La transformación de la doctrina tradicional del servicio
1. La concepción clásica de los
servicios públicos atendía a
tres criterios: EL MATERIAL, EL
ORGANICO Y EL FORMAL.
Todos ellos confluyen a estimar
que la prestación de los servicios
públicos constituye una función
pública, pues, en cualquiera de
los casos, se trata de una
actividad exclusivamente estatal
que busca satisfacer necesidades
de interés público.
LA TRANSFORMACIÓN DE LA DOCTRINA
TRADICIONAL DEL SERVICIO
PÚBLICO
3. Se encuentra enmarcado en el desempeño de
una actividad económica que se desarrolla en
condiciones de igualdad y con garantía de
libre acceso.
EL "NUEVO SERVICIO
PÚBLICO"
4. LA PRESTACION DE SERVICIOS PÚBLICOS
DEBE SER CONSIDERADA UNA FUNCION
PÚBLICA?
ALBERTO MONTAÑA PLATA
la prestación de los servicios
públicos implica el ejercicio de una
función pública por su vinculación
constitucional con la función social
del Estado, y no puede ser
concebida como una actividad
exclusivamente empresarial
El Estado garantiza la prestación
eficiente de los servicios públicos.
5. La prestación de los servicios públicos es
función pública únicamente Cuando es
desarrollada por una entidad estatal.
HUGO PALACIOS MEJÍA
la función pública como la
actividad desempeñada por las
autoridades, encaminada a
lograr los fines del Estado.
Sostiene que quienes prestan
funciones administrativas se
diferencian de los particulares
en tanto deben buscar el bien
común.
6. la prestación de los servicios públicos no
constituye una función pública y solamente
algunas de las actividades que se llevan a cabo
durante su desarrollo pueden llegar a ser
calificadas de tales.
Función estatal es la que le está encomendada al Estado
que en materia de los servicios públicos es su
intervención, planeación, regulación, vigilancia y control.
LA FUNCIÓN PÚBLICA corresponde al ejercicio de una
potestad o poder especial que el ordenamiento jurídico
reconoce que puede ser ejercida por el Estado o por los
particulares pero que siempre desarrolla una atribución
que reconoce la ley.