre de 2013.
Contiene: Normas nacionales e internacionales, con alguna jurisprudencia, que define cuál es el estatuto jurídico del aborto en Ecuador.
NOTA: Esta versión de la presentación funciona solo después de haber aplicado el applet pptPlex.
El aborto en chile un debate pendiente isabel briceñocigualdad
Las dos ponencias presentadas en el Diálogo sobre Aborto Terapéutico, realizado el 7 de marzo en Escuela España, Puerto Montt. El aborto en Chile Un debate Pendiente estuvo a cargo de la Matrona Isabel Briceño y Los derechos sexuales y reproductivos y el aborto de la Dra. en Derecho, Yanira Zúñiga.
Parto humanizado derechos y ciencia a favor de la mujer los vínculos y la pazFUNDACION CAMINO CLARO
Encuentro desarrollado en el marco del día internacional de la eliminación de violencia contra las mujeres, el buen trato y la revolución de las rosas a cargo de la Psicóloga Liliana Castro Morato, miembro de nuestra Fundación.
Presentació de Álvaro Baena i Cristina Real, infermers d'urgències de Badalona Serveis Assistencials, a la Jornada de celebració del Dia Internacional de les Infermeres, celebrada a Badalona el 14 de maig de 2024.
descripción detallada sobre ureteroscopio la historia mas relevannte , el avance tecnológico , el tipo de técnicas , el manejo , tipo de complicaciones Procedimiento durante el cual se usa un ureteroscopio para observar el interior del uréter (tubo que conecta la vejiga con el riñón) y la pelvis renal (parte del riñón donde se acumula la orina y se dirige hacia el uréter). El ureteroscopio es un instrumento delgado en forma de tubo con una luz y una lente para observar. En ocasiones también tiene una herramienta para extraer tejido que se observa al microscopio para determinar si hay signos de enfermedad. Durante el procedimiento, se hace pasar el ureteroscopio a través de la uretra hacia la vejiga, y luego por el uréter hasta la pelvis renal. La uroteroscopia se usa para encontrar cáncer o bultos anormales en el uréter o la pelvis renal, y para tratar cálculos en los riñones o en el uréter.Una ureteroscopia es un procedimiento en el que se usa un ureteroscopio (instrumento delgado en forma de tubo con una luz y una lente para observar) para ver el interior del uréter y la pelvis renal, y verificar si hay áreas anormales. El ureteroscopio se inserta a través de la uretra hacia la vejiga, el uréter y la pelvis renal.Una vez que esté bajo los efectos de la anestesia, el médico introduce un instrumento similar a un telescopio, llamado ureteroscopio, a través de la abertura de las vías urinarias y hacia la vejiga; esto significa que no se realizan cortes quirúrgicos ni incisiones. El médico usa el endoscopio para analizar las vías urinarias, incluidos los riñones, los uréteres y la vejiga, y luego localiza el cálculo renal y lo rompe usando energía láser o retira el cálculo con un dispositivo similar a una cesta.Náuseas y vómitos ocasionales.
Dolor en los riñones, el abdomen, la espalda y a los lados del cuerpo en las primeras 24 a 48 horas. Pain may increase when you urinate. Tome los medicamentos según lo prescriba el médico.
Sangre en la orina. El color puede variar de rosa claro a rojizo y, a veces incluso puede tener un tono marrón, pero usted debería ser capaz de ver a través de ella
. (Los medicamentos que alivian la sensación de ardor durante la orina a veces pueden hacer que su color cambie a naranja o azul). Si el sangrado aumenta considerablemente, llame a su médico de inmediato o acuda al servicio de urgencias para que lo examinen.
Una sensación de saciedad y una constante necesidad de orinar (tenesmo vesical y polaquiuria).
Una sensación de quemazón al orinar o moverse.
Espasmos musculares en la vejiga.Desde la aplicación del primer cistoscopio
en 1876 por Max Nitze hasta la actualidad, los
avances en la tecnología óptica, las mejoras técnicas
y los nuevos diseños de endoscopios han permitido
la visualización completa del árbol urinario. Aunque
se atribuye a Young en 1912 la primera exploración
endoscópica del uréter (2), esta no fue realizada ru-
tinariamente hasta 1977-79 por Goodman (3) y por
Lyon (4). Las técnicas iniciales de Lyon
1. I.V.E. EN CIFRAS LIC. SILVIA C. SCHEIDER 2010 Fuentes: Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito Agradecimiento: Dr. Mario Sebastiani