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UniversidadPauloFreire
FacultaddeDerecho
TRABAJO DE DERECHO ADMINISTRATIVO II
ELABORACIÓN DE FORMA DE LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA LOS
SERVICIOS PUBLICOS
Carrera : Derechocomo segunda carrera.
Catedrática : SunildaMeléndez
Realizado : Maria Cecilia García
LuisEnriqueRodríguez.
Turno Sabatino
SABADO 18 DE MARZO DEL 2017
INTRODUCCION
Servicio público quiere decir necesariamente actividad continuada; pero bien
entendido que esta cualidad debe ser considerada razonablemente, esto es,
funcionamiento continuo según la naturaleza misma del servicio y las prescripciones
del régimen que lo regula.
Las necesidades individuales se presentan periódicamente; pero lo que en la esfera
individual es simplemente periódico, en un orden colectivo se convierte en
permanente y continuo, pues consideradas globalmente esas necesidades
periódicas del individuo, o sea, referidas a la colectividad, pierden su intermitencia
y se muestran como un continuo fluir.
La Razón del servicio público es la necesidad de garantizar su uso y de garantizarlo
en condiciones de igualdad a todos los individuos (igualdad de los usuarios), salvo,
como es natural, la existencia de categorías naturalmente favorecidas.
La comodidad del público suele ser otra razón de los servicios públicos. La
satisfacción de ciertas necesidades colectivas está en algunas ocasiones a cargo
de grandes empresas que, por lo general, no toleran competencia (ferrocarriles,
autobuses, agua, luz). Estas empresas constituyen, por consiguiente, verdaderos
monopolios de hecho, con todos los peligros que estos monopolios engendran para
los usuarios.
Cuando el Estado o los municipios sustituyen por la propia la libre iniciativa de los
particulares, organizando un servicio público, es frecuentemente con el fin de
procurar a todos los habitantes del país, aun en los puntos más apartados de su
territorio, la satisfacción de necesidades generales, a las cuales la iniciativa no
podría asegurar sino una satisfacción intermitente e incompleta.
En efecto, si la satisfacción de ciertas necesidades públicas quedase abandonada
a la libre concurrencia, la realidad nos ofrecería el doloroso contraste de una
congestión de servicios en ciertas regiones y anemia en otras.
Todo dependería del interés y del cálculo financiero de las empresas. Las comarcas
ricas y densas, por ejemplo, gozarían de abundancia de medios de transporte.
Carecerían de ellos, en cambio, las regiones pobres y poco habitadas. El servicio
público remedia en lo posible este mal.
Personificado en el Estado el supremo interés colectivo, su actuación se manifiesta
desinteresada como su fin. Sin duda que las empresas del Estado no deben ser
ruinosas, ni puede reconocerse a las personas título para reclamar para todas las
regiones del país iguales ventajas sociales.
OBJETIVOS
1 conocer las formas de funcionamiento de los servicios públicos.
2 diferenciar el rol que ejercen la prestación de los servicios públicos a los de los
servicios privados
I LA ACTIVIDAD DE PRESTACIÓN O DE SERVICIO PÚBLICO
Servicios públicos son el conjunto de actividades y prestaciones permitidas,
reservadas o exigidas a las administraciones públicas por la legislación en cada
Estado, y que tienen como finalidad responder a diferentes imperativos del
funcionamiento social, y, en última instancia, favorecer la realización efectiva de la
igualdad y del bienestar social. Suelen tener carácter gratuito, ya que los costos
corren a cargo del Estado (gasto público).
Genéricamente, un servicio es la actividad desarrollada por una institución pública
o privada con el fin de satisfacer una necesidad social determinada.
Centralizados: sin personalidad jurídica ni patrimonios propios (adscritos al
patrimonio del Fisco), bajo la dependencia directa del ministerio respectivo (es decir,
actúan mediante órdenes directas).
Descentralizados: con personalidad jurídica y patrimonio propio, bajo la súper
vigilancia del ministerio respectivo (es decir, actúan con relativa autonomía, sólo
habiendo facultades revisoras, pero no de mando directo, del superior).
La actividad de prestación es aquella por la que la Administración satisface
directamente una necesidad pública mediante la prestación de un servicio a los
administrados (transporte, abastecimientos, enseñanza, sanidad, etc.).
La actividad de prestación se denomina también de servicio público, un término
polémico y polisémico al mismo tiempo.
Polémico por la tensión político-ideológica que suscita entre quienes ven en los
servicios públicos los males de la estatalización, la burocracia, el aumento del
intervencionismo y del déficit público en contraste con la iniciativa y empresa
privada, en no va más de la eficiencia económica y servicial.
Es también polisémico en cuanto por servicio público no se entiende exclusivamente
una forma de la actividad administrativa, sino el conjunto de ella con independencia
de que sea de prestación, de limitación o de fomento.
En este sentido, la calificación que algunas leyes hacen de una actividad como de
servicio público no habilita sólo para actividades de prestación, sino que constituye
un título general de intervención que justifica la limitación de derechos, la sanción
e, incluso, el fomento de la acción de los particulares.
El término servicio público sirve también para designar una administración, un
órgano administrativo.
Determinadas prestaciones de interés general, tradicionalmente a cargo del estado,
derivan del ejercicio de funciones conectadas directamente a la soberanía, como la
Justicia.
El poder ejecutivo satisface también otras necesidades que los ciudadanos
perciben de forma general y no personalizada, como la defensa nacional, la
seguridad pública, las relaciones internacionales.
Se habla entonces de servicios públicos uti universo, en contraposición a los
servicios públicos uti singular que son aquellos que se disfrutan individualizada
mente, de forma que los usuarios puedan asumir todo o parte de su coste.
Así ocurre con los servicios públicos de enseñanza, sanidad, transporte, etc,
actividades todas ellas susceptibles también de explotación económica por la
iniciativa privada.
En la vida cotidiana de cualquier sociedad medianamente desarrollada podemos
hallar innumerables servicios públicos, desde los más antiguos como el correo,
hasta los más modernos.
Los más reconocidos son, entre otros, los siguientes:
Servicio de abastecimiento de agua
Servicio de biblioteca pública
Servicio de educación
Servicio de electricidad
Servicio de emergencia
Servicio de gas
Servicio judicial
Servicio militar Fuerzas Armadas
Servicio postal
Servicio de protección medio ambiental
Servicio de radiodifusión pública
Servicio de sanidad
Servicio de seguridad Social
Servicio de telecomunicaciones
Servicio de transporte público
Servicio de tratamiento de aguas residuales
Servicio de vivienda pública
Servicio de Ambulancias
COMENTARIOS A LAS ACTIVIDADES O PRESTACION DE SERVICIOS
PUBLICOS
En los años ochenta con el triunfo de la Revolución popular sandinista, se realizó
un cambio del sistema económico, social, político, cultural y militar, que transformó
radicalmente la estructura organizativa del Gobierno y se empieza tener la
Prestación o Servicio Público de acuerdo como lo establece el sistema económico
socialista, que tiene como filosofía, darle a cada quien según sus necesidades.
Y se brindaban los siguientes servicios públicos, con sus aranceles de pagos;
Servicio de transporte; aéreo, terrestre, marítimo.
Servicio de telecomunicaciones
Servicio postal
Servicio telefónico
Servicio de agua potable, alcantarillas y aguas servidas.
Servicio de recolección de basura
Servicio de educación
Servicio de energía eléctrica
Servicio de apartados, telegráficos
Servicio de Salud
La educación primaria y educación media, era gratuita en respeto a la Constitución
Política, la educación universitaria tenía autonomía, y se le entregaba el 4% del
presupuesto nacional.
A inicio de los años noventa, gana las elecciones presidenciales la Señora Violeta
Barrios, y toma el poder su yerno el ingeniero Antonio Lacayo Oyanguren.
Se brindan los mismos servicios, pero se aplica un nuevo sistema económico
llamado Neoliberalismo, que significó privatizar los servicios de educación,
transporte y salud, violando la Constitución Política, ellos consideraron que era una
medida económica necesaria para sacar adelante al País, que había quedado en
bancarrota y se tenía en el plano económico una hiperinflación que alcanzó el 50
mil porciento de devaluación de la moneda.
Pero eso no justificaba privatizar la educación y la salud, debido que el gabinete de
gobierno se receto salarios en dólares, las exportaciones se redujeron y las
importaciones se aumentaban cada año, llegando a tener mayores niveles de
importación que de exportaciones, la paz llegó a ser más cara que la guerra.
Los servicios públicos entraron en decadencia, y no se adquirieron nuevas unidades
de transporte terrestre para el servicio público, el servicio de agua potable no se les
brindaba a los ciudadanos de los asentamientos, y el servicio telefónico, estaba
designado solamente para un sector, no se autorizaban nuevas cuñas.
Había una línea área Nacional llamada “AERONICA”, que el Gobierno la vendió, y
el transporte terrestre público se privatizó, desapareció ENABUS, se vendió el
Ferrocarril de Nicaragua, el transporte más barato de los nicaragüenses.
Se puso en práctica un plan de COMPACTACION ECONOMICA que significo enviar
al desempleo a miles y miles de empleados públicos, (Sandinistas), con una
indemnización económica de diez mil córdobas, mientras se reducía de esa forma
el gasto público, se ingresaban al mismo estado miles y miles de ciudadanos
nicaragüenses que llegaban de Miami y de muchos otros Estados de los Estados
Unidos, y se les contrataba con mayores salarios, los llamados, (Miami Boys).
El desempleo llegó a alcanzar el 75%, el más alto en la historia de Nicaragua, el
subempleo se experimentó en venta de gaseosas y hielo, los desempleados con la
Compactación y los diez mil córdobas que recibieron de indemnización, compraban
mantenedoras y cajillas de cervezas y gaseosas, y se incrementaron los vendedores
de agua helada en las paradas de buses.
La Salud se privatizó y los Hospitales Públicos se volvieron antihigiénicos, no había
medicina gratuita, ni materiales de reposición periódica.
Se creó el sistema de educación público autónomo y se pagaba la educación que
una vez había sido gratuita, los colegios no tenían pupitres y los niños recibían sus
clases en el piso, también hubo una persecución contra los estudiantes que
protestaban por no tener los más mínimos recursos y se expulsaron de los institutos
públicos a miles de estudiantes por ser sandinistas.
Las obras de progreso de esos años fueron las construcciones de gasolineras,
solamente se construyó un hospital en la ciudad de Estelí.
No se construyeron carreteras importantes, que en diez años, por motivo de la
guerra no se les dio mantenimiento ni se construyeron.
Y algo que contribuyó a que no hubieran inversiones, fue que el todopoderoso
Ministro de la Presidencia Antonio Lacayo, autorizó una petición hecha por su
gabinete de lujo, durante los siete años de gobierno la mayoría ex -catedráticos del
INCAE, que no se les hiciera retención del impuesto sobre la renta ni del seguro
social, argumentaron en su petición que era para no afectar su salario real, que
todos esos años fue en dólares, estos ministros vivían en EE.UU, y todos los viernes
a las cuatro de la tarde viajaban a ver a sus familiares y los lunes antes del mediodía
estaban llegando, los ministros que no viajaban a EE.UU, el gobierno les alquilaba
una casa en las colinas.
Llegaron al Poder otros Gobiernos Liberales, y hubo más de lo mismo, y las arcas
del Estado, (el Erario Público) se utilizaba para pagar jugosos salarios, y a la salida
del Gobierno abusaban de los Bienes del Estado.
Estos Gobiernos no mejoraron los Servicios Públicos, ni los incrementaron,
utilizaron el Gobierno para enriquecerse.
Privatizaron la energía eléctrica, y llegó UNION–FENOSA, privatizaron la telefonía
nacional, TELCOR, y llegaron ENITEL Y MOVISTAR.
EN EL NUEVO PERIODO DE LA REVOLUCION SANDINISTA
Se adquirieron más de 900 buses de manufactura Mexicana y Rusos, para fortalecer
el transporte urbano colectivo y se adquirieron también casi por la misma cantidad
automóviles LADA, para mejorar el transporte selectivo de taxi.
Se han construido muchos centros de salud, se construyó el nuevo Hospital Militar
Alejandro Dávila Bolaños, y está en su etapa de finalización el Hospital occidental
con un costo de más de 76 millones de dólares.
Se construyeron por un costo superior a los 40 millones de córdobas cada uno, el
Instituto Nacional Central Ramírez Goyena, El Instituto Maestro Gabriel, el Instituto
Nacional Eliseo picado de Matagalpa, el Instituto Nacional de Chontales, el Instituto
Nacional de Villa el Carmen, el instituto de Ciudad Sandino.
Y a las universidades nacionales se les garantiza el 6% del presupuesto nacional.
Se creó la Empresa Nacional de Generación de Energía “ENATREL, empresa que
ha venido proporcionando la energía domiciliar en más de 500 comarcas del país,
esta misma empresa instaló las luminarias públicas en más de -300- barrios de
Managua, se construyeron más de -30- pozos para abastecer de agua potable a
más de -5000- familias.
En el año 2016, el gobierno traslado los circuitos de energía eléctrica del sistema
de DISS-NORTE DISSUR, al sistema eléctrico de la empresa ENATREL, todo el
servicio de energía eléctrica que recibía en los ministerios, entes autónomos,
alcaldías, colegios públicos etc, de dicha generadora eléctrica.
Se han remodelado muchos parques en cada departamento del País, y se les ha
instalado el sistema WIFI, gratuito,
Se han construido y reparado la mayoría de las carreteras importantes del país,
convirtiéndose Nicaragua en el País, con las mejores carreteras de Centroamérica,
se construyó con material especial la carretera Nejapa-León, Acoyapa San Carlos,
se han adoquinado todas las carreteras que llevan a los municipios de la Ciudad de
Matagalpa y los municipios de Boaco, se adoquinó la carretera que va a la Libertad
chontales, y se está finalizando la carretera que va Nueva Guinea Bluefields, con
material especial, concreto hidráulico, se instaló servicio especial de luminarias en
toda la rivera del rio rama que va a la ciudad de Bluefields.
Como servicios públicos deportivos se está finalizando el Estadio Nacional Denis
Martínez, con un costo de 35 millones de dólares, y se está construyendo cerca del
parque Luis Alfonso Velásquez Flores dos piscinas olímpicas, y un gimnasio
deportivo, para boxeo, baloncesto, y bolyboll, en el extremo oeste de dicho parque,
y en el mismo parque se construyó un parque de beisbol infantil.
El Gobierno está terminando con la extrema pobreza, y ha entregado más de dos
millones de láminas de zinc, para techo, y ha construido más de 10 mil casas, con
baño y servicios higiénicos, que han mejorado el nivel de vida, y trasladó a viviendas
seguras a todos los ciudadanos damnificados de las lluvias y huracanes, que
históricamente vivían en los asentamientos a la orillas del lago de Managua,
brindándoles los servicios públicos; de agua potable, alcantarillado, energía
eléctrica, transporte urbano colectivo.
II LAS FRONTERAS ENTRE LA ACTIVIDAD PÚBLICA Y LA PRIVADA
La diferenciación material entre actividades calificadas como funciones soberanas
y las que pueden ser objeto de los servicios públicos, está, actualmente, en crisis,
ya que se está produciendo una tendencia privatizadora de actividades
consideradas hasta ahora como funciones propias y exclusivas de la soberanía, las
cuales consiente el Estado que se desempeñen por particulares ante la impotencia
general del sector público para una gestión eficaz de las más tradicionales funciones
soberanas.
Es difícil establecer criterios para diferenciar que actividades son públicas por
naturaleza y cuáles han de ser naturalmente confiadas a la iniciativa particular. El
régimen liberal reservaba a la iniciativa privada toda actividad de prestación
susceptible de dar lugar al pago de un precio, y que además sea rentable, dejando
en el sector público las actividades no susceptibles de generar un precio o que son
poco o nada rentables. Asimismo, el liberalismo conduce al pase de unas
actividades de un sector a otro en función de la coyuntura económica.
La Constitución no es obstáculo formal para que el Estado cree por ley nuevos
servicios públicos, declarando determinada actividad esencial con exclusión de la
actividad privada. La realidad, sin embargo, la ideología liberal dominante y el
Derecho de la Unión Europea hacen cada vez más impensable esa alternativa. Para
los entes locales la LBRL después de reservar a las Entidades locales determinados
servicios que declaran esenciales (abastecimiento, depuración de aguas, etc.)
prescribe que “El Estado y los entes en el ámbito de sus respectivas competencias,
podrán establecer, mediante ley, idéntica reserva para otras actividades y servicios”
La iniciativa pública no está limitada a los servicios esenciales o de interés general,
sino que puede proyectarse, aunque en las mismas condiciones que la iniciativa
privada, sobre cualquier sector de la actividad económica, sin sujetarse a la regla
de subsidiaridad, antes vigente. Según esta regla mientras una actividad económica
pudiera ser asumida por el sector privado tal actividad estaba vetada al público.
Regla no vigente en la actualidad, por lo que tanto el Estado como las CCAApueden
crear empresas públicas
III EL RÉGIMEN DEL SERVICIO PÚBLICO TRADICIONAL. PRINCIPIOS
GENERALES
La actividad de prestación o de servicio se sujeta a determinados principios,
alumbrados por la jurisprudencia y doctrina francesa e igualmente predicables de
los servicios públicos en nuestro Derecho.
Se trata de unos principios de aplicación general, cualesquiera que sean el objeto
del servicio y la naturaleza, pública o privada, del gestor.
 En virtud del principio de legalidad corresponde al poder legislativo el
reconocimiento de una actividad como de interés general y la dotación de
créditos necesarios para su satisfacción mediante la creación de un servicio
público. La ley autonómica o estatal puede reservar en monopolio la actividad
a la Administración si se trata de servicios esenciales. En el ámbito local el
principio de legalidad ya está cubierto para determinados servicios.
 Por el principio de continuidad, el servicio público debe desarrollarse de
forma ininterrumpida de acuerdo con la naturaleza de la prestación.
Ello implica que unos servicios habrán de prestarse en forma continua
(policía, abastecimiento en general) y otros en los días y horarios previstos
(educación, transporte).
 El principio de perfectibilidad o adaptabilidad de los servicios públicos
supone que quien los presta, sea la Administración o un concesionario, está
obligado a incorporar a la prestación que suministra a los usuarios del
servicio los adelantos técnicos que se vayan produciendo.
 Por el principio de neutralidad, una concreción del principio constitucional
de objetividad en el funcionamiento de la administración, los servicios
públicos deben prestarse teniendo en cuenta las exigencias del interés
general, siendo ilícita su utilización con fines partidistas, como un medio de
propaganda o de favoritismo.
 Por su parte el principio de igualdad, y de acuerdo con la Constitución,
implica un trato igual para todos los que tiene, derecho de acceso al servicio
y la prohibición de todo trato discriminatorio.
 El principio de gratuidad sólo es aplicable cuando se deriva de la naturaleza
del servicio (la protección ciudadana) o viene impuesto por una norma
constitucional
Como por ejemplo en nuestro país Nicaragua nuestra constitución contempla
que tanto la educación pública como la salud en hospitales del estado debe
ser gratuita y de calidad.
En cuanto a la educación en Nicaragua podemos afirmar que esta ha venido
sufriendo cambios sustanciales he importante como lo es una mejor
enseñanza tanto a los alumnos y maestros como lo son las constantes
capacitaciones continuas a dichos maestros para que ellos brinden una mejor
enseñanza a sus alumnos
Con lo que respecta al transporte este sigue siendo una problemática que
se vive a diario pues el usuario recibe de parte de los transportistas un mal
trato a esto se suma el mal estado de las unidades de transporte urbano
colectivo.
En cuanto al servicio de energía eléctrica es una problemática que se ha
venido solucionando con suma cautela pues se ha llevado energía eléctrica
a lugares muy alejados del país como parte de la restitución de derechos a
los ciudadanos de distintas comunidades, no así con el precio que se le aplica
en las distintas facturas que se le entregan al consumidor pues estas cada
mes presentan una alteración considerable lo que viene a afectar la
economía de los hogares nicaragüenses
El servicio de agua potable para las familias nicaragüenses se podría decir
que es un privilegio pues en muchos lugares (barrios, comarcas,
departamentos) no tienen o no les llega el vital líquido a diario esta
problemática ha sido constante en todos los gobiernos que han llegado al
poder en los últimas décadas
Los servicios públicos de suministro (agua, electricidad) son fundamentales
y desempeñan un papel esencial en el desarrollo económico y social.
Los servicios públicos de suministro de calidad son una condición sine qua
non para la erradicación efectiva de la pobreza.
El objetivo común de lograr que todas las comunidades pueden acceder a
los servicios, de mejorar la eficiencia de los servicios, y de examinar los
aranceles y otras fuentes de recaudación de ingresos.
IV RELACIÓN DE PRESTACIÓN
La doctrina admite que los servicios públicos se prestan:
1. Por el Estado directamente. En este sistema la Administración asume entera y
privativamente la gestión del servicio, sin intervención ni participación del particular
en ella.
La administración directa tiene dos modalidades: a) centralizada; y b)
descentralizada o autónoma.
2. Por empresas privadas a las que el Estado autoriza mediante una concesión.
En este sistema reza ya la figura del particular (concesionario), que colabora y se
interesa con la Administración en la empresa.
3. Por empresas mixtas integradas por el Estado y los particulares (sistema
de economía mixta). Tiende a generalizarse este nuevo modo de gestióndel servicio
público, por el cual se asocian en formas de Derecho Mercantil entidades públicas
y particulares.
En estas Sociedades interviene la Administración aportando capital, otorgando
concesiones y figurando en los Consejos de Dirección o de Administración sin
utilizar las prerrogativas y los poderes especiales propios de la misma.
La empresa mixta es una forma de la colaboración particular, y ha penetrado en el
orden de la Administración, como figura de Derecho Privado, en beneficio del
servicio público y más que nada en las actividades industriales. Ofrece la ventaja de
aportar capitales privados a empresas públicas de gran magnitud, interesando a los
particulares en la obra de la Administración
V ESTATUTOS DE LOS USUARIOS DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
a. Por razón del “Fin”, pudiera estimarse como servicio público el que satisface
una necesidad pública, colectiva general, esto es, el que provee a la
satisfacción de los intereses generales sin referirse concreta ni
determinadamente a un interés particular (Servicio de ferrocarriles, de
correos, de telégrafos, teléfonos, de policía, serían servicios públicos, porque
no están enfocados directamente a satisfacer las necesidades de
particulares, sino a mantener la solidaridad social a conservar la unidad y
personalidad política de un país.
b. Un servicio no deja de ser público ´porque sea atendido por una persona
privada. Cuando el estado explota una riqueza natural que le pertenece,
evidentemente no realiza servicio público. En cambio, cuando un particular
organiza, dirige y explota un servicio de transporte público, entonces si se
trata de un servicio público. Ejemplo: Las Concesionarias.
c. Se llaman Servicios Públicos no solo los atendidos por el Estado, sino
también por los particulares, cuando todas las personas indistintamente o a
una gran masa de ellas, se ofrece su uso. Se califica de público, porque es
al público a quien se ofrece aunque sea un particular quien lo tenga a su
cargo.
d. Público es el servicio que satisface una necesidad colectiva y cuya gestión
es asumida, ya sea por la administración directamente, ya sea por una
persona o entidad por su encargo o con su colaboración.
EN CONCLUSIÓN:
1- Que el servicio público es una ordenación de elementos y actividades
para un fin.
2- Que el fin es la satisfacción de una necesidad publica, siquiera haya
necesidades de esta clase que se satisfacen por el régimen del servicio
privado.
3-Que el servicio público implica la acción de una personalidad publica
aunque no siempre sean estas personas las que asuman la empresa.
4- Que esta acción cristaliza en una serie de relaciones jurídicas de un
régimen jurídico generalmente especial y distinto, por tanto, del régimen
jurídico de los servicios privados.
La continuidad es la esencia del servicio público, pues cuando este se
constituye es fundamentalmente con el fin de asegurar la satisfacción de
necesidades generales, que la iniciativa privada no podría cubrir sino de un
modo incompleto e intermitente.
La persona responsable en estos casos es el Presidente de la empresa, su gerente
general y su Junta Directiva y la acción criminal en contra de ellos puede ser
ejercitada directamente por el usuario, sin necesidad de recurrir a la Fiscalía.
Prueba de esta acción criminal en contra del prestador del servicio público es el
consumo histórico del usuario, el cual no puede sufrir alteración cuando el
consumidor ha usado los mismos medios de consumo durante el período de tiempo
que se considera necesario para establecer un patrón de consumo.
En otros países, las empresas que prestan servicios públicos no se pueden dar el
lujo de cometer errores en la facturación, pues son penados.
El solo hecho que la factura de energía del último mes del usuario sea superior en
un 25% al promedio de consumo de sus últimos seis meses, la distribuidora de
energía recibe una multa igual al valor de dicho excedente, si no prueba que en
realidad ese consumo existió.
Así mismo, las distribuidoras de energía por ley tienen plazos de tiempo para
restablecer el servicio de energía cuando existe interrupción del mismo y si
incumplen dichos plazos son multados.
Aquí no existe nada de lo anterior, los usuarios de los servicios públicos estamos
expuestos a las múltiples injusticias cometidas en su contra, ya que como es de
esperarse los intereses de los prestatarios de servicios públicos priman por encima
de los intereses del pueblo nicaragüense.
VI FORMAS DE GESTION DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
De conformidad al Arto 3 de la Ley No.169 Ley de Disposiciones de Bienes del
Estado y Entes Reguladores de los Servicios Públicos, La dirección, Normación,
regulación, planificación, supervisión, de los servicios públicos como energía,
petróleo, agua potable, telecomunicaciones, correos, puertos, aeropuertos,
aduanas, transporte, carreteras, caminos, deportes, cultura, medios de
comunicación y almacenamiento de granos básicos, serán funciones indeclinables
e indelegables del Estado.
Se creará por ley un ente regulador para cada uno de los servicios públicos objetos
del párrafo anterior, de acuerdo a iniciativa que envíe el Presidente de la República.
LAS FORMAS DE GESTIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS:
• Es atribuido al Estado.
• Se presta de manera directa por medio de dependencias.
• Se presta indirectamente a través de particulares mediante la delegación.
• Es una actividad privada.
• Satisface una necesidad de carácter general.
• Está sujeto a un régimen jurídico del derecho privado.
1. FORMAS DE GESTIÓN POR ENTES DEL DERECHO PUBLICO
• Administración pública centralizada.
• Órganos desconcentrados.
• Organismos públicos descentralizados.
Por personas del Derecho Social. El derecho social también aporta sus
moldes para la creación de personas prestadoras de servicios públicos, como
las sociedades cooperativas de intervención oficial y las de participación
estatal.
2. FORMAS DE GESTIÓN POR PERSONAS DEL DERECHO PRIVADO
. Las personas del derecho privado prestadoras de servicios públicos,
pueden ser físicas o morales, estas últimas constituidas como sociedades en
los formatos del derecho civil o mercantil.
3. SERVICIOS PÚBLICOS PROPIOS Y SERVICIOS PÚBLICOS IMPROPIOS
• Los particulares que se encargan de un servicio público propio lo hacen en
virtud de una concesión.
• La prestación de servicios públicos impropios la efectúan los particulares
con base a un permiso que expide la autoridad competente.
CONCLUSION.
En Nicaragua, al hablar de los usuarios del servicio público, es evidente el alto grado
de indefensión en el cual se encuentran actualmente los consumidores
nicaragüenses ante los proveedores de los servicios públicos, producto del
desequilibrio de poder existente entre el ciudadano común y los proveedores de
dichos servicios.
Nuestros diputados en la asamblea nacional aprobaron la Ley No.839, la cual en
su artículo sexto que reforma el artículo 236 del CP, establece “sanción con pena
de 1 a 3 años por aprovechamiento indebido del fluido eléctrico, agua y
telecomunicaciones cuando el perjuicio causado a la empresa suplidora sea por un
monto mensual igual o superior a tres salarios mensuales del sector industrial”.
Todos los nicaragüenses económicamente desfavorecidos que se aprovechan
ilegalmente de estos servicios públicos, así como aquellos que consumen menos
de 300 KWH, será muy difícil que causen perjuicios como los indicados por el
artículo en mención, por tanto, estamos en presencia de una ley que viola EL
PRINCIPIO DE IGUALDAD, ya que prácticamente se le aplicará únicamente ha
aquellos usuarios transgresores que pertenecen a la clase media económica hacia
arriba.
En todo caso, la sanción debe aplicarse a todos aquellos usuarios que violen la ley,
independientemente de la posición económica a la que estos pertenezcan. Con la
reforma del Arto 236, se comete una injusticia, ya que se penaliza al usuario por el
monto económico del daño causado por el acto y no el acto en sí.
Ahora bien, podemos hacernos la siguiente pregunta: ¿tenemos recursos contra las
injusticias que los proveedores de servicios públicos cometen en los usuarios?
El artículo 271 del Código Penal establece: “Quien en perjuicio del consumidor y
por cualquier medio, altere las facturas a través del establecimiento de cantidades
superiores por productos o servicios, incluya en ella conceptos de cobros indebidos
o altere los valores legales o contractualmente establecidos, o los instrumentos de
medición de pesos o medidas para incrementar información con el mismo objeto o
efecto, será sancionado con prisión de seis meses a dos años y de trescientos a
quinientos días de multa”.
El mismo Código Penal establece que la pena anterior se aumenta cuando la
conducta recae sobre servicios públicos.
El Título II del Código Penal en su Capítulo I señala a las “Personas Penalmente
Responsables de los Delitos y Faltas” y en el artículo 45 de dicho capítulo deja claro
que responde personalmente del delito o falta cometido por el actuar de una
sociedad, la persona que actúa como “directivo, administrador de hecho o de
derecho u órgano de una persona jurídica o en nombre o representación voluntaria
de otro”.

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  • 1. UniversidadPauloFreire FacultaddeDerecho TRABAJO DE DERECHO ADMINISTRATIVO II ELABORACIÓN DE FORMA DE LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA LOS SERVICIOS PUBLICOS Carrera : Derechocomo segunda carrera. Catedrática : SunildaMeléndez Realizado : Maria Cecilia García LuisEnriqueRodríguez.
  • 2. Turno Sabatino SABADO 18 DE MARZO DEL 2017 INTRODUCCION Servicio público quiere decir necesariamente actividad continuada; pero bien entendido que esta cualidad debe ser considerada razonablemente, esto es, funcionamiento continuo según la naturaleza misma del servicio y las prescripciones del régimen que lo regula. Las necesidades individuales se presentan periódicamente; pero lo que en la esfera individual es simplemente periódico, en un orden colectivo se convierte en permanente y continuo, pues consideradas globalmente esas necesidades periódicas del individuo, o sea, referidas a la colectividad, pierden su intermitencia y se muestran como un continuo fluir. La Razón del servicio público es la necesidad de garantizar su uso y de garantizarlo en condiciones de igualdad a todos los individuos (igualdad de los usuarios), salvo, como es natural, la existencia de categorías naturalmente favorecidas. La comodidad del público suele ser otra razón de los servicios públicos. La satisfacción de ciertas necesidades colectivas está en algunas ocasiones a cargo de grandes empresas que, por lo general, no toleran competencia (ferrocarriles, autobuses, agua, luz). Estas empresas constituyen, por consiguiente, verdaderos monopolios de hecho, con todos los peligros que estos monopolios engendran para los usuarios. Cuando el Estado o los municipios sustituyen por la propia la libre iniciativa de los particulares, organizando un servicio público, es frecuentemente con el fin de procurar a todos los habitantes del país, aun en los puntos más apartados de su territorio, la satisfacción de necesidades generales, a las cuales la iniciativa no podría asegurar sino una satisfacción intermitente e incompleta. En efecto, si la satisfacción de ciertas necesidades públicas quedase abandonada a la libre concurrencia, la realidad nos ofrecería el doloroso contraste de una congestión de servicios en ciertas regiones y anemia en otras.
  • 3. Todo dependería del interés y del cálculo financiero de las empresas. Las comarcas ricas y densas, por ejemplo, gozarían de abundancia de medios de transporte. Carecerían de ellos, en cambio, las regiones pobres y poco habitadas. El servicio público remedia en lo posible este mal. Personificado en el Estado el supremo interés colectivo, su actuación se manifiesta desinteresada como su fin. Sin duda que las empresas del Estado no deben ser ruinosas, ni puede reconocerse a las personas título para reclamar para todas las regiones del país iguales ventajas sociales. OBJETIVOS 1 conocer las formas de funcionamiento de los servicios públicos. 2 diferenciar el rol que ejercen la prestación de los servicios públicos a los de los servicios privados
  • 4. I LA ACTIVIDAD DE PRESTACIÓN O DE SERVICIO PÚBLICO Servicios públicos son el conjunto de actividades y prestaciones permitidas, reservadas o exigidas a las administraciones públicas por la legislación en cada Estado, y que tienen como finalidad responder a diferentes imperativos del funcionamiento social, y, en última instancia, favorecer la realización efectiva de la igualdad y del bienestar social. Suelen tener carácter gratuito, ya que los costos corren a cargo del Estado (gasto público). Genéricamente, un servicio es la actividad desarrollada por una institución pública o privada con el fin de satisfacer una necesidad social determinada. Centralizados: sin personalidad jurídica ni patrimonios propios (adscritos al patrimonio del Fisco), bajo la dependencia directa del ministerio respectivo (es decir, actúan mediante órdenes directas). Descentralizados: con personalidad jurídica y patrimonio propio, bajo la súper vigilancia del ministerio respectivo (es decir, actúan con relativa autonomía, sólo habiendo facultades revisoras, pero no de mando directo, del superior). La actividad de prestación es aquella por la que la Administración satisface directamente una necesidad pública mediante la prestación de un servicio a los administrados (transporte, abastecimientos, enseñanza, sanidad, etc.). La actividad de prestación se denomina también de servicio público, un término polémico y polisémico al mismo tiempo. Polémico por la tensión político-ideológica que suscita entre quienes ven en los servicios públicos los males de la estatalización, la burocracia, el aumento del intervencionismo y del déficit público en contraste con la iniciativa y empresa privada, en no va más de la eficiencia económica y servicial.
  • 5. Es también polisémico en cuanto por servicio público no se entiende exclusivamente una forma de la actividad administrativa, sino el conjunto de ella con independencia de que sea de prestación, de limitación o de fomento. En este sentido, la calificación que algunas leyes hacen de una actividad como de servicio público no habilita sólo para actividades de prestación, sino que constituye un título general de intervención que justifica la limitación de derechos, la sanción e, incluso, el fomento de la acción de los particulares. El término servicio público sirve también para designar una administración, un órgano administrativo. Determinadas prestaciones de interés general, tradicionalmente a cargo del estado, derivan del ejercicio de funciones conectadas directamente a la soberanía, como la Justicia. El poder ejecutivo satisface también otras necesidades que los ciudadanos perciben de forma general y no personalizada, como la defensa nacional, la seguridad pública, las relaciones internacionales. Se habla entonces de servicios públicos uti universo, en contraposición a los servicios públicos uti singular que son aquellos que se disfrutan individualizada mente, de forma que los usuarios puedan asumir todo o parte de su coste. Así ocurre con los servicios públicos de enseñanza, sanidad, transporte, etc, actividades todas ellas susceptibles también de explotación económica por la iniciativa privada. En la vida cotidiana de cualquier sociedad medianamente desarrollada podemos hallar innumerables servicios públicos, desde los más antiguos como el correo, hasta los más modernos. Los más reconocidos son, entre otros, los siguientes: Servicio de abastecimiento de agua Servicio de biblioteca pública Servicio de educación Servicio de electricidad Servicio de emergencia Servicio de gas Servicio judicial Servicio militar Fuerzas Armadas Servicio postal
  • 6. Servicio de protección medio ambiental Servicio de radiodifusión pública Servicio de sanidad Servicio de seguridad Social Servicio de telecomunicaciones Servicio de transporte público Servicio de tratamiento de aguas residuales Servicio de vivienda pública Servicio de Ambulancias COMENTARIOS A LAS ACTIVIDADES O PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICOS En los años ochenta con el triunfo de la Revolución popular sandinista, se realizó un cambio del sistema económico, social, político, cultural y militar, que transformó radicalmente la estructura organizativa del Gobierno y se empieza tener la Prestación o Servicio Público de acuerdo como lo establece el sistema económico socialista, que tiene como filosofía, darle a cada quien según sus necesidades. Y se brindaban los siguientes servicios públicos, con sus aranceles de pagos; Servicio de transporte; aéreo, terrestre, marítimo. Servicio de telecomunicaciones Servicio postal Servicio telefónico Servicio de agua potable, alcantarillas y aguas servidas. Servicio de recolección de basura Servicio de educación Servicio de energía eléctrica Servicio de apartados, telegráficos Servicio de Salud La educación primaria y educación media, era gratuita en respeto a la Constitución Política, la educación universitaria tenía autonomía, y se le entregaba el 4% del presupuesto nacional. A inicio de los años noventa, gana las elecciones presidenciales la Señora Violeta Barrios, y toma el poder su yerno el ingeniero Antonio Lacayo Oyanguren. Se brindan los mismos servicios, pero se aplica un nuevo sistema económico llamado Neoliberalismo, que significó privatizar los servicios de educación, transporte y salud, violando la Constitución Política, ellos consideraron que era una
  • 7. medida económica necesaria para sacar adelante al País, que había quedado en bancarrota y se tenía en el plano económico una hiperinflación que alcanzó el 50 mil porciento de devaluación de la moneda. Pero eso no justificaba privatizar la educación y la salud, debido que el gabinete de gobierno se receto salarios en dólares, las exportaciones se redujeron y las importaciones se aumentaban cada año, llegando a tener mayores niveles de importación que de exportaciones, la paz llegó a ser más cara que la guerra. Los servicios públicos entraron en decadencia, y no se adquirieron nuevas unidades de transporte terrestre para el servicio público, el servicio de agua potable no se les brindaba a los ciudadanos de los asentamientos, y el servicio telefónico, estaba designado solamente para un sector, no se autorizaban nuevas cuñas. Había una línea área Nacional llamada “AERONICA”, que el Gobierno la vendió, y el transporte terrestre público se privatizó, desapareció ENABUS, se vendió el Ferrocarril de Nicaragua, el transporte más barato de los nicaragüenses. Se puso en práctica un plan de COMPACTACION ECONOMICA que significo enviar al desempleo a miles y miles de empleados públicos, (Sandinistas), con una indemnización económica de diez mil córdobas, mientras se reducía de esa forma el gasto público, se ingresaban al mismo estado miles y miles de ciudadanos nicaragüenses que llegaban de Miami y de muchos otros Estados de los Estados Unidos, y se les contrataba con mayores salarios, los llamados, (Miami Boys). El desempleo llegó a alcanzar el 75%, el más alto en la historia de Nicaragua, el subempleo se experimentó en venta de gaseosas y hielo, los desempleados con la Compactación y los diez mil córdobas que recibieron de indemnización, compraban mantenedoras y cajillas de cervezas y gaseosas, y se incrementaron los vendedores de agua helada en las paradas de buses. La Salud se privatizó y los Hospitales Públicos se volvieron antihigiénicos, no había medicina gratuita, ni materiales de reposición periódica. Se creó el sistema de educación público autónomo y se pagaba la educación que una vez había sido gratuita, los colegios no tenían pupitres y los niños recibían sus clases en el piso, también hubo una persecución contra los estudiantes que protestaban por no tener los más mínimos recursos y se expulsaron de los institutos públicos a miles de estudiantes por ser sandinistas. Las obras de progreso de esos años fueron las construcciones de gasolineras, solamente se construyó un hospital en la ciudad de Estelí. No se construyeron carreteras importantes, que en diez años, por motivo de la guerra no se les dio mantenimiento ni se construyeron.
  • 8. Y algo que contribuyó a que no hubieran inversiones, fue que el todopoderoso Ministro de la Presidencia Antonio Lacayo, autorizó una petición hecha por su gabinete de lujo, durante los siete años de gobierno la mayoría ex -catedráticos del INCAE, que no se les hiciera retención del impuesto sobre la renta ni del seguro social, argumentaron en su petición que era para no afectar su salario real, que todos esos años fue en dólares, estos ministros vivían en EE.UU, y todos los viernes a las cuatro de la tarde viajaban a ver a sus familiares y los lunes antes del mediodía estaban llegando, los ministros que no viajaban a EE.UU, el gobierno les alquilaba una casa en las colinas. Llegaron al Poder otros Gobiernos Liberales, y hubo más de lo mismo, y las arcas del Estado, (el Erario Público) se utilizaba para pagar jugosos salarios, y a la salida del Gobierno abusaban de los Bienes del Estado. Estos Gobiernos no mejoraron los Servicios Públicos, ni los incrementaron, utilizaron el Gobierno para enriquecerse. Privatizaron la energía eléctrica, y llegó UNION–FENOSA, privatizaron la telefonía nacional, TELCOR, y llegaron ENITEL Y MOVISTAR. EN EL NUEVO PERIODO DE LA REVOLUCION SANDINISTA Se adquirieron más de 900 buses de manufactura Mexicana y Rusos, para fortalecer el transporte urbano colectivo y se adquirieron también casi por la misma cantidad automóviles LADA, para mejorar el transporte selectivo de taxi. Se han construido muchos centros de salud, se construyó el nuevo Hospital Militar Alejandro Dávila Bolaños, y está en su etapa de finalización el Hospital occidental con un costo de más de 76 millones de dólares. Se construyeron por un costo superior a los 40 millones de córdobas cada uno, el Instituto Nacional Central Ramírez Goyena, El Instituto Maestro Gabriel, el Instituto Nacional Eliseo picado de Matagalpa, el Instituto Nacional de Chontales, el Instituto Nacional de Villa el Carmen, el instituto de Ciudad Sandino. Y a las universidades nacionales se les garantiza el 6% del presupuesto nacional. Se creó la Empresa Nacional de Generación de Energía “ENATREL, empresa que ha venido proporcionando la energía domiciliar en más de 500 comarcas del país, esta misma empresa instaló las luminarias públicas en más de -300- barrios de Managua, se construyeron más de -30- pozos para abastecer de agua potable a más de -5000- familias. En el año 2016, el gobierno traslado los circuitos de energía eléctrica del sistema de DISS-NORTE DISSUR, al sistema eléctrico de la empresa ENATREL, todo el
  • 9. servicio de energía eléctrica que recibía en los ministerios, entes autónomos, alcaldías, colegios públicos etc, de dicha generadora eléctrica. Se han remodelado muchos parques en cada departamento del País, y se les ha instalado el sistema WIFI, gratuito, Se han construido y reparado la mayoría de las carreteras importantes del país, convirtiéndose Nicaragua en el País, con las mejores carreteras de Centroamérica, se construyó con material especial la carretera Nejapa-León, Acoyapa San Carlos, se han adoquinado todas las carreteras que llevan a los municipios de la Ciudad de Matagalpa y los municipios de Boaco, se adoquinó la carretera que va a la Libertad chontales, y se está finalizando la carretera que va Nueva Guinea Bluefields, con material especial, concreto hidráulico, se instaló servicio especial de luminarias en toda la rivera del rio rama que va a la ciudad de Bluefields. Como servicios públicos deportivos se está finalizando el Estadio Nacional Denis Martínez, con un costo de 35 millones de dólares, y se está construyendo cerca del parque Luis Alfonso Velásquez Flores dos piscinas olímpicas, y un gimnasio deportivo, para boxeo, baloncesto, y bolyboll, en el extremo oeste de dicho parque, y en el mismo parque se construyó un parque de beisbol infantil. El Gobierno está terminando con la extrema pobreza, y ha entregado más de dos millones de láminas de zinc, para techo, y ha construido más de 10 mil casas, con baño y servicios higiénicos, que han mejorado el nivel de vida, y trasladó a viviendas seguras a todos los ciudadanos damnificados de las lluvias y huracanes, que históricamente vivían en los asentamientos a la orillas del lago de Managua, brindándoles los servicios públicos; de agua potable, alcantarillado, energía eléctrica, transporte urbano colectivo. II LAS FRONTERAS ENTRE LA ACTIVIDAD PÚBLICA Y LA PRIVADA La diferenciación material entre actividades calificadas como funciones soberanas y las que pueden ser objeto de los servicios públicos, está, actualmente, en crisis, ya que se está produciendo una tendencia privatizadora de actividades consideradas hasta ahora como funciones propias y exclusivas de la soberanía, las cuales consiente el Estado que se desempeñen por particulares ante la impotencia general del sector público para una gestión eficaz de las más tradicionales funciones soberanas. Es difícil establecer criterios para diferenciar que actividades son públicas por naturaleza y cuáles han de ser naturalmente confiadas a la iniciativa particular. El régimen liberal reservaba a la iniciativa privada toda actividad de prestación susceptible de dar lugar al pago de un precio, y que además sea rentable, dejando en el sector público las actividades no susceptibles de generar un precio o que son
  • 10. poco o nada rentables. Asimismo, el liberalismo conduce al pase de unas actividades de un sector a otro en función de la coyuntura económica. La Constitución no es obstáculo formal para que el Estado cree por ley nuevos servicios públicos, declarando determinada actividad esencial con exclusión de la actividad privada. La realidad, sin embargo, la ideología liberal dominante y el Derecho de la Unión Europea hacen cada vez más impensable esa alternativa. Para los entes locales la LBRL después de reservar a las Entidades locales determinados servicios que declaran esenciales (abastecimiento, depuración de aguas, etc.) prescribe que “El Estado y los entes en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán establecer, mediante ley, idéntica reserva para otras actividades y servicios” La iniciativa pública no está limitada a los servicios esenciales o de interés general, sino que puede proyectarse, aunque en las mismas condiciones que la iniciativa privada, sobre cualquier sector de la actividad económica, sin sujetarse a la regla de subsidiaridad, antes vigente. Según esta regla mientras una actividad económica pudiera ser asumida por el sector privado tal actividad estaba vetada al público. Regla no vigente en la actualidad, por lo que tanto el Estado como las CCAApueden crear empresas públicas III EL RÉGIMEN DEL SERVICIO PÚBLICO TRADICIONAL. PRINCIPIOS GENERALES La actividad de prestación o de servicio se sujeta a determinados principios, alumbrados por la jurisprudencia y doctrina francesa e igualmente predicables de los servicios públicos en nuestro Derecho. Se trata de unos principios de aplicación general, cualesquiera que sean el objeto del servicio y la naturaleza, pública o privada, del gestor.  En virtud del principio de legalidad corresponde al poder legislativo el reconocimiento de una actividad como de interés general y la dotación de créditos necesarios para su satisfacción mediante la creación de un servicio público. La ley autonómica o estatal puede reservar en monopolio la actividad a la Administración si se trata de servicios esenciales. En el ámbito local el principio de legalidad ya está cubierto para determinados servicios.  Por el principio de continuidad, el servicio público debe desarrollarse de forma ininterrumpida de acuerdo con la naturaleza de la prestación. Ello implica que unos servicios habrán de prestarse en forma continua (policía, abastecimiento en general) y otros en los días y horarios previstos (educación, transporte).
  • 11.  El principio de perfectibilidad o adaptabilidad de los servicios públicos supone que quien los presta, sea la Administración o un concesionario, está obligado a incorporar a la prestación que suministra a los usuarios del servicio los adelantos técnicos que se vayan produciendo.  Por el principio de neutralidad, una concreción del principio constitucional de objetividad en el funcionamiento de la administración, los servicios públicos deben prestarse teniendo en cuenta las exigencias del interés general, siendo ilícita su utilización con fines partidistas, como un medio de propaganda o de favoritismo.  Por su parte el principio de igualdad, y de acuerdo con la Constitución, implica un trato igual para todos los que tiene, derecho de acceso al servicio y la prohibición de todo trato discriminatorio.  El principio de gratuidad sólo es aplicable cuando se deriva de la naturaleza del servicio (la protección ciudadana) o viene impuesto por una norma constitucional Como por ejemplo en nuestro país Nicaragua nuestra constitución contempla que tanto la educación pública como la salud en hospitales del estado debe ser gratuita y de calidad. En cuanto a la educación en Nicaragua podemos afirmar que esta ha venido sufriendo cambios sustanciales he importante como lo es una mejor enseñanza tanto a los alumnos y maestros como lo son las constantes capacitaciones continuas a dichos maestros para que ellos brinden una mejor enseñanza a sus alumnos Con lo que respecta al transporte este sigue siendo una problemática que se vive a diario pues el usuario recibe de parte de los transportistas un mal trato a esto se suma el mal estado de las unidades de transporte urbano colectivo. En cuanto al servicio de energía eléctrica es una problemática que se ha venido solucionando con suma cautela pues se ha llevado energía eléctrica a lugares muy alejados del país como parte de la restitución de derechos a los ciudadanos de distintas comunidades, no así con el precio que se le aplica en las distintas facturas que se le entregan al consumidor pues estas cada mes presentan una alteración considerable lo que viene a afectar la economía de los hogares nicaragüenses El servicio de agua potable para las familias nicaragüenses se podría decir que es un privilegio pues en muchos lugares (barrios, comarcas, departamentos) no tienen o no les llega el vital líquido a diario esta
  • 12. problemática ha sido constante en todos los gobiernos que han llegado al poder en los últimas décadas Los servicios públicos de suministro (agua, electricidad) son fundamentales y desempeñan un papel esencial en el desarrollo económico y social. Los servicios públicos de suministro de calidad son una condición sine qua non para la erradicación efectiva de la pobreza. El objetivo común de lograr que todas las comunidades pueden acceder a los servicios, de mejorar la eficiencia de los servicios, y de examinar los aranceles y otras fuentes de recaudación de ingresos. IV RELACIÓN DE PRESTACIÓN La doctrina admite que los servicios públicos se prestan: 1. Por el Estado directamente. En este sistema la Administración asume entera y privativamente la gestión del servicio, sin intervención ni participación del particular en ella. La administración directa tiene dos modalidades: a) centralizada; y b) descentralizada o autónoma. 2. Por empresas privadas a las que el Estado autoriza mediante una concesión. En este sistema reza ya la figura del particular (concesionario), que colabora y se interesa con la Administración en la empresa. 3. Por empresas mixtas integradas por el Estado y los particulares (sistema de economía mixta). Tiende a generalizarse este nuevo modo de gestióndel servicio público, por el cual se asocian en formas de Derecho Mercantil entidades públicas y particulares. En estas Sociedades interviene la Administración aportando capital, otorgando concesiones y figurando en los Consejos de Dirección o de Administración sin utilizar las prerrogativas y los poderes especiales propios de la misma. La empresa mixta es una forma de la colaboración particular, y ha penetrado en el orden de la Administración, como figura de Derecho Privado, en beneficio del servicio público y más que nada en las actividades industriales. Ofrece la ventaja de aportar capitales privados a empresas públicas de gran magnitud, interesando a los particulares en la obra de la Administración V ESTATUTOS DE LOS USUARIOS DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
  • 13. a. Por razón del “Fin”, pudiera estimarse como servicio público el que satisface una necesidad pública, colectiva general, esto es, el que provee a la satisfacción de los intereses generales sin referirse concreta ni determinadamente a un interés particular (Servicio de ferrocarriles, de correos, de telégrafos, teléfonos, de policía, serían servicios públicos, porque no están enfocados directamente a satisfacer las necesidades de particulares, sino a mantener la solidaridad social a conservar la unidad y personalidad política de un país. b. Un servicio no deja de ser público ´porque sea atendido por una persona privada. Cuando el estado explota una riqueza natural que le pertenece, evidentemente no realiza servicio público. En cambio, cuando un particular organiza, dirige y explota un servicio de transporte público, entonces si se trata de un servicio público. Ejemplo: Las Concesionarias. c. Se llaman Servicios Públicos no solo los atendidos por el Estado, sino también por los particulares, cuando todas las personas indistintamente o a una gran masa de ellas, se ofrece su uso. Se califica de público, porque es al público a quien se ofrece aunque sea un particular quien lo tenga a su cargo. d. Público es el servicio que satisface una necesidad colectiva y cuya gestión es asumida, ya sea por la administración directamente, ya sea por una persona o entidad por su encargo o con su colaboración. EN CONCLUSIÓN: 1- Que el servicio público es una ordenación de elementos y actividades para un fin. 2- Que el fin es la satisfacción de una necesidad publica, siquiera haya necesidades de esta clase que se satisfacen por el régimen del servicio privado. 3-Que el servicio público implica la acción de una personalidad publica aunque no siempre sean estas personas las que asuman la empresa. 4- Que esta acción cristaliza en una serie de relaciones jurídicas de un régimen jurídico generalmente especial y distinto, por tanto, del régimen jurídico de los servicios privados.
  • 14. La continuidad es la esencia del servicio público, pues cuando este se constituye es fundamentalmente con el fin de asegurar la satisfacción de necesidades generales, que la iniciativa privada no podría cubrir sino de un modo incompleto e intermitente. La persona responsable en estos casos es el Presidente de la empresa, su gerente general y su Junta Directiva y la acción criminal en contra de ellos puede ser ejercitada directamente por el usuario, sin necesidad de recurrir a la Fiscalía. Prueba de esta acción criminal en contra del prestador del servicio público es el consumo histórico del usuario, el cual no puede sufrir alteración cuando el consumidor ha usado los mismos medios de consumo durante el período de tiempo que se considera necesario para establecer un patrón de consumo. En otros países, las empresas que prestan servicios públicos no se pueden dar el lujo de cometer errores en la facturación, pues son penados. El solo hecho que la factura de energía del último mes del usuario sea superior en un 25% al promedio de consumo de sus últimos seis meses, la distribuidora de energía recibe una multa igual al valor de dicho excedente, si no prueba que en realidad ese consumo existió. Así mismo, las distribuidoras de energía por ley tienen plazos de tiempo para restablecer el servicio de energía cuando existe interrupción del mismo y si incumplen dichos plazos son multados. Aquí no existe nada de lo anterior, los usuarios de los servicios públicos estamos expuestos a las múltiples injusticias cometidas en su contra, ya que como es de esperarse los intereses de los prestatarios de servicios públicos priman por encima de los intereses del pueblo nicaragüense. VI FORMAS DE GESTION DE LOS SERVICIOS PUBLICOS De conformidad al Arto 3 de la Ley No.169 Ley de Disposiciones de Bienes del Estado y Entes Reguladores de los Servicios Públicos, La dirección, Normación, regulación, planificación, supervisión, de los servicios públicos como energía, petróleo, agua potable, telecomunicaciones, correos, puertos, aeropuertos, aduanas, transporte, carreteras, caminos, deportes, cultura, medios de comunicación y almacenamiento de granos básicos, serán funciones indeclinables e indelegables del Estado. Se creará por ley un ente regulador para cada uno de los servicios públicos objetos del párrafo anterior, de acuerdo a iniciativa que envíe el Presidente de la República. LAS FORMAS DE GESTIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS: • Es atribuido al Estado.
  • 15. • Se presta de manera directa por medio de dependencias. • Se presta indirectamente a través de particulares mediante la delegación. • Es una actividad privada. • Satisface una necesidad de carácter general. • Está sujeto a un régimen jurídico del derecho privado. 1. FORMAS DE GESTIÓN POR ENTES DEL DERECHO PUBLICO • Administración pública centralizada. • Órganos desconcentrados. • Organismos públicos descentralizados. Por personas del Derecho Social. El derecho social también aporta sus moldes para la creación de personas prestadoras de servicios públicos, como las sociedades cooperativas de intervención oficial y las de participación estatal. 2. FORMAS DE GESTIÓN POR PERSONAS DEL DERECHO PRIVADO . Las personas del derecho privado prestadoras de servicios públicos, pueden ser físicas o morales, estas últimas constituidas como sociedades en los formatos del derecho civil o mercantil. 3. SERVICIOS PÚBLICOS PROPIOS Y SERVICIOS PÚBLICOS IMPROPIOS • Los particulares que se encargan de un servicio público propio lo hacen en virtud de una concesión. • La prestación de servicios públicos impropios la efectúan los particulares con base a un permiso que expide la autoridad competente.
  • 16. CONCLUSION. En Nicaragua, al hablar de los usuarios del servicio público, es evidente el alto grado de indefensión en el cual se encuentran actualmente los consumidores nicaragüenses ante los proveedores de los servicios públicos, producto del desequilibrio de poder existente entre el ciudadano común y los proveedores de dichos servicios. Nuestros diputados en la asamblea nacional aprobaron la Ley No.839, la cual en su artículo sexto que reforma el artículo 236 del CP, establece “sanción con pena de 1 a 3 años por aprovechamiento indebido del fluido eléctrico, agua y telecomunicaciones cuando el perjuicio causado a la empresa suplidora sea por un monto mensual igual o superior a tres salarios mensuales del sector industrial”. Todos los nicaragüenses económicamente desfavorecidos que se aprovechan ilegalmente de estos servicios públicos, así como aquellos que consumen menos de 300 KWH, será muy difícil que causen perjuicios como los indicados por el artículo en mención, por tanto, estamos en presencia de una ley que viola EL PRINCIPIO DE IGUALDAD, ya que prácticamente se le aplicará únicamente ha aquellos usuarios transgresores que pertenecen a la clase media económica hacia arriba. En todo caso, la sanción debe aplicarse a todos aquellos usuarios que violen la ley, independientemente de la posición económica a la que estos pertenezcan. Con la reforma del Arto 236, se comete una injusticia, ya que se penaliza al usuario por el monto económico del daño causado por el acto y no el acto en sí. Ahora bien, podemos hacernos la siguiente pregunta: ¿tenemos recursos contra las injusticias que los proveedores de servicios públicos cometen en los usuarios? El artículo 271 del Código Penal establece: “Quien en perjuicio del consumidor y por cualquier medio, altere las facturas a través del establecimiento de cantidades superiores por productos o servicios, incluya en ella conceptos de cobros indebidos o altere los valores legales o contractualmente establecidos, o los instrumentos de medición de pesos o medidas para incrementar información con el mismo objeto o
  • 17. efecto, será sancionado con prisión de seis meses a dos años y de trescientos a quinientos días de multa”. El mismo Código Penal establece que la pena anterior se aumenta cuando la conducta recae sobre servicios públicos. El Título II del Código Penal en su Capítulo I señala a las “Personas Penalmente Responsables de los Delitos y Faltas” y en el artículo 45 de dicho capítulo deja claro que responde personalmente del delito o falta cometido por el actuar de una sociedad, la persona que actúa como “directivo, administrador de hecho o de derecho u órgano de una persona jurídica o en nombre o representación voluntaria de otro”.