El Ministerio de Salud Pública informó sobre el proceso para la interrupción del embarazo, en el marco de la reglamentación de la ley sobre aborto presentada ayer martes. Las instituciones tienen 15 días para presentar posibles objeciones a la realización de abortos. Dejamos los enlaces a dos documentos: la Reglamentación de la ley sobre aborto y la Presentación de Leticia Rieppi [responsable del Área de Salud Sexual y Reproductiva del MSP], en donde se detalla sobre el Manual de Procedimientos para el manejo sanitario y una Guía Técnica para la interrupción voluntaria del embarazo. ETAPAS Y CONSULTAS. El procedimiento incluye 4 etapas. Primero, en una primera consulta la mujer solicita hacerse un aborto y allí se le informa acerca de las alternativas de menor riesgo, mientras que el médico deberá identificar la edad gestacional. De esta primer consulta la mujer debe saber ya el día y hora de la consulta con el grupo interdisciplinario. La segunda etapa consiste en el encuentro con el grupo interdisciplinario, en que la mujer se juntará y hablará con un equipo formado por un médico, un psicólogo y un asistente social, para informar sobre las mejores alternativas, además de explicar y hacer hincapié que luego del aborto debe controlarse. Después se darán los días necesarios para la “reflexión”. En caso de decidirlo, el período establecido para realizar abortos es a las 12 semanas. Tras la “reflexión, la tercera consulta será con el ginecólogo, quien recibirá la decisión de la mujer y tanto en el caso de haber resuelto abortar como no, el médico deberá apoyarla. Si decide hacerlo, la mujer deberá firmar su consentimiento. El MSP recomienda que el aborto se haga por vía farmacológica, a partir de misoprostol y mifepristona. El proceso debe hacerse en forma ambulatoria porque el proceso puede ser largo y “excluir a la mujer del ámbito de la familia durante tanto tiempo puede ser agravante de la situación posterior”, señala el documento del ministerio. Sólo en caso de necesidad se resuelva la internación. Por último la mujer deberá asistir a una cuarta y última consulta de asesoramiento, ya que que se prevén consultas posteriores para informar a la mujer de métodos anticonceptivos. El subsecretario de Salud Pública, Dr. Leonel Briozzo, afirmó que la reglamentación de la ley sobre aborto apunta a: “Asegurar que las mujeres que están viviendo por este tránsito vital en su peripecia de vida, sean atendidas de manera confidencial, de forma impecable desde el punto de vista técnico y humano. Asegurar y promover un consentimiento informado muy preciso y muy específico que tiene como objetivo que sea la mujer la que asuma conscientemente la decisión libre, informada y responsable, si es eso lo que ella requiere. En tercer lugar, el respeto a la autonomía de la paciente; en cuarto lugar, la seguridad para la usuaria, para las pacientes que requieren este apoyo desde el punto de vista