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Los Derechos
del Consumidor
de Energía
Eléctrica.
1   A la hora de
    contratar ...
Los Derechos de los Consumidores



1.1
                                                  de Energía Eléctrica.




             El Contrato de Acceso a Red.-

                          Se celebra con la Empresa Distribuidora de
                          la zona en la que se vaya a realizar el
                          consumo.

                          Es un contrato tipo elaborado por el
                          Ministerio de Industria.

                          Su duración es anual prorrogable, si bien el
                          consumidor puede solicitar la baja en
                          cualquier momento (preaviso de 5 días).

Carmen Mª García Sánchez
Responsable del Servicio Jurídico
Los Derechos de los Consumidores



1.2 Los costes del contrato.-
                                                de Energía Eléctrica.




                     Cuando existe un punto de suministro, el
                     contrato es gratuito.

                     Si no existe punto de suministro, además de
                     derechos de acceso a red y extensión, el
                     usuario debe pagar los costes de la acometida.

                     Otros gastos del contrato: derechos de
                     verificación y depósito de garantía.

 Carmen Mª García Sánchez
 Responsable del Servicio Jurídico
2
    A vueltas
    con la
    factura ...
Los Derechos de los Consumidores



2.1
                                               de Energía Eléctrica.




             La factura.-

                    Se emiten con una periodicidad mensual.

                    Los consumos se calculan conforme a
                    lecturas reales de los equipos de medida.

                    También se usan las lecturas estimadas.

                    El plazo para su abono es de 20 días.


Carmen Mª García Sánchez
Responsable del Servicio Jurídico
Los Derechos de los Consumidores



2.2
                                               de Energía Eléctrica.




             La lectura real. La medición.-

                   La medición de los suministros a tarifa es
                   responsabilidad de la empresa distribuidora.

                   Los equipos de medida (contadores) pueden
                   ser en propiedad o alquilados.

                   En caso de disconformidad con la facturación
                   podemos solicitar la verificación de los
                   equipos de medida.


Carmen Mª García Sánchez
Responsable del Servicio Jurídico
Los Derechos de los Consumidores



2.3
                                              de Energía Eléctrica.




             La lectura estimada.-

                   Se aplica en aquellos supuestos en los que no
                   puede practicarse una lectura real.

                   Se calcula sobre la base del histórico del
                   cliente, tomando el consumo real del mismo
                   periodo del año anterior.

                   La lectura estimada debe ser tener un carácter
                   excepcional ya que, de lo contrario, generaría
                   graves desequilibrios en la facturación.

Carmen Mª García Sánchez
Responsable del Servicio Jurídico
Los Derechos de los Consumidores



2.4 El impago de la factura.-
                                                 de Energía Eléctrica.




                     Es causa de suspensión del suministro.

                     Deben haber transcurrido más de dos meses
                     desde el requerimiento fehaciente de pago.

                     El requerimiento debe precisar la fecha en la
                     que la suspensión se hará efectiva.

                     Un vez abonada la factura (+ la reconexión) el
                     suministro debe restablecerse en 24 horas.

 Carmen Mª García Sánchez
 Responsable del Servicio Jurídico
3   Cuestión de
    Calidad ...
Los Derechos de los Consumidores



3.1
                                                     de Energía Eléctrica.




             La calidad del servicio.-

                      •      Continuidad del suministro (número y
                             duración de las interrupciones).

                      •      Calidad del producto (características de
                             la onda de tensión).

                      •      Calidad en la atención y relación con el
                             cliente.

Carmen Mª García Sánchez
Responsable del Servicio Jurídico
Los Derechos de los Consumidores



3.2
                                               de Energía Eléctrica.




             La continuidad del suministro.-

                   Viene determinada por el número y la duración
                   de las interrupciones.

                   Los mínimos exigibles de calidad dependen
                   del lugar donde se ubique el suministro y del
                   tipo de interrupción.

                   En caso de incumplimiento, el consumidor tiene
                   derecho a una compensación económica.

Carmen Mª García Sánchez
Responsable del Servicio Jurídico
Los Derechos de los Consumidores



3.3
                                                  de Energía Eléctrica.




             La calidad del producto.-

                     Hace referencia al conjunto de características
                     de la onda de tensión.


                     Puede verse afectada por las variaciones del
                     valor eficaz de la tensión y de la frecuencia, y
                     por las interrupciones de servicio y huecos de
                     tensión de duración inferior a 3 minutos.



Carmen Mª García Sánchez
Responsable del Servicio Jurídico
Los Derechos de los Consumidores



3.4 La calidad de la atención al
                                                  de Energía Eléctrica.




              consumidor.-

                      Asesoramiento al consumidor.

                      Se establecen plazos para atender las
                      solicitudes de contratación, instalar equipos
                      y resolver reclamaciones.

                      En caso de incumplimiento, la empresa debe
                      compensar al consumidor con 30,05 € o el
                      10 % de la primera facturación.

 Carmen Mª García Sánchez
 Responsable del Servicio Jurídico
4
    Hacia un
    Mercado
    Liberalizado
Los Derechos de los Consumidores



4.1 El suministro de energía en el
                                            de Energía Eléctrica.




             Mercado Regulado.-

                             Productor


                          Transportista


                           Distribuidor
                                          Contrato de Suministro
                               Cliente


 Carmen Mª García Sánchez
 Responsable del Servicio Jurídico
Los Derechos de los Consumidores



4.2
                                                de Energía Eléctrica.



               Características del suministro
               en el Mercado Regulado.-

                   El servicio técnico y comercial recaen en el
                   DISTRIBUIDOR.

                   Los precios se establecen conforme a tarifas
                   reguladas por el Gobierno.

                   No existe capacidad de negociación.

                   La zona y la red de distribución condicionan la
                   calidad del suministro.
Carmen Mª García Sánchez
Responsable del Servicio Jurídico
Los Derechos de los Consumidores



4.3 El suministro de energía en el
                                                        de Energía Eléctrica.




             Mercado Libre.-


                   Transportista                        Distribuidor


                                        Contrato de        Contrato de
                                      Acceso a la Red      Acceso a la Red

               Productor               Comercializador                Cliente


                         Venta de electricidad              Contrato de Suministro


 Carmen Mª García Sánchez
 Responsable del Servicio Jurídico
Los Derechos de los Consumidores



4.4 Características del suministro
                                                 de Energía Eléctrica.




              en el Mercado Libre.-

                      El COMERCIALIZADOR gestiona el servicio
                      comercial y el DISTRIBUIDOR servicio técnico.

                      Mayor flexibilidad en los precios.

                      Sí existe capacidad de negociación.

                      Se mantiene la misma calidad de servicio. El
                      responsable es el DISTRIBUIDOR.

 Carmen Mª García Sánchez
 Responsable del Servicio Jurídico
5
    La Tarifa
    de Último
    Recurso
Los Derechos de los Consumidores



5.1
                                               de Energía Eléctrica.




            El Suministro de Último Recurso.-

                    A partir del 1 de julio de 2009 desaparecen las
                    tarifas integrales.

                    Se crea el suministro de último recurso para
                    los consumidores finales con potencia
                    contratada inferior o igual a 10 Kw.

                    Paralelamente, se crea la Tarifa de Último
                    Recurso.


Carmen Mª García Sánchez
Responsable del Servicio Jurídico
Los Derechos de los Consumidores



5.2
                                                de Energía Eléctrica.



               Comercializadores de último
               recurso.-
                    El consumidor podrá optar por una de las
                    siguientes comercializadoras de último
                    recurso: ENDESA, IBERDROLA, UNIÓN
                    FENOSA, HC ENERGÍA y E.ON.


                    Quienes no hayan optado por una empresa
                    comercializadora antes del 1 de julio de 2009,
                    pasarán a ser suministrados por una empresa
                    comercializadora de la distribuidora de la zona.


Carmen Mª García Sánchez
Responsable del Servicio Jurídico
Los Derechos de los Consumidores



5.3
                                              de Energía Eléctrica.




            La Tarifa de Último Recurso.-

                     La Tarifa de Último Recurso (TUR) es el
                     precio máximo y mínimo que podrán cobrar
                     las comercializadoras de último recurso.

                     Su importe lo determina el Ministerio de
                     Industria, Comercio y Turismo, en función
                     de los costes de producción, peajes de
                     acceso y costes comerciales.

                     La TUR se revisará semestralmente.

Carmen Mª García Sánchez
Responsable del Servicio Jurídico
Los Derechos de los Consumidores



5.4
                                                  de Energía Eléctrica.




            El Bono Social.-

                     El Bono Social compensa la diferencia entre
                     el valor de la TUR y un valor de referencia,
                     denominado tarifa reducida.

                     La tarifa reducida será la tarifa aplicable al
                     consumidor doméstico vigente a la entrada
                     en vigor de la TUR.

                     Lo aplica el comercializador de último
                     recurso directamente en la factura.

Carmen Mª García Sánchez
Responsable del Servicio Jurídico
Los Derechos de los Consumidores



5.5
                                            de Energía Eléctrica.




            El Bono Social. Beneficiarios.-

             Pueden beneficiarse del Bono Social las personas
             físicas que tengan una potencia contratada inferior
             a 3 Kw. en su vivienda habitual.


             También podrán beneficiarse, los pensionistas
             de 60 o más años que perciban las cuantías
             mínimas, las familias numerosas y consumidores
             que acrediten con todos los miembros de su unidad
             familiar se encuentran en situación de desempleo.


Carmen Mª García Sánchez
Responsable del Servicio Jurídico
6   ¿Cómo
    Reclamar ?
Los Derechos de los Consumidores



6.1 Las Reclamaciones de los
                                                  de Energía Eléctrica.




              Consumidores.-

                         • Disconformidad con la facturación.

                         • Aplicación de lecturas estimadas.

                         • Interrupción del suministro.

                         • Daños en bienes por sobretensión.

                         • Servicio de Atención al Cliente.


 Carmen Mª García Sánchez
 Responsable del Servicio Jurídico
Los Derechos de los Consumidores



6.2
                                                de Energía Eléctrica.




             ¿Cómo reclamar?

                     Solicitar una Hoja de Reclamaciones en el
                     Servicio de Atención al Cliente de la empresa
                     distribuidora / comercializadora.

                     Presentar en la Consejería de Industria y
                     Empleo del Principado de Asturias.

                     Oficina de Defensa del Consumidor de
                     productos energéticos (CNE).


Carmen Mª García Sánchez
Responsable del Servicio Jurídico
Los Derechos de los Consumidores



6.3 Contactar con UCE-Asturias.-
                                                de Energía Eléctrica.




                    Gracias al Convenio de Colaboración firmado
                    entre la Unión de Consumidores de Asturias y
                    la Agencia Regional de Consumo del
                    Principado, los asturianos pueden realizar
                    cualquier consulta de consumo en el teléfono :



                                     901 50 10 50
                    En horario de Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00
                    horas y de 16:30 a 19:00 horas.
 Carmen Mª García Sánchez
 Responsable del Servicio Jurídico
Los Derechos de los Consumidores



6.3 Contactar con UCE-Asturias.-
                                                     de Energía Eléctrica.




                             Centros de información de UCE-Asturias:


                             Oviedo. C/ General Elorza nº 53, bajo.

                             Gijón. C/ María Bandujo nº 6, bajo.

                             Avilés. C/ Rivero, 95, 2º dcha.


 Carmen Mª García Sánchez
 Responsable del Servicio Jurídico
Los Derechos de los Consumidores



6.3 Contactar con UCE-Asturias.-
                                                 de Energía Eléctrica.




                     A través de nuestra página web:


                                     www.uceasturias.com

                     O en el correo electrónico:


                         uceasturias@uceasturias.com

 Carmen Mª García Sánchez
 Responsable del Servicio Jurídico
Los Derechos del
Consumidor de
Energía Eléctrica.

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Derechos del Consumidor de Energia Electrica

  • 1. Los Derechos del Consumidor de Energía Eléctrica.
  • 2. 1 A la hora de contratar ...
  • 3. Los Derechos de los Consumidores 1.1 de Energía Eléctrica. El Contrato de Acceso a Red.- Se celebra con la Empresa Distribuidora de la zona en la que se vaya a realizar el consumo. Es un contrato tipo elaborado por el Ministerio de Industria. Su duración es anual prorrogable, si bien el consumidor puede solicitar la baja en cualquier momento (preaviso de 5 días). Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico
  • 4. Los Derechos de los Consumidores 1.2 Los costes del contrato.- de Energía Eléctrica. Cuando existe un punto de suministro, el contrato es gratuito. Si no existe punto de suministro, además de derechos de acceso a red y extensión, el usuario debe pagar los costes de la acometida. Otros gastos del contrato: derechos de verificación y depósito de garantía. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico
  • 5. 2 A vueltas con la factura ...
  • 6. Los Derechos de los Consumidores 2.1 de Energía Eléctrica. La factura.- Se emiten con una periodicidad mensual. Los consumos se calculan conforme a lecturas reales de los equipos de medida. También se usan las lecturas estimadas. El plazo para su abono es de 20 días. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico
  • 7. Los Derechos de los Consumidores 2.2 de Energía Eléctrica. La lectura real. La medición.- La medición de los suministros a tarifa es responsabilidad de la empresa distribuidora. Los equipos de medida (contadores) pueden ser en propiedad o alquilados. En caso de disconformidad con la facturación podemos solicitar la verificación de los equipos de medida. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico
  • 8. Los Derechos de los Consumidores 2.3 de Energía Eléctrica. La lectura estimada.- Se aplica en aquellos supuestos en los que no puede practicarse una lectura real. Se calcula sobre la base del histórico del cliente, tomando el consumo real del mismo periodo del año anterior. La lectura estimada debe ser tener un carácter excepcional ya que, de lo contrario, generaría graves desequilibrios en la facturación. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico
  • 9. Los Derechos de los Consumidores 2.4 El impago de la factura.- de Energía Eléctrica. Es causa de suspensión del suministro. Deben haber transcurrido más de dos meses desde el requerimiento fehaciente de pago. El requerimiento debe precisar la fecha en la que la suspensión se hará efectiva. Un vez abonada la factura (+ la reconexión) el suministro debe restablecerse en 24 horas. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico
  • 10. 3 Cuestión de Calidad ...
  • 11. Los Derechos de los Consumidores 3.1 de Energía Eléctrica. La calidad del servicio.- • Continuidad del suministro (número y duración de las interrupciones). • Calidad del producto (características de la onda de tensión). • Calidad en la atención y relación con el cliente. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico
  • 12. Los Derechos de los Consumidores 3.2 de Energía Eléctrica. La continuidad del suministro.- Viene determinada por el número y la duración de las interrupciones. Los mínimos exigibles de calidad dependen del lugar donde se ubique el suministro y del tipo de interrupción. En caso de incumplimiento, el consumidor tiene derecho a una compensación económica. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico
  • 13. Los Derechos de los Consumidores 3.3 de Energía Eléctrica. La calidad del producto.- Hace referencia al conjunto de características de la onda de tensión. Puede verse afectada por las variaciones del valor eficaz de la tensión y de la frecuencia, y por las interrupciones de servicio y huecos de tensión de duración inferior a 3 minutos. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico
  • 14. Los Derechos de los Consumidores 3.4 La calidad de la atención al de Energía Eléctrica. consumidor.- Asesoramiento al consumidor. Se establecen plazos para atender las solicitudes de contratación, instalar equipos y resolver reclamaciones. En caso de incumplimiento, la empresa debe compensar al consumidor con 30,05 € o el 10 % de la primera facturación. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico
  • 15. 4 Hacia un Mercado Liberalizado
  • 16. Los Derechos de los Consumidores 4.1 El suministro de energía en el de Energía Eléctrica. Mercado Regulado.- Productor Transportista Distribuidor Contrato de Suministro Cliente Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico
  • 17. Los Derechos de los Consumidores 4.2 de Energía Eléctrica. Características del suministro en el Mercado Regulado.- El servicio técnico y comercial recaen en el DISTRIBUIDOR. Los precios se establecen conforme a tarifas reguladas por el Gobierno. No existe capacidad de negociación. La zona y la red de distribución condicionan la calidad del suministro. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico
  • 18. Los Derechos de los Consumidores 4.3 El suministro de energía en el de Energía Eléctrica. Mercado Libre.- Transportista Distribuidor Contrato de Contrato de Acceso a la Red Acceso a la Red Productor Comercializador Cliente Venta de electricidad Contrato de Suministro Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico
  • 19. Los Derechos de los Consumidores 4.4 Características del suministro de Energía Eléctrica. en el Mercado Libre.- El COMERCIALIZADOR gestiona el servicio comercial y el DISTRIBUIDOR servicio técnico. Mayor flexibilidad en los precios. Sí existe capacidad de negociación. Se mantiene la misma calidad de servicio. El responsable es el DISTRIBUIDOR. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico
  • 20. 5 La Tarifa de Último Recurso
  • 21. Los Derechos de los Consumidores 5.1 de Energía Eléctrica. El Suministro de Último Recurso.- A partir del 1 de julio de 2009 desaparecen las tarifas integrales. Se crea el suministro de último recurso para los consumidores finales con potencia contratada inferior o igual a 10 Kw. Paralelamente, se crea la Tarifa de Último Recurso. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico
  • 22. Los Derechos de los Consumidores 5.2 de Energía Eléctrica. Comercializadores de último recurso.- El consumidor podrá optar por una de las siguientes comercializadoras de último recurso: ENDESA, IBERDROLA, UNIÓN FENOSA, HC ENERGÍA y E.ON. Quienes no hayan optado por una empresa comercializadora antes del 1 de julio de 2009, pasarán a ser suministrados por una empresa comercializadora de la distribuidora de la zona. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico
  • 23. Los Derechos de los Consumidores 5.3 de Energía Eléctrica. La Tarifa de Último Recurso.- La Tarifa de Último Recurso (TUR) es el precio máximo y mínimo que podrán cobrar las comercializadoras de último recurso. Su importe lo determina el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, en función de los costes de producción, peajes de acceso y costes comerciales. La TUR se revisará semestralmente. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico
  • 24. Los Derechos de los Consumidores 5.4 de Energía Eléctrica. El Bono Social.- El Bono Social compensa la diferencia entre el valor de la TUR y un valor de referencia, denominado tarifa reducida. La tarifa reducida será la tarifa aplicable al consumidor doméstico vigente a la entrada en vigor de la TUR. Lo aplica el comercializador de último recurso directamente en la factura. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico
  • 25. Los Derechos de los Consumidores 5.5 de Energía Eléctrica. El Bono Social. Beneficiarios.- Pueden beneficiarse del Bono Social las personas físicas que tengan una potencia contratada inferior a 3 Kw. en su vivienda habitual. También podrán beneficiarse, los pensionistas de 60 o más años que perciban las cuantías mínimas, las familias numerosas y consumidores que acrediten con todos los miembros de su unidad familiar se encuentran en situación de desempleo. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico
  • 26. 6 ¿Cómo Reclamar ?
  • 27. Los Derechos de los Consumidores 6.1 Las Reclamaciones de los de Energía Eléctrica. Consumidores.- • Disconformidad con la facturación. • Aplicación de lecturas estimadas. • Interrupción del suministro. • Daños en bienes por sobretensión. • Servicio de Atención al Cliente. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico
  • 28. Los Derechos de los Consumidores 6.2 de Energía Eléctrica. ¿Cómo reclamar? Solicitar una Hoja de Reclamaciones en el Servicio de Atención al Cliente de la empresa distribuidora / comercializadora. Presentar en la Consejería de Industria y Empleo del Principado de Asturias. Oficina de Defensa del Consumidor de productos energéticos (CNE). Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico
  • 29. Los Derechos de los Consumidores 6.3 Contactar con UCE-Asturias.- de Energía Eléctrica. Gracias al Convenio de Colaboración firmado entre la Unión de Consumidores de Asturias y la Agencia Regional de Consumo del Principado, los asturianos pueden realizar cualquier consulta de consumo en el teléfono : 901 50 10 50 En horario de Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 horas y de 16:30 a 19:00 horas. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico
  • 30. Los Derechos de los Consumidores 6.3 Contactar con UCE-Asturias.- de Energía Eléctrica. Centros de información de UCE-Asturias: Oviedo. C/ General Elorza nº 53, bajo. Gijón. C/ María Bandujo nº 6, bajo. Avilés. C/ Rivero, 95, 2º dcha. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico
  • 31. Los Derechos de los Consumidores 6.3 Contactar con UCE-Asturias.- de Energía Eléctrica. A través de nuestra página web: www.uceasturias.com O en el correo electrónico: uceasturias@uceasturias.com Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico
  • 32. Los Derechos del Consumidor de Energía Eléctrica.