Esta ley crea nuevas secciones de provincia en varios departamentos de Bolivia y eleva algunos cantones a la categoría de sección. También designa nuevas capitales para algunas secciones. La ley busca mejorar la administración territorial del país dividiéndolo en unidades más pequeñas y definidas.
Historia Decreto 3551 de Remuneraciones Sector MunicipalNelson Leiva®
Este manual editado por la Contraloría General de la República muestra la Historia y aplicación del Decreto 3551 de Remuneraciones del Sector Municipal .
En el Perú cuando un procedimiento administrativo se paraliza o retarda se facilita al administrado la figura de la queja por defecto de tramitación que no es un recurso (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI
MEMORIA DESCRIPTIVA PARA LA ACREDITACIÓN DE LA DISPONIBILIDAD HÍDRICA SUPERFICIAL DE PEQUEÑOS PROYECTOS EN DEL FUNDO “SAN PEDRO” ANEXO DE SHIMAYACU DISTRITO DE VITOC, PROVINCIA DE CHANCHAMAYO - REGION JUNÍN
Codificación de Asientos Electorales para el
proceso de la Elección de Presidenta o Presidente, Vicepresidenta o Vicepresidente, Senadoras y Senadores, Diputadas y Diputados, y de Representantes ante Organismos Parlamentarios Supraestatales del Es- tado Plurinacional de Bolivia
Historia Decreto 3551 de Remuneraciones Sector MunicipalNelson Leiva®
Este manual editado por la Contraloría General de la República muestra la Historia y aplicación del Decreto 3551 de Remuneraciones del Sector Municipal .
En el Perú cuando un procedimiento administrativo se paraliza o retarda se facilita al administrado la figura de la queja por defecto de tramitación que no es un recurso (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI
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Modelo de Divorcio conforme a la Ley 603 (Código de las Familias)Fernando Barrientos
Señala los elementos que debe contener la demanda de divorcio cumpliendo los requisitos que dispone la nueva norma, acompañando la prueba documental y el "acuerdo regulador"
Modelo de memorial cuyo contenido refleja una contestación sobre acción ordinaria de divorcio y reconvención de un juicio de divorcio.
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Ley que fija el límite territorial entre las provincias del Guayas y Manabí e...veroasambleista
Registro Oficial de la Ley que fija los Límites Territoriales en la Manga del Cura, cantón El Carmen de la provincia de Manabí. Aprobada el pasado 11 de abril.
CAMPAÑAS DE PREVENCIÓN DEL CÁNCER DE CUELLO UTERINO EN MUNICIPIOS BOLIVIANOS:...Doctora Edilicia
Bolivia es uno de los países latinoamericanos con índices más altos de cáncer de cuello
uterino. Según la Organización Mundial de Salud (OMS)1 en el año 2012 se detectaron
2.029 nuevos casos de cáncer de cuello uterino en Bolivia y se registró 845 muertes por
esta enfermedad, lo que significa un promedio de 2,3 fallecimientos por día. Estos datos
son altamente preocupantes, porque en realidad este mal es bastante fácil de prevenir.
Para ello, es suficiente que las mujeres se sometan a la prueba de Papanicolaou PAP, un
examen ginecológico simple y de bajo costo; gratuito en el caso boliviano.
GUÍA PARA LA INSERCIÓN DE LAS TIC EN EL AULA - 2016Doctora Edilicia
La educación es un derecho, un valor y una herramienta fundamental para la inclusión social, la reducción de desigualdades y la
construcción de ciudadanía. La escuela y el colegio, además de ser fundamentales en la adquisición de conocimientos teóricos, prácticos
y habilidades técnicas y humanísticas, también son espacios apropiados para que las personas nos desarrollemos integralmente,
conozcamos y ejerzamos nuestros derechos y deberes, aprendamos y practiquemos los valores democráticos y seamos cada vez mejores
ciudadanos y ciudadanas.
En el país hemos avanzado mucho, en los últimos años, en garantizar el acceso a la educación. Las coberturas, según el Instituto Nacional
de Estadísticas (INE) sobrepasan el 90%, en los niveles de primaria y secundaria. Pero el gran desafío, y la tarea pendiente, es el de
trabajar por el mejoramiento de la calidad de la educación. La incorporación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC)
en el proceso educativo es un factor que contribuye a este propósito. Vale la pena recordar, aunque sea reiterativo, que, en pleno siglo
XXI, quien esté al margen de las TIC estará alejado de la posibilidad de acceder a los conocimientos.
El Municipio es una las instituciones democráticas que goza de la confianza
ciudadana. Creado con la Ley de Participación Popular (1995) y consolidado
–en términos normativos– por la Constitución Política del Estado (2009)
y por la Ley Marco de Autonomías y Descentralización (2010), se ha
constituido en el espacio privilegiado para que las y los ciudadanos puedan
ejercer sus derechos y sus obligaciones.
PLANIFICACIÓN MUNICIPAL PARTICIPATIVA EN SALUD - 2016Doctora Edilicia
La presente guía tiene la finalidad de apoyar a los gobiernos autónomos municipales,
específicamente al sector salud a nivel municipal y a la estructura social en salud, en la
elaboración del Programa Operativo Anual (POA) y el Presupuesto de Salud.
La elaboración de ambas herramientas es indispensable para garantizar un mejor acceso
a la salud de la población y mejorar también la calidad del servicio, así como responder a
las demandas más urgentes de la comunidad en el ámbito de la salud.
PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA Y OPERATIVA MUNICIPAL - 2016Doctora Edilicia
La planificación es una actividad necesaria en el desarrollo de la gestión pública, define
el “qué lograr” (Makón, 2014) y hacia dónde apuntan los objetivos. Es una función
inherente a la tarea de gobernar que consiste en anticiparse a los acontecimientos,
pensar antes de actuar y optar conscientemente entre rumbos de acción alternativos,
en condiciones de escasez (Shack, 2014).
GESTIÓN MUNICIPAL DE PROYECTOS DE INVERSIÓN - 2016Doctora Edilicia
La presente Guía es la tercera versión del material elaborado en 2012 y 2014, y tiene el
objeto de apoyar a los Gobiernos Autónomos Municipales en la ejecución de proyectos
de inversión municipal tomando en cuenta la normativa existente en Bolivia.
Esta versión contiene una actualización y adaptación en base al nuevo Reglamento Básico
de Preinversión (RBP), aprobado mediante Resolución del Ministerio de Planificación del
Desarrollo N° 115, del 12 de mayo de 2015 (Ver ANEXO Nº 1). Esta disposición, emanada
por el órgano rector, contempla los cambios en la estructura jurídica y normativa a partir
de la puesta en vigencia de la nueva Constitución Política del Estado.
La realidad municipal boliviana reporta debilidades en el proceso de concepción y
asunción eficaz de la recientemente instituida facultad legislativa.
Los cambios en el escenario político e institucional han evidenciado la aparición
de nuevos actores en la dinámica municipal y una renovación de élites políticas que
denotan un fortalecimiento del proceso democrático y sociopolítico sin precedentes.
Estos cambios, y los factores positivos que conllevan, pueden venir acompañados de
un debilitamiento de las capacidades de gestión legislativa, fiscalizadora y ejecutiva,
determinados por la alta rotación y movilidad funcionarias.
PLANIFICACIÓN MUNICIPAL PARTICIPATIVA EN EDUCACIÓN - 2016Doctora Edilicia
La presente guía tiene la finalidad de apoyar a los gobiernos autónomos municipales,
sector educación a nivel municipal y comunidad organizada, en el proceso de elaboración
del Programa Operativo Anual y Presupuesto en Educación.
Preguntas y respuestas del manual actualizado del Consultorio Municipal 2015 de la Doctora Edilicia del PADEM, un programa ejecutado por Solidar Suiza y financiado por la Cooperación Suiza en Bolivia.
Recomendaciones de la Cámara de Diputados para aplicar la Ley 348Doctora Edilicia
RECOMENDACIONES DE LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN, LEGISLACIÓN Y SISTEMA ELECTORAL
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS A AUTORIDADES RESPONSABLES DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA LEY INTEGRAL Nº 348
PARA GARANTIZAR A LAS MUJERES UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
GESTIÓN MUNICIPAL DE PROYECTOS DE INVERSIÓN (CON PRESUPUESTO MENOR A BS 50.000)Doctora Edilicia
Con el fin de coadyuvar a la gestión municipal de proyectos de inversión se ha elaborado
la presente Guía Referencial Municipal para proyectos con financiamiento menor a Bs
50.000.
Este segmento de proyectos constituye una herramienta técnico – operativa que
orienta la preparación, la formulación presupuestaria, los procesos de contratación y
la ejecución de proyectos de inversión, adecuada a la normativa y procesos nacionales
para inversión pública.
La presente guía tiene la finalidad de apoyar a los gobiernos autónomos municipales,
específicamente al sector salud a nivel municipal y a la estructura social en salud, en la
elaboración del Programa Operativo Anual (POA) y el Presupuesto de Salud.
La elaboración de ambas herramientas es indispensable para garantizar un mejor acceso
a la salud de la población y mejorar también la calidad del servicio, así como responder a
las demandas más urgentes de la comunidad en el ámbito de la salud.
La planificación es una actividad necesaria en el desarrollo de la gestión pública, define
el “qué lograr” (Makón, 2014) y hacia dónde apuntan los objetivos. Es una función
inherente a la tarea de gobernar que consiste en anticiparse a los acontecimientos,
pensar antes de actuar y optar conscientemente entre rumbos de acción alternativos,
en condiciones de escasez (Shack, 2014).
GESTIÓN MUNICIPAL DE PROYECTOS DE INVERSIÓN (CON PRESUPUESTO ENTRE BS 50.001 ...Doctora Edilicia
La presente Guía tiene la finalidad de apoyar a los gobiernos autónomos municipales
en la ejecución de proyectos de inversión municipal entre Bs 50.001 y Bs 1.000.000,
tomando en cuenta la normativa existente en Bolivia.
Los proyectos de este rango concentran una gran parte de la inversión municipal. En su
mayoría son financiados con recursos municipales y contratados bajo la modalidad de
apoyo a la producción y empleo de la norma boliviana de adquisiciones.
La realidad municipal boliviana reporta debilidades en el proceso de concepción y
asunción eficaz de la recientemente instituida facultad legislativa.
Los cambios en el escenario político e institucional han evidenciado la aparición
de nuevos actores en la dinámica municipal y una renovación de élites políticas que
denotan un fortalecimiento del proceso democrático y sociopolítico sin precedentes.
Estos cambios, y los factores positivos que conllevan, pueden venir acompañados de
un debilitamiento de las capacidades de gestión legislativa, fiscalizadora y ejecutiva,
determinados por la alta rotación y movilidad funcionarias.
PLANIFICACIÓN MUNICIPAL PARTICIPATIVA EN EDUCACIÓNDoctora Edilicia
La presente guía tiene la finalidad de apoyar a los gobiernos autónomos municipales,
sector educación a nivel municipal y comunidad organizada, en el proceso de elaboración
del Programa Operativo Anual y Presupuesto en Educación.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
COPARTICIPACIÓN TRIBUTARIA - IMPUESTO DIRECTO A LOS HIDROCARBUROS (IDH) - CUENTA ESPECIAL DIÁLOGO NACIONAL 2000GOBIERNOS AUTÓNOMOS MUNICIPALES GESTIÓN 2015
Las Directrices, tienen por objeto establecer los lineamientos generales y específicos para la formulación y gestión de los Presupuestos Institucionales de las entidades del sector público, en el marco de los pilares de la Agenda Patriótica 2025, Plan de Desarrollo Económico y Social, Planes Estratégicos Institucionales, Planes Operativos Anuales y la normativa vigente.
1. LEY Nº 1669
LEY DE 30 DE OCTUBRE DE 1995
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
DIVISION POLITICO - ADMINISTRATIVA. Se crea secciones de provincia y se elevan a
categoría de sección a cantones, toda la República.
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
ARTICULO 1°. - De conformidad con el artículo 18 del Art. 59° de la constitución Política
Del Estado, créase las siguientes Unidades de División Político - Administrativas, que guardan
conformidad con los correspondientes mapas del anexo 1.
a. Sección de Provincia, en la Provincia Oropeza del Departamento de Chuquisaca, con
Capital Yotala y que comprende los Cantones Yotala, Huayllas, Tuero y Pulqui.
b. Sección de Provincia, en la Provincia Murillo del departamento de La Paz, con Capital
Palca y que comprende los Cantones Palca, Cohoni y Quillihuaya.
c. Sección de Provincia, en la Provincia Cercado del Departamento de Oruro, con Capital
Caracollo y que comprende los Cantones Caracollo, La Joya, Vilacara, Sillota Vinto,
Lajma, Sillota Belén y Kemalla.
d. Sección de Provincia, en la Provincia Tomás Frías del Departamento de Potosí con
capital Tinquipaya y que comprende el Cantón del mismo nombre y el Cantón
Anthura.
e. Sección de Provincia, en la Provincia Andrés Ibañez del Departamento de Santa Cruz,
con Capital Cotoca y que comprende el Cantón Cotoca.
f. Sección de Provincia, en la Provincia Nicolás Suárez del Departamento de Pando, con
Capital Porvenir y que comprende los Cantones Campo Ana y San Luis.
g. Sección de Provincia, en la Provincia Cercado del Departamento del Beni, con Capital
San Javier y comprende los cantones San Javier y San Pedro.
ARTICULO 2°. - De acuerdo al Art. 12°, numeral 3 de la Ley 1551 (Participación Popular),
las capitales de departamento, son capitales de la sección de la provincia donde se encuentran
ubicadas y les corresponde los siguientes cantones:
2. a. Sección de la Provincia Oropeza con Capital la ciudad Sucre, comprende los Cantones
Sucre, Chaunaca, Potolo, Arabate, Huata, La Palca, Mojotoro, Quila Quila, San
Lázaro, San Sebatián, Chuqui, Huañifaya, Mamahuasi y Maragua.
b. Sección de la Provincia Murillo con Capital la Ciudad de Nuestra Señora de La Paz,
comprende los Cantones: La Paz y Zongo.
c. Sección de la Provincia Cercado con su Capital la Ciudad de Oruro, comprende los
Cantones: Oruro, Paria, Teniente Bullaín, Nueve de Abril (Tholapalca), Huayña Pasto
Grande, Soracachi, Iruma y Lequepalca.
d. Sección de la Provincia Tomás Frías con su Capital la Ciudad de Potosí comprende los
Cantones: Potosí, Tarapaya, Huari Huari y Chulchucani..
e. Sección de la Provincia Andrés Ibañez con su Capital Ciudad de Santa Cruz de la
Sierra, comprende los Cantones: Santa Cruz de la Sierra, Palmar del Oratorio, Paurito
e Ing. Montero Hoyos.
f. Sección de la Provincia Nicolás Suárez con su Capital la Ciudad de Cobija y que
comprende al Cantón Santa Cruz.
g. Sección de la Provincia Cercado con su Capital la ciudad de Trinidad y que
comprende el cantón del mismo nombre.
ARTICULO 3°. - Elévase a la categoría de sección de provincia a las siguientes unidades
político - administrativas: que guardan conformidad con los correspondientes mapas del anexo
2.
a. El Cantón BAURES, como Segunda Sección de la Provincia Iténez del Departamento
del Beni, tiene por capital a la localidad de Baures y está conformada por los Cantones
Baures y Mateguá.
b. El Cantón HUACARAJE, como Tercera Sección de la Provincia Iténez, del
Departamento del Beni, tiene por capital a la localidad de Huacaraje, y está
conformado por los Cantones: Huacaraje y El Carmen.
c. El Cantón EXALTACIÓN, como Segunda Sección de la Provincia Yacuma del
Departamento del Beni, tiene por capital y único Cantón a Exaltación.
d. El Puerto Mayor de CARABUCO, como Tercera Sección de la Provincia Camacho
del Departamento de La Paz, tiene por capital la localidad de Carabuco, y está
conformado por los Cantones Puerto Carabuco, Puerto Chaguaya, San Miguel de
Yaricoa y Ambaná.
e. El Puerto Mayor de GUAQUI, como Segunda Sección de la Provincia Ingavi del
Departamento de La Paz, tiene por capital y único Cantón a Guaqui.
3. f. El Puerto Menor de RURRENABAQUE, como Cuarta Sección de la Provincia José
Ballivián del Departamento del Beni, tiene por capital y único Cantón a Rurrenabaque.
ARTICULO 4°. - Los municipios de Yotala, Palca, Cotoca, Tiquipaya, Caracollo, San Javier
y Porvenir, mantendrán la Sub prefectura y deberán mancomunarse obligatoriamente con los
Gobiernos Municipales de Sucre, Nuestra Señora de La Paz, Santa Cruz de la Sierra, Potosí,
Oruro, Trinidad y Cobija, respectivamente, en materias de planificación urbana, definición de
uso de suelos y gestión de servicios públicos afectados a la administración municipal, además
de las materias que voluntariamente permitan la realización de fines que les sean comunes.
ARTICULO 5°. - Se designa como Capital de la Segunda Sección a la ciudad de
"Guayaramerín", en lugar de la localidad de Villa Bella en la Provincia Vaca Diez del
Departamento del Beni.
ARTICULO 6°. - Se designa como Capital de la Primera Sección, a su vez Capital de la
Provincia Gral. Federico Román del Departamento de Pando, a la localidad de Nueva
Esperanza en lugar de Fortaleza y comprende los Cantones Nuevo Manoa y Río Negro.
ARTICULO 7°. - El Poder Ejecutivo podrá requerir la mancomunidad de municipios,
respondiendo a necesidades de administración de territorio, población y servicio públicos
comunes.
ARTICULO 8°. - El Poder Ejecutivo, mediante Decreto Supremo, y en el marco de la Ley
General del Medio Ambiente, aprobará las directrices generales que deberán cumplir los
Gobiernos Municipales para la aprobación de los planes de uso de suelo urbano y rural.
El Poder Ejecutivo, mediante Resolución Suprema, homologará la Ordenanza Municipal de
determina los radiourbanos y los planes de uso del suelo rural.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintiséis días del mes de
octubre de mil novecientos noventa y cinco años.
H. JUAN CARLOS DURÁN SAUCEDO, Presidente del H. Senado Nacional.- H. Guillermo
Bedregal Gutiérrez, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Walter Zuleta Roncal,
Senador Secretario.- H. Horacio Torres Guzmán, Senador Secretario.- H. Luis Zanabria
Taboada, Diputado Secretario.- H. Miguel Antoraz Chalup, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de octubre de mil
novecientos noventa y cinco años.
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Presidente Constitucional de la República.- Freddy
Teodovich Ortiz, Ministro de Desarrollo Humano.- Moises Jarmusz Levy, Ministro de
Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente.