Este documento establece una nueva ley sobre la regulación salarial del sector público dominicano. La ley tiene como objetivo establecer un marco regulatorio común para la política salarial de todo el sector público con el fin de proporcionar una remuneración equitativa a los servidores públicos. La ley crea un sistema remunerativo para el sector público y establece sus principios rectores como la equidad, el mérito y la transparencia. Además, la ley define los componentes salariales, establece las escalas salariales máximas
Este documento establece la Ley Orgánica de Precios Justos en Venezuela. La ley crea la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos (SUNDDE) para regular los precios mediante el análisis de costos y márgenes de ganancia. La SUNDDE tendrá la autoridad para fijar precios máximos, emitir certificados de precios justos, y aplicar sanciones a quienes incumplan la ley. El objetivo final de la ley es proteger los ingresos de los ciudadan
El documento habla sobre la gestión del empleo público en Perú. Explica que la Autoridad Nacional del Servicio Civil es el organismo rector del sistema de gestión de recursos humanos del estado. También describe los principios, fuentes y clasificación del empleo público según la ley peruana.
El documento presenta la agenda legislativa del Grupo Parlamentario del PRD para el primer periodo ordinario de sesiones. Incluye 12 temas prioritarios como la transparencia, anticorrupción, seguridad pública, reforma del poder judicial, salarios, derechos de migrantes y trabajadores del hogar. El objetivo es impulsar iniciativas y reformas constitucionales y legales para fortalecer las instituciones democráticas, combatir la corrupción y proteger los derechos humanos.
Este documento presenta un convenio de coordinación entre la Secretaría de Gobernación y el estado de Chihuahua para la implementación de la reforma del sistema de justicia penal en Chihuahua a través de un subsidio. Se establecen los antecedentes legales de la reforma del sistema de justicia penal en México y las responsabilidades de las diferentes entidades para coordinar la implementación de la reforma y el uso adecuado de los fondos subsidiados.
Este decreto establece normas de optimización y austeridad del gasto público en Ecuador. Sus objetivos principales son unificar las escalas salariales en el sector público, eliminar vacantes innecesarias, reasignar personal de apoyo entre instituciones, y suspender pagos variables por eficiencia para 2017-2018, con el fin de mejorar la eficiencia del gasto público. Afecta a todas las instituciones del sector público nacional, excepto las autónomas y de seguridad social.
Este documento describe los fundamentos legales para el control de gestión mediante indicadores en Venezuela. Algunas de las leyes y principios clave mencionados son: 1) La Constitución establece el derecho a bienes y servicios de calidad y que la administración pública debe ser eficiente y transparente; 2) La Ley Orgánica de la Administración Pública fija principios como la planificación, eficiencia y rendición de cuentas; 3) La Ley del Sistema Venezolano para la Calidad promueve la calidad de bienes y servicios públicos.
El documento presenta el diagnóstico de las brechas de infraestructura y acceso a servicios públicos del sector Justicia y Derechos Humanos. Identifica tres pliegos presupuestales: el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Instituto Nacional Penitenciario y la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. Realiza un análisis de los servicios que brinda cada uno y establece indicadores para medir brechas, con el fin de mejorar el acceso a la justicia, readaptación social y otros servicios.
Esto es, el origen de la Desindexación o desvinculación del Salario Mínimo, en México para todas las leyes que lo involucren en sus cantidades, dando lugar a la Unidad de Medida y Actualización que entro en vigor el 28/01/2016, una reforma histórica en México
Este documento establece la Ley Orgánica de Precios Justos en Venezuela. La ley crea la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos (SUNDDE) para regular los precios mediante el análisis de costos y márgenes de ganancia. La SUNDDE tendrá la autoridad para fijar precios máximos, emitir certificados de precios justos, y aplicar sanciones a quienes incumplan la ley. El objetivo final de la ley es proteger los ingresos de los ciudadan
El documento habla sobre la gestión del empleo público en Perú. Explica que la Autoridad Nacional del Servicio Civil es el organismo rector del sistema de gestión de recursos humanos del estado. También describe los principios, fuentes y clasificación del empleo público según la ley peruana.
El documento presenta la agenda legislativa del Grupo Parlamentario del PRD para el primer periodo ordinario de sesiones. Incluye 12 temas prioritarios como la transparencia, anticorrupción, seguridad pública, reforma del poder judicial, salarios, derechos de migrantes y trabajadores del hogar. El objetivo es impulsar iniciativas y reformas constitucionales y legales para fortalecer las instituciones democráticas, combatir la corrupción y proteger los derechos humanos.
Este documento presenta un convenio de coordinación entre la Secretaría de Gobernación y el estado de Chihuahua para la implementación de la reforma del sistema de justicia penal en Chihuahua a través de un subsidio. Se establecen los antecedentes legales de la reforma del sistema de justicia penal en México y las responsabilidades de las diferentes entidades para coordinar la implementación de la reforma y el uso adecuado de los fondos subsidiados.
Este decreto establece normas de optimización y austeridad del gasto público en Ecuador. Sus objetivos principales son unificar las escalas salariales en el sector público, eliminar vacantes innecesarias, reasignar personal de apoyo entre instituciones, y suspender pagos variables por eficiencia para 2017-2018, con el fin de mejorar la eficiencia del gasto público. Afecta a todas las instituciones del sector público nacional, excepto las autónomas y de seguridad social.
Este documento describe los fundamentos legales para el control de gestión mediante indicadores en Venezuela. Algunas de las leyes y principios clave mencionados son: 1) La Constitución establece el derecho a bienes y servicios de calidad y que la administración pública debe ser eficiente y transparente; 2) La Ley Orgánica de la Administración Pública fija principios como la planificación, eficiencia y rendición de cuentas; 3) La Ley del Sistema Venezolano para la Calidad promueve la calidad de bienes y servicios públicos.
El documento presenta el diagnóstico de las brechas de infraestructura y acceso a servicios públicos del sector Justicia y Derechos Humanos. Identifica tres pliegos presupuestales: el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Instituto Nacional Penitenciario y la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. Realiza un análisis de los servicios que brinda cada uno y establece indicadores para medir brechas, con el fin de mejorar el acceso a la justicia, readaptación social y otros servicios.
Esto es, el origen de la Desindexación o desvinculación del Salario Mínimo, en México para todas las leyes que lo involucren en sus cantidades, dando lugar a la Unidad de Medida y Actualización que entro en vigor el 28/01/2016, una reforma histórica en México
Este documento presenta un convenio de coordinación entre la Secretaría de Gobernación y el estado de Morelos para la implementación de la reforma del sistema de justicia penal. Detalla los antecedentes legales de la reforma a nivel constitucional y los programas y lineamientos establecidos a nivel federal para apoyar su implementación a nivel estatal, incluyendo la asignación de subsidios. El convenio establece los términos y procedimientos para que Morelos acceda a dichos subsidios federales de acuerdo a las políticas definidas a nivel nacional
Este documento establece el Sistema Nacional de Control Interno y actualiza las atribuciones de la Contraloría General de la República de acuerdo con las leyes 10-04 y 126-01. Instituye el Sistema bajo la rectoría de la Contraloría para asegurar el uso ético, eficiente y económico de los recursos públicos. Define el ámbito de aplicación del Sistema e incluye entidades del gobierno, instituciones descentralizadas, empresas públicas y municipios.
El documento propone una ley de Carrera Administrativa para el Congreso Nacional con el objetivo de regular las relaciones laborales y garantizar la estabilidad, eficiencia e imparcialidad de los empleados. Establece principios como el mérito, igualdad de oportunidades y evaluación de desempeño. Crearía una Comisión Bicameral para dirigir el sistema y un Comité Técnico de Gestión encargado de proponer el reglamento de aplicación.
1) La ley marco del empleo público establece los lineamientos generales para promover una administración pública moderna, jerárquica, profesional y basada en el respeto al Estado de derecho. 2) La ley clasifica al personal del empleo público en funcionarios públicos, empleados de confianza y servidores públicos, y establece los principios y procedimientos para el acceso y gestión del empleo público. 3) El objetivo principal es consolidar el desarrollo de los organismos públicos y su personal para lograr mayores
Informacionecuador.com loei actualizada (a enero 2016)Fabiola Roldán
Este documento presenta la Ley Orgánica del Servicio Público de Ecuador. Establece que la ley se aplica a toda la administración pública y define a los servidores públicos. Además, regula aspectos como los requisitos para el ingreso al servicio público, las inhabilidades y prohibiciones como el nepotismo.
Este documento presenta la Ley de Servicio Civil de Guatemala. Establece una Junta Nacional de Servicio Civil y una Oficina Nacional de Servicio Civil para regular las relaciones entre la administración pública y sus empleados. El objetivo es garantizar la eficiencia de la administración pública y los derechos de los empleados públicos. También define principios como que los cargos públicos se otorgarán por méritos y no por discriminación, y que los empleados públicos estarán protegidos contra despidos injustificados.
La Asamblea Nacional de Ecuador rindió cuentas de su primer año de trabajo, en el que sentó las bases para la nueva institucionalidad establecida en la Constitución y mejoró las condiciones de vida del pueblo ecuatoriano a través de reformas legales. Aprobó 22 leyes, incluyendo leyes económicas, sociales y para la nueva institucionalidad, y derogó 107 leyes obsoletas y 159 decretos leyes.
El gobernador del estado de Zacatecas somete a la consideración de la legislatura estatal un proyecto de decreto para expedir la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y Municipios, con el objetivo de establecer reglas para un manejo adecuado del gasto público y la deuda. La iniciativa busca armonizar la legislación estatal con la ley federal recientemente aprobada sobre el tema. De aprobarse, la nueva ley proveería el marco jurídico para disciplinar la ejecución del gasto
DISCRIMINACIÓN Y DESIGUALDAD DE LOS TRABAJADORES EN LA NUEVA LEY DEL SERVICI...Edgar Callohuanca
La nueva Ley del Servicio Civil 30057 tenía como objetivo crear un régimen laboral único para todos los trabajadores del sector público y terminar con la desigualdad entre ellos. Sin embargo, el Congreso modificó la ley y excluyó de la misma a los trabajadores de importantes instituciones como el Congreso, organismos tributarios y de supervisión bancaria, creando cuatro regímenes en lugar de uno y generando discriminación entre los servidores estatales.
Este documento autoriza al Gobierno de Zacatecas a refinanciar $7,341,701,084 de deuda pública estatal mediante uno o más préstamos con instituciones financieras mexicanas. El objetivo es reducir la carga financiera de la deuda al extender el plazo de pago de 12 años en promedio a 20 años. Los fondos se destinarán a reestructurar varios préstamos existentes. El documento establece los términos y condiciones de los nuevos préstamos, como tasas de interés, plazos y
Este documento describe varias contribuciones especiales en Venezuela, incluyendo el Seguro Social Obligatorio, el Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista, la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación, y leyes contra el tráfico de drogas y sobre servicios de telecomunicaciones. Explica que las contribuciones especiales son tributos destinados a cubrir gastos públicos específicos y proveer servicios a la comunidad.
Este documento resume las principales disposiciones de una ley de administración pública. Establece que la ley regirá las relaciones laborales entre funcionarios públicos y administraciones públicas nacionales, estadales y municipales. Además, excluye de su aplicación a determinados funcionarios como los del poder legislativo. Designa al Ministerio de Planificación y Desarrollo como responsable de planificar el desarrollo de la función pública a nivel nacional.
El presupuesto Publico es un documento de carácter contable que recoge una previsión de ingresos y gastos que se van a producir en un determinado período de tiempo.
Este documento analiza el marco institucional de la regulación contable en Colombia y sus implicaciones técnicas y pedagógicas. Describe las fuentes de la regulación contable como la Constitución, leyes y organismos como las superintendencias. Explica que las superintendencias ejercen funciones de inspección, vigilancia y control sobre entidades públicas y privadas. Finalmente, señala problemas como falta de coordinación entre organismos reguladores y asimetría de información.
La ley crea la Secretaría de Estado de Administración Pública y establece normas para regular las relaciones laborales de personas que desempeñan cargos públicos en el Estado, municipios y entidades autónomas, basándose en principios de profesionalización y dignificación laboral. También unifica disposiciones sobre la conducta de servidores públicos y establece a la nueva Secretaría como órgano rector del empleo público y los sistemas de carrera administrativa.
Presentación sobre el tema V del Concurso Oposición para Porteros/as del Ayuntamiento de Córdoba, donde se trata del personal al servicio de la Administración
La ley crea la Secretaría de Estado de Administración Pública y establece la carrera administrativa general para regular las relaciones laborales en el servicio público de manera profesional y digna. Deroga las leyes anteriores de servicio civil y ética pública.
El documento presenta el proyecto de presupuesto de egresos del estado de Zacatecas para 2017. Se propone un presupuesto equilibrado y austero que cumpla con los objetivos del plan estatal de desarrollo, a pesar de la reducción de fondos federales. Se reorganizan dependencias gubernamentales y se crean nuevas para mejorar la administración de recursos.
A las Comisiones Unidas de Puntas Constitucionales; de Trabajo y Prevision
Social, y de Estudios Legislativos, Segunda, de Ia Camara de Senadores de Ia
LXII Legislatura del Honorable Congreso de Ia Union, les fue turnada para su
estudio y dictamen, Ia minuta con proyecto de Decreta por el que se reforman
diversas disposiciones de Ia Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos,
en materia de desindexacion del salario minimo y establecimiento de Ia Unidad de
Medida y Actualizacion
Los integrantes de estas Comisiones Unidas procedimos al estudio de Ia minuta
en comento y analizamos en detalle las consideraciones y fundamentos que
sirven de apoyo a las modificaciones que se proponen, a fin de emitir este
dictamen.
En tal virtud, conforme a las facultades que nos confieren los articulos 85,
numeral 2, inciso a), 86, 89 y 94 de Ia Ley Organica del Congreso General de
los Estados Unidos Mexicanos; y 113, 117, 135, 178, 182, 188 y 190 del
Reglamento del Senado de Ia Republica, formulamos el presente dictamen al tenor
de Ia siguiente
Este documento define las características de un buen ciudadano digital, incluyendo el uso responsable, respetuoso y legal de las tecnologías de la información, reconocerse como miembro de una sociedad que mejora el mundo virtual, y comportamientos como el respeto, la libertad, la seguridad, la responsabilidad y no realizar actos ilícitos.
Dropbox es un servicio gratuito que permite sincronizar y compartir archivos entre diferentes dispositivos al guardarlos en una carpeta especial en la nube, de modo que los archivos pueden editarse desde cualquier lugar y los cambios se actualizan automáticamente en todos los equipos.
Adobe Illustrator es un editor de gráficos vectoriales desarrollado por Adobe Systems que permite la creación artística de dibujos y pinturas para ilustración mediante el uso de gráficos vectoriales en lugar de mapas de bits. Forma parte de la familia Adobe Creative Suite y está destinado principalmente a la ilustración.
Este documento presenta un convenio de coordinación entre la Secretaría de Gobernación y el estado de Morelos para la implementación de la reforma del sistema de justicia penal. Detalla los antecedentes legales de la reforma a nivel constitucional y los programas y lineamientos establecidos a nivel federal para apoyar su implementación a nivel estatal, incluyendo la asignación de subsidios. El convenio establece los términos y procedimientos para que Morelos acceda a dichos subsidios federales de acuerdo a las políticas definidas a nivel nacional
Este documento establece el Sistema Nacional de Control Interno y actualiza las atribuciones de la Contraloría General de la República de acuerdo con las leyes 10-04 y 126-01. Instituye el Sistema bajo la rectoría de la Contraloría para asegurar el uso ético, eficiente y económico de los recursos públicos. Define el ámbito de aplicación del Sistema e incluye entidades del gobierno, instituciones descentralizadas, empresas públicas y municipios.
El documento propone una ley de Carrera Administrativa para el Congreso Nacional con el objetivo de regular las relaciones laborales y garantizar la estabilidad, eficiencia e imparcialidad de los empleados. Establece principios como el mérito, igualdad de oportunidades y evaluación de desempeño. Crearía una Comisión Bicameral para dirigir el sistema y un Comité Técnico de Gestión encargado de proponer el reglamento de aplicación.
1) La ley marco del empleo público establece los lineamientos generales para promover una administración pública moderna, jerárquica, profesional y basada en el respeto al Estado de derecho. 2) La ley clasifica al personal del empleo público en funcionarios públicos, empleados de confianza y servidores públicos, y establece los principios y procedimientos para el acceso y gestión del empleo público. 3) El objetivo principal es consolidar el desarrollo de los organismos públicos y su personal para lograr mayores
Informacionecuador.com loei actualizada (a enero 2016)Fabiola Roldán
Este documento presenta la Ley Orgánica del Servicio Público de Ecuador. Establece que la ley se aplica a toda la administración pública y define a los servidores públicos. Además, regula aspectos como los requisitos para el ingreso al servicio público, las inhabilidades y prohibiciones como el nepotismo.
Este documento presenta la Ley de Servicio Civil de Guatemala. Establece una Junta Nacional de Servicio Civil y una Oficina Nacional de Servicio Civil para regular las relaciones entre la administración pública y sus empleados. El objetivo es garantizar la eficiencia de la administración pública y los derechos de los empleados públicos. También define principios como que los cargos públicos se otorgarán por méritos y no por discriminación, y que los empleados públicos estarán protegidos contra despidos injustificados.
La Asamblea Nacional de Ecuador rindió cuentas de su primer año de trabajo, en el que sentó las bases para la nueva institucionalidad establecida en la Constitución y mejoró las condiciones de vida del pueblo ecuatoriano a través de reformas legales. Aprobó 22 leyes, incluyendo leyes económicas, sociales y para la nueva institucionalidad, y derogó 107 leyes obsoletas y 159 decretos leyes.
El gobernador del estado de Zacatecas somete a la consideración de la legislatura estatal un proyecto de decreto para expedir la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y Municipios, con el objetivo de establecer reglas para un manejo adecuado del gasto público y la deuda. La iniciativa busca armonizar la legislación estatal con la ley federal recientemente aprobada sobre el tema. De aprobarse, la nueva ley proveería el marco jurídico para disciplinar la ejecución del gasto
DISCRIMINACIÓN Y DESIGUALDAD DE LOS TRABAJADORES EN LA NUEVA LEY DEL SERVICI...Edgar Callohuanca
La nueva Ley del Servicio Civil 30057 tenía como objetivo crear un régimen laboral único para todos los trabajadores del sector público y terminar con la desigualdad entre ellos. Sin embargo, el Congreso modificó la ley y excluyó de la misma a los trabajadores de importantes instituciones como el Congreso, organismos tributarios y de supervisión bancaria, creando cuatro regímenes en lugar de uno y generando discriminación entre los servidores estatales.
Este documento autoriza al Gobierno de Zacatecas a refinanciar $7,341,701,084 de deuda pública estatal mediante uno o más préstamos con instituciones financieras mexicanas. El objetivo es reducir la carga financiera de la deuda al extender el plazo de pago de 12 años en promedio a 20 años. Los fondos se destinarán a reestructurar varios préstamos existentes. El documento establece los términos y condiciones de los nuevos préstamos, como tasas de interés, plazos y
Este documento describe varias contribuciones especiales en Venezuela, incluyendo el Seguro Social Obligatorio, el Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista, la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación, y leyes contra el tráfico de drogas y sobre servicios de telecomunicaciones. Explica que las contribuciones especiales son tributos destinados a cubrir gastos públicos específicos y proveer servicios a la comunidad.
Este documento resume las principales disposiciones de una ley de administración pública. Establece que la ley regirá las relaciones laborales entre funcionarios públicos y administraciones públicas nacionales, estadales y municipales. Además, excluye de su aplicación a determinados funcionarios como los del poder legislativo. Designa al Ministerio de Planificación y Desarrollo como responsable de planificar el desarrollo de la función pública a nivel nacional.
El presupuesto Publico es un documento de carácter contable que recoge una previsión de ingresos y gastos que se van a producir en un determinado período de tiempo.
Este documento analiza el marco institucional de la regulación contable en Colombia y sus implicaciones técnicas y pedagógicas. Describe las fuentes de la regulación contable como la Constitución, leyes y organismos como las superintendencias. Explica que las superintendencias ejercen funciones de inspección, vigilancia y control sobre entidades públicas y privadas. Finalmente, señala problemas como falta de coordinación entre organismos reguladores y asimetría de información.
La ley crea la Secretaría de Estado de Administración Pública y establece normas para regular las relaciones laborales de personas que desempeñan cargos públicos en el Estado, municipios y entidades autónomas, basándose en principios de profesionalización y dignificación laboral. También unifica disposiciones sobre la conducta de servidores públicos y establece a la nueva Secretaría como órgano rector del empleo público y los sistemas de carrera administrativa.
Presentación sobre el tema V del Concurso Oposición para Porteros/as del Ayuntamiento de Córdoba, donde se trata del personal al servicio de la Administración
La ley crea la Secretaría de Estado de Administración Pública y establece la carrera administrativa general para regular las relaciones laborales en el servicio público de manera profesional y digna. Deroga las leyes anteriores de servicio civil y ética pública.
El documento presenta el proyecto de presupuesto de egresos del estado de Zacatecas para 2017. Se propone un presupuesto equilibrado y austero que cumpla con los objetivos del plan estatal de desarrollo, a pesar de la reducción de fondos federales. Se reorganizan dependencias gubernamentales y se crean nuevas para mejorar la administración de recursos.
A las Comisiones Unidas de Puntas Constitucionales; de Trabajo y Prevision
Social, y de Estudios Legislativos, Segunda, de Ia Camara de Senadores de Ia
LXII Legislatura del Honorable Congreso de Ia Union, les fue turnada para su
estudio y dictamen, Ia minuta con proyecto de Decreta por el que se reforman
diversas disposiciones de Ia Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos,
en materia de desindexacion del salario minimo y establecimiento de Ia Unidad de
Medida y Actualizacion
Los integrantes de estas Comisiones Unidas procedimos al estudio de Ia minuta
en comento y analizamos en detalle las consideraciones y fundamentos que
sirven de apoyo a las modificaciones que se proponen, a fin de emitir este
dictamen.
En tal virtud, conforme a las facultades que nos confieren los articulos 85,
numeral 2, inciso a), 86, 89 y 94 de Ia Ley Organica del Congreso General de
los Estados Unidos Mexicanos; y 113, 117, 135, 178, 182, 188 y 190 del
Reglamento del Senado de Ia Republica, formulamos el presente dictamen al tenor
de Ia siguiente
Este documento define las características de un buen ciudadano digital, incluyendo el uso responsable, respetuoso y legal de las tecnologías de la información, reconocerse como miembro de una sociedad que mejora el mundo virtual, y comportamientos como el respeto, la libertad, la seguridad, la responsabilidad y no realizar actos ilícitos.
Dropbox es un servicio gratuito que permite sincronizar y compartir archivos entre diferentes dispositivos al guardarlos en una carpeta especial en la nube, de modo que los archivos pueden editarse desde cualquier lugar y los cambios se actualizan automáticamente en todos los equipos.
Adobe Illustrator es un editor de gráficos vectoriales desarrollado por Adobe Systems que permite la creación artística de dibujos y pinturas para ilustración mediante el uso de gráficos vectoriales en lugar de mapas de bits. Forma parte de la familia Adobe Creative Suite y está destinado principalmente a la ilustración.
La biblioteca de la escuela de Arte Alcides Biagetti cuenta con 5000 recursos, incluyendo libros y materiales audiovisuales. Cuenta con una sala multifuncional con computadoras para estudiantes y profesores y una videoteca. Su misión es satisfacer las necesidades de información, aprendizaje y recreación de los estudiantes y garantizar un mejor uso de sus recursos bibliográficos.
Este documento lista productos electrodomésticos como neveras y estufas de la marca Arezzo y Appiani, incluyendo sus características, dimensiones, pesos y precios. Se describen dos neveras Arezzo de 219 y 315 litros y puertas múltiples, y dos estufas, una Appiani de 60 cm con panel digital y una Arezzo más pequeña de 50 cm y 4 puestos a gas.
Este documento resume información sobre el departamento de San Pedro en Paraguay. San Pedro tiene una población de 361,513 habitantes y está ubicado en el centro de la región oriental de Paraguay. Algunas de las principales atracciones turísticas en San Pedro incluyen la catedral de 1854, el Museo Histórico Francisco Resquin y la Casa de la Cultura. La principal actividad económica de San Pedro es la ganadería y el cultivo de soja, algodón, caña de azúcar y tabaco.
El documento resume la información básica sobre el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) de Colombia. Fue creado en 1957 por Rodolfo Martínez Tono para dar formación profesional a los trabajadores colombianos. Tiene como objetivos contribuir al desarrollo del país a través de la formación técnica y tecnológica. Cuenta con 33 centros regionales y su misión es ofrecer formación profesional para apoyar el desarrollo social y técnico de los trabajadores.
La BIOS realiza comprobaciones del hardware al encender la computadora y alerta sobre errores. Se puede acceder a la BIOS presionando una tecla como Supr o F2 durante los primeros segundos de encendido. Dentro de la BIOS se pueden configurar opciones como la fecha, hora, prioridad de arranque, ahorro de energía y seguridad.
El documento discute la potestad tributaria del estado. Explica que la potestad tributaria es el poder del estado para crear y recaudar tributos de acuerdo a la ley. También describe que la potestad tributaria es abstracta, permanente, irrenunciable e indelegable. Finalmente, señala que la Constitución delega la potestad tributaria a nivel municipal para que los municipios puedan crear y administrar sus propios tributos de manera autónoma.
Este documento presenta una introducción al uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en el aula. Explica conceptos básicos sobre las TIC e Internet y propone su aplicación didáctica a través de herramientas como blogs, wikis y redes sociales. El documento también analiza los requisitos necesarios y las implicaciones educativas positivas de integrar las TIC, como mejorar las competencias digitales y fomentar un aprendizaje más colaborativo y autónomo.
El documento habla sobre las redes sociales. Explica que los humanos siempre se han relacionado en grupos como la familia o el trabajo. Actualmente, el análisis de redes sociales se usa en ciencias como la antropología o la sociología. La teoría de los seis grados de separación sugiere que cada persona está conectada a cualquier otra a través de una cadena de conocidos de un máximo de seis personas. Las redes sociales en internet permiten contactar entre individuos que pueden conocerse o no, y llevar a conocimientos directos
Este documento discute los esfuerzos para reducir el uso de bolsas de plástico y promover alternativas más sostenibles. Se propone reducir el número de bolsas de plástico usadas por persona a 90 en 2019 y 40 en 2025, y varios países de la UE ya han implementado restricciones al plástico de un solo uso. Sin embargo, se necesitan inversiones para establecer plantas de compostaje y asegurar que las alternativas tengan un mejor desempeño ambiental total. Reducir el uso de bolsas de plástico
El cariño es un afecto intenso hacia algo o alguien a quien se quiere cuidar y conservar, y el cariño verdadero es incondicional y no diferencia a las personas.
Este documento es una lista de pago de personal de asistencia social y educación para el mes de abril de 2015 en Villa Jaragua. Contiene información sobre 65 empleados como su nombre, número de cédula, cargo, sueldo bruto, deducciones, sueldo neto y tipo de pago. El total de sueldos brutos pagados fue de $40,900.00.
Este documento contiene definiciones de varios términos matemáticos como punto medio, ángulo de un solo giro, par lineal de ángulos, bisectriz de un ángulo, cuerda, recta tangente, diámetro, triángulo obtusángulo, rombo, polígono regular, arco mayor, esfera y volumen. También incluye enlaces a sitios web que proporcionan más información sobre cada término.
El documento describe los beneficios del aprendizaje colaborativo, incluyendo crear interdependencia positiva, generar debates sobre estrategias de resolución de problemas, y facilitar el intercambio de información. Explica que el aprendizaje colaborativo prepara a los estudiantes para asumir compromisos de grupo, solicitar y aceptar ayuda de otros, y aceptar diferentes puntos de vista. También compara el trabajo en equipo, cooperativo y colaborativo, y describe escenarios y actividades para el aprendizaje colaborativo.
Este documento resume los conceptos clave de sistemas informáticos y de información. Explica que un sistema informático está compuesto de hardware, software y recursos humanos, y que los sistemas de información son conjuntos de elementos, datos e información que gerentes usan para mejorar la toma de decisiones. También describe los diferentes tipos de sistemas informáticos como supercomputadoras, computadoras centrales, servidores y dispositivos móviles.
Martín Lutero, originalmente un monje agustino católico, comenzó la Reforma Protestante al criticar la corrupción en la Iglesia católica y oponerse a la venta de indulgencias. Sus 95 tesis sobre indulgencias desafiaron la autoridad del papa y llevaron a Lutero a desarrollar sus propias doctrinas basadas en la Biblia, incluyendo la justificación por la fe. Aunque fue excomulgado, sus enseñanzas encontraron apoyo y dieron forma al luteranismo como una nue
Este documento presenta la planificación de una clase sobre los principales aspectos de la pervivencia de la estructura colonial a principios de la República ecuatoriana. La clase motivará a los estudiantes con música folclórica y una ilustración simbólica de la colonia. Luego, los estudiantes trabajarán en grupos para describir aspectos como el centralismo, la economía y lo social. Finalmente, la clase presentará un organizador gráfico resumiendo los hallazgos sobre cómo se conservaron aspectos de la vida colonial en la
El documento habla sobre la gestión del empleo público en el Perú. Explica que existen 11 sistemas administrativos, incluyendo la gestión de recursos humanos. También describe la Autoridad Nacional del Servicio Civil como el organismo rector del sistema de gestión de recursos humanos del Estado. Finalmente, resume los principales regímenes laborales en el sector público, como la carrera pública y los contratos.
El documento presenta información sobre la gestión del empleo público en Perú. Explica que el sistema administrativo de gestión de recursos humanos está regulado por la Autoridad Nacional del Servicio Civil y comprende normas, principios, recursos y procedimientos para la gestión de recursos humanos en entidades públicas. También describe los principios, fuentes, clasificación y regímenes laborales que rigen el empleo público de acuerdo a la legislación peruana.
El documento describe los principios y sistemas de gestión de recursos humanos en el empleo público en Perú. Explica que la Autoridad Nacional del Servicio Civil es el organismo rector encargado de formular políticas de personal y gestionar el Sistema de Administración de Recursos Humanos. También define los diferentes regímenes laborales en el sector público como la carrera administrativa y los cargos de confianza.
La ley crea la Secretaría de Estado de Administración Pública y moderniza el marco jurídico de la función pública dominicana para adecuarlo a los estándares internacionales. Establece principios como el mérito, la igualdad de acceso, la estabilidad en los cargos de carrera y la equidad retributiva. Además, unifica las disposiciones éticas y disciplinarias aplicables a los servidores públicos de toda la administración del Estado.
Este documento presenta un proyecto de ley orgánica del servicio público en Ecuador. Establece los principios de calidad, igualdad y no discriminación que deben guiar el servicio público. Define el ámbito de aplicación de la ley para todas las instituciones públicas. Establece que todas las personas que trabajen en el sector público serán consideradas servidores públicos y deben cumplir con los requisitos de ingreso como la mayoría de edad, no tener deudas con el estado y aprobar un concurso de méritos y oposición.
Este documento presenta el proyecto de Ley Orgánica del Servicio Público, la cual tiene como objetivo regular el servicio público y la carrera administrativa en Ecuador. La ley establece principios como la calidad, igualdad y no discriminación para el servicio público. También define el ámbito de aplicación de la ley y establece requisitos para el ingreso al servicio público, como la edad mínima, educación requerida y no tener deudas con el Estado. Además, prohíbe el nepotismo en el sector público y est
Este documento presenta la Ley Marco del Empleo Público en Perú. Establece los principios y normas generales que rigen las relaciones laborales en el sector público, incluyendo el acceso, clasificación, capacitación y evaluación del desempeño de los empleados. Define las categorías de funcionarios públicos, empleados de confianza y servidores públicos, y establece que el ingreso se realiza a través de concursos públicos evaluados con base en méritos y capacidades.
1) La ley establece los principios y el ámbito de aplicación de la ley orgánica del servicio público. 2) Se prohíbe el nepotismo en el sector público y se establecen inhabilidades y prohibiciones para servidores públicos y sus familiares. 3) La ley regula los requisitos para el ingreso al servicio público, incluyendo declaraciones juramentadas y concursos de méritos y oposición.
Este documento presenta la Ley Marco del Empleo Público de Perú. Establece los principios y normas que rigen las relaciones laborales entre el Estado peruano y sus empleados públicos. Define las clasificaciones de funcionarios públicos, empleados de confianza y servidores públicos. Además, regula el acceso al empleo público a través de concursos públicos y establece los deberes y derechos de los empleados públicos.
sectores y Administracion Financiera del Estado.pptRoland991279
El documento describe el sector público y sus componentes. El sector público incluye organismos e instituciones manejadas por el Estado que operan con presupuesto público. Está compuesto por el gobierno nacional, regional y local, entes autónomos y la administración pública. Sus características incluyen operar bajo control estatal, no tener fines de lucro y que sus bienes pertenecen a los ciudadanos. El sector público busca el bienestar de la mayoría a través de funciones como propiciar estabilidad económica y garantizar
RÉGIMEN DEL SERVICIO CIVIL, LEY Nº 30057: Ideas Generales e complementación P...JOSE LUIS JARA BAUTISTA
La Ley Nº 30057, pretende incorporar un régimen unico y exclusivo en el Estado, a este le ha denominado Régimen del Servicio Civil, el mismo que a través de una complementación progresiva pretende ordenar el empleo público, surgiendo varias preguntas ¿Estaremos frente a un tránsito voluntario?, ¿Que pasa si como servidor público decido quedarme en mi régimen?.
Somos testigos que algunos Títulos de esta Ley ya se han puesto en vigencia, y por tanto resultan exigibles independientemente de que en la actualidad no exista ningún entidad en la que se haya implantado el régimen en mención.
Este documento establece las normas básicas para la administración financiera del sector público en Perú. Se crea un marco para gestionar de manera integrada y eficiente los recursos públicos a través de sistemas como el presupuesto, tesorería y endeudamiento. El objetivo es mejorar la gestión y eficiencia de las entidades públicas siguiendo principios como la articulación, centralización normativa, descentralización operativa y responsabilidad fiscal. El documento define conceptos clave y establece su ámbito de aplicación a entidades
Este documento presenta un informe sobre el estado de la situación salarial en el sector público costarricense. Explica que existen múltiples regulaciones que generan disparidades salariales entre funcionarios públicos. Describe las diferentes categorías de regulaciones que existen, incluyendo el Estatuto del Servicio Civil, convenios colectivos, reglamentos autónomos y leyes especiales. También incluye un análisis económico del gasto salarial del Estado y consideraciones jurídicas sobre la necesidad de armonizar las regulaciones salariales en procura de
Este documento describe el uso de los sistemas de programación de operaciones, organización administrativa y presupuesto para implementar programas educativos para el personal de salud y asegurados de un establecimiento de salud. Se planifican 6 ferias educativas sobre el buen trato a pacientes y los derechos y obligaciones de los asegurados, con un presupuesto de 20.000 bolivianos para cubrir los costos.
Este documento establece normas para la administración financiera del sector público en Perú. Se delega al poder ejecutivo la facultad de legislar sobre la modernización de los sistemas administrativos del estado. El decreto legislativo tiene como objetivo establecer normas para una gestión integrada y eficiente de los recursos públicos siguiendo principios como la articulación, descentralización operativa, multianualidad y responsabilidad fiscal. Abarca a entidades públicas, empresas públicas y otras organizaciones que administran recursos del estado.
Este documento presenta el Plan Anticorrupción y Atención al Ciudadano 2019 del Hospital San Jerónimo de Montería. El plan contiene seis componentes: 1) gestión del riesgo de corrupción, 2) racionalización de trámites, 3) rendición de cuentas, 4) mecanismos para mejorar la atención al ciudadano, 5) mecanismos para la transparencia y acceso a la información, y 6) iniciativas adicionales como un código de ética. El plan busca prevenir la corrupción en la instit
La ley instituye el Sistema Nacional de Control Interno y actualiza las atribuciones de la Contraloría General de la República. El sistema tiene como objetivo asegurar el uso ético, eficiente y económico de los recursos públicos. La Contraloría General es el órgano rector del sistema y define las normas básicas de control interno. Las entidades públicas deben establecer controles internos de acuerdo a las normas y están obligadas a implementar las recomendaciones de la Contraloría.
Guia normativa para el pago de prestaciones laboralesAdolfo Gonzalez
Este documento presenta una guía normativa para el pago de prestaciones laborales a los servidores públicos en Guatemala. Explica el marco legal relevante y el procedimiento estandarizado que deben seguir las unidades de recursos humanos para liquidar las prestaciones como vacaciones, aguinaldo y bonificaciones cuando finaliza la relación laboral de un empleado público. Incluye anexos con modelos de documentos como la liquidación de prestaciones y el finiquito laboral para facilitar el proceso. El objetivo es desconcentrar esta función en las instituciones gubernament
Este documento resume la normativa ecuatoriana relacionada con los procesos de selección de personal en el sector público. Señala que la Constitución, la Ley Orgánica de Servicio Público y su reglamento, así como la Norma Técnica del Subsistema de Selección de Personal, establecen que el ingreso al servicio público debe realizarse a través de concursos de méritos y oposición. El Instituto Nacional de la Meritocracia se encarga de la capacitación en esta área y puede sancionar incumpl
Este documento presenta la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público de Venezuela. Establece los principios de legalidad, eficiencia, transparencia y responsabilidad para la administración financiera del sector público nacional. Define los sistemas presupuestarios, de crédito público, tesorería y contabilidad que rigen la administración financiera, así como los entes del sector público sujetos a esta ley.
Este documento presenta una lista de compras realizadas por el Ayuntamiento Municipal de Jaragua entre enero y febrero de 2015. Incluye detalles como la fecha, número de orden, proveedor, concepto y monto de cada compra. La mayoría de las compras son de suministros y alimentos para proyectos comunitarios y el mantenimiento municipal.
La Unión Europea ha propuesto un nuevo paquete de sanciones contra Rusia que incluye un embargo al petróleo. El embargo prohibiría las importaciones de petróleo ruso por mar y limitaría las importaciones por oleoducto. Sin embargo, Hungría se opone firmemente al embargo al petróleo, argumentando que dependen en gran medida de las importaciones rusas y que les llevaría años dejar de depender.
Este documento presenta un resumen de los gastos y aplicaciones financieras correspondientes al mes de julio de 2015 para el Ayuntamiento Municipal de Villa Jaragua. Se detallan los gastos de personal, dietas, contribuciones a la seguridad social, contratación de servicios y gastos administrativos y financieros, indicando los montos presupuestados originalmente, modificaciones, devengados, pagados y saldos disponibles por cada cuenta.
El documento proporciona un registro de compras realizadas por el Ayuntamiento Municipal de Jaragua entre enero y marzo de 2015. Se enumeran 72 órdenes de compra con proveedores, conceptos, montos y estados. Las compras incluyen suministros, transporte, ayuda alimentaria y mantenimiento de equipos y servicios municipales.
La Unión Europea ha propuesto un nuevo paquete de sanciones contra Rusia que incluye un embargo al petróleo. El embargo prohibiría la importación de petróleo ruso a la UE y también prohibiría a los buques europeos transportar petróleo ruso a otros países. Sin embargo, Hungría se opone firmemente al embargo al petróleo, lo que podría retrasar la aprobación del paquete de sanciones de la UE.
La Unión Europea ha anunciado nuevas sanciones contra Rusia por su invasión de Ucrania. Las sanciones incluyen prohibiciones de viaje y congelamiento de activos para más funcionarios rusos, así como restricciones a las importaciones de productos rusos de acero y tecnología. Los líderes de la UE esperan que estas medidas adicionales aumenten la presión económica sobre Rusia y la disuadan de continuar su guerra contra Ucrania.
El documento presenta un plan de inversión municipal para 2015-2016 con 10 proyectos de construcción, electrificación y mantenimiento de infraestructura en diferentes sectores y barrios. Los proyectos incluyen la construcción de aceras, contenedores y peatonales, así como la electrificación de calles y barrios. El presupuesto total asignado es de 3,942,946.82 pesos dominicanos.
El concejo municipal de Jaragua aprobó dos resoluciones. La resolución 04/2015 autoriza corregir el nombre de un proyecto de construcción en el presupuesto municipal. La resolución 005/2015 autoriza al alcalde a realizar transferencias bancarias y presupuestarias mensuales para pagar un préstamo del Banco de Reserva que se usó para pagar la regalía pascual de los empleados municipales.
El documento presenta una relación de cheques emitidos y transferencias realizadas por el Ayuntamiento Municipal de Villa Jaragua correspondientes al mes de junio de 2015 de la cuenta bancaria 045-000488-0 destinada a educación, salud y género. Se enumeran 28 transacciones por un total de 74,376.70 realizadas a diferentes beneficiarios con sus respectivos números de cheque, fechas y partidas asignadas.
El documento presenta una relación de cheques emitidos, transferencias y otros pagos realizados en mayo de 2015 por el Ayuntamiento Municipal de Villa Jaragua desde su cuenta bancaria 045-000488-0 destinada a educación, salud y género. Se enumeran 72 pagos a diferentes beneficiarios con sus respectivos montos, fechas y códigos de identificación, sumando un total de $72,583.15 en gastos.
El documento presenta una relación de cheques emitidos y transferencias realizadas durante el mes de abril del 2015 por el Ayuntamiento Municipal de Villa Jaragua. Se detallan 360 pagos a individuos por concepto de programas de educación, salud y género, indicando el nombre del beneficiario, número de cheque, fecha y monto de cada pago. El total desembolsado asciende a 74,143.25 pesos dominicanos.
Este documento presenta un resumen de los cheques emitidos, transferencias y otros gastos realizados por el Ayuntamiento Municipal de Villa Jaragua durante el mes de marzo de 2015 desde su cuenta bancaria de Inversiones en Obras Municipales. Se enumeran 38 transacciones realizadas a diferentes beneficiarios con el objetivo de gasto y la partida correspondiente. La suma total de los gastos realizados fue de 473,929.67 pesos dominicanos.
Este documento presenta un resumen de los cheques emitidos, transferencias y otros gastos realizados en el mes de febrero del 2015 por el Ayuntamiento Municipal de Villa Jaragua desde su cuenta bancaria 040-200964-4 - Inversion Obras Municipales. Se detallan 71 transacciones realizadas con diferentes beneficiarios, partidas y montos que suman un total de 360,501 pesos dominicanos gastados.
Este documento presenta un resumen de los cheques emitidos y transferencias realizadas por el Ayuntamiento Municipal de Villa Jaragua durante el mes de enero de 2015. Se detallan 29 transacciones por un monto total de $59,718.59 de una cuenta bancaria para inversiones en obras municipales. También se presenta un resumen de las transacciones de una cuenta para gastos de personal por un total de $414,411.92.
Este reporte resume los recibos de caja del Ayuntamiento Municipal de Villa Jaragua en la República Dominicana durante el mes de junio de 2015. Se registraron ingresos totales de $1,832,488.23 de 14 contribuyentes diferentes entre el 2 y 29 de junio. La mayoría de los fondos, $1,095,262.94 y $730,175.29, provinieron de la Tesorería Nacional el 29 de junio.
Este documento es el reporte de recibos de caja por día del Ayuntamiento Municipal de Villa Jaragua en la República Dominicana para el mes de mayo de 2015. Incluye detalles de 16 recibos emitidos entre el 5 y 29 de mayo por un total de RD$1,832,738.23. Los ingresos provienen principalmente de contribuyentes individuales y de la Tesorería Nacional.
Este documento es un reporte de recibos de caja del mes de abril del 2015 para el Ayuntamiento Municipal de Villa Jaragua en República Dominicana. Contiene información sobre 76 recibos emitidos entre el 6 y 30 de abril con un total de ingresos de $1,843,238.23 pesos dominicanos. Los fondos recaudados no estaban asignados a ningún fondo específico.
El reporte muestra los cobros realizados por el Ayuntamiento Municipal de Villa Jaragua en marzo de 2015 clasificados por tipo de ingreso. Los mayores cobros fueron de 1,095,262.94 por impuestos ordinarios según la ley a la Tesorería Nacional y de 730,175.29 también por impuestos ordinarios. Otros ingresos incluyeron 400 por impuestos sobre registro de documentos, 4,000 por permisos de galleras y 1,600 por arrendamiento de terrenos en cementerios. El total recaudado fue de 1,832,338.23.
Balance Caja de Jubilaciones Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba ...Córdoba, Argentina
Los Estados Contables tienen por objeto dar a conocer la situación patrimonial y de resultados así como presupuestaria de la institución al cierre de cada ejercicio contable. Brindan información a los beneficiarios, abogados, peritos, auditores, organismos de contralor, y a la sociedad en general.
Entren los principales temas, los informes presentan información relacionada a ingresos por aportes y contribuciones; gasto prestacional y gastos de funcionamiento; fuentes de financiamiento; resultados financieros; fondo complementario, entre otros temas.
Informe de Movilidad / Mayo 2024 / Caja de JubilacionesCórdoba, Argentina
El Informe de Movilidad es una publicación de carácter mensual en la cual se detallan los sectores con reajustados en la liquidación de haberes. Se tratan temas relacionados a haber medio, haber mínimo, ley 10.333 y tope previsional, entre otros. A su vez se efectúa una estimación del impacto financiero que tendrá la movilidad sobre las erogaciones corrientes del sistema previsional.
Promulgado: Ley Integral Para Prevenir, Sancionar y Erradicar La Violencia Co...Baker Publishing Company
El Gobierno de Chile promulgó la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres en Razón de su Género, que fue ingresada durante el segundo gobierno de la presidenta Michelle Bachelet (2017). Esta ley entrega un marco normativo que establece los deberes de los distintos órganos del Estado para enfrentar la violencia contra las mujeres, acorde a los de la “Convención de Belem do Pará“, instrumento internacional que consagró el derecho de las mujeres de vivir una vida libre de violencia. Según destacaron las autoridades, esta normativa cuenta con un mecanismo de supervisión judicial de medidas cautelares para garantizar su cumplimiento y permanencia, mientras que también fortalece el rol de representación jurídica del país. Asimismo, define el concepto de violencia de género y sus distintas expresiones, entre ellas la física, psicológica, sexual, simbólica, económica y gineco-obstétrica.
Transcripción. S.E. el Presidente de la República, Gabriel Boric Font, realiz...Andrés Retamales
Transcripción. S.E. el Presidente de la República, Gabriel Boric Font, realiza Cuenta Pública 2024 [1 de junio de 2024].
Disponible en:
https://prensa.presidencia.cl/lfi-content/uploads/2024/06/01.06.2024-cuenta-publica-ante-congreso-nacional.docx.pdf
Libro secundaria de lo humano y lo comunitario.pdf
Ley 105-13 regimen-salario
1. -3-
_________________________________________________________________________
Ley No. 105-13 sobre Regulación Salarial del Estado dominicano. G. O. No. 10722 del
8 de agosto de 2013.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Ley No. 105-13
CONSIDERANDO PRIMERO: Que el Artículo 138 de la Constitución sujeta la
Administración Pública, en su actuación, a principios de eficacia, jerarquía, objetividad,
igualdad, transparencia, economía, publicidad y coordinación.
CONSIDERANDO SEGUNDO: Que la Constitución de la República en su Artículo 144
establece que “Ningún funcionario o empleado del Estado puede desempeñar, de forma
simultánea, más de un cargo remunerado, salvo la docencia. La ley establecerá las
modalidades de compensación de las y los funcionarios y empleados del Estado, de acuerdo
con los criterios de mérito y características de la prestación del servicio”.
CONSIDERANDO TERCERO: Que en cumplimiento del mandato constitucional
contenido en el Artículo 144, es necesario establecer los criterios para una remuneración
adecuada de todos los cargos del sector público dominicano, incluyendo los de alto nivel.
CONSIDERANDO CUARTO: Que transparentar, de acuerdo a criterios objetivos, las
remuneraciones percibidas por los servidores públicos, facilita la vinculación de la
complejidad, atribuciones y desempeño de su cargo, con los valores monetarios percibidos
en un marco de equidad y con fundamento legal.
CONSIDERANDO QUINTO: Que es necesario conformar un régimen de salarios y
demás remuneraciones de los cargos del sector público, en el que se definan sus
componentes, con la finalidad de garantizar la uniformidad y la transparencia.
CONSIDERANDO SEXTO: Que la política y subsecuente escala salarial deben corregir
las distorsiones existentes, reducir la brecha y proveer a los órganos rectores mecanismos y
procedimientos coherentes, apegados a los principios de transparencia y rendición de
cuentas.
CONSIDERANDO SÉPTIMO: Que una ley que transparente los componentes
remunerativos de los cargos del sector público aporta a la sociedad un mensaje de claridad,
información y de control del gasto, garantizando el derecho a la auditoría social.
2. -4-
_________________________________________________________________________
CONSIDERANDO OCTAVO: Que una administración profesional que incorpora nuevos
sistemas y que contribuye al fortalecimiento institucional y a la solidez del sistema
democrático debe incluir una remuneración ajustada a dichos requerimientos, a fin de
garantizar la permanencia de recursos humanos con la capacidad técnica requerida para el
desarrollo de sus funciones.
CONSIDERANDO NOVENO: Que la Constitución dominicana en su Artículo 144
ordena establecer por ley las modalidades de compensación de los funcionarios y
empleados públicos, atendiendo a los criterios del mérito y características de la prestación
del servicio.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 26 de enero de 2010.
VISTA: La Carta Iberoamericana de Función Pública del 26-27 de junio de 2003.
VISTA: Ley No.4378, del 10 de febrero de 1956, Ley Orgánica de Secretarías de Estado.
VISTA: Ley No.82, del 16 de diciembre de 1979, sobre Declaración Jurada de Bienes.
VISTA: La Resolución No.489-98, del 20 de noviembre de 1998, del Congreso Nacional,
que ratifica la Convención Interamericana contra la Corrupción, aprobada en Caracas,
Venezuela, en fecha 29 de marzo de 1996.
VISTA: La Ley No.200-04, del 28 de julio de 2004, Ley General de Libre Acceso a la
Información Pública.
VISTA: La Ley No.340-06, del 18 de agosto de 2006, de Contratación Pública de Bienes,
Servicios, Obras y Concesiones, y sus modificaciones.
VISTA: La Ley No.423-06, del 17 de noviembre de 2006, Orgánica de Presupuesto para el
Sector Público.
VISTA: La Ley No.449-06, del 6 de diciembre de 2006, que modifica la Ley No.340-06,
del 18 de agosto de 2006, sobre Contratación Pública de Bienes, Obras, Servicios y
Concesiones.
VISTA: La Ley No.498-06, del 28 de diciembre de 2006, de Planificación e Inversión
Pública.
VISTA: La Ley No.496-06, del 28 de diciembre de 2006, que crea la Secretaría de Estado
de Economía, Planificación y Desarrollo.
VISTA: La Ley No.494-06, del 28 de diciembre de 2006, Orgánica de la Secretaría de
Estado de Hacienda.
3. -5-
_________________________________________________________________________
VISTA: La Ley No.10-07, del 8 de enero de 2007, para el Sistema Nacional de Control
Interno y de la Contraloría General de la República.
VISTA: La Ley No.176-07, del 17 de julio de 2007, del Distrito Nacional y los
Municipios.
VISTA: La Ley No.41-08, del 16 de enero de 2008, de Función Pública y crea la Secretaría
de Estado de Administración y Función Pública.
VISTO: El Decreto No.287-06, del 17 de julio de 2006, sobre la Obligatoriedad de la
Declaración Jurada que deben prestar los Funcionarios Públicos.
VISTO: El Decreto No.527-09, del 21 de julio de 2009, que establece el Reglamento de
Estructura Organizativa, Cargos y Política Salarial del Sector Público Dominicano.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
CAPÍTULO I
DEL OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
Artículo 1.- Objeto. Esta ley tiene por objeto establecer el marco regulador común de la
política salarial para todo el sector público dominicano, con la finalidad de proporcionar
una remuneración equitativa que sirva de estímulo a los servidores públicos para alcanzar,
con niveles de rendimiento y productividad, los objetivos del Estado.
Párrafo. A los fines de esta ley se entiende por servidores públicos, a todos los
funcionarios y empleados del Estado y las entidades que lo conforman.
Artículo 2.- Obligatoriedad. Las disposiciones de esta ley son aplicables de manera
obligatoria a todas las categorías de cargos diseñados y establecidos en los órganos y entes
comprendidos dentro de su ámbito de aplicación.
Artículo 3.- Ámbito de aplicación. Están sujetos a las regulaciones previstas en esta ley,
los órganos del sector público que integran los siguientes agregados institucionales:
1) El Gobierno Central.
2) El Poder Legislativo.
3) El Poder Judicial.
4. -6-
_________________________________________________________________________
4) Entes y órganos constitucionales con régimen propio.
5) Organismos autónomos y descentralizados de naturaleza financiera y no financiera.
6) Instituciones Públicas de la Seguridad Social.
7) Los ayuntamientos del Distrito Nacional, de los municipios y las juntas de distritos
municipales.
8) Las empresas públicas no financieras y financieras.
Párrafo I.- A los efectos de esta ley se entiende por Gobierno Central, la parte del sector
público que tiene por objeto la conducción político-administrativa de la República,
conformada por los entes y órganos centralizados, descentralizados y autónomos
financieros y no financieros y de regulación, dependientes y adscritos al Poder Ejecutivo y
las instituciones públicas de la seguridad social.
Párrafo II.- Para los fines de esta ley, se entiende por entes constitucionales con régimen
propio las siguientes: Tribunal Constitucional, Tribunal Superior Electoral, Ministerio
Público, la Junta Central Electoral, la Cámara de Cuentas, el Defensor del Pueblo y el
Banco Central de la República Dominicana.
CAPÍTULO II
DEL SISTEMA REMUNERATIVO Y SUS PRINCIPIOS
Artículo 4.- Sistema remunerativo. Se instituye el Sistema Remunerativo para el Sector
Público, integrado por el conjunto de principios, normas, políticas y procesos utilizados
para la determinación de las prestaciones de los servidores públicos.
Artículo 5.- Principios rectores. El sistema remunerativo para el sector público está
enmarcado en los siguientes principios:
1) Principio de equidad. Principio general del derecho mediante el cual se establece la
aplicación de las normas y procedimientos establecidos en la presente ley de manera
justa, a todos los servidores públicos, descartando cualquier excepción de manera
exclusiva en ella.
2) Principio democrático. Gestión del empleo público que procura compatibilizar la
eficacia y eficiencia con los requerimientos de igualdad, mérito e imparcialidad.
3) Principio de conectividad. Garantía de conexión entre los objetivos estratégicos y la
remuneración, vinculados al alcance de las metas predefinidas por la organización, en
consonancia con las prioridades definidas en la Estrategia Nacional de Desarrollo.
5. -7-
_________________________________________________________________________
4) Principio de consistencia entre las políticas y acciones. Los objetivos, metas y
acciones asociadas a las políticas incluidas en los planes de desarrollo institucionales,
deben ser compatibles y guardar una relación lógicamente consistente entre sí dentro
del contexto macroeconómico y el financiamiento disponible y con apego a la
planificación de los recursos humanos.
5) Principio de equilibrio. La política salarial debe estar orientada al logro de
competencias, motivación y compromiso por parte de los servidores públicos.
6) Principio de jerarquía salarial. Ningún servidor público del Estado dominicano,
podrá devengar un salario mayor al del titular o titulares de los poderes del Estado, de
los órganos y entes de origen constitucional, de los entes y órganos dependientes o
vinculados al Poder Ejecutivo para la que labora. Asimismo, ningún servidor público,
devengará un salario mayor al que perciba el cargo inmediatamente superior.
7) Principio de equidad, complejidad y riesgo de las funciones encomendadas. Las
escalas salariales procurarán un salario igualitario para todos los funcionarios o
empleados del mismo nivel, rango o característica dentro del sector público.
CAPÍTULO III
DE LA ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA
Artículo 6.- Sobre la administración del sistema remunerativo. La administración del
Sistema Remunerativo incluye los procesos de organización, coordinación, comunicación,
aplicación, control y evaluación a nivel institucional y su cumplimiento estará a cargo del
titular de cada órgano o entidad sujetos a la aplicación de esta ley, bajo las penalidades
establecidas en el régimen de sanciones correspondiente.
Artículo 7.- Órgano rector del sistema. El Ministerio de Administración Pública, como
órgano rector del empleo público de la Administración del Estado, es el órgano responsable
de la actualización y administración del Sistema Remunerativo.
Artículo 8.- Inclusión de cargos en el presupuesto. Todos los cargos, incluidos los de alto
nivel y sus correspondientes remuneraciones, previa presentación y aprobación del
Ministerio de Administración Pública serán incluidos dentro del Proyecto de Ley de
Presupuesto General del Estado de cada institución que conforma el ámbito de aplicación
de la presente ley y presentados a la Dirección General de Presupuesto en el tiempo y forma
que establece la Ley Orgánica de Presupuesto para el Sector Público y la Ley de Función
Pública.
Párrafo I.- A los fines de respeto a las escalas salariales definidas y aprobadas relativas a
los entes y órganos dependientes o vinculados al Poder Ejecutivo, el Ministerio de
Administración Pública coordinará sus acciones con la Dirección General de Presupuesto y
6. -8-
_________________________________________________________________________
con la Contraloría General de la República como garantía de control de las estructuras
organizativas y de cargos presentadas e incluidas en la Ley de Presupuesto General del
Estado, conforme a la Ley de Función Pública y su Reglamento.
Artículo 9.- Definición de la complejidad y riesgo de los cargos. Se faculta al Ministerio
de Administración Pública, a definir los criterios a tomar en cuenta para establecer la
complejidad y las condiciones de riesgo de los cargos que conforman la Administración
Pública, incluyendo los cargos de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y de la
Administración Local.
Párrafo.- Los poderes legislativo y judicial, así como los órganos y entes constitucionales
con régimen propio, podrán recibir, previa solicitud de los incumbentes o directivos, la
asesoría del Ministerio de Administración Pública, a los fines de definir los criterios para
establecer las complejidades y riesgos de los cargos de sus respectivas instituciones.
CAPÍTULO IV
DE LAS REMUNERACIONES Y SUS COMPONENTES
Artículo 10.- Componentes salariales. Los componentes salariales de los servidores
públicos sujetos al ámbito de aplicación de esta ley, están conformados por los siguientes:
1) Salario o sueldo base.
2) Salario número 13.
Artículo 11.- Escala salarial del gobierno central. La escala salarial de los demás
funcionarios de alto nivel incluyendo a los jefes, subjefes e inspectores generales de los
estamentos de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional; de los organismos autónomos y
descentralizados, instituidos por leyes y demás funcionarios de sus dependencias
jerárquicas, serán establecidos por reglamento que al efecto dicte el Presidente de la
República a propuesta del Ministerio de Administración Pública.
Párrafo.- En el caso de los organismos autónomos y descentralizados del Estado de
naturaleza financiera, así como de los que tienen a su cargo la supervisión y regulación de
actividades económicas de interés general, la escala salarial será establecida por resolución
que dicte la autoridad competente, en coordinación con el Ministerio de Administración
Pública, según el régimen propio establecido en la ley que lo haya instituido, respetando
siempre los principios y reglas establecidas en la presente ley. La entrada en vigencia de
estas escalas salariales estará sujeta a la aprobación del Presidente de la República, previa
opinión del Ministerio de Administración Pública.
Artículo 12.- Escala de remuneraciones. La escala de remuneración de salario bruto
máximo para los presidentes de los poderes y entes constitucionales con régimen propio del
sector público dominicano, es la siguiente:
7. -9-
_________________________________________________________________________
1) Presidente (a) de la República, hasta cuatrocientos cincuenta mil pesos
(RD$450,000).
2) Presidente (a) del Senado, Presidente (a) de la Cámara de Diputados, Presidente (a)
de la Suprema Corte de Justicia y el Presidente (a) del Tribunal Constitucional, hasta
cuatrocientos mil pesos (RD$400,000).
3) Vicepresidente (a) de la República, hasta cuatrocientos mil pesos (RD$400,000.00).
4) Presidente (a) del Tribunal Superior Electoral, Presidente (a) de la Junta Central
Electoral, hasta trescientos setenta y cinco mil pesos (RD$375,000.00).
5) Presidente (a) de la Cámara de Cuentas, hasta trescientos cincuenta mil pesos
(RD$350,000.00).
6) Los (as) Ministros (as), el o la Procurador (a) General de la República, el Consultor
(a) Jurídico (a) del Poder Ejecutivo, el Contralor de la República, hasta trescientos mil
pesos (RD$300,000.00).
7) El Defensor del Pueblo, hasta doscientos cincuenta mil pesos (RD$250,000.00).
Artículo 13.- Escala salarial de los poderes, órganos y entes constitucionales del
Estado. La escala salarial que regirá para los senadores y diputados; los jueces de la
Suprema Corte de Justicia y demás jueces del Poder Judicial; los jueces del Tribunal
Constitucional; los jueces del Tribunal Superior Electoral; los integrantes del Ministerio
Público; los miembros titulares de la Junta Central Electoral; los titulares de la Cámara de
Cuentas, el Defensor del Pueblo y sus adjuntos; Banco Central de la República
Dominicana; los miembros de la Junta Monetaria, así como los servidores públicos
dependientes de cada uno de estos órganos y entes de rango constitucional, será establecida
por resolución que dicte la autoridad competente, según el régimen propio establecido en la
Constitución, ley o reglamento que lo rige, la que deberá respetar en todo caso los
principios y reglas establecidas en la presente ley.
Párrafo.- Las resoluciones de regulación y escala salarial que dicten los poderes, entidades
y órganos del Estado establecidos en este artículo, podrá tomar como referencia el
reglamento salarial que al efecto dicte el Presidente de la República para los entes y
órganos dependientes del Poder Ejecutivo.
Artículo 14.- Regulación salarial de empresas del Estado. La regulación salarial para los
directivos, administradores, funcionarios o empleados de las empresas cuyo capital social
pertenezca al menos en un setenta y cinco (75%) por ciento al Estado o a los organismos
autónomos y descentralizados del Estado instituidos por leyes, será dispuesto por
resolución del consejo directivo o autoridad competente de que se trate, en coordinación
con el ministro de su dependencia o adscripción y el Ministerio de la Administración
Pública, y su entrada en vigencia estará sujeta a la previa aprobación del Presidente de la
República.
8. -10-
_________________________________________________________________________
Artículo 15.- Régimen salarial de los ayuntamientos. Para el diseño del régimen salarial
y elaboración de la escala salarial de los ayuntamientos del Distrito Nacional, de los
municipios y los distritos municipales, se tomará como criterio la escala establecida por la
Ley Orgánica de Administración Local, previa asesoría del Ministerio de Administración
Pública.
Párrafo.- El salario máximo en un ayuntamiento o en una junta de distrito corresponde al
del Alcalde o del Director de Distrito, respectivamente, establecido mediante ordenanza del
Consejo de Regidores o Junta de Vocales, según sea el caso, bajo los criterios y principios
establecidos en esta ley, y teniendo como referencia el reglamento salarial dictado por el
Presidente de la República para los entes y órganos dependientes del Poder Ejecutivo.
Artículo 16.- Incentivos. El Ministerio de Administración Pública queda facultado para
establecer los programas de incentivos que considere pertinentes en los entes y órganos
dependientes o vinculados al Poder Ejecutivo, a fin de lograr un mayor nivel de
fortalecimiento institucional y eficacia en el cumplimiento de sus cometidos.
Párrafo.- Los incentivos estarán vinculados a los principios fundamentales de gestión por
resultados establecidos en los Planes Operativos Anuales y Estratégicos Institucionales que
se reflejen en el Presupuesto General del Estado para el sector público, de acuerdo con los
criterios de méritos y características de la prestación del servicio previstos en el Artículo
144 de la Constitución de la República.
Artículo 17.- Revisión de escala salarial bianual. El Ministerio de la Administración
Pública, queda facultado para revisar cada dos años y actualizar, si procede, las escalas
salariales establecidas de los entes y órganos dependientes o vinculados al Poder Ejecutivo,
y presentar al Presidente de la República, una propuesta de ajuste salarial, tomando en
cuenta para su indexación la tasa de inflación correspondiente publicada por el Banco
Central.
Párrafo.- El Senado de la República, la Cámara de Diputados, el Poder Judicial, y los
demás órganos y entes de origen constitucional, así como los entes que conforman la
Administración local, revisarán y actualizarán los salarios de sus funcionarios y empleados,
observando lo estipulado en este artículo y las escalas establecidas por el Ministerio de
Administración Pública.
Artículo 18.- Integridad del salario. Sobre los sueldos o salarios de los funcionarios y
empleados sujetos al ámbito de aplicación de esta ley no pueden efectuarse más descuentos
que los previstos en las leyes, los autorizados por ellos mismos para actividades
cooperativistas o lo dispuesto por sentencia dictada por los tribunales de la República.
Artículo 19.- Inembargabilidad del salario. En ningún caso pueden ser objeto de
embargo los salarios devengados por los funcionarios y empleados públicos, salvo en los
casos establecidos en las leyes.
9. -11-
_________________________________________________________________________
CAPÍTULO V
DE LAS CARGAS SALARIALES INDIRECTAS
Artículo 20.- Prestaciones sociales o indirectas. Los cargos de alto nivel contemplados en
la Ley de Función Pública, así como los titulares de los poderes del Estado, órganos y entes
de origen constitucional, disfrutarán de las siguientes prestaciones o beneficios indirectos o
colaterales:
1) Servicios de comunicación móvil.
2) Vehículo oficial.
3) Combustible.
4) Chofer, mientras se encuentre en el ejercicio de sus funciones.
5) Cobertura de los gastos en que incurran en caso de desplazamiento oficial, incluyendo
boletos aéreos, conforme lo establezcan de manera conjunta, el Ministerio de
Administración Pública y la Contraloría General de la República.
6) Seguro de salud y seguro de vida.
7) Seguridad personal.
8) Otros que establezca el Presidente de la República mediante reglamento.
Artículo 21.- Gastos de representación. Atendiendo a los requerimientos y
responsabilidades propias del cargo, los funcionarios referidos en el artículo anterior
tendrán derecho a gastos de representación mensual, por un monto máximo de hasta el
quince por ciento (15%) de su salario o sueldo base. Esta limitación no aplica para los
puestos de Presidente y Vicepresidente de la República, Presidentes del Senado y de la
Cámara de Diputados, así como a los Presidentes de la Suprema Corte de Justicia, Tribunal
Constitucional, Tribunal Superior Electoral, Cámara de Cuentas y la Junta Central
Electoral.
Párrafo.- Los gastos de representación en ningún caso tienen carácter salarial y por tanto
sólo debe disponerse de los mismos para actividades relacionadas con el cargo.
Artículo 22.- Asignación de combustible. Los cargos de alto nivel contemplados en la
Ley de Función Pública, así como los titulares de los poderes del Estado, órganos y entes de
origen constitucional, tendrán asignado un monto de hasta el diez por ciento (10%) del
salario, destinado para combustible. Esta limitación no aplica para los cargos de Presidente
y Vicepresidente de la República.
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Artículo 23.- Beneficios a funcionarios de otros estamentos estatales. El Senado de la
República, la Cámara de Diputados, el Poder Judicial y los demás órganos y entes de origen
constitucional, dispondrán mediante reglamento interno, según la clasificación de los
cargos, los funcionarios o empleados que recibirán las prestaciones o beneficios indirectos
o colaterales establecidos en el Artículo 20 de esta ley, así como los gastos de
representación y combustibles no pudiendo exceder nunca los porcentajes establecidos en
esta normativa para esos fines.
CAPÍTULO VI
DE LAS INCOMPATIBILIDADES Y PROHIBICIONES
Artículo 24.- Principios de incompatibilidad y conflictos de intereses. Se establecen
como principios básicos de incompatibilidades y conflictos de intereses vinculados a las
disposiciones de la presente ley los siguientes:
a) Los funcionarios públicos no podrán percibir ninguna remuneración con cargo del
Estado, distinta a la propia de su puesto de trabajo; y
b) No podrán ejercer otras funciones que conlleven el pago de prestaciones o
remuneraciones provenientes de otras fuentes, excepto las docentes.
Artículo 25.- Prohibiciones de carácter ético. Sin menoscabo de las disposiciones de la
Ley sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Obras, Servicios y Concesiones del Sector
Público u otra disposición al respecto, a todos los funcionarios sujetos a la presente ley les
está prohibido:
Tener participación en empresas que tengan convenios o contratos de cualquier naturaleza
con el sector público, así como con empresas subcontratistas de éstas o que perciban ayudas
públicas:
a) Utilizar su cargo para obtener ventajas, beneficios o privilegios que no esten
permitidos por la ley, de manera directa o indirecta, para él, algún miembro de su
familia o cualquier otra persona, negocio o entidad.
b) Solicitar o aceptar, además del sueldo a que tiene derecho por su cargo, algún bien de
valor económico como pago, retribución o gratificación por realizar los deberes y
responsabilidades inherentes a su cargo.
c) Ser parte o tener algún interés en las ganancias o beneficios producto de un contrato
con cualquier institución pública o privada.
d) Obtener préstamos y contraer obligaciones con personas naturales o jurídicas con las
cuales se tengan relaciones oficiales en razón del cargo público que desempeñan.
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e) Utilizar en su provecho o de terceros, los bienes, equipo, valores y materiales del
Estado, sobre todo aquellos que están bajo su responsabilidad.
f) Promover y propiciar el nepotismo en las oficinas del Estado de acuerdo a lo
establecido en la Ley de Función Pública.
g) Percibir salario por labores ejecutadas después del vencimiento del período de prueba
que le haya sido señalado, a menos que sea declarado empleado regular o nombrado
de conformidad con las normas de la Ley de Función Pública y su Reglamento de
Aplicación.
Artículo 26.- Prohibición de beneficios por gestión. Queda prohibida la concesión de
beneficios e incentivos a todo funcionario o empleado público sujeto al ámbito de
aplicación de esta ley, por resultados de gestiones administrativas que se encuentren dentro
del ámbito de su competencia.
Artículo 27.- Remuneraciones especiales. Los cargos del sector público dentro de cuyas
funciones esté las de presidir o formar parte de algún Consejo, junta, comisiones, órganos
decisorios, asesores o consultivos, no requieren remuneración especial adicional, incentivos
o gastos de representación accesorios o diferentes a los prescritos en esta ley. Queda
expresamente prohibida la recepción de pago de cualquier índole por el desempeño de estas
funciones.
Artículo 28.- Reprogramaciones con fines de aumento salarial. Queda prohibido realizar
reprogramaciones tendentes a aumentos salariales aislados.
Artículo 29.- Modificaciones salariales. Para los efectos de esta ley queda prohibida la
modificación de salarios una vez determinadas las escalas para cada sector o agregado
institucional.
Artículo 30.- Tarjetas de crédito. Queda prohibida la asignación y el uso de tarjetas de
crédito a los funcionarios de alto nivel establecidos en esta ley, con excepción de los
puestos correspondientes al Presidente y Vice-Presidente de la República, Presidentes de
las Cámaras Legislativas, Presidente de la Suprema Corte de Justicia, y los titulares de
órganos y entes de origen constitucional.
Artículo 31.- Suspensión de pensión o jubilación. Sin desmedro de lo establecido en el
Sistema de Pensiones de la República Dominicana, cuando un pensionado o jubilado
vuelva a desempeñar funciones remuneradas en entes y órganos del Estado, se le
suspenderá el derecho de la pensión durante el tiempo en que preste servicios.
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CAPÍTULO VII
DE LAS SANCIONES
Artículo 32.- Sanción por incompatibilidades. Los funcionarios que incumplan las
incompatibilidades y prohibiciones establecidas en esta ley, así como aquellos que den un
mal uso a los gastos de representación asignados, serán sancionados con la pena de
inhabilitación para el desempeño de funciones públicas hasta por un período de cinco (5)
años. En el caso de mal uso de los gastos de representación, se dispondrá además, el
reintegro del duplo de la cantidad malversada.
Párrafo.- A los fines del juicio político establecido en la Constitución, se considerará falta
grave la violación de las prohibiciones establecidas en esta ley.
Artículo 33.- Sanción por omisión salario 13. Se sancionará al titular del órgano que no
presupueste las asignaciones correspondientes, relativas a las previsiones presupuestarias
para el otorgamiento del salario 13, con una multa equivalente a tres (3) veces su salario
mensual, sin perjuicio de otras medidas que pueda tomar el Presidente de la República.
CAPÍTULO VIII
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 34.- Supervisión. El Ministerio de Administración Pública es el órgano
competente para la supervisión de la aplicación de esta ley en los entes y órganos
dependientes o vinculados al Poder Ejecutivo.
Artículo 35.- Obligatoriedad de un sistema de información. Todo órgano o entidad
contemplado en el ámbito de aplicación de esta ley debe poner a disposición del Sistema de
Administración de Servidores Públicos del Ministerio de Administración Pública,
información sobre los funcionarios y empleados que lo integran a fin de obtener un
conocimiento real y actualizado de las disponibilidades cuantitativas y cualitativas de
recursos humanos existentes y previsibles en el futuro para la adecuada gestión del capital
humano.
Párrafo.- El Ministerio de Administración Pública, en calidad de órgano rector del sistema
remunerativo publicará cada tres meses las estadísticas sobre personal, como garantía de la
transparencia del Sistema de Recursos Humanos del Sector Público.
Artículo 36.- Publicación de ejecución presupuestaria. Toda institución comprendida en
el ámbito de aplicación de la presente ley está obligada a publicar en su correspondiente
página web, la ejecución presupuestaria mensual relativa a las nóminas presupuestadas y
ejecutadas en las que se reflejen todos los montos destinados al pago de salario, y publicar
además otras remuneraciones en dinero o especie hechas a los funcionarios y empleados
públicos.
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Artículo 37.- Actualización de clasificadores presupuestarios. El Ministerio de
Hacienda, como órgano rector de la conducción unificada e integral de las finanzas públicas
nacionales, tiene la obligación de actualizar o crear, si fuere necesario, los clasificadores
presupuestarios contentivos de los rubros expresados en el cuerpo de la presente ley, así
como aquellos clasificadores que permitan especificar los valores presupuestados como
ejecutados y las desviaciones respecto a las escalas salariales de los cargos y los
componentes de sus remuneraciones.
Artículo 38.- Denuncia de faltas. Cualquier ciudadano está facultado para denunciar ante
los órganos competentes, el incumplimiento de esta ley por parte de funcionarios obligados,
y los órganos encargados de su vigilancia actuar en consecuencia con la denuncia realizada.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera: Plazo para reglamentos complementarios. Dentro de los seis (6) meses a partir
de la entrada en vigencia de esta ley, el Ministerio de Administración Pública deberá
elaborar y presentar al Poder Ejecutivo los reglamentos complementarios a esta ley.
Segunda: Plazo para definir escalas salariales. Dentro de los seis (6) meses a partir de la
entrada en vigencia de esta ley, el Ministerio de Administración Pública está en la
obligación de elaborar el reglamento de escala salarial e incentivos para los entes y órganos
dependientes o vinculados al Poder Ejecutivo, el cual será dictado por el Presidente de la
República.
Tercera: Revisión de escalas salariales. El Ministerio de la Administración Pública
realizará un estudio de la dotación del personal, la escala salarial y de remuneraciones del
cuerpo diplomático y presentar las propuestas respectivas en un plazo de hasta diez (10)
meses luego de promulgada la presente ley. Asimismo, se ordena al Ministerio de
Administración Pública el estudio de los salarios de la Policía Nacional y las Fuerzas
Armadas, y la presentación de una propuesta que elimine las distorsiones existentes en un
plazo no mayor a diez (10) meses a partir de la promulgación de la presente ley.
Cuarta: Plazo de adecuación de entes del Estado. El Senado de la República, la Cámara
de Diputados, la Suprema Corte de Justicia, y los demás órganos y entes de origen
constitucional, tienen un plazo de seis meses, a partir de la entrada en vigencia de esta ley,
para la revisión, adecuación y actualización de su régimen de remuneración interno, según
los parámetros establecidos en esta ley.
Quinta: Entrega de tarjetas de crédito. A partir de la entrada en vigencia de esta ley,
todos los funcionarios contemplados en su ámbito de aplicación entregarán sus tarjetas de
crédito a la Contraloría General de la República en un plazo de diez (10) días, a los fines de
su cancelación. En caso de incumplimiento, el Contralor General de la República
procederá sin demora a realizar la cancelación de las mismas.
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Sexta: Inequidad salarial. El Ministerio de Administración Pública en coordinación con
los entes y órganos dependientes o vinculados con el Poder Ejecutivo, realizará, en un plazo
no mayor de 3 meses a partir de la entrada en vigencia de esta ley, un levantamiento del
personal y de sus retribuciones reales, a fin de establecer mecanismos que garanticen la
equidad salarial institucional.
Séptima: Salarios de altos cargos no incluidos. Los salarios de los demás funcionarios de
altos cargos que no estén previstos en la presente ley, serán establecidos transitoriamente
por el Presidente de la República hasta tanto se aprueben, a propuesta del Ministerio de
Administración Pública, los salarios definitivos de estos cargos, pudiendo éstos ser menores
o mayores a los que se fijen temporalmente.
Octava: Las disposiciones de esta ley en lo que respecta al Banco Central de la República
Dominicana, entrarán en vigencia de inmediato, con excepción de la escala salarial, la cual
será revisada después de cumplido el 2do. año de promulgación de la presente ley.
DISPOSICIONES FINALES
Primera: Derogaciones. Esta Ley deroga toda ley, decreto o resolución que le sea
contraria.
Segunda: Entrada en vigencia. Esta ley entra en vigencia a partir de su promulgación y
publicación según lo establecido en la Constitución de la República y transcurridos los
plazos fijados en el Código Civil de la República Dominicana.
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo
Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los nueve
(09) días del mes de agosto del año dos mil doce; años 169º de la Independencia y 149º de
la Restauración.
Cristina Altagracia Lizardo Mézquita
Vicepresidenta en Funciones
Rubén Darío Cruz Ubiera Amarilis Santana Cedano
Secretario Secretaria Ad-Hoc.
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DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional,
en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a
los trece (13) días del mes de agosto del año dos mil doce (2012); años 169.º de la
Independencia y 149.º de la Restauración.
Abel Atahualpa Martínez Durán
Presidente
Kenia Milagros Mejía Mercedes Orfelina Liseloth Arias Medrano
Secretaria Secretaria
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República.
PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su
conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República
Dominicana, a los seis (6) días del mes de agosto del año dos mil trece (2013); años 170 de
la Independencia y 150 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Ley No. 106-13 que modifica los artículos 223, 224, 279, 291, 296, 339, 340 y 380 de la
Ley No. 136-03, del 7 de agosto de 2003, que crea el Código para el Sistema de
Protección de los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes, y suprime
el Art. 350 de dicha ley. G. O. No. 10722 del 8 de agosto de 2013.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Ley No. 106-13