SESION DE APRENDIZAJE PARA3ER GRADO -EL SISTEMA DIGESTIVO
Ley 43 de 1990
1. LEY 43 DE 1990
YEZID BARRETO PUELLO
UNIVERSIDAD DE LA COSTA CUC
2. LEY 43 DE 1990
PRINCIPIOS
FUNCIONES
Se entiende por Contador Público la persona natural que,
mediante la inscripción que acredite su competencia profesional
en los términos de la presente, está facultada para dar fe pública
de hechos propios del ámbito de su profesión, dictaminar sobre
estados financieros, realizar las demás actividades relacionadas
con la ciencia contable en general.
• Integridad
• Objetividad
• Independencia
• Responsabilidad
• Confidencialidad
• Conducta Ética• Asesoría Tributaria
• Asesoría Gerencia
• Certificaciones
• Estados Financieros
Sociedades de contadores públicos
Es la persona jurídica que contempla como
objeto principal desarrollar por intermedio de
socios, prestaciones de servicios públicos
Estarán sujetas a la vigilancia de la junta central de
contadores
JUNTA CENTRAL DE CONTADORES
CONCEJO TECNICO DE LA CONTADURIA PUBLICA